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El Siglo de Los Genocidios

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Bernard Bruneteau

El siglo de
los genocidios
Título original: Le siècle des génocides. Violences,
massacres et processus génocidaires de l’Arménie au
Rwanda
by Bernard BRUNETEAU
Traducción de Florencia Peyrou Tubert y Hugo García
Fernández

Primera edición: 2006


Tercera edición: 2023

Diseño de colección: Estrada Design


Diseño de cubierta: Manuel Estrada
Fotgrafía de cubierta: Refugiados kurdos en el campo de Silopi (Turquía, 17 de abril
de 1991).
© Marc DEVILLE / Gamma-Rapho / Getty Images
Selección de imagen: Carlos Caranci Sáez

Reservados todos los derechos. El contenido de esta obra está protegido por la Ley, que establece penas
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PAPEL DE FIBRA
CERTIFICADA

© Armand Colin 2004, Paris


ARMAND COLIN is a trademark of DUNOD Editeur – 11, rue Paul Bert - 92240
MALAKOFF, France
© de la traducción: Florencia Peyrou Tubert y Hugo García Fernández
© Alianza Editorial, S.A., Madrid, 2006, 2023
Calle Valentín Beato, 21
28037 Madrid
www.alianzaeditorial.es

ISBN: 978-84-1148-286-8
Depósito legal: M. 5.557-2023
Printed in Spain

Si quiere recibir información periódica sobre las novedades de Alianza Editorial,


envíe un correo electrónico a la dirección: alianzaeditorial@anaya.es
Admiro a Vassili Grossman, cuya madre fue asesinada por
los nazis y que, después de combatirlos, luchó de forma en-
carnizada contra la opresión comunista; al final de su vida,
quiso escribir la historia de los armenios, otro pueblo vícti-
ma del genocidio. Admiro a David Rousset, que luchó con-
tra los nazis, fue deportado a Buchenwald, analizó con bri-
llantez su experiencia y encontró, después, fuerzas para
combatir todos los campos de prisioneros políticos, empe-
zando por los del Gulag. Admiro a Germaine Tillon, que, al
salir de Ravensbruck, se unió a Rousset en esta lucha, antes
de combatir la tortura en Argelia o la pobreza del cuarto
mundo. Admiro a Marek Edelman, antiguo miembro del
Bund y cabecilla de la insurrección del gueto de Varsovia,
que sufrió luego la dictadura comunista y que, recientemen-
te, combatía la purificación étnica en la ex Yugoslavia decla-
rando: «Es una victoria póstuma de Hitler». Este tipo de
comparaciones no niegan en absoluto el pasado: honran a
quienes las hacen.

Tzvetan Todorov, Le Monde, 31 de enero de 1998.


Índice

13 Introducción: Cómo pensar los genocidios


14 El exterminio: ¿una práctica ancestral de la huma-
nidad?
18 Genocidio: origen, contenido y problemas de una
definición jurídica
24 En busca de una definición histórica
33 El presupuesto del enfoque comparativo

42 1. En las raíces del comportamiento genocida


contemporáneo
43 Las masacres olvidadas de la época colonial
53 El imaginario asesino del darwinismo social
65 La guerra de 1914 como pedagogía de la violencia
extrema

83 2. Armenia, 1915: El primer genocidio moderno


84 El desarrollo de una mentalidad asesina en tiempo
de Abdul Hamid II
92 La novedad radical del acontecimiento de 1915
102 Vuelta al proyecto ideológico de los Jóvenes Turcos
114 El genocidio armenio entre el olvido, la negación
y el reconocimiento tardío

123 3. Políticas genocidas en la Rusia soviética


125 La propedéutica del terror masivo leninista

9
137 La «liquidación de los kulaks en tanto que clase»
154 La hambruna-genocidio ucraniana de 1932-1933
169 La política de deportación étnica de los años 1937-
1949

181 4. El genocidio extremo: El exterminio de los


judíos europeos
183 El camino del genocidio
205 La globalidad de la política de exterminio nazi
220 Cultura de guerra y fantasmas genocidas de una ge-
neración de las SS
229 ¿Tiene la Shoah un carácter único?

247 5. El genocidio impune de Camboya


249 Las víctimas de la Kampuchea democrática
263 El Angkar y sus ejecutores
282 ¿Genocidio «camboyano» o genocidio «comunis-
ta»?
303 ¿Para cuándo el proceso de los jemeres rojos?

312 6. El etnicismo genocida posterior a la Guerra Fría


y el nacimiento de una jurisdicción internacional
permanente
315 Bosnia: la «limpieza étnica», entre nacionalismo
esencialista y política de la memoria
334 Ruanda: un genocidio descentralizado provocado
por el etnicismo
354 La Corte Penal Internacional y su génesis

363 Conclusión: ¿Por qué el siglo XX es el siglo de los


genocidios?
364 Las consecuencias de la «racionalidad» totalitaria

10
373 Los recursos de la modernidad
379 Los imperativos de la (re)construcción del Estado

387 Anexos
403 Bibliografía

11
Introducción:
Cómo pensar los genocidios

En una brillante novela de ciencia-ficción titulada, signi-


ficativamente, Genocidios, el escritor estadounidense
Thomas M. Disch imaginaba, en 1965, cómo una fuerza
extraterrestre del futuro exterminaría al conjunto de la
humanidad con el fin de «limpiar» el planeta y poner en
marcha un gigantesco programa de siembra y plantacio-
nes. Desgraciadamente, la reducción del hombre a la ca-
tegoría de un insecto dañino no ha sido sólo un elemento
de tramas literarias. Como idea y como práctica, fue el
producto de numerosas empresas políticas e ideológicas
que desencadenaron su violencia exterminadora desde
1915, durante la Primera Guerra Mundial, hasta los últi-
mos años de un siglo XX que los hombres habían imagi-
nado como el del progreso indefinido. Sucesivos grupos
de diversa naturaleza han sufrido, en cuanto tales, inten-
tos de exterminio parcial o total que tenían siempre una
motivación ideológica: los armenios otomanos, los cam-

13
El siglo de los genocidios

pesinos ucranianos, los judíos y los gitanos de Europa, el


«pueblo nuevo» camboyano, los tutsis de Ruanda y, por
último, los musulmanes bosnios. Las características es-
pecíficas de estas políticas criminales intencionadas, en
evidente ruptura con las que provocaron las masacres
del pasado, legitimaron la adopción, y posterior uso, del
crimen de genocidio: un concepto que su inventor,
Raphael Lemkin, veía en 1945 como el punto de partida
de un nuevo derecho internacional. Si la categoría de ge-
nocidio permite a los juristas actuales pensar mejor la
«comunidad de humanidad», autoriza también a los his-
toriadores a poner en práctica aquello para lo que están
mejor preparados: la perspectiva comparativa.

El exterminio: ¿una práctica ancestral


de la humanidad?

Las prácticas de exterminio tienen una larga historia, y


pueden detectarse en las más antiguas sociedades orga-
nizadas. Sin remontarse a la aniquilación de los amaleci-
tas y los medianitas –que impidieron a los hebreos el ac-
ceso a la ley divina, y de los que la Biblia nos dice que
sólo las jóvenes vírgenes se salvaron–, ni tampoco a la
guerra de Troya –en la que el proyecto de los fieles de
Agamenón fue nada menos que la erradicación de los
habitantes de la ciudad de Príamo–, la Antigüedad fue
pródiga en masacres más o menos programadas por los
poderes políticos. No cabe duda de que el rey asirio Se-
naquerib, que hizo pasar por las armas a todos los habi-
tantes de Babilonia en el año 689 a. C., inauguró un largo

14
Introducción: Cómo pensar los genocidios

linaje de «perpetradores». Atenas, madre de la democra-


cia occidental, castigó de igual modo a la ciudad de De-
los, en el 416 a. C., por no haberla ayudado durante la
guerra del Peloponeso. Tucídides cuenta cómo la ciudad
de Pericles hizo matar a los hombres, esclavizó a las mu-
jeres y a los niños, y repobló la isla-estado con sus colo-
nos. Un siglo más tarde, el caballeroso Alejandro Mag-
no, irritado por la resistencia de las satrapías orientales
del Imperio persa, planificó una política de terror en vir-
tud de la cual unas columnas móviles muy particulares
destruyeron las ciudades, incendiaron las cosechas y eje-
cutaron en masa a los jóvenes. Nos dice Diodoro: «Fue
así como, en un momento, una vasta región quedó deso-
lada por el fuego, los pillajes y las masacres». La destruc-
ción de Cartago por los romanos en el 146 a. C., al final
de una guerra programada, aparece como el ejemplo pa-
radigmático de un exterminio intencionado: 150.000 de
los habitantes de la ciudad fueron asesinados, y los su-
pervivientes, vendidos como esclavos.
La Edad Media y la Moderna no agotan esta letanía.
Ni mucho menos. Así, la conquista de Irán por los mon-
goles en el siglo XIII, que «borró» de la faz de la Tierra a
la ciudad de Herat y a sus habitantes, pervivió durante
mucho tiempo en las memorias de Oriente Medio. La
persecución de los cristianos de Japón, que se cobró
285.000 muertos entre 1587 y 1610, puede considerarse
también como un hito, puesto que no se trató tanto de
reprimir una rebelión contra nuevos impuestos como
de intentar excluir a un cuerpo religioso extranjero por
medios sangrientos. Un caso similar al de los marranos,
esos judíos españoles convertidos por la fuerza al cristia-

15
El siglo de los genocidios

nismo y masacrados en masa en Córdoba en 1473. Pero


es sin duda la conquista de las Américas la que, a partir
de 1492, ofrece una gama impresionante de casos de ex-
terminio. La desaparición total de tres millones de indios
arawak y caribes, un hecho ya en 1535, inauguró una ca-
tástrofe demográfica para las poblaciones indígenas. Al-
gunos historiadores cifran el descenso de población du-
rante el primer siglo de colonización en el 50%, e incluso
el 90% de un efectivo inicial de 80 millones. El ciclo
mortal fue bien analizado en el momento por Bartolomé
de Las Casas. El dominico español apuntaba al sistema de
trabajo forzado de la población indígena, cuya débil tasa
de natalidad, provocada por la separación de hombres y
mujeres, se agravaba por una enorme mortalidad infan-
til, consecuencia de la incapacidad de las madres ham-
brientas y exhaustas para amamantar a sus hijos. El cho-
que microbiano habría hecho el resto, aunque hoy se
tienda a no exagerar sus efectos. No es que las masacres
intencionadas cometidas por los conquistadores no fue-
ran legión: «Entraban en los pueblos, y no había niños ni
ancianos ni mujeres encintas que no destripasen o des-
cuartizasen, como si mataran corderos en el aprisco», es-
cribe Las Casas, cuyas descripciones son de una preci-
sión insoportable.
Lo que ocurrió en Norteamérica no se quedó atrás. La
aniquilación de la tribu de los pequot en Nueva Inglate-
rra en 1637 –los escasos supervivientes fueron vendidos
como esclavos a los plantadores de Virginia– fue la pri-
mera masacre caracterizada. Como lo fue, en el siglo XIX,
la «desaparición» de centenares de miles de indios des-
plazados poco a poco por la «frontera» de Estados Uni-

16
Introducción: Cómo pensar los genocidios

dos: una frontera que el historiador Frederick J. Turner


describió en su célebre conferencia de 1893 como «el
punto de encuentro entre el mundo salvaje y la civiliza-
ción», un wilderness que, según él, debía «dejar de exis-
tir». De hecho, de los cinco millones de indígenas ameri-
canos que habían vivido en el territorio de los actuales
Estados Unidos, no quedaba entonces más que un 5%.
Los historiadores estadounidenses hablan hoy con natu-
ralidad de masacres sistemáticas e intencionadas, como
la de los yuki del Round Valley en el norte de California
que, entre 1851 y 1880, perdieron a cerca del 90% de
sus efectivos (de unas 3.500 personas sólo sobrevivieron
400) a causa de los secuestros de mujeres, las hambrunas
provocadas, las matanzas y las epidemias. También es cé-
lebre la de Wounded Knee en 1891. Para los defensores
de los derechos de los pueblos autóctonos, el Gobierno
estadounidense fue, en el mejor de los casos, responsa-
ble de un etnocidio1, y, en el peor, cómplice de todas las
masacres locales. Las autoridades de Washington tras-
tornaron el orden material y cultural cotidiano de las po-
blaciones indígenas –en particular mediante la Dawes
Act, que instauró la política de reservas– y, lo que es
peor, no siempre respetaron los tratados que firmaban
con las tribus. Para recordar este lado oscuro de la con-
quista del Nuevo Mundo, militantes de los derechos hu-
manos quisieron celebrar el V Centenario de 1492: a su
juicio, Cristóbal Colón había inaugurado una «paz blan-

1. Que se define como «toda empresa o acción conducente a la des-


trucción de la cultura de un grupo, a la erradicación de su etnicidad o
identidad étnica».

17
El siglo de los genocidios

ca» singularmente mortífera. Sus escritos, a menudo


apasionados, comparaban al descubridor de América
con Himmler, y utilizaban copiosamente el término «ge-
nocidio» para estigmatizar toda la historia de las relacio-
nes entre el colonizador blanco y los amerindios.
El uso mediatizado de semejantes calificativos nos re-
cuerda la importancia de utilizar con rigor el concepto
de genocidio. El término apareció durante la Segunda
Guerra Mundial para describir y analizar la realidad de
un exterminio a gran escala, y subraya una especificidad
en el pensar y el hacer que puede quizá volver incierta la
utilización del término fuera de la contemporánea «edad
de los extremos».

Genocidio: origen, contenido y problemas


de una definición jurídica

En 1944, Winston Churchill se refirió a los horrores pro-


vocados por el nazismo como «un crimen sin nombre».
A modo de respuesta, Raphael Lemkin, profesor de De-
recho Internacional y judío estadounidense de origen
polaco, acuñó ese mismo año la expresión «genocidio» a
partir de la palabra griega genos (‘raza’, ‘pueblo’) y del
sufijo latino cide (de caedere, ‘matar’). La introdujo en
especial en un libro, Axis Rule in Occupied Europe, que
enumeraba y clasificaba todas las medidas adoptadas
por los nazis para aniquilar pueblos –el judío y el polaco
en primer lugar– por sus características nacionales, reli-
giosas y étnicas. Para Lemkin, el genocidio iba más allá
de la eliminación física en masa, que a su juicio era un

18
Introducción: Cómo pensar los genocidios

caso límite y excepcional: consistía, más bien, en una


multiplicidad de acciones destinadas a destruir las bases
de la supervivencia de un grupo en cuanto grupo. Era
«una síntesis de los diferentes actos de persecución y
destrucción».
Al describir en detalle la ofensiva nazi contra las insti-
tuciones sociales, culturales y económicas de Polonia –que
sentó las bases para su futura extinción histórica como
nación–, el jurista daba inicialmente una acepción am-
plia a la noción de genocidio. Para él, ésta englobaba los
actos que suelen asociarse a la noción de «etnocidio»,
creada posteriormente y que, como se ha visto antes a
propósito de los indios, se refiere de forma prioritaria
a un tipo de aniquilación no física. En cierto modo, la
muerte era la consecuencia, y no el medio, del fin perse-
guido. En la acción genocida perpetrada por el Tercer
Reich, Lemkin veía, por lo demás, la síntesis y la plenitud
de todas las barbaries pasadas, tanto las que en la Anti-
güedad y la Edad Media pretendían destruir físicamente
a algunos pueblos, como las que, en la Edad Moderna,
trataban más bien de aniquilarlos culturalmente. La Eu-
ropa nazi, continuadora de estas antiguas prácticas, je-
rarquizaba a los grupos con miras a su aniquilación física
inmediata (los judíos y los gitanos) o a su extinción so-
ciocultural progresiva (los eslavos). Recordemos, pues,
que Lemkin no deseaba designar un fenómeno nuevo,
sino más bien estigmatizar una práctica secular de la hu-
manidad designándola como «crimen en virtud del dere-
cho internacional». Así, aunque en la conferencia inter-
nacional de 1933 sobre la unificación del derecho penal
no había logrado que se aceptaran sus propuestas sobre

19
El siglo de los genocidios

el «crimen de barbarie» y el «crimen de vandalismo», en


cuanto terminó la guerra luchó para que su nueva defini-
ción se impusiese en los círculos jurídicos.
La noción de genocidio no se incluyó, sin embargo, en
el veredicto del Tribunal Militar internacional de Nur-
emberg, creado en virtud del acuerdo de Londres de 8
de agosto de 1945. Junto a las acusaciones clásicas de
«crimen contra la paz» y «crimen de guerra», la nueva
de «crimen contra la humanidad» evocaba «el asesinato,
el exterminio, la esclavización, la deportación y cual-
quier otro acto inhumano cometido contra todas las po-
blaciones civiles antes o durante la guerra, o bien las per-
secuciones por motivos políticos, raciales o religiosos».
Aunque en el curso del proceso se recordó que «los crí-
menes más numerosos y más salvajes han sido los perpe-
trados contra los judíos», la noción de un plan de exter-
minio de un grupo no se deducía bien del concepto de la
«persecución» de poblaciones2.
Durante su primera sesión el 11 de diciembre de 1946,
la Asamblea General de las Naciones Unidas se refirió al
crimen de genocidio en su Resolución 96. Lo definió
como «una denegación del derecho a la vida de los gru-
pos humanos», independientemente de que estos «gru-
pos raciales, religiosos, políticos o de otro tipo hayan
sido destruidos por completo o en parte»; y, por tanto,
como un crimen sometido al derecho en cualquier lugar.
Así, en un principio no se distinguió entre el genocidio y

2. Así, la «persecución» de los judíos sólo ocupaba 16 de las 190 pá-


ginas del juicio de Nuremberg. Contra lo que se suele pensar, ningún
dirigente nazi fue condenado a causa del «genocidio» de los judíos.

20
Introducción: Cómo pensar los genocidios

el crimen contra la humanidad, ya que el primero estaba


en cierto modo incluido en el segundo. Pero poco a poco
fue quedando claro que el crimen contra la humanidad
se dirige contra una población civil, mientras que el de
genocidio tiende a la destrucción de un grupo definido
de antemano3. Al añadir el calificativo «políticos y de
otro tipo», la proposición de la Asamblea General iba
más allá de los deseos de Lemkin –formulados en un ar-
tículo aparecido en la revista American Scholarr en abril de
1946, y publicado de inmediato en Europa–, pero al mis-
mo tiempo irritaba a una potencia tan poco inmaculada
en materia de derecho internacional como la Unión Sovié-
tica (el término genocidio empezó a usarse entonces para
calificar la anexión de los países bálticos). Esto obligó a
llegar a un compromiso, en virtud del cual se retiró esa ca-
racterización tan prometedora de la categoría de genoci-
dio; al día siguiente se votó una segunda Resolución de
mínimos. Sobre esta base algo decepcionante se adoptó,
el 9 de diciembre de 1948, la Convención que, en su ar-
tículo II, consideraba como genocidio todo acto «cometi-
do con la intención de destruir, totalmente o en parte, a un
grupo nacional, étnico, racial o religioso». Entre estos ac-
tos se mencionaban específicamente el asesinato, los ata-
ques físicos o psicológicos serios contra los miembros de
un grupo, los daños deliberados a las condiciones de vida
colectiva, las medidas de despoblamiento y el secuestro
de niños en beneficio de otro grupo.

3. La separación entre los dos tipos de acusaciones, inaugurada en


1948, ha sido claramente mantenida por los organismos internaciona-
les más recientes, como los tribunales para la ex Yugoslavia o Ruanda
y la Corte Penal Internacional.

21
El siglo de los genocidios

La Convención de 1948, que entró formalmente en vi-


gor el 12 de enero de 1951 y a la que cincuenta años des-
pués se adhirieron 130 países, marcó una etapa teórica
importante en la historia del derecho internacional y
abrió, sin duda, una nueva época. No para los juristas,
que debieron esperar al fin de siglo para inculpar a indi-
viduos en nombre del crimen que definió aquélla, sino
para los historiadores, politólogos y sociólogos, a quie-
nes el texto de la Convención exigió investigar los geno-
cidios de forma comparativa y transversal. La creación
oficial de una categoría de análisis, aunque hubiera naci-
do de la observación del caso singular de la barbarie
nazi, obligaba, en efecto, a instruir todos los crímenes de
esta naturaleza, tanto presentes como pasados (la Con-
vención reconocía «que el genocidio ha infligido gran-
des pérdidas a la humanidad en todos los periodos de la
historia»), y, por tanto, a compararlos para descubrir su
grado de especificidad y de universalidad. No obstante,
es necesario señalar que la definición de genocidio de
1948 decepciona a todos los investigadores que se en-
frentan al estudio y la interpretación de las grandes ma-
sacres.
Algunos puntos del texto, en efecto, reducían su alcan-
ce científico y heurístico. De entrada, no había una ver-
dadera definición de la «intención». ¿Debía ser mani-
fiesta y sistemática, o implícita y aparente? Aceptar sólo
la intencionalidad evidente ¿no conducía a excluir nu-
merosos casos de genocidio, limitando la categoría a la
Shoah? Además, los actos de genocidio que se enumera-
ban eran tan variados que imponían, en última instancia,
la realidad de un genocidio sin asesinato (los «daños»).

22
Introducción: Cómo pensar los genocidios

Pero tampoco eran lo suficiente como para incluir la eli-


minación de enfermos o minusválidos mentales, o una
práctica eugenésica como la esterilización. Por lo demás,
¿cómo se puede comprender la intención de destruir a
un grupo «en parte»? A menos que se defina un umbral
o una escala relativa de víctimas, se corre el riesgo de que
el genocidio no se diferencie netamente de la masacre
o el pogromo. El problema más grave, por último, es que
los grupos políticos y sociales quedaban excluidos del
ámbito de investigación de los genocidios. Aunque la eli-
minación del criterio politicosocial estuviera evidente-
mente motivada por el clima geopolítico de la posguerra
y el peso de una Unión Soviética dispuesta a hacer cual-
quier cosa para vaciar de contenido el concepto4, tam-
bién se basaba en una distinción a priorii admisible: la
que opone el «crimen motivado» (político) al «crimen
inmotivado» (racial); a la persona asesinada por lo que
hace (el oponente o rebelde), a aquélla asesinada por lo
que es (el inocente). Pero las implicaciones de este tipo
de razonamiento son evidentes. La eliminación física de
un oponente político, ¿es más comprensible y legítima
que la de un representante de tal o cual «raza»? En este
sentido, una parte de la población que fue masacrada en
Ruanda en 1994 (los «hutus moderados») no sería consi-

4. En el debate de la Asamblea General de la ONU, los soviéticos


pretendieron dar una definición deliberadamente amplia del crimen
de genocidio añadiendo otros dos tipos de acción: el hecho de prohi-
bir el empleo de la lengua de un grupo y el de impedirle el uso de
instituciones culturales propias, como escuelas, bibliotecas o museos.
Desde este punto de vista, ¡la III República francesa habría entrado
en la categoría de los Estados genocidas!

23
El siglo de los genocidios

derada como víctima de un genocidio, pues no formaba


parte de la «raza» atacada. Una conclusión aberrante.
Este cuestionamiento abre, de hecho, el principal pro-
blema de la definición de 1948, a saber: que el grupo ata-
cado se asocie prioritariamente a categorías con un sen-
tido científico tan dudoso como la «etnia» o la «raza».
En virtud de estos dos criterios, en efecto, manejamos
una definición jurídica racializada de crímenes que sólo
son raciales en la mente del genocida. La fantasía de éste
es precisamente naturalizar a su enemigo, excluirle de
toda lucha específicamente política, separarle poco a
poco de la humanidad. Como afirma acertadamente
Catherine Coquio, «la separación entre el ser y el hacer
tiende precisamente a borrarse en la razón genocida, que
sustancializa y naturaliza cualquier consideración huma-
na, incluso de carácter político». Si la Convención de
1948 fuera observada estrictamente en materia de defini-
ción de genocidio, se podría llegar a ignorar o banalizar
las sangrientas empresas estalinistas de los años treinta,
la masacre anticomunista de 1965 en Indonesia o los dos
millones de víctimas de la Kampuchea democrática.
Ante estas lagunas, era inevitable que una generación de
investigadores intentara hacer coincidir la definición ju-
rídica con la realidad, es decir, elaborar una definición
histórica del genocidio.

En busca de una definición histórica

Resulta significativo que el primero que quiso enmendar


la definición de 1948 fuera un profesor de Derecho ho-

24
Introducción: Cómo pensar los genocidios

landés, Pieter N. Drost, especialista en las difíciles cues-


tiones coloniales que afectaban al pasado de su propio
país. En la Universidad de Yakarta, Drost consagró en
1959 dos gruesos volúmenes al «crimen de Estado»,
en los que precisaba las nociones de «humanicidio» y «ge-
nocidio». Defensor de la recuperación del criterio políti-
co –cuya ausencia en la Convención no dejaría, a su juicio,
de ser explotada por todos los Estados potencialmente
genocidas–, redefinió el genocidio como «la destrucción
física deliberada de los seres humanos en razón de su
pertenencia a una comunidad humana de cualquier
tipo». El trabajo de Drost constituye, así, un importante
punto de partida para la investigación científica en mate-
ria de genocidios: su definición es al mismo tiempo res-
trictiva (sólo privilegia la aniquilación física) y abierta
(con un grupo atacado no discriminatorio). Cuatro déca-
das más tarde, la nítida conclusión de The Crime of State
conserva todo su valor.
Aunque el término genocidio se introdujo en el debate
público de la década de 1960 –especialmente en la críti-
ca del colonialismo de Franz Fanon, donde se evoca «el
genocidio exangüe que supone la marginación de mil
quinientos millones de hombres», y en la condena de
Jean-Paul Sartre a la guerra estadounidense en Viet-
nam–, hubo que esperar a 1976 para encontrar un nuevo
estudio comparativo de envergadura: el de Irving Louis
Horowitz, cuya obra Taking Lives: Genocide and State
Power ha conocido cuatro ediciones hasta el día de hoy.
Como se refleja en su título, este libro pone el acento
en el papel central del aparato burocrático en el proceso
genocida, que se considera en un principio como una

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