Justice">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Ejemplo Forma Invocar Tesis

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 4

Ejemplo de cómo invocar una tesis

En una demanda Datos de prueba ya precisados, que fueron señalados en audiencia inicial,
de amparo, o fueron considerados por el juez, cuya información aportada estimó
contestación relevante para establecer la probable participación de los hoy quejosos, en
como tercero la comisión del delito de DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, en
interesado se agravio de las víctimas directas; esto de conformidad con el artículo 13,
ingresa previo a la fracción III, del Código Penal Federal. Aunado que aún y cuando de las
citación de la entrevistas de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, se advirtió que señalan
jurisprudencia, la horas diferentes en la que sucedieron los hechos por los cuales se les
argumentación vinculo a los quejosos, sin embargo, no existe un desfásate en dichas horas,
fundando y y aunque hablan de tiempo diferente es porque proporcionan de
motivando la momentos distintos y desde puntos de vista distintos; más sin embargo si
jurisprudencia refieren que los hechos sobre los cuales depusieron sus entrevistas fue en
que se invocará: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Advirtiéndose de la totalidad del contenido de los datos de prueba se


ajusta a los alcances de los principios de valoración lógica y libre del
artículo 265 del Código Nacional de Procedimientos Penales, aunado a
que para emitir un auto de vinculación a proceso, no se requiere de un
cúmulo probatorio amplio, sino basta que existan datos de prueba que
establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito, y
que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participo en su
comisión, se entenderá que obran datos de prueba que establecen que se
ha cometido un hecho que la ley señale como delito cuando existan
indicios razonables que así permitan suponerlo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos
PENALES. Sirve de apoyo a lo antes señalado la siguiente jurisprudencia:

Datos de Tesis: 1a./J. Gaceta del Semanario Décima 2014800 14 de 61


identificación de 35/2017 (10a.) Judicial de la Federación Época
la jurisprudencia Primera Sala Libro 45, Agosto de 2017, Pág. 360 Jurisprudencia (Penal)
Tomo I

Contenido de la AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. PARA SATISFACER EL REQUISITO


jurisprudencia RELATIVO A QUE LA LEY SEÑALE EL HECHO IMPUTADO COMO DELITO,
BASTA CON QUE EL JUEZ ENCUADRE LA CONDUCTA A LA NORMA
PENAL, DE MANERA QUE PERMITA IDENTIFICAR LAS RAZONES QUE LO
LLEVAN A DETERMINAR EL TIPO PENAL APLICABLE (NUEVO SISTEMA
DE JUSTICIA PENAL). Del artículo 19, párrafo primero, de la Constitución

© UVEG. Derechos reservados. El contenido de este formato está sujeto a las disposiciones aplicables en materia de
Propiedad Intelectual, por lo que no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial o totalmente, mediante cualquier medio,
método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de
recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.
Federal, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación, el 18 de junio de 2008, se desprende que para dictar un auto de
vinculación a proceso es necesario colmar determinados requisitos de
forma y fondo. En cuanto a estos últimos es necesario que: 1) existan datos
que establezcan que se ha cometido un hecho, 2) la ley señale como delito
a ese hecho y 3) exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o
participó en su comisión. Ahora, el texto constitucional contiene los
lineamientos que marcan la transición de un sistema de justicia penal
mixto hacia otro de corte acusatorio, adversarial y oral, como lo revela la
sustitución, en los requisitos aludidos, de las expresiones "comprobar" por
"establecer" y "cuerpo del delito" por "hecho que la ley señala como delito",
las cuales denotan un cambio de paradigma en la forma de administrar
justicia en materia penal, pues acorde con las razones que el propio Poder
Constituyente registró en el proceso legislativo, con la segunda expresión
ya no se requiere de "pruebas" ni se exige "comprobar" que ocurrió un
hecho ilícito, con lo cual se evita que en el plazo constitucional se adelante
el juicio, esto es, ya no es permisible que en la etapa preliminar de la
investigación se configuren pruebas por el Ministerio Público, por sí y ante
sí -como sucede en el sistema mixto-, con lo cual se elimina el
procedimiento unilateral de obtención de elementos probatorios y,
consecuentemente, se fortalece el juicio, única etapa procesal en la que,
con igualdad de condiciones, se realiza la producción probatoria de las
partes y se demuestran los hechos objeto del proceso. De ahí que con la
segunda expresión la norma constitucional ya no exija que el objeto de
prueba recaiga sobre el denominado "cuerpo del delito", entendido como
la acreditación de los elementos objetivos, normativos y/o subjetivos de la
descripción típica del delito correspondiente, dado que ese ejercicio,
identificado como juicio de tipicidad, sólo es exigible para el dictado de
una sentencia, pues es en esa etapa donde el juez decide si el delito quedó
o no acreditado. En ese sentido, para dictar un auto de vinculación a
proceso y establecer que se ha cometido un hecho que la ley señala como
delito, basta con que el juez encuadre la conducta a la norma penal, que
permita identificar, independientemente de la metodología que adopte, el
tipo penal aplicable. Este nivel de exigencia es acorde con los efectos que
genera dicha resolución, los cuales se traducen en la continuación de la
investigación, en su fase judicializada, es decir, a partir de la cual interviene
el juez para controlar las actuaciones que pudieran derivar en la afectación
de un derecho fundamental. Además, a diferencia del sistema tradicional,

© UVEG. Derechos reservados. El contenido de este formato está sujeto a las disposiciones aplicables en materia de
Propiedad Intelectual, por lo que no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial o totalmente, mediante cualquier medio,
método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de
recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.
Referencias

su emisión no condiciona la clasificación jurídica del delito, porque este


elemento será determinado en el escrito de acusación, a partir de toda la
información que derive de la investigación, no sólo de la fase inicial, sino
también de la complementaria, ni equivale a un adelanto del juicio, porque
los antecedentes de investigación y elementos de convicción que sirvieron
para fundarlo, por regla general, no deben considerarse para el dictado de
la sentencia, salvo las excepciones establecidas en la ley.

© UVEG. Derechos reservados. El contenido de este formato está sujeto a las disposiciones aplicables en materia de
Propiedad Intelectual, por lo que no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial o totalmente, mediante cualquier medio,
método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de
recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.
Referencias

Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJN]. (agosto de 2017). [Tesis: 1a. /J. 35/2017 (10a.)]
Semanario Judicial de la Federación. Libro 45, Agosto de 2017, Tomo I, p. 360. Primera
Sala. Recuperado el 10 de noviembre del 2020, de https://bit.ly/36iGLdc

© UVEG. Derechos reservados. El contenido de este formato está sujeto a las disposiciones aplicables en materia de
Propiedad Intelectual, por lo que no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial o totalmente, mediante cualquier medio,
método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de
recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

También podría gustarte