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AUTORIDADES

Dr. Rodolfo Alejandro Suarez


GOBERNADOR
Dn. Mario Enrique Abed
VICEGOBERNADOR
Dr. Victor E. Ibañez Rosaz
MINISTRO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Lic. Raúl Levrino
MINISTRO DE SEGURIDAD
Lic. Victor Fayad
MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
Lic. Enrique Andrés Vaquié
MINISTRO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Arq. Mario Isgró
MINISTRO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Farm. Ana María Nadal
MINISTRO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Abog. Nora Vicario
MINISTRO DE CULTURA Y TURISMO

EDICIÓN N° 31737
Mendoza, Viernes 4 de Noviembre de 2022
Normas: 33 - Edictos: 261

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ

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INDICE

Sección General .......................................................................................................................... 3


DECRETOS ................................................................................................................................ 4
ORDENANZAS ......................................................................................................................... 19
DECRETOS MUNICIPALES ....................................................................................................... 37
FE DE ERRATAS (norma) ......................................................................................................... 45
Sección Particular ..................................................................................................................... 46
CONTRATOS SOCIALES .......................................................................................................... 47
CONVOCATORIAS ................................................................................................................... 60
REMATES ................................................................................................................................ 66
CONCURSOS Y QUIEBRAS ...................................................................................................... 72
TITULOS SUPLETORIOS .......................................................................................................... 93
NOTIFICACIONES .................................................................................................................... 97
SUCESORIOS ......................................................................................................................... 114
MENSURAS ............................................................................................................................ 122
AVISO LEY 11.867 .................................................................................................................. 130
AVISO LEY 19.550 .................................................................................................................. 131
REGULARIZACIONES DOMINIALES ....................................................................................... 135
LICITACIONES ....................................................................................................................... 137
FE DE ERRATAS (edicto) ....................................................................................................... 142

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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DECRETOS

MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

Decreto N°: 1870

MENDOZA, 19 DE OCTUBRE DE 2022

Visto el Expediente Nº EX-2019-02740332-GDEMZA-DAYD#MGTYJ y la necesidad de designar un


Recaudador Fiscal para su actuación en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo dependiente del Ministerio
de Gobierno, Trabajo y Justicia, en la Tercera Circunscripción Judicial; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 38 obra nota del Dr. Francisco Correas informando que habiendo tomado conocimiento del
gran número de causas existentes para la Tercera Circunscripción Judicial hace saber la posibilidad de
poder llevar a cabo el inicio de dichos juicios de apremio solicitando su designación como Recaudador
Fiscal para la Tercera Circunscripción Judicial;

Que el Dr. Francisco Correas fue oportunamente designado por Decreto Nº 2101/19 Como Recaudador
Fiscal de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,
para la Primera Circunscripción Judicial;

Que en orden 41 obra dictamen legal donde se expone el marco legal y se meritúa la necesidad de ampliar
funciones en el cargo de Recaudador Fiscal a la Tercera Circunscripción Judicial al Doctor Francisco
Correas;

Que en órdenes 43 y 44 el Doctor Correas completa la documentación solicitada;

Que en orden 45 el Subsecretario de Trabajo y Empleo comparte el dictamen legal de orden 41 y da su


Visto Bueno para ampliar la designación del Dr. Correas como Recaudador en la Tercera Circunscripción
Judicial;

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado en orden 41 por Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Trabajo y
Empleo, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia y conforme los Artículos 42 y 56 de la
Ley Nº 8729,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Amplíese la designación del Dr. FRANCISCO CORREAS, D.N.I. Nº 37.518.494, como
Recaudador Fiscal en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo dependiente del Ministerio de Gobierno,
Trabajo y Justicia efectuada por Decreto Nº 2101/19 a la Tercera Circunscripción Judicial.

Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

S/Cargo
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Decreto N°: 1887

MENDOZA, 20 DE OCTUBRE DE 2022

Visto el Expediente Nº EX-2022-01903040-GDEMZA-MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 478/22 se aprobó el CONVENIO ESPECIFICO Y SUS ANEXOS celebrado entre la
Administradora de Trabajo Local de la Provincia de Mendoza, en adelante “A.T.L.”, y la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo, en adelante “Superintendencia” o “S.R.T”, suscripto el 10 de marzo de 2022;

Que con fecha 10 de agosto de 2022 ambas convinieron en celebrar una ADENDA al CONVENIO
ESPECIFICO CONVE-2022-24034344-APN-SRT#MT suscripta dentro de los términos establecidos en el
Convenio Marco N° 08 de fecha 30 de enero de 2017 y del mencionado convenio suscripto con fecha 10
de marzo de 2022;

Que por Cláusula Segunda se modifica la Cláusula Séptima del Convenio Específico incrementando la
suma máxima que puede percibir la A.T.L. para el financiamiento parcial de los gastos que le demande la
realización de las acciones emergentes del propio Convenio;

Que en virtud de la nueva suma máxima, PESOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL
SETECIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 50.904.735,00), resulta necesario gestionar un incremento de las
partidas presupuestarias de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo para el ejercicio 2022 en la suma de
PESOS NUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 ($
9.112.576,00);

Que dicho incremento es tramitado en virtud de lo dispuesto por el Artículo 12 inc. d) de la Ley N° 9356
que faculta al Poder Ejecutivo a modificar el Presupuesto General, incorporando las partidas especiales
necesarias o incrementando las ya previstas;

Que la totalidad de los fondos no han sido depositados a la fecha, no obstante se tiene certeza de su
ingreso;

Por ello, de acuerdo a lo dictaminado en orden 19 por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo
y Justicia, lo dispuesto por los Artículos 8 y 12 inc. d) de la Ley N° 9356, Artículo 5 del Decreto Acuerdo
N° 191/22, Artículo 88 de la Ley N° 8706 y Artículo 88 del Decreto N° 1000/15,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébese la ADENDA AL CONVENIO ESPECIFICO CONVE-2022-24034344-APN-SRT#MT,


celebrado entre la Administradora de Trabajo Local de la Provincia de Mendoza, representada en ese acto
por el Doctor Rodolfo Alejandro Suárez, en su carácter de Gobernador, en adelante denominada "A.T.L.",
por una parte y por la otra, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo representada en ese acto por el
Superintendente, Doctor Enrique Alberto Cossio en adelante denominada la "Superintendencia" o "S.R.T.",
suscripta el día 10 de agosto de 2022, que como Anexo en copia certificada forma parte integrante del
presente decreto.

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Artículo 2º - Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el ejercicio 2022 del modo que se
indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, considerándose incrementado
en la suma de PESOS: NUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON
00/100 ($ 9.112.576,00).

Artículo 3º - Increméntese el Cálculo de Recursos de la Administración Central vigente, para el ejercicio


2022, del modo que se indica en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto, en la
suma de PESOS: NUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100
($ 9.112.576,00).

Artículo 4º - Autorícese a los Servicios Administrativos correspondientes a realizar las registraciones


contables de los fondos que efectivamente sean depositados en la Cuenta Corriente N° 62802900/57,
abierta en el Banco de la Nación Argentina o a la que en el futuro la reemplace en concepto de “Remesas
para destinos varios”.
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Establézcase que la Dirección de Administración de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, dependiente
del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, deberá poner a disposición del Servicio Administrativo toda
la documentación que sea necesaria a fin de realizar la correcta contabilización de las operaciones.

Artículo 5º - Notifíquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia, para su registración.

Artículo 6º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno, Trabajo y Justicia
y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

LIC. VICTOR FAYAD

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo
o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

MINISTERIO SEGURIDAD

Decreto N°: 1933

MENDOZA, 28 DE OCTUBRE DE 2022

Visto el Expediente Electrónico N° EX-2019-02853122-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se tramita la confirmación de VERA FRÍAS, CELINA MARLENE, en la
jerarquía de la Auxiliar de las Policías de la Provincia de Mendoza, designada mediante Decreto N°
1035/2019;

Que el artículo 47 de la Ley Nº 6722 y su modificatoria, dispone que “…Toda designación o incorporación a
cualquiera de los escalafones de la presente ley, se efectuará interinamente por el término de doce (12)

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meses, al cabo del cual deberá confirmarse o no expresamente en el cargo por decreto del Poder
Ejecutivo. Esta confirmación se realizará sobre la base del desempeño del personal, en las funciones
asignadas por la superioridad y que hayan sido cumplidas dentro del marco reglamentario, siempre que
haya demostrado idoneidad, adaptación, subordinación y aptitud, la que será evaluada por un equipo
técnico conforme a lo que se establezca en la reglamentación…”;

Que en orden 58 obra Acta del Equipo Técnico y nómina con la conclusión calificatoria dela citada
funcionaria;

Por ello y de conformidad a lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad en orden 61;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1° - Ténganse por confirmada, en los términos del artículo 47 de la Ley Nº 6722 y su modificatoria,
en el cargo Carácter 1 – Jurisdicción 16 – Unidad Organizativa 06 – Clase 001 - Régimen Salarial 12 –
Agrupamiento 1 – Tramo 01 – Subtramo 01 – U.G.E. J00098 – AUXILIAR –Personal Policial –VERA
FRÍAS, CELINA MARLENE, D.N.I. N° 38.334.383, C.U.I.L. N° 20-38334383-7,de las Policías de la
Provinciade Mendoza, designada mediante Decreto Nº 1035/2019.

Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. RAÚL LEVRINO

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto N°: 1934

MENDOZA, 28 DE OCTUBRE DE 2022

Visto el Expediente Electrónico N°EX-2022-06304229-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se tramita la designación del Dr. Rivero Maldonado, Federico Matías, en
representación del Ministerio de Seguridad, como miembro del Consejo de Loteos, conforme lo dispuesto
en el Artículo 41 del Decreto-Ley N° 4341/79 y su Decreto Reglamentario N° 834/81;

Que los artículos 1° y 4° del Decreto N° 834/81 disponen la designación de los miembros del Consejo de
Loteos a través del Poder Ejecutivo;

Que en orden 02 obra Nota de elevación de Administración Tributaria Mendoza al Ministerio de Seguridad
la cual reza: “... Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° del
Decreto N° 834/81, cuyo texto se transcribe a continuación “LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE
LOTEOS DURARÁN TRES (3) AÑOS EN SUS FUNCIONES PUDIENDO SER DESIGNADOS
NUEVAMENTE POR IGUAL PERIODO. CADA MIEMBRO TENDRÁ UN (1) VOTO”. Por Decreto N°
752/2016 fue designado como representante de su Ministerio ante el Consejo de Loteos el Arq. Matías
Yáñez quien el día 01/07/2022, cumplirá su segundo período establecido por el Decreto N° 834/81, por lo

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cual solicito la confirmación de la continuidad del mismo, o en su defecto designe a otro representante, a la
brevedad posible...”;

Que en orden 03 el Sr. Ministro de Seguridad propone como miembro idóneo para integrar el Consejo de
Loteos al Dr. Federico Matías Rivero Maldonado, en cumplimiento del Art. 1° del Decreto N° 834/81;

Por ello, atento a lo dictaminado en orden 09 por la Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio de
Seguridad;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnese, a partir de la fecha del presente decreto, miembro del Consejo de Loteos, en
representación del Ministerio de Seguridad, al Dr. Federico Matías Rivero Maldonado, D.N.I. N°
27.150.516, C.U.I.L. N° 20-27150516-8.

Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. RAÚL LEVRINO

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS

Decreto N°: 1963

MENDOZA, 01 DE NOVIEMBRE DE 2022.-

Visto el Expediente EX-2022-07459304-GDEMZA-DCYF#SCJ#PJUDICIAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa,
solicitan un incremento presupuestario del financiamiento 21 (Tasa de Justicia);

Que en virtud del ritmo de recaudación observado en los recursos propios del Poder Judicial, los
responsables de cada una de las Jurisdicciones antes mencionadas, manifiestan que existe certeza
suficiente de su percepción;

Que además existe la necesidad de llevar adelante distintos compromisos para el presente ejercicio, entre
ellos los atenientes al Polo Judicial;

Que la Ley de Administración Financiera en su artículo 88 prevé la posibilidad de incrementar los recursos
por su proyección cuando se tenga la certeza de su realización dentro del ejercicio;

Que la ejecución del gasto quedará supeditada a la efectiva percepción del recurso;

Por ello, y la facultad conferida por los artículos 88 de la Ley N° 8706 y artículo 88 del Decreto Nº 1000/15;

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EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º: Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente, Ejercicio 2022, del modo que se indica en
la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto asciende a la suma total
de PESOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y
SEIS CON
00/100 ($88.047.896,00,).

Artículo 2º: Modifíquese el Cálculo de Recursos de la Administración Central establecido por el


Presupuesto General vigente para el año 2022, del modo que se indica en la Planilla anexa II que forma
parte integrante de este decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS OCHENTA Y
OCHO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($
88.047.896,00,).

Artículo 3º: Las erogaciones que se realicen en base al incremento presupuestario otorgado por este
decreto deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas y serán
destinadas al fin previsto por la ley de afectación.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de: Hacienda y Finanzas y
Digitally signed by GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA
Gobierno, Trabajo y Justicia.
DN: cn=GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia,
ou=Direccion General de Informatica y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638
Date: 2022.11.04 08:00:13 -03'00'

Artículo 5°: Comuníquese el presente decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. VICTOR FAYAD

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo
o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA

Decreto N°: 1950

MENDOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2022

Vistos el Expediente N° 2685-D-2019-20108 y sus acumulados Nros. 3689-D-2016-01409 y


2814-D-2017-01283, en el cual la señora ELODIA VALERIANA MILLÁN DE PUY, en nombre y
representación de la firma “MILLÁN SOCIEDAD ANÓNIMA” interpone recurso jerárquico contra la
Resolución N° 642 dictada por el ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, actual Ministerio de
Economía y Energía, en fecha 25 de octubre de 2019; y

Considerando:

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Que si bien al momento del dictado del presente Acto rige en materia de Lealtad Comercial y Defensa de
la Competencia el Decreto DNU 274/19, derogatorio de la Ley Nº 22.802 y modificatorias, las causas
abiertas a la fecha de entrada en vigencia del Decreto se seguirán rigiendo bajo la Ley derogada (Artículo
72 DNU 274/19);

Que por la citada Resolución se aceptó en lo formal y se rechazó en lo sustancial el recurso jerárquico
interpuesto por el Doctor ARMANDO RODRÍGUEZ MONTERO, en nombre y representación de la firma
“MILLÁN SOCIEDAD ANÓNIMA”, contra la Resolución N° 1279 de la Dirección de Fiscalización y Control
de fecha 05 de diciembre de 2017;

Que el recurso jerár-quico ahora interpuesto ha sido presentado en tiempo y forma por lo que cabe su
admisión desde el punto de vista formal, conforme lo establecen las normas legales vigentes;

Que desde el punto de vista sustancial surge el acta de infracción N° 0000706-DFyC que indica que no se
exhiben los precios en la góndola a la vista al público de la mercadería que tiene a la venta, según lo
dispuesto por los Artículos 5 y 6 de la Resolución N° 07/02 de la Secretaría de la Competencia, la
Desregulación y la Defensa del Consumidor, concordantes con la Ley Nacional N° 22.802 de Lealtad
Comercial, derogada por el Decreto N° 274/19, pero aplicándose la mencionada ley por ser la vigente al
momento de labrarse la citada acta;

Que la recurrente en esta instancia insiste en idénticos argumentos a los vertidos en la oportunidad de
interponer el Recurso Jerárquico por ante el ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía;

Que las defensas esgrimidas por la empresa en las instancias anteriores consistieron en afirmar la nulidad
del acta por “vicio de voluntad de quien emitió el presente acto administrativo” indicando que el Inspector
actuante “ha perseguido otros fines” sin valorar razonablemente las circunstancias de hecho y el derecho
aplicable;

Que en cuanto a los fundamentos del recurso en tratamiento en crisis son inconsistentes, arbitrarios y
carentes de fundamentos que no impugnan la defensa principal tanto del descargo como de los recursos
de revocatoria y jerárquico anteriormente deducidos y que tan solo lo rechaza aduciendo “que surge
indubitable del Acta de Infracción… la infracción imputada queda fehacientemente acreditada …”;

Que expresa la recurrente que los recursos y descargos presentados demostraban en forma exhaustiva la
distorsión, tergiversación, arbitrariedad e ilegalidad del inspector actuante;

Que indica que se ha visto cercenado su derecho de defensa;

Que, asimismo, sostiene que “este es un rechazo voluntarista que se emite con fundamentos vacuos de
contenido, lo que lo torna nulo de nulidad absoluta por falta de motivación al momento de emitir el acto
administrativo en cuestión”;

Que la resolución atacada se encuentra debidamente fundada y la recurrente no ha aportado argumentos


de entidad y consideración que autoricen a apartarse de lo ya resuelto;

Que no se advierte vicio de la voluntad ni falta de motivación suficiente en el acto impugnado, sino todo lo
contrario;

Que la Resolución N° 642-EIyE-2019 ha detallado en sus considerandos en forma clara y precisa el


derecho aplicable, detallando los antecedentes, dando tratamiento a las argumentaciones de la empresa
indicando que la firma no se expide en relación al supuesto fáctico;

Que las Leyes 24240 y 22802 sus modificatorias y concordantes, se dictaron para proteger a los
consumidores ante la creciente vulnerabilidad de éstos en las relaciones económicas, porque para que el

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mercado continúe desenvolviéndose con más inversiones, tecnologías, creación de nuevos bienes de
consumo, progreso constante en las técnicas de comercialización y marketing, se necesita el
fortalecimiento de la posición del consumidor;

Que la Constitución de 1994 incorporó dentro de los llamados derechos de tercera

Generación, la protección de usuarios y consumidores. Esta protección establecida en el Artículo 42 tiene


tres propósitos: la protección del consumidor, las garantías a los competidores –productores y oferentes de
bienes y servicios- y la transparencia del mercado. Y de ella se deriva el derecho a una información
adecuada y veraz que resguarda tanto los derechos patrimoniales como los personales de los ciudadanos;

Que la Ley 22.802 regla aspectos vinculados con el correcto funcionamiento de los mercados y con ello
procura una mayor protección de los consumidores y usuarios. El esquema de protección establecido en
dicha Ley se asienta en la imposición de deberes formales que deben ser cumplidos por los sujetos
obligados por la misma;

Que la imposición de tales deberes a quien ejerce determinada actividad comercial no se presenta como
irrazonable y las obligaciones establecidas por la legislación bajo análisis tampoco lo son. Por tal motivo no
se requiere que exista un perjuicio concreto o un damnificado identificado; lo que se requiere para que se
configure la infracción es la constatación de que determinada conducta a la que el sujeto se encuentra
obligado no se verifique;

Que la C.S.J.N. al analizar el Artículo 5° de la Ley Nº 22.802 dijo: “Estas infracciones no requieren la
comprobación de un perjuicio concreto al consumidor, ya que basta con que se incurra en alguna de las
conductas descriptas en la norma, con aptitud para inducir a error, engaño o confusión, para que se
configure la infracción, con prescindencia de la producción de un resultado” (324:2006, Carrefour
Argentina S.A. 26/06/2001);

Que, en conclusión, por las razones indicadas se entiende que no le asiste razón a la quejosa al pretender
impugnar la validez del acta, por lo que el agravio debe ser desestimado. Por su parte, tampoco le asiste
razón al pretender impugnar el acto administrativo, ya que la Resolución N° 642-EIyE-2019 no solo ha
sido debidamente motivada (Artículo 45 de la Ley 9003), sino que además fue dictada luego de un proceso
en el que se respetó el debido derecho de defensa y se cumplió con los trámites sustanciales exigidos por
la normativa correspondiente, tal como surge de los antecedentes del caso;

Que, por último y con relación al monto de la multa, la misma se presenta razonable teniendo en cuenta
el tipo de infracción cometido por la quejosa y la ausencia de justificación del agravio desarrollado. En
efecto, no ha logrado demostrar cuál es el perjuicio concreto que la sanción le acarrea, no aportando con
precisión dónde radica el error de la Administración en la determinación del monto, a lo que se agrega que
posee antecedentes en el Registro de Infracciones;

Que, en conclusión, corresponde aceptar en lo formal y rechazar en lo sustancial el recurso jerárquico


interpuesto por la referida firma;

Por lo expuesto y en conformidad con los dictámenes emitidos por la Dirección de Asuntos Jurídicos del
Ministerio de Economía y Energía y por Asesoría de Gobierno,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1° - Admítase en lo formal y rechácese en lo sustancial, por los motivos expuestos en los

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considerandos del presente decreto, el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora ELODIA VALERIANA
MILLÁN DE PUY, en nombre y representación de la firma “MILLÁN SOCIEDAD ANÓNIMA”, CUIT
33-50385092-9, contra la Resolución N° 642 dictada por el ex Ministerio de Economía, Infraestructura y
Energía, actual Ministerio de Economía y Energía, en fecha 25 de octubre de 2019. En consecuencia,
ratifíquese la misma en todas sus partes.

Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. ENRIQUE ANDRÉS VAQUIÉ

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto N°: 1975

MENDOZA, 02 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-07836757-GDEMZA-DGAE#MEIYE, en el cual la Dirección de Contingencias


Climáticas dependiente del Ministerio de Economía y Energía informa sobre los daños producidos y las
áreas afectadas por accidentes climáticos ocurridos en el territorio de la Provincia en lo que va del ciclo
agrícola 2022/2023; y

Considerando:

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° la Ley Nº 9083 y su Decreto Reglamentario Nº


1658/18, la citada Repartición ha informado que se han producido heladas tardías de carácter parcial que
han afectado seriamente la producción agrícola de numerosas explotaciones bajo riego, en los
Departamentos de la Provincia;

Que corresponde declarar en Estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre Agropecuario a los
predios rurales que hayan sufrido pérdidas de significación en sus cultivos, sobre la base de las denuncias
formuladas por los productores y las verificaciones técnicas realizadas por el Organismo competente;

Que dichas circunstancias serán debidamente denunciadas por productores y verificadas por la Dirección
de Contingencias Climáticas, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° Inciso b) de la Ley Nº 9083;

Que el presente decreto guarda correspondencia con el Régimen Nacional establecido por Ley Nº 26509 y
Decreto Reglamentario Nº 1712/09;

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y
Energía,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1° - Declárese en ESTADO DE EMERGENCIA AGROPECUARIA, en los términos de la Ley Nº


9083, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de los Distritos que a continuación se
consignan y que hayan sufrido un daño del CINCUENTA POR CIENTO (50%) y hasta el SETENTA Y
NUEVE POR CIENTO (79%) en su producción por efecto de heladas tardías parciales, ocurridas durante

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el período agrícola 2022/2023.

REGIÓN CENTRO
DEPARTAMENTOS DISTRITO
SAN CARLOS Chilecito, Eugenio Bustos, La Consulta, Pareditas y Villa San
Carlos;
TUNUYÁN Colonia Las Rosas, El Algarrobo, El Totoral, La Primavera, Las
Pintadas, Los Árboles, Los Chacayes, Los Sauces, Tunuyán,
Villa Seca y Vista Flores;
TUPUNGATO Anchoris, Cordón del Plata, El Peral, El Zampal, El Zampalito,
Gualtallary, La Arboleda, La Carrera, San José, Tupungato,
Villa Bastias y Zapata;

REGIÓN ESTE
DEPARTAMENTOS DISTRITO
JUNÍN Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los
Barriales, Medrano, Mundo Nuevo, Phillips y Rodríguez
Peña; LA PAZ La Paz, Villa Antigua y Las Chacritas;
RIVADAVIA Andrade, El Mirador, La Central, La Libertad, Los Árboles, Los
Campamentos, Medrano, Mundo Nuevo, Reducción,
Rivadavia y Santa María de Oro;
SAN MARTÍN Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy,
El Central, El Divisadero, El Espino, El Ramblón, Las
Chimbas, Montecaseros, Nueva California, Palmira, San
Martín y Tres Porteñas;
SANTA ROSA 12 de Octubre, La Dormida, Las Catitas y Santa Rosa

REGIÓN NORTE
DEPARTAMENTOS DISTRITO
GUAYMALLÉN Buena Nueva, Colonia Segovia, El Sauce, Km 11, Km 8, La
Primavera, Los Corralitos y Rodeo de la Cruz; LAS HERAS
Capdevilla, El Algarrobal, El Borbollón y El Pastal;
LAVALLE Costa de Araujo, El Carmen, El Chilcal, El Plumero, El
Vergel, Ing. Gustavo André, Jocolí, Jocolí Viejo, La
Asunción, La Holanda, La Palmera, La Pega, Las Violetas,
Paramillo, Tres de Mayo y Tulumaya;
LUJÁN DE CUYO Agrelo, Carrizal, Chacras de Coria, Las Compuertas, Luján,
Mayor Drummond, Perdriel, Ugarteche y Vistalba
MAIPÚ Barrancas, Coquimbito, Cruz de Piedra, Fray Luis Beltrán,
Gral. Gutiérrez, Gral. Ortega, Lunlunta, Luzuriaga, Maipú,
Rodeo del Medio, Russell y San Roque;

REGIÓN SUR
DEPARTAMENTOS DISTRITO
GRAL. ALVEAR Alvear Oeste, Bowen, Gral. Alvear y San Pedro de Atuel;
SAN RAFAEL Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El

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Cerrito, Goudge, Jaime Prats, La Llave, Las Malvinas, Las
Paredes, Monte Comán, Rama Caída, Real del Padre, San
Rafael, Villa 25 de Mayo y Villa Atuel;

Artículo 2º - Declárese en ESTADO DE DESASTRE AGROPECUARIO, en los términos de la Ley Nº 9083,


a las propiedades rurales ubicadas en zona de riego de los Distritos que a continuación se consignan y
que hayan sufrido un daño del OCHENTA POR CIENTO (80%) o superior en su producción, por efecto de
heladas tardías parciales, ocurridas durante el período agrícola 2022/2023.

REGIÓN CENTRO
DEPARTAMENTOS DISTRITO
SAN CARLOS Chilecito, Eugenio Bustos, La Consulta, Pareditas y Villa
San Carlos;
TUNUYÁN Colonia Las Rosas, El Algarrobo, El Totoral, La Primavera,
Las Pintadas, Los Árboles, Los Chacayes, Los Sauces,
Tunuyán, Villa Seca y Vista Flores;
TUPUNGATO Anchoris, Cordón del Plata, El Peral, El Zampal, El
Zampalito, Gualtallary, La Arboleda, La Carrera, San José,
Tupungato, Villa Bastias y Zapata;

REGIÓN ESTE
DEPARTAMENTOS DISTRITO
JUNÍN Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los
Barriales, Medrano, Mundo Nuevo, Phillips y Rodriguez
Peña; LA PAZ La Paz, Villa Antigua y Las Chacritas;
RIVADAVIA Andrade, El Mirador, La Central, La Libertad, Los Árboles,
Los Campamentos, Medrano, Mundo Nuevo, Reducción,
Rivadavia y Santa María de Oro;
SAN MARTÍN Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay,
Chivilcoy, El Central, El Divisadero, El Espino, El Ramblón,
Las Chimbas, Montecaseros, Nueva California, Palmira,
San Martín y Tres Porteñas;
SANTA ROSA 12 de Octubre, La Dormida, Las Catitas y Santa Rosa;

REGIÓN NORTE
DEPARTAMENTOS DISTRITO
GUAYMALLÉN Buena Nueva, Colonia Segovia, El Sauce, Km 11, Km 8, La
Primavera, Los Corralitos y Rodeo de la Cruz;
LAS HERAS Capdevilla, El Algarrobal, El Borbollón y El Pastal;
LAVALLE Costa de Araujo, El Carmen, El Chilcal, El Plumero, El
Vergel, Ing. Gustavo André, Jocolí, Jocolí Viejo, La
Asunción, La Holanda, La Palmera, La Pega, Las Violetas,
Paramillo, Tres de Mayo y Tulumaya;
LUJÁN DE CUYO Agrelo, Carrizal, Chacras de Coria, Las Compuertas, Luján,
Mayor Drummond, Perdriel, Ugarteche y Vistalba;
MAIPÚ Barrancas, Coquimbito, Cruz de Piedra, Fray Luis Beltrán,
Gral. Gutiérrez, Gral. Ortega, Lunlunta, Luzuriaga, Maipú,
Rodeo del Medio, Russell y San Roque;

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REGIÓN SUR
DEPARTAMENTOS DISTRITO
GRAL. ALVEAR Alvear Oeste, Bowen, Gral. Alvear y San Pedro de Atuel;
SAN RAFAEL Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El Cerrito
Goudge, Jaime Prats, La Llave, Las Malvinas, Las Paredes,
Monte Comán, Rama Caída, Real del Padre, San Rafael,
Villa 25 de Mayo y Villa Atuel;

Artículo 3º - El productor damnificado que cuente con el Certificado de Daños, otorgado oportunamente por
la Dirección de Contingencias Climáticas, gozará de los beneficios que otorga el ESTADO DE
EMERGENCIA AGROPECUARIA o el ESTADO DE DESASTRE AGROPECUARIO, conforme con lo
dispuesto por los Artículos 11 a 26 de la Ley Nº 9083.

Artículo 4º - Los Estados de Emergencia Agropecuaria y de Desastre Agropecuario abarcarán el período


comprendido entre el 01 de diciembre de 2022 al 31 de marzo de 2024.

Artículo 5° - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. ENRIQUE ANDRÉS VAQUIÉ

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

MINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA

Decreto N°: 1680

MENDOZA, 22 DE SETIEMBRE DE 2022

VISTO el EX-2019-06249560-GDEMZA-MGTYJ en el cual obra el Recurso de Alzada interpuesto por el


señor OMAR AVILA en su carácter de Pro Secretario Gremial y del Interior del Sindicato de Trabajadores
Viales de Mendoza, en contra de la Resolución Nº 877 emitida por el Consejo Ejecutivo de la Dirección
Provincial de Vialidad en fecha 16 de octubre de 2019 (Resolución N° 877-DPV-2019); y

CONSIDERANDO:

Que en el orden 2 obra el recurso de que se trata.

Que en el orden 32 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e
Infraestructura Pública en el cual se expresa que el recurso ha sido interpuesto dentro de los quince días
previstos por la Ley Nº 9003, por lo cual debe ser aceptado desde el punto de vista formal.

Que el referido servicio legal señala que desde el punto de vista sustancial se puede observar que el
quejoso solamente se dedica a reproducir los mismos argumentos que planteara al interponer Recuro de
Revocatoria contra la Resolución Nº 815 emitida por el mencionado organismo vial en fecha 25 de
setiembre de 2019 (Resolución Nº 815-DPV-2019) y que diera lugar al dictado de la Resolución
877-DPV-2019.

Que la Resolución atacada contiene una adecuada relación de los antecedentes que le sirven de causa.
La parte dispositiva determina claramente el objeto. Se encuentran además presentes los demás

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elementos del acto administrativo: competencia, voluntad y forma (Ley Nº 9003, Artículo 29).

Que en su escrito recursivo, reitera sus argumentos sin incorporar nuevos fundamentos que sirvan para
modificar lo resuelto por la Dirección Provincial de Vialidad, encontrándose la presentación del recurrente
más bien dirigida a atacar supuestos vicios de la Resolución impugnada que a defender su responsabilidad
en las deficiencias que se le atribuyen.

Que la pretendida falta de motivación y los vicios y nulidades que alega el recurrente no han sido
acreditados en autos ni tornan al acto administrativo dictado como irracional, arbitrario o ilegítimo.

Que el recurrente considera que hay arbitrariedad e irrazonabilidad manifiesta en la adopción de las
decisiones por parte de la administración y expresa también que se han violado derechos, principios y
garantías constitucionales.

Que por lo anterior en el dictamen del orden 32 se expresa que de los antecedentes de la resolución
impugnada surge que la actuación de la Administración ha sido razonable, basándose en hechos y
pruebas aportadas por las partes y áreas técnicas para emitir su voluntad, fundando su decisión en las
normas legales que rigen la relación entre las partes, las cuales, acorde a los antecedentes de las
presentes actuaciones, gozan de plena vigencia.

Que por lo antes expuesto la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e
Infraestructura Pública, en su dictamen del orden 32 entiende que el recurso debe rechazarse desde el
punto de vista sustancial.

Que en el orden 37 ha intervenido Asesoría de Gobierno y en su dictamen señala que el señor Ávila se
agravia contra la Resolución Nº 877-DPV-2019 que rechaza su recurso contra la Resolución Nº
815-DPV-2019 que dispuso la apertura de sumario.

Que con el recurso en trato el señor Avila pretende revocar la resolución de la apertura del sumario,
señalando Asesoría de Gobierno que, en diversos dictámenes emitidos por dicho organismo (Dictámenes
Nros. 319/10, 397/15, 316/17, 404/19, 430/19, entre otros) se ha sostenido que la apertura del sumario en
sí misma no es un acto recurrible, en tanto no genera agravios. Por el contrario, el procedimiento sumarial
es una conquista del sistema republicano que limita la facultad disciplinaria estatal y la ciñe a la
observancia de reglas y formas que garantizan el derecho de defensa y las reglas del debido proceso, es
decir, la inviolable potestad del agente a ser oído, ofrecer prueba y obtener una resolución fundada. En
consecuencia, es precisamente en el marco del sumario y con las garantías que le son inherentes donde
corresponde que el recurrente despliegue su actividad defensiva, cuestione los fundamentos de la
imputación que se le formula, ofrezca prueba y obtenga una resolución fundada.

Que vale destacar que el objeto de los sumarios es comprobar si existe un hecho que pueda configurar
falta administrativa, precisando las circunstancias del mismo, reuniendo los elementos de prueba que
permitan determinar la acreditación del hecho, la responsabilidad del sumariado y la sanción que le
correspondiere. El debido procedimiento previo a todo acto y, por ende, el respeto a las formas
establecidas, implica no sólo una garantía frente al Administrado, sino también persigue garantizar la
juridicidad del obrar administrativo y, de esta manera, alcanzar el interés público comprometido.

Que en síntesis, no hay ilegitimidad alguna en la resolución cuestionada, por lo cual a criterio de Asesoría
de Gobierno la impugnación interpuesta debe ser rechazada sustancialmente, confirmándose en
consecuencia la resolución cuestionada.

Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta los dictámenes emitidos por la Dirección de Asuntos Jurídicos
del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública y por Asesoría de Gobierno,

EL

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Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acéptese formalmente y rechácese desde el punto de vista sustancial, por los argumentos
expuestos en los considerandos de este decreto, el Recurso de Alzada obrante en el orden 2 del
EX-2019-06249560-GDEMZA-MGTYJ, interpuesto porel señor OMAR AVILA en su carácter de Pro-
Secretario Gremial y del Interior del Sindicato de Trabajadores Viales de Mendoza, en contra de la
Resolución Nº 877 emitida por el Consejo Ejecutivo de la Dirección Provincial de Vialidad en fecha 16 de
octubre de 2019 (Resolución N° 877-DPV-2019).

Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto N°: 1783

MENDOZA, 04 DE OCTUBRE DE 2022

VISTO el EX-2022-05755834-GDEMZA-MESA#MIPIP, en el cual se gestiona la aceptación de la renuncia


del agente del Ministerio Planificación e Infraestructura Pública, Ingeniero ARMANDO ISIDRO
RODRIGUEZ, C.U.I.L. Nº 20-13065012-1, a partir del 19 de agosto de 2022, por haber accedido a los
beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el orden 2 obra la nota de renuncia presentada por el Ingeniero Rodríguez.

Que en el orden 9 se agrega el informe respecto de la situación de revista del mencionado agente, quien
revista en un cargo de CLASE 011 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-09).

Que en el orden 11 consta informe del Área de Inventario del mencionado Ministerio, donde se indica que
el agente de que se trata no posee bienes inventariables a su cargo.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 13 de la Ley Nº 9121, todos los agentes de la
Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada
la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Oficina de Recursos Humanos que en cada caso
corresponda, su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la Caja de Seguro Mutual de la
Provincia de Mendoza.

Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley Nº 9121 y lo dictaminado por la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Artículo 1º - Téngase por aceptada a partir del 19 de agosto de 2022, la renuncia presentada por el agente
del Ministerio Planificación e Infraestructura Pública, Ingeniero ARMANDO ISIDRO RODRIGUEZ, C.U.I.L.
Nº 20-13065012-1, al cargo de CLASE 011 (Régimen Salarial 05 - Código Escalafonario 1-03-09), con
motivo de haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria, por Ley N° 24.241 y modificatorias
ANSES.

Artículo 2º - El Ingeniero ARMANDO ISIDRO RODRIGUEZ, D.N.I. N° 13.065.012, en el término de


SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente norma legal,
deberá comunicar a la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Planificación e Infraestructura
Pública su decisión de continuar con el beneficio que otorga la Caja de Seguro Mutual.

Artículo 3º - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de


la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y
Justicia, a fin de que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de sus
registros.

Artículo 4º - Téngase presente que los que suscriben y demás funcionarios de la Jurisdicción quieren
poner de manifiesto su reconocimiento a quien, con total profesionalismo, compromiso, honorabilidad y
dedicación ha brindado su apoyo y experiencia a lo largo de tantos años de trabajo.

Artículo 5º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto N°: 1862

MENDOZA, 18 DE OCTUBRE DE 2022

VISTO el EX-2022-06343576-GDEMZA-MESA#MIPIP en el cual se eleva para su aprobación el Convenio


Marco de Colaboración, celebrado entre el Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública y el
Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de San Juan; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto del citado Convenio es desarrollar acciones de cooperación directa en proyectos y
actividades relacionadas con las competencias comunes de cada Ministerio, dirigidas al desarrollo y
planificación de proyectos y obras en cada jurisdicción.

Que el mencionado convenio obra en el orden 3 firmado por sus partes.

Por ello, teniendo en lo establecido en el Artículo 3 Incisos 1) y 9) de la Ley Nº 9206 y lo dictaminado por
Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
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Artículo 1º - Apruébese el Convenio Marco de Colaboración celebrado en fecha 05 de septiembre de 2022
entre el Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública de la Provincia, representado por su titular,
Arquitecto MARIO SEBASTIAN ISGRO y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de
San Juan, representado por su titular, señor JULIO ORTIZ ANDINO.

El referido instrumento integra el presente decreto como Anexo, en fotocopia autenticada, constante de
CUATRO (4) fojas.

Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo
o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO

Decreto N°: 1193

MENDOZA, 18 DE JULIO DE 2022


Cintia Pamela Guerrero
Encontrándose de regreso en la Provincia, la Señora Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes,
Farm. ANA MARIA NADAL,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º.- Queda nuevamente a cargo de la Cartera del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y
Deportes, su titular, Farm.ANA MARIA NADAL, a partir del día 18 de julio de 2022.

Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por las señoras Ministras de Cultura y Turismo y de
Salud, Desarrollo Social y Deportes.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DRA. NORA VICARIO

FARM. ANA MARIA NADAL

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

ORDENANZAS

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MUNICIPALIDAD MALARGÜE

Ordenanza N°: 2197

VISTO: El contenido del Expediente N.º 5.116-HC 043–2.022. Bloque Frente de Todos. Proyecto de
Ordenanza: “Adecuar la Ciudad de Malargüe bajo el concepto de Ciudad Accesible” Que en la Ciudad de
Malargüe aún existen barreras físicas que impiden el derecho de uso de la ciudad y sus servicios sin
restricción alguna por todos sus habitantes. Y;

CONSIDERANDO:

Que la falta de accesibilidad es la primer barrera que enfrentan las personas con discapacidad debido a
que dificulta su integración en todos los ámbitos sociales, culturales, educativos, deportivos, religiosos,
entre otros.

Que la Ley Nacional N° 24.314 dispuso medidas de accesibilidad, estableciendo la supresión de barreras
en ámbitos urbano públicos e invito a las provincias a adherir con sus correspondientes modificatorias.

Que la citada Ley establece como prioridad la supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos,
arquitectónicos y del transporte que se materialicen en lo futuro o en lo existente que remodelen o
sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las
personas con movilidad reducida.

Que la norma mencionada pretende alcanzar nuevos niveles de bienestar general, estableciendo
disposiciones destinadas a facilitar la accesibilidad y la utilización para todos los ciudadanos, de las
nuevas realizaciones a concretarse en los espacios libres de edificación y en los edificios y locales de uso
o concurrencia de público, ya sean estos de titularidad o dominio publico o privado, así como respecto de
las unidades de transporte de pasajeros que constituyan servicio público.

Que la Provincia de Mendoza adhirió a la Ley Nacional y su Decreto Reglamentario, mediante la Ley N°
7.336 y en su Articulo 2° invita a los a municipios adecuar su normativa en la materia a las disposiciones
que surgen de la Ley.

Que el Articulo 4° del Código Civil y Comercial establece que “Las Leyes son obligatorias para todos los
que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o
transeúntes, sin perjuicio a lo dispuesto en leyes especiales.

Que la mejora de la calidad de vida de toda la población y específicamente de las personas con movilidad
reducida o con cualquier otra limitación, es un objetivo acorde con el cumplimiento del mandato
constitucional que consagra el principio de igualdad para todos los habitantes.

Que los entornos accesibles son más humanos, fáciles de usar y participativos por lo que la accesibilidad
se ha convertido en una necesidad de todos los ciudadanos, que mejora gracias a las reivindicaciones de
las personas con discapacidad y sus representantes, es decir a partir de la sensibilidad y concientización
sobre las necesidades y realidades diferentes, sobre la diversidad existente de capacidades y
discapacidades, conlleva a un compromiso tendiente a situar la accesibilidad como un elemento importante
de la calidad de vida de todos los ciudadanos, como un derecho exigible y como una característica que
cada entorno, producto, actividad y servicio se debe incorporar de forma naturalizada.

Que si la accesibilidad forma parte o esta integrada al diseño arquitectónico, se percibe como algo natural
en el contexto urbano, en cambio, si no lo está, las personas se vuelven consientes de los obstáculos de lo
que significa para su desplazamiento implicando marginación y perdida en la calidad de vida, sobre todo
en el caso de las personas con discapacidad. Por ello, es imprescindible percibir las restricciones a la
participación no solo como un problema de salud que afecta al individuo, sino como una situación que

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involucra a la persona en relación con su entorno, con lo cual el problema adquiere una connotación social,
desigualdad y exclusión social, económica y educativa.

Que según el Plan Nacional de Accesibilidad se entiende por Diseño Universal a aquella actividad humana
que concibe, proyecta y construye el entorno físico, de manera tal, que ninguna persona, sea cual sea su
condición, quede excluida de su uso y disfrute.

Que el Diseño Universal aportaría soluciones que beneficiarían a toda la comunidad y no solo a las
personas con movilidad y/o comunicación reducida.

Que en la actualidad no se esta aplicando el concepto de diseño universal en la obra pública de Malargüe.

Que por lo tanto corresponde plasmar los instrumentos necesarios para hacer efectivo un entorno
apropiado para todos, mediante la creación de adecuados mecanismos de promoción, control y sanción
específicamente en lo que atañe a supresión de barreras.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Ley Provincial N° 7.336 /2.005 “Sistema de protección integral de las
personas discapacitadas. Accesibilidad de personas con movilidad reducida”.

ARTÍCULO 2º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que
considere junto a la Comisión Permanente de Obras Públicas, Turismo y Recursos Naturales del
Honorable Concejo Deliberante adecue la normativa vigente en la materia según lo dispuesto en la Ley
Nacional a las disposiciones que surgen de la Ley N° 24.314 y su Decreto Reglamentario N° 914/97.

ARTÍCULO 3º:Capacítese al Personal Municipal encargado de los proyectos de obras públicas sobre dicha
Ley y el concepto de diseño universal a los efectos de implementar en toda obra pública futura.

ARTÍCULO 4º:Establézcase un plan de obra para adecuación de los espacios ya existentes con el objeto
de asegurar la accesibilidad.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copiade la presente en las actuaciones


correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.RICARDO BALBINDEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE


DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SEIS DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

PAOLA LORENA ROJO


Presidente

BLANCA CAROLINA PAEZ


Secretaria

Boleto N°: ATM_7090341 Importe: $ 1368


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 2198

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.858 HC 025 – 2.020. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto

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de Ordenanza: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal a través del Área que corresponda la
colocación de tres (3) garitas de control, en la zona de acceso oeste de la Ciudad de Malargüe o zona
Arroyo Pequenco. La necesidad de solucionar la problemática existente en toda la franja oeste de la
periferia del ejido urbano, sobre basurales clandestinos a cielo abierto, vuelco de efluentes, acumulación
de escombros, áridos, basura, animales muertos y demás. Y;

CONSIDERANDO:

Que se ha detectado la generación de basurales clandestinos a cielo abierto, acumulación de escombros,


áridos y residuos de todo tipo.

Que el impacto visual en esa zona se ha ido agravando a pesar de los distintos esfuerzos para sanear el
lugar.

Que en la zona se realizan, deportes de todo tipo (running, treking, ciclismo, motocross) y eventos
deportivos.

Que se han realizado campañas de limpieza en reiteradas ocasiones con buen resultado pero que no se
han podido mantener en el tiempo.

Que inspectores de Coordinación Ambiental realizan recorridos de forma temporaria para detección de
focos.

Que potenciar el trabajo de control de condiciones ambientales y de recursos propios del Municipio, como
es el caso de áridos a fin de resguardar el Patrimonio Municipal.

Que es necesario que la Municipalidad de Malargüe, acompañe la detección de basurales a cielo abierto y
todas las actividades que pueden desarrollarse en el lugar.

Que la Ordenanza N° 1.938/2.018, en su Artículo 1° dice: Prohíbase acumular y/o arrojar residuos sólidos
domiciliarios, industriales, de construcción entendiendo por esto escombros y/o herramientas utilizadas en
dicha actividad, así como el material árido municipal destinado a tal fin.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a través del Área que corresponda la
colocación de tres (3) garitas de control, en el Acceso Oeste de la Ciudad de Malargüe o Zona Arroyo
Pequenco, según plano adjunto en Anexo I.

ARTÍCULO 2°: Prohíbase totalmente el ingreso de cualquier tipo de residuo, árido, escombro y otros
materiales o sustancias que puedan modificar el suelo o genere algún impacto visual/ambiental.

ARTÍCULO 3°: Determínese que las garitas deberán estar equipadas con botiquín, matafuego,
abastecimiento de los servicios básicos, a fin de que posean condiciones adecuadas para que las
personas puedan desempeñar sus tareas.

ATÍCULO 4°: Prepárese a los agentes municipales, para responder en casos de seguridad, salud,
información y atención al público.

ARTÍCULO 5°: Confecciónese un registro de personas que ingresen y egresen por los distintos puntos de

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control, a fin de resguardar la seguridad de los ciudadanos.

ARTÍCULO 6°: Remítase a Defensa Civil para la realización, elaboración y puesta en práctica de los
protocolos de seguridad y prevención de distintos tipos de siniestros.

ARTÍCULO 7°: Impútese el gasto emergente de la aplicación de la presente Ordenanza al Presupuesto


Municipal correspondiente.

ARTÍCULO 8°: Procédase al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Ordenamiento


Territorial, Obras y Ambiente y/o a la que en el futuro la reemplace a aplicar la normativa vigente en
Ordenanza N° 1.670/2.013 Artículo 1°, Resolución N° 1.403/2.007 en su Artículo 2°.

ARTÍCULO 9°: Procédase en las garitas a realizar los controles de ingreso y egreso de minerales, áridos,
escombros, flora, fauna, con el fin de mitigar impactos posibles en la zona.

ARTÍCULO 10°: Atribúyase las guardias a cargo de Seguridad Patrimonial o Áreas de competencia similar
que realice las tareas.

ARTÍCULO 11º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE


DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRECE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.

PAOLA LORENA ROJO


Presidente
Administrativo
BLANCA CAROLINA PAEZ
Secretaria

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo
o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
www.boletinoficial.mendoza.gov.ar

Boleto N°: ATM_7090323 Importe: $ 936


04/11/2022 (1 Pub.)

MUNICIPALIDAD SAN CARLOS

Ordenanza N°: 1934

VISTO:

La Nota N° 474/2022 donde se expresa la necesidad de adherir al Proyecto N° 81754 presentado en la


Legislatura de la Provincia por el Diputado Jorge Difonso, y;

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad se está hablando de la Construcción de los posibles Diques en la Provincia;

Que en un informe del Ministro de Obras de la Provincia se hace mención de la Construcción del Dique los
Blancos para el Departamento de San Carlos;

Que el Diputado Jorge Difonso presento el pasado 02 de Agosto del Corriente un proyecto para que se

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priorice la construcción del Dique los Blancos Exp. N° 81754;

Que dicho Proyecto no fue aprobado y se encuentra en la comisión de Obras de la Cámara de Diputados
de la Provincia;

Que en las atribuciones que posee el Honorable Concejo Deliberante conforme a lo establecido en la Ley
orgánica de Municipalidades N° 1079, en su art.N°71-apartado 4, está el dictar Ordenanzas, Resoluciones
y pedidos de informes;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- El Honorable Concejo Deliberante de San Carlos solicita a la Cámara de Diputados de la Provincia
la pronta aprobación del proyecto presentado por el Diputado Jorge Difonso en Exp. N°81.754; sobre la
construcción del dique Los Blancos para el Departamento de San Carlos.

Art. 2°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.

Dado en la Sala de Sesiones a los ocho días del mes de Septiembre del año dos mil veintidós

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7087678 Importe: $ 384


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1935

VISTO:

La Nota N°461/22 donde se hace saber el avance conseguido tras un extenso debate con la aprobación
de la Ley de etiquetado frontal, advirtiendo al consumidor el exceso de algunos nutrientes entre sus
componentes en los productos alimenticios y bebidas sin alcohol, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 27.642 tiene como objetivo garantizar a los consumidores el derecho a la salud y a una
alimentación adecuada a través de la promoción de una comida saludable, brindando información
nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, para promover
información en la toma de decisiones;

Que el etiquetado servirá para advertir los excesos de componentes como: azúcares, sodio, grasas
saturadas, grasas totales y calorías, como medio de prevención a la malnutrición y la reducción de
enfermedades crónicas no trasmisibles;

Que el diseño son unos sellos visibles de prevención en la cara principal de los productos envasados: un
octógono negro con letras blancas, que ocupa el 5% de la parte central del envase con lo que se señalará
cada nutriente crítico en exceso;

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Que estos sellos no se aplicarán al azúcar común, aceites vegetales y sal común de mesa;

Que los productos que contengan por lo menos un sello de advertencia se prohíbe incluyan información
nutricional complementaria, la inclusión de logos o frases con el patrocinio o aval de asociaciones
científicas o civiles, personajes infantiles, animaciones, celebridades, mascotas, la entrega o promesa de
premios para que no se fomente su consumo y esté dirigido especialmente a niños y adolescentes;

Que se presenta la posibilidad de elevar el estándar de protección de los más pequeños que como
consumidores portan una vulnerabilidad agravada y generar a través de la ley una mejora generalizada de
la calidad de los alimentos a los que tiene acceso la población, además puede lograrse la mejora del
ingreso a la información ya que los sellos serán de gran ayuda en el momento de elegir;

Que deben cumplir con esta Ley, todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan,
elaboren, fraccionen, envasen, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren cadena
de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano;

Que la reglamentación aclara: los que están obligados a cumplir la Ley se extiende a personas públicas y
privadas, personas con o sin fines de lucro, y a locales comerciales o puntos de venta, tanto físicos como
en línea;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Adhiérase a la Ley N°27.642, “Etiquetado Frontal”, en todos sus términos y Modificatorias.

Art.2- Solicitar al Ejecutivo Municipal a través del Área correspondiente, Dirección de Inspección del
Municipio, controlar, registrar y fiscalizar el cumplimiento de la Ley 27.642 en los distintos comercios y
cadenas de supermercados de todo el Departamento que a partir del 20 de agosto de 2022 está en
vigencia, garantizando el derecho a la salud y a una alimentación adecuada en nuestros habitantes.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.

Dado en la Sala de Sesiones a los ocho días del mes de Septiembre del año dos mil veintidós

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7087686 Importe: $ 768


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1936

VISTO:

La Ley Nacional N°26.858, la Adhesión 7476 de la legislatura Provincial mediante la cual es asegurar el
derecho al acceso a lugares públicos y privados y al servicio de transporte, de toda persona con
discapacidad acompañada por un perro de asistencia, y;

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CONSIDERANDO:

Que en la Cámara de Diputados dio sanción final a una iniciativa que fuera impulsada por Diego Costarelli
(UCR) - a la que se le acumuló un proyecto similar de Pablo Priore (PRO) - mediante la cual se adhiere a
la Ley Nacional Nº 26.858, de conformidad a lo establecido en su Artículo 17;

Que la Ley nacional, establece que el ejercicio del derecho de acceso, deambulación y permanencia
consiste en la constante presencia del perro guía o de asistencia acompañando a la persona con
discapacidad, considerando como perro guía a aquel que tras superar un proceso de selección, finalice
satisfactoriamente su adiestramiento, para el acompañamiento, conducción, auxilio y alerta de las
personas con discapacidad y obtenga el certificado que así lo acredite;

Que entre otros conceptos, señala además que cada perro guía o de asistencia debe ser identificado con
un distintivo oficial correspondiente, y que debe estar sujeto por una correa o arnés con agarradera de
metal u otro elemento de similar función, no siendo obligatorio el uso del bozal;

Que la persona usuaria habilitada debe utilizar al perro guía para aquellas funciones para las que ha sido
adiestrado y será responsable por los daños que pudiera causar el animal a su cargo;

Que el objeto de esta Ley, es asegurar el derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares
públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades,
de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia;

Que para ello, se entenderá por lugares públicos y privados de acceso público, los siguientes:

1. a) Establecimientos gastronómicos, locales comerciales, oficinas del sector público y privado, lugares de
ocio y tiempo libre, centros deportivos y culturales, establecimientos de enseñanza pública o privada,
establecimientos religiosos, centros sanitarios y asistenciales.

2. b) Todo transporte público o privado de pasajeros, en sus diversas modalidades, y las áreas reservadas
a uso público en las correspondientes terminales o estaciones que utilicen los diferentes medios de
transportes mencionados.

3. c) Establecimientos hoteleros, albergues, campamentos, bungalows, apartamentos, balnearios,


campings y establecimientos en general destinados a proporcionar, mediante precio, habitación o
residencia a las personas, así como cualesquiera otros lugares abiertos al público en que se presten
servicios directamente relacionados con el turismo.

4. d) En general, cualquier otro lugar, local o establecimiento público y privado de acceso público.

Que la Ley nacional indica que el ejercicio de estos derechos con relación al transporte de uso público o
privado de pasajeros está sujeto a ciertas características de accesibilidad y supresión de barreras;

Que por un lado, la persona con discapacidad acompañada de perro guía o de asistencia tiene preferencia
en la reserva del asiento más adecuado, con mayor espacio libre en su entorno o adyacente a un pasillo,
según el medio de transporte de que se trate;

Que además, en los servicios de transporte de pasajeros, en sus diversas modalidades, el perro guía
deberá viajar junto a su usuario o usuaria en la forma más adecuada y según lo establezca la
reglamentación de la presente ley, sin que su presencia se tenga en consideración en el cómputo de las
plazas máximas autorizadas;

Que según sostiene el autor en la fundamentación, “a raíz de la gran repercusión nacional sobre el caso
del niño mendocino con síndrome de Angelman, que fue echado de un hotel y de un shopping de Tucumán

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junto a su perro de asistencia, surge la necesidad de revisar la Ley Nacional N° 26.858 y aceptar la
invitación efectuada en la misma en aras de contribuir a la concientización social y apoyo a las personas
que requieren de este tipo de animales para desarrollarse en su vida cotidiana”;

Que “Dicha normativa, que se encuentra vigente desde 2013 en nuestro país, permite el libre acceso y
deambulación de personas con perros de asistencia en cualquier espacio público y privado de acceso
público. Es fundamental que se conozca y se difunda la existencia de esta ley para evitar que más familias
sufran de discriminación, exclusión social y que sus derechos sean vulnerados”, agrega Costarelli, quien
impulsó el proyecto cuando era senador provincial,

Que detalla en el texto que “el síndrome de Angelman es un trastorno genético que causa retraso en el
desarrollo, problemas de habla y equilibrio, discapacidad intelectual y, a veces, convulsiones.
Específicamente Julián, se encuentra imposibilitado de caminar libremente por la calle, pero gracias al can
entrenado puede moverse sujeto a la cintura de su arnés, reduciendo al mínimo el riesgo de escapes y
caídas. La presencia del perro le es necesaria inclusive para dormir, por lo cual es indispensable para
mantener su calidad de vida”;

Que la ley nacional de referencia dispone, en su artículo N°17, la invitación a las provincias a adherir a sus
términos, a los fines de lograr su aplicación plena en sus respectivos territorios;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Adherir en todos sus términos a la Ley 26.858, y a la Adhesión Provincial 7476-22, mediante cual
es asegurar el derecho al acceso a lugares públicos y privados y al servicio de transporte, de toda persona
con discapacidad acompañada por un Perro de asistencia o Perro Guía.-

Art.2°- Comunicar e Invitar a los Honorable Concejos del Valle de Uco a adherir a la presente Ley
Nacional 26.858 y a la Adhesión Provincial 7476-A-22.-

Art. 3°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los ocho días del mes de Septiembre del año dos mil veintidós

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7089224 Importe: $ 1464


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1937

VISTO:

La Nota N°504/22, mediante la cual se observa la necesidad, señalizase estacionamiento exclusivo para
motos y motocicletas en el Departamento San Carlos, y;

CONSIDERANDO:

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Que es de suma importancia señalizar lugares exclusivos para estacionar motos y motocicletas;

Que se debe delimitar diferentes formas de estacionamientos. En este caso, es promover, delimitando una
zona que sea exclusiva para motocicletas y motos, es preciso implementar una planificación, para
aprovechar al máximo y optimizar el espacio de la vía pública es una forma de organizar el transito; y de
salvaguardar la integridad la integridad física de los motociclistas y transeúntes;

Que como no cuentan con un lugar específico usan veredas o lugares prohibidos y son causantes de
sanciones, según lo establece la Ley Nacional de Tránsito 9.024;

Que hay que tener en cuenta que en los diferentes puntos que se solicita estacionamientos exclusivos de
motos, es donde existe un alto tránsito, detallamos los puntos de referencias:

Que una de las zonas de referenciases en La Consulta, en la Plaza distrital, donde hay diferentes
comercios, mercado de alimentos, locales gastronómicos, delegación municipal de Servicios Públicos,
Farmacia Italia, Banco de la Nación Argentina, pedimos que el estacionamiento sea, sobre calle San
Martin y calle Sixto Videla. Otro punto de zona de referencia es sobre calle Ejercito de Los Andes al frente
del Centro Cívico La Consulta, donde atiende registro civil, F.I.U.S.P Fundación Institutito Universitario de
Seguridad Publica Delegación Valle de Uco. dependientes del Gobierno Provincial de Mendoza; y se
encuentra la realización de la licencia de conducir y en el mismo predio esta la Terminal de ómnibus:

_ En Eugenio Bustos una de las zonas de referencia es la plaza distrital, alrededor se ubican, Ex Hospital
Victorino Tagarelli, hay diferentes reparticiones provinciales, se encuentra, Banco de la Nación Argentina,
Escuelas Bernardo Quiroga y Jardín Diamante. Otra zona de referencia es en calle Av. San Martin donde
están ubicados Átomo Supermercado y Supermercado Isa.

_ En la Villa de San Carlos la zona de referencia es en la Plaza distrital, al frente de la Municipalidad San
Carlos. En esta ubicación a tener en cuenta es que alrededor está La Comisaria 18 °, la Parroquia,
delegación de Acción Social Municipal y Escuela el Fuerte San Carlos 4-045 y el Museo el Fuerte San
Carlos.

_ Zona de ubicación en el distrito de Chilecito, seria sobre calle Avenida San Martin en el (C.I.C) Centro
Integrador Comunitario.

_ En el distrito de Pareditas, la zona de ubicación es la Plaza distrital, sobre calle P. Castro donde están
ubicados, la Delegación Municipal, cajeros Automáticos, Biblioteca Popular Joaquín Di Genaro, Centro de
Salud 104 Faustino Gil del Área Sanitaria San Carlos, dependiente del Gobierno Provincial.

Que se dispongan lugares de estacionamiento en los distritos recientemente creados.

Que debido a un alto crecimiento de motos que circulan por las diferentes calles en todo el territorio del
Departamento San Carlos;

Que son un medio de transporte liviano y económico las motocicletas;

Que claramente hace falta un lugar exclusivo para poder estacionar motos;

Que optar por crear estacionamientos para motos no sólo beneficia a sus dueños, sino también a los
conductores de automóviles ya que van a poseer mayor cantidad de lugares disponibles para estacionar y
se puede disminuir la cantidad de vehículos en doble fila;

Que como Legisladores/as debemos velar por mejorar, la calidad de vida de todos los Sancarlinos;

ATENTO A ELLO:

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Modifíquese la Ordenanza N°1648/17, en sus Articulo 2° el que quedara redactado de la siguiente
“La reserva de un módulo de estacionamiento exclusivo para motos y motocicletas a 45°, (cuarenta y
cinco), en las zonas que se detallan a continuación: calle Av. San Martin, Sixto Videla (zona de referencia
plaza distrital de La Consulta), y calle Ejercito de Los Andes (zona de referencia Centro Cívico La
Consulta), calles J. Néstor Lencinas, (zona de referencia plaza José Hernández Villa de San Carlos, al
frente de la Municipalidad), calle Bernardo Quiroga (zona de referencia plaza distrital de Eugenio Bustos),
calle Av. San Martin (zona de referencia Átomo Supermercado y Supermercado Isa de Eugenio Bustos),
calle Av. San Martin (zona de referencia C.I.C de Chilecito), calle P. Castro del distrito de Pareditas (zona
de referencia Plaza distrital Hipólito Yrigoyen),y dispóngase lugares en los distritos creados
recientemente.-

Art.2º: El Departamento Ejecutivo Municipal mediante el área correspondiente procederá a la señalización


y demarcación del sector de estacionamiento exclusivo para motos y motocicletas de acuerdo a los
reglamentos y normas vigentes.

Art.3°- Los sectores destinados al estacionamiento exclusivo de motos y motocicletas deberán disponerse
en 45° (cuarenta y cinco), en los perímetros claramente demarcados, con los siguientes elementos y
medidas:

a) De largo: 15 (quince), mts. (tanto en calle como en dársena)

b) De Ancho: 1,25 (uno coma veinticinco) mts., incluyendo la línea de demarcación

c) Demarcación sobre la superficie del pavimento con tachas o cordón vial, caño en u para colocar cadena
de seguridad, marcando ángulos de 45° (cuarenta y cinco), de acuerdo a las normas vigentes.

d) Colocación de un cartel indicador con la leyenda “Estacionamiento de Motos y Motocicletas”.

Art.4º- Difundir campañas de concientización a través del Área de Difusión y Prensa, portales online,
pagina web oficial de San Carlos, redes Sociales oficiales y Medios Radiales, por el término de 60,
(sesenta) días, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, con la finalidad de comunicar a los
conductores y a la comunidad en general de la nueva modalidad de estacionamiento.-

Art. 5°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los quince días del mes de Septiembre del año dos mil veintidós.-

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7089240 Importe: $ 1416


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1938

VISTO:

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El Expediente N° 289.069-M-2022, mediante el cual se solicita ampliar el Articulo N°8 inciso E de la
Ordenanza 1847/20, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con un marco regulatorio, acorde a Ia problemática existente sobre el vuelco de
Efluentes Domésticos a lugares públicos como privados;

Que la legislación actual no contempla, ni clasifica dichos efluentes, ni sus correspondientes sanciones;

Que es importante concientizar a la población del departamento sobre los impactos sobre el ambiente y la
salud que el vuelco de estos ocasiona;

Que es importante regular no solo los sectores donde se cuenta con el servicio de red cloacal, sino
también aquellos donde no existe el mismo;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Amplíese el Articulo N° 8 de la Ordenanza 1847/20, el que quedara redactado de la siguiente
manera "Se Prohíbe el derrame de efluentes cloacales en todo el territorio del Departamento de San
Carlos ya sea de carácter Público o Privado, así como su evacuación en acequias, causes hídricos y/o vía
Pública," los mismos son clasificados de la siguiente manera:

Según su origen

a aguas residuales domiciliarias

b: aguas residuales industriales

c: aguas residuales pluviales

Según la carga contaminante de las agua

a vertidos no permitidos

b vertidos permitidos

Art. 2°- Entiéndase para la siguiente ordenanza lo siguiente:

AGUAS RESIDUALES DOMICILIARIAS

CONSIDERANSE como aguas residuales domiciliarias las que tengan características similares a las
procedentes del uso del agua de abastecimiento en viviendas, sean individuales o colectivas. Estas aguas
residuales llevarán, salvo casos excepcionales, los residuos procedentes del normal desarrollo de

las actividades domiciliarias. No se permite la incorporación a las mismas de disolventes, pinturas,


aceites, grasas, ácidos, sustancias sólidas no degradables, plásticos, ni aquellos elementos que puedan
provocar obturación de las conducciones a su daño. Se evitará igualmente, la incorporación de aquellos
elementos que sean de difícil o imposible eliminación en las plantas de tratamiento.-

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AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES/COMERCIALES

CONSIDERANSE como: aguas residuales industriales/comerciales las procedentes del uso del agua en
establecimientos industriales y locales comerciales de todo tipo, que puedan ser susceptibles de aportar
otro tipo de residuos además de los presentes en las aguas residuales definidas como urbanas.-

AGUAS RESIDUALES PLUVIALES

CONSIDERANSE como aguas residuales pluviales a las procedentes de las lluvias o nieve que deben ser
evacuadas de las superficies impermeables y derivadas a través de las redes pluviales a los sitios de
disposición. No se permite la incorporación a ella agua de disolventes, pinturas, aceites, grasas, ácidos.
Sustancias sólidas no degradables o que contengan carga orgánica, plásticos, ni aquellos elementos que
puedan provocar obturación de las condiciones o su daño evitándose la incorporación de aquellos
elementos que sean de difícil o imposible eliminación en las plantas de tratamiento.

Art.3°- LOS VERTIDOS NO PERMITIDOS SON

PROHIBESE el vertido de aguas residuales Domiciliarias. Industriales/ Comerciales a la red pública


(acequias).

En caso de contar con autorización previa por alguna autoridad de aplicación competente para ello, deberá
cumplimentar con la normativa y legislación vigente y aplicable en la temática Presentando la misma a la
autoridad municipal.

PROHIBESE e vertido efluentes que directa o indirectamente, debido a su naturaleza, propiedades o


cantidad causen o puedan causar, por si mismos o por interacción con otros residuos, alguno o varios de
las siguientes acciones, tipos de daños, peligros o inconvenientes en las Instalaciones de Saneamiento y/o
medio receptor, cauce público o canal de riego.

1. Efectos corrosivos sobre los materiales que constituyen la red de saneamiento, capaces de reducir la
vida útil de las mismas y/o alterar su funcionamiento.

2. Creación de condiciones ambientales nocivas, toxicas, peligrosas o molestas que impidan o dificulten el
acceso a la labor del personal encargado de la inspección. Limpieza, mantenimiento o funcionamiento de
las redes de saneamiento.

3. Producción de sedimentos, incrustaciones o cualquier otro tipo de obstrucción física, que dificulte el libre
flujo de aguas residuales, la labor del personal o el adecuado funcionamiento de la red de saneamiento Se
incluyen tejidos animales, estiércol, huesos, pelo, pieles, entrañas, sangre, plumas, cenizas. escorias,
arenas, cal gastada, trozos de piedras o mármol, trozos de metal, vidrio, paja, virutas, recortes de césped,
trapos, granos, desechos de papel, maderas, plásticos, residuos asfalticos, residuos del proceso de
combustibles o aceites lubricantes y similares, lodos de tratamientos de depuración y, en general, residuos
de tamaño superior a 1,50 cm o suspensiones líquidas de cualquiera de estos productos.

4. Residuos tóxicos o peligrosos, que por sus características requieran tratamiento específico y/o control
periódico de sus potenciales efectos nocivos.

5. Sustancias químicas de laboratorio y compuestos farmacéuticos o veterinarios nuevos, identificables o


no y cuyos efectos puedan suponer riesgo sobre el medio ambiente o la salud humana.

Art.4°- En los sectores donde existe la red cloacal, el vertido de las aguas residuales será de carácter
obligatorio su conexión a la misma En los lugares donde no exista el servicio de red cloacal, se sugerirá la
metodología de tratamiento, analizando cada sitio donde se encuentre emplazado.-

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Art 5°- PROCEDIMIENTOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

El procedimiento para la aplicación de las multas y/o apercibimientos será aplicado de la siguiente forma:

1. Se realizará una notificación informativa, al contribuyente para que regularice la situación conforme a la
normativa vigente.

2.En caso de no dar cumplimiento a lo notificado en los plazos otorgados se realizará una segunda
notificación bajo apercibimiento de multa, brindándole también los plazos administrativos legales para la
presentación del descargo.

Multas: Establézcase que toda transgresión a la presente Ordenanza será sancionada con multa conforme
a lo establecido en las disposiciones de la Ordenanza Tarifaria Municipal N°417/95 sus modificatorias,
complementarias y ampliatorias en vigencias, conjuntamente con el Código Tributario.

Las Multas serán acumulativas y los contribuyentes deberán presentar libre de deuda ante cualquier
trámite que deban realizar en el Municipio.

El propietario, inquilino u ocupante frentista será responsable ante la municipalidad por las infracciones a la
presente Ordenanza que se produzcan en el sector de la vía pública correspondiente al frente de inmueble,
salvo la prueba eximente a su cargo del hecho de terceros.

Así mismo y por cualquier divergencia con In Autoridad de Aplicación en cumplimiento de la presente
Ordenanza, se someterán a los tribunales con Jurisdicción y/o autoridad federal o provincial según
corresponda en cada caso.-

Art. 6º- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación publicación en el Boletín
Oficial.-

Art. 7°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los seis días del mes de octubre del año dos mil veintidós

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7089248 Importe: $ 1632


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1939

VISTO:

La Nota N° 594/2022 en la que se expresa la importancia de generar nuevas alternativas que colaboren
con la memoria colectiva de nuestro Departamento, ya que es uno de los más antiguos de la Provincia de
Mendoza. En este 2022, el Departamento de San Carlos, cumplirá, 250 años de historia enmarcada, de
trabajo y esfuerzo, y;

CONSIDERANDO:

Que lo esencial es la memoria colectiva, de nuestra tierra y comunidad, para ser parte de un tejido social

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como un todo;

Que la historia es mostrar lugares de memoria, museos, edificios históricos, monumentos, plazas, lugares
de turismo y todo lo que se contemple patrimonio cultural, de nuestro San Carlos;

Que hoy la tecnología con la que contamos en la actualidad, permitiría al municipio, en avanzar hacia ideas
superadoras tanto en este como en otras acciones permitiendo, de ese modo, la interacción entre el
usuario y las referencias necesarias para el conocimiento;

Que ya se encuentran instalados con Códigos QR monumentos, carteles indicadores de sitios públicos,
lugares deportivos y turísticos, en otros Departamentos de Mendoza y otras Provincias de Argentina que
permiten, a quien así lo desee tener acceso a datos diversos acerca de la importancia histórica de dicho
sitio;

Que el objetivo es contar nuestra historia a través de una reseña de una forma instantánea y rápida a
través de código QR. El contenido de la reseña puede basarse no sólo en un simple significado, sino
también contar una historia, relato, acontecimiento que generó la imposición del nombre;

Que los códigos QR (por sus siglas en inglés “Quick Response”, respuesta rápida), son códigos de barras
bidimensionales que pueden contener hasta 4200 caracteres alfanuméricos y cuya lectura se realiza
mediante lectores de dicho código, hoy instalados en la mayoría de los teléfonos móviles;

Que como legisladores debemos brindar una mejor calidad de vida a los/as vecinos/as de San Carlos;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Crease el "Programa de Reseñas Digitales” por el Aniversario de sus 250 años de Historia del
Departamento de San Carlos, al que se tendrá acceso, vía códigos QR.-

Art. 2°- Colóquese en cada Monumento histórico y de Patrimonio Cultural, del Departamento de San
Carlos, un código QR que de acceso a información artística, cultural e histórica y georreferenciación,
pudiendo incluirse, además, imágenes, orígenes y enlaces.-

Art. 3°- Las placas con códigos QR, deberán estar en un lugar visible y de fácil acceso para su uso
adecuado. El Municipio dispondrá de dicha ubicación de las placas.-

Art. 4°- Autoridades de aplicación. Las autoridades de aplicación serán:

a- Secretaria de Turismo y Cultura.

b- Dirección de Turismo.

c- Dirección de Cultura, Modernización y sistema, respecto al desarrollo y mantenimiento del sistema


informático QR, dependiente de Secretaria de Gobierno.

Art. 5°- Plazo. Deberá cumplir con la colocación de los códigos QR dentro del plazo de cinco (5) meses
desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.-

Art. 6°- Instruir, que los gastos que demande dicha Ordenanza serán imputados en la partida
presupuestaria que corresponda.-

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Art. 7°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los trece días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7089277 Importe: $ 816


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1940

VISTO:

El Expediente Nº290300-V-22 presentado por el Ejecutivo Municipal del Departamento de San Carlos
donde se hace referencia que por Decreto Municipal Nº 2559/2021, los Programas “Mejoro Mi Casa” y
“Desarrollo del Hábitat Rural”, Programas regulados por las Resoluciones del Instituto de la Vivienda N°
827/21 y N° 451/21 respectivamente, fueron declarados de Interés Departamental, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario actuar en forma urgente y mancomunado esfuerzos para lograr mejoras en las viviendas
afectadas por la Emergencia Socio Habitacional;

Que los programas “Mejoro Mi Casa” y “Desarrollo del Hábitat Rural” responsabiliza a los municipios de
la gestión, aplicación y rendición de los recursos que se asignen;

Que los montos topes asignaos en la mayoría de los casos para iniciar la solución son insuficientes;

Que los Programas “Mejoro Mi Casa” y “Desarrollo del Hábitat Rural”, requieren soluciones definitivas
para que la obra sea reglamentaria;

Que si dichas obras fueran reglamentarias se puede ofrecer mayor ayuda económica y encarar una
solución más integral;

Que es necesario proceder a un blanqueo de obras para regularizar las mismas

Que atente a la situación de emergencia y lo de los recursos disponibles es necesario eximir de derechos y
aforo de las obras realizadas con Programas de IPV;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Declárese de Interés Departamental los Programas, “MEJORO MI CASA” y “DESARROLLO DEL
HÁBITAT RURAL” del Gobierno de la Provincia de Mendoza.-

Art.2°- Ejecútense todos los actos útiles para que la mayor cantidad de beneficiarios que se encuentran en
emergencia socio habitacional, puedan acceder a la ayuda financiera por el I.PV.-

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Art. 3°- Facilítense los medios Administrativos, Legales y Técnicos para regularizar las obras de viviendas
personales beneficiadas por los programas del IPV (referidos en el Art. 1°); eximiéndoles del pago de
derechos y aforos municipales.-

Art.4°:Otórguese los planos aprobados que disponga el Municipio a los beneficiarios incluidos desde la
Dirección de Vivienda en los Programas referidos al Art.1°.-

Art. 5°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los trece días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7090308 Importe: $ 528


04/11/2022 (1 Pub.)

Ordenanza N°: 1941

VISTO:

El expediente Nº 291.524-SH-2022 iniciado por la Secretaria de Hacienda del Municipio conteniendo el


Proyecto Incremento del Cálculo de Recurso Presupuesto de Gastos y Financiamiento para el Ejercicio
2022, y;

CONSIDERANDO:

Que el Proyecto de Cálculo de Recurso Presupuesto de Gastos y Financiamiento para el Ejercicio


2022debe dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 6° y 8° de la Ley de Responsabilidad Fiscal que
indica por un lado que los presupuestos deben dar un marco de equilibrio;

Que la estimación de los montos de Financiamiento, están relacionados con el convenio especifico para la
implementación de un proyecto de financiación del fondo de integración socio urbana- línea de acción
“Integración Socio Urbana de Barrios Populares Renabap”;

Que dicho convenio se firma en el año 2022 cuando el presupuesto había sido aprobado por el Concejo
Deliberante mediante Ordenanza N° 1891/2021 ratificado por Decreto Municipal N° 2779/2021 de fecha
01/11/2021;

Que en recursos “Financiamiento” de dicho presupuesto no se contemplo ya que la firma del convenio es
posterior;

Que las Erogaciones de Capital deben contener las obras que dicho convenio contempla ejecutar;

Que los fondos que financian las obras son aportados por el Ministerio de Desarrollo Social que a través
de la Secretaria de Integración Socio-Urbana crean un Fideicomiso encargado de llevar adelante dicho
convenio;

Que dichas obras beneficiaran a la comunidad mediante la ejecución de proyectos denominados


“Urbanización, Red de Gas y Red de Agua”;

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Que dicho convenio contempla el monto a financiar con base marzo 2022 incluyendo en su articulado
clausulas de redeterminación de precios, lo que permitirá absorber los efectos inflacionarios a medida que
se ejecute la obra;

Que el intendente municipal somete a consideración de este Honorable Concejo Deliberante, este proyecto
de incremento presupuestario año 2022;

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1º- Apruébese el Incremento Cálculo de Recursos, Presupuestos de Gastos para el Ejercicio 2022.-

Art. 2º- Estímese para el Presupuesto de Recursos del Ejercicio 2022 un incremento en la suma de $
450.341.035 millones (Pesos cuatrocientos cincuenta millones trescientos cuarenta y un mil treinta y cinco
con 00/100).

- FINANCIAMIENTO; $ 450.341.035

- TOTAL $450.341.035

Art. 3º- Estímese un incremento para el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2022 en la suma de $
450.341.035 millones (Pesos cuatrocientos cincuenta millones trescientos cuarenta y un mil treinta y cinco
con 00/100).

- EROGACIONES DE CAPITAL; $ 450.341.035

- TOTAL DE EROGACIONES; $ 450.341.035

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

PRESUPUESTO MUNICIPAL 2.022

CALCULO DE RECURSOS Y FINANCIAMIENTO

JURISDICCIÓN "A" DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Sección Origen Sector Part. Part. DETALL 2022


Princ Parc E
7 0 0 0 0 FINANCI 450.341.
AMIENT 035
O
7 3 0 0 0 Aportes 450.341.
No Reint 035
egrables
7 3 1 0 0 De Jurisdi 450.341.
cción 035
Nacional
7 3 1 1 0 Plan 450.341.
Nacional 035
de Obras

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MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA Y POR OBJETO DE LAS EROGACIONES

AÑO 2.022

JURISDICCIÓN "A". DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Sección Origen Sector Part. Part. DETALL 2022


Princ Parc E
5 0 0 0 0 EROGAC 450.341.
IONES 035
DE
CAPITAL
5 1 0 0 0 Inversión 450.341.
Física o 035
Real
5 1 2 0 0 Trabajos 450.341.
Públicos 035

Art. 4º- Apruébese los anexos Incluidos en el presente expediente, desde foja 04 hasta foja 18.-

Art. 5º- Infórmese al Honorable Concejo Deliberante el avance de Obra al 25%, 50%, 75% y al 100%.-

Art. 6°- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-

Dado en la Sala de Sesiones a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-

CLAUDIO ARIEL MENDEZ


Presidente

REGUERA CASTRO JOSE MIGUEL


Secretario

Boleto N°: ATM_7090327 Importe: $ 2384


04/11/2022 (1 Pub.)

DECRETOS MUNICIPALES

MUNICIPALIDAD GODOY CRUZ

Decreto Municipal N°: 3807

GODOY CRUZ; 03 de Noviembre de 2022

VISTO:

El Decreto Provincial Nº 2202/71, que establece el día 8 de noviembre de cada año, como el “DÍA DEL
TRABAJADOR MUNICIPAL ARGENTINO”, en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que el trabajo cotidiano de los agentes municipales constituye un servicio hacia la comunidad
godoycruceña, manifestado a través del desempeño de las tareas que, de manera solidaria y responsable,
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efectúan en aras del bien común.

Que, el Departamento Ejecutivo, con el propósito de acompañar la celebración de una fecha tan especial
para el personal municipal, estima oportuno disponer asueto administrativo.

Que, asimismo, considera oportuno trasladar el mismo al día lunes 07 de noviembre de 2.022, conforme lo
expresado en la Nota I nº 2022-034452, a fin de prolongar el descanso semanal habitual con el que
cuenta parte del personal municipal.

POR ELLO: y en uso de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1º: Otórguese asueto administrativo, en la Municipalidad de Godoy Cruz, el próximo 07 de


noviembre de 2022, en conmemoración a la celebración del “Día del trabajador municipal Argentino”.-

ARTICULO 2º: La medida dispuesta por el artículo 1º rige para todas las dependencias municipales y sus
delegaciones, incluyendo las áreas de atención al público. Sin perjuicio de ello, cada Secretaría del
Departamento Ejecutivo deberá disponer las guardias necesarias para la correcta prestación de los
servicios considerados esenciales y programados con antelación.

ARTICULO 3°: Tómese conocimiento por la Dirección de Gestión Administrativa y Capital Humano y todas
las dependencias municipales. Notifíquese. -

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE. DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.-

Lic. TADEO GARCÍA ZALAZAR


Intendente Municipal

Cdor. MIGUEL J. CATALANO


Secretario de Innovación,Legal y Técnica

Boleto N°: ATM_7096947 Importe: $ 432


04/11/2022 (1 Pub.)

MUNICIPALIDAD MALARGÜE

Decreto Municipal N°: 1547

VISTO, el Expte. Nº 4.858 HC 025-2022, referencia Ordenanza Nº 2.198/2.022, dictada por el Honorable
Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO

QUE, luego del estudio del contenido de la misma, este Departamento Ejecutivo Municipal dispone su
promulgación,

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL SEÑOR INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

DECRETA

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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ARTICULO 1º TÉNGASE por Ordenanza del Departamento de Malargüe, la dictada por el Honorable
Concejo Deliberante bajo el Nº 2198/2.022 Ref.: “Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a través
del Área que corresponda la colocación de tres (3) garitas de control, en el Acceso Oeste de la ciudad de
Malargüe o Zona Arroyo Pequenco, según plano adjunto en Anexo I”,

ARTICULO 2º PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza.

ARTICULO 3º COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.

Malargüe, Mza. 20 de octubre de 2.022

LIC. MANUEL OJEDA


Intendente

DRA. PAOLA F. PALEICO


Secretaria de Gobierno

Boleto N°: ATM_7092930 Importe: $ 216


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 1548

VISTO, el Expte. Nº 5.116 HC 043-2022, referencia Ordenanza Nº 2.197/2.022, dictada por el Honorable
Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO

QUE, luego del estudio del contenido de la misma, este Departamento Ejecutivo Municipal dispone su
promulgación,

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL SEÑOR INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

DECRETA

ARTICULO 1º TÉNGASE por Ordenanza del Departamento de Malargüe, la dictada por el Honorable
Concejo Deliberante bajo el Nº 2197/2.022 Ref.: “Adhiérase a la Ley Provincial Nº 7.336/2.005 “Sistema
de Protección integral de las personas discapacitadas. Accesibilidad de personas con movilidad reducida”.

ARTICULO 2º PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza.

ARTICULO 3º COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.

Malargüe, Mza. 20 de octubre de 2.022

LIC. MANUEL OJEDA


Intendente

DRA. PAOLA F. PALEICO


Secretaria de Gobierno

Boleto N°: ATM_7090626 Importe: $ 192


04/11/2022 (1 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Subsecretaria Legal y Técnica
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MUNICIPALIDAD SAN CARLOS

Decreto Municipal N°: 1930

SAN CARLOS, 09 de septiembre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1935/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita se Adhiera a la Ley N° 27.642 “Etiquetado Frontal” en todos sus términos y
Modificatorias;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1935/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través del Dirección de Inspección.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7087683 Importe: $ 192


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 1931

SAN CARLOS, 09 de septiembre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1936/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita se Adhiera en todos sus términos a la Ley Nacional N° 26.858 y la
adhesión Provincial 7476-22 mediante cual es asegurar el derecho al acceso a lugares Públicos, Privados
y al servicio de transporte, de toda persona con discapacidad acompañada por un perro de asistencia o
perro Guía;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

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EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1936/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través del Secretaria de Desarrollo Humano, Salud y Asistencia Social y Área de Discapacidad.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7089228 Importe: $ 240


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 1985

SAN CARLOS, 14 de septiembre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1934/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita a la Cámara de Diputados de la Provincia la pronta aprobación del proyecto
presentado por el Diputado Jorge Difonso en Exp. N° 81.754 sobre la construcción de dique Los Blancos
para el Departamento de San Carlos;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1934/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través del Departamento Ejecutivo.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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Boleto N°: ATM_7087676 Importe: $ 216
04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 2015

SAN CARLOS, 20 de septiembre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1937/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita modificar la Ordenanza N° 1648/17, en su artículo 2° el que quedara
redactado de la siguiente “La reserva de un modulo de estacionamiento exclusivo para motos y
motocicletas a 45°, (cuarenta y cinco), en las zonas que se detallan a continuación: Calle San Martin, Sixto
Videla (zona de referencia plaza distrital de La Consulta), y Calle Ejercito de Los Andes (Zona de
referencia Centro Cívico La Consulta) Calles J. Néstor Lencinas (zona de referencia plaza José Hernández
Villa San Carlos, al frente de la Municipalidad), calle Bernardo Quiroga (zona de referencia plaza distrital
de Eugenio Bustos) calle San Martin (zona de referencia Átomo supermercado y supermercado Isa de
Eugenio Bustos) calle San Martin (zona de referencia C.I.C de Chilecito) calle P. Castro del Distrito de
Pareditas (zona de referencia plaza distrital Hipólito Yrigoyen) y dispóngase lugares en los distritos
creados recientemente;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1937/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través de Secretaria de Obras y Dirección de Seguridad Vial.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7089246 Importe: $ 384


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 2198

SAN CARLOS, 12 de octubre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1938/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

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Que por la presente se solicita ampliar el Artículo 8° de la Ordenanza N° 1847/2022 el cual quedará de la
siguiente manera …. “Se prohíbe el derrame de afluentes cloacales en todo el territorio del Departamento
de San Carlos ya sea de carácter público o privado, así como su evacuación en acequias, causes hídricos
y/o vía Pública” y serán clasificados según su origen o según la carga contaminante de las aguas;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1938/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través de la Dirección de Medio Ambiente.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7089261 Importe: $ 264


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 2231

SAN CARLOS, 18 de octubre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1939/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita crear el “Programa de Reseñas Digitales” por el Aniversario de sus 250
años de historia del Departamento de San Carlos, al que se tendrá acceso vía códigos QR;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1939/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través de Secretaria de Turismo y Cultura, Modernización y Sistema y Secretaria de Gobierno.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 43 de 143
Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7090303 Importe: $ 216


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 2232

SAN CARLOS, 18 de octubre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1940/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que por la presente se solicita declarar de Interés Departamental los Programas, “MEJORO MI CASA” y
“DESARROLLO DEL HABITAT RURAL” del gobierno de la Provincia de Mendoza;

Que Secretaría de Gobierno solicita la emisión de la norma legal;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos la
Ordenanza N° 1940/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través de Secretaria Obras y Dirección de Vivienda.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7090315 Importe: $ 192


04/11/2022 (1 Pub.)

Decreto Municipal N°: 2336

SAN CARLOS, 28 de octubre de 2022.

VISTO la Ordenanza Nº 1941/2022 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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Que por la presente se aprobó el incremento Calculo de Recursos, presupuestos de Gastos para el
Ejercicio 2022;

Que Asesoría Letrada da el visto bueno para el dictado de la norma legal respectiva;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS DECRETA:

Artículo 1º - Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos, la
Ordenanza N° 1941/2022.

Artículo 2º - Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a


través de Departamento Ejecutivo y Secretaria de Hacienda.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.

ROLANDO ANTONIO SCANIO


Intendente

FEDERICO SILVA PINTOS


Secretario de Gobierno

Boleto N°: ATM_7090447 Importe: $ 192


04/11/2022 (1 Pub.)
Subsecretaría Legal y Técnica - Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
FE DE ERRATAS (norma)

MINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA

Fe de Erratas N°: 1894

En Boletín Oficial Nº 31734 de fecha 01/11/2022 por un error involuntario de edición, se consignó el
número del Decreto Nº 1894/2022 " EX-2022-7310288-GDEMZA- HCS-PROMULGACIÓN DE LA
SANCIÓN Nº 9421" con el N° 1824/22. Se adjunta norma original como anexo a fin de rectificar el error
mediante la presente Fe de Erratas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo
o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

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Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022 Digitally signed by GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia MENDOZA
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Subsecretaria Legal y Técnica MENDOZA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia,
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Date: 2022.11.04 08:00:17 -03'00'
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CONTRATOS SOCIALES
(*)
VIVI+VIAJES SAS Constitución de la sociedad por acciones simplificadas plural. Entre las Sras. PENISSI
LORENA MABEL titular del Documento Nacional de Identidad número, 27.144.839, CUIT:
27-27144839-8, nacida el 03/12/1978, argentina, de estado civil casada, de profesión agente de turismo,
con domicilio en calle Cerro Catedral 597, Bº Dalvian, Ciudad, Mendoza la Sra. AVES MABEL IRENE,
titular del Documento Nacional de identidad número 11.260.748, CUIT: 27-11260748-5, nacida el
24/11/1954, argentina, de estado civil divorciada, de profesión jubilada, con domicilio en calle Cerro
Catedral 597, Bº Dalvian, Ciudad, Mendoza, quienes suscriben el contrato social el 31 de Octubre del
2022, la SAS se denominara VIVI+VIAJES SAS. Constituyendo su domicilio social en Calle Cerro
Catedral 597, Bº Dalvian, Ciudad, Mendoza. El Objeto: La sociedad tendrá por objeto, el desarrollo de las
siguientes actividades: A) TURISMO: Artículo 1º, Ley 18829 – Quedan sujetas a las disposiciones de
esta Ley todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen, en el territorio nacional, con o sin fines de
lucro, en forma permanente, transitoria o accidental, algunas de las siguientes actividades: a) La
intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el
extranjero; b) La intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero; c)
La organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin
inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes "a forfait", en el país o en el extranjero;
d) La recepción o asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los
mismos de los servicios de guías turísticos y el despacho de sus equipajes; e) La representación de otras
agencias, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios;
f) La realización de actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del
turismo, las cuales se expresarán específicamente en la licencia respectiva. Será requisito ineludible para
el ejercicio de estas actividades, el obtener previamente la respectiva licencia en el Registro de Agentes
de Viajes que llevará el organismo de aplicación que fije el Poder Ejecutivo, el que determinará las
normas y requisitos generales y de idoneidad para hacerla efectiva. . B) SERVICIO DE ASESORIA Y
CONSULTORIA: a) Servicio y asesoramiento integral para organización de empresas: Asesoramiento
integral por cuenta propia o ajena o asociada a terceros para la organización de empresas en lo relativo a
asistencia técnica en cualquiera de sus sectores o actividades, al relevamiento, análisis, estudio e
instrumentación de sistemas operativos generales, ya sean administrativos, técnicos, financieros o
comerciales; asesoramiento jurídico, económico y financiero, informaciones y estudios en sociedades
comerciales, empresas, factibilidad y pre inversión de planes, programas, proyectos de inversión
nacional, regional y sectorial, investigación de mercado y de comercialización interna acerca de los rubros
mencionados, capacitación en las distintas ramas relacionadas con el objeto social. b) Asesoramiento
integral sobre importación y exportación: Asesoramiento integral sobre importación y exportación en todo
lo relacionado con la: compra y venta de mercaderías, materias primas, maquinarias; contratación de
fletes marítimos, aéreos y terrestres, contratación de seguros, gestión y tramitación ante organismos
oficiales y privados, ministerios, aduanas, bancos, puertos, embajadas, etc. C) MARCAS a)
Comercialización de la marca propia: Sublicenciar a terceros los derechos de uso de la marca siete
fronteras SAS o de cualquier otra marca que la reemplace o complemente en el futuro a fin de administrar
y operar comercialmente el negocio de cafetería y/o servicios conexos y/o complementarios; explotar
comercialmente la marca uvas del sur o cualquier otra marca que la reemplace o complemente en el
futuro, mediante el cobro de regalías, comisiones, honorarios, aranceles, fondos o cualquier otro tipo de
retribución, venta de materiales impresos, etc.; transferir tecnología y "know how" mediante planes de
entrenamiento y suministro de manuales y otros medios, vinculados al sublicenciamiento de la marca y o
cualquier otra marca que la reemplace o complemente en el futuro D) COMERCIALIZACION La sociedad
tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el
extranjero, exclusivamente la coordinación de la prestación de servicios de asistencia a sus abonados
como también no abonados y gestionar servicios tercerizados en empresas especializadas. E)
MARKETING y PUBLICIDAD Desarrollo total o parcial de planes de comunicaciones y comercialización
de bienes y servicios, incluyéndose dentro de ello las siguientes actividades: a) Investigaciones de
mercado, socio- económico y cultural, relevamiento de datos, procesamiento y análisis. b) Realizar
asesoramiento especializado en comercialización y comunicaciones. c) Realizar publicidad y promoción
para sí y para sus clientes en todos los medios de comunicación (entre ellos redes sociales tales como
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instagram, Facebook, aplicaciones, páginas web, etc.), vía pública, comercio y por vía postal o televisiva.
d) Comercializar, vender y distribuir bienes y servicios involucrados o vinculados con la actividad
descripta en los puntos a, b y c. e) Publicar y editar informes, revistas y libros referentes o vinculados con
la actividad descripta en los puntos anteriores. f) Organizar y promover actividades educativas o de
divulgación a través de cursos, conferencias, seminarios, congresos, exposiciones o equivalentes. A los
fines expuestos la sociedad tendrá facultad para promover, organizar, coordinar, administrar y realizar
proyectos comerciales, realizar toda clase de operaciones inmobiliarias, importar o exportar bienes o
servicios, otorgar o recibir franquicias comerciales, concesiones o cualquier otro acto de distribución
comercial. g) Venta directa, marketing directo, tele marketing, mercadeo, publicidad, anuncio de
productos, distribución de productos, servicios de cobranzas, servicios de entregas de productos,
servicios de call center, explotación del negocio de desarrollo de productos que sean apropiados para ser
comercializados mediante técnicas de marketing directo, y distribución, importación y exportación.
Prestación de servicios de promoción y realización de campañas de publicidad y marketing de todo tipo
de productos y servicios, por canales tradicionales, venta directa o a través de medios telemáticos,
internet o nuevas tecnologías creadas o a crearse en el futuro F) FINANCIERA: El otorgamiento de
formas de financiación con fondos propios sobre operaciones comerciales o civiles, excluidas las que
realizan las entidades comprendidas en la ley de entidades financieras. G) EXPORTADORA E
IMPORTADORA: Mediante la importación o exportación por cuenta propia o de terceros o bien asociada
esta Entidad a terceros aunque se trate de personas jurídicas, de todo tipo de bienes materiales o
inmateriales, incluyendo obras de arte, ciencia y tecnología. Esta actividad faculta a la entidad a
intermediar en el comercio internacional; previa inscripción en las matrículas y registro pertinentes. Su
duración es de 90 años a contar desde su inscripción; El capital social se suscribe en efectivo y se integra
en un veinticinco por ciento (25 %) en este acto y el saldo del 75% restante en el plazo de dos años y es
de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.00), dividido en MIL cuotas de PESOS DOSCIENTOS ($200)
cada una de valor nominal.; La administración y representación queda a cargo del Administrador titular,
Sra. Penissi Lorena Mabel titular del Documento Nacional de Identidad número, 27.144.839, CUIT:
27-27144839-8, nacida el 03/12/1978, argentina, de estado civil casada, de profesión agente de turismo,
con domicilio en calle Cerro Catedral 597, Bº Dalvian, Ciudad y como administradora suplente para el
caso de ausencia o impedimento del administrador titular, la señora, Aves Mabel Irene, titular del
Documento Nacional de identidad número 11.260.748, CUIT: 27-11260748-5, nacida el 24/11/1954,
argentina, de estado civil divorciada, de profesión jubilada, con domicilio en calle Cerro Catedral 597, Bº
Dalvian, Ciudad, Mendoza quienes aceptan el cargo y declaran bajo fe de juramento no encontrarse
inhibidas, inhabilitadas, fallidas o concursadas, ni comprendidas en el Régimen de prohibiciones e
incompatibilidades previstas en el artículo 263 de la Ley de Sociedades Comerciales, bajo apercibimiento
de lo dispuesto en el Art. 293 del Código Penal Argentino; La sociedad prescinde de la sindicatura. El
Cierre del ejercicio es el 31 de diciembre de cada año.

Boleto N°: ATM_7090450 Importe: $ 1968


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(*)
CONSTITUCIÓN: Acta constitutiva de fecha 25 de Octubre de 2022. 1.- BENENATI ANDRES ALFREDO,
DNI Nº 28.774.913, CUIT Nº 23-28774913-9, de nacionalidad Argentino, nacido el 02/09/1981, profesión:
Empresario, estado civil: soltero, Edad: 41 años, con domicilio en calle, Ciudad del Rosario N° 3.147,
DISTRITO: 4ta Sección Área Fundacional, DEPARTAMENTO: Capital, PROVINCIA DE MENDOZA,
constituyendo dirección electrónica alfredobenenati@hotmail.com; la Sra. FUNES ANA MARIA, DNI Nº
28.914.039, CUIT Nº 27-28914039-0, de nacionalidad Argentina, nacido el 04/08/1981, profesión:
Odontóloga, estado civil: soltera, Edad: 41 años, con domicilio real en calle, Ciudad del Rosario N° 3.147,
DISTRITO: 4ta Sección Área Fundacional, DEPARTAMENTO: Capital, PROVINCIA DE MENDOZA,
ARGENTINA, constituyendo dirección electrónica anafunes_07@hotmail.com;.2.- Denominación: “PJI
BENENATI S.A.S.”. 3. Sede Social: Ciudad del Rosario N° 3.147, DISTRITO: 4ta Sección Área
Fundacional, del Departamento de Capital, de la Provincia de Mendoza. 4.- Objeto: (a) Agropecuarias,
avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y
gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e)

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Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas;
(g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras, financieras y fideicomisos, (i) Petroleras, gasíferas,
forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (j) Salud, y (k) Transporte. 5.Duracion: Noventa y
nueve (99) años. 6.- Capital de $ 100.000,00, representado por 100.000 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 1 v/n c/u y de un voto, 100% suscriptas y 25% integradas. 7.- Administradores y
representantes legales en forma indistinta (*). Administrador titular: BENENATI ANDRES ALFREDO con
domicilio especial en la sede social; administrador suplente: FUNES ANA MARIA, con domicilio especial
en la sede social; todos por plazo indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.fecha de
cierre: 30 de junio de cada año.

Boleto N°: ATM_7085749 Importe: $ 432


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(*)
MARIANAPAZ S.A.S. CONSTITUCIÓN: Contrato constitutivo de fecha 25/10/2022. 1.- PAZ BOMBAL,
DNI N° 29.326.652, CUIL N° 27-29326652-8, de nacionalidad argentina, nacida el 26/02/1982, estado
civil: casada, de profesión contador público nacional, domiciliada en Clark 560, piso 2, dpto 2, Ciudad,
Provincia de Mendoza; MARIANA ANDREA MARTINEZ, DNI N° 27.362.581, CUIL: 27-27362581-5, de
nacionalidad argentina, nacida el 21/11/1979, estado civil: casada, de profesión docente nivel inicial,
domiciliada en B° Vista Pueblo M-E, 1-2, Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza; MARIA PAZ
URRUTIGOITY, DNI N° 29.974.176, CUIL: 27-29974176-7, de nacionalidad argentina, nacida el
16/05/1982, de profesión cocinera, domiciliada en Darragueira 7193, Chacras de Coria, Luján de Cuyo,
Provincia de Mendoza. 2.- “MARIANAPAZ SAS”. 3.-Establece sede social en Clark 560, piso2, dpto 2,
Ciudad, Provincia de Mendoza. 4.- Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o
ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación,
transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes
materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o
indirectamente con las siguientes actividades: Gastronómicas, hoteleras y turísticas. La sociedad tiene
plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda
actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades
enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas
humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o
permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones
financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el
concurso y/o ahorro público.En el desarrollo de las actividades descritas en el objeto social, la Sociedad
además de crear valor económico procurará generar un impacto material, social y ambiental, en beneficio
de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta. 5.-Duración 99 años. 6.- Capital
social es de pesos trescientos mil ($300.000), representado por 3.000 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 100 v/n c/u y de un voto, 100% suscriptas y 25% integradas. 7.- Administradores y
representantes legales en forma indistinta. Administrador titular: PAZ BOMBAL, con domicilio especial en
la sede social; administrador suplente: MARIANA ANDREA MARTINEZ, con domicilio especial en la sede
social; todos por plazo indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- Fecha de cierre de
ejercicio 30 de septiembre de cada año.

Boleto N°: ATM_7084842 Importe: $ 624


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(*)
CONTRATO CONSTITUTIVO DE “OLIPACK S.A.S.” En la Cuidad Mendoza, provincia Mendoza,
República Argentina, a los Catorce días del mes de Octubre del año Dos mil Veintidós, comparecen, el
señor MARCELO ALEJANDRO YUSTE, argentino, Documento Nacional de Identidad 21.374.845,
C.U.I.L.: 23-21374845-9, nacido el 16/12/1.969, de estado civil casado en primeras nupcias, de profesión
comerciante, con domicilio en barrio La Barraca, manzana B, lote 8, calle Las Cañas, número 1808,
Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza; y el señor NICOLAS ALEJANDRO

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YUSTE, argentino, Documento Nacional de Identidad 45.359.200, C.U.I.L.: 20-45356200-7, nacido el
12/12/2.003, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio en barrio La Barraca,
manzana B, lote 8, calle Las Cañas, número 1808, Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia
de Mendoza, quien declara bajo juramento no encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos
previstos por el artículo 299 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, y resuelve constituir una
Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal de conformidad con las siguientes estipulaciones:
ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “OLIPACK S.A.S.” y tiene
su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad de Mendoza, provincia de Mendoza, República Argentina,
pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier
otro lugar del país o del extranjero.--ARTÍCULO SEGUNDO. Duración: El plazo de duración de la
sociedad es de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá
ser prorrogado por decisión de los socios. ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tendrá por
objeto: I- IMPORTACIÓN, PRODUCCION, FABRICACION, EXPORTACIÓN Y COMERCIALIZACION: de
maquinarias e insumos de embalaje agrícolas y vitivinícolas; importación o exportación de bienes de
consumo o de capital, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, herramientas,
componentes, licencias, productos, subproductos y sus derivados, sean nacionales y/o extranjeros, desde
y hacia cualquier punto del país. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá comprar,
vender bienes muebles e inmuebles, adquirir y enajenar fondos de comercio, registrar marcas, patentes y
licencias, contratar servicios técnicos, y en general, realizar por cuenta propia o de terceros, toda clase de
operaciones y actos jurídicos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. II-
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA: Mediante la adquisición, venta, permuta, explotación, urbanización,
arrendamientos o administración de inmuebles, proyección y realización por cuenta propia o de terceros,
de viviendas, edificios, obras viales, gasoductos, oleoductos, usinas, perforaciones de agua, gas, petróleo
y cualquier obra de ingeniería, y/o arquitectura, ya sea de carácter público o privado; estudio, proyecto,
dirección ejecutiva y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura, públicas o privadas, de todos tipos
de estructuras de cualquier material, civiles, viales, acueductos, gasoductos, oleoductos, poliductos,
usinas, perforaciones y la construcción en general de todo tipo de obras, incluso las destinadas a la
vivienda propia, a oficinas o explotaciones comerciales, industriales, a cocheras, parques de servicio,
playas de estacionamiento, garajes, o a establecimientos públicos o privados de características
particulares, urbanizaciones de barrios en cualquiera de sus tipos, hospitales, escuelas, cementerios,
oficinas o edificios públicos, puentes, diques, represas y cualquier otra obra de ingeniería o
arquitectónico. Todas estas actividades podrán efectuarse tanto como para la comercialización de las
construcciones concluidas con objeto lucrativo o simplemente mediante la locación de obras y/o servicios
de construcción a terceras personas por la vía de la celebración de contratos de carácter oneroso que
permitan la devolución del capital a la entidad, actuando incluso como proveedor del Estado Nacional,
Provincial, Municipal y Entidades Autárquicas. III- COMERCIALES: Mediante la comercialización de
materiales para la construcción, aberturas, pisos. Comercialización de unidades habitaciones,
departamentos, dúplex, viviendas construidas por sistema de tercerización, administración o por inversión
directa. Comercialización, compra y venta de vehículos, moto vehículos, auto elevadores, todo lo
relacionado a maquinarias industriales y agrícolas. Comercialización, traslado, importación y exportación
de productos alimenticios. Logistica y distribución.- IV-FIDUCIARIA: Mediante la actuación como agente
fiduciario en los términos del Código Civil y Leyes complementarias, con excepción de los Fideicomisos
Financieros. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país
o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones, para la
ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes
de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de
colaboración, comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y
realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades
Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. ARTÍCULO CUARTO. Capital: El
Capital Social es de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) representado por CINCO MIL (5.000)
acciones ordinarias nominativas no endosables, de valor nominal CIEN PESOS ($100) cada una y con
derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme
lo que dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones nominativas no endosables
correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la

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reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de
carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una
participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso
del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según
se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para
las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin
perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz.- ARTÍCULO QUINTO. Mora en la
integración: La mora en la integración de las acciones suscriptas se producirá al sólo vencimiento del
plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de la Ley
General de Sociedades N° 19.550.- ARTÍCULO SEXTO. Transferencia de las acciones: La transferencia
de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad. Otorgándose derecho de
preferencia entre los socios en cuento a la posibilidad de la disposición de las mismas, ya sea por
cualquier título venta, donación y/o cesión de las mismas.- ARTÍCULO SÉPTIMO. Órgano de
administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas
humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1)
y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación
de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en
forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de
fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el
cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los
órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando
la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre
el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en
cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar
que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse
simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del
artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los
miembros presentes. Los administradores podrán auto convocarse para deliberar sin necesidad de
citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los
miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al
Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no
sean notoriamente extraños al objeto social.- ARTÍCULO OCTAVO. Órgano de Gobierno: Las reuniones
de socios se celebrarán cuando lo requiera cualquiera de los administradores. La convocatoria de la
reunión se realizará por medio fehaciente. También puede realizarse por medios electrónicos, en cuyo
caso deberá asegurarse su recepción. Las reuniones podrán realizarse en la sede social o fuera de ella,
utilizando medios que les permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos,
quedando sujetas a los requisitos del artículo 53, segundo párrafo, de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones
que importen reformas al instrumento constitutivo o la disolución de la sociedad se adoptarán por mayoría
absoluta de capital. Las resoluciones que no importen modificación del contrato, tales como la
designación y la revocación de administradores, se adoptaran por mayoría de capital presente en la
respectiva reunión. Aunque un socio representare el voto mayoritario para adoptar resoluciones en
ningún caso se exigirá el voto de otro socio. Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones
sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al órgano de administración a través de
cualquier procedimiento que garantice su autenticidad, dentro de los diez (10) días de habérseles cursado
consulta simultánea a través de un medio fehaciente o las que resulten de declaración escrita en la que
todos los socios expresen el sentido de su voto. Cuando la sociedad tenga socio único las resoluciones
del órgano de gobierno serán adoptadas por éste. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro
de Actas. Los socios podrán auto convocarse y sus resoluciones serán válidas si se encontrara presente
la totalidad del capital social y el orden del día fuera aprobado por unanimidad.- ARTÍCULO
NOVENO. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.- ARTÍCULO
DÉCIMO. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día treinta y uno de diciembre de cada año, a cuya
fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de
administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince
(15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.- ARTÍCULO

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UNDÉCIMO. Utilidades, reservas y distribución: De las utilidades líquidas y realizadas se destinarán: (a)
el cinco por ciento (5%) a la reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital social; (b)
el importe que se establezca para retribución de los administradores y síndicos y en su caso; (c) al pago
de dividendos a las acciones preferidas en su caso; y (d) el remanente, previa deducción de cualquier
otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción a su
participación en el capital social, respetando, en su caso, los derechos de las acciones
preferidas.- ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Disolución y liquidación: Producida la disolución de la
sociedad, la liquidación será practicada por el o los administradores actuando a estos efectos conforme lo
establecido en el artículo séptimo del presente. Cancelado el pasivo, y reembolsado el capital respetando
el derecho de las acciones preferidas en su caso, el remanente, si lo hubiera, se distribuirá entre los
socios en proporción al capital integrado.- ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Solución de
controversias: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los
socios, sus administradores y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su
naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en materia
comercial, de la Primera Circunscripción Judicial, de la Provincia de Mendoza, República
Argentina.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS: En este acto los socios acuerdan: 1.- SEDE
SOCIAL: Establecer la sede social en la Barrio La Barraca, manzana B, lote 8, Las Cañas, número 1808,
Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza.- 2.- CAPITAL SOCIAL: EL socio
señor MARCELO ALEJANDRO YUSTE, suscribe el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social
de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), representado por DOS MIL QUINIENTAS
ACCIONES (2.500) acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal PESOS CIEN
($100) cada una y con derecho a un voto por acción; y el socio señor NICOLAS ALEJANDRO YUSTE,
suscribe el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL ($250.000), representado por DOS MIL QUINIENTAS ACCIONES (2.500) acciones ordinarias
nominativas no endosables de valor nominal PESOS CIEN ($100) cada una y con derecho a un voto por
acción. Dicho capital suscripto es integrado en este acto de la siguiente forma; dinero en efectivo la
cantidad de pesos ciento veinticinco mil con 00/100 ($ 125.000), lo que representa el 25 % del capital
social y el saldo en un plazo no mayor de dos (2) años a partir de la fecha de suscripción del presente.-
3.- DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE
SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Designar: Administrador Titular al señor
MARCELO ALEJANDRO YUSTE, argentino, con Documento Nacional de Identidad Número 21.374.845,
C.U.I.L.: 23-21374845-9, nacido el 16/12/1.969, de estado civil casado en primeras nupcias, de profesión
comerciante, con domicilio en barrio La Barraca, manzana B, lote 8 calle Las Cañas, número 1808,
Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza, quien acepta el cargo que le ha sido
conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada
que NO me encuentro incluido o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente”,
aprobada por la Unidad de Información Financiera (Resolución UIF N° 11/2011), que declara haber leído.
Se designa Administrador Suplente: al señor NICOLAS ALEJANDRO YUSTE, argentino, Documento
Nacional de Identidad 45.359.200, C.U.I.L.: 20-45356200-7, nacido el 12/12/2.003 de estado civil soltero,
de profesión comerciante, con domicilio en barrio La Barraca, manzana B, lote 8, calle Las Cañas,
número 1808, Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza, quien acepta el cargo
que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de
declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las
Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Inciso de la Resolución UIF Nº 11/11 en el cual se
encuentra comprendido: [inciso] - [sub-inciso]. La representación legal de la sociedad será ejercida por
el/los administradores designados.- 4.- DECLARACIÓN JURADA DE BENEFICIARIO FINAL: En virtud de
la normativa vigente sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, el señor
MARCELO ALEJANDRO YUSTE, argentino, Documento Nacional de Identidad 21.374.845, C.U.I.L.:
23-21374845-9, nacido el 16/12/1.969, de estado civil casado en primeras nupcias, de profesión
comerciante, con domicilio en barrio La Barraca, manzana B, lote 8, calle Las Cañas, número 1808,
Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza; y el señor NICOLAS ALEJANDRO
YUSTE, argentino, Documento Nacional de Identidad 45.359.200, C.U.I.L.: 20-45356200-7, nacido el
12/12/2.003, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio en barrio La Barraca,
manzana B, lote 8, calle Las Cañas, número 1808, Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Provincia

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de Mendoza, manifiestan en carácter de declaración jurada que revisten el carácter de beneficiarios
finales de la presente persona jurídica en un CINCUENTA POR CIENTO (50%), cada uno.- 5.- PODER
ESPECIAL: Otorgar poder especial a favor de Silvia Patricia Lourdes Gimenez, argentina, DNI N°
24.278.837, con domicilio en calle Libertad, N° 130, Villa Nueva, Guaymallén, Mendoza, para realizar
conjunta, alternada o indistintamente todos los trámites de constitución e inscripción de la sociedad ante
el Registro Público, con facultad de aceptar o proponer modificaciones a este instrumento constitutivo,
incluyendo la denominación social, otorgar instrumentos públicos y/o privados complementarios y
proceder a la individualización de los Registros digitales de la Sociedad ante el Registro Público.
Asimismo, se los autoriza para realizar todos los trámites que sean necesarios ante entidades financieras,
la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), Dirección General Impositiva, ATM
Administración Tributaria Mendoza y Administración Nacional de Aduanas y/o todo otro organismo
público o privado, quedando facultados incluso para solicitar la publicación del aviso en el diario de
publicaciones legales.-

Boleto N°: ATM_7091898 Importe: $ 3864


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
CONSTITUCION DE SOCIEDAD De acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la ley 19.550, “BODEGAS
Y VIÑEDOS NOZAR HNOS S.A.”, informa: Que por escritura número siete de fecha 15/09/22, realizada
por la escribana Jessica Edith Linna, titular del registro Nº 245; quedó constituida la misma.a) Socios:
Abraham Sharbel Nozar Najle; de 26 años de edad, soltero, argentino, comerciante de profesión,
domiciliado en 9 de Julio 685; Ciudad, San Martín, Mza., DNI 39.081.825, CUIT Nº 20-39081825-5;
Miguel Nahir Nozar Najle, de 32 años de edad, soltero, argentino, comerciante de profesión, domiciliado
en Tucumán 395, Ciudad, San Martín, Mza., DNI 34.966.778, CUIT Nº 23-34966778-9 y Oscar David
Nozar, de 55 años de edad, casado, argentino, comerciante de profesión, domiciliada en Ushuaia 66, Bº
Independencia, Ciudad, San Martín, Mza.; DNI 18.061.807, CUIT Nº 20-18061807-5.b) Contrato
constitutivo firmado el día 27 de Febrero de 2.004.-c) Denominación de la sociedad: “BODEGAS Y
VIÑEDOS NOZAR HNOS S.A.”d) Domicilio de la sociedad: Ciudad, departamento San Martín,
Mendoza. Domicilio de la sede social: 9 de Julio 825, Ciudad, San Martín, Mendoza.e)Objeto social: La
sociedad tiene por objeto, por cuenta propia, ajena o asociada con terceros, mediante el aporte,
asociación o inversión de capitales a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse,
domiciliadas en el país o en el exterior; mediante consignaciones, mandatos o representaciones, como
fiduciaria o fiduciante; o de cualquier otra forma; en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:
a) Agrarias: La explotación de actividades cerealeras, vitícolas, olivícolas, frutihortícolas, forrajeras y
pasturas. Desarrollar todos los ciclos de las actividades agrícolas especialmente vitivinícolas y frutícolas y
las industrias que de ellas derivan y en especial explotar por cuenta propia o de terceros, viñedos,
bodegas, fabricación y venta de productos originarios o derivados de aquellas explotaciones. Podrá
envasarlos, fraccionarlos y distribuir dichos productos o subproductos elaborados o semielaborados. b)
Ganaderas: Mediante la cría, engorde, compra, venta y/o reproducción de ganado menor y mayor o
cualquier otro modo de explotación de los negocios de haciendas, establecimientos ganaderos y de
granja, ya sean propios o ajenos c) Comerciales: La compra, venta, permuta, importación, exportación,
distribución, alquiler, hipoteca o leasing de bienes muebles e inmuebles, semovientes, animales,
maderas, maquinarias, automotores, herramientas, repuestos, nacionales o extranjeros, frutos vegetales,
productos químicos (excluidas las de origen minero e hidrocarburos). La compra, venta, importación y
exportación de productos vinculados a: 1) las actividades agrarias, ganaderas, vitivinícolas, olivícolas y
frutihortícolas. 2) Mercaderías para equipamiento del hogar comprendiendo artículos de mueblería y
accesorios para hogar, oficina, gabinetes, tapizados, silletería, blanquería, cortinas, pequeños y grandes
electrodomésticos, climatización, aires acondicionados, termotanques y calefones, artefactos para lavado,
cocinas, heladeras, freezers, bazar, menaje, implementos, utensilios, cristalería y porcelanas, colchones y
sommiers, elementos para iluminación, de decoración y mercaderías para el confort del hogar, obtener y
representar franquicias comerciales; concesiones, sucursales, u otras figuras similares, que le otorguen
otras empresas o compañías, nacionales o internacionales, para la venta representación, distribución, y/o
comercialización de sus productos relacionados con los mencionados. c) Industriales: La elaboración,

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transformación, manufactura, fraccionamiento y/o fabricación por cuenta propia o por intermedio de
terceros de productos, sub-productos y derivados de actividades agropecuarias, vitivinícolas, olivícolas,
frutihortícolas e industria del cuero y marroquinería. d) Transporte: Explotación por cuenta propia o de
terceros del transporte de cargas, de corta, media y larga distancia, nacional e internacional, fletes,
acarreos, y su distribución, almacenamiento, depósito, y dentro de esa actividad, la de comisionistas y
representantes de toda operación afín; realizar el transporte de productos agropecuarios por cuenta
propia o de terceros, en camiones de la sociedad o de terceros.e) Inmobiliarias: La compra, venta,
permuta, locación de inmuebles urbanos o rurales. Elaboración de proyectos y construcción por cuenta
propia o de terceros de edificios, viviendas, locales comerciales bajo cualquier régimen constructivo. f)
Financieras: Mediante el aporte de capital a empresas o sociedades, constituidas o a constituirse, y/o
personas individuales para operaciones realizadas o a realizarse, o directamente mediante
financiaciones, contrataciones, otorgamiento de créditos en general, con o sin garantías, y realizar
operaciones de cambio de moneda, con exclusión de las operaciones financieras que están
expresamente reservadas a entidades especialmente destinadas a realizarlas; g) Mandatos y
representaciones: Mediante el ejercicio de mandatos y o representaciones, comisiones, estudios,
proyectos, dictámenes, asesoramientos, investigaciones, todo tipo de intermediación y producción,
organización y atención técnica, informes de estudios de mercados y desarrollo de programas de
promoción realizados y suministrados por profesionales con títulos habilitantes si correspondiera. Todo lo
descripto con la sola limitación de las disposiciones legales vigentes.f)Plazo de duración: 99 años desde
su inscripción en el registro público de comercio.g) Capital Social: Asciende a la suma de pesos un millón
($ 1.000.000), representado por mil (1.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos un
mil ($1.000) c/u., con derecho a 1 votos por acción.h) Organos de administración: La administración de la
sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea
ordinaria entre un mínimo de 1 (uno) y un máximo de 6 (seis), con mandato por 3 (tres) ejercicios, siendo
reelegibles indefinidamente. La asamblea designará un número igual o menor de suplentes los que serán
electos por el mismo término con el fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de su
elección. La misma asamblea deberá designar un presidente entre los titulares electos. Funcionará con
el quórum mínimo de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por simple mayoría de votos
presentes; en caso de empate, el presidente tiene doble voto. La asamblea fija sus remuneraciones
conforme al art. 261 de la Ley 19.550. Se reunirá por lo menos una vez cada 3 (tres) meses, sin
perjuicio de las sesiones que pudieren celebrarse a pedido de cualquiera de sus miembros, debiendo
asentar sus deliberaciones en un libro de actas llevado en legal forma al efecto que firmar n los
presentes.Composición del primer directorio: PRESIDENTE: MARIA PATRICIA CIRRINCIONE, de 53
años de edad, casada, argentina, comerciante de profesión, domiciliado en Ushuaia 66; Bº
Independencia, San Martín, Mza., DNI 20.658.796, CUIT Nº 27-20658796-8. DIRECTOR SUPLENTE:
JESUS AGUSTIN NOZAR; de 26 años de edad, soltero, argentino, comerciante de profesión, domiciliado
en Mzna. B, Casa 15; Bº Independencia, Ciudad, San Martín, Mza., DNI 39.601.948, CUIT Nº
20-39601948-6. h) Sindicatura: Se prescinde de la misma en función de lo establecido en el artículo 284
de la Ley 19.550. i) Representación legal: La representación de la sociedad inclusive el uso de la firma
social, estará a cargo del presidente del directorio o del director que lo reemplace en ausencia de
este. j)Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Agosto de cada año.

Boleto N°: ATM_7092951 Importe: $ 1632


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MAFE ARIDOS ARGENTINOS S.A. Constitución de S.A. – 1) Escritura Nº 12 del 04/04/2022 y acta de
subsanación escritura N° 67 de fecha 27/10/2022 - 2) Accionistas: FEDERICO LUIS MAGAÑA Argentino,
D.N.I. 21.840.926, nacido el 15/10/1970, divorciado en primeras nupcias, comerciante, domiciliado en B°
Fusch calle Laguna de Guanacache 930, Godoy Cruz, provincia de Mendoza. La Sra. NIDIA VIDELA
Argentina D.N.I. 3.713.477, nacido el 28/09/1937, Viuda en primeras nupcias, comerciante, domiciliada en
calle Loria 6049, Lujan de Cuyo, provincia de Mendoza 3) Denominación: <<MAFE ARIDOS
ARGENTINOS S.A. >>. 4) Domicilio: en 12 de Octubre 670 Piso 1 San José – Guaymallen, provincia de
Mendoza, 5) Duración: Noventa (90) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. 6)

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Objeto: Comercial, Explotación Minera, Transporte Terrestre y Importación y Exportación. 7) Capital: $
500.000 8) Sindicatura: Se prescinde. 9) Representación: A cargo del presidente o del director que lo
reemplace en caso de ausencia o impedimento 10) Cierre: 31/12. 11) Directorio: FEDERICO LUIS
MAGAÑA y Director Suplente NIDIA VIDELA. 12) Duración del mandato del directorio: tres ejercicios.

Boleto N°: ATM_7087470 Importe: $ 264


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ACOPIOS Y CANJES S.A. Constitución de S.A. – 1) Escritura Nº 11 del 04/04/2022, Acta de
Subsanación escritura N°27 del 01/05/2022 y, Acta de Subsanación escritura N°66 del 27/10/2022 - 2)
Accionistas: FEDERICO LUIS MAGAÑA Argentino, D.N.I. 21.840.926, nacido el 15/10/1970, divorciado
en primeras nupcias, comerciante, domiciliado en B° Fusch calle Laguna de Guanacache 930, Godoy
Cruz, provincia de Mendoza. La Sra. NIDIA VIDELA Argentina D.N.I. 3.713.477, nacido el 28/09/1937,
Viuda en primeras nupcias, comerciante, domiciliada en calle Loria 6049, Lujan de Cuyo, provincia de
Mendoza 3) Denominación: << ACOPIOS Y CANJES S.A. >>. 4) Domicilio: en 12 de Octubre 670 Piso 1
San José – Guaymallen, provincia de Mendoza, 5) Duración: Noventa (90) años a partir de la inscripción
en el Registro Público de Comercio. 6) Objeto: Comercial, Explotación Minera, Transporte Terrestre y
Importación y Exportación. 7) Capital: $ 500.000 8) Sindicatura: Se prescinde. 9) Representación: A cargo
del presidente o del director que lo reemplace en caso de ausencia o impedimento 10) Cierre: 31/12. 11)
Directorio: FEDERICO LUIS MAGAÑA y Director Suplente NIDIA VIDELA. 12) Duración del mandato del
directorio: tres ejercicios.

Boleto N°: ATM_7087475 Importe: $ 264


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ALUMIC S.R.L. por constitución, comunica: 1) Socios: Sra. Cintia Agostino; DNI: 25.732.672;
Nacionalidad: argentina; Edad: 45 años; Estado civil: casada; Ocupación: empresaria; Domicilio: José
Hernández 274, Capital, Mendoza; Sra. Valeria Roxana Iurilli Harika; DNI: 25.422.098; Nacionalidad:
argentina; Edad: 46 años; Estado civil: soltera; Ocupación: empresaria; Domicilio: Olascoaga 1743,
Capital, Mendoza 2) Fecha del instrumento constitutivo: 19/10/2022 3) Razón Social: ALUMIC S.R.L 4)
Domicilio social: Olascoaga 1743, Capital, Mendoza 5) Objeto social: Comercial, Industrial, Importación y
Exportación, Servicios y Mandatos Comerciales 6) Duración: 99 años a partir de su inscripción en el
R.P.C. 7) Capital social: $400.000, 8) Órgano de administración: Gerente Titular: Sra. Valeria Roxana
Iurilli Harika, Gerente suplente: Sra. Cintia Agostino, termino de duración de los cargos por el plazo de
duración de la sociedad 9) Órgano de fiscalización: prescinde de sindicatura (art. 55, L.G.S) 10)
Representación Legal: A cargo del Gerente Titular o Gerente Suplente que lo reemplace en caso de
ausencia o impedimento del primero 11) Fecha de cierre del ejercicio: 30/06 de cada año.

Boleto N°: ATM_7090421 Importe: $ 240


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
DESKY SAS: Comuníquese la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada, conforme a las
siguientes previsiones legales: 1°) Socios: a) Alan James Albert Bialobroda, DNI Nº 36.172.303, CUIT Nº
20-36172303-2, de nacionalidad Argentina, nacido el 21/07/1991, profesión: Empresario estado civil:
soltero, con domicilio en Rbla Williman y Calle Paris, 20100, Punta del Este, Maldonado, Uruguay. b)
Tomas Alejandro Bialobroda, DNI Nº 40.784.244, CUIT 20-40784244-9, de nacionalidad Argentina,
nacido el 27/11/1997, profesión: Empresario, estado civil: soltero, con domicilio en Maure 1179 piso 10
1426, CABA. c) Victoria Faure, DNI Nº 40.231.329, CUIT 27-40231329-9, de nacionalidad Argentina,
nacida el 16/03/1997, profesión: Empresaria, estado civil: soltera, con domicilio en Avenida Santa Fe
2606, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2°) Fecha del acta constitutiva: 21 de octubre de 2022;
3°) Razón Social: Desky S.A.S. 4°) Sede Social: calle Martinez de Rozas 86 Provincia de Mendoza. 5°)

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Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros las
siguientes actividades: a) creación, administración, locación y/o comercialización en todas sus formas de
plataformas de co-working y/o espacios de trabajo, compartidos o individuales; b) prestación de servicios
de oficinas virtuales, secretariado on-line, servicios de gestiones presenciales, servicios de gestión de
negocios, servicios de gestión de pago y gestión de cobro por cuenta y orden de terceros; c) desarrollo
y/o comercialización -como producto o como servicios- de softwares, portales web y aplicaciones de
celulares, que operen como soporte para la prestación de los servicios precedentes; d) servicios de bar,
confitería y gastronomía en los lugares en que se desarrollen las actividades mencionadas. Para el
cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones y ejecutar todos los actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto. Para la
ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes
de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de
colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y
realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades
Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 6°) Plazo: 99 años contados a partir
de la fecha de su constitución. 7°) Capital Social: El Capital Social es de $120.000 (pesos ciento veinte
mil), representado por igual cantidad de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 (pesos
uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Los socios fundadores Alan James
Albert Bialobroda, Tomas Alejandro Bialobroda, Victoria Faure suscriben el 100% del capital social de
acuerdo con el siguiente detalle: el socio Alan James Albert Bialobroda suscribe la cantidad de cuarenta y
dos mil cuatrocientos ochenta (42.480) acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor
nominal cada una y con derecho a un voto por acción; el socio Tomas Alejandro Bialobroda suscribe la
cantidad de cincuenta y seis mil doscientos ochenta (56.280) acciones ordinarias nominativas no
endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; y la socia Victoria
Faure suscribe la cantidad de veintiun mil doscientos cuarenta (21.240) acciones ordinarias nominativas
no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social
se integra en un veinticinco por ciento (25%) en un plazo fijo, debiendo integrarse el saldo pendiente del
capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la
sociedad. 8°) Órgano de Administración: ADMINISTRADOR TITULAR Y PRESIDENTE Tomás Alejandro
Bialobroda ADMINISTRADOR SUPLENTE Victoria Faure 9°) Órgano de Fiscalización: la sociedad
prescinde de la sindicatura. 10°) Representación de la sociedad: la representación de la sociedad será
ejercida por el administrador titular y presidente designado. 11°) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de
diciembre de cada año.

Boleto N°: 07090532 Importe: $ 984


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
EDICTO CONSTITUCIÓN: Instrumento privado - fecha del acto constitutivo: 28/10/2022. 1.- Gerardo
Sebastián AHUMADA YUSTE, DNI Nº 40.592.429, CUIT Nº 20-40592429-4, de nacionalidad Argentina,
nacido el 31/07/1997, profesión: comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en calle Fray Mamerto
Esquiú Este 356 San Juan Capital, PROVINCIA DE SAN JUAN.- 2.- Denominación: “EPYCHOST
S.A.S.”. 3.- Sede social: El Limón 4030 casa 2 del Departamento de Guaymallén, de la Provincia de
Mendoza 4.- Objeto: por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a
la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización,
intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso
recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o
indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras,
tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c)
Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías,
investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y
constructoras; (h) Inversoras, financieras y fideicomisos, (i) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y
energéticas en todas sus formas; (j) Salud, y (k) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de
derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita,

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto,
la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar
como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y
valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas
por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 5.- plazo de
duración 99 años. 6.- Capital de $ 120.000.-, representado por 120.000 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 1 v/n c/u y de un voto, 100% suscriptas y 25% integradas. 7.- Administradores y
representantes legales en forma indistinta . Administrador titular: Gerardo Sebastián AHUMADA YUSTE
DNI 40.592.429 y Administrador suplenteFranco Emanuel AHUMADA YUSTE DNI 38.461.767, CUIT Nº
20-38461767-1 de nacionalidad argentina, nacido el 12/12/1994, profesión: Comerciante, estado civil:
soltero, con domicilio en calle Fray Mamerto Esquiú Este 356 San Juan Capital, PROVINCIA DE SAN
JUAN, ambos con domicilio especial en la sede social; todos por plazo indeterminado. 8.- Prescinde del
órgano de fiscalización. 9.- fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año

Boleto N°: ATM_7090623 Importe: $ 624


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
CONSTITUCION DE SOCIEDAD De acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la ley 19.550, “LOGSERVI
3R S.A.”, informa: Que por escritura número noventa y cinco de fecha 15/12/21, acta de sonstitución;
realizada por la escribana Adriana Elsa Badui, titular del registro Nº 242; y acta de subsanación, pasada
en escritura sesenta y cuatro, de fecha 07/09/22, pasada ante la misma escribana; quedó constituida la
misma. a) Socios: Juan Alberto Ramos, de 40 años de edad, casado, argentino, comerciante de
profesión, domiciliado en Ruta 7 km.999 s/nº; Buen Orden, San Martín, Mza., DNI 28.917.446, CUIT Nº
20-28917446-0; Erica Lourdes Ramos, de 36 años de edad, casada, argentina, comerciante de profesión,
domiciliada en San Luis 1546, Bº Centenario, Ciudad, San Martín, Mza., DNI 31.287.114, CUIT Nº
27-31287114-4 y Yesica Daniela Ramos, de 33 años de edad, casada, argentina, comerciante de
profesión, domiciliada en San Luis 1546, Bº Centenario, Ciudad, San Martín, Mza.; DNI 33.583.263,
CUIT Nº 27-33583263-4. b) Contrato constitutivo firmado el día 15 de Diciembre de 2.021 y acta de
subsanación firmada el 07 de Setiembre de 2.022.c) Denominación de la sociedad: “LOGSERVI 3R
S.A.” d) Domicilio de la sociedad: Ciudad, departamento San Martín, Mendoza. Domicilio de la sede
social: San Luis 1546, Bº Centenario, Ciudad, San Martín, Mendoza. e) Objeto social: La sociedad tiene
por objeto, por cuenta propia, ajena o asociada con terceros, mediante el aporte, asociación o inversión
de capitales a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse, domiciliadas en el país o
en el exterior; mediante consignaciones, mandatos o representaciones, como fiduciaria o fiduciante; o de
cualquier otra forma; en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Agrarias: La explotación
de actividades cerealeras, vitícolas, olivícolas, frutihortícolas, forrajeras y pasturas. Desarrollar todos los
ciclos de las actividades agrícolas especialmente vitivinícolas y frutícolas y las industrias que de ellas
derivan y en especial explotar por cuenta propia o de terceros, viñedos, bodegas, fabricación y venta de
productos originarios o derivados de aquellas explotaciones. Podrá envasarlos, fraccionarlos y distribuir
dichos productos o subproductos elaborados o semielaborados. B) Comerciales: La compra, venta,
permuta, importación, exportación, distribución, alquiler, hipoteca o leasing de bienes muebles e
inmuebles, semovientes, animales, maderas, maquinarias, automotores, herramientas, repuestos,
nacionales o extranjeros, cosecha de frutos vegetales, productos químicos (excluidas las de origen
minero e hidrocarburos). La compra, venta, importación y exportación de productos vinculados a: 1) las
actividades agrarias, vitivinícolas, olivícolas y frutihortícolas. 2) Mercaderías para equipamiento del hogar
comprendiendo artículos de mueblería y accesorios para hogar, oficina, gabinetes, tapizados, silletería,
blanquería, cortinas, pequeños y grandes electrodomésticos, climatización, aires acondicionados,
termotanques y calefones, artefactos para lavado, cocinas, heladeras, freezers, bazar, menaje,
implementos, utensilios, cristalería y porcelanas, colchones y sommiers, elementos para iluminación, de
decoración y mercaderías para el confort del hogar, obtener y representar franquicias comerciales;
concesiones, sucursales, u otras figuras similares, que le otorguen otras empresas o compañías,
nacionales o internacionales, para la venta representación, distribución, y/o comercialización de sus
productos relacionados con los mencionados. c) Industriales: La elaboración, transformación,

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manufactura, fraccionamiento y/o fabricación por cuenta propia o por intermedio de terceros de
productos, sub-productos y derivados de actividades agrarias, vitivinícolas, olivícolas, frutihortícolas e
industria del cuero y marroquinería. d) Transporte: Explotación por cuenta propia o de terceros del
transporte nacional e internacional de cargas, fletes, acarreos, y su distribución, almacenamiento,
depósito, y dentro de esa actividad, la de comisionistas y representantes de toda operación afín; realizar
el transporte de productos agropecuarios por cuenta propia o de terceros, en camiones de la sociedad o
de terceros. e) INMOBILIARIAS: La compra, venta, permuta, locación de inmuebles urbanos o rurales.
Elaboración de proyectos y construcción por cuenta propia o de terceros de edificios, viviendas, locales
comerciales bajo cualquier régimen constructivo. f) Plazo de duración: 99 años desde su inscripción en el
registro público de comercio. g) Capital Social: Asciende a la suma de pesos un millón ($ 1.000.000),
representado por mil (1.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos un mil ($1.000)
c/u., con derecho a 5 votos por acción. h) Organos de administración: La administración de la sociedad
estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea ordinaria entre
un mínimo de 1 (uno) y un máximo de 6 (seis), con mandato por 3 (tres) ejercicios, siendo reelegibles
indefinidamente. La asamblea designará un número igual o menor de suplentes los que serán electos por
el mismo término con el fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de su elección. La misma
asamblea deberá designar un presidente entre los titulares electos. Funcionará con el quórum mínimo
de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por simple mayoría de votos presentes; en caso de
empate, el presidente tiene doble voto. La asamblea fija sus remuneraciones conforme al art. 261 de la
Ley 19.550. Se reunirá por lo menos una vez cada 3 (tres) meses, sin perjuicio de las sesiones que
pudieren celebrarse a pedido de cualquiera de sus miembros, debiendo asentar sus deliberaciones en un
libro de actas llevado en legal forma al efecto que firmar n los presentes. Composición del primer
directorio: PRESIDENTE: Juan Alberto Ramos, de 40 años de edad, casado, argentino, comerciante de
profesión, domiciliado en Ruta 7 km.999 s/nº; Buen Orden, San Martín, Mza., DNI 28.917.446, CUIT Nº
20-28917446-0. DIRECTOR SUPLENTE: Erica Lourdes Ramos, de 36 años de edad, casada, argentina,
comerciante de profesión, domiciliada en San Luis 1546, Bº Centenario, Ciudad, San Martín, Mza., DNI
31.287.114, CUIT Nº 27-31287114-4 i) Sindicatura: Se prescinde de la misma en función de lo
establecido en el artículo 284 de la Ley 19.550. j) Representación legal: La representación de la sociedad
inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del presidente del directorio o del director que lo
reemplace en ausencia de este. k) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.

Boleto N°: ATM_7093738 Importe: $ 1464


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
INVID SAS. CONSTITUCION: Se comunica la constitución de una sociedad por acciones simplificadas
mediante instrumento privado de fecha 26 de agosto de 2022. 1- Socios: Fernando Javier Carlucci, edad
64 años, de estado civil casado, argentino, arquitecto, con domicilio en calle calle Alborada Borges 1050,
Villa Rosa, partido de Pilar (CP 1631), Provincia de Buenos Aires, Argentina, DNI N° 13.700.513, CUIT
N° 20?13700513?2; Claudio Javier Tabanera, edad 62 años, de estado civil casado, argentino, ingeniero
civil, con domicilio en calle Celestino Vidal 2066, 8° piso dpto. “A”, CABA (CP 1428), Argentina, DNI N°
13.213.325, CUIT N° 20-13213325-6; Alejandro Horacio Domínguez, edad 58 años, de estado civil
casado, argentino, Contador Público Nacional, con domicilio en calle Martin Fierro 3580, Drummond,
Lujan de Cuyo, Mendoza, Argentina, DNI N° 17.084.007, CUIT N° 20.17084007-1; 2 – Denominación:
“INVID SAS”, 3 – Sede Social: Almirante Brown 1.564, Piso 1, Dpto. “A”, del departamento de Godoy
Cruz, de la Provincia de Mendoza, 4 – Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o
ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio,
fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación,
importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y
la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes
actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b)
Comunicaciones, espectáculos, editoriales y graficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras
de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y
software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras,

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financieras y fideicomisos; (i) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus
formas; (j) Salud, y (k) Transporte. 5 – Plazo de duración: 99 años. 6 – Capital de $ $ 200.000,00 (pesos
DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ) representando por dos mil acciones ordinarias nominativas no
endosables, de $ 100 (pesos cien) v/n c/u y de un voto por acción, 100% suscriptas y 25% integradas. 7 –
Administradores y representantes legales en forma indistinta. Administrador titular: Claudio Javier
Tabanera con domicilio especial en la sede social; administradores suplentes: Alejandro Horacio
Domínguez y Fernando Javier Carlucci, con domicilio especial en la sede social; todos por plazo
indeterminado. 8 – Prescinde del órgano de fiscalización. 9 – Fecha de cierre de ejercicio, 31 de
diciembre de cada año.

Boleto N°: ATM_7094872 Importe: $ 600


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ECOELECTRO SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA: constituída por instrumento privado.
Fecha del acto constitutivo: 28/10/2022, con firmas certificadas ante notario público. 1.SOCIOS:
GUILLERMO EDUARDO CABRERA, de 43 años de edad, casado, argentino, comerciante, domiciliado
en calle sin nombre del Barrio San Antonio, Manzana I, Casa n° 16, Departamento de Tunuyán, Provincia
de Mendoza, Argentina, DNI Nº 27773233, CUIT. Nº 20-27773233-6 y PABLO CRISTIAN BARBERO, de
45 años de edad, soltero, argentino, ingeniero electromecánico, domiciliado en calle Juan José Paso n°
362, Distrito La Consulta, Departamento de San Carlos, Provincia de Mendoza, Argentina, DNI 26041867,
CUIT. 20-26041867-0 2. DENOMINACIÓN: ECOELECTRO S.A.S. 3. SEDE SOCIAL: calle sin nombre del
Barrio San Antonio, Manzana I, Casa n° 16, Departamento de Tunuyán, Provincia de Mendoza.
Argentina. 4. OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con
terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación,
transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y
exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación
de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a)
Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones,
espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d)
Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f)
Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras, financieras y
fideicomisos, (i) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (j) Salud, y
(k) Transporte. 5. PLAZO DE DURACIÓN: 50 años a partir de su constitución. 6.CAPITAL: pesos
trescientos mil con 00/100 ($ 300.000.-) . representado por igual cantidad de acciones ordinarias,
nominativas no endosables, de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto por
acción, 100% suscriptas e integradas en dinero efectivo de la siguiente forma: GUILLERMO EDUARDO
CABRERA suscribe e integra la cantidad de 150.000 (ciento cincuenta mil) acciones ordinarias
nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción y
PABLO CRISTIAN BARBERO suscribe e integra la cantidad de 150.000 (ciento cincuenta mil) acciones
ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por
acción, acreditando tal integración mediante acta notarial. 7. ADMINISTRADORES Y
REPRESENTANTES LEGALES: se designa como Administrador Titular a GUILLERMO EDUARDO
CABRERA y como Administrador Suplente a PABLO CRISTIAN BARBERO, constituyendo ambos
domicilio especial en la sede social y mandato por plazo indeterminado. 8. ORGANO DE
FISCALIZACIÓN: se prescinde. 9. FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 31 de octubre de cada año.

Boleto N°: ATM_7094368 Importe: $ 648


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
SOLUCIONES DE MOVILIDAD SRL, Comunica que por escritura pública N°56 de fecha 24 de
septiembre de 2022, realizada por la Notaria Publica M. Alejandra Bermejo Capuj registro notarial 833 de
la ciudad de San Rafael, se realizó un aumento de capital para adecuar el mismo a la normativa vigente:

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1) Aumento de Capital Social por un valor de $100.000 (pesos cien mil), equivalente a 100 cuotas
sociales de $1.000 (pesos un mil) cada una, realizado por el Socio Caminos Federico Sebastián. El
mismo es aportado en efectivo, con la integración del 25% mediante plazo fijo a nombre del socio
gerente. 2) Composición del Capital Social luego del aumento: El capital social queda constituido por un
monto de $2.954.000,00 (pesos dos millones novecientos cincuenta y cuatro mil), equivalente a DOS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CUOTAS de pesos un mil ($1.000) cada una. 3) Suscripción
de los Socios en la siguiente proporción: a) DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CUOTAS
(2774) CUOTAS, equivalentes a Pesos DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL
($2.774.000) por Mario Luis CAMINOS integrado totalmente con bienes muebles en este momento, que
se consignan en el Inventario Balance que es suscripto por separado por los Socios y certificado por
Contador Público Nacional, y que forma parte integrante de este contrato cuyos valores han sido
establecidos de plena conformidad entre las partes, de acuerdo con lo que establece la legislación
vigente y a comprobantes que obran en la Empresa y responden a su cantidad y calidad, todo ello de
acuerdo a lo prescrito por la Ley 19.550, Art. 51, 149, y 150.; b) CIENTO OCHENTA (180) CUOTAS,
equivalentes a Pesos CIENTO OCHENTA MIL ($180.000) suscripto por Federico Sebastián CAMINOS, e
integrado parcialmente mediante la constitución de un depósito a plazo fijo por CUARENTA Y CINCO MIL
PESOS CON 00/100 ($45.000) , que representa el 25% del capital suscripto por el socio, y quién acredita
el mismo mediante depósito a plazo fijo a nombre del Señor Gerente de la sociedad de acuerdo a lo
prescrito por la Ley 19.550, Art. 149 párrafo segundo y art 187 primer párrafo. Comprometiéndose
completar el saldo pendiente de integración dentro del plazo y condiciones establecidos por el art. 149 de
la Ley General de Sociedades nº 19.550.

Boleto N°: ATM_7096751 Importe: $ 552


04/11/2022 (1 Pub.)

CONVOCATORIAS
(*)
“ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL POLICIAL –A.MU.P.POL- MATÍCULA NACIONAL 390,
conforme a los establecido en el artículo 30 del estatuto social y lo resuelto por la Comisión Directiva en
reunión de fecha de 11 de octubre del 2022, convoca a los señores delegados a Asamblea General
Ordinaria para el día nueve de diciembre de 2022 a las 19.00 horas en primera convocatoria y a las
19.30 hs en segunda convocatoria en el Polideportivo Eugenio Bustos,, domicilio calle Constitución s/n
Departamento San Carlos Mendoza, para tratamiento del siguiente ORDEN DE DÍA: 1). Designación de
dos asambleístas para firmar el acta, juntamente con el presidente y secretario. 2). Consideración y
aprobación de la memoria anual, balance general, inventario, cuentas de gastos y recursos, proyecto de
distribución de excedentes, informes del contador y Junta Fiscalizadora correspondientes al ejercicio
anual finalizado el 31 de agosto de 2022. 3) Ratificación de todo lo actuado por el Presidente de la
Mutual, bajo representación colectiva autorizada por asambleas anteriores, en relación a aspectos
vinculados con los problemas salariales y previsionales de los trabajadores y retirados de la Policía de
Mendoza, Autorización para seguir obrando en representación de los intereses colectivos de los
trabajadores y retirados de la Policía de Mendoza ante las diferentes autoridades de los tres poderes del
Estado, en referencia a problemas laborales, de la seguridad social, salariales y previsionales. 4)
Ratificación de las ayudas extraordinarias efectuadas a asociados con hijos con capacidades
especiales.

Boleto N°: ATM_7077689 Importe: $ 360


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
“ASOCIACIÓN MUJERES DE FUEGO” CONVOCATORIA En la Ciudad de Godoy Cruz la Comisión
Directiva del “Asociación Mujeres de Fuego” con fecha 28 de Octubre de 2022, decidió convocar a
Asamblea General Ordinaria para el día 25 de Noviembre de 2022, a las 18:00 hs en primera
convocatoria y a las 19:00 hs. como segunda convocatoria en el domicilio de la entidad Bº Barrancos 2
manzana Ñ casa 8 de Godoy Cruz Mendoza, para tratar el siguiente orden del día: 1) Elección de dos
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socios para firmar con el Presidente y el Secretario el Acta de Asamblea. 2) Aprobación de Inventario
para resolución 1301/13 3) Elección de cargos de comisión directiva.

Boleto N°: ATM_7086896 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ASOCIACIÓN SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVA SAN PABLO – Convocatoria. Asamblea General
Ordinaria. La Comisión Directiva convoca a sus socios a la Asamblea General Ordinaria que se efectuará
el día 19 de Noviembre de 2022, a las 10.00 hs. en calle Tierra del Fuego 5080, El Algarrobal,
Departamento Las Heras, Provincia de Mendoza, para considerar el siguiente Orden del día: 1)
Designación de dos socios para que, conjuntamente con el Presidente y Secretario, firmen el acta
respectiva, en representación de la Asamblea. 2) Informe y consideración de los motivos por los cuales la
Asamblea General Ordinaria se realiza fuera de término. 3) Lectura y consideración de la Memoria,
Estado de Situación Patrimonial, Estado de Recursos y Gastos, Estado de Evolución de Patrimonio Neto,
Estado de Flujo de Efectivo, Información complementaria, Informe de Comisión Revisora de Cuentas,
Informe de Auditoría, correspondientes a los ejercicios económicos Nº 06, 07, 08 y 09, cerrados el 31 de
Diciembre de 2018, el 31 de Diciembre de 2019, el 31 de Diciembre de 2020 y el 31 de Diciembre de
2021, respectivamente. 4) Informe de Tesorería correspondientes a los ejercicios económicos Nº 06, 07,
08 y 09, cerrados el 31 de Diciembre de 2018, el 31 de Diciembre de 2019, el 31 de Diciembre de 2020 y
el 31 de Diciembre de 2021, respectivamente. 5) Renovación de mandatos.

Boleto N°: ATM_7087435 Importe: $ 336


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Comisión Directiva de “ASOCIACIÓN UNIÓN VECINAL AMISTAD” convoca a los Señores
Asociados de conformidad con los Estatutos Sociales a Asamblea Ordinaria, en el Local de calle
Avellaneda 2665, Villanueva, Guaymallén, Mendoza el día 14 de Noviembre de 2022, a las 19hs. en
primera convocatoria y 20hs en segunda convocatoria, para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1)
Designación de dos Socios para revisar y que conjuntamente con el Presidente y Secretario suscriban el
Acta de Asamblea.- 2) Informe de por qué se realiza fuera de los plazos legales.- 3) Consideración de la
Memoria, Inventario, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Evolución del Patrimonio de
Neto, Estado de Flujo de Efectivo, Notas y Anexos e Informe del Auditor por el Ejercicio Económico Nº 33,
34, 35, 36, 37 y 38, finalizados el 31 de Agosto de 2.017, 31 de Agosto de 2.018, 31 de Agosto de 2.019,
31 de Agosto de 2.020, 31 de Agosto de 2.021 y el 31 de Agosto de 2.022 y sus comparativos anteriores.-
4) Elección de Autoridades de Comisión Directiva y Revisora de Cuentas.- COMISION DIRECTIVA.-

Boleto N°: ATM_7087478 Importe: $ 264


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Comisión Directiva de la “ASOCIACION UNION VECINAL DE PROPIETARIOS DEL CONJUNTO
TERRUÑO BARRIO RESIDENCIAL GUAYMALLEN”, convoca a sus Socios a la Asamblea General
Ordinaria que se realizará el día 26 de noviembre de 2022 a las 18.00 hs. en primera convocatoria y a las
19.00 hs en segunda convocatoria, en el domicilio sito en calle Urquiza N° 1506 Barrio Terruño M:M Lote
13, distrito San Francisco del Monte, departamento de Guaymallen, de la Provincia Mendoza; con el
objeto de tratar el siguiente Orden del Día: Designación de dos Socios para que firmen el Acta en forma
conjunta con el Presidente y el Secretario. Consideración y Aprobación de la Memoria: desde el día
01/08/2021 al día 31/07/2022; Consideración del Informe de los Revisores de Cuentas y Aprobación del
Balance General cerrado al día:31/07/2022; Elección de Miembros de la Comisión Directiva y Miembros
de la Comisión Revisora de Cuentas.

Boleto N°: ATM_7090449 Importe: $ 216

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04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JULIO F. SIMON A.I.C.S.A. Citase a Asamblea General Ordinaria de accionistas en primera y segunda
convocatoria para el día 17 de noviembre de 2022 a las 17:00 hs. en calle Av. España 1248-piso 5-oficina
70 Ciudad de Mendoza a efectos de considerar el siguiente orden del día: 1°) Consideración de la
documentación contable correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de agosto de 2022; 2°)
Consideración de los resultados del ejercicio cerrado a esa fecha; 3°). Consideración de los honorarios
de la vicepresidente de la sociedad; 4°). Designación de sindico titular y suplente; 5°) designación de dos
accionistas para firmar el acta.

Boleto N°: ATM_7090620 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Comisión Directiva de la Asociación Quimsa Quilla convoca a sus asociados a Asamblea General
Ordinaria, que se realizará el día 19 de noviembre de 2022, a las14:00. hs. en el domicilio Ruta 40 Km.
3320,5 El pastal, Las Heras, Mendoza, donde se tratará el siguiente ORDEN DEL DÍA:1°) Elección de
dos socios para que firmen conjuntamente con el presidente y secretario el acta de asamblea; 2°)
Lectura, consideración y aprobación de memoria, inventario de activo y pasivo e informe de Comisión
Revisora de Cuentas. Cerrado al 30/09/2022, de acuerdo a Resolución 1301-13; 3°) Responsabilidad de
los administradores que no dieron cumplimiento en término a las disposiciones legales respectivas; 4°)
Elección de todos los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.5°) Asuntos
varios de la Asociación. Nota: Si a la hora indicada no se contara presente la mayoría de los socios, la
asamblea se realizará válidamente una hora después.

Boleto N°: ATM_7094923 Importe: $ 216


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Asociación Civil VECINOS BARRIO BOHEMIA Legajo 8305, convoca a ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA, el día 19 de NOVIEMBRE DE 2022, a las 17:00 hrs. en primera convocatoria, y a las 18:00
hrs. en segunda convocatoria, sito en Calle Astor Piazzola 4508, Distrito El Bermejo Departamento
Guaymallén, Provincia de Mendoza. siendo el orden del día: 1)- Elección de dos socios asistentes para
que firmen conjuntamente con el Presidente y Secretario el Acta de Asamblea. 2)- Informe y
consideración de los motivos por los cuales la asamblea ordinaria se realiza fuera de término y las
responsabilidades de los administradores que no dieron cumplimiento en término a las disposiciones
legales respectivas.3)- Lectura, consideración y aprobación de Memoria, Estados de Situación
Patrimonial, Estado de Resultado, Estados de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo Efectivo,
Cuadro y Anexo, Inventario, Padrón de Socios, Informes de Revisores de Cuenta e Informe de Auditoría
correspondiente a los Ejercicios Económicos cerrados al 31 de Diciembre de 2017 hasta el 31 de
Diciembre de 20214)- Renovación de integrantes de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de
Cuentas.

Boleto N°: ATM_7093938 Importe: $ 264


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Asociación Civil s/ fines de lucro conjunto habitacional las Pircas de Maipú, convoca a Asamblea
General Ordinaria para el día 19 de Noviembre de 2022, en primera convocatoria a las 17:00hs, y en
segunda convocatoria a las 18hs, en la sede social sita; en Belgrano 4321, General Ortega, Maipú,
Provincia de Mendoza. Con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1) Elección de dos asociados para
transcribir y firmar el acta conjuntamente con Presidente y Secretario. 2) Elección y designación de
nuevas autoridades.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Boleto N°: ATM_7095056 Importe: $ 120
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Asociación Civil BIBLIOTECA POPULAR MIRADOR DE LAS ESTRELLAS, Personería Jurídica
534/04, convoca a Asamblea General Extraordinaria para el día 24 de Noviembre de 2022, a las 20:00 hs
en primer llamado y las 21:00 hs en segundo llamado, a realizarse en la sede social de Calle Doctor
Ernesto Mathons 52, Ciudad, Tupungato, Mendoza, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1°
Orden del día, designación de dos socios presentes para que junto al Presidente y Secretario firmen el
Acta de Asambleas. 2° Orden del día, Reforma Estatutaria de los Artículos: 1°, 2°, 3°, 5°, 31°, 32°,
34°, 37°, 45°, para adecuarlos a las normativas vigentes.

Boleto N°: ATM_7095076 Importe: $ 168


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ASOCIACIÓN INTEGRAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES (AINA) CUIT N° 30-69576030-9 En la Ciudad
de Tunuyán, Mendoza, siendo las 9,00hs del 1 día de Noviembre de dos mil veintidós, en la sede del
Jardín Maternal N°135 Pepe Grillo, sito en calle República de Líbano N° 282 de esta ciudad, se reúnen
los miembros de la comisión directiva de AINA (Asociación Integral de Niños y Adolescentes.) A
continuación la Sra. Irma Gladys Sánchez en carácter de Presidente de AINA (Asociación Integral de
Niños y Adolescentes) y representante legal del Jardín N° 135 Pepe Grillo, informa que el tema a
considerar es fijar fecha para el llamado a Convocatoria de Asamblea Ordinaria. De común acuerdo se
fija para el día 22 de Noviembre de 2.022 a las 20,00 hs para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Lectura
y Aprobación del acta anterior. 2-Designación de dos socios para que junto a Presidente y Secretario
suscriban el acta de asamblea. 3-Convocatoria y tratamiento fuera de término del Ejercicio 2.021
.4-Consideración de Memoria, Balance General, Estado de Recursos y Gastos, Estados de Evolución del
Patrimonio Neto, Notas y Anexos del Ejercicio cerrado al 31/12/2021.

Boleto N°: ATM_7094425 Importe: $ 288


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ULTIMA MILLA S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas a realizarse el día 30 de
Noviembre de 2022 a las 10 horas para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de los
accionistas que firmarán el acta; 2) Razones de la convocatoria fuera término; 3) Consideración de la
documentación mencionada en el art. 234 inc 1) de la LGS correspondiente al ejercicio económico
finalizado el 31 de diciembre de 2021; 4) Consideración sobre los resultados de los ejercicios; 5)
Consideración sobre la gestión y remuneración de los directores, incluso para el caso de exceder los
límites del artículo 261 de la LGS; 6) Designación de las personas autorizadas para llevar a cabo los
trámites de inscripción de las resoluciones precedentes. De no presentarse la mayoría requerida de
accionistas, la misma se llevará a cabo una hora después de la citada, con los socios presentes.

Boleto N°: ATM_7094430 Importe: $ 1080


04-07-08-09-10/11/2022 (5 Pub.)

(*)
La Comisión Directiva de la Sociedad Mendocina Protectora de Animales convoca a Asamblea
General Ordinaria, para el día 30 de Noviembre de 2022 en la calle Alem 704 de Guaymallén, Mendoza a
las 17 horas. Para el siguiente ORDEN DEL DÍA: a) Lectura del Acta anterior. b) Elección de dos socios
para que junto con la Presidente y Secretaria firmen el acta respectiva. c) Consideración de Memoria,
Balance e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al ejercicio 01 de Enero de 2021
al 31 de Diciembre de 2021. La documentación detallada se encuentra a disposición para examen y
consideración de los asociados.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 63 de 143
Boleto N°: ATM_7095677 Importe: $ 144
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA N°44: Cooperativa de Urbanización Alta Mendoza Ltda., en
cumplimiento a disposiciones artículos 31 y 32 del Estatuto Social y lo resuelto por el Consejo de
Administración se convoca a los socios a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA para el día 26 de
noviembre de 2022 a las 9 horas en salón “Egg Education” ubicado en calle Av. Perú 1841 Ciudad de
Mendoza, A fin de tratar los siguiente: 1) Elección de dos asociados para que conjuntamente con el
presidente y secretario firmen y aprueben el acta de asamblea. 2) Lectura y consideración de memoria,
EECC, notas y anexos, ejercicio económico cerrado el 30 de abril de 2022. 3) Consideración y
determinación de retribuciones a los consejeros y síndicos.4) Informe de causas judiciales en trámite. 5)
Poner a consideración de la asamblea la aprobación de escrituración a favor de los señores Daniel Calvo
y Edgardo Calvo.

Boleto N°: ATM_7094594 Importe: $ 216


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL COMPLEJO RESIDENCIAL BRISAS DEL DIAMANTE. San
Rafael, Mza., 2 de noviembre de 2022. SRAS. Y SRS. CONSORCISTAS: Conforme lo establecido en el
Reglamento de Copropiedad y Administración que regula a este Consorcio, el Consejo de Propietarios
CONVOCA A: Asamblea General Extraordinaria, para el día sábado 19 de noviembre de 2022 siendo el
primer llamado a las 16:00, si este fracasa, el segundo llamado será a los 15 minuto siguiente, es decir, a
las 16:15 hs en calle Rawson Nº 1515 de la ciudad de San Rafael, dentro del Complejo Residencial, a fin
de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA 1º) deliberar sobre la realización de la obra de red de gas trazas
externa e interna. 2º) determinar formas de pago y propuesta de los propietarios a las empresas
oferentes. Deliberación y propuestas de alternativas de pago. 3º) Elección de empresa constructora de
red de gas que ejecutará la obra. 4º) Aumento del valor de las expensas ordinarias. La celebración de la
Asamblea se llevará a cabo de manera presencial al aire libre y deberán asistir los consorcistas con todos
los recaudos de distanciamiento y protección individual. De acuerdo a lo normado por este Reglamento
de Copropiedad y Administración tendrán derecho a un voto por cada propiedad que sean titular aquellos
consorcistas que se encuentren al día con el pago de las expensas hasta el mes inmediato anterior al que
se lleva a cabo la Asamblea. Sin otro particular y pendientes de vuestra asistencia y puntualidad, les
saludamos con toda consideración. CONSEJO DE PROPIETARIOS

Boleto N°: ATM_7096786 Importe: $ 456


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
La Asociación Centro de Enólogos de General Alvear Convoca a sus asociados a Asamblea General
Ordinaria, cumpliendo con los protocolos establecidos y acordes a la normativa sanitaria provincial, para
el 25 de Noviembre de 2022, a las 19 horas en primera convocatoria, y a las 20 horas, en segunda
convocatoria, en su sede que se ubica en Silvio Tricerri Norte N° 455, Departamento de General Alvear,
para tratar el siguiente Orden del Día: 1-Elección de dos socios para que firmen el acta junto con el
Presidente y Secretario. 2- Lectura, consideración y aprobación del Ejercicio Económico con cierre al 30
de Junio de 2022.

Boleto N°: ATM_7096867 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

ASOCIACION LA ISLA CONVOCATORIA ASAMBLEA En localidad Villa Marini, Departamento de Godoy


Cruz, Provincia de Mendoza en local sito en España 155, se reúnen los miembros de la

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Comisión Directiva de asociación la Isla. PARA CONVOCAR A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
PARA EL SÁBADO 5 DE NOVIEMBRE VEINTE VEINTIDÓS, 15 HORAS. ORDEN DEL DÍA ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA 1 – APROBACIÓN VALANCE 2021 - 2022

Boleto N°: ATM_7071961 Importe: $ 192


03-04/11/2022 (2 Pub.)

El Directorio PEDRO F. RAZZANO S.A.CI.A.G. y T convoca a Asamblea General Ordinaria para el día
para el jueves 24 de noviembre de 2022 a las 16:30 y 17:30 horas en primera y segunda convocatoria
respectivamente, en la sede de calle Isidoro Bousquets, 702 La Colonia, Junín, Mendoza, para tratar el
siguiente orden del día: 1. Consideración y aprobación de la memoria y los Estados Contables al 31 de
Julio de 2022

Boleto N°: ATM_7091842 Importe: $ 480


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

INTI AR S.A. El Directorio de INTI AR S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas a
celebrarse el día 30 de noviembre de 2022 a las 10:00 horas en primera convocatoria, en Rivadavia 42
piso 4 departamento 10 Ciudad de Mendoza, Mendoza a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1)
Designación de accionistas para firmar el Acta de Asamblea; 2) Consideración de los documentos
mencionados en el art. 234, inciso 1° de la Ley General de Sociedades, correspondientes al ejercicio
económico finalizado el 30 de junio de 2022; 3) Tratamiento de los resultados del ejercicio; 4)
Consideración de la gestión del Directorio durante el ejercicio económico finalizado el 30 de junio de
2022; 5) Consideración de sus honorarios, en su caso en exceso del límite preceptuado en el artículo 261
por el ejercicio de funciones técnico administrativas; y 6) Autorizaciones para la presentación
administrativa de lo resuelto en los puntos precedentes.

Boleto N°: ATM_7093966 Importe: $ 1200


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS SAN RAFAEL,convoca a los asociados a Asamblea


General Ordinaria N°111, para el día 2/12/2022 a las 20.00hs en la sede social. Orden del día: 1-Lectura
y consideración acta anterior; 2- Consideración memoria,balance y demás correspondientes al ejercicio
111; 3- Designación 2 socios para firmar el acta; 4- Renovación 6 cargos Comisión Directiva.
5-Renovación 2 cargos Junta Fiscalizadora.

Boleto N°: ATM_7087710 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

SPOTER SAS Convócase a los Señores Accionistas de SPOTER SAS CUIT: 33-71740028-9, a reunirse
en Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día Martes 15 de noviembre, a las 09:00
horas en primera convocatoria y a las 09:30 horas en segunda convocatoria, en forma presencial, en calle
Alberdi 157 PB 2, de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza. Con el objeto de tratar el siguiente
orden del día: 1) Tratamiento de la memoria y balance correspondiente al ejercicio irregular con fecha de
cierre 30/06/2022.

Boleto N°: ATM_7086700 Importe: $ 600


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Pra Baldi Hermanos. S.A.- Convoca a los señores accionistas a la asamblea general ordinaria de
accionistas en el domicilio de calle Figueroa Alcorta N° 900, de Godoy Cruz, Mendoza para el día 25 de
Noviembre de 2.022, a las diez horas en primera convocatoria y a las once horas en segunda
convocatoria para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de dos accionistas para que
juntamente al Presidente suscriban el acta; 2) Consideración de la documentación correspondiente al

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trigésimo sexto ejercicio finalizado el 30 de Junio de 2.021; 3) Consideración de lo actuado por el
Directorio; 4) Fijación de los honorarios de los miembros del Directorio; 5) Elección de tres directores
titulares y dos suplentes; 6) Destino de los resultados del ejercicio. El directorio.

Boleto N°: ATM_7084951 Importe: $ 960


01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

COMPAÑÍA PRODUCTORA ARGENTINA SA (COPROA S.A.) - Convocatoria a Asamblea Ordinaria:


convócase a los señores Accionistas a Asamblea Ordinaria en primera convocatoria, que se celebrará el
día 14 de noviembre de 2022 a las diez horas en la sede social ubicada en calle España 1248, 5º piso,
oficina 70, ciudad de Mendoza, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de un accionista
para que conjuntamente con el presidente suscriba el acta de asamblea. 2. Consideración de la Memoria,
Inventario, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados y Estado de Evolución del Patrimonio
Neto, Notas, Anexos, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2022. 3. Destino del
resultado del ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2022. 4. Remuneración de los directores.

Boleto N°: ATM_7081341 Importe: $ 960


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

MONTE AUSTRAL S.A.- Convocatoria a Asamblea Ordinaria: convócase a los señores Accionistas a
Asamblea Ordinaria en primera convocatoria, que se celebrará el día 15 de noviembre de 2022 a las
nueve horas en la sede social ubicada en calle España 1248, 5º piso, oficina 70, ciudad de Mendoza,
para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de un accionista para que conjuntamente con el
presidente suscriba el acta de asamblea. 2. Consideración de la Memoria, Inventario, Estado de Situación
Patrimonial, Estado de Resultados y Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Notas, Anexos,
correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2022. 3. Destino del resultado del ejercicio
cerrado el 31 de agosto de 2022. 4. Remuneración de los directores.

Boleto N°: ATM_7081345 Importe: $ 960


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

REMATES
(*)
VICTOR HUGO D’ACCURZIO, Martillero Público, Matrícula Nº 2481, orden SEGUNDO
JUZGADO FEDERAL, Secretaría Nº 3, autos Nº FMZ 20.614/2019, caratulados “O.S.P.A.V.
c/MENDOZA RED WINES S.A. S/EJECUCION FISCAL”, rematará el 10/11/22, hora 11,00 en
los Estrados del Tribunal calle España 955 Ciudad, MENDOZA, sin base y al mejor postor Un
Lagar de chapa exposipado de 6,00 mts. por 1,50 mts. aproximados con un sinfín de 6,00 mts.
en el estado que se encuentra. Comprador depositará acto subasta 30% en concepto de seña y
10% en concepto de comisión del martillero y en manos de éste. Saldo cinco (5) días aprobada
la subasta. Estado en que se encuentran no aceptándose reclamo alguno por falta o defecto de
mismo posterior a la subasta. Informe Secretaría Tribunal o Martillero Tel. 261 5079047.-

Boleto N°: ATM_7093918 Importe: $ 384


04-08/11/2022 (2 Pub.)

REMATE 16/11/2022, 11hs. Orden Primer Juzgado Procesos Concursales. Dra. Mariela Selvaggio, Juez
y Dr. Alberto M. Pérez, Secretario; 2da. Circunscripción Judicial San Rafael Mendoza, Sec. Única, fs. 87.
Enajenadora BLANCA REINOSO, Martillera Matrícula 2387; rematará: AL MEJOR POSTOR CON BASE,
A VIVA VOZ en “AUTOS N° 47.518 caratulados “OF. JDO. NAC. 1°INST. COMERCIAL 6 Secretaría
12, EN j118076/2001/1, SCANER ARG. S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE 1-GRUPO REPÚBLICA S.A.
SOL. SUBASTA p/Diligenciamiento de oficio”, a los efectos de que tenga lugar el remate del inmueble
individualizado en autos, “Campo inculto con vegetación natural para pastoreo”; propiedad de la fallida
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SCANNER ARGENTINA S.A. – CUIT.: 50-00021588-8, Dom. Legal Calle Chacabuco1121 8vo. Piso B,
Ciudad Bs.As.; fíjase el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE PRÓXIMO A LAS ONCE HORAS, el que se
realizará conforme las disposiciones indicadas por el Tribunal Oficiante, a fs. 14/16, lo normado por la Ley
24.522, Ley 9001 y lo peticionado en lo pertinente por las personas autorizadas.- El mismo se hará a Viva
Voz en el sector del Edificio de Tribunales destinado a tal efecto, según Resolución 185/06, Delegación
Administrativa de la Suprema Corte de Justicia Segunda Circunscripción Judicial, con la base de la
tasación obrante a fs. 64/68 (art. 208 L.C.Q.) de $42.943.935,00.-, PESOS CUARENTA Y DOS
MILLONES, NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL, NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON CERO
CENTAVOS y al mejor postor. Inmueble inscripto en Registro Público a FR. Matrícula 01469/17, (3ra.
Inscripción) el 100%, Fracción SUD del Lote “B”, Dpto. San Rafael, ubicado sobre la margen derecha del
Rio Atuel frente a la Toma de Carmensa; Superficie s/Título de 3.838 has. Plano Mensura 17/40836 de
3958ha.7377,37m2.- Límites: Norte, Sucesión del Dr. Martín Loizaga. Sur, con Sucesión del Dr. Ricardo
Álvarez Arana. Este, con márgenes del Rio Atuel. Oeste, con Sucesión de Estanislao Carranza,
González. Sin derecho de agua. Nomenclatura: 171088000000541600008. Zona Secana, propiedad rural
Inculta. Avalúo 2022: $ 379.194,00.- Ubicado en Jaime Prats, sobre margen del Rio Atuel, frente a la
toma de Carmensa, (Paso la Arena), según plano 17-61368 y Plano 17/40836, Picada prolongación calle
Las Arabias. 7280m. al Sur de las vías FFCC.- Conforme Ley Nac. 24.522, fecha de decreto de quiebra
(02/04/2003). MEJORAS: Campo con vegetación natural para pastoreo dos puestos con corrales. s/Plano
61368, Agrimensor reg.1264, René Penico, 26/11/2008; tiene línea de rivera establecida y designada por
D. G. Irrigación, General Alvear; atraviesa la fracción: Colector Gral. n°1 Desagüe y Canal Marginal del
Atuel, IV tramo, hasta desembocar en alcantarilla con compuertas. Puesto Los Tamarindos, constatación
31/05/2022: Ocupado por Sr. Argentino Cerna, quién convive con su esposa Ofelia González, bordeado
de tamarindos y agüaribay, una vivienda precaria con ventanas de dos habitaciones, ladrillos vistos, sin
columnas ni vigas; techo de rollizos y cañas, cubierto por nylon, algunas chapas metálica de 50m2 de
superficie aproximada, dos paneles solares pequeños y un grifo manual en deshuso. Baño afuera de la
construcción. Un gallinero y dos corrales precarios, superficie apxm. 60m2. El Sr. Argentino manifiesta
que ocupa ese puesto en calidad de propietario, por compra de Derechos de uso al Sr. Zúñiga; vive allí
desde hace 25 años. Se movilizan a caballo.- Puesto al lado de la Alcantarilla, constatación 21/06/2022;
bordeando el canal marginal, en el lugar de la Alcantarilla, último puente, a 500m. al Este. Tranquera
desmantelada, observamos: vivienda precaria de 50m2; con dos corrales, en partes perimetrada con
palos de la zona y alambres, Vivienda de ladrillos sin vigas ni columnas, cubierta de techo: rollizos, cañas
atadas y nylon, pisos llaneados, entrada al Este; alero. Sobre la parte posterior de la vivienda ubican dos
ventanas de dos hojas cada una. Una pieza más aparentando ser el baño, cubriendo la entrada cortina
de tela. Panel solar pequeñas dimensiones conectado a la vivienda. Vegetación autóctona, pastos duros,
espinosos. Vestigios de postes y alambres perimetrales. Exhibición: 10/11/2022, 14:00 hs. En Alcantarilla,
ingreso por RP202 y canal marginal; previo contactarse.- CONDICIONES: Efectuada la subasta el
comprador deberá abonar al martillero la comisión: 3%, el 30% de seña; saldo, 4,5% conforme las
disposiciones del art. 6, inc. "h" de la Ley 9.355 y 3 % del impuesto a las ganancias al aprobarse el
remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 287 y 288 del C.P.C.- Además, deberán oblarse
los impuestos nacionales y provinciales que correspondan.- Prohíbese la compra en comisión (art. 268
C.P.C.), como así también la ulterior cesión del boleto que se extienda.- El adquirente deberá, a su cargo,
tramitar y acompañar certificado catastral aprobado y debidamente actualizado, bajo apercibimiento de no
procederse a la inscripción del inmueble (art. 269 C.P.C.), como así también que de optar por registrar el
inmueble a través de escritura pública, la totalidad de los gastos que irrogue dicho trámite serán a su
exclusivo cargo.- Admítense ofertas bajo sobre, que deberán ser presentadas al Juzgado con DOS días
de anticipación a la fecha de la subasta (art. 212 de la L.C.Q.).- Títulos agregados. Informes en Juzgado
autorizante o Martillera. Tel.: 261 6534247. E-mail: blancareinoso.br@gmail.com. Web:
www.martillerareinoso.com. San Juan 420, Ciudad San Rafael, Mendoza.- Publíquese los edictos por
cinco días en el Boletín Oficial y Diario Los Andes.-

C.A.D. N°: 25724 Importe: $ 6360


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

Nancy Esther Rueda, Martillero, Mat. 1965, domicilio legal Sarmiento Nº 74, 6º Piso, Of. 4, Ciudad,

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Mendoza, Orden: Cuarto Juzgado de Gestión Asociada, Primera Circunscripción Judicial, según decreto
fs. 389, autos Nº 94.801, caratulados “VARGAS JOSE Y ROMERO CATALINA P/ CPC ANTERIOR –
SUCESIÓN”, rematará 08 de noviembre de 2022, a las nueve horas, Planta Baja de la Oficina de
Subastas Judiciales (Acordada 17.598 bis), ubicada en el Edificio Palacio de Justicia, sito en calle San
Martín Nº 322, Ciudad, Mendoza, mediante ofertas a viva voz y al mejor postor (art. 275 del C.P.C.C.T.)
un inmueble ubicado en Calle Tirasso N° 2480, Buena Nueva, Guaymallén, Mendoza, que conforma el
acervo hereditario, inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre del Sr. José Vargas Martín.
Superficie según título: 1.146,83m2, Superficie según plano: 1.132,44m2. Límites y medidas perimetrales:
según constancias de autos, donde podrán consultarse. Inscripciones: ATM - Administración Tributaria
Mendoza: Padrón Territorial N°04- 563896; Nomenclatura Catastral: 040601003300010300003; Registro
Público y Archivo Judicial: Asiento 14.573, fs.29, Tomo 108B de Guaymallén, Mendoza; Municipalidad:
Padrón Municipal Nº 27552; Aysam S.A.: Cuenta Nº 059-3132613- 000-0; DGI - Departamento General
de Irrigación: Pozo DP-Pozo: 04-001422; DPV - Dirección Provincial de Vialidad: exento. DEUDAS: ATM:
sin deuda al 13/10/2022; Municipalidad: sin deuda al 13/10/2022; Aysam S.A.: $16.703,46 al 13/10/2022;
Irrigación: $3.762,11 al 20/10/2022. Todas las deudas actualizables al pago. Se encuentra afectado a
Bien de Familia desde el 30/10/1989. MEJORAS: pisa sobre terreno una casa habitación sismo resistente
con retiro de la línea municipal, por lo tanto todo el frente de la propiedad cuenta con gran jardín. Tiene
tres ingresos: por el living, por el garaje con portón de madera y piso de granito y también tiene otra
entrada vehicular por el lado opuesto con portón de rejas que conduce hasta el fondo de la propiedad,
cuyo piso es de piedra laja hasta llegar a los ingresos mencionados. Al frente se observa grandes
ventanales con rejas. La vivienda posee amplio living comedor con escalera con peldaños de granito que
conduce a la Planta Alta, tres dormitorios con pisos parquet, siendo el principal amplio y los otros dos
dormitorios con placard, rejas en ventanas, dos baños, uno completo. Living comedor y cocina con
amoblamiento, pisos de escallas de mármol, sótano. Por escalera exterior se ingresa a la Planta Alta
donde se encuentra un dormitorio, un baño, piso de granito, paredes con azulejos, cocina con mesada de
escallas de mármol y bajo mesada con amoblamiento de nerolite, paredes con cerámicos, piso de
granito. A continuación de la vivienda: amplio espacio destinado a jardín. Seguidamente, casi en el medio
del terreno se encuentra construida una casa prefabricada de madera en su totalidad, con ventanas con
rejas, dos dormitorios, cocina comedor, pisos cerámicos, techo totalmente destruido, por lo tanto se
encuentra en estado de inhabitabilidad. A continuación y atrás de esta vivienda prefabricada y al fondo
del terreno: un galpón de material con techo y portón de chapa para entrada vehicular, trifásica, piso
llaneado y con salida por calle lateral. La propiedad está sobre calle asfaltada y posee Pozo de uso
común o doméstico 04-001422. Estado de ocupación: ocupada por el Señor José Antonio Vargas y
Nancy Vargas. Avalúo Fiscal 2022: $1.402.188.- BASE DEL REMATE: Pesos Nueve Millones
($9.000.000,00) monto que podrá mejorarse mediante ofertas con incrementos mínimos de Pesos Quince
Mil ($15.000,00) y será adjudicado al mejor postor (art. 268 CPCCT). Comprador abonará acto subasta
dinero efectivo 10% de seña, 4,5% de impuesto fiscal y 3% de comisión, saldo aprobación. Queda
excluida la compra en comisión. Autorízase para la fiscalización del acto al Encargado de la Oficina de
Subastas Judiciales. Tramitación certificado catastral e inscripción registral a cargo del adquirente. Títulos
agregados en autos, donde podrán consultarse, no admitiéndose reclamos o cuestión alguna por falta o
defectos en los mismos una vez efectuado el remate. Informes Secretaría Juzgado o Martillero
(156512218)

Boleto N°: ATM_7087445 Importe: $ 4800


01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

Néstor Edgardo Buseta, Martillero Público, matrícula 1.877, orden Primera Cámara del Trabajo, III
Circunscripción Judicial, Mendoza, auto Nº 19558, carat. “OJEDA, ROQUE HELIBERTO C/ ITAL DIESEL
DE DE VECCHI, TULLIO Y OTS. S/ A.O.A”, conforme lo autoriza la acordada 19.683 y art. 277 inc. I del
CPCCyT, procédase a la venta del inmueble embargado en subasta, procédase a la venta del inmueble
embargado, inscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia a nombre de
la demandada Ana Maria de Vechi, DNI. N° 16.882.997, en la matrícula de folio real n°
346666/8, nomenclatura catastral: 08-99-00-2600-525731-00001. Inmueble denominado Frac. “A, sito
con frente a calle Buen Orden s/n, distrito Buen Orden, del Dpto. San Martín, Mendoza. Con una

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superficie según título y mensura de 7.31689 m2, afectado a ensanche 44,97 m2, quedando libre
7.271,92 m2. Límites y medidas agregados en el expediente. La subasta se realizará mediante la
modalidad MIXTA (ofertas en sobre cerrado y posteriormente a viva voz entre las tres posturas más
altas). Los sobres conteniendo las ofertas se recibirán en Secretaría a partir del día viernes cuatro de
noviembre del año dos mil veintidós y hasta CUARENTA Y OCHO HORAS antes de la fecha y hora que
se designa para su apertura, en horario de atención al público, debiendo solicitarse los formularios
autorizados en la Secretaría del Juzgado, los que deberán contener propuesta de precio único cierto e
incondicionado, que partirá de la base de $ 704.810.-, y ser firmados por el oferente. El sobre que
contenga el formulario solo será identificado externamente con el número y carátula del expediente y
fecha de remate. Con ese fin señalase la audiencia del día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
VEINTIDOS A LAS DIEZ HORAS, para proceder a la apertura de los sobres, en la Secretaría del
Tribunal, sito en 9 de Julio y Chubut de San Martín, con la presencia del Martillero designado, debiendo
estar presente cada uno de los oferentes en el acto de subasta, bajo apercibimiento de tenerlos por
desistido de la oferta presentada, dejándose constancia de todo ello en el acta respectiva. Una vez
efectuada la apertura de sobres, se individualizará a aquellos oferentes que hayan efectuado las tres (3)
posturas más altas, quienes acto seguido podrán pujar entre sí a viva voz, con intervención del Martillero
actuante y en presencia del Secretario, los incrementos mínimos entre las eventuales posturas serán de
pesos DIEZ MIL con 00/00 ($10.000,00), hasta lograr la adjudicación, la que se hará al mejor postor quien
deberá acompañar la constancia de depósito bancario, en la cuenta perteneciente a estos autos en
Banco Nación, suc. San Martín, del 10% de seña a cuenta de precio (junto con la oferta y dentro de los
sobres) y depositar en ese acto el 3% de comisión y el porcentaje de ley de impuesto fiscal. En cuanto a
los oferentes a viva voz el adjudicatario deberá completar el 10% de seña a cuenta de precio. El saldo
una vez aprobada la subasta. En ningún caso se admitirá la compra en comisión (art. 268 C.P.C.C.yT.).
Los sobres presentados con posterioridad a la fecha prevista como límite o que no reúnan las condiciones
de presentación, no serán considerados como propuestas admisibles y no podrán ser abiertos en el acto
de la subasta. De ello deberá dejarse debida constancia en el acta respectiva. En el día y la hora
señalada para la subasta, el martillero designado, al iniciarse el acto público de remate, abrirá los sobres
en el orden asignado y leerá en voz alta las posturasAdemás, deberá quedar consignado en el acta de la
subasta el orden de prelación de las ofertas debiendo ocupar el primer lugar la de mayor valor y el último
la de menor cuantía. Inscripciones y deudas: Padrón territorial Nº 08-066011, en ATM debe al 3-6-2022 $
11.832,70. Dpto. Gral de Irrigación: derecho de riego superficial recreativo, Código de Cauce 2281,
padrón parcial 27. Debe al 4-4-2022 $40.749,64. Municipalidad de Gral. San Martín: contribuyente Nº
28565 Padrón 40895, manz. 6141 parcela 22/1, debe al 26/05/20 $ 2.888,69- Gravámenes: Embargos: 1-
Preventivo por $270.000.- estos autos. Entrada 1530078 del 0/06/16. 2 -Embargo por $250000 en estos
autos. 26320 Ojeda Roque c/Ital Diesel p/Ejec de sentencia, este juzgado. Ent. 1662699 del 14/08/17. 3-
Limitación de la facultad de disponer o gravar. Entrada 1939613 del 6/8/2019. 4- Reinscripción embargo
en el punto 2. Ent 2236165 del 21-04-2022. Mejoras y ocupantes: inmueble libre de ocupantes, pudiendo
observar desde la vía pública y derecha frontal que da al Carril Buen Orden que posee las siguientes
características: un portón metálico y de rejas de doble hoja con cadena con dos candados, hacia el sur
pared y luego portón de iguales características al anterior, no visible desde la calle por existir delante una
pared de block, los limites sur y norte se encuentra pared de block de aproximadamente tres metros y
medio de altura, en el límite oeste palos y alambrado. Se observa interior de predio vegetación autóctona,
seca en altura, dando aspecto de abandono. En el ingreso al inmueble se observan cañizos y cardos
secos. Toda conforme acta de constatación de fs. 479. Título, inscripciones y deudas en el expediente
donde podrán consultarse, no admitiéndose reclamos posteriores al remate por falta o defectos de los
mismos. Exhibición: consultar martillero. Informes: Secretaría autorizante o Martillero: en pasaje 4 y 3
edificio 83, planta alta, Centro Comercial Echesortu y Casas, San Martín, Mza.; tel: 2634-623633.

S/Cargo
01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

H. MARIA MANUCHA, Martillera Pública, Matrícula N° 1647, por cuenta y orden del Gobierno de la
Provincia de Mendoza, llama a REMATE OFICIAL con base al mejor postor el día 11 de Noviembre de
2022, a partir de las 11:30 horas en el en el edificio de XELTAHUINA, ubicado en calle Salta 877 1° piso

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SUM 1 Sala de Usos Múltiples, Ciudad, Mendoza de los bienes del Estado Provincial perteneciente a la
OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS (OSEP) y el HOSPITAL EL CARMEN (OSEP) declarados
fuera de uso, en desuso y dados de baja mediante EXPEDIENTE N° EX – 2021-07452910- -GDEMZA-
OSEP#MSDSYD y EXPEDIENTE N° EX – 2022-02025021- -GDEMZA-OSEP#MSDSYD, mediante las
siguientes modalidades, clausulas, condiciones generales y particulares.

PRIMERA: MODALIDAD DEL REMATE: Subasta pública con base, al mejor postor y a viva voz,
conforme procedimiento administrativo del Decreto 1000 artículo 143 del año 2015 y Modificación del
mismo Decreto 860 del 06 de Julio de 2021.-

SEGUNDA: EXHIBICION; Los bienes a rematar serán exhibidos en el horario de 10.00 horas a 12.00
horas, el día 10 de Noviembre de 2022, en el predio del Hospital El Carmen, sito en calle Joaquín V.
González 245 Godoy Cruz, Mendoza (entrada por playa de estacionamiento) lugar en donde se
encuentran los bienes.

TERCERA: Los bienes exhibidos serán rematados en el estado que se encuentran no admitiéndose
reclamos posteriores a la subasta por falta o defecto de los mismos, librando de toda responsabilidad al
Gobierno de la Provincia de Mendoza, Obra Social de Empleados Públicos, HOSPITAL EL CARMEN y
Martillera actuante.

CUARTA: Los adjudicatarios deberán presentar indefectiblemente en el ingreso para poder participar en
el acto de remate documento nacional de identidad.

QUINTA: FORMA DE PAGO: Los oferentes que resulten adjudicatarios deberán abonar en el momento
del acto de remate al contado el VEINTE POR CIENTO (20%) en concepto de seña, el DIEZ POR
CIENTO (10%) comisión Martillera más IVA sobre la comisión. IMPUESTO DE SELLO PROVINCIAL
(50%) por ser Ministerio Salud, Desarrollo Social y Deportes exenta conforme normativa del Código Fiscal
según articulo 87 inc. 11 ósea el cero coma setenta y cinco (0.75%) en bienes no registrables y dos
comas veinticinco en bienes Registrables. Realizado el remate la Martillera informara por escrito dentro
de las cuarenta y ocho (48) horas el resultado de la subasta. CONSTITUCION DE DOMICILIO LEGAL:
En el acta de subasta el comprador deberá constituir domicilio legal (dentro de las 30 cuadras de la Casa
de Gobierno como así también deberá constituir domicilio ELECTRONICO a los fines legales que
correspondan.

SEXTA: SUBASTA DESIERTA: Si no hubiera postores en el primer remate, acto seguido se realizara el
segundo con retasa del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%).

SEPTIMA: APROBACION: Todos los bienes rematados quedan bajo la aprobación administrativa del
R.U.P.I. (La subasta será aprobada o rechazada por Decreto del Poder Ejecutivo dentro de los treinta
días de efectuada la misma previo dictamen de Fiscalía de Estado el que deberá ser evacuado dentro de
los 15 días de dicho término). PAGO DEL SALDO: El saldo deberá cancelarse en la sede Central de la
OSEP, sita en calle Rioja 651, Ciudad Mendoza en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la
notificación de la APROBACION DE SUBASTA, bajo apercibimiento de perder la seña y comisión del
Martillero. Si por culpa del postor a quien se hubiesen adjudicado los bienes, dejase de tener efecto el
remate, se procederá a una nueva subasta en la misma forma que la anterior, siendo el mismo postor
responsable de la disminución del precio del segundo remate y de los gastos causados con este motivo,
el pago de todo lo cual será compelido judicialmente.

OCTAVA: Si en caso de haber abonado con cheque y este fuera devuelto por el Banco girado, por
cualquier motivo que fuere, la operación se dejara sin efecto, no obstante lo cual el oferente quedará
obligado al pago de ambas sumas considerándose la que correspondiere como seña en concepto de
multa por la frustración del remate, todo ello sin perjuicio de las acciones que hubiere lugar. Se recuerda
a los compradores que abonen con cheque la plena vigencia del artículo 302 del Código Penal. Los
importes que componen los lotes poseen valor final y no se podrá discriminar IVA por ser el Estado

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Provincial exento de IVA.

NOVENA: El Estado Provincial, OSEP y HOSPITAL EL CARMEN se reservan el derecho de admisión y


permanencia en los lugares de exhibición y remate. Las fotografías de los folletos y/o catálogos que la
Martillera utilice para la publicidad, son ilustrativas NO contractuales.

DECIMA: Cualquier cuestión a suscitarse resultante del presente REMATE OFICIAL será dirimida ante
los Tribunales de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza. El oferente
adjudicatario tendrá como válidos a los efectos legales que pudieren corresponder los domicilios
constituidos en el acta de remate.

DECIMA PRIMERA: Los bienes rematados serán entregados en el lugar donde fueron exhibidos previa
constatación del pago total del mismo. Los gastos por traslado serán por cuenta y cargo del comprador,
para lo cual deberán ir provistos de elementos de carga, extracción, remolque, etc. No se permitirá
desarme o arreglos de los bienes adquiridos dentro del lugar de la exhibición, ni en sus inmediaciones.
Los lotes se entregarán hasta 72 horas posterior al pago de saldo de precio, en días hábiles
administrativos en horario de 8.30 horas 13.00 horas. Vencido este plazo se produce la mora con pago de
bodegaje. Los camiones y/o maquinarias de cargas que ingresen al predio en donde se encuentran los
bienes rematados deberán poseer seguro obligatorio, asimismo se exigirá seguro obligatorio de los
obreros utilizados para el retiro por la correspondiente ART y deberán tener la indumentaria exigidas por
las normas de seguridad industrial.

DECIMA SEGUNDA: TRANSFERENCIA BIENES REGISTRABLES: Los rodados se rematan en el


estado y condiciones que se encuentran. Los automotores serán entregados previa transferencia de
dominio que será realizada por la Empresa rematadora con personal idóneo (Mandatario Matriculado).
Para lo cual deberá el comprador facilitar la documentación requerida y el pago de la transferencia de
dominio, formularios, escribanía, sellado, verificación, grabado de piezas, re-empadronamiento de
corresponder, cambio de uso, etc., en un plazo no mayor de 48 horas posteriores a la cancelación del
saldo de precio de la subasta. Los compradores que no aporten los datos necesarios para la
transferencia de dominio del automotor y no abonen la misma en el plazo antes mencionado, se dará la
oferta por revocada, perdiendo de pleno derecho los importes pagados en concepto de seña,
cancelación, sellado y comisión del Martillero, quedando el bien a disposición de la Obra Social de
Empleados Públicos (OSEP) a los efectos legales que pudiera corresponder. El pago de la transferencia
de dominio del automotor (Ley 25.761) se realizará en las oficinas de la Martillera sito en Pedro Molina
39, Primer Piso, Departamento B, Mendoza. Los compradores en el acto de subasta deberán abonar las
certificaciones de firmas correspondientes y los formularios requeridos por DNRPA.

DECIMA TERCERA: Tratándose de bienes ampliamente exhibidos, se entregarán en el estado y


condiciones que se encuentran, no admitiéndose reclamo de ninguna especie por faltas, desperfectos,
deterioros, etc. La compra en subasta da por aceptada todas y cada una de las condiciones y clausulas
enunciadas en este edicto, no pudiendo alegar desconocimiento del mismo.

INFORME y CATALOGOS: Martillera H. MARIA MANUCHA. Tel. Cel. 0261-155521623. 206-155762349


E-mail: h.mariamanucha@gmail.com Web: www.manuchasubastas.com.ar

DESCRIPCIONES DE LOS BIENES:

LOTE Nº 1: (OSEP) SILLAS DE RUEDAS VARIAS. CAMAS ORTOPEDICAS VARIAS. INSTRUMENTAL


MEDICOS VARIOS. INSTRUMENTAL ODONTOLOGICOS VARIOS. EQUIPO DE RAYOS X. SILLAS
VARIAS. SILLONES ODONTOLOGICOS VARIOS. ARTICULOS VARIOS. BASE $ 20.000. (Incremento
de posturas mínimas $ 1.000-)

LOTE Nº 2: (OSEP) SILLAS DE RUEDAS VARIAS. CAMAS ORTOPEDICAS VARIAS. SILLA VARIAS.
ELEVADOR DE PACIENTE HIDRAULICO. ARTICULOS VARIOS. BASE $ 15.000. (Incremento de

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posturas mínimas $ 1.000.-)

LOTE Nº 3: (OSEP) SILLAS DE RUEDAS VARIAS. CAMAS ORTOPEDICAS VARIAS. REVELADOR RX.
PROYECTOR. MAQUINA DE ESCRIBIR. AIRE ACONDICIONADO. ELEVADOR DE PACIENTE
HIDRAULICO. ARTICULOS VARIOS. BASE $ 15.000. (Incremento de posturas mínimas $ 1.000.-)

LOTE Nº 4: (HOSPITAL EL CARMEN) INSTRUMENTALES MEDICOS VARIOS. EQUIPAMIENTOS


MEDICOS VARIOS. VENTILADORES VARIOS. HELADERA. SILLAS DE RUEDAS VARIAS. CAMILLAS
VARIAS. ARTICULOS VARIOS. BASE $ 15.000. (Incremento de posturas mínimas $ 1.000-)

LOTE Nº 5: (HOSPITAL EL CARMEN) CAMILLAS VARIAS. HELADERAS VARIAS. AIRE


ACONDICIONADO. CAMILLAS DE CIRUGIA VARIAS. CAMAS VARIAS. BALANZA. SILLAS VARIAS.
SILLAS DE RUEDA VARIAS. ARTICULOS VARIOS. BASE $ 20.000. (Incremento de posturas mínimas $
1.000.-)

LOTE Nº 6: (OSEP) DOMINIO: IJF 196. MARCA: IVECO. TIPO: AMBULANCIA. MODELO: DAILY 40S14
PASO 3300. AÑO: 2009. MOTOR MARCA: IVECO Nº 7039806. CHASIS MARCA: IVECO Nº
93ZK38A0188404409. BASE $ 420.000. (Incremento de posturas mínimas $ 5.000.-)

LOTE Nº 7: (OSEP) DOMINIO: ISL 586. MARCA: RENAULT. TIPO: FURGON. MODELO: MASTER PH3
DCI 120 L1H1 PKCNF. AÑO: 2010. MOTOR MARCA: RENAULT Nº G9UA754C246575. CHASIS
MARCA: RENAULT Nº 93YADCUD6AJ423600. BASE $ 330.000. (Incremento de posturas mínimas $
5.000.-)

S/Cargo
27-28/10 01-02-03-04-07-08-09-10/11/2022 (10 Pub.)

CONCURSOS Y QUIEBRAS
(*)
SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 32/41 autos
Nº13-06911481-9 caratulados: “GONZALEZ PATRICIA ELIZABETH P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha
resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 04 de octubre de 2022. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de PATRICIA ELIZABETH GONZÁLEZ, DNI
17.640.635, CUIL 27-17640635-1 con domicilio en Manzana D, Casa 10, Barrio Ruiseñor- Presidente
Sarmiento, Godoy Cruz, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras
(arts. 288 y 289 LCQ)... 5º) Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de
aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º) Intimar a
la fallida a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan
tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y
documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere. 7º) Disponer la prohibición de hacer
pagos a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse... 16º) Fijar el día 16 DE MAYO DE 2023
como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante
el síndico (art. 200 Ley 24522). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. la deudora y los acreedores que
que hubiesen solicitado verificación, podrán presentar por escrito las impugnaciones y observaciones
respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ hasta el 31 DE MAYO
DE 2023, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo
pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el
Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones
recibidas, a través de la MEED. 17º) Fijar el día 29 DE JUNIO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá
presentar el síndico los informes individuales, dictándose sentencia de verificación el 11 DE AGOSTO DE
2023. 18º) Fijar el día 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023, como fecha hasta la cual deberá presentar el
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síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente,
pudiendo efectuarse observaciones hasta el 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023. A los fines del art. 117, LCQ
fijar el día 9 DE OCTUBRE DE 2023 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha
inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; dictándose resolución el 7 DE
NOVIEMBRE DE 2023. Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se
trasladarán al día hábil inmediato posterior. COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo
establece el artículo 273 inciso 5 Ley 24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdor.
CARLOS MARCELO DELGADO DOMICILIO: SERU Nº338, CIUDAD DE MENDOZA,
MENDOZA Domicilio Electrónico: delgadoltda@gmail.com, camp.mariana15@gmail.com HORARIO DE
ATENCION: Lunes, Miércoles y Jueves de 16:00 a 20:00 horas.

C.A.D. N°: 25731 Importe: $ 3960


04-07-08-09-10/11/2022 (5 Pub.)

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.554, caratulados: "RETTA DAMIAN ALBERTO P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 11 de octubre
de 2022, se ha declarado la quiebra a DAMIAN ALBERTO RETTA, con D.N.I. N°27.349.706. Síndico
designado en autos, Contador LUIS HECTOR MANZUR, con domicilio legal en Pje.4 Local 35 C.C.E. Y
CASAS, San Martín, Mendoza.Tel.261-5561812. Los días y horarios de atención serán: martes, miércoles
y jueves de 8:00 hs. a 12:00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores
para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISEIS DE
DICIEMBREDE DOS MIL VEINTIDOS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá
hacerse a Sindicatura vía correo electrónico estudio.sindicaturas@gmail.com debiendo ajuntar al pedido,
toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las
medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de
transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán
conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la
medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la
presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de
consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES hasta el cual el
Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRES para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan
entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de
ley. -

C.A.D. N°: 25710 Importe: $ 2640


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 33 de los
autos CUIJ N° 13-06976530-5 (011902-4358962) “GUERRERO CRISTIAN EMMANUEL P/ QUIEBRA
DEUDOR”, se ha resuelto lo siguiente: Mendoza, 17 de Octubre de 2022. Y VISTOS:...
CONSIDERANDO:... RESUELVO: I. Declarar la QUIEBRA del Sr. CRISTIAN EMMANUEL GUERRERO,
DNI N°31.715.185; CUIL N°20-31715185-4. V. Fijar el día 29 DE DICIEMBRE DE 2022, como fecha
hasta la cual pueden presentar los acreedores ante la Sindicatura las solicitudes de verificación (art. 200
LCQ). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al
momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado
oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día 13 DE FEBRERO DE 2023, como fecha
hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar a la
Sindicatura las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo
LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido
de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el órgano

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
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concursal presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones
recibidas, a través del sistema MEED. VII. Fijar el día 15 DE MARZO DE 2023, como fecha hasta la cual
deberá presentar Sindicatura los Informes Individuales. VIII. Fijar el día 15 DE MAYO DE 2023, como
fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los
acreedores (art. 200 LCQ), fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). IX. Fijar el
día 30 DE MAYO DE 2023, como fecha hasta la cual Sindicatura presentará el Informe General, el que
estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones
hasta el día 13 DE JUNIO DE 2023. Regístrese. Notifíquese en forma simple (art. 273, inc. 5, LCQ y 66,
CPCCT). Fdo. Dra. Gloria E. Cortéz- Jueza - Síndico Contador HERNAN LUIS SAGAS, con dirección de
correo electrónico: estudio.cble.sagas@gmail.com, Domicilio: Joaquín Victor González N° 1498, Barrio
Trapiche, Godoy Cruz, Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MARTES y MIERCOLES de 16 a
20 horas. TEL. 261-5411648. Fdo. Dra. Erica E. Lopez

C.A.D. N°: 25721 Importe: $ 2880


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

Primer Juzgado Procesos Concursales, en autos HOFFMAN S.A. P/ CONCURSO PREVENTIVO -


13-00000407-8(011901-36517) a fojas 797 proveyó: “Mendoza, 17 de octubre de 2022. AUTOS,
VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: I.- Disponer la declaración de cumplimiento del acuerdo del
concurso preventivo de HOFFMAN S.A., CUIT 30-56603291-7, de conformidad a los considerandos que
anteceden y a tenor de lo previsto por el art. 59 LCQ.- II.- Previa publicación de edictos por un día en el
Boletín Oficial y Diario Los Andes, levántese la inhibición general de bienes que pesa sobre el concursado
y las demás restricciones por efecto de la apertura del concurso. Líbrense las comunicaciones pertinentes
a los organismos de control fronterizo, Registro Civil y de Capacidad de las personas y del Automotor y a
la Suprema Corte de Justicia. Ofíciese electrónicamente a impulso del Tribunal. COPIESE.
REGISTRESE. NOTIFIQUESE POR LISTA. Fdo: Dra. Lucía Raquel SOSA, Juez”.

Boleto N°: ATM_7091729 Importe: $ 1080


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 22 de los
autos CUIJ Nº 13-06835519-7 caratulados: "LUCERO LUIS RAMON P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha
resuelto lo siguiente: MENDOZA, 08 de Abril de 2022. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:...
I. Declarar la QUIEBRA de LUCERO LUIS RAMON, D.N.I. N° 7.605.904. XVI. Ordenar se publiquen
edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.
OFICIESE. y a fs. 48 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 01 de Noviembre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha
08/04/2022 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE
DE 2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de
verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día NUEVE DE
FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ),
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día TRECE DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día DIECISEIS DE
MAYO DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las
solicitudes formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el
día TREINTA Y UNO DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe
General, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
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efectuarse observaciones hasta el día CATORCE DE JUNIO DE 2023”.. II. Ordenar se publiquen edictos
de la declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS
en el Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E.
Cortez - Juez . Síndico Ctdor MAYMO, LEONARDO GABRIEL con dirección de correo electrónico:
estudiomaymo@hotmail.com; y domicilio legal en calle Pedro Molina N.º 461, PB, Of. N.º 8, Ciudad,
Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MARTES Y JUEVES DE 16 A 20 horas. TEL.
4235482/02615251219. Fdo. Dra. Érica E. López Secretaria.

C.A.D. N°: 25722 Importe: $ 3600


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

Primer Juzgado de Procesos Concursales. CUIJ: 13-06946742-8 (011901-1254167) caratulados: “LEAL


ALEJANDRA BEATRIZ P/ CONC. CONSUMIDOR (LEY 9001)”. Se hace saber: 1) en fecha 17 de
octubre de 2022, se declaró la apertura del concurso de persona humana que no realiza actividad
económica organizada, correspondiente a LEAL, ALEJANDRA BEATRIZ, DNI 23.387.805, CUIL
27-23387805-2, conforme lo establecido por los artículos 359 a 372 del CPCCT; 2) fecha de
presentación: 31/08/22; 3) que en autos ha sido presentada la propuesta de acuerdo preventivo; 4) se
convoca a los acreedores para la celebración del acuerdo; 5) las conformidades para el acuerdo podrán
ser acompañadas hasta el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE 2022 (arts. 363 y 364 CPCCT); 6) los
acreedores pueden presentar su oposición al acuerdo hasta el día TREINTA DE DICIEMBRE DE 2022
(art. 366 CPCCT); 7) se fija audiencia de conciliación, presencial, para el día DOCE DE ABRIL DE 2023 a
las 10. Fdo. Dra. LUCIA RAQUEL SOSA Juez.

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JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 20 de los
autos CUIJ Nº 13-05405331-7 caratulados: "LEIVA SANTIAGO ALBERTO P/ QUIEBRA DEUDOR”, se
ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 05 de Octubre de 2020. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:...
RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de LEIVA SANTIAGO ALBERTO, D.N.I. N° 38.336.714. XVI.
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por
el art. 89 L.C. OFICIESE. y a fs. 48 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 01 de Noviembre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha
05/10/2020 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día VEINTISEIS DE DICIEMBRE DE
2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de
verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día OCHO DE
FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ),
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día DIEZ DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día DIEZ DE MAYO DE
2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
VEINTICUATRO DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe
General, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo
efectuarse observaciones hasta el día OCHO DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la
declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el
Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez -
Juez . Síndico Ctdor ROIG, MARÍA JOSÉ con dirección de correo electrónico: majoroig06@gmail.com; y

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domicilio legal en calle Rufino Ortega N° 190, Ciudad, Mendoza. Días y Horarios de Atención: MARTES,
MIERCOLES Y JUEVES DE 8 A 12 horas. TEL. 02614300504/02615736862. Fdo. Dra. Érica E. López
Secretaria.

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SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA


CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 40/49 autos
Nº13-06963348-4 caratulados: “MENGUAL JOSE CARLOS P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo
que en fecha y parte pertinente dice: " Mendoza, 17 de octubre de 2022. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de JOSE CARLOS MENGUAL, DNI
M8.342.106, CUIL 20-08342106-2 con domicilio en Videla Correa 378, 4ta Sección Área Fundacional,
Ciudad, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289
LCQ)... 5º) Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega
a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º) Intimar al fallido a poner sus
bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y
segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación
contable dentro de las 24 hs., si correspondiere. 7º) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los
que serán ineficaces en caso de hacerse... 16º) Fijar el día 16 DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la
cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200
Ley 24522) Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado
al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado
oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. El deudor y los acreedores que que hubiesen solicitado
verificación, podrán presentar por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes
formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ hasta el 31 DE MAYO DE 2023, con el mismo
procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a
Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro
de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la
MEED...17º) Fijar el día 29 DE JUNIO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los
informes individuales, dictándose sentencia de verificación el 11 DE AGOSTO DE 2023. 18º) Fijar el día
11 DE SEPTIEMBRE DE 2023, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general,
el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023. A los fines del art. 117 LCQ fijar el día 9 DE
OCTUBRE DE 2023 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de
cesación de pagos propuesta por el síndico; dictándose resolución el 7 DE NOVIEMBRE DE 2023.
Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil
inmediato posterior. COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso
5 Ley 24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdor. ROIG, MARÍA JOSÉ DOMICILIO:
Mitre 2674, PA, Ciudad, Mendoza DOMICILIO ELECTRÓNICO: majoroig06@gmail.com HORARIO DE
ATENCION: Martes, Miércoles y Jueves de 08:00 a 12:00 horas.

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JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 20 de los
autos CUIJ Nº 13-05313048-2 caratulados: "BEYER RAUL APARICIO P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha
resuelto lo siguiente: MENDOZA, 29 de Junio de 2020. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:...
I. Declarar la QUIEBRA de BEYER RAUL APARICIO, D.N.I. N° 8.457.348. XVI. Ordenar se publiquen
edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.
OFICIESE. y a fs. 48 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 31 de Octubre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en el auto de
reprogramación de fecha 10/03/2022 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día
VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el

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Síndico las solicitudes de verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo
electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través
del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar
el día SEIS DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen
solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular
por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo
LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido
de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día OCHO DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día OCHO DE MAYO
DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
VEINTIDÓS DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General, el
que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día SEIS DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la declaración
de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el Boletín
Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez - Juez .
Síndico Ctdor LO GIUDICE, ROSA NORMA con dirección de correo
electrónico:normalogiudice29@gmail.com; y domicilio legal en calle Javier Morales N.º 1.512, Godoy
Cruz, Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MARTES Y MIÉRCOLES DE 8 a 12 horas. TEL.
02612525222. Fdo. Dra. Érica E. López Secretaria.

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JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 22 de los
autos CUIJ Nº 13-06734797-2 caratulados: "VELAZQUEZ NOELIA ELIZABETH P/ QUIEBRA DEUDOR”,
se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 01 de Octubre de 2021. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:...
RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de VELAZQUEZ NOELIA ELIZABETH, D.N.I. N° 25.782.603. XVI.
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por
el art. 89 L.C. OFICIESE. y a fs. 73 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 31 de Octubre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en el auto de
reprogramación de fecha 11/08/2022 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día
VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el
Síndico las solicitudes de verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo
electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través
del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar
el día SEIS DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen
solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular
por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo
LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido
de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día OCHO DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día OCHO DE MAYO
DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
VEINTIDÓS DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General, el
que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día SEIS DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la declaración
de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el Boletín
Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez - Juez .
Síndico Ctdor RIOS, RICARDO ERNESTO con dirección de correo electrónico:riosricardoe@gmail.com; y

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domicilio legal en calle La Pampa N.º 249. B° Bombal, Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES,
MARTES Y MIÉRCOLES DE 16 A 20 horas. TEL. 2604421861/2604671942. Fdo. Dra. Érica E. López
Secretaria.

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EDICTOS. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 24
de los autos CUIJ Nº 13-06856785-2 caratulados: "POZO ERICA ZULEMA P/ QUIEBRA DEUDOR”, se
ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 16 de Mayo de 2022. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:...
RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de POZO ERICA ZULEMA, D.N.I. N° 24.461.024. XVI. Ordenar
se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89
L.C. OFICIESE. y a fs. 65 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 31 de Octubre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha
16/05/2022 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE
2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de
verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día SIETE DE
FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ),
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día NUEVE DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día NUEVE DE MAYO
DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
VEINTITRÉS DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General,
el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día SIETE DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la
declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el
Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez -
Juez . Síndico Ctdor MANTOVAN, FLAVIO ALEJANDRO con dirección de correo electrónico:
fmantovan@itcsa.net; y domicilio legal en calle Olascoaga N° 824, Ciudad, Mendoza. Días y Horarios de
Atención: LUNES, MIÉRCOLES Y JUEVES DE 16 A 20 horas. TEL. 4295078/02615162697. Fdo. Dra.
Érica E. López Secretaria.

C.A.D. N°: 25728 Importe: $ 3600


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 35 de los
autos CUIJ Nº 13-05685651-4 caratulados: "CATIVA CELINA ORFILIA P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha
resuelto lo siguiente: MENDOZA, 05 de Mayo de 2021. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:...
I. Declarar la QUIEBRA de CATIVA, CELINA ORFILIA, D.N.I. N° 5.158.105. XVI. Ordenar se publiquen
edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.
OFICIESE. y a fs. 107 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 31 de Octubre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha
05/05/2021 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE
2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de
verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día SIETE DE

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 78 de 143
FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ),
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día NUEVE DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día NUEVE DE MAYO
DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
VEINTITRÉS DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General,
el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día SIETE DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la
declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el
Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez -
Juez . Síndico Ctdor MIRANDA, GUSTAVO EDUARDO con dirección de correo electrónico:
contadorgustavomiranda@gmail.com; y domicilio legal en calle Rufino Ortega N° 190, Ciudad, Mendoza.
Días y Horarios de Atención: LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES DE 16 A 20 horas. TEL.
4236333/02616507517. Fdo. Dra. Érica E. López Secretaria.

C.A.D. N°: 25729 Importe: $ 3600


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JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 25 de los
autos CUIJ Nº 13-06703578-4 caratulados: "PEREZ CLAUDIO NICOLAS P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha
resuelto lo siguiente: MENDOZA, 30 de Agosto de 2021. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:...
RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de PEREZ CLAUDIO NICOLAS, D.N.I. N° 39.380.102. XVI.
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por
el art. 89 L.C. OFICIESE. y a fs. 62 se ha dispuesto lo siguiente: “Mendoza, 31 de Octubre de 2022.. Y
VISTOS...CONSIDERANDO…RESUELVO: “I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha
30/08/2021 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido “V. Fijar el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE
2022 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de
verificación (art. 200 L.C.Q.). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el
cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación
digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día TRES DE
FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ),
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas,
a través de la MEED.VII. Fijar el día SIETE DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el Síndico
deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día CINCO DE MAYO
DE 2023 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes
formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día
DIECINUEVE DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General,
el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día CINCO DE JUNIO DE 2023”. II. Ordenar se publiquen edictos de la
declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el
Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Dra. Gloria E. Cortez -
Juez. Síndico Ctdor BONAHORA, GUSTADO ALFREDO con dirección de correo
electrónico:gbonahora@hotmail.com; y domicilio legal en calle Teniente Primero Ibañez N.º 449, Ciudad,
Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES DE 16 A 20 horas. TEL.
02615378894. Fdo. Dra. Érica E. López Secretaria.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 85 de los
autos CUIJ N° 13-06963336-0 (011902-4358936) “CORDOBA MONICA VIVIANA P/ QUIEBRA
DEUDOR”, se ha resuelto lo siguiente: Mendoza, 03 de Octubre de 2022. Y VISTOS:...
CONSIDERANDO:... RESUELVO: I. Declarar la QUIEBRA de la Sra. MONICA VIVIANA CÓRDOBA, DNI
N°18.516.085; CUIL N°27-18516085-3. V. Fijar el día 22 DE DICIEMBRE DE 2022, como fecha hasta la
cual pueden presentar los acreedores ante la Sindicatura las solicitudes de verificación (art. 200 LCQ).
Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento
de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado
oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día 6 DE FEBRERO DE 2023, como fecha
hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar a la
Sindicatura las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo
LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido
de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el órgano
concursal presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones
recibidas, a través del sistema MEED. VII. Fijar el día 8 DE MARZO DE 2023, como fecha hasta la cual
deberá presentar Sindicatura los Informes Individuales. VIII. Fijar el día 8 DE MAYO DE 2023, como fecha
en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los
acreedores (art. 200 LCQ), fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). IX. Fijar el
día 22 DE MAYO DE 2023, como fecha hasta la cual Sindicatura presentará el Informe General, el que
estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones
hasta el día 6 DE JUNIO DE 2023. Regístrese. Notifíquese en forma simple (art. 273, inc. 5, LCQ y 66,
CPCCT). Fdo. Dra. Gloria E. Cortéz- Jueza - Síndico Contador MIGUEL ALBERTO GIMENEZ, con
dirección de correo electrónico: estudio.sindicaturas@gmail.com Domicilio: Alem N° 25, Piso 5to., Oficina
6, Ciudad de Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MIERCOLES Y JUEVES de 8 a 12 horas.
TEL. 4234207 – 2615561812. Fdo. Dra. Erica E. Lopez

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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N°9.551, caratulados: "VARAS ERICA NOEMI P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 03 de Octubre de
2022, se ha declarado la quiebra a ERICA NOEMI VARAS, D.N.I. N° 23.388.317. Síndico designado en
autos, Contador JOSE ARIEL FALCONI, con domicilio legal en Arcos N°463, San Martín,
Mendoza.Tel.263-4594197. Los días y horarios de atención serán: lunes, miércoles y viernes de 10,00 hs.
a 12,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que presenten al
Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL
VEINTIDOS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía
correo electrónico arielfalconi@yahoo.com.ar, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación
escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de
abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica,
previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado
toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las
circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del
informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ.
Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ
deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los
legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES hasta el cual el Sr. Síndico
deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES para
la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de
los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.-

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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.564, caratulados: "BAUTISTA ROSALIA LEONOR P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 11 de
Octubre de 2022, se ha declarado la quiebra a ROSALIA LEONOR BAUTISTA, con D.N.I. N°
24.557.700. Síndico designado en autos, Contador JUAN JOSE TORRI, con domicilio legal en Pje.4 Local
35 C.C.E. Y CASAS, San Martín, Mendoza. Tel.263424450. Los días y horarios de atención serán: lunes,
miércoles y viernes de 10,00 hs. a 12,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los
acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día
DIECISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS. Se deja expresamente aclarado que tal
presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico jjtorri@hotmail.com debiendo adjuntar
al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán
instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la
LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los
acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin
de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la
resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las
observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo
acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS
MIL VEINTITRES hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día
CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES para la presentación del informe general. Ordenar a la
fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la
fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25708 Importe: $ 5280


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL, SAN RAFAEL, MENDOZA, SECRETARIA A CARGO DEL DR. ALBERTO PEREZ, hace saber
que en los autos Nº 47.444 caratulados “CHAINE CESAR DARIO P/ CONCURSO PREVENTIVO. HOY
SU QUIEBRA”, se ha dictado la siguiente resolución: San Rafael, 28 de Octubre de 2022.- AUTOS Y
VISTOS:… CONSIDERANDO:… RESUELVO: I) DECRETAR el estado de quiebra del SR. CESAR DARIO
CHAINE Documento Nacional de Identidad Nº 25.766.051, C.U.I.L. Nº 20-25766051-7 con domicilio real
en Calle Alberdi N° 1.485 de la Ciudad de San Rafael, Provincia de Mendoza.- IV) Ordenar la inmediata
incautación de los bienes y papeles del fallido, debiendo intimarse a la misma para que los entregue a
Sindicatura, como así a los terceros eventuales poseedores con intervención del Oficial de Justicia que la
Oficina Centralizada designe, quien deberá realizar un inventario de dichos bienes, el que se deberá
confeccionar en dos ejemplares. EMPLÁZASE a Sindicatura para que en el término de DOS DIAS y bajo
apercibimiento de ley dé cumplimiento con la incautación ordenada. FACÚLTASE el uso de la fuerza
pública y allanamiento de domicilio en caso necesario. HABÍLITASE lugar.- VI) PROHÍBESE al fallido
realizar todo tipo de pagos, bajo apercibimiento de ser considerados ineficaces.- X) Fijar el día dos de
diciembre del año dos mil veintidós como fecha hasta la cual los acreedores de causa o títulos anterior a
la presente quiebra deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes a Sindicatura,
pudiendo el deudor y los acreedores que hubieren solicitado verificación concurrir al domicilio de
Sindicatura hasta el día veinte de diciembre del año dos mil veintidós a los efectos de revisar los legajos y
formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto a las solicitudes formuladas. Intimase a
Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia
de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo que determina el art. 279 de la ley
24.522.-Fdo. Dra. Mariela Selvaggio – Juez Síndico designado en autos: Cdor. Jose Luis Nieto con
domicilio legal en calle San Lorenzo N° 555 - de ciudad.-, y con domicilio electrónico:
jose_nieto81@hotmail.com, fijando como días de atención al público: Martes, Miércoles y Jueves de

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16:00 a 20:00 hs. y el día de vencimiento de la verificación de créditos hasta las 24:00 hs. – Acuerdo N°
156 de la Excma. Primer Cámara de Apelaciones de ésta ciudad.

C.A.D. N°: 25713 Importe: $ 3000


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JUEZ PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL, SAN RAFAEL, MENDOZA, SECRETARIA A CARGO DEL DR. ALBERTO PEREZ, hace saber
que en los autos Nº 47.460 caratulados “FRIAS ORNELLA XIOMARA P/ CONCURSO PREVENTIVO.
HOY SU QUIEBRA”, se ha dictado la siguiente resolución: San Rafael, 28 de Octubre de 2022.- AUTOS
Y VISTOS:… CONSIDERANDO:… RESUELVO: I) DECRETAR el estado de quiebra de la SRA. ORNELLA
XIOMARA FRIAS Documento Nacional de Identidad Nº 36.218.551, C.U.I.L. Nº 27-36218551-9 con
domicilio real en Calle Emilio Mitre N° 1.186 de la Ciudad de San Rafael, Provincia de Mendoza.-IV)
Ordenar la inmediata incautación de los bienes y papeles del fallido, debiendo intimarse a la misma para
que los entregue a Sindicatura, como así a los terceros eventuales poseedores con intervención del
Oficial de Justicia que la Oficina Centralizada designe, quien deberá realizar un inventario de dichos
bienes, el que se deberá confeccionar en dos ejemplares. EMPLÁZASE a Sindicatura para que en el
término de DOS DIAS y bajo apercibimiento de ley dé cumplimiento con la incautación ordenada.
FACÚLTASE el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso necesario. HABÍLITASE
lugar.- VI) PROHÍBESE al fallido realizar todo tipo de pagos, bajo apercibimiento de ser considerados
ineficaces.- X) Fijar el día dos de diciembre del año dos mil veintidós como fecha hasta la cual los
acreedores de causa o títulos anterior a la presente quiebra deberán presentar las peticiones de
verificación y los títulos pertinentes a Sindicatura, pudiendo el deudor y los acreedores que hubieren
solicitado verificación concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día veinte de diciembre del año dos mil
veintidós a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones
respecto a las solicitudes formuladas. Intimase a Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho
horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas
al legajo que determina el art. 279 de la ley 24.522.-Fdo. Dra. Mariela Selvaggio – Juez Síndico desig-
nado en autos: Cdor. Edgardo Baron con domicilio legal en calle Las Heras N° 140 - de ciudad.-, y con
domicilio electrónico: edgardobaron@hotmail.com , fijando como días de atención al público: Lunes,
Martes, y Jueves de 16:00 a 20:00 hs. y el día de vencimiento de la verificación de créditos hasta las
24:00 hs. – Acuerdo N° 156 de la Excma. Primer Cámara de Apelaciones de ésta ciudad.-

C.A.D. N°: 25718 Importe: $ 3000


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Segundo Juzgado de Procesos Concursales. Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Autos CUIJ:
13-06829886-9 (011902-4358687) caratulados “RAMON GRACIELA DEL PILAR P/ CONCURSO
PEQUEÑO”, Fecha de presentación: 25/02/2022. Fecha de apertura de concurso: 05/04/2022. Fecha de
reprogramación: 18/10/2022. Sra. RAMON, GRACIELA DEL PILAR, DNI 20.828.051, C.U.I.L. N° 27-
20828051-7. Fechas fijadas: 20/12/2022 hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de
verificación y títulos pertinentes ante el Síndico (art.14: 3° LCQ); se habilita, al efecto, dos horas más del
día hábil siguiente pactado al de atención de 8:00 a 10:00 (Resolución 02/07/2019- Excma. Primera
Cámaras de Apelaciones). Hasta 02/02/2023 para revisión legajos, impugnaciones y observaciones a las
solicitudes presentadas en el domicilio de Síndicatura (Art. 34 L.C.Q) Sindico: Ctdor. HAMAME OMAR,
hamamesrl@yahoo.com.ar. Domicilio calle Julian Barraquero N.º 147, Ciudad, Mendoza, días de
atención: LUNES, MARTES Y MIERCOLES, de 8 a 12 horas; Tel. 4456159. Cel: 02615551682. Fdo: Dra.
Gloria E. Cortez. Juez.

Boleto N°: ATM_7090477 Importe: $ 1080


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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en

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autos N° 9.470, caratulados: "CARPINTERO MARIO DAVID P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 15 de
Septiembre de 2022, se ha declarado la quiebra a MARIO DAVID CARPINTERO, con D.N.I.
N°27.785.548.Síndico designado en autos, Contador ARIEL ALEJANDRO AMPRINO, con domicilio legal
en 9 DE JULIO 565, San Martín, Mendoza, quien atenderá los días lunes y miércoles de 17.00 a 20.00
hs. en el domicilio indicado precedentemente, Teléfono celular 2634593655; Teléfono fijo 4431566.
Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta
el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal
presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico ariel.amprino@gmail.com, debiendo
ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán
instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la
LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los
acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin
de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la
resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las
observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo
acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS
MIL VEINTITRÉS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día
CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS para la presentación del informe general. Ordenar a la
fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la
fallida bajo apercibimiento de ley

C.A.D. N°: 25685 Importe: $ 2640


01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA


CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 31/41 autos
Nº13-06944038-4 caratulados: “PEREZ PAMELA VIVIANA P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que
en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 27 de septiembre de 2022. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de PAMELA VIVIANA PEREZ, DNI N°
27.931.095, CUIL N° 27-27931095-6 con domicilio en San Lorenzo 850, Barrio Urquiza, Tunuyán,
Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289 LCQ). 4°)
Disponer la inhibición general de bienes de la fallida debiendo anotarse en los registros respectivos.
Ofíciese a impulso del Tribunal. 5º) Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y
documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación
edictal. 6º) Intimar a la fallida a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los
funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los
libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere.. 15º) Fijar el día 9
DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación
de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522) Las mismas podrán ser remitidas por correo
electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través
del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. El
deudor y los acreedores que que hubiesen solicitado verificación, podrán presentar por escrito las
impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el
art. 35 LCQ hasta el 23 DE MAYO DE 2023, con el mismo procedimiento establecido para la
presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales
presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de
vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. 16º) Fijar el día 22 DE
JUNIO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales,
dictándose sentencia de verificación el 4 DE AGOSTO DE 2023. 17º) Fijar el día 4 DE SEPTIEMBRE DE
2023, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición
de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el 18 DE
SEPTIEMBRE DE 2023. A los fines del art. 117 LCQ fijar el día 2 DE OCTUBRE DE 2023 como fecha
hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta

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por el síndico; dictándose resolución el 31 DE OCTUBRE DE 2023. Aclárase que los plazos establecidos
en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior. COPIESE.
REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5 Ley 24522.Firmado. Dra.
Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdora. SILVIA MONTE DOMICILIO: MARTINEZ DE ROSAS 21,
CIUDAD DE MENDOZA DOMICILIO ELECTRÓNICO: wapadilla@hotmail.com ,
camp.mariana15@gmail.com HORARIO DE ATENCION: Lunes, Miércoles y Jueves de 16:00 a 20:00
horas.

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El Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Empedrado, a cargo del
Dr. Sergio Fabián Olejnik, sito en calle San Martín Nº 568, Empedrado, Corrientes, en los autos
caratulados: "OCIO MARCELO CLAUDIO S/ QUIEBRA" EXPTE. Nº 213387/21, mediante Sentencia N°2,
de fecha 27 de septiembre de 2022. Se dispuso: 1°) DECRETAR la quiebra del Sr. MARCELO CLAUDIO
OCIO, DNI N°17.535.349, CUIT: 20-17.535.349-7, con domicilio real denunciado en calle Santiago del
Estero N°335 de la localidad de Empedrado, provincia de Corrientes, habiendo denunciado domicilio
procesal en San Juan N°1256 de esta localidad y electrónico en el CUIF N°825. 2°) (…). 3°) Calificar al
presente proceso como pequeña quiebra, en los términos y a los efectos que prescribe la Ley 24.522 art.
288. 4°) Publicar edictos en el Boletín Oficial de la provincia por cinco días, el que se confeccionará y
diligenciará vía correo electrónico, por Secretaría. En idéntico sentido, publíquese edictos en el Boletín
Oficial correspondiente a la provincia de Mendoza, facultándose a intervenir en la diligencia al síndico
actuante. 5°) Prohibir que se realicen pagos a la fallida, los que serán ineficaces a partir de la presente,
debiendo efectivizarse los mismos por ante la sindicatura o ser depositados en autos. 6°) FIJAR el día 15
de diciembre de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de
verificación y los títulos pertinentes al síndico (art. 32 de la LCQ); pudiendo los acreedores optar por
verificar su crédito por el modo presencial o por Protocolo de verificación de créditos virtual (Acdo. 8/2020
Anexo del Superior Tribunal de Justicia). Los deudores y los acreedores que hubieran solicitado
verificación deberán concurrir al domicilio de la sindicatura hasta el 7 de febrero de 2022 (art. 34 de la
LCQ) a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto
de las solicitudes formuladas bajo el régimen previsto por el art. 32 de la ley 24.522. Intímese a la
sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del art. 34 de la LCQ,
copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 de la LCQ. 7°) FIJAR el
día 9 de marzo de 2023 de como fecha hasta la cual deberá presentar la Sindicatura el informe individual
(art. 35), debiendo en dicha oportunidad indicar el modo de verificación por el cual optó el acreedor.
FIJAR el día 25 abril de 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general que
prescribe la ley 24.522 (art. 39). 8°) (…). 9°) (…). 10°) (…). 11°) (…). 12°) (…). 13°) (…). 14°) (…). 15°)
Decretar la inhabilitación del Sr. MARCELO CLAUDIO OCIO, DNI N°17.535.349, CUIT: 20-17.535.349-7,
la que cesará al año del decreto de quiebra, esto es, el día 27/09/2023 (art. 236 de la LCQ). 16°) (…).
17°) Intimar a los terceros que tuviesen bienes o documentos de la fallida a que los entreguen en el
término de cinco días al síndico, previniéndose a dichos terceros la prohibición de hacer pagos a la
misma, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. 18°) (…). 19°) (…). 20°) Disponer la realización de
los bienes de la fallida que se hallaren, difiriéndose la designación del enajenador y la decisión sobre la
modalidad de venta hasta tanto se detecte la existencia de los mismos y sus características, en cuyo caso
deberá el funcionario concursal acompañar las piezas necesarias para la formación del incidente de
venta, donde se proveerá lo pertinente. Hágase saber al síndico que deberá procurar la enajenación de la
totalidad del activo de la fallida dentro de los cuatro meses desde el dictado de la presente (art. 217 de la
LCQ), bajo apercibimiento de remoción. 21°) (…). 22°) (…). 23°) (…).- También se hace saber que ha sido
designado Síndico el Contador Público Ariel Nicolás Aguirre Serantes, con domicilio en Mariano Moreno
1754 de la Ciudad de Corrientes Capital, horario de atención de 8 a 12 hs y de 15 a 20 hs.
Empedrado (Ctes.), 18 de octubre de 2022.- Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Empedrado -
Corrientes.-

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Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
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Página 84 de 143
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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.563, caratulados: "ANTES MARIA DEIDAMIA P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 12 de Octubre
de 2022, se ha declarado la quiebra a MARIA DEIDAMIA ANTES, con D.N.I. N° 10.664.116. Síndico
designado en autos, Contador CARLOS GUSTAVO DASCENZI, con domicilio legal en French N° 57,
San Martín, Mendoza.Tel.0263-154671071. Los días y horarios de atención serán: lunes y miércoles de
18,00 hs. a 20,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que
presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE
DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a
Sindicatura vía correo electrónico: carlosgdascenzi@yahoo.com.ar debiendo ajuntar al pedido, toda la
documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas
necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de
transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán
conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la
medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la
presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de
consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el
Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRÉS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entre-
ga al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25659 Importe: $ 2640


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.370, caratulados: "IVARS MARCELO JAVIER P/ QUIEBRA SOLICITADA POR ACREEDOR",
el 13 de octubre de 2022, se ha declarado la quiebra a MARCELO JAVIER IVARS, con D.N.I.
N°14.378.174. Síndico designado en autos, Contador LILIANA ESTER MORALES, con domicilio legal en
Pje.4 Local 35, C.C.E. Y CASAS, San Martín, Mendoza. Tel. 2616634408. Los días y horarios de atención
serán: lunes, miércoles y jueves de 16:00 a 19:00 hs. en el domicilio indicado precedentemente.
Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta
el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal
presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico lilianaesmo@yahoo.com.ar debiendo
ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán
instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la
LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los
acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin
de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la
resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las
observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo
acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS
MIL VEINTITRÉS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día
CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS para la presentación del informe general. Ordenar a la
fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la
fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25669 Importe: $ 2640


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Página 85 de 143
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.498, caratulados: "CATALDO DEOLINDA ANTONIA P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 30 de
Agosto de 2022, se ha declarado la quiebra a DEOLINDA ANTONIA CATALDO, con D.N.I.
N°26.193.143. Síndico designado en autos, Contador CARLOS HUGO ROMERA, con domicilio legal en
Avenida Mitre 279, San Martín, Mendoza.Tel.4429195. Los días y horarios de atención serán: miércoles y
jueves de 10,00 hs. a 12,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores
para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISÉIS DE
DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá
hacerse a Sindicatura vía correo electrónico carlos@estudioromera.com.ar debiendo ajuntar al pedido,
toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las
medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de
transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán
conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la
medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la
presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de
consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el
Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRES para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan
entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de
ley.-

C.A.D. N°: 25670 Importe: $ 2520


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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.523, caratulados: "MOYANO FABIAN ALEJANDRO P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 30 de
Septiembre de 2022 se ha declarado la quiebra a FABIAN ALEJANDRO MOYANO, con D.N.I. N°
37.415.086. Síndico designado en autos, Contador ALBERTO LADISLAO ABACA, con domicilio legal en
5° Barrio C.E.C., Manzana G casa 25, San Martín, Mendoza; Cel 0261-155887871. Los días y horarios
de atención serán: lunes, martes y jueves de 16,00 hs. a 20,00 hs. en el domicilio indicado
precedentemente. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de
verificación de créditos hasta el día DIECISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja
expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico
albertolabaca@hotmail.com debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su
derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el
arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con
Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la
documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias
sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a
petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en
conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse
también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos.
Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los
informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS para la presentación del
informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de
aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25671 Importe: $ 2640


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Página 86 de 143
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.557, caratulados: "ARIAS ANIBAL EDUARDO P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 11 de Octubre
de 2022, se ha declarado la quiebra a ANIBAL EDUARDO ARIAS, con D.N.I. N°28.917.403. Síndico
designado en autos, Contador ALEJANDRO ROBERTO GARBUIO, con domicilio legal en Pje.3 Local 55
C.C.E. y CASAS, San Martín, Mendoza.Tel.0261-6599953/4259938. Los días y horarios de atención
serán: lunes, miércoles y viernes de 16,00 hs. a 20,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente.
Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta
el día DIECISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS. Se deja expresamente aclarado que tal
presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico alejandrog@garbuiolopez.com.ar,
debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes
deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32
de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los
acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin
de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la
resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las
observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo
acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS
MIL VEINTITRES hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día
CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES para la presentación del informe general. Ordenar a la
fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la
fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25673 Importe: $ 2640


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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.555, caratulados: "FERNANDEZ CRISTIAN EVER P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 03 de
Octubre de 2022, se ha declarado la quiebra a CRISTIAN EVER FERNANDEZ, con D.N.I. N°40.103.933.
Síndico designado en autos, Contador GUSTAVO MAURICIO SOTTILE, con domicilio legal en Viamonte
N° 68, 1° piso Of.4, San Martín, Mendoza, Tel.4433633/Cel 2634682889, quien atenderá los días martes
y jueves de 08.30 a 12.30 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para
que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISÉIS DE
DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá
hacerse a Sindicatura vía correo electrónico gusmauso@gmail.com, debiendo ajuntar al pedido, toda la
documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas
necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de
transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán
conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la
medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la
presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de
consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el
Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRÉS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan
entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de
ley.

C.A.D. N°: 25687 Importe: $ 2640


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BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 87 de 143
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N° 9.303, caratulados: "RETA DRIAN DARIO P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 09 de Septiembre de
2022, se ha declarado la quiebra a ADRIAN DARIO RETA, con D.N.I. N° 29.588.730. Síndico designado
en autos, Contador NATALIA LOURDES STOLAVAI, con domicilio legal en Gutiérrez N°84, Primer Piso,
San Martín, Mendoza. Tel.261-6173246. Los días y horarios de atención serán: lunes a viernes de 08,00
hs. a 12,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que presenten
al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS
MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía
correo electrónico natalia_stolavai@hotmail.com debiendo adjuntar al pedido, toda la documentación
escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de
abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica,
previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado
toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las
circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del
informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ.
Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ
deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los
legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el Sr. Síndico
deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS para
la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de
los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25688 Importe: $ 2640


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN


JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en
autos N°9.552 caratulados: "CHIMENDO JORGE OSCAR P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 11 de Octubre
de 2022, se ha declarado la quiebra a JORGE OSCAR CHIMENDO, D.N.I. N° 14.179.968. Síndico
designado en autos, Contador LUIS ENRIQUE CAPRA, con domicilio legal en Balcarce N°311, San
Martín, Mendoza.Tel.263-4423232. Los días y horarios de atención serán: lunes, miércoles y viernes de
16,00 hs. a 20,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que
presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECISÉIS DE DICIEMBRE
DE DOS MIL VEINTIDÓS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a
Sindicatura vía correo electrónico capra.luis@hotmail.com, debiendo ajuntar al pedido, toda la
documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas
necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de
transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán
conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la
medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la
presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de
consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS hasta el cual el
Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRÉS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entre-
ga al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

C.A.D. N°: 25689 Importe: $ 2520


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés,

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 88 de 143
Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad,
Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 69 de los autos
Nº1021688 caratulados "AMAYA CINTIA ANDREA P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que en
fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 12/09/2022. VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.-
DECLARAR la quiebra de CINTIA ANDREA AMAYA DNI N°30.270.931, CUIL: 27-30270931-4…V. Fijar el
día 14 DE NOVIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud
de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); Las mismas podrán ser remitidas por
correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a
través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia.
pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de
sindicatura hasta el día 30 DE NOVIEMBRE DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen
previsto por el art. 35 LCQ (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) con el mismo procedimiento establecido
para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos
digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho
horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VI. Fijar el día 6
DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de
créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de créditos el día 22 DE
FEBRERO DE 2023, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). VII. Fijar el día 10
DE ABRIL DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará
a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta
el día 24 DE ABRIL DE 2023. IX.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación
de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- X.- Ordenar a
la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás
documentación relacionada con su contabilidad. XI.- Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la
fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XVI.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS
en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal.
REGISTRESE. Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez". Sindicatura: GIMENEZ MIGUEL ALBERTO,
días y horarios de atención son LUNES, MIÉRCOLES Y JUEVES de 08 a 12 hs, se habilita, al efecto dos
horas más del día hábil siguiente de 08 a 10 horas (Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma.
Primera Cámara de Apelaciones) a los fines de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito
en ALEM N° 25, 5 PISO, OFICINA 6, CIUDAD, MENDOZA, telef. 2614234207 / 2615561812, mail:
estudio.sindicaturas@gmail.com. Dra. Candelaria Pulenta- Secretaria.

C.A.D. N°: 25691 Importe: $ 4080


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés,
Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad,
Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 26 de los autos
Nº1021812 caratulados "ARAYA SANTIAGO CEFERINO P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que
en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 14/09/2022. VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO:
I.- DECLARAR la quiebra de SANTIAGO CEFERINO ARAYA DNI N°28.487.867, CUIL:
20-28487867-2…V. Fijar el día 17 DE NOVIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores
pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); Las
mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de
su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente
por la Suprema Corte de Justicia. pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado
verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día 2 DE DICIEMBRE DE 2022 a los efectos de
revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes
formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) con el mismo
procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a
Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro
de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 89 de 143
MEED. VI. Fijar el día 8 DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el
informe individual de créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de
créditos el día 24 DE FEBRERO DE 2023, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274
LCQ). VII. Fijar el día 12 DE ABRIL DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el
informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo
efectuarse observaciones hasta el día 26 DE ABRIL DE 2023. IX.- Intimar al fallido y a los terceros que
posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última
publicación edictal.- X.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al
Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XI.- Disponer la
PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XVI.-
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por
el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal. COPIESE. REGISTRESE. Fdo. Dr. Pablo González
Masanés, Juez". Sindicatura: ZERGA OMAR GUILLERMO, días y horarios de atención son LUNES,
MARTES Y MIÉRCOLES de 08 a 12 hs, se habilita, al efecto dos horas más del día hábil siguiente de 08
a 10 horas (Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma. Primera Cámara de Apelaciones) a los fines
de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito en 25 DE MAYO 297, GODOY CRUZ,
MENDOZA, telef. 2614219630 / 2615947207, mail: wzerga@hotmail.com. Dra. Candelaria Pulenta-
Secretaria.

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31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés,
Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad,
Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 23 de los autos
Nº1021813 caratulados "VALACO MONICA PATRICIA P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que en
fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 22/09/2022. VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.-
DECLARAR la quiebra de MONICA PATRICIA VALACO DNI N°14.169.615, CUIL: 27-14169615-2…V.
Fijar el día 23 DE NOVIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la
solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); Las mismas podrán ser
remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de
cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema
Corte de Justicia. pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al
domicilio de sindicatura hasta el día 7 DE DICIEMBRE DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y
formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el
régimen previsto por el art. 35 LCQ (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) con el mismo procedimiento
establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los
archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y
ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VI. Fijar el
día 7 DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual
de créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de créditos el día 27 DE
FEBRERO DE 2023, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). VII. Fijar el día 13
DE ABRIL DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará
a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta
el día 27 DE ABRIL DE 2023. IX.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación
de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- X.- Ordenar a
la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás
documentación relacionada con su contabilidad. XI.- Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la
fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XVI.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS
en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal.
REGISTRESE. Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez". Sindicatura: RODRIGUEZ JULIO OSCAR, días
y horarios de atención son LUNES, MIÉRCOLES Y JUEVES de 08 a 12 hs, se habilita, al efecto dos
horas más del día hábil siguiente de 08 a 10 horas (Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma.
Primera Cámara de Apelaciones) a los fines de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 90 de 143
en ALEM N° 25, 5 PISO, OFICINA 6, CIUDAD, MENDOZA, telef. 2614234207 2615561812, mail:
estudio.sindicaturas@gmail.com. Dra. Candelaria Pulenta- Secretaria.

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JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés,
Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad,
Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 33 de los autos
Nº1021651 caratulados "PLAZA SILVIA MERCEDES P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que en
fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 26/10/2022. VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.-
DECLARAR la quiebra de SILVIA MERCEDES PLAZA DNI N°11.902.776, CUIL: 23-11902776-4…V. Fijar
el día 28 DE NOVIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la
solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); Las mismas podrán ser
remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de
cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema
Corte de Justicia. pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al
domicilio de sindicatura hasta el día 14 DE DICIEMBRE DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y
formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el
régimen previsto por el art. 35 LCQ (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) con el mismo procedimiento
establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los
archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y
ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VI. Fijar el
día 10 DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe
individual de créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de créditos el
día 28 DE FEBRERO DE 2023, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). VII. Fijar
el día 14 DE ABRIL DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el
que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse
observaciones hasta el día 28 DE ABRIL DE 2023. IX.- Intimar al fallido y a los terceros que posean
bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última
publicación edictal.- X.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al
Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XI.- Disponer la
PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XVI.-
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por
el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal. REGISTRESE. Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez".
Sindicatura: SCHILLARDI DANIEL ESTEBAN, días y horarios de atención son LUNES, MARTES Y
MIÉRCOLES DE 16 a 20 hs, se habilita, al efecto dos horas más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas
(Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma. Primera Cámara de Apelaciones) a los fines de
verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito en PTE. SANTIAGO DERQUI N° 79, GODOY
CRUZ, MENDOZA, telef. 2613981439 / 2614672503, mail: estudiobusajm@gmail.com. Dra. Candelaria
Pulenta- Secretaria.

C.A.D. N°: 25697 Importe: $ 4080


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SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA


CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 38/47 autos
Nº 13-06952559-2 caratulados: “OCHOA JUANA DORA P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que
en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 04 de Octubre de 2022. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de JUANA DORA OCHOA, DNI F4.926.233,
CUIL 27-04926233-2 con domicilio en Chacabuco 1397, Rodeo de la Cruz, Guaymallén, Mendoza, la que
tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289 LCQ). 5º) Intimar a la fallida y
a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los
dos días de la última publicación edictal. 6º) Intimar a la fallida a poner sus bienes a disposición del

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Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
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Página 91 de 143
juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los
mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24
hs., si correspondiere. 7º) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces en
caso de hacerse... 16º) Fijar el día 12 DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual los acreedores
pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522). Las
mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de
su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente
por la Suprema Corte de Justicia. la deudora y los acreedores que que hubiesen solicitado verificación,
podrán presentar por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas,
bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ hasta el 29 DE MAYO DE 2023, con el mismo procedimiento
establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los
archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y
ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. 17º) Fijar el
día 27 DE JUNIO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales,
dictándose sentencia de verificación el 9 DE AGOSTO DE 2023. 18º) Fijar el día 7 DE SETIEMBRE DE
2023, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición
de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el 21 DE
SEPTIEMBRE DE 2023. A los fines del art. 117, LCQ fijar el día 5 DE OCTUBRE DE 2023 como fecha
hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta
por el síndico; dictándose resolución el 3 DE NOVIEMBRE DE 2023. Aclárase que los plazos
establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior.
COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5 Ley
24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdor. GUEVARA, LUIS MARCELO
DOMICILIO: Alem N° 25, 5 Piso, Of. 6, Ciudad de Mendoza DOMICILIO ELECTRÓNICO:
estudio.sindicaturas@gmail.com HORARIO DE ATENCION: Lunes, Miércoles y Jueves de 08:00 a 12:00
horas.

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CONCURSALES PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y


acreedores que a fojas 24/33 autos Nº 13-06966165-8 caratulados: “VARGAS MONICA ALEJANDRA P/
QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 17 de Octubre de
2022. AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de MONICA
ALEJANDRA VARGAS, DNI 22.316.180, CUIL 23-22316180-4 con domicilio en Olascoaga 2660, El
Plumerillo, Las Heras, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts.
288 y 289 LCQ). 4°) Disponer la inhibición general de bienes de la fallida debiendo anotarse en los
registros respectivos. Ofíciese a impulso del Tribunal. 5º) Intimar a la fallida y a los terceros que posean
bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última
publicación edictal. 6º) Intimar a la fallida a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para
que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al
síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere... 15º)
Fijar el día 17 DE MAYO DE 2023 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud
de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522). Las mismas podrán ser remitidas por
correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a
través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia.
la deudora y los acreedores que que hubiesen solicitado verificación, podrán presentar por escrito las
impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el
art. 35 LCQ hasta el 1 DE JUNIO DE 2023, con el mismo procedimiento establecido para la presentación
de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por
los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo,
copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. 16º) Fijar el día 30 DE JUNIO DE 2023 como
fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales, dictándose sentencia de
verificación el 14 DE AGOSTO DE 2023. 17º) Fijar el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2023, como fecha

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Página 92 de 143
hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados
a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el 26 DE SEPTIEMBRE DE
2023. A los fines del art. 117, LCQ fijar el día 10 DE OCTUBRE DE 2023 como fecha hasta que los
interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico;
dictándose resolución el 8 DE NOVIEMBRE DE 2023. Aclárase que los plazos establecidos en el caso de
ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior. COPIESE. REGISTRESE y
NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5 Ley 24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA –
Juez SINDICO: Cdor. TENNERINI RUBEN EMILIO DOMICILIO: Evaristo Carriego 821, 1° Piso, Dorrego,
Guaymallén Correo electrónico: rtennerini@hotmail.com HORARIO DE ATENCION: Martes, Miércoles y
Jueves de 16:00 a 20:00 horas.

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31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

TITULOS SUPLETORIOS
(*)
DR. LUCAS RIO ALLAIME, JUEZ TERCER JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS DE GENERAL
ALVEAR, sito en Paso de los Andes Nº 555, autos nº 41.993, caratulados “HERNANDEZ OSVALDO
VICENTE C/ RIARTE MARIA SILVINA, RIARTE MARIA MALVINA Y RIARTE DIEGO GUSTAVO P/
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, notifíquese la iniciación de la presente demanda y cítese a los posibles
terceros interesados sobre el bien que se pretende usucapir sito en calle Paso de los Andes n° 765 del
Departamento de General Alvear, Provincia de Mendoza, empadronado en la “Dirección General de
Rentas” bajo el nro. 68/00374-8, con Nomenclatura Catastral nro. 18-01-01-0038-000021-0000-4 e
inscripto bajo el siguiente dominio: Asiento A – 1, matricula nro. 16313/18, fecha de escrituración:
12/08/1959, fecha de inscripción: 04/04/1974, titular de dominio: Leonarda RIARTE BARROSO, superficie
total según título y mensura de 500 m2, Límites y linderos – según plano -: AL NORTE, en veinte metros
(20,00 m) con María HEREDIA; AL SUR, en igual medida con frente a calle Paso de los Andes; AL
OESTE, veinticinco metros (25,00 m.) con Leonarda RIARTE BARROSO y AL ESTE, en igual medida
con igual persona, por el término de VEINTE DIAS a partir de la última publicación, a fin de que se
expidan sobre la existencia de interés comprometido. fdo. Dr. Lucas A. RIO ALLAIME – Juez -.

Boleto N°: ATM_7084767 Importe: $ 1560


04-08-10-15-17/11/2022 (5 Pub.)

(*)
TERCER JUZGADO, CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, GENERAL ALVEAR, MENDOZA, AUTOS N°
40.739 CARATULADOS “TRAPAL INGENIERIA SA C/ CANO PÉREZ ÁNGEL, CANO PÉREZ
GUILLERMO Y OTROS P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” HACE SABER LA INICIACIÓN DEL
PRESENTE PROCESO A LOS POSIBLES TERCEROS INTERESADOS SOBRE EL BIEN QUE SE
PRETENDE USUCAPIR, UBICADO CON FRENTE A RUTA PROVINCIAL N° 171 S/N, DISTRITO DE
REAL DEL PADRE, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA, CON UNA
SUPERFICIE SEGÚN MENSURA DE 4 HA. 9.994,12 M2 Y SEGÚN TÍTULO DE 5 HA. 0.044,68 M2,
PLANO DE MENSURA N° 17/59228, DOMINIO INSCRIPTO EN FOLIO REAL, ASIENTO: 45820, FS.
145, TOMO 121 “E” DE SAN RAFAEL, EN FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 1.956, PADRÓN DE
RENTAS N° 17/05497-4, NOMENCLATURA CATASTRAL N° 17-99-00-3800-240500-0000-6;
DERECHO DE RIEGO DE CARÁCTER EVENTUAL PARA 5 HA. POR EL RIO ATUEL, CANAL MATRIZ
REAL DEL PADRE, RAMA N° 3, CC-PP 3077-0043, NO TIENE POZO, PARA QUE COMPAREZCAN A
EJERCERLOS DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE (20) DÍAS Y BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY (ART.
209 INC II -A) DEL C.P.C.C. Y T).

Boleto N°: ATM_7087497 Importe: $ 1320


04-08-10-14-16/11/2022 (5 Pub.)

(*)
BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
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Página 93 de 143
JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA CUARTO, DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DE MENDOZA.- EXPTE. Nº 411.844, “CUELLO MABEL SUSANA c/ LAMPASON FILOMENA
– LAMAPSONA ANTONIETA YOLANDA Y LAMPASONA ELSA GLADYS p/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA”, NOTIFICA a los posibles interesados que la Sra. Mabel Susana Cuello ha iniciado
proceso por prescripción adquisitiva respecto del inmueble ubicado en calle San Martín Nº 492, del
Departamento de Maipú, inscripto a fojas 447 del Tomo 69 “B” del Departamento de Maipú. El Tribunal
en su parte pertinente resolvió: “Mendoza, 28 de Julio de 2022 … Publíquense edictos CINCO DÍAS en
forma alternada, durante DIEZ DÍAS CORRIDOS en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES, citándose a
todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble, para que comparezcan a ejercerlos dentro
del plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. (Art. 209 AP. II, a) cc. Art. 72 inc. III
del C.P.C.C. y T...Fdo. Moreno Mónica – Sec”.

Boleto N°: ATM_7095339 Importe: $ 1200


04-08-10-14-16/11/2022 (5 Pub.)

(*)
TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA SEGUNDO. JUEZ: DR. CARLOS DALLA MORA. Autos N°272604,
caratulados: “GAGLIANO MIGUEL ANGEL-GUARDIA NORA MONICA C/QUINTEROS ROBERTO POR
PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, NOTIFICA a los posibles interesados la existencia del presente juicio
conforme la siguiente resolución “Mendoza, 23 de Junio de 2022 ….. Hágase saber a los posibles
interesados la existencia del presente juicio que pretende usucapir el inmueble ubicado en calle Carlos
María de Alvear Nº2604, Barrio Don Octavio, Distrito Toribio Luzuriaga, Maipú, Mendoza, por EDICTOS a
publicarse en el Boletín Oficial y Diario Los Andes por CINCO (5) VECES en forma alterada (art. 209 ap II
inc.a) CPCCyT. Oportunamente, dése intervención al Defensor Oficial en turno. ….DR. CARLOS DALLA
MORA –JUEZ” Inscripción: matrícula N°255186/7. Titular Registral: Quinteros Roberto M.I. 6.859.761

Boleto N°: ATM_7095345 Importe: $ 840


04-08-10-14-16/11/2022 (5 Pub.)

Juez del Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de TUNUYAN, (Cuarta Circunscripción Judicial),
Mendoza en autos Nº 32.103, caratulados “YOMA, GUILLERMO LEONEL C/ SUCESORES DE
SEVERINO PEÑA Y ROJAS MARÍA C.; PEÑA JOSÉ R.; PEÑA, FELIPE R.A.; PEÑA, JUAN C. Y PEÑA,
ORIETA E. P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” notifica a los eventuales sucesores de JORGE ANTONIO
PEÑA el traslado de la Demanda, sus modificaciones y la resolución que ordena la presente publicación
edictal, ordenados a fs. 23, 26 y 80. Se transcribe dichas providencias que en su parte pertinente dicen:
“Tunuyán, Mendoza; 09 de diciembre de 2020. Proveyendo cód. ident. XUENF91358-XIBKU82149:
Téngase al Sr. Guillermo Leonel Yoma, por presentado, parte y domiciliado, en el carácter invocado, con
el patrocinio del Dr. Bruno Alfonso Cipolla y la Dra. María Cecilia Cipolla. Téngase presente los datos
denunciados y domicilios constituidos, a sus efectos. Téngase presente los datos denunciados y
domicilios constituidos, a sus efectos. Téngase presente la documentación acompañada y lo demás
expuesto, para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. (…) cb Fdo.: Dra. Paola Loschiavo.
Juez.” “Tunuyán, Mendoza; 25 de febrero de 2021. Proveyendo cód. ident.
XUENF91358-XIBKU82149-TSEQX231531: Téngase por modificada la presente demanda y por
cumplido el previo ordenado a fs. 23. (…) De la demanda interpuesta, la que tramitará por proceso de
conocimiento especial, córrase traslado a los herederos de los Sres. Severino Peña y María Carlina
Rojas, a saber: José Roberto Peña, Felipe Ramón Antonio Peña, Jorge Antonio Peña, Juan Carlos Peña,
Hugo Ángel Peña y Orieta Encarnación Peña, por el término de VEITE DIAS, con citación y
emplazamiento para que comparezcan, respondan y constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento
de ley. (Arts. 156, 160, 21, 74, 75, 209 y cc del C.P.C.C. y T.).- Cítese a todos los que se consideren con
derecho sobre el inmueble a usucapir, publicándose edictos en el Boletín Oficial y Diario Los Andes por
cinco días en forma alternada, debiendo consignarse: datos de inscripción de dominio, la superficie,
límites y medidas perimetrales del inmueble pretendido. (…) NOTIFÍQUESE (…) cb Fdo: Dra. Paola
Loschiavo. Juez.” Datos de inscripción: a nombre del SEVERINO O SEBERINO PEÑA cédula de
identidad n° 53.275 anotado como 1era. Inscripción al N° 3468 T° 30 fs. 613 de San Carlos y Matricula

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Página 94 de 143
de Folio Real N° 197.644/16, Superficie: constante de una superficie según mensura de 8 ha. 7.975,00
m. y según titulo de 8 ha. 7.975,00 m. según plano de mensura para título supletorio confeccionado por el
Agrimensor José María Di Pietro Mat.1045, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, el día 13 de
marzo de 2020 y bajo el expediente nº 5778413-E-19. Límites y medidas perimetrales: Al NORTE con
María Margarita Tonconogy N.C. 16-99-00-0500-070590 en 195,50 m.; al SUR con Calle N° 2 en 195,50
m.; al ESTE con Pedro González N.C. 910430 en 450,00 m; al OESTE con Calle N° 6 en 450,00m. El
inmueble referenciado se encuentra empadronado en la Dirección de General de Rentas al nº 16-01466-4
a nombre de 27/10/22, 08:56 www2.jus.mendoza.gov.ar/listas/proveidos/vertexto.php?ide=9245819142
2/2 SEVERINO O SEBERINO PEÑA, y con derecho definitivo de riego para 5ha 4000 m2 por RIO
TUNUYAN, CANAL UCO, TOMA DIRECTA CC. 5008 P.P. 122, P.G. 70825 plano n° 6525-P.. Es Usuario
de Pozo N° 580/16 de 12 Ø Uso Agricola No Inscripto en RUE. “Tunuyán (Mza.), 23 de Setiembre de
2022. AUTOS Y VISTOS: (…) CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: I.- Aprobar la información sumaria
rendida y en cuanto por derecho corresponda, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora
peticionante y sin perjuicio de derechos de terceros, declarar personas inciertas y de ignorado domicilio a
los eventuales sucesores de JORGE ANTONIO PEÑA (Art.69 C.P.C.C.Y T.).- II.- Notifíqueseles esta
declaración y el traslado de demanda ordenado a fs.26 mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Mendoza y Diario “Los Andes” por cinco días en forma alternada (Art.72 Ap.IV y
Art.209 Ap.II sub a) del C.P.C.C.Y T.).- III.- En caso de que no comparezcan en el término del
emplazamiento dese vista a la Defensoría Oficial para que los represente en el juicio (Art.75 Ap.III del
C.P.C.C.Y T.).- NOTIFÍQUESE.- Oportunamente, PUBLÍQUESE.- SF Fdo.: LOSCHIAVO NATALIA
PAOLA – Juez”

Boleto N°: ATM_7087612 Importe: $ 5160


02-04-08-10-14/11/2022 (5 Pub.)

Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de San Martín, Autos N° 52802 caratulados "BARTOLOCCINI
DOMINGO EMILIO A C/ BERTA ELENA PALLERES DE FRATINI S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA",
CITA presuntos herederos de JOSÉ Y/O GIUSEPPE FRATINI, por el término de VEINTE DÍAS, para que
comparezcan, respondan y constituyan domicilio legal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento
de Ley (Arts. 21, 69, 72, 74, 75, 152, 160, 209 y conc. del C.P.C.C. y T.). Se transcribe la parte pertinente
de la resolución de fs 75: “Gral. San Martín, Mendoza, 26 de agosto de 2022. I.- Aprobar la información
sumaria rendida en autos y tener por acreditado, al sólo y único fin del presente proceso que para la
actora, los presuntos herederos de JOSÉ Y/O GIUSEPPE FRATINI, son personas inciertas y de ignorado
domicilio. II.- Disponer que se publiquen edictos en el Boletín Oficial y en Diario Los Andes TRES VECES
con DOS DIAS de intervalo, conforme lo dispone el Art. 72 Inc. II del C.P.C.C. y T., citando a los
presuntos herederos de JOSÉ Y/O GIUSEPPE FRATINI, por el término de VEINTE DÍAS, para que
comparezcan, respondan y constituyan domicilio legal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento
de Ley (Arts. 21, 69, 72, 74, 75, 152, 160, 209 y conc. del C.P.C.C. y T.). Fdo: DRA. MARIA VIOLETA
DERIMAIS - Juez”. Se denuncian los datos del inmueble que se pretende usucapir: Inmueble urbano
ubicado en Carril Chimbas s/n, Palmira, Dpto. Gral. San Martín, Mendoza, consta de una superficie según
ítulo 1: 3.284,37 m2; Titulo 2: 1ra. Fracción, 0.188,46 m2; Título 2: 2da. Fracción 3.361,53 m2 y según
mensura (parte mayor extensión) de 6.899,79 m2. Se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad
Raiz Título 1: 1ra. Insc. al N° 10956, FS. 153, Tomo 64 “C”, de San Martín Mendoza en Dirección de
Rentas bajo el Padrón N° 37693/0837694/08, 37695/08, 37696/08, a nombre de la Sra. Berta Elena
Pallares de Fratini, y en el padrón municipal bajo el N° 9913, Mna. 636, Parc. 29 a nombre de Pallaresy
Bartoloccini. Reconoce los siguientes límites y medidas: Norte: El comprador en 343,14 metros; Sud:
Formando un martillo entrante con la vendedora en 45,90 mts. Y Pedro Gragiulo, hoy otro en 377,50 mts.;
Este: Carril Chimbas en 16 metros y el vendedor en 73,80 mts. Cerrando el mencionado martillo y Oeste:
Los compradores en 108,50 mts.

Boleto N°: ATM_7078796 Importe: $ 1728


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

JUEZ: DRA. PATRICIA FOX. TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA-SEGUNDO PODER JUDICIAL

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 95 de 143
MENDOZA, auto N° 274560, caratulados “ALONSO ALICIA ESTHER C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE
LA VIVIENDA P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” NOTIFICA A LOS TERCEROS POSIBLES
INTERESADOS la siguiente resolución: Hágase saber a los posibles interesados la existencia del
presente juicio que pretende usucapir el inmueble ubicado en Calle Pública S/N, Manzana B, Casa 07,
Barrio Las Cañitas, El Resguardo, Las Heras, , Mendoza, por EDICTOS a publicarse en el Boletín Oficial
y Diario Los Andes por CINCO (5) VECES en forma alternada (art. 209 ap II inc.a) CPCCyT).. DRA.
CECILIA LANDABURU- JUEZ SUBROGANTE. JUEZ. Inscripción: Matrícula n° 74945/03 Asiento A-1 del
Folio Real. Titular Registral: Instituto Provincial de la Vivienda.

Boleto N°: ATM_7084578 Importe: $ 840


31/10 02-04-08-10/11/2022 (5 Pub.)

Tribunal: Segundo Juzgado Civil Comercial y minas, Tunuyán, 4° Circuns-cripción Judicial. Dirección
Tribunal: San Martín N° 1900 Tunuyán, Mendoza. Expte. N°: 27756 Caratulados “CAMPOS JUAN Y
PAZ ROSA LUCRECIA P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” Notifica: TUNUYAN 17 de Octubre del 2022.
AUTOS Y VISTOS. CONSIDERANDO. RESUELVO: RESUELVO: I.- Aprobar la información sumaria
rendida y declarar en cuanto por derecho corresponda, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora
peticionante y sin perjuicio de derechos de terceros, que se desconoce el domicilio de RICARDO
MARTÍN VIDELA VALLEE (D.N.I.M8.368.592) (Art.69 C.P.C.C.Y T.).- II.- Notifíquesele esta declaración y
el traslado de demanda ordenado a fs.237 mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la
Provincia de Mendoza y Diario “Los Andes” por cinco días en forma alternada (Art.72 Ap.IV y Art.209
Ap.II sub a) C.P.C.C.Y T.).- III.- En caso de que no comparezca en el término del emplazamiento dese
vista a la Defensoría Oficial para que lo represente en el juicio (Art.75 Ap.III del C.P.C.C.Y T.).-
NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE.- De conformidad con lo ordenado a fs.237 de los autos N° 27756
Caratulados “CAMPOS JUAN Y PAZ ROSA LUCRECIA P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. Originarios
de éste segundo Juzgado Civil, Comercial y Minas, Mendoza; se dirige a Ud. A fin de que proceda a
NOTIFICAR TRASLADO DE DEMANDA a RICARDO MARTIN VIDELA VALLE: Seña el siguiente
proveído: Tunuyán, Mendoza, 10 de Agosto de 2017. En consecuencia, existiendo declaratoria de
herederos en los autos venidos en AEV, de la demandada entablada CÓRRASE TRASLADO a los
herederos del titular registral Sr. CARLOS ALBERTO VIDELA ZAPATA y/o a los herederos de los
herederos, por el término de DIEZ DÍAS a fin de que comparezca, ejerza el derecho de defensa, y fije
domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de ley (art. 21, 74, 75, 210 y 212 CPC
Mza). Acompañe copia certificada de dichas resoluciones para ser agregadas a los presentes. Asimismo,
y en virtud de lo expuesto a fs. 235 y las copias certificadas acompañadas, CÓRRASE TRASLADO a los
Sres. JAVIER MARCELO VIDELA VALLEE Y ROBERTO MARIO VIDELA VALLEE en su calidad de
cesionarios, por el término de DIEZ DÍAS a fin de que comparezca, ejerza el derecho de defensa, y fije
domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de ley (art. 21, 74, 75, 210 y 212 CPC
Mza).

Boleto N°: ATM_7084587 Importe: $ 2880


31/10 02-04-08-10/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA CIVIL, COM. Y MINAS – Cuarta
Circunscripción Judicial, Poder Judicial de Mendoza, NOTIFICA a los POSIBLES SUCESORES DE LOS
SRES.: ELÍAS RAMÍREZ, ANICETA RAMÍREZ, ASCENSIÓN RAMÍREZ RAMÍREZ y MANUELA
RAMÍREZ RAMÍREZ, el proveído obrante a fs. 108, que transcripto en su fecha y parte pertinente dice:
“Tunuyán, Mendoza, 25 de Agosto de 2.022. … RESUELVO: I.- Aprobar la información sumaria rendida y
declarar en cuanto por derecho corresponda, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora
peticionante y sin perjuicio de derechos de terceros, que se desconoce el domicilio de los sucesores de
ELÍAS RAMÍREZ, ANICETA RAMÍREZ, ASCENSIÓN RAMÍREZ RAMÍREZ y MANUELA RAMÍREZ
RAMÍREZ (Art.69 C.P.C.C.Y T.).- II.- Notifíqueseles esta declaración y el traslado de demanda ordenado
a fs.77 mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza y Diario “Los
Andes” por cinco días en forma alternada (Art.72 Ap.IV y Art.209 Ap.II sub a) del C.P.C.C.Y T.).- III.- En
caso de que no comparezcan en el término del emplazamiento dese vista a la Defensoría Oficial para que

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los represente en el juicio (Art.75 Ap.III del C.P.C.C.Y T.).- NOTIFÍQUESE.- Oportunamente,
PUBLÍQUESE. Fdo. Dra. NATALIA LOSCHIAVO – Juez.”. A fs. 77 el Tribunal, proveyó: “Tunuyán,
Mendoza, 28 de Noviembre de 2.022. … De la demanda de conocimiento por título supletorio desde
traslado a los sucesores de ELÍAS RAMÍREZ, ANICETA RAMÍREZ, ASCENSIÓN RAMÍREZ RAMÍREZ y
MANUELA RAMÍREZ por el término de VEINTE DÍAS, con emplazamiento a comparecer, contestar
demanda, ofrecer pruebas y fijar domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de Ley (Art.
21,22,74,160,209 y cc del C.P.C.C.yT.. NOTIFÍQUESE. OFÍCIESE. Fdo. Dra. PAOLA LOSCHIAVO –
Juez”.

Boleto N°: ATM_7083564 Importe: $ 2040


31/10 02-04-07-09/11/2022 (5 Pub.)

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA CIVIL TUNUYAN CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, EN


AUTOS NO. 1271 CARATULADOS “OLMEDO CLAUDIO MARCELO C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DE MENDOZA P/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, NOTIFICA a todos los que se consideren con
derecho y terceros interesados, transcribiéndose lo resuelto por el Tribunal a fs. 2, Tunuyán, Mza, 3 de
octubre de 2.022: … Cítese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble sito en calle
Tropero Sosa no. 357 del departamento de Tunuyan, no posee inscripción en el Registro de la Propiedad
Raiz Nomenclatura catastral Nº 15-01-01-0007-000013-0000-1; Padrón de Rentas Nº 65-00073-9, Padrón
municipal Nº 4436, Superficie según mensura 894,25m2, cuyos limites perimetrales son: Sur: con calle
Tropero Sosa en 20,78m; Norte: con Ribeiro Maria Elena Argentina en 20,65m.; Este: con Castillo Isidoro
Antonio en 47,75m y al Oeste: con Muñoz Agapo Justo en 35,20m. publicándose edictos en el Boletín
Oficial y Diario Los Andes por cinco días en forma alternada. Fdo. Dra. Muriel Drot de Gourville. Juez.

Boleto N°: ATM_7080835 Importe: $ 1200


27-31/10 02-04-08/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS DEL TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA- 3° CJ - PODER


JUDICIAL MENDOZA, autos Nº 3034, caratulados “GONZALES RUBEN ORLANDO c/ANIELLO OLIVA
S.R.L p/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” – Cita a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble
conforme a lo dispuesto en el Art. 72 Inc. II y 209 inc. II del C.P.C.C y T. Datos del inmueble: inscripto al
N° 6319, fojas 157, tomo 36 de Junín, Mendoza, hoy matrícula N° 900501279, a nombre de Aniello Oliva
SRL., sito con salida a calle Buenos Aires 128, La Colonia, Junín. Traslado digitalizado mediante los
siguientes links de descarga: https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/QIGIZ51334 (demanda)
https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/GQLWC51352 (documentación 1) https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/MCILC51353
(documentación 2) https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/PKPXA51354 (documentación 3)
https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/REHAF51355 (documentación 4) https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/KGSEO51356
(documentación 5) PUBLICAR 5 DÍAS ALTERNADOS EN BOLETÍN OFICIAL Y DIARIO LOS ANDES.
Fdo digitalmente: Ana María Casagrande - Secretario

Boleto N°: ATM_7082019 Importe: $ 1080


27-31/10 02-04-07/11/2022 (5 Pub.)

NOTIFICACIONES
(*)
A Herederos de CARRICONDO JOSE. Cita la Oficina Técnica previsional a reclamar derechos
previsionales bajo apercibimiento legal. Expte Nº EX 2022-7850714. Firmado: Jorge Daniel Eduardo
González.-

Boleto N°: ATM_7095859 Importe: $ 240


04-08-09-10-11/11/2022 (5 Pub.)

(*)
Juez Tribunal de Gestión N° 4, autos Nº 405.931 caratulados “VEGA LORENA M. C/ MALDONADO
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CARLOS R. Y OT. P/ DYP”, notifica a Carlos Ricardo Maldonado, DNI 17987052 y Gerardo David
Valdez, DNI 31247305, ambos de ignorado domicilio, la resolución fs. 139: “Mendoza, 22 de Septiembre
de 2022...VISTOS... CONSTATO QUE… CONSIDERANDO:… RESUELVO: I.- Hacer lugar parcialmente a
la pretensión contenida en la demanda instada por la Sra.. Lorena Micaela Vega en contra de los Sres.
Carlos Ricardo Maldonado y Gerardo David Valdez y en consecuencia condenar a estos últimos a pagar
la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
y DOS ($2.538.892), suma que deberán abonar en el plazo de DIEZ DIAS de quedar firme la presente
con más los intereses dispuesto en los considerandos IV y hasta la fecha de su efectivo pago. II.- Hacer
extensiva la condena a la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. en la medida y
términos del contrato de seguros. III.- Imponer las costas al demandado por lo que prospera la demanda
(art. 35 y 36 del C.P.C.). IV.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Horacio Sanchez (mt.
4557) en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS ($228.500) (9% del 100%),
Agustina Lilloy (mat. 9335) en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS
($228.500) (9% del 100%) por la parte actora y Dr. José Vergara Luque en la suma de PESOS
TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS ($319.900) (18% del 70%) por la citada en garantía
sin perjuicio de los complementarios e IVA en caso de corresponder (Arts. 2, 3, 4, 31 y ccdtes ley 9.131).
V.- Regular los honorarios profesionales de los Peritos ingeniero Carlos Alberto Prato, médico Fernando
Enrique Cuartara y Psicóloga María Alejandra Tapia, en la suma de PESOS SETENTA y SEIS MIL
CIENTO SESENTA y SEIS ($76.166) para cada uno respectivamente sin perjuicio de los
complementarios y porcentaje correspondiente a IVA y aportes previsionales en caso de corresponder
(art. 184 del C.P.C.C.T.). REGISTRESE - NOTIFÍQUESE. FDO:DRA. MARIA LUZ COUSSIRAT-Juez”

Boleto N°: ATM_7094219 Importe: $ 504


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez - TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA-CUARTO - PODER JUDICIAL MENDOZA - EXPTE CUIJ:
13-06811930-2 (012054-411342) - VALENZUELA GABRIELA ELIZABETH C/ MUÑOZ ROBERTO
FABIAN P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - Cita y notifica al Sr. ROBERTO
FABIÁN MUÑOZ, DNI 20.390.986, persona de ignorado domicilio el siguiente proveído, que a fs. 14 dice:
“Mendoza, 17 de Octubre de 2022. VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Aprobar la
información sumaria rendida en autos, teniendo al Sr. Roberto Fabián Muñoz DNI 20.390.986 como
persona de ignorado domicilio. En consecuencia, notifíquese el traslado de demanda, mediante
EDICTOS, los que deberán publicarse tres veces (3), con dos días (2) de intervalo, en el Boletín Oficial y
Diario UNO. II.- Cumplida la publicación edictal y vencido el plazo acordado, en caso de incomparecencia
de la notificada, dése vista de las actuaciones al Defensor Oficial en turno, a los efectos del art. 75-III del
NOTIFÍQUESE. firmada por DRA. MARIA LUZ COUSSIRAT – Juez”.- Se hace saber que a fs. 6, el
Tribunal proveyó: “Mendoza, 13 de Mayo de 2022. ... De la demanda instaurada córrase TRASLADO al
demandado ROBERTO FABIAN MUÑOZ con citación y emplazamiento para que en el plazo de VEINTE
DÍAS a partir de su notificación, comparezca, responda, ofrezca prueba, denuncie domicilio electrónico,
teléfono de contacto y constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de ley (arts. 21, 74, 75 y 161 del
C.P.C.C.T.). NOTIFÍQUESE.- Cítese en garantía AGROSALTA SEGUROS, corriéndosele el traslado
ordenado precedentemente. NOTIFÍQUESE (…) firmada por DRA. MARIA LUZ COUSSIRAT – Juez”.

Boleto N°: ATM_7094220 Importe: $ 1152


04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
“Tribunal de Gestión Judicial Asociada de Familia de Tunuyán, Cuarta Circunscripción Judicial de
Mendoza, con domicilio sito en: Calle San Martín y Emilio Civit, Planta Baja, Tunuyán, Mendoza. De
acuerdo con lo ordenado en fecha 27 de octubre de 2022, en autos Nº 45.202/02, caratulados: “LUFT,
CARLOS ENRIQUE C/ BASALDELLA, MARIA FERNANDA P/ DIVORCIO UNILATERAL”. Resuelve: I.-
Aprobar la Información Sumaria rendida en autos, atento lo expuesto en las consideraciones que
anteceden. II.- Declarar en cuanto por derecho corresponda y sin perjuicio del derecho de terceros, que

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se desconoce el actual domicilio de la demandada, Sra. Basaldella, María Fernanda. Notifíquese. Fdo:
Dra Marcela Martín- Juez.” Y en fecha 14 de junio de 2019, fojas 8 el juzgado proveyó: téngase por
interpuesta demanda de DIVORCIO UNILATERAL, de la misma y del CONVENIO REGULADOR,
NOTIFIQUESE, al otro conyugue para que en el plazo de CINCO DÍAS (5) con más ONCE (11) DÍAS EN
RAZÓN DE LA DISTANCIA, se expida y formule su propuesta de convenio regulador con los elementos
en que se funda o manifieste estar de acuerdo con la presentada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por
el art. 438 del C. C. y C.; como asimismo para que comparezca, responda y constituya domicilio legal,
bajo apercibimiento de Ley (arts. 20,21,74, 75 del C.P.C.CyT. y 174 y 175 del CPFyVF).-Notifíquese. Fdo:
Dra Marcela Martín- Juez.”

Boleto N°: ATM_7094463 Importe: $ 1008


04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
SEGUNDO Juzgado de Procesos Concursal. Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. CUIJ:
13-06963722-6( (011902-4358938)) caratulados “AGUIRRE VICTOR ALEJANDRO P/ CONCURSO
CONSUMIDOR (LEY 9001)” Se hace saber: 1) En fecha 20 de Octubre de 2022 se declaró la apertura
del concurso de persona humana que no realiza actividad económica organizada, correspondiente al Sr.
AGUIRRE, VICTOR ALEJANDRO DNI N°21.064.296, CUIL N° 20-21064296-0 conforme lo establecido
por los artículos 359 a 372 del CPCCT.; 2) fecha de presentación: 16 de Septiembre de 2022 3) que en
autos ha sido presentada la propuesta de acuerdo preventivo; 4) se convoca a los acreedores para la
celebración del acuerdo; 5) las conformidades para el acuerdo podrán ser acompañadas hasta el día
13/12/22 (arts. 363 y 364 CPCCT); 6) los acreedores pueden presentar su oposición al acuerdo hasta el
día 27/12/22 (art. 366 CPCCT); 7) se fija audiencia de conciliación para el día 03/05/23 a las 11 hs. (art.
370 CPCCT) en forma presencial. Fdo. DRA. GLORIA E. CORTEZ – JUEZ

Boleto N°: ATM_7096804 Importe: $ 1200


04-08-09-10-11/11/2022 (5 Pub.)

(*)
Sin perjuicio de ello, a fin de evitar posibles nulidades, atento que el demandado ha sido declarado de
ignorado domicilio en los presentes, NOTIFIQUESE la Sentencia mediante edicto a publicarse por UN
DIA en el Boletín Oficial (Arts. 69, 68 inc. 1 y 72 inc. II del C.P.C.C.yT). A tal fin,
deberá la abogada presentar el mismo en formato Word editable para ser controlado. Una vez firmado se
remitirá al mail denunciado. Cumplidas las publicaciones deberá subir al portal los comprobantes
respectivos.

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Jueza de la SÉPTIMA CÁMARA LABORAL, notifica mediante edictos el auto de fs. 159 que, en su parte
resolutiva expresa: “...RESUELVE: 1.- Por cumplido el previo de fs. 158. Tener presente lo manifestado
por la demandada mediante nomenclador FPBRK172154. 2.- Tener por acreditadas sumariamente las
circunstancias exigidas por el art. 69 del C.P.C.C.YT., y en consecuencia, bajo responsabilidad de la
parte actora, téngase al demandado SUAREZ MARIA NAZARENA como persona de ignorado domicilio.
3.- Ordenar se notifique edictalmente a la demandada, SUAREZ MARIA NAZARENA, el presente auto,
publicándose edictos en el Boletín Oficial tres (3) veces con dos (2) días de intervalo. (Art. 72 inc. IV del
C.P.C.C.YT.) conjuntamente con el proveído de fs. 68, el cual se transcribe a continuación: “Mendoza, 11
de Octubre de 2016. Téngase a la Dra. MARIA HAYDÉE DIBLASI, por la Sra. LAURA ANDREA
DELGADO, por presentado, por parte y domiciliado en el carácter invocado, en virtud del poder
acompañado en autos. De la demanda interpuesta, traslado al demandado por el término de OCHO
DIAS, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio
del Tribunal, todo bajo apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y cc. del C.P.L). Téngase presente las

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Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
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Página 99 de 143
pruebas ofrecidas y lo demás expuesto para su oportunidad. Intímase a la demandada para que en la
contestación de demandada justifique el pago de los rubros no retenibles (días trabajados hasta el
distracto, SAC y vacaciones en su parte proporcional, asignaciones familiares, premios, etc) o bien
deposite su importe sin perjuicio de la eventual diferencia que pueda surgir en caso de no coincidir los
valores demandados con los pagados o depositados. Todo bajo apercibimiento de, en el eventual
supuesto que la sentencia a dictarse declare procedente la petición efectuada por la actora, aplicar la
sanción establecida en el art. 275 de la LCT, sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación de lo
dispuesto por el art. 22 y 36, inc IV del CPC. NOTIFIQUESE a la demandada.- Se hace saber a las partes
que la presente causa tramitara en SALA A, integrada por la Dra. FLAVIA INES BAÑOS PERELLO, de
conformidad a lo establecido por el art. 1 in fine CPL., Ley 7062 y Acordada N° 27544 de fecha 29 de
Agosto de 2016.- NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.” 4.- Fecho, ordenar se de intervención al Defensor de
Pobres y Ausentes que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75 del
C.P.C.C.YT. y 105 Bis de la Ley Orgánica de Tribunales. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE. NS

S/Cargo
04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
SEPTIMA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZAPODER JUDICIAL
MENDOZA CUIJ: 13-06692586-7 - Expte. n° 162.315 - PACHECO DIEGO HUMBERTO C/ BIANCO
MENDOZA S A Y OT P/ DESPIDO (VIRTUAL) - Cita y emplaza al Sr. LEONARDO JESÚS NARVAEZ
(CUIT: 20-32627170-6), persona de ignorado domcilio, el siguiente proveido, que a fs. 32 dice: Mendoza,
30 de Agosto de 2022.- AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVE: 1.- Tener por acreditadas
sumariamente las circunstancias exigidas por el art. 69 del C.P.C.C.YT., y en consecuencia, bajo
responsabilidad de la parte actora, téngase a los co demandados LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CUIT:
20-32627170-6), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CUIT: 27-25956455-2), DAVID LEONARDO CURIA
(CUIT: 20-30536974-9), éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN
FIDECAM (CUIT: 30-71464526-5), como personas de ignorado domicilio. 2.- Ordenar se notifique
edictalmente a los co demandados, LEONARDO JESÚS NARVAEZ, CLAUDIA ALEJANDRA CURIA,
DAVID LEONARDO CURIA, éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE
ADMINISTRACIÓN FIDECAM, transcribiéndose textualmente el proveído de fs. 03 y el presente auto,
haciendo saber que la demandada y su documentación se encuentran digitalizadas en los identificadores
de MEED MBGOR72315 y EVUTN72315, publicándose edictos en el Boletín Oficial tres (3) veces con
dos (2) días de intervalo. (Art. 72 inc. IV del C.P.C.C.YT.). 3.- Fecho, ordenar se de intervención al
Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75
del C.P.C.C.YT. y 105 Bis de la Ley Orgánica de Tribunales. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE. Fdo. DR.
SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara. A fs. 03 el Tribunal proveyó: Mendoza, 11 de Agosto de 2021.
Téngase al Dr. MANFREDO LORENZO CHIQUINELLI MAT. 5731, por el Sr. DIEGO HUMBERTO
PACHECO, DNI 36.963.965 por presentado, por parte y domiciliado en el carácter invocado, en virtud del
poder apud acta acompañado en autos. De la demanda interpuesta, TRASLADO a los demandados
NAVAR SA (RIOJA 1713, CIUDAD, MENDOZA), LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CHENAUT 2953,
CIUDAD, MENDOZA), DAVID LEONARDO CURIA, en su carácter personal y como “fiduciario” del
Fiedicomiso de Administración FIDECAM (SAN MARTIN 2935, CIUDAD, MENDOZA), ANTONIO CURIA
(BAJADA DE ARROYABES 2875, CIUDAD, MENDOZA), VICTOR FERNANDO CURIA (CHENAUT 2935,
CIUDAD, MENDOZA), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA)
ADRIANA MARCELA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA), GERARDO ANTONI CURIA (9
DE JULIO 1276, CASA 4, GUAYMALLEN, MENDOZA) y BIANCO MENDOZA SA. (CORDOBA 200
ESQUINA RIOJA, CIUDAD, MENDOZA) por el término de OCHO DÍAS, con citación y emplazamiento
para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo bajo
apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y cc. del C.P.L) Téngase presente las pruebas ofrecidas y lo
demás expuesto para su oportunidad. Intímase a la demandada para que en la contestación de demanda
justifique el pago de los rubros no retenibles (días trabajados hasta el distracto, SAC y vacaciones en su
parte proporcional, asignaciones familiares, premios, etc.) o bien a que deposite su importe sin perjuicio
de la eventual diferencia que pueda surgir en caso de no coincidir los valores demandados con los

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 100 de 143
pagados o depositados. Todo bajo apercibimiento de, en el eventual supuesto que la sentencia a dictarse
declare procedente la petición efectuada por la actora, aplicar la sanción establecida en el art. 275 de la
LCT, sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación de lo dispuesto por el art. 22 y 36, inc. IV del
C.P.C.Cy T. Se le hace saber a la demandada que la demanda y su documentación se encuentran
digitalizadas en los identificadores MBGOR72315 y EVUTN72315, para su compulsa y con el fin de dar
cumplimiento a lo ordenado en el párrafo precedente. Notifíquese a la demandada. Se hace saber a las
partes que la presente causa tramitará en SALA UNIPERSONAL B, integrada por el Dr. SERGIO JESÚS
SIMÓ, de conformidad a lo establecido por el art. 1 in fine CPL., Ley 7062. NOTIFÍQUESE A LAS
PARTES. Fdo. DR. SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara

S/Cargo
04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
SEPTIMA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DE MENDOZAPODER JUDICIAL
MENDOZA CUIJ: 13-06692586-7 - Expte. n° 162.315 - PACHECO DIEGO HUMBERTO C/ BIANCO
MENDOZA S A Y OT P/ DESPIDO (VIRTUAL) - Cita y emplaza al Sr. DAVID LEONARDO CURIA (CUIT
20-30536974-9), éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN FIDECAM
(CUIT 30-71464526-5), persona de ignorado domcilio, el siguiente proveido, que a fs. 32 dice: Mendoza,
30 de Agosto de 2022.- AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVE: 1.- Tener por acreditadas
sumariamente las circunstancias exigidas por el art. 69 del C.P.C.C.YT., y en consecuencia, bajo
responsabilidad de la parte actora, téngase a los co demandados LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CUIT:
20-32627170-6), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CUIT: 27-25956455-2), DAVID LEONARDO CURIA
(CUIT: 20-30536974-9), éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN
FIDECAM (CUIT: 30- 71464526-5), como personas de ignorado domicilio. 2.- Ordenar se notifique
edictalmente a los co demandados, LEONARDO JESÚS NARVAEZ, CLAUDIA ALEJANDRA CURIA,
DAVID LEONARDO CURIA, éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE
ADMINISTRACIÓN FIDECAM, transcribiéndose textualmente el proveído de fs. 03 y el presente auto,
haciendo saber que la demandada y su documentación se encuentran digitalizadas en los identificadores
de MEED MBGOR72315 y EVUTN72315, publicándose edictos en el Boletín Oficial tres (3) veces con
dos (2) días de intervalo. (Art. 72 inc. IV del C.P.C.C.YT.). 3.- Fecho, ordenar se de intervención al
Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75
del C.P.C.C.YT. y 105 Bis de la Ley Orgánica de Tribunales. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE. Fdo. DR.
SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara. A fs. 03 el Tribunal proveyó: Mendoza, 11 de Agosto de 2021.
Téngase al Dr. MANFREDO LORENZO CHIQUINELLI MAT. 5731, por el Sr. DIEGO HUMBERTO
PACHECO, DNI 36.963.965 por presentado, por parte y domiciliado en el carácter invocado, en virtud del
poder apud acta acompañado en autos. De la demanda interpuesta, TRASLADO a los demandados
NAVAR SA (RIOJA 1713, CIUDAD, MENDOZA), LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CHENAUT 2953,
CIUDAD, MENDOZA), DAVID LEONARDO CURIA, en su carácter personal y como “fiduciario” del
Fiedicomiso de Administración FIDECAM (SAN MARTIN 2935, CIUDAD, MENDOZA), ANTONIO CURIA
(BAJADA DE ARROYABES 2875, CIUDAD, MENDOZA), VICTOR FERNANDO CURIA (CHENAUT 2935,
CIUDAD, MENDOZA), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA)
ADRIANA MARCELA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA), GERARDO ANTONI CURIA (9
DE JULIO 1276, CASA 4, GUAYMALLEN, MENDOZA) y BIANCO MENDOZA SA. (CORDOBA 200
ESQUINA RIOJA, CIUDAD, MENDOZA) por el término de OCHO DÍAS, con citación y emplazamiento
para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo bajo
apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y cc. del C.P.L) Téngase presente las pruebas ofrecidas y lo
demás expuesto para su oportunidad. Intímase a la demandada para que en la contestación de demanda
justifique el pago de los rubros no retenibles (días trabajados hasta el distracto, SAC y vacaciones en su
parte proporcional, asignaciones familiares, premios, etc.) o bien a que deposite su importe sin perjuicio
de la eventual diferencia que pueda surgir en caso de no coincidir los valores demandados con los
pagados o depositados. Todo bajo apercibimiento de, en el eventual supuesto que la sentencia a dictarse
declare procedente la petición efectuada por la actora, aplicar la sanción establecida en el art. 275 de la
LCT, sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación de lo dispuesto por el art. 22 y 36, inc. IV del

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C.P.C.Cy T. Se le hace saber a la demandada que la demanda y su documentación se encuentran
digitalizadas en los identificadores MBGOR72315 y EVUTN72315, para su compulsa y con el fin de dar
cumplimiento a lo ordenado en el párrafo precedente. Notifíquese a la demandada. Se hace saber a las
partes que la presente causa tramitará en SALA UNIPERSONAL B, integrada por el Dr. SERGIO JESÚS
SIMÓ, de conformidad a lo establecido por el art. 1 in fine CPL., Ley 7062. NOTIFÍQUESE A LAS
PARTES. Fdo. DR. SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara

S/Cargo
04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
SEPTIMA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DE MENDOZAPODER JUDICIAL
MENDOZA CUIJ: 13-06692586-7 - Expte. n° 162.315 - PACHECO DIEGO HUMBERTO C/ BIANCO
MENDOZA S A Y OT P/ DESPIDO (VIRTUAL) - Cita y emplaza a la Sra. CLAUDIA ALEJANDRA CURIA
(CUIT: 27-25956455-2), persona de ignorado domcilio, el siguiente proveido, que a fs. 32 dice: Mendoza,
30 de Agosto de 2022.- AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVE: 1.- Tener por acreditadas
sumariamente las circunstancias exigidas por el art. 69 del C.P.C.C.YT., y en consecuencia, bajo
responsabilidad de la parte actora, téngase a los co demandados LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CUIT:
20-32627170-6), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CUIT: 27-25956455-2), DAVID LEONARDO CURIA
(CUIT: 20-30536974-9), éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN
FIDECAM (CUIT: 30-71464526-5), como personas de ignorado domicilio. 2.- Ordenar se notifique
edictalmente a los co demandados, LEONARDO JESÚS NARVAEZ, CLAUDIA ALEJANDRA CURIA,
DAVID LEONARDO CURIA, éste último por sí y como fiduciario del FIDEICOMISO DE
ADMINISTRACIÓN FIDECAM, transcribiéndose textualmente el proveído de fs. 03 y el presente auto,
haciendo saber que la demandada y su documentación se encuentran digitalizadas en los identificadores
de MEED MBGOR72315 y EVUTN72315, publicándose edictos en el Boletín Oficial tres (3) veces con
dos (2) días de intervalo. (Art. 72 inc. IV del C.P.C.C.YT.). 3.- Fecho, ordenar se de intervención al
Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75
del C.P.C.C.YT. y 105 Bis de la Ley Orgánica de Tribunales. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE. Fdo. DR.
SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara. A fs. 03 el Tribunal proveyó: Mendoza, 11 de Agosto de 2021.
Téngase al Dr. MANFREDO LORENZO CHIQUINELLI MAT. 5731, por el Sr. DIEGO HUMBERTO
PACHECO, DNI 36.963.965 por presentado, por parte y domiciliado en el carácter invocado, en virtud del
poder apud acta acompañado en autos. De la demanda interpuesta, TRASLADO a los demandados
NAVAR SA (RIOJA 1713, CIUDAD, MENDOZA), LEONARDO JESÚS NARVAEZ (CHENAUT 2953,
CIUDAD, MENDOZA), DAVID LEONARDO CURIA, en su carácter personal y como “fiduciario” del
Fiedicomiso de Administración FIDECAM (SAN MARTIN 2935, CIUDAD, MENDOZA), ANTONIO CURIA
(BAJADA DE ARROYABES 2875, CIUDAD, MENDOZA), VICTOR FERNANDO CURIA (CHENAUT 2935,
CIUDAD, MENDOZA), CLAUDIA ALEJANDRA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA)
ADRIANA MARCELA CURIA (CHENAUT 2953, CIUDAD, MENDOZA), GERARDO ANTONI CURIA (9
DE JULIO 1276, CASA 4, GUAYMALLEN, MENDOZA) y BIANCO MENDOZA SA. (CORDOBA 200
ESQUINA RIOJA, CIUDAD, MENDOZA) por el término de OCHO DÍAS, con citación y emplazamiento
para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo bajo
apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y cc. del C.P.L) Téngase presente las pruebas ofrecidas y lo
demás expuesto para su oportunidad. Intímase a la demandada para que en la contestación de demanda
justifique el pago de los rubros no retenibles (días trabajados hasta el distracto, SAC y vacaciones en su
parte proporcional, asignaciones familiares, premios, etc.) o bien a que deposite su importe sin perjuicio
de la eventual diferencia que pueda surgir en caso de no coincidir los valores demandados con los
pagados o depositados. Todo bajo apercibimiento de, en el eventual supuesto que la sentencia a dictarse
declare procedente la petición efectuada por la actora, aplicar la sanción establecida en el art. 275 de la
LCT, sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación de lo dispuesto por el art. 22 y 36, inc. IV del
C.P.C.Cy T. Se le hace saber a la demandada que la demanda y su documentación se encuentran
digitalizadas en los identificadores MBGOR72315 y EVUTN72315, para su compulsa y con el fin de dar
cumplimiento a lo ordenado en el párrafo precedente. Notifíquese a la demandada. Se hace saber a las
partes que la presente causa tramitará en SALA UNIPERSONAL B, integrada por el Dr. SERGIO JESÚS

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SIMÓ, de conformidad a lo establecido por el art. 1 in fine CPL., Ley 7062. NOTIFÍQUESE A LAS
PARTES. Fdo. DR. SERGIO JESÚS SIMÓ - Juez de Cámara

S/Cargo
04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
LA COMISION ART. 354 – LEY ORGANICA DE TRIBUNALES (LEY 3898), comunica a interesados que
está a su disposición por DIEZ (10) días los listados de expedientes en condiciones de destrucción
originarios de los siguientes tribunales: 2º JUZGADO PENAL MENORES archivo 1999 (2013 exptes.); 3º
JUZGADO DE MENORES archivo 1999 (1188 exptes.); 3º JUZGADO FAMILIA archivo 1999 (4300
exptes.); 1º JDO. FAMILIA - S. MARTIN (SEC.2) archivo 2000 (538 exptes.); 1º JUZGADO FAMILIA –
TUNUYAN archivo 2000 (396 exptes.); 1º JDO. FAMILIA - S. MARTIN (SEC.2) archivo 2001 (1454); 2º
JUZGADO DE FAMILIA – TUNUYAN archivo 2001 (860 exptes.); 7º JUZGADO DE FAMILIA archivo 2001
(3797); 1º FISC. CORR-INST-CIV-LAB -TUNUYAN archivo 2002 (3258 exptes.); 1º FISCALIA
CORRECCIONAL archivo 2002 (12147 exptes.); 1º JDO. PENAL DE MENORES - TYAN. Archivo 2002
(361 exptes.); 1º JUZ. INST. - TUNUYAN archivo 2002(58 exptes.); 1º JUZGADO FAMILIA – TUNUYAN
archivo 2002 (902 exptes.); 2º JDO. FAMILIA - S. MARTIN (SEC.2) archivo 2002 (284 exptes.); 2º
JUZGADO DE FAMILIA archivo 2002 (5182 exptes.); 2º JUZGADO FAMILIA - S. MARTIN archivo 2002
(449 exptes.); 3º JUZGADO FAMILIA archivo 2002 (5056 exptes.); 4º JUZGADO CORRECCIONAL
archivo 2002 (1089 exptes.); 5º JUZGADO FAMILIA archivo 2002 (5555 exptes.); 5º JUZGADO
INSTRUCCIÓN archivo 2002 (3102 exptes.); 9º JUZGADO DE INSTRUCCIÓN archivo 2002 (10236
exptes.); 10º JUZGADO INST. (HOY 4º GAR.) archivo 2003 (16954 exptes.); 1º JDO. FAMILIA - S.
MARTIN (SEC.2) archivo 2003 (467 exptes.); 1º JUZGADO FAMILIA archivo 2003 (6726 exptes.); 7º
JUZGADO CIVIL archivo 2003 (725 exptes.); 1º JDO. FAMILIA - S. MARTIN (SEC.2) archivo 2004 (1203
exptes.); 24º JUZGADO CIVIL archivo 2005 (1133 exptes.); según lo dispuesto por el art. 352 de la Ley
Orgánica de Tribunales (Ley 3898) y a los efectos señalados por el art. 356 de la misma norma legal.
Oficina de Consulta: Oficina de Clasificación de Expedientes y Preservación de Derechos, calle Dionisio
Herrera N° 333 – Ex Bodega Giol, Maipú - Mendoza – en horario de Tribunales. Firmado: Anl. Sist.
Eduardo Duilio Concina, a cargo Secretaría.

S/Cargo
04-07-08-09-10/11/2022 (5 Pub.)

Dirección General de Escuelas cita a herederos del/a Sr./a CASADO ANTONIO ENRIQUE DNI
11.826.085, por reclamo de haberes pendientes por fallecimiento, Art. 33 Dec. 560/73, a comparecer en
la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Escuelas, sito en Casa de Gobierno, Cuerpo
Central, 1° piso, Ciudad, Mnedoza

S/Cargo
02-04-08-10-14/11/2022 (5 Pub.)

SR. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS,
en los autos N° 268.525 caratulados “LUCERO ROSALINDA C/ SANCHEZ ALEJANDRA EDITH -
SANCHEZ MARIA DEL CARMEN Y SANCHEZ PATRICIA MONICA P/ ACCIONES
SUCESORIAS”, NOTIFICA a la Sra. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ, DNI N°17.464.198, persona de
ignorado domicilio, la siguiente resolución: “Mendoza, 09 de Agosto de 2022. AUTOS Y VISTOS:…
RESUELVO: I. Declarar que la demandada MARIA DEL CARMEN SANCHEZ, DNI N°17.464.198 es
persona de ignorado domicilio. II. Publíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y diario “LOS
ANDES”, el punto I) de la presente resolución juntamente con el decreto de fs.15 durante TRES DÍAS
con dos días de intervalo… Dra. MARCELA RUIZ DIAZ - Juez” y a fs. 15: “Mendoza, 20 de Noviembre de
2020. Téngase presente la aclaración formulada respecto de las personas demandadas en autos y los
domicilios denunciados. Téngase presente la ratificación expresada por la Sra. Rosalinda Lucero.
Proveyendo la presentación inicial (ID: RXXAE21355 /RSEES21355): De la demanda interpuesta traslado

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 103 de 143
por VEINTE DÍAS a las demandadas MARGARITA BENERA SANCHEZ, ALEJANDRA EDITH
SANCHEZ, MARIA DEL CARMEN SANCHEZ y PATRICIA MONICA SANCHEZ, con citación y
emplazamiento a fin de que comparezcan, constituyan domicilio legal y electrónico, respondan y ofrezcan
toda la prueba, bajo apercibimiento de ley (arts. 21, 74, 75, 156 y 160 del C.P.C.C.T.). NOTIFÍQUESE
conforme las pautas de la Acordada 28243- “Política de notificaciones accesibles” cuyos modelo puede
extraerse de la página del Poder Judicial. Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para
su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. Téngase presente que se ha iniciado B.L.S.G. bajo
el N° 268.526 en forma concomitante por ante este mismo Tribunal…DRA. MARCELA RUIZ DIAZ Juez”

Boleto N°: ATM_7085509 Importe: $ 1224


01-04-09/11/2022 (3 Pub.)

Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, cita por (5) días a herederos del Sr. ANDRÉS
MAURICIO LEIVA, D.N.I. 24.453.490, quien cumplía funciones en el Ministerio de Salud, por reclamos
indemnización por fallecimiento, Art. 33 Decreto Ley 560/73, bajo apercibimiento de liquidar el beneficio a
quienes lo reclamen.

Boleto N°: ATM_7095026 Importe: $ 360


03-04-07-08-09/11/2022 (5 Pub.)

JUEZA TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA DE FAMILIA GODOY CRUZ NOTIFICA A OMAR


ARMANDO CORTEZ, DNI 24.404.277, DE IGNORADO DOMICILIO EN AUTOS Nº 311/11/8F "PAEZ
ANGELA BEATRIZ C/ CORTEZ OMAR ARMANDO P/ DIV. VINCULAR CONTENCIOSO" RESOLUCION
DE FS. 66 DICE: " Mendoza, 4 de Julio de 2017. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I-
Aprobar la información sumaria rendida en autos y en consecuencia declarar de ignorado domicilio al Sr.
OMAR ARMANDO CORTEZ DNI N° 24.404.277, a los términos y efectos del art. 69 del C.P.C. II.- De la
propuesta de convenio regulador, a efectos del divorcio, VISTA a la contraria, por el término de OCHO
DIAS. NOTIFIQUESE.- III.- Notifíquese mediante edictos a publicarse por TRES DIAS con DOS DIAS de
intervalo en el Boletín Oficial y Diario UNO la presente resolución, juntamente con el traslado de la
pretensión.- (Arts. 69 y 68 inc. I del C.P.C.) IV.- Fecho y vencido el plazo para comparecer, dese
intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en lo Civil que por turno corresponda, de conformidad con
lo dispuesto por el art. 75 del C.P.C. COPIESE, NOTIFIQUESE.- Firmado: Dra. M. DANIELA PERALTA –
Juez”. RESOLUCIÓN DE FS. 44 DICE: “Mendoza, 12 de Diciembre de 2016. Téngase presente.
Adécuese el presente proceso a la normativa dispuesta por el nuevo CCCN art. 438 y cc. Por presentado,
parte y domiciliado.- Téngase presente lo expuesto y la prueba ofrecida, para su oportunidad.- Del pedido
de Divorcio y de la propuesta del convenio regulador, a efectos del divorcio, TRASLADO a la contraria,
por el término de OCHO DIAS. NOTIFIQUESE.- Firmado: Dra. Marisa Daniela Peralta – Juez Octavo
Juzgado de Familia.-

S/Cargo
01-04-09/11/2022 (3 Pub.)

El Departamento General de Irrigación cita por el término de tres (3) días, a todos aquellos posibles
herederos que se consideren con derecho al reclamo de indemnización por el fallecimiento del Sr. Luis
Gallelli el día 06/10/2022, de conformidad a lo dictaminado a fs. 02 del expediente nº 796.640 – 2
caratulado: “Departamento Administración de Personal s/ solicitud de indemnización por fallecimiento de
Gallelli Luis”, y de acuerdo a lo normado por el art. 33º) del decreto ley nº 560/73 - estatuto del empleado
público. Deberán presentarse en el edificio de Sede Central del DEPARTAMENTO GENERAL DE
IRRIGACIÓN, con domicilio en Calle Barcala 202 de Capital Mendoza. Fdo: Dr. Agustin Sebastian
Speridione Jefe de Departamento de Despacho de Superintendencia.

Boleto N°: ATM_7094793 Importe: $ 504


03-04-07/11/2022 (3 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 104 de 143
Juez 2do de Familia, San Rafael, notifica a Carmona Jorge Antonio DNI 18.623.448, de domicilio
ignorado en Autos Nº 1379/2017 «VARGAS LEA C/ CARMONA JORGE ANTONIO P/ DIVORCIO»
resolución de fecha 25/10/22 dice: San Rafael, 25 de Octubre de 2022. AUTOS, VISTOS Y
CONSIDERANDO…. RESUELVO: I… II: Aprobar la información sumaria rendida en autos y en
consecuencia declarar COMO PERSONA de ignorado domicilio al Sr. Jorge Antonio Carmona DNI
18.623.448, a los términos y efectos del art. 69 y 72 del C.P.C.Cy.T. III.- EMPLAZAR al demandado en
DIEZ DÍAS a comparecer al proceso, bajo apercibimiento de ley. IV.- Notifíquese por EDICTOS a
publicarse TRES VECES en el diarios “LOS ANDES” y en el Boletín Oficial, con intervalos de DOS DÍAS-
COPIESE. NOTIFIQUESE.- LM. Fdo: Dra. ANDREA LA MONTAGNA. JUEZ DE FAMILIA.

S/Cargo
02-04-08/11/2022 (3 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de SUAREZ ERNESTINA SOFIA
Fdo. ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222298

Boleto N°: ATM_7080854 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121 cita diez (10) Días a beneficiarios de HERRERA NIDIA ELISA Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222300

Boleto N°: ATM_7081851 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121 cita diez (10) Días a beneficiarios de ABONASSAR MARIA LABIBE Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222301

Boleto N°: ATM_7081712 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de D’ANGELO LIDIA MARINA Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222303

Boleto N°: ATM_7083735 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121cita diez (10) Días a beneficiarios de PALERMO OSCAR MARTIN Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222304

Boleto N°: ATM_7083838 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de DEGREGORIO ERCILIA IRMA
Fdo. ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222231

Boleto N°: ATM_7084532 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de CUCCIA MARIA JUANA Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222305

Boleto N°: ATM_7084657 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 105 de 143
Caja de Seguro Mutual Ley 9121 cita diez (10) Días a beneficiarios de ARTIGAS LOBERA ANGELES
Fdo. ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222306

Boleto N°: ATM_7086779 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121 cita diez (10) Días a beneficiarios de FUNES OSCAR WALTER Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222307

Boleto N°: ATM_7087752 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Dr. Norma Silvia Laciar de Luquez, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. 6, Secretaría a cargo de
Gustavo Satlari, NOTIFICA a los Señores GONZALEZ, CARLOS JAVIER, Documento 27.300.357, de las
siguientes resoluciones en los autos Nro. 257.041, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/
GONZALEZ CARLOS JAVIER P/ EJECUCION TIPICA (P.V.E.)": A fs. 16 el Juzgado Proveyó: "Mendoza,
19 de mayo de 2022: AUTOS Y VISTOS:...RESUELVO:I.- Hacer lugar a la ejecución interpuesta por
MONTEMAR CIA. FIN. S.A. contra CARLOS JAVIER GONZALEZ ordenando en consecuencia prosiga el
trámite del presente juicio hasta tanto la parte actora se haga íntegro pago de la suma de PESOS CINCO
MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 5.989) con más la de PESOS TRES MIL ($ 3.000)
presupuestada provisoriamente para responder a intereses pactados que no superen el 7% mensual y
costos.-II.- Imponer las costas a la parte demandada vencida de conformidad a lo dispuesto por los arts.
35 y 36 del CPCCyT.-III.- Hágase saber al ejecutado que en el plazo de CINCO DIAS hábiles, podrá
articular oposición a la presente, constituyendo domicilio legal, bajo apercibimiento de ley (arts. 74, 75,
234 y 235 del C.P.C.C.y T.).-V.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. LUCAS MOLESINI y
LUIS IANNIZZOTTO en la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 70/100 ($
1.796,7) en forma conjunta, atento lo preceptuado por los art. 19 y 31 de la L.A.Fdo: Dra. Norma Laciar
de Luquez- Juez-. A fs. 42 el Juzgado proveyó: Mendoza, 22 de septiembre de 2021: AUTOS Y
VISTOS:...RESUELVO: I.-Atento a las constancias obrantes en autos, declárase de ignorado domicilio al
SR. GONZÁLEZ CARLOS JAVIER, DNI 27.300.357.-II.- Procédase a notificar las actuaciones obrantes
en autos por medio de publicaciones edictales en el BOLETIN OFICIAL Y DIARIO LOS ANDES (tres
veces con dos días de intervalo), de conformidad a lo dispuesto por los arts. 69 y 72 del C.P.C.C.yT..-III.-
FECHO: Notifíquese al Señor Defensor Oficial en turno a los fines de su toma de intervención, de
conformidad a lo dispuesto por el art. 75, última parte.-NOTIFÍQUESE. Fdo: Dra. Norma Silvia Laciar de
Luquez.Juez.

Boleto N°: ATM_6624709 Importe: $ 1584


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Dr. BEATRIZ FORNIES, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. MAIPU, NOTIFICA a los Señores
SORUCO ALVAREZ, JUAN CARLOS, Documento 94.104.696, de las siguientes resoluciones en los
autos Nro. 58.781, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ SORUCO ALVAREZ JUAN CARLOS P/
EJECUCIÓN ACELERADA (EJEC. CAMB.)": Maipú, 20 de septiembre de 2017: se le intimará a que dé y
pague en el acto de ser requerido la suma de $ 37.735,76, que le reclama la actora con más la suma de
$16.981,10 de igual moneda que se fija provisoriamente para intereses, IVA sobre intereses y costas del
juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los haberes que perciba la parte demandada, JUAN
CARLOS SORUCO ALVAREZ, .....hasta cubrir la suma total de $54.716, suma fijada provisoriamente
para responder a capital y costas del juicio. OFICIESE. Téngase presente la persona autorizada. Cítase a
la parte demandada para defensa, por el término de SEIS (06) DÍAS, bajo apercibimiento de ley y
conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado (art. 21,74 y75 del
C.P.C.).A fs. 97 el Juzgado proveyó: Mendoza, 06 de mayo de 2022: AUTOS Y VISTOS:...RESUELVO:I-
Aprobar la información sumaria rendida en autos, por la que se acredita, que SORUCO ALVAREZ JUAN
CARLOS, D.N.I n° 94.104.6969, es persona de ignorado domicilio.II- Notificar el presente junto con la

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resolución de fs. 14, por edictos que deberán ser publicados por tres veces con dos días de intervalo en
el Boletín Oficial y Diario Los Andes.-III- Oportunamente, dese intervención al Sr. Defensor de Pobres y
Ausentes que por turno corresponda.Fdo. Dra Beatriz Fornies.

Boleto N°: ATM_6625754 Importe: $ 1152


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de MONTA¥A CLEMENTE
ABRAHAM Fdo. ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222309

Boleto N°: ATM_7087655 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121. cita diez (10) Días a beneficiarios de MALDONADO DANIEL ADOLFO
Fdo. ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro. 1222310

Boleto N°: ATM_7087681 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Caja de Seguro Mutual Ley 9121cita diez (10) Días a beneficiarios de ARMANDO VICENTE Fdo.
ROBERTO MARCOS INFANTE Director Gerente Siniestro 1222312

Boleto N°: ATM_7087687 Importe: $ 120


02-03-04-07-08/11/2022 (5 Pub.)

Dr. SILVANA ROMERO, titular del Juzgado de Paz Letrado DE SAN MARTÍN , NOTIFICA a los Señores
MOLA, HUGO ESTEBAN, Documento 33.301.314, de las siguientes resoluciones en los autos Nro.
1.055.186, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ MOLA HUGO ESTEBAN P/ PREPARA VÍA
MONITORIA (DEUDA POR TARJETA)": A fs. el Juzgado proveyó: "San Martin, Mza., 4 de febrero de
2020. ... Citase al demandado, HUGO ESTEBAN MOLA, D.N.I. N° 33.301.314, para que en el plazo de
TRES DIAS de notificado comparezca a este Juzgado a reconocer o no su calidad de firmante y el
contenido de la documentación motivo de la presente acción, munido de documento de identidad, bajo
apercibimiento de ley (art. 232 inc. h y 233 inc. I del CPCPCyT). NOTIFIQUESE.- Se hace sabere que si
el compareidcente no reconociera las firma, de forma inmediata y de oficio se designará perito calígrafo a
su cargo, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 233 ap I, inc. 1 del C.P.C.C.y T. ... Fdo. Dra.
Silvana Romero, Juez".A fs. 32 el Juzgado proveyó: Gral San Martin, 05 de mayo de 2022: AUTOS,
VISTO Y CONSIDERANDO:...RESUELVO:I.- Declarar de domicilio desconocido al demandado HUGO
ESTEBAN MOLA, D.N.I: 32,138,813, con los efectos dispuestos por el art. 69 del CPCCT.II.-
PUBLÍQUESE EDICTOS en la forma de estilo, en el BOLETÍN OFICIAL y en diario "LOS ANDES", tres
(3) veces, con dos (2) días de intervalo a fin de hacer conocer el resolutivo de fs. 13. III-
OPORTUNAMENTE dese intervención a la Sra. Defensora Oficial. Fdo: Dra. Silvana Romero-Juez.

Boleto N°: ATM_6625784 Importe: $ 1152


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Dra. SILVANA ROMERO, Juez titular del Juzgado de Paz Letrado de SAN MARTÍN, NOTIFICA al señor
SCACCIANTE, ADRIANA ELIZABETH, Documento 34.443.839, de las siguientes resoluciones en los
autos Nro. 1.054.842, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ SCACCIANTE ADRIANA ELIZABETH
P/ PREPARA VÍA MONITORIA (DEUDA POR TARJETA)": A fs. 36 el Juzgado proveyó: "Gral. San
Martín, (Mza.), 09 de junio de 2.021.- AUTOS, VISTO y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Declarar de
domicilio desconocido a la demandada ADRIANA ELIZABETH SCACCIANTE, con los efectos dispuestos
por el art. 69 del CPCCT. II.- PUBLÍQUESE EDICTOS en la forma de estilo, en el BOLETÍN OFICIAL y en
diario "LOS ANDES", tres (3) veces, con dos (2) días de intervalo a fin de hacer conocer la resolución de
fs. 10. III- OPORTUNAMENTE dese intervención al Defensor Oficial. Fdo. DRA. SILVANA ROMERO -

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Juez".- A fs. 48 el Juzgado proveyó: "San Martin, Mza.,01 de junio de 2022:VISTOS Y
CONSIDERANDO:... RESUELVO:I.- DECLARAR judicialmente reconocido el título base de la presente,
quedando así preparada la vía ejecutiva, art. 233 Inc. I del CPCCyT y art. 39 de la ley 25065.II.- Dar
trámite a la demanda deducida por la actora MONTEMAR CIA. FIN. S.A., contra el demandado, dictando
en consecuencia SENTENCIA MONITORIA, condenando a la accionada ADRIANA ELIZABETH
SCACCIANTE al pago de la suma de PESOS QUINCE MIL SEISCIENTOS TREINTA y DOS CON
NOVENTA y CINCO CENTAVOS ($15.632,95) con más los intereses pactados que correspondan desde
la mora hasta la fecha de su efectivo pago, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades
morigeradoras que resultan del art. 771 del Código Civil y Comercial, en la etapa de liquidación, IVA
sobre intereses, gastos y costas del juicio.III.- A los efectos del art. 234 ap. II del CPCCy T, hágase saber
al demandado que se presupuesta provisoriamente la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) para
responder a intereses, gastos y costas del juicio.IV.- Hacer saber a los ejecutados que en el plazo de
CINCO DÍAS de notificado puede deducir oposición a la presente sentencia monitoria, articulando las
defensas o excepciones admisibles de conformidad con el art. 235 del CPCCT, debiendo conminársele
en el mismo plazo a denunciar su domicilio real y electrónico, bajo apercibimiento de tenerlo por
REBELDE sin más trámite. (art. 21, 74, 75, 235 y cc del CPCCT).V.- Vencido el plazo otorgado en el
dispositivo que antecede, y no existiendo oposición a la sentencia, considéresela firme y continúe con su
ejecución (art. 235 inc V del CPCCT).VI.- Imponer las costas al demandado por resultar vencido. (arts. 35
y 36 del CPCCyT).VII.- Diferir la regulación de honorarios para el caso de quedar firme la presente.VIII.-
Acompañe la actora copia para traslado en soporte papel de la demanda y documentación. Notifíquese.
Fdo. Dra. Silvana Romero, Juez".

Boleto N°: ATM_6625788 Importe: $ 2016


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Dr. Nora S.Merletti de Sardi, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. SAN MARTIN NOTIFICA a los
Señores OLMEDO, LAURA MARIELA, Documento 23.059.380, de las siguientes resoluciones en los
autos Nro. 9.077, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ OLMEDO LAURA MARIELA P/
EJECUCIÓN ACELERADA (EJEC. CAMB.)": A fs. 74 el Juzgado proveyó: "MENDOZA,SAN MARTIN, 25
de febrero de 2022: .-Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ...RESUELVO:I). - Tener por acreditado
sumariamente el desconocimiento del domicilio de la demandada LAURA MARIELA OLMEDO, DNI
23.059.380 y, en consecuencia, DECLARARLA persona de ignorado domicilio (art. 69 CPCCyT).II).-
Publíquense EDICTOS en la forma de estilo en el BOLETÍN OFICIAL y en el DIARIO LOS ANDES tres
veces, con dos días de intervalo, haciéndole conocer la sentencia recaída a fs. 17 la cual en su parte
pertinente expresa: “General San Martín, Mendoza, 05 de Octubre de 2018… VISTOS Y
CONSIDERANDO… RESUELVO: I.)- Dar trámite a la demanda deducida por la actora MONTEMAR
C.F.S.A. contra la demandada LAURA MARIELA OVIEDO, dictando en consecuencia SENTENCIA
MONITORIA, condenando a la accionada al pago de la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y CINCO CON 39/100 ($2.645,39), más intereses (art. 768 C.C. y C.N.), IVA sobre
intereses, gastos y costas. III.)- A los efectos del art. 234 ap. II CPCCyT, hágase saber a la demandada
que se presupuesta provisoriamente la suma de PESOS TRES MIL ($3.000,00), para responder a
intereses, gastos y costas del juicio. IV.)- NOTIFIQUESE la sentencia, AGREGUESE copia de la
demanda y documentación acompañada (art. 234 ap. III CPCCyT) y HÁGASE SABER a la demandada
que dentro de los CINCO DÍAS de notificada puede deducir oposición escrita a la presente sentencia
monitoria (art. 235 CPCCyT). V.)- Imponer las COSTAS a la demandada (arts. 35 y 36 CPCCyT). VI.)-
DIFERIR la regulación de honorarios para su oportunidad. NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. Nora S. Merletti de
Sardi - Juez”. y el auto de fs. 73 el cual en su parte pertinente expresa: “General San Martín, Mendoza,
25 de Febrero de 2022.- Y VISTOS:..CONSIDERANDO:...RESUELVO: I.)- CORREGIR el error escritural
de fs. 17, Dispositivo I.), el que quedará redactado de la siguiente manera: "Dar trámite a la demanda
deducida por la actora MONTEMAR C.F.S.A. contra la demandada LAURA MARIELA OLMEDO, dictando
en consecuencia SENTENCIA MONITORIA, condenando a la accionada al pago de la suma de PESOS
DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 39/100 ($2.645,39) más intereses (art. 768 C.C. y
C.N), IVA sobre intereses, gastos y costas"-. NOTIFIQUESE a las partes conjuntamente con la sentencia
de fs. 17.-“ NOTIFIQUESE- Fdo. Dr/a. Nora S. Merletti de Sardi. JUEZ".

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Boleto N°: ATM_6625162 Importe: $ 1944
27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Dra. Elda Elena Scalvini , titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. TRIBUNAL DE GESTION, NOTIFICA
a los Señores ORTIZ, MAXIMILIANO, Documento 31.816.327, de las siguientes resoluciones en los
autos Nro. 11.895, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ ORTIZ MAXIMILIANO P/ MONITORIO
(PAGARÉ DE CONSUMO)":A fs. 32 el Juzgado proveyó: Mendoza, 24 de mayo de 2022: AUTOS,
VISTOS Y CONSIDERANDO:....RESUELVO:I.- Aprobar la Información Sumaria rendida en autos.II.-
Declarar al demandado ORTIZ, MAXIMILIANO DNI N° 31.816.327 es de domicilio ignorado.-III.- Hacer
lugar a la publicación edictal solicitada por la parte actora y disponer se publiquen edictos en el Boletín
Oficial y Diario LOS ANDES por TRES DIAS conjuntamente con la Sentencia de fs. 6.- (art. 69 y 72, Inc.
IV del CPCCyT)IV.- Oportunamente, dese intervención en la presente causa al Defensor Oficial que por
turno corresponda, (Art. 75, último párrafo del CPCCyT). A fs. 6 el Juzgado proveyó:"Mendoza,30 de julio
de 2021: AUTOS y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:...RESUELVO:...I-...II.- Admitir la demanda monitoria
interpuesta por MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. ; y en consecuencia condenar al accionado ORTIZ,
MAXIMILIANO, D.N.I. 31.816.327 , al pago del capital reclamado de PESOS CUARENTA y OCHO MIL
OCHOCIENTOS SETENTA y TRES CON 15/100 ($48.873,15),más intereses LEGALES, IVA en caso de
corresponder, costos y costas del juicio.III.- Hágase saber al ejecutado que dentro de los CINCO (05)
DÍAS HÁBILES a partir de la notificación de la presente, PODRÁ CUMPLIR VOLUNTARIAMENTE la
sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada provisoriamente para
intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de
autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando
la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas; asimismo, y
en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de
tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución (arts.
234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001). IV.- Imponer las costas al accionado
(art. 35 y 36 del CPCCyT).V.- Regular los honorarios profesionales del Dr. LUCAS MOLESINI en la suma
de PESOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 94/100 ($14.661,94), con más los
intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago (arts. 19 in fine y cc Ley 9131 y art. 33 inc.
III del CPCCT), más IVA en caso de corresponder, sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de
existir oposición a la presente sentencia monitoria.VI.- VENCIDO el plazo otorgado en punto III para
cumplir voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la
misma, y continúese con su ejecución (arts. 35, 36, 37 y 235 inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001).VII.- En
defecto de pago, trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, hasta cubrir la suma total de
PESOS NOVENTA Y OCHO MIL ($98.000), fijada provisoriamente para responder a capital, intereses y
costas. Cúmplase la medida ordenada respetando el distanciamiento social y protocolos de actuación. A
tal fin, autorizar el auxilio de la fuerza pública y el allanamiento de domicilio denunciados con habilitación
de día y hora, todo en caso de ser necesario y respetando las medidas de distancimiento e higiene
pertinentes.VIII.-Téngase presente las personas autorizadas con los límites, alcances y efectos del art. 56
del C.P.C.C. y T.Fdo: Dra Elda Elena Scalvini- Juez.

Boleto N°: ATM_6625171 Importe: $ 2592


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Dr. Constanza Marina Dominguez, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. LUJAN DE CUYO,
NOTIFICA a los Señores SANCHEZ, MARIO JAVIER, Documento 23.797.970, de las siguientes
resoluciones en los autos Nro. 56.067, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ SANCHEZ MARIO
JAVIER P/ PROCESO DE CONOCIMIENTO (CONOCIMIENTO ESPECIAL)": A fs. el Juzgado proveyó: A
fs. 77 el Juzgado proveyó: Luján de Cuyo, Mendoza, 24 de junio de 2022: AUTOS Y
VISTOS:...CONSIDERANDO:...RESUELVO:1.- APROBAR la información sumaria rendida en autos y en
consecuencia DECLARAR persona de ignorado domicilio al demandado MARIO JAVIER SANCHEZ, DNI
N°23.797.970.2.- ORDENAR se notifique la sentencia de fs.56/57 y el presente auto, mediante edictos a
publicarse UNA VEZ CON UN INTERVALO DE DOS DIAS en Boletín Oficial, y Diario LOS ANDES, a
cargo del actor; por cédula electrónica al Colegio de Abogados de esta Primera Circunscripción Judicial

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de Mendoza y y al Ministerio Fiscal interviniente en su casilla oficial DE OFICIO por el Tribunal y en la
página del Poder Judicial, mediante el sistema de Listas Diarias, (Art. 72 inc. II y III del
C.P.C.C.yT.),3.- CUMPLIDO lo ordenado en el punto 2 Y VENCIDO EL PLAZO PARA COMPARECER,
NOTIFIQUESE AL DEFENSOR OFICIAL EN TURNO, a fin que tome la intervención que
corresponda.-NOTIFÍQUESE AL ACTOR, AL COLEGIO DE ABOGADOS, AL MINISTERIO FISCAL DE
OFICIO EN SU CASILLA OFICIAL. PASE AL SEÑOR RECEPTOR NOTIFÍQUESE AL DEMANDADO EN
LA FORMA ORDENADA A CARGO DE PARTE INTERESADA. (Ac. 20.201).Fdo: Dra. Constanza Marina
Dominguez- Juez. En autos el Juzgado resolvio: Luján de Cuyo, Mendoza, 11 de noviembre de 2021.
AUTOS Y VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I- HACER LUGAR a la demanda
interpuesta por MONTEMAR CIA FIN. S.A. Contra el Señor MARIO JAVIER SANCHEZ D.N.I.
N°23.797.970 y en consecuencia condenarlo para que en el plazo de DIEZ (10) DIAS de firme y
ejecutoriada la presente abone a la actora la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE CON 81/100 ($46.699,81) con más los intereses pactados los que deberán ser
estimados desde la fecha de la mora:08/10/2018 conforme los considerandos, más IVA sobre intereses y
costas hasta su efectivo pago. II- IMPONER las costas a la parte demandada por resultar vencida (art. 36
del C.P.C.C. y T.). III- REGULAR los honorarios profesionales al Dr. LUCAS M. MOLESINI en la suma
de PESOS SIETE MIL CINCO ($7.005,00) y al Dr. LUIS M. IANNIZZOTTO en la suma de PESOS SIETE
MIL CINCO ($7.005,00) respectivamente, sin perjuicio de los complementarios y alícuota que por I.V.A.
pudiera corresponder (arts. 19 y 31 de la ley 9.131). NOTIFÍQUESE DE OFICIO AL ACTOR EN EL
DOMICILIO LEGAL CONSTITUIDO Y A SUS PROFESIONALES EN SUS CASILLAS OFICIALES.
NOTIFÍQUESE A CARGO DE PARTE INTERESADA AL DEMANDADO EN SU DOMICILIO REAL de
acuerdo a las Acordadas de Notificación Accesible. Fdo. DRA. CONSTANZA MARINA DOMINGUEZ -
Juez".

Boleto N°: ATM_6625222 Importe: $ 1872


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO, Autos N° 260.678 caratulados “DEVINCENZI MARISA


GRACIELA C/ GONZALEZ AMIR AARON - ARRIGUCCI MIGUEL ALEJANDRO - BARRERA PAULINO
MARCOS P/ COBRO DE ALQUILERES”, NOTIFICA a los Sres. MIGUEL ALEJANDRO ARRIGUCCI
D.N.I N°37.269.730 y GONZALEZ AMIR AARON D.N.I N°37.269.730 de IGNORADO DOMICILIO que a
fs. 220307 el Juzgado proveyó: “Mendoza, 07 de Marzo de 2022. ... Atento lo solicitado, cítese dentro de
los CINCO DIAS de su notificación, al demandado AMIR AARON GONZALEZ, DNI Nº: 37.269.730 a los
efectos de que concurra a este 8º Juzgado de Paz Letrado (calle San Martín 322 planta baja de la Ciudad
de Mendoza) en día y hora de audiencia (de lunes a viernes de 8 a 13 hs), a reconocer la firma del
contrato de locación que se les atribuye en calidad de locatarios, bajo apercibimiento de tenerla por
reconocida si no comparece injustificadamente, o compareciendo no contestare en forma categórica (art.
233 ap. I CPCCyT). NOTIFIQUESE. Cítese en igual término (CINCO DÍAS de su notificación) a los
efectos de que concurra a este 8º Juzgado de Paz Letrado (calle San Martín 322 planta baja de la Ciudad
de Mendoza) en día y hora de audiencia (de lunes a viernes de 8 hs a 13 hs) a MIGUEL ALEJANDRO
ARRIGUCCI, DNI Nº: 28.224.868 y PAULINO MARCOS BARRERA, DNI Nº: 12.481.071, a fin de que
reconozcan firma del contrato que se le atribuye en calidad de garante, bajo apercibimiento de tenerla por
reconocida si no comparece injustificadamente, o compareciendo no contestare en forma categórica (art.
233 ap. I CPCCyT). NOTIFIQUESE en su domicilio REAL.” Fdo: Avecilla, Fernando Lucas. Juez. Y a
fs. 221005 proveyó: “Mendoza, 05 de Octubre de 2022… RESUELVO: I.- Téngase presente lo expuesto
respecto del demandados MIGUEL ALEJANDRO ARRIGUCCI D.N.I N°37.269.730 y GONZALEZ AMIR
AARON D.N.I N°37.269.730 II.- Aprobar en cuanto por derecho corresponda la información sumaria
rendida en autos. III.- Declarar como de ignorado domicilio al demandado MIGUEL ALEJANDRO
ARRIGUCCI D.N.I N°37.269.730 y GONZALEZ AMIR AARON D.N.I N°37.269.730 IV.- Notifiquese a la
demandada por medio de edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días, con
dos días de intervalo, bajo apercibimiento de ley (Art. 72 CPCCyT). NOTIFIQUESE.- Fdo: Avecilla,
Fernando -Juez.

Boleto N°: ATM_7080416 Importe: $ 1512

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Juez Primer Juzgado de Gestión Asociada de Paz Letrado de la Primera Circunscripción de Mendoza,
CUIJ: 13-05307622-4 (011851-6964), “BEGUERI LEROY JUAN C/ SPITALNIK JORGE ALEJANDRO Y
OTROS P/ COBRO DE ALQUILERES” A foja: 11 RESOLVIÓ: Mendoza, 03 de Marzo de 2020. Citase al
demandado JORGE ALEJANDRO SPITALNIK, DNI 29.557.306 dentro del TERCER DIA HABIL posterior
a su notificación, en horas de audiencia, a fin de que comparezcan al Tribunal, sito en San Martín 322, 6°
piso, Ciudad, Mendoza a reconocer o no su calidad de inquilino; exhiba el último recibo de pago, canon
mensual, y firma y contenido del contrato de locación; todo bajo apercibimiento de ley (Art. 233 del
C.P.C.C. y T.).- NOTIFIQUESE.- Asimismo y de conformidad con el art. 21 del C.P.C.C.y T., deberá
denunciarse el domicilio electrónico y procesal electrónico.- DRA. MARÍA MARTA GUASTAVINO. Juez”.

Boleto N°: ATM_7080815 Importe: $ 648


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Tribunal de Gestión Asociada Tercero, de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, en Autos N°


77.633, caratulados “FUSCO, DOMINGO JOSE C/ SUC. ANTONIO SCARPINO P/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA”, notifica a los presuntos y/o posibles herederos de la Dra. Estela Dolores Benard, la
providencia correspondiente el incidente de prescripción de honorarios, se dictó auto que en su fecha,
parte pertinente y firma dice: “Mendoza, 30 de Septiembre de 2022”. “VISTOS Y CONSIDERANDO: Que
de acuerdo a las pruebas rendidas en autos, dictamen fiscal, resulta acreditado lo expuesto por el
peticionante por lo que, RESUELVO: I- Declarar a los herederos de la Sra. Estela Dolores Benard como
personas inciertas. II- Notifíquese el traslado de la demanda y del presente auto por medio de edictos, a
publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de TRES DIAS, con dos días de intervalo, bajo
responsabilidad de la parte actora; y de conformidad a lo dispuesto por el art. 69 y 72 del CPCCTM. III-
Oportunamente dese la intervención que por ley corresponda a la Defensoría de Pobres y Ausentes que
por turno corresponda. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE. AD”. Firmado: DR. DANTIACQ
SANCHEZ, ALFREDO FERNANDO.- Y que a fs. 480 se proveyó:“Mendoza, 05 de Noviembre de 2021”.-
“Proveyendo KEXIZ12220 (fs. 467/479)”.- “Al punto I: Del incidente de prescripción de honorarios,
córrase vista a los interesados por el término de CINCO DÍAS”. “NOTIFIQUESE (art. 93 ap.II del CPCC y
T)”.-. …-. …-. …-MEC.

Boleto N°: ATM_7080824 Importe: $ 1080


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

NOTIFICAR A: VIDELA ALBERTO, D.N.I. N° 28.224.944. Juez del GEJUAS N°1, primera
circunscripción, AUTOS N°14773, caratulados "BOTTINI PABLO C/ VIDELA ALBERTO Y OLGUIN
ANDREA P/ CAMBIARIA: a fs. 17 proveyó: Mendoza, 21 de Septiembre de 2022.AUTOS, VISTOS Y
CONSIDERANDO:..RESUELVO:I.-Aprobar la Información Sumaria rendida en autos. II.-Declarar que
VIDELA ALBERTO, D.N.I. N° 28.224.944 es persona de ignorado domicilio, debiéndose notificar por
edictos en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES por TRES DÍAS con DOS DÍAS de intervalo, la presente
resolución conjuntamente con la sentencia de fs5 (Art. 69 y Art. 72, Inc. IV del CPCCyT).III.-Publicados
que sean los edictos, dese vista a la Sra. Defensora Civil de Pobres y Ausentes en turno (Art. 75, último
párrafo del CPCCyT).NOTIFÍQUESE. DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO. Juez”.- FS. 5:“Mendoza, 26
de Mayo de 2022. AUTOS Y VISTOS: …. CONSIDERANDO: ….., RESUELVO: I.- Admitir la demanda
monitoria interpuesta por BOTTINI PABLO y en consecuencia condenar a los accionados VIDELA
ALBERTO Y OLGUIN ANDREA al pago del capital reclamado de PESOS SESENTA MIL QUINIENTOS
VEINTE CON 00/100 ($60.520.-), con más intereses LEGALES desde la mora y hasta el efectivo pago,
IVA sobre intereses en caso de corresponder y costas del juicio. II.- Hágase saber al ejecutado que
dentro de los CINCO DIAS HABILES a partir de la notificación de la presente, PODRA CUMPLIR
VOLUNTARIAMENTE la sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada
provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que
practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta
sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de

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pruebas; asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO
APERCIBIMIENTO de tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar
con su ejecución (arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001). III.- Imponer
las costas a los accionados (art. 35 y 36 del CPCCyT). IV.- Regular los honorarios profesionales del Dr.
MAURICIO ABIHAGGLE en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON
00/100 ($18.156.-), más IVA en caso de corresponder e intereses hasta la fecha de su efectivo pago (art.
19 de la Ley 9131 y art. 33 del CPCCyT); sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir
oposición a la presente sentencia monitoria. V.- VENCIDO el plazo otorgado en punto III para cumplir
voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la misma,
y continúese con su ejecución (arts. 35, 36, 37 y 235 inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001). VI.- En defecto de
pago, trábese embargo sobre bienes propiedad de los demandados, susceptibles de tal medida, hasta
cubrir la suma total de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($100.000.-), suma comprensiva del capital de
condena de PESOS SESENTA MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($60.520.-), más la suma de
PESOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($39.480.-) fijada
provisoriamente para responder a intereses legales y costas del proceso. A tal fin se faculta el auxilio de
la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario (art. 234, ap. II del CPCCyT). VII.-
Ofíciese electrónicamente al BNA a los fines de apertura de la cuenta bancaria vinculada a los presentes
autos. NOTIFÍQUESE en el domicilio REAL del accionado, con copias de la demanda y la documentación
acompañada.- fdo. DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO Juez”.

Boleto N°: ATM_7080817 Importe: $ 2664


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Jueza del Primer Tribunal de Gestión Judicial Asociada de la Primera Circunscripción Judicial de la
Provincia de Mendoza, Dra. Roxana Álamo, en autos N° 254085 “BARROS EDGARDO ANTONIO Y
OTROS C/ MOLINA CIVIT Y PICO JUAN OCTAVIO Y OTROS P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”
NOTIFICA a los titulares registrales y posibles interesados en el inmueble que se pretende usucapir
ubicado en calle Cornelio Moyano 645 de Guaymallén, Mendoza, inscripto en marginal n°839, fojas 155,
Tomo 6 de Guaymallén, fecha 12-01-42 y marginal n°839, fojas 134, Tomo 94-C, Guaymallén,
fecha-09-10-62, Nom. Cat.04-03-02-0032- 000004-0000-1, lo siguiente: “foja 27 Mendoza, 18 de
Septiembre de 2014…. De la demanda instaurada córrase TRASLADO a los titulares registrales del
inmueble objeto de las presentes actuaciones por el término de DIEZ (10) DIAS con citación y
emplazamiento para que comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal dentro
del radio del Juzgado (artículos 21, 74, 75, 210, 212 y 214 del Código Procesal Civil y artículo 24 de la
Ley N° 14.159). Publíquense edictos por DIEZ (10) VECES a intervalos regulares durante CUARENTA
(40) DÍAS en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES, citándose a todos los que se consideren con
derechos sobre el inmueble…Notifíquese. DRA. ROXANA ALAMO. Jueza” y “Mendoza, 05 de Septiembre
de 2022. ..RESUELVO: I- Declarar a los presuntos herederos de la Sra. Carmen Teresa Saavedra de
Molina Pico, como personas inciertas. II- Declarar a Juan Octavio Molina Civit y Pico, Jorge Molina Civit y
Pico, Isabel Molina Civit y Pico, Enrique Miguel Molina Civit y Pico y Sofía Flora Molina Civit y Pico,
personas de ignorado domicilio. III- Notifíquese el traslado de la demanda y del presente auto por medio
de edictos, a publicarse en el BOLETIN OFICIAL Y DIARIO LOS ANDES por el término de TRES DIAS,
con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora; y de conformidad a lo dispuesto por el
art. 69 y 72 del CPCCYT. IV- Oportunamente dese la intervención que por ley corresponda a la
Defensoría de Pobres y Ausentes que por turno corresponda. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.
PUBLÍQUESE. FG/PF DRA. ROXANA ÁLAMO - JUEZA”

Boleto N°: ATM_7080920 Importe: $ 1584


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

SR. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS,
en los autos N° 274.575 caratulados “ARAMAYO CLAUDIO ISIDORO Y ARAMAYO HECTOR CLAUDIO
C/ MORALES MARIO LIBER Y AGROSALTA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS P/ DAÑOS
DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO”, NOTIFICA al Sr. MARIO LIBER MORALES DNI

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40.925.858, persona de ignorado domicilio, la siguiente resolución: “Mendoza, 06 de Octubre de 2022.
AUTOS Y VISTOS:… RESUELVO: I. APROBAR, en cuanto por derecho corresponda la información
sumaria rendida y en consecuencia, declarar que el Sr. MARIO LIBER MORALES DNI 40.925.858 es
persona de IGNORADO DOMICILIO al solo y único efecto del trámite del presente juicio.-…DR. CARLOS
DALLA MORA - JUEZ”, a fs. 13: “Mendoza, 13 de Octubre de 2022. Téngase presente lo manifestado,
en consecuencia publíquense los edictos ordenados en el auto de fs. 13 en Diario “Los Andes”.- DRA.
ERICA VÁZQUEZ – SECRETARIA” y a fs. 2: “Mendoza, 23 de Junio de 2022. Demanda: Identificador:
WIYOA161653 Link de Descarga: https://s.pjm.gob.ar/meed/?short_id=WIYOA161653 Documentación:
Identificador: NZHUC161653 Link de Descarga: https://s.pjm.gob.ar/meed/?short_id=NZHUC161653
Téngase a HECTOR CLAUDIO ARAMAYO y CLAUDIO ISIDORO ARAMAYO por presentados, parte y
domiciliados en el carácter legal invocado en mérito de la ratificación expresada.- De la demanda
interpuesta TRASLADO por VEINTE DÍAS a la parte demandada: MARIO LIBER MORALES y citada en
garantía: AGROSALTA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS, con citación y emplazamiento a fin de
que comparezcan, constituya domicilio legal y electrónico, responda y ofrezca toda la prueba, bajo
apercibimiento de ley (arts. 21, 74, 75, 156 y 160 del C.P.C.C.yT. y art. 118° de la Ley 17.418).-
NOTIFÍQUESE conforme las pautas de la Acordada 30.268. CÚMPLASE POR PARTE INTERESADA. …
Hágase saber que se ha iniciado B.L.S.G. N° 273.870. DR. CARLOS DALLA MORA JUEZ”

Boleto N°: ATM_7080987 Importe: $ 1296


27/10 01-04/11/2022 (3 Pub.)

Mendoza, 05 de Octubre de 2022 Dra Marisa Daniela Peralta Juez del Tribunal de Gestión Judicial
Asociada de Familia de Godoy Cruz en los autos Nro. 37184/2022 caratulados CROCE, CAROLINA
BEATRIZ P/ Cobro de seguros cita a beneficiario con derecho al cobro del seguro mutual por
fallecimiento del Sr. MARTIN OSVALDO GIMENEZ 27.982.884 A los fines dispuestos por el art. Art. 19
Ley 9121, pubíquese edictos por cinco (5) días alternados en el Boletín Oficial, citando a otros posibles
beneficiarios

Boleto N°: ATM_6702723 Importe: $ 600


27-31/10 02-04-08/11/2022 (5 Pub.)

Primera Cámara del Trabajo, de Paz y Tributario de Tunuyán, Cuarta Circunscripción Judicial, Mendoza,
hace saber al SR. CELSO EDUARDO MONTALDO CUIT 20-08034687-6 los siguientes proveídos en los
autos “CUIJ: 13-05701430-4((040401-18419)) PAVEZ, MARIA IRENE C/ EMP DE SERV CELSO
MONTALDO SRL Y OTS. S/ DESPIDO”, la resolución de fs. 49 "Tunuyán, Mendoza, 04 de octubre de
2.022...I.- Declarar al codemandado SR. CELSO EDUARDO MONTALDO de ignorado domicilio… III.-
NOTIFÍQUESE el traslado de la demanda al demandado SR. CELSO EDUARDO MONTALDO CUIT
20-08034687-6 mediante edictos a publicarse por Secretaria del Tribunal en el Boletín Oficial por CINCO
VECES (art. 36 C.P.L.) y dese la intervención que por ley corresponde al Defensor Oficial.” y el decreto
de fs. 8 “TUNUYAN, Mza 23 de febrero de 2021. Téngase al Dr. JUAN IGNACIO ABADIA por
presentado, parte y domiciliado, en el carácter invocado, en representación de la Sra. MARIA IRENE
PAVEZ, en mérito al Poder APUD ACTA que se acompaña en formato digital. De la demanda
interpuesta, traslado a los demandados por el término de OCHO (8) DIAS con citación y emplazamiento
para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo bajo
apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y ccs. del C.P.Laboral). Téngase presente lo expuesto y prueba
ofrecida para su oportunidad. NOTIFIQUESE conjuntamente con el link de los
traslados:https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/FFIWG141238; https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/ISJCR141238;
https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/EYCWI141238”

S/Cargo
26-28/10 01-03-04/11/2022 (5 Pub.)

JUEZ DEL 4° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA EN LO CIVIL DE LA PRIMERA


CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MENDOZA, en autos N° 410356 “DIGITAL_MUNICIPALIDAD DE

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GUAYMALLEN C/ ARCHI ELENA NORMA - ARCHI VICTOR JUAN CARLOS - ARCHI MARIA TERESA
Y ARCHI MIRTA PALMIRA P/ EXPROPIACIÓN”. Ha dispuesto citar y emplazar a toda persona que se
considere con derechos sobre el inmueble a expropiar, por DIEZ DIAS, con citación y emplazamiento
para que comparezcan, respondan y constituyan domicilio procesal electrónico (Arts. 25 y cc. del Dec.
Ley 1447/75 y 21 del CPCCyT).- En tal sentido cita y emplaza a todos los posibles interesados en el
inmueble a expropiar, de propiedad de JUAN ACHI, fallecido, ubicado frente a calle Laprida 424, Dorrego
Guaymallén, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el n° 21.886 fojas 977 del Tomo 98 C
de Guaymallén, Nomenclatura Catastral: 04-01-01-0007 -000025, padrón Territorial 04-23449, Padrón
Municipal 7001, Superficie total del terreno según título 356 m2 y según plano n° 04/54405 de 328,76 m2,
Superficie a Expropiar 328,76 m2; bajo apercibimiento de ser representado por el Defensor Oficial (art. 26
del Dec. Ley 1447/75).

Boleto N°: ATM_6633375 Importe: $ 2640


14-19-24-27/10 01-04-09-14-17-23/11/2022 (10 Pub.)

SUCESORIOS
(*)
JUEZ 4° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADO, EXPTE. N° 413182 “GUERRA ROBERTO
ANIBAL P/ SUCESIÓN” cita y emplaza acreedores, herederos y quienes se consideren con derecho a
bienes dejados por el causante Roberto Aníbal GUERRA DNI 6.892.812 que acrediten por escrito en el
expediente su calidad de tales, PLAZO TREINTA DÍAS CORRIDOS desde la publicación edictal. Fdo. Dr.
Mariano G. Urrutia. Juez

Boleto N°: ATM_7068043 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez Tercera Gestión Judicial en los autos Nº 300.749 cita y emplaza a herederos y acreedores de
AUDELINA POLONIA FIRMAPAZ DNI 4.137.974 a presentarse dentro del plazo de 30 días a acreditar su
situación en legal forma. Fdo. Dra. Carolina Di Pietro. Juez

Boleto N°: ATM_7079418 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ 3º JUZGADO CIVIL DE RIVADAVIA. EXPTE. Nº 36.287, cita herederos, acreedores de TASCA,
MARTA ALICIA y a todos los que se consideren con derecho a los bienes hereditarios, para que se
presenten y acrediten los mismos, en el término de TREINTA DIAS CORRIDOS (Art. 6, 2340 del C.C.C.).
Dra. NATALIA LOURDES GARCIA OLIVERI. JUEZ.

Boleto N°: ATM_7084464 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ 4° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADO, EXPTE. N° 413328 “RODRIGUEZ ZENON Y
FERNANDEZ MARIA ELENA P/ SUCESIÓN” cita y emplaza acreedores, herederos y quienes se
consideren con derecho a bienes dejados por los causantes Zenón RODRÍGUEZ DNI 6.742.722 y María
Elena FERNÁNDEZ DNI 3.173.159, que acrediten por escrito en el expediente su calidad de tales,
PLAZO TREINTA DÍAS CORRIDOS desde la publicación edictal. Fdo. Dr. Mariano G. Urrutia– Juez.

Boleto N°: ATM_7086554 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
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JUEZ 3º JUZGADO CIVIL DE RIVADAVIA. EXPTE. Nº 36.299, cita herederos, acreedores de BONETTO
FLORINDA y a todos los que se consideren con derecho a los bienes hereditarios, para que se presenten
y acrediten los mismos, en el término de TREINTA DIAS CORRIDOS (Art. 6, 2340 del C.C.C.). Dra.
NATALIA LOURDES GARCIA OLIVERI. JUEZ.

Boleto N°: ATM_7086902 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ 4° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADO, EXPTE. N° 413224 “RINALDI LUIS RAMON
P / SUCESIÓN” cita y emplaza acreedores, herederos y quienes se consideren con derecho a bienes
dejados por el causante Luis Ramón RINALDI DNI 6.853.393 que acrediten por escrito en el expediente
su calidad de tales, PLAZO TREINTA DÍAS CORRIDOS desde la publicación edictal. Fdo. Dr. Mariano G.
Urrutia – Juez.

Boleto N°: ATM_7088762 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N°4, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por la causante Sra. Ester
Marylu Millaray MOYANO PEREYRA DNI 92478273, haciéndoles saber que deben presentarse ante el
Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan
acreditar su derecho dentro de los treinta (30) días CORRIDOS a partir de la presente publicación.
Expediente CUIJ: 13-06923728-7((012054-412810)). MILLARAY MOYANO PEREYRA ESTER MARYLU
P/ SUCESIÓN. Fdo. Dra. Fabiana Beatriz Munafo. Juez. Edictos a publicarse por UN (1) DIA en el Boletín
Oficial y Diario Uno.

Boleto N°: ATM_6630658 Importe: $ 168


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juzgado en lo civil de San Martín, Autos n°1378 "CEPEDA EDMUNDO P/ SUCESIÓN", Aprobar la
información sumaria rendida en autos y tener por acreditado, al sólo y único fin del presente proceso, que
STELLA MARIS CEPEDA CORRADORI, presunta heredera denunciada en autos, es persona de
ignorado domicilio.

Boleto N°: ATM_7094830 Importe: $ 216


04-09-14/11/2022 (3 Pub.)

(*)
JUEZ 4° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADO, EXPTE. N° 413328 “RODRIGUEZ ZENON Y
FERNANDEZ MARIA ELENA P/ SUCESIÓN” cita y emplaza acreedores, herederos y quienes se
consideren con derecho a bienes dejados por los causantes Zenón RODRÍGUEZ DNI 6.742.722 y María
Elena FERNÁNDEZ DNI 3.173.159, que acrediten por escrito en el expediente su calidad de tales,
PLAZO TREINTA DÍAS CORRIDOS desde la publicación edictal. Fdo. Dr. Mariano G. Urrutia – Juez.

Boleto N°: ATM_7084821 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, SITO EN CALLE PASO DE LOS ANDES
N° 555 DE LA CIUDAD DE GENERAL ALVEAR, EN AUTOS N° 41.707 caratulados "JURIJIW
ANTONIW MIGUEL y/o JURIJIW MIGUEL y SOSNOWSKI ROSALIA P/SUCESIÓN", CITA Y EMPLAZA

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A HEREDEROS, ACREEDORES Y A TODOS AQUELLOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A
LOS BIENES DEJADOS POR LOS CAUSANTES MIGUEL JURIJIW ANTONIW Y/O MIGUEL
JURIJIW (D.N.I. N° 12.983.833) y ROSALIA SOSNOWSKI (D.N.I. N° 93.119.144) PARA QUE LO
ACREDITEN EN EL PLAZO DE 30 DIAS DESDE LA PRESENTE PUBLICACIÓN. FDO. DR. LUCAS RIO
ALLAIME. JUEZ.

Boleto N°: ATM_7087739 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DOCE CIVIL, autos 257.137 caratulados: ”BLASCO OSCAR ALBERTO P/ SUCESIÓN”, cita a
herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante
Oscar Alberto BLASCO para que lo acrediten si aún no lo han hecho, compareciendo por escrito o en
días y horas de audiencia, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación.

Boleto N°: ATM_7092944 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
SR. JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA CIVIL N° 1 DE LA CIUDAD DE SAN
RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA, SITO EN CALLE EMILIO CIVIL 257, C.P. 5600, EN AUTO N°
123.496 CARATULADOS CORONEL GALLARDO, ONOFRE S/ SUCESIÓN 13-
04926594-2(022004-123496), CITA Y EMPLAZA A PRESUNTOS HEREDEROS, ACREEDORES Y A
TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR CORONEL
GALLARDO, Onofre, LE N° 03.363.241, PARA QUE LO ACREDITEN DENTRO DEL TÉRMINO DE
TREINTA (30) DÍAS A COMPUTARSE A PARTIR DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN EDICTAL (ART.
2340 CCCN Y ARTS. 325 Y S.S. CON EL ART. 72 Y SS DEL CPCCT)- Fdo.: Dr. Juan Manuel RAMÓN,
JUEZ FIRMA DIGITAL.

Boleto N°: ATM_7087654 Importe: $ 168


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
DRA MARIA VERONICA VACAS Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N°3, cita y
emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes
dejados por el causante Sr. PRATO JORGE ENRIQUE con D.N.I. N° 5095686, haciéndoles saber que
deben presentarse ante el Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los
elementos que permitan acreditar su derecho dentro de los treinta (30) das CORRIDOS a partir de la
presente publicación. Expediente N° 314266 “PRATO JORGE ENRIQUE P/ SUCESIÓN”.

Boleto N°: ATM_7087656 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del Tercer Juzgado Civil, Comercial y Minas, sito en calle Paso de Los Andes N° 555, de la ciudad
de General Alvear, en autos N° 41.074, caratulados: “AMPUERO GERMAN P/ SUCESION”, cita y
emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el
causante GERMAN AMPUERO, (D.N.I. N° 6.917.122), para que lo acrediten en el plazo de 30 Días
desde la presente publicación. Fdo. Dr. Lucas A. RIO ALLAIME - Juez.

Boleto N°: ATM_7095101 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
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Página 116 de 143
Juez Tercer Juzgado Civil, Comercial y Minas, en autos N° 255.233 caratulado “FIGUERO JOSE
ESTEBAN P/ SUCESIÓN” declara la apertura del proceso sucesorio de JOSE ESTEBAN FIGUERO y
cita a los herederos, acreedores y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por
el causante para que se presenten dentro de los treinta días hábiles conforme lo normado por el art. 2340
del CCyCN a los fines de acreditar su derecho y proponer administrador definitivo.

Boleto N°: ATM_7094210 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juzgado en lo Civil de San Martín, Autos N° 3141 "GALVEZ JUAN Y GUAJARDO LUISA HILDA P/
SUCESIÓN", CITA herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes
dejados por JUAN GALVEZ Y LUISA HILDA GUAJARDO para que lo acrediten dentro de los TREINTA
DÍAS HÁBILES.

Boleto N°: ATM_7094223 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS DE LA
CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL. AUTOS Nº: (042051 - 985) - CARATULADOS: “ORTUBIA,
FABIO ALFREDO P/SUCESIÓN”, cita y emplaza a herederos y acreedores del causante, Sr. FABIO
ALFREDO ORTUBIA D.N.I. N° 20.631.741, a los efectos de comparecer y acreditar su derecho en el
plazo de TREINTA (30) DÍAS.

Boleto N°: ATM_7095341 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez integrante del Tercer Tribunal de Gestión Judicial Asociada en lo Civil, Comercial y Minas en los
autos N°314070 cita y emplaza a herederos y acreedores de LUIS MARIO ORDOVINI DNI °:
6.931.790, a presentarse dentro del plazo de 30 días corridos a acreditar su situación en legal forma
debiendo acompañar a tal fin los instrumentos que hagan a su derecho. Fdo.: DRA. MARIA EUGENIA
GUZMAN- Juez

Boleto N°: ATM_7094231 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juzgado en lo Civil de San Martín, Autos N° 3226 "MOY GERMAN JOSE Y FERMANI HILDA ALFONSA
ANGELA P/ sucesión", CITA herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los
bienes dejados por MOY GERMAN JOSE Y FERMANI HILDA ALFONSA ANGELA para que lo acrediten
dentro de los TREINTA DÍAS HÁBILES.

Boleto N°: ATM_7094232 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por el causante FERNANDEZ
EMMA, D.N.I N° 08.361.420, haciéndoles saber que deben presentarse ante el Tribunal (sito en Avenida
España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan acreditar su derecho dentro
de los treinta (30) días CORRIDOS a partir de la presente publicación. Expediente N° 012051-273374.

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Página 117 de 143
Boleto N°: ATM_7094281 Importe: $ 120
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ 3º JUZGADO CIVIL DE RIVADAVIA. EXPTE. Nº 36.301, cita herederos, acreedores de ZUÑIGA,
ADOLFO BERNARDINO y a todos los que se consideren con derecho a los bienes hereditarios, para que
se presenten y acrediten los mismos, en el término de TREINTA DIAS CORRIDOS (Art. 6, 2340 del
C.C.C.). Dra. NATALIA LOURDES GARCIA OLIVERI. JUEZ.

Boleto N°: ATM_7094354 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ 3º JUZGADO CIVIL DE RIVADAVIA. EXPTE. Nº 36.298, cita herederos, acreedores de VILLEGAS,
DOMINGO CUSTODIO y a todos los que se consideren con derecho a los bienes hereditarios, para que
se presenten y acrediten los mismos, en el término de TREINTA DIAS CORRIDOS (Art. 6, 2340 del
C.C.C.). Dra. NATALIA LOURDES GARCIA OLIVERI. JUEZ.

Boleto N°: ATM_7094589 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL COMERCIAL Y MINAS, SITO EN CALLE PASO DE LOS ANTES
N° 555 DE LA CIUDAD DE GENERAL ALVEAR, EN AUTOS N° 41.980 caratulados: “TOHME
ROBERTO P/SUCESIÓN”, CITA Y EMPLAZA A HEREDEROS, ACREEDORES Y A TODOS
AQUELLOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR EL CAUSANTE
SR. ROBERTO TOHME (D.N.I N° 13.425.316) PARA QUE LO ACREDITEN EN EL PLAZO DE 30 DÍAS
DESDE LA PRESENTE PUBLICACIÓN. FDO. DR. LUCAS RIO ALLAIME- JUEZ.

Boleto N°: ATM_7094654 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por el causante Sr. ANGEL
VICENTE MUÑOZ, con D.N.I. N° 8.725.724, haciéndoles saber que deben presentarse ante el Tribunal
(sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan acreditar su
derecho dentro de los TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS a partir de la presente publicación. Expediente N°
274.127. Edictos a publicarse por UN (1) DIA en el Boletín Oficial.

Boleto N°: ATM_7091856 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por la causante Sra. CIULLINI
AMALIA TERESA NORMA, DNI F 1.602.844, haciéndoles saber que deben presentarse ante el Tribunal
(sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan acreditar su
derecho dentro de los treinta (30) das CORRIDOS a partir de la presente publicación. Expediente
N° 134.188 “BOLDRINI ENZO Y CIULLINI AMALIA TERESA NORMA P/SUCESIÓN”.

Boleto N°: ATM_7095097 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 118 de 143
(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por el causante Sr. FERRERI
RICARDO HUMBERTO, con D.N.I N° 06.603.356, haciéndoles saber que deben presentarse ante el
Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan
acreditar su derecho dentro de los treinta (30) días CORRIDOS a partir de la presente publicación.
Expediente N° 012051-274146.

Boleto N°: ATM_7094208 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por la causante Sra. LUISA
LEONOR CASTILLO, con D.N.I. N° 5.952.920, haciéndoles saber que deben presentarse ante el
Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan
acreditar su derecho dentro de los TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS a partir de la presente publicación.
Expediente N° 273.735.

Boleto N°: ATM_7094209 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dr. JUAN PABLO SANTIAGO CIVIT, en
autos N° 275.531 “ARANDA PATRICIA EDITH P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y
acreedores y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante ARANDA
PATRICIA EDITH, D.N.I. N° 18.432.956 para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se
presenten conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de
Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094214 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZA DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. JORGELINA IERMOLI BLANCO
en autos N° 275391 “SIGNORELLI ALBERTO P/SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores
y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante SIGNORELLI
ALBERTO DNI 92.057.885 para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se presenten
conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de Justicia –
Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094216 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZA DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. JORGELINA IERMOLI BLANCO
en autos N° 272659 “ALVAREZ MARIA LUISA P/SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores
y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante ALVAREZ MARIA
LUISA DNI 3.323.142 para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se presenten
conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de Justicia –
Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094217 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 119 de 143
(*)
JUEZ DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. MARCELA RUIZ DIAZ, en autos
N° 272.459 “TEJERINA, DONATO PEDRO y CESPEDES MAURA P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a
herederos y acreedores y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por los
causantes TEJERINA, DONATO PEDRO D.N.I. M7.283.092 y CESPEDES MAURA D.N.I. 11.694.271,
para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se presenten conforme lo normado por el
Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en
Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094222 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N°1 cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por el causante Sra.
MARCELA ALEJANDRA ACUÑA, con D.N.I. N°21.371.775, haciéndoles saber que deben presentarse
ante el Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que
permitan acreditar su derecho dentro de los treinta (30) das CORRIDOS a partir de la presente
publicación. Expediente N°274159 “ACUÑA MARCELA ALEJANDRA P/SUCESIÓN”.

Boleto N°: ATM_7095349 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. MARCELA RUIZ DIAZ, en autos
N° 275434 “ZOTTO MIGUEL ANGEL P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores y a
todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante ZOTTO MIGUEL
ANGEL, D.N.I. 12.681.279 para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se presenten
conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de Justicia –
Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094233 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por los causantes Sr.
MARCELINO ALEJANDRO TOLEDO, con D.N.I. N° 3.357.475, y Sra. MODESTA MORALES, con D.N.I.
N° 8.312.324, haciéndoles saber que deben presentarse ante el Tribunal (sito en Avenida España 480
Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan acreditar su derecho dentro de los
TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS a partir de la presente publicación. Expediente N° 273.913.

Boleto N°: ATM_7094235 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. MARCELA RUIZ DIAZ, en autos
N° 272.119 “MONTAÑO GUTIERREZ, ALFREDO P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y
acreedores y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante
MONTAÑO GUTIERREZ, ALFREDO D.N.I. 93.106.561, para que en el plazo de 30 días desde la
presente publicación se presenten conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal,
ubicado en el Palacio de Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 120 de 143
Boleto N°: ATM_7094241 Importe: $ 144
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZA DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra.PATRICIA FOX en autos N°
275392 “MOLINA MARTA ALBERTINA P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores y a
todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por la causante MOLINA MARTA
ALBERTINA, D.N.I. F5.936.381, para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se
presenten conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de
Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094248 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
Juez del TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1, cita y emplaza a herederos, acreedores y
a todos los que se consideren con derecho respecto de los bienes dejados por la causante Sra.
GENOVART MARIA CATALINA, DNI F 3.306.539, haciéndoles saber que deben presentarse ante el
Tribunal (sito en Avenida España 480 Ciudad de Mendoza) acompañando los elementos que permitan
acreditar su derecho dentro de los treinta (30) das CORRIDOS a partir de la presente publicación.
Expediente N° 273.966 “GENOVART MARIA CATALINA P/ SUCESIÓN”.

Boleto N°: ATM_7094280 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZA DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. JORGELINA IERMOLI BLANCO
en autos N° 271473 “CUNEO MANUEL RICARDO P/SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y
acreedores y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante CUNEO
MANUEL RICARDO LE 8.117.702 para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se
presenten conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de
Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

Boleto N°: ATM_7094435 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZ DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. MARCELA RUIZ DIAZ, en autos
N° 275.385 “RUFINO, CLAUDIA BEATRIZ P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores y a
todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por la causante RUFINO, CLAUDIA
BEATRIZ D.N.I. 20.419.763, para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se presenten
conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de Justicia –
Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte

Boleto N°: ATM_7096775 Importe: $ 144


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
JUEZA DEL 2° TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA – Dra. CECILIA LANDABURU, en autos
N° 270.119 “GALVAN LORENZO EDUARDO P/ SUCESIÓN”. Cita y emplaza a herederos y acreedores
y a todos aquellos que se consideren con derecho a bienes dejados por el causante GALVAN LORENZO
EDUARDO DNI N° 6.850.995, para que en el plazo de 30 días desde la presente publicación se
presenten conforme lo normado por el Artículo 2.340 C.C.C.N. en este Tribunal, ubicado en el Palacio de
Justicia – Ciudad de Mendoza, sito en Av. España N° 480, 6to. Piso - Ala Norte.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 121 de 143
Boleto N°: ATM_7095854 Importe: $ 144
04/11/2022 (1 Pub.)

MENSURAS
(*)
Bernarda Chenot, Agrimensora, mensurará 191.25 m2 propiedad de FORTUNATO DI GIUSEPPE
ubicada en Calle Juan Agustín Maza Nº 420, Ciudad, Capital, Mendoza. EX-2022-07711851- -GDEMZA-
DGCAT_ATM. Noviembre 14, 9:30 hs.

Boleto N°: ATM_7091878 Importe: $ 144


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Guillermo Pravata, Agrimensor, mensurará 5.000 m2 parte mayor extensión de MARIA MAGDALENA
PEREZ GUILHOU de DE LA TORRE, ubicada en Los Retamos Oeste S/Nº, 60m al Oeste de
Servidumbre de Tránsito (hoy Calle Las Magnolias), Vertientes del Pedemonte, Luján de Cuyo. Punto de
Encuentro: Delegación Municipal Vertientes del Pedemonte. Expte. Nº: EE-61841-2022. Noviembre 14,
Hora: 17:00.

Boleto N°: ATM_7091881 Importe: $ 216


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Martin García Agrimensor, mensurará 225 m2 propietario Rey Luis Andrés, ubicación Libertad 264,
Ciudad, San Rafael. Expediente 2022-07657745-DGCAT, noviembre 15 Hora 11.

Boleto N°: ATM_7091885 Importe: $ 72


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Martin García Agrimensor, mensurará 231.17m2 propietario Funez Sisto Gabriel, ubicación Patricias
Mendocinas 262, Ciudad, San Rafael. Expediente 2022-07656084-DGCAT, noviembre 15. Hora 10.

Boleto N°: ATM_7092935 Importe: $ 72


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Agrimensor Roberto Asensio, mensurará y fraccionará 734,46 m2, propiedad de AURORA PEREZ
FARINHA, ubicados en calle Lamadrid N°781, Ciudad, Lujan de Cuyo. Expte EX-2022-07798388-
-GDEMZA-DGCAT_ATM Noviembre 14, 17.30hs

Boleto N°: ATM_7092961 Importe: $ 144


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Martin García Agrimensor, mensurará 804.29 m2 Titulares SAN MARTIN SURA Olivia del Carmen; SAN
MARTIN Rosa Hortencia; SAN MARTIN Oscar Manuel; SAN MARTIN Héctor Raúl, ubicación Calle
Esquivel Aldao 1330, Ciudad, Malargüe. Expediente 2022-07749069 -DGCAT. Noviembre 14. Hora 12.00

Boleto N°: ATM_7091922 Importe: $ 144


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Ing. Agrimensor Jerónimo Toro, mensurará y fraccionará 1 ha, de EDUARDO ORTIZ, Calle “O”, 195,30
BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 122 de 143
m al Oeste de Ruta Nacional 143 (Lado Sur) – Ciudad –General Alvear. EX-2022-07771848- GDEMZA-
DGCAT_ATM. Noviembre 14. Hora 14.

Boleto N°: ATM_7091934 Importe: $ 144


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Martin García Agrimensor, mensurará 158.74 m2 Titulares LERA DE JIMENEZ Rosario Angela y
JIMENEZ María Cristina, ubicación Calle Comandante Rodríguez esquina suroeste Napoleón Uriburu,
Ciudad, Malargüe. Expediente 2022-07748946-DGCAT. Noviembre 14 Hora 10.00

Boleto N°: ATM_7093814 Importe: $ 144


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Raúl Manzano Agrimensor, mensurará 55.500m2 aproximadamente Obtención Título Supletorio Ley
14159 y modificatorias. Propietario: JORGE HUMBERTO SARDI LUCA, EDUARDO LUIS SARDI LUCA,
MARTA ELISA SARDI LUCA. Pretende: SALVADOR CHITADINO. Calle Sardi 705., 550m Este Adolfo
Calle. El Cerrito. San Rafael. Norte: Dionicio Zanetti. Sur: Calle Sardi y Victorio Velasco. Este: Calle Sardi,
Victorio Velasco, José Maldonado, Antonio Sandri. Oeste: Dionicio Zanetti. Exp.: 2022-03835070.
Noviembre 14. Hora 15.

Boleto N°: ATM_7094910 Importe: $ 288


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Carlos SAVOIA, Agrimensor, mensurará 269 m2, Propiedad MARCIO ANTONIO CALTABIANO
DEMICHELIS Y OTRA. Calle Cornelio Saavedra N° 113. Ciudad. San Martín. Noviembre: 14 Hora: 9:00.
Expediente: EX-2022-07789385-GDEMZA-DGCAT_ATM

Boleto N°: ATM_7093828 Importe: $ 144


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Ramón Sedero, ingeniero civil mensurará en Propiedad Horizontal 290,59 m2. Propietario. ZACARIAS
HUANCA SANDOVAL, calle Río Negro N° 2108. Pedro Molina Guaymallén Mendoza. Noviembre: 14
Hora:17. EX - 2022- 07426777- GDEMZA-DGCAT-ATM

Boleto N°: ATM_7093832 Importe: $ 144


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Humberto Ianotti Agrimensor mensurará 205,37 m2, aproximadamente, Propiedad de ESTADO
NACIONAL ARGENTINO, Pretende: Diego Jesús Leonardo Pallares. Gestión Título Supletorio Ley
14159, Decreto 5756/58. Límites: Norte: ESTADO NACIONAL ARGENTINO (Callejón); Sur: ESTADO
NACIONAL ARGENTINO; Este: CALLE PÚBLICA Nº 1; Oeste: ROSA GERACI. Ubicado Calle Pública Nº
1 a 55,46m al Sur de Calle Mitre; Ciudad; Maipú. Noviembre:14; Hora: 9:30. Expediente: EE-62148-2022

Boleto N°: ATM_7093836 Importe: $ 288


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Ing. Agrimensor Pablo M. Egea mensurará aproximadamente 520 m2. Propiedad de MARIA VIRGINIA
NASISI, ubicada en Calle Pedro Vargas nº 1643, Ciudad, San Martín. EX-2022-07807705- GDEMZA-

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 123 de 143
DGCAT_ATM Noviembre: 14 Hora: 12:00

Boleto N°: ATM_7095013 Importe: $ 144


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Agrimensor Guillermo Pravata mensurará y fraccionará 4.000 m2 propiedad de MONICA BIBIANA
SANCHEZ ubicado en Callejón Comunero de Indivisión Forzosa S/Nº, con salida a Ruta Provincial Nº 82,
Km. 30,95, por el Callejón Comunero 75m al Sur, costado Este, Cacheuta, Luján de Cuyo. Cita a
condóminos de dicho Callejón Comunero. Expte. Nº EE-61919-2022. Noviembre 13, hora 10:30.

Boleto N°: ATM_7094417 Importe: $ 288


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Germán Villarreal, Ing. Agrimensor, mensurará 122 m2 aproximadamente, Propiedad de RODOLFO
ESTEBAN LENCIONE. Ubicada en Centro Comercial Echesortu y Casas, Calle Boulogne Sur Mer N°65
y Pasaje Nº 1, esquina Sureste, Ciudad, San Martín, Mendoza. Noviembre: 14 Hora: 11. Expte.:
2022-07832589-GDEMZA-DGCAT_ATM

Boleto N°: ATM_7095842 Importe: $ 216


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Agrimensor Juan Carlos Rodríguez, mensurará, 224.115,99 m2, propiedad GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE MENDOZA, (art. 2342 inc. 1º Código Civil), Pretende CONSTANTINO
CARAGANOPULOS, Ley 14159 Decreto 5756/58 gestión título supletorio, Calle Troilo S/N.º, costado
Noreste 1962 m al Sur de calle Calderón, Vista Flores, Tunuyàn; Limites Noreste: ALBERTO
WASHINGTON GUTIERREZ y otros, Suroeste y Sureste: Miracle S.A., Noroeste: calle Troilo, Noviembre
14, hora 10.00- EE-62035-2022

Boleto N°: ATM_7094940 Importe: $ 288


04-08-09/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Julio Arranz, Agrimensor, mensurará 236,20m2 propiedad MARIO TITO DELU AUGE (1/4), ALBERTO
IRENEO DELU AUGE (1/4) y FERNANDO ROQUE ROBLEDO (2/4), pretendida por AMERICO PEDRO
GOMEZ gestión Título Supletorio, Ley 14159 y Modificatorias. Ubicada en calle 12 de Febrero 2979, 6ta.
Sección, Ciudad, Capital. Expediente EX-2022–07306568- -GDEMZA-DGCAT_ATM. Dia 14 de
noviembre de 2022, hora 17,30. Norte: Fernando Roque Robledo, Juana Eladia Yañez y Edith Salvo Sur:
Juan José Kravetz y Carina Adriana Merino, Este: Natalia Celeste Fandiño y Julio César Lores, Oeste:
Calle 12 de Febrero

Boleto N°: ATM_7095721 Importe: $ 360


04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

(*)
Ing. Agrimensor Diego Alberto Gramajo Mensurara 7130.00 m2 aproximadamente para obtención Titulo
Supletorio Ley 14159 y Modificatorias, propiedad de: FORTES JUAN MANUEL. Pretendida por: DANIEL
ULISES MORON. Límites: Norte: calle Santiago del Estero. Sur: calle Talcahuano, Este: Pasaje Peatonal
Publico y Palmarocchi Hugo Anibal, Oeste: Obras Satinarías de La Nación. Ubicada en calle Talcahuano
nº 3200 a 75.00 m al Oeste de intersección Calle Gutemberg, costado Norte, Presidente Sarmiento,
Godoy cruz, Mza. Noviembre 13 hora 20.00. Expte. EX-2022-07671978- GDEMZA-DGCAT_ATM .

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
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Página 124 de 143
Boleto N°: ATM_7096856 Importe: $ 360
04-07-08/11/2022 (3 Pub.)

Ing. Agrimensora Daniela Castilla mensurará 50002,9702m2. Propietario: La Crianza Sociedad de


Responsabilidad Limitada. Ubicación: Jensen esq. Los Filtros (N-O), Las Paredes, San Rafael.
Noviembre 14. Hora 12.30. Expediente 2022-07749050-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7087618 Importe: $ 144


03-04-07/11/2022 (3 Pub.)

Gastón Abihaggle, Ingeniero Agrimensor, mensurará 10 ha 2993,80 m2. Propietario: MARTINEZ DE


MASSA, VICENTA. Ubicación: Los Brasileros S/ N a 400 m al este de Calle Antártida Argentina, mano
norte, Real del Padre, San Rafael. Expediente: EX-2022-07302015- GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre:
9, Hora: 10

Boleto N°: ATM_7069645 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Gastón Abihaggle, Ingeniero Agrimensor, mensurará 4 ha 9962,50 m2. Propietario: MARTINEZ DE


MASSA, VICENTA. Ubicación: Río Negro S/N a 950 m al este de Ruta Provincial N° 171, mano sur, Real
del Padre, San Rafael. Expediente: EX-2022-07305603- GDEMZA-DGCAT_ATM, Noviembre: 9, Hora: 11

Boleto N°: ATM_7069646 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Gastón Abihaggle, Ingeniero Agrimensor, mensurará 7 ha 5124,92 m2. Propietario: MARTINEZ,


VICENTA. Ubicación: Calle Reta a 700 m al este de Ruta Provincial N° 171, mano norte, Real del Padre.
San Rafael. Expediente: EX-2022-07308416- GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre: 9, Hora: 12.

Boleto N°: ATM_7069666 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

EDUARDO FEMENIA, Agrimensor Mat. 1446, mensurará 400 m2 propiedad DORA ALICIA SILVETI DE
ARROYO BENEGAS, HEBE MARIA HELENA SILVETI DE VIDELA LEANIZ, LUIS EDUARDO SILVETO,
pretendida EDUARDO RAMIRO PERZ Ley 14159 Modificatorias. Ubicado 93 metros Este, acera Sur
CCIF salida 9 de Julio 501,La Consulta, San Carlos. Límites : Norte, Sur, Esta Oeste, titulares dominiales.
Noviembre 12 hora 11 EX-2022-07629923- -GDEMZA

Boleto N°: ATM_7083499 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ing AGRIM JUAN PABLO RODRIGUEZ MENSURARÁ 47ha1914m2 aprox para obtención Titulo
Supletório Ley 14.159 y modificadoras Propietario DI BENEDETTO Vicente, BOSCHIN Carlos Pretende
CARLOS BOSCHIN Ubicación Calle Godoy y Calle Banco Español esquina SurOeste Goudge San
Rafael Límites Norte Calle Godoy Sur y Oeste MILLAN SA Este Calle Banco Español EX-2022-07732145-
-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 9. HORA: 17

Boleto N°: ATM_7087452 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ing. Agrimensor Juan Manuel Pia, mensurará 2449ha 6717,57m² aproximadamente, para obtención de
Título Supletorio, Ley 14159, Decreto 5756/58 y modificatorias. Propietario: CECILIO GATICA.
Pretendientes: LAURA CARINA MENDEZ Y LUIS MENDEZ. Ubicación: a 10963m al Sur de Ruta
Nacional 188, por Camino Ganadero Canalejas Sur – Bowen - General Alvear. Límites: Norte: LOS

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CHARCOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; Sur: CECILIO GATICA, Este: RIO SALADO,
Oeste: CECILIO GATICA. EE-61370-2022. Noviembre 9. Hora 09:00

Boleto N°: ATM_7087463 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ing. Agrimensor Carlos Soto, mensurará 283,98 m2 Propietario DIGNA DEL ROSARIO ENGRACIA
JUAREZ de HEREDIA calle Arizu 64 Ciudad Godoy Cruz. Noviembre: 09 Hora: 16.30 . Ex 2022-
07741262-GDEMZA-DGCAT_ATM

Boleto N°: ATM_7087622 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Agrimensora Fanny Raso mensurará superficie 258.88 m2 propiedad de Ramon Roberto Ruiz y Martha
Casado De Ruiz. Ubicada en calle Reconquista N° 508 Ciudad San Rafael. EXPTE:
2022-7673000-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 9. Hora 16:00.

Boleto N°: ATM_7087700 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Agrimensor Marcelo Bugarin mensurará 178,54 m2, propietario ALFREDO CORNAGO y OTRA, ubicada
Adolfo Calle 413, Coronel Dorrego, Guaymallen. Expediente EX-2022-07505280-GDEMZA-
DGCAT_ATM. Noviembre 09, hora 17:00.

Boleto N°: ATM_7090451 Importe: $ 72


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Pablo Lausi, Ingeniero Agrimensor mensurará 6715 m2 aproximadamente, propiedad GARBUIO OLIVO,
pretendida por PAEZ LINDOR ABSALON; obtención Título Supletorio Ley 14.159 Decreto 5756/58, sita
en calle San Martín S/Nº 80 m al Sureste de calle Reulli, margen Oeste, La Primavera, Departamento
Tunuyán. Límites: Norte: Calle San Martín; Sur: Garbuio Olivo; Oeste: Coronel Fernando; Este: Angel
Maria Torres. Noviembre 09, hora 10:00. EX-2022-07635567-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090453 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Roberto Carbonell, Agrimensor, mensurará 201,06 m2 aproximadamente, para obtención Título


Supletorio Ley 14159 Decreto 5756/58. Propiedad: ELENA MARGARITA CULOS de CULOS, pretendida
por: GRACIELA BEATRIZ ZARANTONELLO, ubicada Lafinur N° 410, Coronel Dorrego, Guaymallen.
Límites: Norte: Dora Bety Nicosia; Sur: Roberto Daniel Flores; Este: Bio Sur Diagnósticos SRL; Oeste:
Calle Lafinur. Noviembre 09, hora 16:00. EX-2022-07429967-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090457 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniera Agrimensora Paola Morichetti mensurará 310 m2 aproximadamente, propietario MARTINELLI


de CARAM, ALICIA JOSEFINA. Ubicación Boulogne Sur Mer N° 1015, Quinta Sección, Capital.
EX-2022-07672284-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 09, hora 16:00.

Boleto N°: ATM_7090460 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

ANDRES ZAMORA, Ingeniero Agrimensor, Mensurará 80000,00 m2 aproximadamente. TITULAR: NOAIN


SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Ubicación: CALLE LA ESMERALDA S/N° 650m al SUR

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de Calle LOS INQUILINOS, margen OESTE, CUADRO BENEGAS, SAN RAFAEL, MZA. 09 de
NOVIEMBRE 2022; Hora 12.00.- EX-2022-07747540-GDEMZA-DGCAT_ATM

Boleto N°: ATM_7090462 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniero Agrimensor Cesar Chaves mensurará 7689,22 m2, propiedad de MARIA LAURA GONZALEZ
GALIÑO, ubicada en Servidumbre de tránsito con salida a Calle Mathus Hoyos N° 5387, a 80 m al Sur,
Costado Oeste, El Sauce, Guaymallén. Noviembre 10, hora 14:30. Expediente
EX-2022-07367634-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090466 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Roberto Carbonell, Agrimensor, mensurará 400,00 m2 aproximadamente, para obtención Título


Supletorio Ley 14159 Decreto 5756/58. Propiedad: ROBERTO SABATINI, pretendida por: DIEGO DAVID
EJARQUE, ubicada San Lorenzo N° 161, Ciudad, Tupungato. Límites: Norte: calle San Lorenzo; Sur:
Gonzalo Baldasso; Este: Fabiana Cisterna; Oeste: Gustavo Soto, Carmelo Reynoso, Bautista Ballester.
Noviembre 10, hora 16:00. EX-2022-07430402-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090469 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Eduardo E. Filomía Ingeniero Agrimensor mensurará 4275 ha. 3889.79 m2, de Jorge Esteban Stern y
otros, en Calle Stern S/Nº, intersección Calle Chapini, costado Sur Este, Distrito La Dormida, Santa Rosa,
Mendoza. Noviembre 9, hora 10:30. Expediente EE-60796-2022.

Boleto N°: ATM_7090493 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Claudio Fasceto Agrimensor mensurará 374473.22 m2, de PATRICIO RAFAEL MIRA FERNANDEZ, en
Roque Sáenz Peña S/Nº, costado Norte, a 715 m al Este de calle Bernardo Ortiz, Vistalba, Lujan de
Cuyo. Noviembre 10, hora 13.30. EE-61287-2022.

Boleto N°: ATM_7090524 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Cecilia Granata Ingeniera Agrimensora mensurará, parte mayor extensión, 262,24 m2 aproximadamente,
propiedad del I.P.V. ubicada Barrio Güemes (Los Álamos), Manzana M, Casa 21, Ciudad, San Martín.
Límites: Norte: Instituto Provincial de la Vivienda en 17,60 m; Sur: Calle Anzano Hugo Barbani en 17,60
m; Este: Calle Pedro Vargas en 14,90 m y Oeste: Instituto Provincial de la Vivienda en 14,90 m.
EX-2022-07532834-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 09, hora 18:30.

Boleto N°: ATM_7091028 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniero Agrimensor Daniel Morales mensurará 227.084,92 m2. Propiedad EDUARDO ALBERTO
GRACIA (50%) y ORLANDO MANUEL GRACIA (50%). Ubicada de intersección Ruta 143 y calle Fuerte
San Juan, por ésta 5.100,00 m al Sur, costado Oeste, Paso de las Carretas, Pareditas, San Carlos.
Noviembre 07, hora 10:00. EX-2022-07699874-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090555 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Francisco Miranda Ingeniero Agrimensor mensurará 270,28 m2 aproximadamente, para Regulación
Dominial, L.N. 24.374 y L.P. 8.475. Propiedad de Luís Carlos Chavannes. Ocupante Laura Graciela
Falcon. Ubicada en Calle Paso del Portillo N° 2228, Barrio Independencia, El Plumerillo, Las Heras.
EX-2022-07352293-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 09, 17:30 horas.

Boleto N°: ATM_7090570 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Francisco Miranda Ingeniero Agrimensor mensurará 200,81 m2 aproximadamente, Parte Mayor


Extensión, para Regulación Dominial, L.N. 24.374 y L.P. 8.475. Propiedad de COOPERATIVA DE
VIVIENDA, URBANIZACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS RECONSTRUCCIÓN MOLINERO TEJEDA
LIMITADA. Ocupante JORGE LUÍS BENGOLEA. Ubicada en Barrio Molinero Tejeda manzana C casa 18,
Panquehua, Las Heras. EX-2022-07339054-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre 09, 18:00 horas.

Boleto N°: ATM_7090572 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Francisco Miranda Ingeniero Agrimensor mensurará 330,82 m2, para Regulación Dominial, L.N. 24.374 y
L.P. 8.475. Propiedad de HUGO JORGE VILLAROEL. Ocupante MARÍA DEL CARMEN CÓRDOVA.
Ubicada en Calle Rafael Obligado N° 585, El Resguardo, Las Heras. EX-2022-07348581-GDEMZA-
DGCAT_ATM. Noviembre 09, 18:30 horas.

Boleto N°: ATM_7090595 Importe: $ 216


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Julio Irusta, Agrimensor, mensurará, Noviembre 09, hora 10:00, propiedad HUGO FRACCARO y OTRA,
calle Vidal Serra Nº 928, Ciudad, Maipú. Superficie: 650,00 m2. Expediente:
EX-2022-07639847-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090612 Importe: $ 144


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Julio Irusta, Agrimensor, mensurará, Noviembre 09, hora 11:00, propiedad BENITO PALERMO
TOBARES, pretendida Título Supletorio Ley 14159, Decreto 5756/58, por JESICA PAOLA NUÑEZ
MAUREIRA, Calle Chiclana Nº 162, General Gutiérrez, Maipú. Límites: Norte: Benito Palermo Tobares y
calle Chiclana; Sur: Héctor Porro; Este: José Scro; Oeste: Antonia Leonida Domínguez y Félix Espinosa.
Superficie 204,07 m2. Expediente EX-2022-07645817-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090614 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniero Agrimensor Hugo Ricardo García mensurará 725.01 m2 para obtención Título Supletorio Ley
14.159 y modificatorias, propiedad de DORIS BEATRIZ ALVAREZ IGARZABAL de QUIROGA, pretendida
por NESTOR AGUSTIN ARMATA, FRANCISCO EDUARDO ARMATA, MARTA ALICIA ARMATA,
DANIEL ANGEL ARMATA y MARIO ARMANDO ARMATA, ubicada en Callejón Comunero con salida a
Callejón Salinas N°300, desde ahí por Callejón Comunero 250m al Oeste, costado Sur, General
Gutiérrez, Maipú. Limites: Norte: Callejón Comunero, Sur: José Rafael Ferrer, Este: Ramón Cayetano
Deliberto, Oeste: Rosario Inés Tula. Expte. N° EX-2022-07671673-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre
9, Hora 18:00.

Boleto N°: ATM_7085752 Importe: $ 360


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Franco López Hierro, Ing. Agrimensor Mensurará 2440.70 m² aproximadamente para obtención Título

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Página 128 de 143
Supletorio Ley 14159 y Modificatorias, propiedad de: ALDO GABRIEL GARCIA. Pretendida por:
GRISELDA ESMERALDA JUAN, Limites: Norte: Aldo Gabriel García, Sur: Aldo Gabriel García, Este:
Juan Pablo Lazo – Enrique Daniel García, Estefanía del Carmen Adarme, López Natalia Paola Oeste:
Aldo Gabriel García. Ubicada sobre Fundo Enclavado por Servidumbre de Hecho costado Este, 205.00m
Al Sur de Avenida Juan Bautista Alberdi Costado Sur, 200.00m Al Este de calle La Intendencia. Dpto. San
Rafael, Dto. Cuadro Nacional. Expte EX-2022- 07348698- -GDEMZA-DGCAT_ATM Noviembre 9. Hora
15.

Boleto N°: ATM_7086788 Importe: $ 432


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ing. Agrimensor Juan Manuel Pia, mensurará 1800ha 0000,00 m² aproximadamente, para obtención de
Título Supletorio, Ley 14159, Decreto 5756/58 y modificatorias. Propietario: CECILIO GATICA.
Pretendiente: BENJAMIN EDUARDO MENDEZ. Ubicación: a 10963m al Sur de Ruta Nacional 188, por
Camino Ganadero Canalejas Sur, y a 7200m al Suroeste, por camino de servidumbre de hecho – Bowen
- General Alvear. Límites: Norte: LOS CHARCOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; Sur:
CECILIO GATICA, Este: CECILIO GATICA, Oeste: ANTONIO GATICA. EE-61366-2022. Noviembre 9.
Hora 09.30

Boleto N°: ATM_7087462 Importe: $ 360


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Mariano Rodríguez, Agrimensor, mensurará 354.33 m2, gestión Título Supletorio 14159 Decreto 5756/58,
propiedad de SAMUEL BIENVENIDO ORMEÑO, TERESA ORMEÑO, ELVIRA ORMEÑO, PASCUAL
ORMEÑO, pretendido por CARMONA MARIANO NAZARENO y VALDERRAMA SANTIS VERONICA
CAROLINA, ubicado en calle La Gloria s/n°, costado Este, a 90.00.00 m al Sur de Calle Filippini, San
José, Tupungato, Mendoza. Límites: Norte: Samuel Bienvenido Ormeño, Teresa Ormeño, Elvira Ormeño
y Pascual Ormeño; Sur: Vidal Ruffolo Jorge Osvaldo; Este: Samuel Bienvenido Ormeño, Teresa Ormeño,
Elvira Ormeño y Pascual Ormeño; Oeste: calle La Gloria. EX-2022-06149171-GDEMZA-DGCAT_ATM.
Noviembre 10, hora 14:30.

Boleto N°: ATM_7090463 Importe: $ 432


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Mariano Rodríguez, Agrimensor, mensurará 810.51 m2, gestión Título Supletorio 14159 Decreto 5756/58,
propiedad de PIETROPAOLO ANTONIO CESAR, pretendido por VERDE NORA IRIS, ubicado en calle
Laureano Galigniana 1070, Villa, La Paz, Mendoza. Límites: Norte: Ojeda Héctor; Sur: calle Laureano
Galigniana; Este: Misión Cristiana Evangélica Cuyana y Sosa Stella Maris, Sosa Darío Alberto, Sosa
Claudio Agustín; Oeste: Fernández María Anabella. EX-2022-07655099-GDEMZA-DGCAT_ATM.
Noviembre 11, hora 13:30.

Boleto N°: ATM_7090480 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniera Agrimensora Ximena Soledad Cabrera mensurará 2 ha. 1200 m2 aproximadamente, para
obtención de Título Supletorio Ley 14159 Decreto 5756/58 y modificatorias, propiedad de IRMA ANTONIA
CRISTIANI de MARTIN, pretendida por HECTOR DANIEL CRISTIANI, ubicada en Calle La Virgen a
185,40 m al Sur de calle Oratorio, costado Oeste, Medrano, Junín, Mendoza. Límites: Norte: Ranzuglia
Humberto; Sur: Arturo Juan Baldo; Este: Calle La Virgen; Oeste: Irma Antonia Cristiani de Martin. 09 de
Noviembre de 2022. Hora 18:00. Expediente EX-2022-06734365-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090490 Importe: $ 360


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
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Página 129 de 143
Marisa Devincenzi, Agrimensora, mensurará 700.34 m2 aproximadamente, Título Supletorio Ley 14159
Decreto 5756/58. Propietario: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, (Art. 236 Inc. A Código
Civil Comercial), Filippini s/n a 2823 m al Oeste Belgrano, lado Sur, Villa Bastias, Tupungato. Linderos:
Norte: Calle Filippini; Este y Oeste: Fortunato Moreno; Sur: Misión Cristiana Salvación y Liberación.
Pretendiente: GUSTAVO HORACIO GÜEMAN. EX-2022-07656793-GDEMZA-DGCAT_ATM. Noviembre
09, 16.45 horas.

Boleto N°: ATM_7091019 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniero Agrimensor Daniel Morales mensurará 956,84 m2 aproximadamente, parte mayor extensión.
Propiedad de I: MARÍA AMALIA PAVEZ de RAMÍREZ; II: ROBERTO JOSÉ VIDELA ZAPATA, MARÍA
ANGELICA CLARA VIDELA ZAPATA y CARLOS ALBERTO VIDELA ZAPATA. Pretendida por PEDRO
ENRIQUE VÁZQUEZ, Gestión título supletorio, ley 14159 y modificatorias. Ubicada en Calle Tucumán
212, La Consulta, San Carlos. Límites: Norte: Claudia Marisa, Jesús Emanuel, Andrea Liliana y Lorena
Anabel Almendra; Sur: Calle Tucumán; Este: José Limole; Oeste: Juan José Martelossi. Noviembre 07,
hora 12.00. EX-2022-07698537-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090534 Importe: $ 360


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

Ingeniera Agrimensora María Maldonado, mensurará aproximadamente 450.00 m2, parte Mayor
Extensión, para Obtención Título Supletorio Ley 14159 y Modificatorias, propietario SAEZ ANIBAL,
pretende CABRERA MARIA VANESA. Ubicada: Calle Jacaranda 54 m Este calle Los Robles, costado
Sur, B° Libertad, Lote 3, Manzana 17, Palmira, San Martín. Límites: Norte: Calle Jacaranda; Este: García
José Fernando y Oeste: Reynoso Carlos Félix; Sur: Saez Anibal. Noviembre 09, hora 16.00.
EX-2022-07633678-GDEMZA-DGCAT_ATM.

Boleto N°: ATM_7090600 Importe: $ 288


02-03-04/11/2022 (3 Pub.)

AVISO LEY 11.867


(*)
Comunico el Cambio de Titularidad de la Heladería Grido ubicada en la calle Balloffett 393 esquina Santa
Fe de la ciudad de San Rafael provincia de Mendoza, actualmente perteneciente a la Empresa
CHARMON SRL, CUIT 30-71454139-7 con domicilio Legal en la calle Moreno 47 San Rafael Provincia
de Mendoza. A partir del 01 de Noviembre del año 2022 pasará a Ivana Agostina Inglés CUIT
27-39403113-0 con domicilio Legal en la calle Batallón Nueva Creación Oeste 164 de la ciudad de
Malargüe provincia de Mendoza.

Boleto N°: ATM_7090609 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

TRANSFERENCIA HABILITACION MUNICIPAL Quien suscribe LUIS FELIPE QUINTEROS CUIT


20-10857580-9, con domicilio comercial calle MINUZZI 428 DE GODOY CRUZ MENDOZA, CODIGO
POSTAL 5501.. Habilitación y Factibilidad municipal expediente Nº 2345-E-2018. Padrón Municipal Nº
68885 SOLICITA LA TRANSFERENCIA DE HABILITACION MUNICIPAL A: Señora VIDAL ALDANA
LUZ, DNI 38207580 ,CUIT: 27-38207580-9, SITUACION ANTE EL IVA: RESPONSABLE INSCRIPTO.

Boleto N°: ATM_7077360 Importe: $ 360


01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

ARAUJO RICARDO HUMBERTO D.N.I. 16.720.237, CUIT 20-16720237-4. En cumplimiento de lo


establecido por el art. 2 de la Ley 11.867, con domicilio en calle Gral. Manuel Belgrano 1845, Godoy Cruz
BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 130 de 143
Mendoza, anuncia TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO de ARAUJO RICARDO HUMBERTO,
denominada “AR TALLER ELECTROMECANICO” ubicada en calle Gral Manuel Belgrano 1845, Godoy
Cruz Mendoza, destinada a la reparación de artículos del Hogar y Ventas de repuestos y accesorios, sin
personal, a la Sociedad AV&S S.A. CUIT 30-71779912-3, domiciliado en calle Gral Manuel Belgrano
1845, Godoy Cruz Mendoza. Para reclamos se fija domicilio en Calle Vicente Gil N° 311, Ciudad
Mendoza, domicilio de la NOTARIA CAROLINA PAOLA ARA, TITULAR DEL REGISTRO NOTARIAL Nº
184, CAPITAL MENDOZA, ante quien se realizara el acto.

Boleto N°: ATM_7084632 Importe: $ 960


31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

AVISO LEY 19.550


(*)
De acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la ley 19.550, “BODEGA ZAFIRA S.A.”, informa: Que de
acuerdo a lo resuelto en asamblea general ordinaria Nº 12 de fecha 10 de Enero de 2.022, y según
consta en acta de la misma asamblea, asentada a fojas 27 del libro de Actas de Asambleas Nº 1 se
resolvió: 1. Renovación del directorio: Presidente: Pablo Emanuel Gasparoni Caruso, argentino, casado,
comerciante de profesión, D.N.I. 29.717.550, domiciliada en Aristóbulo del Valle 650, Bermejo,
Guaymallén, Mendoza. Director suplente: María Eugenia Gasparoni Caruso, soltera, argentina,
comerciante de profesión, DNI 31.124.087, domiciliado en Aristóbulo del Valle 650, Bermejo, Guaymallén,
Mendoza. Ambos con mandato por tres años.

Boleto N°: ATM_7083584 Importe: $ 168


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
VITAR PRODUCCIONES S.R.L. – RENUNCIA GERENTE SUPLENTE VITAR PRODUCCIONES S.R.L.
Se hace saber que por acta de Reunión de Socios de fecha 24 de noviembre de 2020 se acepto la
renuncia de la gerente suplente Macarena Manuela Barbui. Publíquese en Boletín Oficial por el plazo de
un día.

Boleto N°: 07094457 Importe: $ 72


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
GRANJA PORCINA NONO HUMBERTO SOCIEDAD ANONIMA – Se hace saber que por Acta de
Asamblea General Ordinaria Unánime, realizada el 25 de agosto de 2022, se nombró el nuevo Directorio
de la sociedad. Se designó como Director titular y Presidente al Sr. JUAN MARCELO TEMPESTTI DNI
23.901.323 y como Director Suplente a la Sra. ROSA ANA MARTÍN, DNI 14.428.333, por el término de
tres ejercicios.

Boleto N°: ATM_7091864 Importe: $ 96


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ACTA DE SUBSANACION Ismael Alfredo Garro, en su carácter de autorizado por el poder especial
otorgado por los socios en las disposiciones transitorias, en el punto 4), atreves de la presente viene a
realizar las subsanaciones, de las observaciones formuladas por la Dirección de Personas Jurídicas por
el trámite de la constitución de la Sociedad por Acciones Simplificada Unkay, de en los siguientes puntos,
quedando redactada la clausula accesoria de la siguiente forma: Punto 1: En observaciones se pide que
aclare o en su caso subsane la cuestión atinente a la certificación de firmas del contrato constitutivo. El
contrato constitutivo sostiene que el 9/07/2022, comparecen todos los socios, luego uno de los socios
suscribe y se certifica la firma el 11/07/2022. Por lo expuesto la fecha de perfeccionamiento del contrato
sucede el 11/07/2022 y fecha de Subsanación 01/11/2022, siendo esta la fecha de constitución de la
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sociedad. Acompañe un acta de subsanación manifestando esto que se explica ut-supra con un edicto ,
fe de erratas que consigne que la fecha de constitución es el 11/07/2022 que se consigno mal la fecha
de perfeccionamiento del contrato de la sociedad, Debido a un error involuntario y de ejecución,
efectivamente se informo mal la fecha de perfeccionamiento del contrato constitutivo, quedando dicho
perfeccionamiento el 11/07/2022 , por tanto la clausula accesoria queda redactada de la siguiente
manera:En la Provincia de Mendoza, República Argentina, el día 11/07/2022 comparecen las señoras
ARIAS, CARMEN DEL VALLE, DNI Nº 10.425.184, CUIL Nº27-10425184-1, de nacionalidad Argentina,
nacida EL 14/08/1951, profesión:, Empresaria, estado civil: Casada, con domicilio en calle RUTA 9 KM 45
S/N LOTE 8 C.C. MASCHWITZ, ESCOBAR, , PROVINCIA BUENOS AIRES, SCHMEISSER, MARIA
GRACIELA DNI Nº 23.556.989, CUIL Nº 27-23556989-8, de nacionalidad Argentina, nacida EL
22/06/1974 , profesión:, Empresaria, estado civil: casada, con domicilio en calle, LAS CAÑAS 1950 Bº EL
MOLINO, DEPARTAMENTO,DORREGO , GUAYMALLEN, PROVINCIA DE MENDOZA, MORENO
QUINTANA, MERCEDES DNI Nº 13.735.639, CUIL Nº 27-13735639-8, profesión Empresaria , estado
civil: Casada, nacida el 27/10/1959, de nacionalidad Argentina, con domicilio en calle, RUTA 8 KM 52
S/N, LOS POTRERILLOS,UF157, FATIMA-PILAR, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, GONZALEZ
MONDEJAR, ESTEBAN ADRIAN, DNI Nº 17674582,Y CUIL 20-17674582-8,de Nacionalidad Argentina,
nacido el 28/10/1965, profesión Empresario, estado civil, Divorciado, con domicilio en calle, AV. SANTA
MARIA 3280, TIGRE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES constituyendo dirección electrónica ,
pottycuitino@gmail.com y resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada de conformidad
con las siguientes ESTIPULACIONES: Punto 2.Se formulo la siguiente observación por parte de la
Dirección de Persona Jurídica: en las fojas 3, 4 ,5 y 6 del contrato constitutivo-entiendo que-se han
incluido locuciones de manera errónea, aclare o en su caso subsane, por dicha observación, por tanto,
dichos artículos quedan redactados de la siguiente forma :ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por
objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la
creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización,
intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso
recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o
indirectamente con las siguientes actividades: (a) vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos,
editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y
educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas,
hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras, financieras y fideicomisos, (I)
Salud, y (J) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto
jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer
obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar
inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar
contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda , clase de títulos y valores; tomar y otorgar
créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades
Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. ARTICULO SEPTIMO: La
administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o
no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de
cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si
la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta.
Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización
deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la
sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos
sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la
administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el
temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo
caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se
indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse
simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del
artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los
miembros presentes. Cada administrador tendrá un voto. Los administradores podrán auto convocarse
para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si

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asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las
resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. ARTÍCULO DÉCIMO El ejercicio social cierra 31 de
Diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas
contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los
socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios. El
Capital Social es de pesos doscientos mil ($ 200.000.-), representando por igual cantidad de acciones
ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un
voto por acción.Suscribe la cantidad de 60.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un
peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. SCHMEISSER, MARIA GRACIELA DNI
Nº 23.556.989, CUIL Nº 27-23556989-8, de nacionalidad Argentina, nacida EL 22/06/1974, profesión:,
Empresaria, estado civil: casada, con domicilio en calle, LAS CAÑAS 1950 Bº EL MOLINO,
DEPARTAMENTO,DORREGO, GUAYMALLEN, PROVINCIA DE MENDOZA, Suscribe la cantidad de
60.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho
a un voto por acción, ARIAS, CARMEN DEL VALLE, DNI Nº 10.425.184, CUIL Nº27-10425184-1, de
nacionalidad Argentina, nacida EL 14/08/1951, profesión:, Empresaria, estado civil: Casada, con domicilio
en calle RUTA 9 KM 45 S/N LOTE 8 C.C. MASCHWITZ, ESCOBAR, , PROVINCIA BUENOS AIRES
Suscribe la cantidad de 60.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal
cada una y con derecho a un voto por GONZALEZ MONDEJAR, ESTEBAN ADRIAN,DNI Nº
17674582,Y CUIL 20-17674582-8,de Nacionalidad Argentina, nacido el 28/10/1965, profesión
Empresario, estado civil, Divorciado, con domicilio en calle, AV. SANTA MARIA 3280, TIGRE,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES Suscribe la cantidad de 20.000 acciones ordinarias nominativas no
endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción MORENO
QUINTANA, MERCEDES DNI Nº 13.735.639, CUIL Nº 27-13735639-8, profesión Empresaria , estado
civil: Casada, nacida el 27/10/1959, de nacionalidad Argentina, con domicilio en calle, RUTA 8 KM 52
S/N, LOS POTRERILLOS,UF157, FATIMA-PILAR, PROVINCIA DE BUENOS AIRES,El capital social se
integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la
constancia de de Certificado de Plazo Fijo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social
dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.

Boleto N°: ATM_7092965 Importe: $ 1992


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
SYMPHONY LAM LONDON LIMITED comunica que con fecha 13 de septiembre de 2022, decidió su
inscripción conforme al art. 123 LGS designando como representante a Felix Humberto Massum DNI
20.665.037, estableciendo domicilio legal en Martinez de Rozas 86, Ciudad, Mendoza, Provincia de
Mendoza, República Argentina. Datos de inscripción: SYMPHONY LAM LONDON LIMITED, número de
inscripción 14304309, fecha de inscripción 18 de agosto de 2022, con domicilio en Innovation Centre,
Gallows Hill, Warwick, CV34 6UW, Reino Unido.

Boleto N°: ATM_7090445 Importe: $ 120


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
ACTA DE SUBSANACION - 01/11/2022: En la Provincia de Mendoza, República Argentina, a 01 de
noviembre de 2022; siendo las 08 horas, se reúnen en el domicilio social: Benegas s/n Algarrobo Grande
del departamento de Junín, Provincia de Mendoza, la totalidad de los socios de "QABU S.A.S.", señores
GONZALEZ, MARGARITA NELLY, MARON, JUAN ALBERTO BLAS, MARON, SHARBEL ALBERTO y
MARON, YAMILA SOLEDAD; se delibera y resuelve por unanimidad, modificar el ARTÍCULO 4 del
Instrumento Constitutivo y el punto 2 de las disposiciones transitorias; quedando el Artículo 4 así
redactado: ARTICULO CUARTO: El Capital Social es de pesos doscientos mil ($ 200.000),
representando por igual cantidad de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 (pesos uno),
valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por
decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones nominativas

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no endosables correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según
lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo
preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele
también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el
reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho a uno o más votos
según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto. El punto
2 de las disposiciones transitorias quedando redactado de la siguiente manera: DISPOSICIONES
TRANSITORIAS 2: Los socios GONZALEZ, MARGARITA NELLY, MARON, JUAN ALBERTO BLAS,
MARON, SHARBEL ALBERTO y MARON, YAMILA SOLEDAD suscriben el 100% del capital social de
acuerdo con el siguiente detalle: GONZALEZ, MARGARITA NELLY suscribe la cantidad de 50.000
acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un
voto por acción, MARON, JUAN ALBERTO BLAS suscribe la cantidad de 50.000 acciones ordinarias
nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción,
MARON, SHARBEL ALBERTO suscribe la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nominativas no
endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, MARON, YAMILA
SOLEDAD suscribe la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso
valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco
por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante certificados de depósito de
plazo fijo en el Banco de la Nación Argentina, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social
dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.

Boleto N°: ATM_7095019 Importe: $ 696


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MINERA CHUBUT SA. Comunica que por Asamblea General Ordinaria de fecha 26 de Abril de 2021 y
según constancia de fojas 14 del Libro de Deposito de Acciones y Registro de Asistencia Asambleas
General Ordinaria Unánime, se procedió a la designación de integrantes del Directorio para un nuevo
periodo y distribución de cargos, luego de un intercambio de ideas, es aprobado por unanimidad,
quedando constituido del siguiente modo: Julio Cesar Pulisich director titular, presidente del directorio, y
el Antonio Torre, director suplente, por el término de 3 ejercicios. Los Directores presentes en este acto
proceden a aceptar sus cargos suscribiendo el acta en prueba de conformidad, dejando asimismo
constancia de que: a) que aceptan las designaciones efectuadas, b) que todos tienen domicilio real en la
Republica, c) que no se encuentran incluidos dentro de las causales de incompatibilidad previstas en el
Art 264 de la Ley 19550 (LGS) y d) que todos ellos fijan domicilio especial a los efectos del Art 256 in fine
de la LGS en la calle Av. San Martin 924, 3° piso, Ciudad Mendoza e) que dejan constancia que se
abstienen de realizar el depósito correspondiente al 1% por haberlo realizado al momento de la
constitución de la sociedad.

Boleto N°: ATM_7094381 Importe: $ 312


04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
“SIMC&A S.R.L. –CESION DE CUOTAS SOCIALES. Se hace saber que por instrumento privado de
fecha cuatro de Abril de 2022, el Señor Carlos Eduardo Retamar, con D.N.I. 17.426.352, argentino,
casado en primeras nupcias, comerciante, nacido el 12 de Diciembre de 1964 de 57 años con domicilio
en Manzana C lote 01 – Barrio Juan Josè Paso- Lujan de Cuyo-Mendoza, cedió tres (3,00) cuotas
sociales al socio Facundo Lisandro Retamar con D.N.I. 35.562.754 , argentino, soltero, nacido el 30 de
Abril de 1992 de 29 años de edad, con domicilio en Manzana C lote 01 – Barrio Juan José Paso- Lujan de
Cuyo- Mendoza. Y cedió tres (3,00) cuotas sociales al socio Gonzalo Eduardo Retamar con D.N.I.
34.696.412 , argentino, soltero, nacido el 16 de Agosto de 1989 de 32 años de edad, con domicilio en
Manzana C lote 01 – Barrio Juan José Paso- Lujan de Cuyo- Mendoza , o sea seis con sesenta y seis
(6,00) cuotas sociales que conforman parte de mis Cuotas Sociales que posee en “SIMC&A S.R.L.

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
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Boleto N°: ATM_7095825 Importe: $ 264
04/11/2022 (1 Pub.)

En virtud del art. 60 de la ley 19.550; por resolución de Asamblea General Ordinaria de Lercara S.A., se
hace saber que en fecha 27 de agosto de 2021, la totalidad de sus accionistas, que representan el 100%
del capital social han resulto la designación de nuevo directorio atento al vencimiento del plazo anterior,
siendo las nuevas autoridades: Director (Presidente) al Sr. Aldo Rubén Martínez, DNI 13.218.506,
contador domiciliado en Pedro Molina 461, Planta Baja 10, 2° sección Barrio Cívico, Distrito Ciudad,
Departamento Capital, Provincia de Mendoza. Director Suplente (Vicepresidente) al Dr. José Alberto
Martínez, DNI 10.869.280, domiciliado en Pedro Molina 461, Planta Baja 10, 2° sección Barrio Cívico,
Distrito Ciudad, Departamento Capital, Provincia de Mendoza. Mendoza, 25 de octubre de 2022

Boleto N°: ATM_7081285 Importe: $ 384


31/10 04/11/2022 (2 Pub.)

REGULARIZACIONES DOMINIALES
La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización Dominial enmarcado en la Ley
Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N° 276/13, Escribana ROMANELA
EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_8 M 2021 caratulados: “SORIA SANDRA MALVINA
Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus herederos y/o a todos los terceros interesados
en propiedad ubicada en calle CORDOBA N°16 ESQUINA BELGRANO S/N°, LOTEO BONANO,
CHAPANAY, SAN MARTIN, MENDOZA, individualizado en Padrón de Rentas N° 58-46325-8,
nomenclatura catastral es 08-05-01-0031-000001-0000-7, inscripto en el Registro de la Propiedad
Inmueble como 1° Inscripción al n° 9.636, fojas 365, Tomo 55-C- de San Martin en fecha 21-05-1943,
atento a haberse iniciado el trámite por Regularización Dominial del citado inmueble, en el termino de
treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición, contactos a partir de la última publicación. La
oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por duplicado ante el Notario Regularizador,
domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
01-02-03-04-07/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_20 M 2019
caratulados: “MARCUZZI GONZALEZ MARIA JULIA Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o
sus herederos y/o a todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle AVENIDA TUCUMAN
N° 570,CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA, individualizado en Padrón de Rentas N° 58-40218-1,
nomenclatura catastral es 08-01-03-0008-000012-0000-1, inscripto en el Registro de la Propiedad
Inmueble como 1° Inscripción al n° 14.886, fojas 181, Tomo 67-C- de San Martin en fecha 25-06-1962,
atento a haberse iniciado el trámite por Regularización Dominial del citado inmueble, en el termino de
treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición, contactos a partir de la última publicación. La
oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por duplicado ante el Notario Regularizador,
domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_18 M 2019
caratulados: “TORO GRACIELA SUSANA Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus
BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 135 de 143
herederos y/o a todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle FLORENTINO AMEGHINO
N° 690, BARRIO BERNARDINO RIVADAVIA, PALMIRA, SAN MARTIN, MENDOZA, individualizado en
Padrón de Rentas N° 58-03172-5, nomenclatura catastral es 08-02-04-0022-000018-0000-9, inscripto en
el Registro de la Propiedad Inmueble como 1° Inscripción al n° 7.320, fojas 255, Tomo 44-E de San
Martin en fecha 14-08-1931, atento a haberse iniciado el trámite por Regularización Dominial del citado
inmueble, en el termino de treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición, contactos a partir de
la última publicación. La oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por duplicado ante el
Notario Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN
MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_107 M 2018
caratulados: “OLIVARES MARIA CECILIA Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus
herederos y/o a todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle LA PIEDRA S/N° U
OSVALDO RIVAROLA S/N°, TRES ESQUINAS, MONTECASEROS, SAN MARTIN, MENDOZA,
individualizado en Padrón de Rentas N° 08-44562-9, nomenclatura catastral es
08-99-00-1700-470575-0000-8, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble como 1° Inscripción al
n° 1263, fojas 143, Tomo 7 de San Martin en fecha 05-08-1905 y 4° Marginal inscripto al n° 1263, fojas
439, Tomo 30 de San Martin en fecha 06-01-1984, atento a haberse iniciado el trámite por Regularización
Dominial del citado inmueble, en el termino de treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición,
contactos a partir de la última publicación. La oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por
duplicado ante el Notario Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6,
CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_56 M 2019
caratulados: “LUCERO ANALIA YANEL Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus
herederos y/o a todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle MORENO N° 728, LOTEO
DUMIT BARRIO RIVADAVIA, PALMIRA, SAN MARTIN, MENDOZA, individualizado en Padrón de Rentas
N° 58-03131-1, nomenclatura catastral es 08-02-04-0020-000017-0000-6, inscripto en el Registro de la
Propiedad Inmueble como 1° Inscripción al n° 7.320, fojas 255, Tomo 44-E de San Martin en fecha
14-08-1931, atento a haberse iniciado el trámite por Regularización Dominial del citado inmueble, en el
termino de treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición, contactos a partir de la última
publicación. La oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por duplicado ante el Notario
Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN,
MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_102 M 2018

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 136 de 143
caratulados: “GIMENES MARCELO RAMON Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus
herederos y/o a todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle BELGRANO N° 489
ESQUINA CORDOBA S/N°, LOTEO BONANNO, CHAPANAY, SAN MARTIN, MENDOZA,
individualizado en Padrón de Rentas N° 58-46320-9, nomenclatura catastral es
08-05-01-0030-000011-0000-1, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble como 1° Inscripción al
n° 9.636, fojas 365, Tomo 55-C de San Martin en fecha 21-05-1.943, atento a haberse iniciado el trámite
por Regularización Dominial del citado inmueble, en el termino de treinta (30) días hábiles a fin de que
presente oposición, contactos a partir de la última publicación. La oposición debe ser interpuesta por
escrito, fundada y por duplicado ante el Notario Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260,
1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_19 M 2019
caratulados: “PEREYRA DAVID Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus herederos y/o a
todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle CALLEJON DE SERVIDUMBRE S/N°
PROLONGACION CALLE TOMAS THOMAS, LAS BOVEDAS RURAL, BUEN ORDEN, SAN MARTIN,
MENDOZA, individualizado en Padrón de Rentas N° 08-373250, nomenclatura catastral es
08-99-22-2613-658724-0000-8, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble como 2° Inscripción al
n° 19203, fojas 102, Tomo 72-B de San Martin en fecha 03-09-1.973, atento a haberse iniciado el trámite
por Regularización Dominial del citado inmueble, en el termino de treinta (30) días hábiles a fin de que
presente oposición, contactos a partir de la última publicación. La oposición debe ser interpuesta por
escrito, fundada y por duplicado ante el Notario Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260,
1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LEY DE REGULARIZACION DOMINIAL-LEY NACIONAL 24374- LEY PROVINCIAL 8475- DECRETO


REGLAMENTARIO 276/13 La Notaria Regularizadora actuante en el Programa de Regularización
Dominial enmarcado en la Ley Nacional N° 24374, Ley Provincial N° 8475 y Decreto Reglamentario N°
276/13, Escribana ROMANELA EVELIN VITALITI en Expediente Administrativo N°_26 M 2020
caratulados: “TAPIA GRISELDA Regularización Dominial”, notifica y cita al titular y/o sus herederos y/o a
todos los terceros interesados en propiedad ubicada en calle CORDOBA S/N° MANZANA IV LOTE 7,
BARRIO FERRISI, CIUDAD, SAN MARTIN, MENDOZA, individualizado en Padrón de Rentas N°
58-01605-6, nomenclatura catastral es 08-01-06-0004-000013-0000-5, inscripto en el Registro de la
Propiedad Inmueble como 3° Inscripción al n° 11.897, fojas 182, Tomo 59-E de San Martin en fecha
22-07-1.958, atento a haberse iniciado el trámite por Regularización Dominial del citado inmueble, en el
termino de treinta (30) días hábiles a fin de que presente oposición, contactos a partir de la última
publicación. La oposición debe ser interpuesta por escrito, fundada y por duplicado ante el Notario
Regularizador, domicilio BOULOGNE SUR MER 260, 1ER PISO OFICINA 6, CIUDAD, SAN MARTIN,
MENDOZA.

S/Cargo
31/10 01-02-03-04/11/2022 (5 Pub.)

LICITACIONES
(*)
DIRECCIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 137 de 143
Descripción "Servicio Médico para las Temporadas 2022-2023, 2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026
Parque Provincial Aconcagua"
Presupuesto oficial: $$206.000.000,00
Apertura 22/11/2022 Hora09 :00
Repartición destino DIR. DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Expediente: EX-2022-01666617- -GDEMZA-DRNR#SAYOT
Mantenimiento de oferta SEGUN PLIEGOS
Garantía de oferta; ART. 25° DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES.
Lugar de entrega: SEGUN PLIEGOS
Vigencia del contrato: SEGUN PLIEGOS
SOLO SE ADMITE COTIZACIÓN DIGITAL A TRAVES DEL SISTEMA COMPRAR

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL

LICITACION PÚBLICA Nº 1276/22


OBJETO: COMPRA DE 2 CAMIONES NUEVOS CERO KM.-
EXPEDIENTE: N° 19824-D-2022
RESOLUCIÓN: N° 723/SAOSP/2022
APERTURA: El día 25 de NOVIEMBRE de 2022.-
HORA: 10:00.
LUGAR: DEPARTAMENTO LICITACIONES
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 44.000.000 (Pesos Cuarenta y Cuatro Millones)
VALOR DEL PLIEGO: $ 44.000 (Pesos Cuarenta y Cuatro Mil)
C.U.C.: 615
Informes: Departamento Licitaciones en Palacio Comunal (Cte. Salas y Belgrano de San Rafael) Teléf.:
0260-4449295/4449234 – email: licitaciones@sanrafael.gov.ar y Casa de San Rafael en Mendoza,
ubicada en L.N.Alem y Rioja de Ciudad de Mendoza(T.E. 0261-4201475/4201785).

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MENDOZA LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA para: El día 23 de


Noviembre de 2022 a las 10:00 hs. para la obra: “REVALORIZACIÓN CALLE PELLEGRINI– ETAPA 1-
ENTRE AV. PERÚ Y AV. BARTOLOMÉ MITRE”. EXPTE. ELECTRÓNICO Nº 27536-2022.- VALOR DE
LA DOCUMENTACIÓN: $52.500.-VALOR DEL SELLADO: 500 U.T.M.-PRESUPUESTO OFICIAL:
$52.312.989,46.- DECRETO Nº: 1373/2022 ADQUISICIÓN CARPETAS: Los Pliegos pueden ser
consultados y descargados en el sitio web de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza
www.ciudaddemendoza.gov.ar APERTURA PROPUESTAS: SALÓN DE REUNIONES DE LA
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO – 9 de Julio N.º 500 -5º piso de la Ciudad de Mendoza.-

S/Cargo
04-07/11/2022 (2 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD GUAYMALLÉN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1219/2022: LLAMASE a Licitación Pública, para el día 23 de noviembre de

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 138 de 143
2022, a las ONCE (11:00) Hs., POR LA PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, EQUIPOS, HERRAMIENTAS
MENORES Y TOTALIDAD DE MATERIALES PARA LA REPARACIÓN DE ESCUELAS 4 – ZONA 2 DEL
DEPARTAMENTO DE GUAYMALLÉN, con destino a la Dirección de Obras Municipales, con un
Presupuesto Oficial de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000); conforme a lo expuesto en el
Considerando de la presente norma legal y demás antecedentes obrantes en el Expediente Nº A-
EE-18673-2022. Pliego de Bases y Condiciones: en www.compras.mendoza.gov.ar – CUC: 604.

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PESOS CINCUENTA MIL ($50.000)

VALOR DEL SELLADO: UN MIL QUINIENTAS (1.500) U.T.M.

S/Cargo
04-07/11/2022 (2 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD SAN RAFAEL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1277/22


OBJETO: COMPRA DE 2 MINICARGADORAS.
EXPEDIENTE: N° 19825-D-2022
RESOLUCIÓN: N° 721/SAOSP/2022
APERTURA: El día 25 de NOVIEMBRE de 2022.
HORA: 10:00.
LUGAR: DEPARTAMENTO LICITACIONES
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 26.000.000 (Pesos Veintiséis Millones)
VALOR DEL PLIEGO: $ 26.000 (Pesos Veintiséis Mil)
C.U.C.: 615
Informes: Departamento Licitaciones en Palacio Comunal (Cte. Salas y Belgrano de San Rafael) Teléf.:
0260-4449295/4449234 – email: licitaciones@sanrafael.gov.ar y Casa de San Rafael en Mendoza,
ubicada en L.N.Alem y Rioja de Ciudad de Mendoza (T.E. 0261-4201475/4201785).

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD GUAYMALLÉN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1220/2022: LLAMASE a Licitación Pública para el día 25 de noviembre de


2022, a las DIEZ (10:00) Hs., POR LA COMPRA DE AUTOS TIPO UTILITARIO, conforme a Formulario
de Cotización y Especificaciones Técnicas adjuntas, con destino a la Sub Dirección de Parque Automotor,
con un Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000); conforme a lo
expuesto en el Considerando de la presente norma legal y demás antecedentes obrantes en el
Expediente Nº A-EE-18993-2022. Pliego de Bases y Condiciones: en www.compras.mendoza.gov.ar –
CUC: 604.

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PESOS TREINTA Y CINCO MIL
($35.000)

VALOR DEL SELLADO: UN MIL QUINIENTAS (1.500) U.T.M.

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 139 de 143
MUNICIPALIDAD GUAYMALLÉN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1223/2022: LLAMASE a Licitación Pública para el día 25 de noviembre de


2022, a las DIEZ (12:00) Hs., LA ADQUISICIÓN DE CAMIONES COMPACTADORES, conforme a
Formulario de Cotización y Especificaciones Técnicas adjuntas, con destino a la Dirección de Servicios
Públicos, con un Presupuesto Oficial de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES ($76.000.000); conforme
a lo expuesto en el Considerando de la presente norma legal y demás antecedentes obrantes en el
Expediente Nº A-EE-19146-2022. Pliego de Bases y Condiciones: en www.compras.mendoza.gov.ar –
CUC: 604.

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PESOS SETENTA Y SEIS MIL
($76.000)

VALOR DEL SELLADO: UN MIL QUINIENTAS (1.500) U.T.M.

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD GUAYMALLÉN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1218/2022: PRORROGASE el llamado a Licitación Pública Nº 1218-2022,


autorizado oportunamente por Decreto Nº DEC-3904-2022, para el día 25 de noviembre de 2.022 a las
ONCE (11:00) Hs., POR LA PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, EQUIPOS, HERRAMIENTAS MENORES
Y TOTALIDAD DE MATERIALES PARA LA REPARACIÓN DE ESCUELAS 5 – ZONA 1 DEL
DEPARTAMENTO DE GUAYMALLÉN, con destino a la Dirección de Obras Municipales, con un
Presupuesto Oficial de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000); conforme a lo expuesto en el
Considerando de la presente norma legal y demás antecedentes obrantes en el Expediente Nº A-
EE-18675- 2022. Pliego de Bases y Condiciones: en www.compras.mendoza.gov.ar – CUC: 604.

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PESOS CINCUENTA MIL ($50.000)

VALOR DEL SELLADO: UN MIL QUINIENTAS (1.500) U.T.M.

S/Cargo
04/11/2022 (1 Pub.)

(*)
MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1209


EXPEDIENTE: 18598 - M - 2022
OBJETO: EJECUCIÓN DE OBRAS VARIAS, ALUMBRADO PUBLICO, CONCRETO ASFÁLTICO EN
PARQUE INDUSTRIAL LAS HERAS – PILH ETAPA I, DEPARTAMENTO DE LAS HERAS.
DESTINO: SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
FECHA DE APERTURA: 25 de NOVIEMBRE de 2022, a las 10:00 hs.
LUGAR DE APERTURA: DIRECCION DE COMPRAS Y SUMINISTROS
PRESUPUESTO OFICIAL: $1.293.010.048,24
VALOR DEL PLIEGO: $ 1.000.000,00
CONSULTAS DIRECCION DE COMPRAS Y SUMINISTROS - MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS – SAN
MIGUEL Y RIVADAVIA – LAS HERAS – MENDOZA.
Tel. (261) 4129623
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 horas

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 140 de 143
S/Cargo
04-07/11/2022 (2 Pub.)

MUNICIPALIDAD GODOY CRUZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1355/2022


Expediente Nº2022/3385/S1-GC
SOLICITANTE: MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ
FECHA DE APERTURA: 22/11/2022 HORA: 12:00
LUGAR DE APERTURA: PERITO MORENO 72 GODOY CRUZ
PRESUPUESTO OFICIAL: $3.852.000.
VALOR DEL PLIEGO: $3.852.
ASUNTO: "OBRA RED DE GAS Bº MATADERO” Consulta y venta de pliegos Dirección de Compras,
Perito Moreno 72 Godoy Cruz. 0261-4133166/4133049

S/Cargo
03-04/11/2022 (2 Pub.)

MUNICIPALIDAD DE TUPUNGATO

Licitación Pública Nº 46/2.022


Objeto: ADQUISICIÓN DE CEMENTO.
Expte.: 3.192- MT - 2.022
Apertura: 11 de Noviembre de 2.022 -
Hora: 11: 00 hs
Lugar de Apertura: Av. M. Belgrano 348 – Tupungato.
Presupuesto Oficial: PESOS: UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.800.000,00)
Valor Pliego: PESOS: MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($1.800,00)
Valor Estampillas: PESOS: CIENTO SESENTA CON 00/100 ($160,00).
Consultas y Venta de Pliegos: Av. Belgrano 348 Tupungato. Tel. 02622- 488097 ó en nuestra página web
www.tupungato.gov.ar

S/Cargo
03-04/11/2022 (2 Pub.)

MUNICIPALIDAD DE TUPUNGATO

Licitación Pública Nº 47/2.022


Objeto: ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE.
Expte.: 3.212- MT - 2.022
Apertura: 11 de Noviembre de 2.022 -
Hora: 10: 00 hs
Lugar de Apertura: Av. M. Belgrano 348 – Tupungato.
Presupuesto Oficial: PESOS: TRECE MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CON 00/100
($13.182.000,00).
Valor Pliego: PESOS: TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($13.182,00)
Valor Estampillas: PESOS: CIENTO SESENTA CON 00/100 ($160,00).
Consultas y Venta de Pliegos: Av. Belgrano 348 Tupungato. Tel. 02622- 488097 ó en nuestra página web
www.tupungato.gov.ar

S/Cargo
03-04/11/2022 (2 Pub.)

MUNICIPALIDAD GUAYMALLÉN

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 141 de 143
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1224/2022: LLAMASE a Licitación Pública, para el día 22 de noviembre de
2022, a las ONCE (11:00) Hs., POR LA PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, EQUIPOS, HERRAMIENTAS
MENORES Y TOTALIDAD DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLAZA DEL BARRIO
SAN CAYETANO, EN EL DISTRITO LAS CAÑAS DEL DEPARTAMENTO DE GUAYMALLÉN, con
destino a la Dirección de Obras Municipales, con un Presupuesto Oficial de PESOS NOVENTA Y SIETE
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE con 07/100 ctvos.
($97.676.537,07); conforme a lo expuesto en el Considerando de la presente norma legal y demás
antecedentes obrantes en el Expediente Nº A-EE-18453-2022. Pliego de Bases y Condiciones: en
www.compras.mendoza.gov.ar – CUC: 604.

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PESOS NOVENTA Y SIETE MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS con 54/100 ctvos. ($97.676,54)

VALOR DEL SELLADO: UN MIL QUINIENTAS (1.500) U.T.M.

S/Cargo
03-04/11/2022 (2 Pub.)

FE DE ERRATAS (edicto)
(*)
BACKFLIP SAS SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA informa: En Boletín N° 31726 publicado
20/10/2022 en la comunicación de la constitución de la Sociedad Backflip SAS, se cometió un error en la
fecha del contrato social, donde dice 23/06/2022 debería decir 13/10/2022.

Boleto N°: ATM_7094332 Importe: $ 48


04/11/2022 (1 Pub.)

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 142 de 143
LEY 9355 (página 56 del anexo)
TARIFAS DE PUBLICACIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL
[…] Artículo 6º – Se abonarán las tasas que se indican a continuación:

1. Copia certificada impresa en Boletín Oficial (por cada hoja) $150 (pesos cien con 00/100)

2. Publicaciones de avisos en Boletín Oficial:

a) Por centímetro de columna de publicación corrida. Considerándose como centímetro 16 (dieciséis)


palabras o fracción mayor de 10 (diez) palabras. No cobrándose las fracciones de hasta 9 (nueve)
palabras. $24,00 (pesos dieciséis con 00/100)

b) En las publicaciones en soporte magnético en las cuales la composición no se pueda determinar de


forma corrida o por fracción de palabras, se tomará por cada cuarto de página un valor de $700 (pesos
cuatrocientos ochenta con 00/100).

c) En las publicaciones de balances se pagará además de la tarifa ordinaria un %50 (cincuenta por ciento)
adicional.

d) Publicaciones que por su naturaleza deban llevar encabezamiento, además de la tarifa ordinaria, se
abonará el equivalente a 2 (dos) centímetros.

e) Las publicaciones cuyas entidades tengan oficio de eximición de pago por resolución judicial o autoridad
competente se harán sin cargo y a costas del Boletín Oficial.

Recaudación:
Saldo Anterior $25580
Entrada día 03/11/2022 $0
Total $25580

BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 4 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Página 143 de 143
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Gobierno de la Provincia de Mendoza
2022 - Año de homenaje a los 40 años de la gesta de Malvinas, a sus Veteranos y Caídos

Hoja Adicional de Firmas


Boletín oficial

Número: BO-2022-07917538-GDEMZA-SSLYT#MGTYJ
Mendoza, Viernes 4 de Noviembre de 2022

Referencia: BOLETÍN OFICIAL Nº 31737, FECHA 04/11/2022

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Date: 2022.11.04 08:00:13 -03'00'

Cintia Pamela Guerrero


Administrativo
Subsecretaría Legal y Técnica - Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia

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MENDOZA
DN: cn=GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica
MENDOZA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia,
ou=Direccion General de Informatica y Comunicaciones,
serialNumber=CUIT 30999130638
Date: 2022.11.04 08:00:17 -03'00'

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