Regulation">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Segundo Producto Integrador Individual-Espinoza Torres, Gonzalo Joel

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 13

ESCUELA DE POSGRADO

MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA

Diagnóstico general en la implementación de las políticas públicas en la


provincia de Ica, desafíos generales en la accesibilidad

AUTOR:
Espinoza Torres, Gonzalo Joel (orcid.org/0000-0002-9298-0020)

DOCENTE:
MBA. Patricia Hilda Elizabeth Figueroa Valderrama

CURSO:
Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado – EGPD - 202302

CARÁTULA

LIMA – PERÚ
2023
ÍNDIC

2
E
1. INTRODUCCIÓN..............................................................................................................3

2. ANTECEDENTES.............................................................................................................5

3. ANÁLISIS..........................................................................................................................7

4. CONCLUSIONES..............................................................................................................9

5. RECOMENDACIONES...................................................................................................10

6. REFERENCIAS................................................................................................................11

3
1. INTRODUCCIÓN

A lo largo del desarrollo de un país, las decisiones que se abordan en beneficio del
grupo social son diversas, si nos fijamos en las definiciones de lo que significa la política
pública, más allá del concepto clásico de Dye (1992), el accionar o no de un gobierno está
supeditado a sus circunstancias; la pluralidad de significados varía, desde autores hasta
cuerpos normativos. Las diferentes experiencias, positivas o negativas, permiten formular una
serie de posiciones de lo que significa la implementación de las políticas públicas en
cualquiera de las circunscripciones territoriales en donde se organiza un gobierno local.

Bajo la premisa descrita con anterioridad, uno de los puntos que el presente ensayo
desarrolla será sobre la accesibilidad de las personas con discapacidad, ya que siendo este
uno de los distintos lineamientos que permite medir si es que en la realidad se está frente a
unas políticas públicas de excelencia, por tan solo señalar la claridad de objetivos con los que
cuenta el aún vigente Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023. Aunado a ello, se tiene a
uno de los ejes del Acuerdo Nacional, este consiste en la equidad y la justicia social, a su vez
desarrolla un enunciado que llama la atención, siendo este la de igualdad de oportunidades
sin discriminación, entonces es pertinente recordar que el último 8 de agosto del presente año
se conmemoró el Día Nacional de la Accesibilidad en el Perú, siendo este un recordatorio a
los gobiernos locales sobre lo importante que es el contar con infraestructuras y espacios
colectivos que sean accesibles para la movilización adecuada de todas las personas, frente a
la normativa base, la Ley General de las Personas con Discapacidad - Ley N° 29973, los
desafíos siguen esperando una pronta solución, caso contrario estaríamos frente a
infracciones graves, que trae consigo una sanción, dicha multa puede llegar a costarle a las
entidades un monto que oscila hasta las 12 unidades impositivas tributarias.

Consecuencia de ello, las personas con discapacidad contarían con algunas garantías
jurídicas específicas que permitan la accesibilidad y el alcanzar aquellos grados de una
realización plena, sin embargo, basta con salir a las calles de la provincia Ica y comprobar los
defectos en las infraestructuras públicas, incluso con la sola pregunta a las personas con
discapacidad o con la prueba clásica de usar una silla de ruedas en la ciudad, se evidenciarían
los resultados que arrojan las investigaciones en los temas de las políticas públicas de
accesibilidad que concluyen que está frente a la desigualdad y la evidencia de una serie de
decisiones de naturaleza política que no concretaron una eficacia en la búsqueda de
resultados.

4
Por lo que este ensayo está estructurado de la siguiente manera: en primer lugar se dará
una breve introducción sobre qué tema de investigación, luego se realizarán los antecedentes
correspondientes incluyendo la normativa pertinente, después se realizará de forma eficiente
un análisis acerca del cumplimiento de la política pública de accesibilidad y como el
incumplimiento de la misma afecta a un sector de la población que se encuentra en un estado
de vulnerabilidad y abandono, seguidamente se darán las conclusiones del tema y por último
las recomendaciones que buscan reforzar aquellos ejes que están en agenda y que de manera
progresiva se implementan, como por ejemplo el correcto desarrollo y funcionamiento de la
Oficina de Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad en la Provincia de Ica, que
a pesar del avance que pueda tener, la lucha constante frente a las desigualdades de este
grupo social sigue vigente, mientras tanto, los cuerpos jurídicos no solo están destinados a las
funciones de sus derechos sino también están orientados en normativas técnicas propias de la
infraestructura, la aplicación de las mismas están sujetas a críticas en base a la experiencia de
las personas con discapacidad.

5
2. ANTECEDENTES

Una muestra de las políticas públicas en el tema de la accesibilidad de las personas con
discapacidad consiste en el sistema normativo que se ha desarrollado con los años,
empezamos con la Constitución Política peruana como la base y garantía de los derechos
humanos, al intentar especializarnos en el tema de la discapacidad, y los puntos a desarrollar,
es necesario iniciar con la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, este
cuerpo normativo a su vez desarrolla en un reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 002-2014-MIMP, al notar estas últimas siglas, ya señala cual es el Ministerio pertinente, y
es que en el tema de las poblaciones vulnerables el aparato estatal pone en marcha los
programas del gobierno que tiene como objetivo el desarrollo de este grupo social.

De lo señalado arriba, la entidad adscrita al Ministerio de la Mujer Poblaciones


Vulnerables viene desarrollando una lucha constante, es por ello que el trabajo del Consejo
Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante CONADIS) busca
asegurar esa lucha y protección, así como el debido reconocimiento de los derechos de las
personas con discapacidad, y eso se pone de manifiesto con las condiciones en su entorno,
que faculte el ejercicio de sus derechos en las mismas condiciones que los demás miembros
de la sociedad.

¿Qué sería de una institución estatal sin un Reglamento de Operaciones y Funciones?


Es así como mediante la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS/PRE, se
aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
CONADIS, lo que permite que la entidad tenga una orientación en su gestión, por lo que
estaríamos frente un aparato organizado, con funciones en coordinación y que permite
identificar sus competencias.

El 18 de enero del presente año, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la


Resolución de Presidencia N° D000008-2023-CONADIS-PRE, que aprueba la “Normas y
procedimiento para el ejercicio de la función fiscalizadora del Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS”, en esa misma línea, la
fiscalización implica la ejecución de un programa que forma parte de las políticas públicas
que tiene como objetivo la atención de este grupo social en situación vulnerable.

Siguiendo con los antecedentes, se cuenta con Plan Anual de Fiscalización en Materia
de Discapacidad – 2023, publicado en el Diario Oficial, el día 4 de abril de 2023, mediante la
Resolución de Presidencia N° D000036-2023-CONADIS-PRE, cuyo propósito es la de

6
ampliar las acciones que permitan una supervisión del cuerpo legal en la materia de la
discapacidad, así como el promover su aplicación.

Si bien es cierto que podemos contemplar con una serie de cuerpos normativos de
naturaleza regulatoria que buscan garantizar derechos, tal vez resulte curioso recordar aquella
antigua disposición de las Cortes Castellanas cuando una norma era contraria a los intereses
particulares, y en la práctica podríamos detallar algunos motivos por el cual a pesar de que las
normas cuentan con un rango de ley que ordenan su aplicación, los destinarios de esta
regulación no la acatan por una serie motivos, o excusas, que no aluden al caso porque el
tiempo de adecuación a la norma tiene por objetivo un criterio de inclusión que busca
menoscabar el status quo del mundo “urbanizado” en el que se vive.

Basta con que uno decida emprender un camino por las accidentadas calles de la
provincia de Ica, para poder comprobar un día en la vida de una persona con discapacidad,
bastaría con poder escuchar las declaraciones de este grupo, cuya atención siempre será sujeta
a críticas, que van desde una adecuada infraestructura llegando hasta el defectuoso “trato
preferencial”, debido a estos actos discriminatorios es que el Estado peruano dentro de su
acuerdo nacional, hacen de su accionar para promover la no discriminación y velar por la
protección de las personas con discapacidad.

7
3. ANÁLISIS

Los párrafos precedentes abordan desde la óptica jurídica la necesidad de la atención a


las personas con discapacidad, resulta coherente señalar que uno de los ejes del Acuerdo
Nacional, que nuestro país ha de cumplir, es el relacionado a la equidad y a la justicia social.
Si bien es cierto que el trato proporcional, razonable y que otorga a cada uno lo que le
corresponde (en una palabra, la justicia), afronta una serie de dificultades al momento de
ejecutarse, la declaración de las personas con discapacidad marca una pauta acerca de los
problemas que se evidenciarían al momento de querer hacer uso de algún bien de uso público
o privado o simplemente circular con la mayor tranquilidad, sin hallar obstáculos.

En las cuatro etapas del proceso de elaboración de una política nacional resalta la
implementación, en donde se lleva a la práctica los objetivos idealizados en el objetivo de
articular los recursos a través del presupuesto público, de lo actuado hasta el presente año, se
puede resaltar la labor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en adelante
MIMP. De acuerdo a una publicación el Diario Oficial El Peruano (2023), señala que este
ministerio acondicionó el Plan Anual de Fiscalización en el asunto de la discapacidad, un
ejemplo de ello son los aspectos en el transporte, que como sabemos este grupo de personas
tiene el beneficio de no pagar el pasaje en el los medios de transporte convencionales
públicos, por su parte se tiene el caso del medio físico, que solo bastaría con ver las calles de
la provincia de Ica para sacar nuestras conclusiones, y de otro lado el tema de la educación, lo
cual consideramos importante.

Al margen del avance que podemos evidenciar en búsqueda de la accesibilidad, los


niveles de intervención, como la articulación de la política nacional en los planes de
adecuación presentarían algunos inconvenientes, debido a la ausencia en la sensibilización de
las autoridades, un caso específico radica en las infraestructuras de uso público, tales como
rampas de acceso ubicados en las esquinas y establecimientos de atención, ya sean públicos y
privados, veredas defectuosas, entre otros.

La evaluación de las obras solo sería un procedimiento, que no busca una aprobación o
que se cumpla con el rendimiento, que quedaría en la teoría, en el propio expediente, no nos
sorprendería que el fenómeno de la corrupción este latente en la aprobación de las obras al
contar estas con defectos que se plasman en la falta de adecuación a requerimientos mínimos
que garantizarían el tránsito de las personas con discapacidad, por lo que resultaría lógico la

8
aparición de reportajes cuestionando la calidad de las obras de infraestructura o documentos
oficiales emitidas por la Contraloría General de la República.

De acuerdo con CONADIS (2023), según en este reporte existe un total de 12, 151
personas con discapacidad, ello en comparación de la cantidad habitantes en la región de Ica,
como lo indica Diario Correo (2022) haciendo una investigación el INEI indica que la ciudad
de Ica podría alcanzar una población aproximada de 1, 020, 050 habitantes. Es por ello por lo
que, no solo se desea determinar el grado de eficacia de los cuerpos normativos, también se
buscar promover en los ciudadanos la implementación de los actos que permitan una debida
adecuación de la ley en la materia de la discapacidad.

El Plan Anual de Fiscalización en el tema de la discapacidad, busca ser esa solución


que las personas con discapacidad siempre requirieron, sin embargo hay un inconveniente
que llama la atención, uno de los ejes que busca abordar está temática tiene que ver con la
accesibilidad al medio físico, por lo que la finalidad radica en que si el espacio urbano
construido se encuentra en concordancia con los artículo 15, 16, 17 y 19 de la Ley N° 29973,
del mismo modo con la normativa en edificaciones y legislación afín, pero en el caso
concreto de la provincia de Ica, aún mantiene una infraestructura que ocasiona que el entorno
no sea seguro para aquellas personas que presentan algún tipo de discapacidad, especialmente
la relacionada al desplazamiento físico, a pesar de que como lo indica el Plan Nacional de
Accesibilidad (2028) es parte de las funciones específicas de los gobiernos locales y
regionales lograr un entorno completamente accesible es necesario un trabajo en conjunto
tanto del Gobierno central como los gobiernos regionales para lograr un país sostenible y
accesible.

Ante ello estaríamos frente a una política pública que no cumple a cabalidad con sus
objetivos, los cursos ejecución que son desarrollados en el ámbito público cuentan con poca
participación de la sociedad y el ámbito privado. La implementación de esta política pública
requiere de una adecuación a la realidad social iqueña, es allí en donde la Oficina de
Atención Municipal a la Persona con Discapacidad debe de tomar acciones legales en cuanto
al control y fiscalización, un ejemplo sería en emitir informes respecto a la obras que se
realizan en la provincia de Ica, haciendo notar su presencia cuando se dan las buena pro en
los bienes y servicios en lo relacionado a la accesibilidad de este grupo que es tomando en un
segundo plano a pesar de existir una legislación, es por ello que se alude a ese vieja frase
castellana citada líneas arriba, que cobra mayor razón al no cumplirse con lo ordenado.

9
10
4. CONCLUSIONES

Primero: Se puede concluir que si bien es cierto que el eje de la justicia social se encuentra
adecuado en el Plan Anual de Fiscalización en Discapacidad del año 2023, a pesar de la
sincronía con el Plan Estratégico Institucional del CONADIS 2022-2026, lograr que
realmente se cumpla este sistema requiere un compromiso de las entidades fiscalizadas, tanto
en los tres niveles de gobierno y en los diferentes rubros del sector privado. La condición de
una persona puede variar, sin embargo, se concluye que, si bien es cierto que el derecho
persigue al hecho, esto cambiaría al tratarse de un caso particular que requiere atención de la
sociedad iqueña y sus autoridades.

Segundo: En lo que respecta a la accesibilidad universal, en la práctica es una característica


que faculta que los miembros de una sociedad, con discapacidad o sin ella, el usar, acceder,
comprender y disfrutar su entorno físico, los transportes convencionales colectivos, la
información y comunicación, por lo que se concluye que existe una deficiente accesibilidad
universal en la ciudad de Ica debido a una falta de conocimientos técnicos de la construcción
y una deficiente supervisión.

Tercero: En el caso particular de la provincia de Ica, se concluye que la situación opuesta a


esta norma se manifiesta al transitar por las veredas angostas, rampas desproporcionadas e
indiferencias de las autoridades locales, cuyos motivos no representan alguna causal que los
eximan de responsabilidad. Frente a esta situación la normativa ya regula la situación en la
que se pone en marcha la facultad fiscalizadora de parte del CONADIS, pero sus órganos que
dependen en el nivel local, como en el caso de la OMAPED, aun no poseen esa fuerza de
hacer cumplir con lo establecido, pareciendo más una desconcentración que una debida
descentralización, algo propio de las políticas públicas de excelencia.

11
5. RECOMENDACIONES

Primero: El Plan Anual de Fiscalización en Discapacidad del año 2023, debe de profundizar
e ir más allá del Plan Estratégico Institucional del CONADIS 2022-2026, la efectividad de
este sistema normativo demandará un mayor compromiso de las entidades fiscalizadas,
públicas y privadas, a través de una mayor elevación de las multas y correctivos
prestablecidos en las leyes que regulan el trato a las personas con discapacidad. Es por ello
por lo que la etapa de sensibilización del conocimiento de los derechos de las personas con
discapacidad por parte de la sociedad iqueña debe marcar un hito final, para dar la apertura a
una fase de evaluación de las instituciones comprometidas.

Segundo: La accesibilidad universal requiere ser plasmadas a través del ejemplo, es por ello
por lo que lo ideal sería realizar una serie de fiscalizaciones de campo con emisión de actas
que reflejen si se cumple con la accesibilidad en las infraestructuras del entorno urbano, así
como en las intersecciones viales. Por su parte la coordinación de la entidad municipal
encargadas de la regulación y coordinación del transporte colectivo urbano deben de
garantizar el cumplimiento de la Ley N° 29973 y hacer uso de sus potestad fiscalizadora y
sancionadora.

Tercero: En el caso particular de la provincia de Ica, la situación opuesta a esta norma se


manifiesta al transitar por las veredas angostas, rampas desproporcionadas e indiferencias de
las autoridades locales, cuyos motivos no representan alguna causal que los eximan de
responsabilidad. Para llega a una solución es imperante que en las rendiciones de cuentas
periódicas se tenga un apartado exclusivo en lo concerniente a los resultados de cómo se ha
ido adecuando las normas que velan por la accesibilidad e inclusión, a su vez, se debe de
tomar énfasis en las opiniones y demandas de las personas con discapacidad, quienes deberán
actuar de manera organizadas por medio de representantes debidamente autorizados. Las
posiciones en este ensayo buscan generar más antecedentes y generar un plan de acción a
mediano plazo, puesto que, en la realidad, el tiempo y las innovaciones en el desarrollo de
nuestro país ya generan un clima que busca respuestas y resultados.

12
6. REFERENCIAS

CONADIS (2023). Gráficos estadísticos del Registro Nacional de la Persona con


Discapacidad. Obtenido en:
https://conadisperu.gob.pe/observatorio/estadisticas/graficos-estadisticos/

Constitución Política del Perú.

Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29973, Ley


General de la Persona con Discapacidad.

Diario Correo (2022). INEI: El departamento de Ica ha superado el millón de habitantes.


Obtenido en: https://diariocorreo.pe/edicion/ica/inei-el-departamento-de-ica-ha-
superado-el-millon-de-habitantes-noticia/

Diario Oficial El Peruano (2023). Mimp aprueba plan anual de fiscalización en materia de
discapacidad. Diario Oficial el Perú: sección derecho. Obtenido en:
https://www.elperuano.pe/noticia/209284-mimp-aprueba-plan-anual-de-fiscalizacion-
en-materia-de-discapacidad

Dye, T. (1994). Understanding Public Policy, Prentice-Hall, Englewood Cliffs, pp.18.

Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, aprobado con DS N° 012-2018-VIVIENDA


Grupo de TRABAJO Multisectorial - PNA

Resolución de Presidencia N° D000036-2023-CONADIS-PRE, que aprueba el Plan Anual de


Fiscalización en materia de Discapacidad – 2023.

Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS/PRE, que aprueba el Texto


Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del CONADIS.

13

También podría gustarte