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Cuestionario Rafael Pérez
Cuestionario Rafael Pérez
Cuestionario Rafael Pérez
CUESTIONARIO
FUNDAMENTO DE DERECHO COMERCIAL
sociedades, por los actos comerciales que celebren en Panamá, salvo lo que
expresamente se determine en los tratados.
11. ¿Qué requisito debe cumplirse para que una sociedad panameña se
funcione con una sociedad extranjera?
R/. Una o más sociedades constituidas conforme a las leyes de la República de
Panamá, podrán fusionarse con una o más sociedades extranjeras, para constituir
una sola sociedad siempre y cuando se dé cumplimiento a los siguientes
requisitos:
Que las sociedades extranjeras estén debidamente inscritas en la Sección
de Personas Mercantil del Registro Público, en la forma que establece el
Artículo 90 y siguientes de la Ley N° 32 de 1927
Que si la sociedad resultante de la fusión ha de ser la sociedad de
nacionalidad extranjera con la cual se ha fusionado la sociedad panameña,
dicha sociedad resultante, deberá permanecer inscrita en la Sección de
Personas Mercantil del Registro Público por un lapso no menor de cinco (5)
años, a partir de la fecha de fusión. Durante ese lapso, la sociedad
resultante de la fusión deberá mantener un apoderado en la República de
Panamá, debidamente facultado para recibir notificaciones en
representación de la sociedad. Si por cualquier circunstancia, la sociedad
careciere en un momento determinado, de dicho apoderado, entonces la
notificación de cualquier acción en su contra se podrá hacer a su Agente
Residente.
12. ¿Qué debe presentar una sociedad extranjera para acoger las leyes de la
República de Panamá?
R/. En el Artículo 11 las sociedades que, aunque constituidas en el extranjero,
tengan en Panamá el objeto principal de su empresa, estarán sometidas aun para
Rafael Pérez 8-924-2497 CN31A
15. ¿Qué deberá presentar y a que tiene derecho una sociedad panameña a
transferirse al extranjero?
R/. Deberá presentar certificación o copia certificada de la decisión o acuerdo
correspondiente, así como certificado de haber quedado debidamente inscrita en
la jurisdicción a que se transfiera, en documento público, para su inscripción en el
Registro Público por medio de abogado en la República de Panamá.
Una vez practicada la inscripción, la sociedad continuará con todos sus bienes,
derechos, privilegios, facultades y franquicias como dueña y poseedora de los
mismos, sujeta a las restricciones, obligaciones y deberes que correspondían a la
sociedad, entendiéndose que los derechos de los acreedores de la sociedad y los
gravámenes sobre los bienes de la misma no serán perjudicados por la
continuación de ella en el país extranjero.
16. ¿Quiénes tiene capacidad legal para ejercer la profesión del comercio?
Toda persona hábil para contratar y obligarse, y a quien no esté prohibida
la profesión del comercio, tendrá capacidad legal para ejercerla.
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22. ¿Bajo qué términos debe ser emitida la factura electrónica y quien la
autoriza?
R/. Las personas jurídicas podrán llevar los Registros de Actas y de Acciones
utilizando libros, medios electrónicos u otros mecanismos.
23. ¿Cuáles son los registros indispensables que deben llevar los
comerciantes?
R/. Los registros indispensables de contabilidad que debe llevar todo comerciante
son: un Diario y un mayor.
24. ¿Cuáles son los registros indispensables que deben llevar las sociedades
comerciales?
R/. Las sociedades comerciales deberán llevar además un Registro de Actas y, un
Registro de Acciones y Accionistas, o en su caso un Registro de las Cuotas o
Aportes de Participación Patrimonial o Social.
R/. Los registros de Contabilidad deben ser llevados con precisión y claridad, en
orden cronológico, indicando las fechas en que se realicen las transacciones o se
afecten los períodos. Está absolutamente prohibido asentar o registrar
transacciones en una forma distinta a la que fueron originadas, incluyendo su
fecha de perfeccionamiento, dejar espacios en blanco, efectuar borrones o
tachaduras. Las
Reversiones, correcciones de errores u omisiones también deberán quedar
claramente establecidas e identificadas como tales en los registros de
Contabilidad.
33. ¿De qué manera será llevada la contabilidad de todos los comerciantes y a
que está obligado?
R/. Se entenderá que los registros contables están al día cuando sus entradas
están hechas mensualmente, en los registros indispensables, dentro de los
sesenta
(60) días siguientes al mes correspondiente.
Los infractores se harán acreedores a una multa de Cien Balboas (B/.100.00) a
Quinientos Balboas (B/.500.00) por cada mes de atraso en su Contabilidad. Será
de competencia de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Hacienda y
Tesoro efectuar la revisión de que trata este Artículo e imponer las sanciones del
caso.
38. ¿Cuándo deberán ser refrendados los estados financieros por los
contadores públicos autorizados?
R/.Los estados financieros en referencia, deberán ser refrendados por un
Contador Público Autorizado cuando se trate de comerciantes que se dediquen a
actividades de cualquier índole cuyo capital sea mayor de cien mil balboas
(B/.100,000.00) o cuando se trate de comerciantes con un volumen anual de
ventas mayor de cincuenta mil balboas (B/.50,000.99). Deberán ser emitidos
dentro de los Ciento Veinte (120) días siguientes a la fecha de cierre del período
fiscal y mantenerse a disposición de las autoridades competentes, quienes podrán
requerir un ejemplar original de los mismos para documentar el expediente de la
diligencia que ppractican