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Código de Ética de La Función Pública LEY #27815
Código de Ética de La Función Pública LEY #27815
Código de Ética de La Función Pública LEY #27815
Empleado Público
Se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles
jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio
del Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté
sujeto.