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REVISTA JURÍDICA Y CONTABLE

Creando pensadores con conciencia. Año 2 No 19, Diciembre 2021

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REVISTA JURÍDICA Y CONTABLE.

Director General
L.D. Edder Octavio Narváez Muñoz
eddernarvaez@gmail.com
Subdirector General
C.P.C. Juan Carlos Castillo Gómez
juancarlos.cgx@gmail.com
Director Ejecutivo
C.P.C. Gaudencio Gallardo Castillo
gaudenciogallardoc@gmail.com

(c) 2021 Revista Jurídica y Contable.; Año 2 No 19, Diciembre 2021, es una Publicación Mensual Digital Gratuita, editada y
distribuida por “Popol Vool Jurídico y Servicios Integrales Narváez, S.A.S. de C.V.” y “JC&CG Consultores”, en Av. San
Lorenzo No 102 – A Col. Bosques del Sur Alcaldía Xochimilco C.P. 16010 en la CDMX, teléfono (55)5489-8968. Editores
responsables, el L.D. Edder Octavio Narváez Muñoz y el C.P.C. Juan Carlos Castillo Gómez.

Popol Vool Jurídico y Servicios Integrales Narváez, S.A.S. de C.V., JC&CG Consultores y la Barra de Juristas de México,
Colegio Profesional, A.C. a través de la “Revista Jurídica y Contable”, informa a todos sus lectores que la información
contenida en la presente publicación es recopilada con el mayor cuidado y profesionalidad por parte de los articulistas y el
equipo que prepara la misma; sin embargo, no descartamos la posibilidad de cometer algún error por la cantidad de
información que se procesa, por lo que estamos sujetos a presentar errores de manera involuntaria como sucede con
cualquier publicación oficial o no, hacemos la atenta recomendación a todos nuestros lectores que aplican lo expresado en
la publicación, consideren su corroboración con lo señalado por los organismos institucionales.

La información, opinión, comentarios, análisis, interpretaciones, así como el contenido de la publicación es responsabilidad
de los diversos articulistas que firman, y no representan necesariamente la opinión de las empresas editoras.
Editorial

grupo de grandes profesionales, amigos, que


“Asegúrate de que colocas tus tenemos un sueño y este sueño es impactar en sus
pies en el lugar correcto, y luego mentes y lograr un cambio social, por medio del
conocimiento científico, informado, y profesional.
mantente firme”. Les invitamos a seguir leyéndonos en enero del
- Abraham Lincoln 2022, este proyecto sigue creciendo y con sus
comentarios logramos hacer un mejor trabajo en
beneficio de ustedes.

DICIEMBRE, tiempo de reunión, con amigos y Sin más paso a dar reconocimiento a quien lo
familia, el invitado especial se asoma tras las merece, deseando que sigan colaborando con
sombras, un huésped que nadie quisiera que nosotros el próximo año, ya que cada uno de
estuviera en ninguna reunión, pero ahí está, no ustedes es una pieza insustituible para esta
falta, es más trae amigos nuevos. Institución, deseándoles un próspero año 2022,
principalmente lleno de salud, y trabajo
El COVID-19, sus nuevas variantes están remunerado.
presentes, los fríos hielan nuestros cuerpos, las
enfermedades están al día, sugiero cuidarnos y Sin más paso a agradecer a los profesionales y
evitar que estos invitados hagan presa de nosotros. articulistas que hace posible esta revista.

Cambios fiscales se aproximan, EL EMBARGO HONOR A QUIEN HONOR MERECE.


POR MEDIO DEL BUZÓN TRIBUTARIO,
EMBARGOS PREVENTIVOS, situación que pone JUAN CARLOS CASTILLO GÓMEZ.
en ascuas a toda la población que tenga un crédito GAUDENCIO GALLARDO CASTILLO.
fiscal. CARLOS MANUEL LAMADRID MÁRQUEZ.
FERNANDO XICOTÉNCATL HERNÁNDEZ
Reformas a la miscelánea fiscal, la población que a OSORIO.
partir del 1° de enero del 2022 que cumpla 18 años, OSCAR HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.
tendrán que suscribirse en la SECRETARIA DE MARYLÚ CRUZ GARCÍA.
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, así también CARLOS MARX BARBOSA GUZMÁN.
toda la población que no esté dada de alta en el HÉCTOR EDUARDO TIRADO RAMOS.
SAT, a partir del primer segundo del 1° de enero, PEDRO DAVID VILLAMAR.
después de darnos el abrazo, la obligación fiscal JUAN GABRIEL MUÑOZ LÓPEZ.
aparece. LUIS ENRIQUE OSORIO RUIZ.
ROSA ESTHER SALAZAR MONROY.
Es por ello que, en esta editorial, me permito ALEJANDRO ANDRADE PÁEZ.
sugerir a nuestros lectores se acerquen a su CÉSAR CALVO LANGARICA.
contador de confianza o bien a los contadores de ANGÉLICA MEJÍA ALBARRÁN.
nuestra revista o bien de nuestro colegio JUAN CARLOS GÓMEZ BARRÓN.
profesional, Barra de Juristas de México.
A todos y cada uno de ellos hoy me congratulo al
De igual forma les invitamos a que se acerquen a felicitarles por su extraordinario trabajo, que han
nuestros especialistas en derecho penal fiscal, ya plasmado a lo largo de nuestros números
que la espada de Damocles pende sobre todos los publicados.
ciudadanos de este Estado.
Les agradezco su empeño y desempeño, a lo largo
Pasando a un terreno más soleado y con una mejor de estos ya casi 720 días, que se menciona fácil,
tesitura social, queremos agradecer el favor que pero detrás de cada día y cada segundo que hemos
nos hacen al seguir mes con mes la lectura de esta vivido para lograr la publicación, conlleva un
su revista JURIDICA Y CONTABLE, queremos enorme trabajo, físico, intelectual y personal, ES
compartir con ustedes que logramos conjuntar un POR ESTO Y MUCHO MÁS QUE HOY LES DIGO
Editorial

MUCHAS FELICIDADES POR ESTE SU LOGRO,


QUE PASEN UNAS HERMOSAS FIESTAS Y NOS
VEMOS EL PRÓXIMO AÑO, UN RESPETUOSO
ABRAZO A CADA UNO DE USTEDES.

Agradeciendo como siempre su lealtad y


preferencia para su Revista Jurídica y Contable.
“Creando pensadores con conciencia”.

L.D. Edder Octavio Narváez Muñoz


Director General.
Columnistas

L.D. Edder Octavio Narváez Muñoz.


Licenciado en Derecho y Socio Director en “Popol Vool Jurídico y Servicios Integrales Narváez,
S.A.S. de C.V.”; Abogado Postulante en Materia Civil, Mercantil y Penal; Catedrático en el Instituto
Nacional de Estudios Jurídicos y Contables, Instituto de Desarrollo Académico y Profesional,
Instituto de Capacitación de la Procuraduría y en la Universidad Insurgentes; Conductor del pro-
grama de radio por internet “Solución Legal y Contable a tus Problemas” en Radio&TV Alternativa
Iustitiae.

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C.P.C. Juan Carlos Castillo Gómez.


Contador Público Independiente y Socio Director en “JC&CG Consultores”; Contador Público
Titulado en la ESCA Tepepan del IPN; Contador Público Certificado en las Áreas de Auditoría Fiscal
y Seguridad Social; Socio en la AMCPMX, CNCPMX, Anafinet y de la Barra de Juristas de México,
Colegio Profesional, A.C.; Delegado CDMX de la CNCP; “Coordinador de la Comisión de Comunica-
ción en Redes Sociales” por el CNCP; Representación, promoción y difusión por la Anafinet CDMX;
Representante de la Subcomisión Fiscal-Tributaria del “Grupo de Investigación, Análisis y Opinión
(GIAo) Comisión de Transparencia y Anticorrupción LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados”
por la Anafinet; Expositor en el “Aula Virtual” por la Anafinet CDMX y en Actualizandome.com cada
15 días. Conductor del Programa “Conociendo el Mundo Fiscal” en Radio&TV Alternativa Iustitiae.

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C.P.C. Gaudencio Gallardo Castillo.


Contador Público Independiente y Socio en “JC&CG Consultores”; Contador Público Titulado en la
UNAM; Contador Público Certificado en el Áreas de Fiscal; Socio en CNCPMX, Anafinet y de la
Barra de Juristas de México, Colegio Profesional, A.C.; Subdelegado CDMX de la CNCP; Represen-
tación, promoción y difusión por la Anafinet CDMX; Expositor en el “Aula Virtual” por la Anafinet
CDMX y en Actualizandome.com cada 15 días. Gerente Administrativo del Comité para el Fomento
y Protección Precuaria del D.F., S.C. (CFPPDFSC), Organismo Auxiliar de la SAGARPA, del 2007
al 2019. Conductor del Programa “Conociendo el Mundo Fiscal” en Radio&TV Alternativa Iustitiae.

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L.C.P. y L.D. Carlos Manuel Lamadrid Márquez.


Contador Público y Asesor Independiente en Materia Financiera y Fiscal; Abogado Postulante en
Materia Fiscal y Administrativa; Auditor en la Firma “Castañeda Melgoza y Cía., S.A.”; Licenciatura
en Contaduría Pública por la FCA de la UABJO y Licenciatura en Derecho por la Facultad de
Derecho y Ciencias Sociales; Especialidad en Fiscal en la FCA de la UABJO; Maestrante en
estrategias fiscales e impositivas en el Instituto de Estudios Universitarios; Coordinador; Socio en
IMCP Oaxaca y Anafinet; Coordinador de Auditoria Fiscal en el Depto. de AIAFF de Cancún; Jefe
del Depto. de Auditoria Fiscal 1 y Encargado de la Subdirección de Auditoria Fiscal en la ALAF de
Oaxaca; Síndico del Contribuyente de la CANACINTRA y de la PRODECON delegación Oaxaca.

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L.C.P. y M.I. Fernando Xicoténcatl Hernández Osorio.


Contador Público Independiente; Contador Público Titulado en la UVM; Maestría en Impuestos en
el Instituto de Estudios Universitario avalada por la Universidad de Puebla; Carrera de Agente de
Seguros en los sectores Vida y Ahorro en “Insignia Life, S.A. de C.V.”; Amplia experiencia laboral
como contador, auditor, contador de costos y contador general en empresas como Grupo Gasoline-
ro Mexicano, Wing Stop, S.A. de C.V., Consorcio Aristos, S.A. de C.V. y GVA Contadores Públicos,
S.C.
Columnistas

L.D. Oscar Hernández Sánchez.


Socio del Despacho de Abogados “Consejería Ejecutiva Jurídica” en la ciudad de Cuernavaca
Morelos y de la Ciudad de México; Amplia experiencia laboral como Agente del Ministerio Público,
Asistente del Ministerio Público Federal en la Fiscalía Especial de Delitos, Secretario Parlamentario
del Ministerio Público, Secretario del Director de Procedimientos Penales de Delitos, Secretario del
Subdirector de Detenidos en Averiguaciones Previas y como Inspector Federal del Trabajo en de-
pendencias como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Procuraduría General de la Repú-
blica y en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

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L.D. Marylú Cruz García.


Licenciada en Derecho por la Universidad Tecnológica de México UNITEC Campus Sur CDMX;
Maestría en Procuración de Justicia; Doctorado en Derecho Constitucional y Derecho Penal en el
Instituto de Estudios Superiores de Derecho Penal “INDEPAC”; Con cargo público en la Fiscalía
General de Justicia de la Ciudad de México; Conferencista de Cursos Académicos como Encuentro
Entre Penalistas 2020, Interpretación Conforme Principio Pro-persona, Investigación Jurídico Fo--
rense del Feminicidio, Derechos Humanos, Seguridad Ciudadana y Actuación Policial, Las Cienci-
as Forenses y su Aplicación en el Derecho, entre otros.

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L.D. Carlos Marx Barbosa Guzmán.


Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero y Especialidad en Comunicación;
Maestro en Derecho Procesal Laboral; Doctor Honoris Causa por la Universidad de España y Méxi-
co; Maestro en Derechos Humanos y Libertad Religiosa; Cursando el doctorado en Anticorrupción
y Sistema de Justicia; Galardonado con el Premio Estatal al Mérito Jurídico 2018; Galardonado con
la medalla nacional “Legión de Honor 2019” por la Federación Mexicana del Colegio de Abogados;
Ha desempeñado cargos en la Administración Pública del Gobierno del Estado de Guerrero, de
Jefe de Departamento hasta Director, también fungió como Secretario General del Tribunal de Con-
ciliación y Arbitraje y como Agente de Ministerio Público, entre otros.

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L.C.P. y L.D. Héctor Eduardo Tirado Ramos.


Licenciado en Contaduría por la Universidad Autónoma de Chiapas, Campus IV; Licenciado en De-
recho por el Instituto de Estudios Superiores de Chiapas, Campus Tapachula; Maestría en Derecho
Administrativo y Fiscal, y Doctorado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional
de Abogados; Diplomado en Comercio Exterior y Operación Aduanera por el Instituto Tecnológico
Autónomo de México; Amplia experiencia laboral como contador y consultor fiscal en empresas co-
mo Ortiz, Sosa y Asociados, S.C., WMP Services CDMX, S. de R.L. de C.V. y Consultoría Integral
Financiera Fiscal Especializada Antón Cabrera, S.C.

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Dr. Pedro David Villamar.


Licenciado en Psicología, en Ciencias Políticas y en Administración Pública por la UNAM; Diploma-
dos en Administración de Recursos Humanos, en Desarrollo de Capacidades para Gobiernos de
Calidad y Sustentabilidad Local, en Planeación, en Cultura Política y Participación Ciudadana, en-
tre otros; Cuenta con 15 años de experiencia en el Gobierno Federal y Gobierno de la CDMX ocu-
pando puestos como: Subdirector de Participación Social para el Desarrollo de Ciudades en el SE-
DESOL y Subdirector en la Unidad de Desarrollo Social en DIF Nacional; Psicoterapeuta Cognitivo
Conductal y Consultor Independiente. Conductor del Programa “Solución Legal y Contable a tus -
Problemas” en Radio&TV Alternativa Iustitiae.
Columnistas

C.P.C. y M.I. Juan Gabriel Muñoz López.


Socio Director de “GM Consultoría Tributaria”; CPC por el IMCP en julio de 2005; Máster en Impu-
estos por la U. de G. en 2002; Expresidente de la Comisión de Cursos CCPG en 2011; Miembro -
de la Comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente desde 2007; Socio de Anafinet, A.C. y Miembro
de la Comisión Fiscal; Catedrático a nivel posgrado en la UNIVA; Expositor de temas fiscales a ni-
vel nacional, video conferencista; Creador del grupo de facebook #reto1libroporsemana para fomen
tar la cultura de la lectura en México.

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Dra. Rosa Esther Salazar Monroy.


Licenciada en Derecho por el Centro Universitario Columbia; Maestría en Derecho Especialidad --
en Juicios Orales por el Centro Universitario Columbia; Doctorado en Derecho Laboral por el Insti-
tuto de Posgrado en Derecho; Licenciada en Psicología por la Universidad Tecnológica de México
(UNITEC); Cuenta con 15 años de experiencia profesional ocupando puestos como: Coordinadora
del Tutelar de Menores, Agencia No 57 de la Procuraduría General de Justicia; Coordinadora de -
la Secretaria de Derechos Humanos en el Colegio de Abogados “Carta Magna”; Coordinadora en-
la Secretaría de las Mujeres de la CDMX; Profesora a nivel licenciatura en la Universidad de Ámeri-
rica del Norte.

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Dr. José Alejandro Andrade Páez.


Licenciado en Derecho y Socio Director en “Corporativo Jurídico Andrade & Asociados”; Egresado
de la Universidad Latina, S.C.; Maestría en Derecho Penal en la Universidad Humanitas; Doctorado
en Criminología en el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas; Aboga
do Postulante en Materia Penal, Procesal y Constitucional; Docente de la Facultad de Derecho de
la Ciudad de México, del Centro Universitario Ángeles y de la Universidad Nacional Autónoma de-
México; Presidente del Comité Jurídico SINDEMEX; Conductor del programa “Café Jurídico Empre
sarial” de SINDEMEX y del programa “Solución Legal y Contable… a tus Problemas” de Radio&TV
Alternativa Iustitiae; Conferencista de diversos programas en “Radio IUS” y de la “Barra de Juristas
de México, Colegio Profesional, A.C.”

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C.P.C. César Calvo Langarica.


Contador Público Independiente; Contador Público egresado de la Escuela Bancaria y Comercial;
Socio en la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, A.C., presidente de la 1er Convención
en 1975 y vicepresidente del Sector Docente 1982/1984; Catedrático de Estudio Contable de los -
Impuestos, de Análisis e interpretación de Estados Financieros, Auditoria y Director de Tesis en: -
ESCA-IPN, FCA-UNAM, ITAM, ISEC, UVM y Colegio Español; Cuenta con 5 reconocimientos por
el Centro de Estudios de la Contaduría Pública, A.C. en los años 1999/2003, obteniendo el primer
lugar en los años intermedios; Ganador de la presea “C.P.C. Aida Bartnicki de Castañeda” como -
el contador del año 2004; Escritor de varios libros, entre ellos “El Estudio Contable de los Impuestos
- 50ª edición” y “Análisis e Interpretación de Estados Financieros – 15ª edición”.

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L.C. Angélica Mejía Albarrán.


Contadora Independiente y Directora en “Servicios Contables y Capacitación”; Licenciada en Conta
duría por la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán de la Universidad Nacional Autónoma de -
México; Capacitadora en temas contables y fiscales con mas de 30 cursos impartidos a contadores
y estudiantes de toda la república mexicana; Cuenta con más de 14 años de experiencia profesional
laborando en empresas como Call Center de México, S.A. de C.V. y en Eduper, S.A. de C.V.; ade-
más de diversos despachos contables.
Hechos de Trascendencia Social.

Conoce las fechas más importantes que • 1990. El escritor mexicano Octavio Paz,
marcaron la historia, en este mes. recibe el Premio Nobel de Literatura.

14 de Diciembre.
1 de Diciembre. • 1853. Nace en el puerto de Veracruz el
• Día Mundial de la Lucha contra el SIDA. poeta Salvador Díaz Mirón.
• 1990. Muere el compositor Francisco
Gabilondo Soler “Cri-crí”.
2 de Diciembre.
• Día Internacional para la Abolición de la
16 de Diciembre.
Esclavitud.
• 1770. Nace en Bonn, Alemania, el eminente
• 1541. Muere en Castilleja de la Cuesta el
músico Ludwin Van Beethoven.
conquistador de México, Hernán Cortés.
17 de Diciembre.
3 de Diciembre.
• 1790. Es encontrado el Calendario Azteca o
• Día Internacional de las personas con Piedra del Sol.
discapacidad.
• 1830. Muere el libertador Simón Bolívar.
• 1837. Muere Fray Servando Teresa de
Mier, precursor de la causa
independentista. 18 de Diciembre.
• 1973. Muere en la Ciudad de México, Adolfo • Día Internacional del Migrante.
Ruiz Cortines, Presidente de México entre
1952 y 1958. 22 de Diciembre.
• 1815. Es fusilado por las autoridades
5 de Diciembre. realistas, en San Cristóbal Ecatepec (hoy
• Día Mundial del Suelo. Estado de México), José María Morelos y
• 1953. Muere en Nueva York el cantante Pavón.
Jorge Negrete. • 1859. Nace en la ciudad de México, el
escritor, novelista y poeta Manuel Gutiérrez
Nájera.
7 de Diciembre.
• 1869. Muere en la ciudad de México, D.F.,
• Día Internacional de la Aviación Civil.
el periodista, escritor y político liberal
• 1935. Nace el compositor Armando
Francisco Zarco.
Manzanero Canché, en Mérida, Yucatán.
• 1930. Muere en la Ciudad de México, Jesús
Flores Magón, hermano de Ricardo y de 24 de Diciembre.
Enrique Flores Magón. • Celebración de Noche Buena.
• 1816. Muere en la ciudad de México, D.F.,
8 de Diciembre. el escultor y arquitecto valenciano Manuel
Tolsá.
• 1886. Nace en Guanajuato el pintor
muralista Diego Rivera. • 1993. Muere el cantante y compositor
Chucho Navarro (José de Jesús Navarro
• 1980. Es asesinado en New York John
Moreno), fundador e integrante del Trío Los
Lennon, famoso cantante y compositor del
Panchos.
grupo musical inglés «The Beatles».

9 de Diciembre. 25 de Diciembre.
• Celebración de Navidad.
• Día Internacional contra la Corrupción.
• 1977. Muere el actor y cineasta Charles
Chaplin en Suiza.
10 de Diciembre.
• Día Mundial de los Derechos Humanos.
Hechos de Trascendencia Social.

27 de Diciembre. 31 de Diciembre.
• 1822. Nace Luis Pasteur, descubridor de la • Celebración tradicional de fin de año.
vacuna antirrábica. • 1899. Nace el músico y compositor Silvestre
• 1836. El gobierno de España reconoce la Revueltas, autor de importantes obras
Independencia de México. nacionalistas sinfónicas.
• 1951. Es elevado a la categoría de Estado
28 de Diciembre. de la República, el Territorio Norte de la
• 1836. España reconoce la Independencia Baja California.
de México a través del Tratado “Santa
María Calatrava.”

29 de Diciembre.
• 1859. Nace don Venustiano Carranza en
Cuatro Ciénegas, Coahuila.
• 1896. Nace David Alfaro Siqueiros, pintor
chihuahuense, que destacó en la escuela
del muralismo.
Acontecimientos Relevantes en
la Historia de México.

Calendario Azteca o piedra del sol, 4. En 1559 se decidió enterrar la piedra con los
relieves viendo hacia abajo ya que el arzobispo fray
datos útiles que debes saber. Alonso de Montúfar decía que la piedra había sido
obra del demonio y ejercía mala influencia en los
La Piedra del Sol, monumento colosal que sintetiza
habitantes de la ciudad. Permaneció bajo tierra
el conocimiento astronómico que desarrolló la
durante 270 años.
sociedad mexica antes de la conquista española,
permaneció enterrada por más de 200 años y ha
5. Fue descubierta en 1790 por casualidad debido
tenido una gran travesía hasta hoy que ocupa el
a los trabajos de nivelación de la Plaza Mayor de la
lugar de honor en la Sala Mexica del Museo
Ciudad de México. El antropólogo y escritor Antonio
Nacional de Antropología.
de León y Gama le dio el nombre de Calendario
Azteca e intercedió para que fuera colocado a un
Estos son algunos datos básicos que debes
lado de la torre poniente de la catedral
conocer de esta pieza antes de ir al museo a
metropolitana.
visitarla.
6. La Piedra del Sol se trasladó en 1887 al Museo
1. Este impresionante monolito permaneció en su
Nacional ubicado en la calle de Moneda como parte
lugar hasta 1521, fecha en que concluyó la toma de
de una de la Galería de Monolitos inaugurada por
Tenochtitlan y Hernán Cortés mandó a quitar todos
Porfirio Díaz.
los ídolos paganos.

2. La Piedra del Sol durante la época de la colonia


permaneció en la plaza mayor por más de 40 años.
Tras la conquista, fue trasladada hacia el exterior
del Templo Mayor, hasta el oeste del entonces
Palacio Virreinal y la Acequia Real, en donde se
mantuvo al descubierto, con el relieve hacia arriba
durante muchos años.

3. La roca madre de la que fue extraído, el también


llamado Calendario Azteca, proviene del volcán
Xitle y pudo ser obtenida de San Ángel o
Xochimilco. El geólogo Ezequiel Ordoñez en 1893 7. La Piedra del Sol simboliza la concepción del
determinó su origen y la dictaminó como basalto de tiempo, sin embargo, no funcionaba como un
olivino, un tipo de roca ígnea volcánica de color calendario.
oscuro.
Acontecimientos Relevantes en
la Historia de México.

8. El disco solar está representado en esta piedra 12. El primer anillo principal del calendario azteca
como una sucesión de anillos concéntricos que hay 20 figuras que representan los días. La cuenta
contienen diferentes elementos relacionados con el de los días comienza con un caimán y continúa en
registro del tiempo. Presenta rayos y puntas que sentido contrario de las manecillas del reloj. Los
irradian de su superficie, los cuales marcan las días van acompañados de un número consecutivo
cuatro direcciones y los movimientos del Sol, y en del uno al trece y de esta forma no se repite la
su centro se encuentra el glifo 4 Movimiento (nahui misma figura con el mismo número en un periodo
ollin), nombre del Quinto Sol, que fue la era de los de 260 días.
mexicas, según datos del Instituto Nacional de
Antropología. 13. En 1964 la escultura dejó su lugar en la calle de
Moneda y fue transferido al Bosque de
9. En cada una de las esquinas del signo Ollin Chapultepec sobre una plataforma de 16 metros,
aparece el nombre de los otros cuatro soles: Nahui en un recorrido de una hora y 15 minutos para
Océlotl (Cuatro Jaguar), Nahui Atl (Cuatro Agua), instalarse en Museo Nacional de Antropología
Nahui Quiáhuitl (Cuatro Lluvia) y Nahui Ehécatl
(Cuatro Viento). 14. La Piedra del Sol tiene un peso de 25 toneladas
y mide unos 3.5 metros.
10. Según la mitología nahua del Posclásico el
mundo, tal y como lo conocemos actualmente, ya 15. El arqueólogo, Eduardo Matos Moctezuma
ha pasado por distintas eras de creación y señala en su libro Escultura Monumental Mexica
destrucción. Ellos relacionaron cada una de ellas que la Piedra del Sol es “un monumento que
con un sol en particular. muestra el tiempo petrificado”, al contrario de la
Coatlicue: “Por un lado, la primera fue el
11. En el centro de este monolito se encuentra el monumento aceptado por los españoles, como
rostro semidescarnado de Tonatiuh, dios del Sol, parte de una identidad pasada, y la segunda
identificado por su decoración facial en forma de permaneció oculta en el patio de la universidad.”
líneas que cruzan la frente y se curvan para rodear
la parte externa de sus ojos, su cabello lacio y las ¿Qué otro dato conoces sobre la Piedra del Sol?
joyas que eran características de su imagen. Su
lengua está representada por un cuchillo, símbolo
del sacrificio humano que el dios solar exigía para Para más información consulta: calendario-azteca-
alimentarse y renacer cada día por el oriente, o-piedra-del-sol-datos-útiles-que-debes-saber
después de su viaje nocturno por el inframundo.
Fuente: www.mexicodesconocido.com.mx
Cambios del CFDI en 2022. • Existirá una nueva versión del CFDI, la
C.P.C. Juan Carlos Castillo Gómez. 4.0.
jc.castillo@jccgconsultores.com • Se precisan descripciones de nodos y
atributos.
En el artículo anterior, hablamos de las • Se incluyen nuevos atributos:
“Formas de Cancelación del CFDI” vigentes “Exportación”, “Factura Atributo
hasta el 31 de diciembre del 2021, pero con la Adquirente” (Emisor), “Domicilio Fiscal”
Reforma Fiscal 2022 se vienen nuevos del Receptor, “Régimen Fiscal” del
cambios para la emisión de los CFDI y para la Receptor y “Objeto de Impuesto”.
cancelación de los mismos. Se vienen muchos • Se incluyen nuevos nodos:
cambios que impactarán a los contribuyentes, “Información global” y “A cuenta de
tanto personas físicas como morales y los terceros”.
cuales entrarán en vigor a partir del 01 de • Se adiciona un campo para identificar
enero del 2022. las operaciones donde exista una
“Exportación de Mercancía”.
• Se cambia la secuencia de CFDI
Relacionados.
• Inclusión de reglas de validación para
los nuevos nodos y atributos.
• Inclusión de nuevos catálogos.

Un cambio importante es la distribución de la


información en dos grandes apartados, uno es
la información global que se dedica a los
comprobantes globales que se emiten al
público en general, y dos los destinados a
El día 12 de noviembre de 2021 fue publicado terceras personas con los datos requeridos
en el Diario Oficial el proyecto de decreto por para que otras personas facturen, se hallará
el que se reforman, adicionan, y derogan en esta parte del CFDI.
disposiciones de las Leyes del ISR, IVA, IEPS,
ISAN y CFF, entre las cuales se contemplan CFDI Retenciones e Información de Pagos.
modificaciones referentes a los comprobantes
fiscales 3.3 y en especial para su cancelación. • Habrá nueva versión, la 2.0.
Esto a razón de que existen contribuyentes
• Se precisan descripciones de nodos y
que cancelan los CFDI en el ejercicio de
atributos.
facultades de comprobación, situación que
• Se incluyen nuevos atributos como el
deriva en un estado de inseguridad jurídica.
“Nombre” y “Domicilio Fiscal” del emisor
Por eso, se establecen requisitos adicionales
y del receptor.
para dicha cancelación. Con este cambio, se
busca establecer que los CFDI sólo se puedan • Deberá declararse el “Régimen Fiscal”
cancelar en el ejercicio fiscal en el que se del emisor.
expidan, y siempre que la persona a favor de • Se incluye nuevo nodo de CFDI
quien se expidan acepte su cancelación. Es Relacionados.
decir, los CFDI sólo podrían cancelarse dentro • Inclusión de reglas de validación.
del mismo ejercicio fiscal en que fueron • Inclusión de nuevos catálogos.
expedidos.
Los CFDI relacionados tendrán un cambio en
Los principales cambios, son los siguientes: su estructura para que se puedan vincular más
de uno de estos comprobantes.
Factura Electrónica (CFDI).
Complemento de Recepción de Pagos.
• La nueva versión será la 2.0. El inicio de vigencia de estos cambios será a
• Se incluye nuevo atributo de “Objeto de partir del 01 de enero del 2022, pero se prevé
Impuesto”. que habrá un periodo de convivencia entre la
• Se elimina el atributo “Método Pago” en versión actual 3.3 y la 4.0 del CFDI. Esto para
el Documento Relacionado. que puedan efectuarse todas las
• Se adecuan los impuestos a nivel del adecuaciones que se requieren realizar a los
documento relacionado. sistemas de facturación.
• Inclusión de reglas de validación para
los nodos y atributos de los impuestos. Referencias.
• Se incluye un nuevo elemento:
“Totales”. ▪ Código Fiscal de la Federación (CFF).
▪ Diario Oficial de la Federación (DOF).
Servicio de Cancelación. ▪ Actualización Factura Electrónica

• Se modifica el esquema y se incluye el Quedo atento a sus comentarios y muchas


“Motivo de Cancelación”. gracias por su amable atención. ¡¡Nos leemos
pronto!!
• Se incluye el “Folio Fiscal” que sustituye
al comprobante cancelado.
• Se adecuan las validaciones para
¿Si tienes dudas al respecto? ¿Si no sabes
“Limitar la Cancelación” solamente al
cómo hacerlo? o ¿en tu empresa no cuentas
ejercicio en que se haya emitido.
con el personal capacitado para esto?,
recuerda que nosotros “JC&CG
En lo que respecta a las “Cancelaciones de un
Consultores” te podemos ayudar… pues
CFDI”, se verá la razón por la que se hace el
contamos con servicios profesionales en
procedimiento, codificada según un listado
asesorías fiscales, contables, administrativas,
nuevo y también se mostrará el número de
financieras y auditorias.
folio fiscal que tomará el lugar del
comprobante a cancelar. La Miscelánea Fiscal
C.P.C. Juan Carlos Castillo Gómez.
2022 establece que las cancelaciones sólo se
Tel. Móvil: (55) 3033-3146.
podrán hacer en el mismo ejercicio al que
Tel. Oficina: (55) 5489-8968.
pertenecen, es decir, se podrán cancelar en el
Correo: jc.castillo@jccgconsultores.com
mismo periodo de emisión. Por este motivo, el
Web: www.jccgconsultores.com
proceso para hacerlo contará con validaciones
Facebook: Juan Carlos
donde no se permitirán las cancelaciones
Fanpage: JC&CG Consultores
fuera de tiempo para cumplir con ese mandato.
Twitter: @jccgconsultores
Instagram: jccgconsultores
Multa por No Cancelar un CFDI en 2022.
YouTube: JC&CG Consultores
Se agrega al Código Fiscal de la Federación la
fracción XLVI del artículo 81 que señala como
infracción no cancelar CFDI cuando se hayan
emitido comprobantes por error o sin causa o
cancelarlos fuera de plazo; y fracción XLII del
artículo 82 que indica que el importe de la
multa por cometer la citada infracción es del
5% a un 10% del monto de cada comprobante
fiscal.

Conclusión.
Ahora bien, ¿entonces los empleados o
Declaración Anual 2021 - ABRIL personas físicas que están en una empresa
2022. Articulo 150 Ley de ISR. por sueldos y salarios, y reciben ingresos
CP y MI Fernando Xicoténcatl Hernández Osorio. menores a 500,000 pesos, porque la autoridad
xicotencatl.hernandez.osorio@gmail.com les pide presentarla?

Para quien es obligatorio la Declaración anual Es obligación de presentar la Declaración las


de Personas físicas; las personas físicas que personas físicas, que según el artículo 98 de
obtengan ingresos en un año de calendario, la Ley de ISR, cito textual.
del 1ro de enero al 31 de diciembre, por un
importe igual o máximo a $500,000.00 pesos, Artículo 98.
estarán obligados a presentarla declaración
anual de personas físicas ante el Servicio de Los contribuyentes que obtengan ingresos
Administración Tributaria y pagaran su de los señalados en este Artículo, además
impuesto anual conforme resulte a su cálculo, de efectuar los pagos de este impuesto,
siendo de ese importe $400,000 pesos por tendrán las siguientes obligaciones:
concepto de ingresos acumulables de su
actividad preponderante y $100,000 pesos por I. Proporcionar a las personas que les
concepto de ingresos por intereses, y más aún hagan los pagos (empresa, patrón), los
si solo tuvieron ingresos por intereses por datos necesarios, para que dichas
$100,000.00 pesos, están obligados a personas los inscriban en el Registro
presentar esa declaración Anual. Federal de Contribuyentes, o bien cuando
ya hubieran sido inscritos con anterioridad,
Todas las personas físicas que obtengan proporcionarle su clave de registro al
ingresos superiores o iguales a esa cantidad empleador.
están obligados a pagar y presentar su II. Solicitar las constancias de retenciones
declaración anual. (fracción III del artículo 99 de esta Ley) y
proporcionarlas al empleador dentro del Porque desearías presentarla
mes siguiente a aquél en el que se inicie la voluntariamente, porque tienes deducciones
prestación del servicio, o en su caso, al personales, Honorarios médicos, Honorarios
empleador que vaya a efectuar el cálculo dentales, Honorarios de psicología,, nutrición,
del impuesto definitivo o acompañarlas a Gatos hospitalarios, medicinas incluidas con
su declaración anual. hospitalización, Análisis y estudios clínicos,
Prótesis, lentes, oftalmológicos, Primas por
III. Presentar declaración anual en los seguros de gastos médicos, Seguros de retiro
siguientes casos: a edad avanzada, Educación, colegiaturas,
a) Cuando además obtengan ingresos con los diferentes límites de deducción,
acumulables Intereses reales hipotecarios, Aportaciones
b) Cuando se hubiera comunicado por voluntarias y/o complementarias a tu Afore.
escrito al retenedor que se presentará
declaración anual. Ya sean que estas deducciones sean
c) Cuando dejen de prestar servicios antes personales o en línea recta de ascendientes o
del 31 de diciembre del año de que se trate descendientes.
o cuando se hubiesen prestado servicios a
dos o más empleadores en forma Si solo estas por el Régimen de Sueldos y
simultánea. salarios, bajo un patrón física o moral, y ganas
d) Cuando obtengan ingresos, por los menos de $400,000.00 pesos no estás
conceptos a que se refiere este Capítulo, de obligado a presentar la declaración anual en
fuente de riqueza ubicada en el extranjero abril 2022.
o provenientes de personas no obligadas a
efectuar las retenciones del artículo 96 de Solo estas obligado si, ganas más de esa
esta Ley. cantidad, tienes aparte del régimen de sueldos
e) Cuando obtengan ingresos anuales por y salarios, otro régimen (excepto RIF),
los conceptos que excedan de $400,000.00. Persona Física con Actividad Empresarial, por
Honorarios, Régimen por Intereses, Régimen
IV. Comunicar por escrito al empleador, por Dividendos, Socio, Régimen Personas
antes de que éste les efectúe el primer pago Morales, etc., entonces si tienes la obligación
que les corresponda por la prestación de de presentar la declaración anual.
servicios personales subordinados en el
año de calendario de que se trate, si También estas obligado a presentar tu
prestan servicios a otro empleador y éste declaración anual si tienes dos o más patrones
les aplica el subsidio para el empleo, a fin en el mismo ejercicio, independientemente del
de que ya no se aplique nuevamente. monto de tus ingresos.

¿Entonces porque las empresas les dicen a ¿Qué es la Declaración anual de personas
sus empleadores que envíen el escrito para físicas?
que presenten su Declaración Anual?
Es un reporte de gastos, ingresos, e impuestos
Las empresas tienen la obligación dentro de pagados de parte del contribuyente a la
sus responsabilidades fiscales, de decir a la autoridad (SAT), por medio de terceros, tu
autoridad a quien, y cuanto le retuvieron por patrón, en caso de salarios.
concepto de impuestos, así como proporcionar
nombre y RFC, son los únicos datos Cabe destacar el ISR Anual de personas
confidenciales, no es necesario tu domicilio, físicas, es un impuesto anual se aplica
antigüedad, o más datos, y como dice el directamente al ingreso, es un impuesto
Artículo 150 de la LISR, el monto máximo es directo al bolsillo del contribuyente.
$400,000 pesos, si ganas menos a eso ¿Qué tasa de impuesto se paga en la
entonces no tienes la obligación de presentar declaración Anual de Personas físicas?, esta
la declaración Anual. oscila entre 1.92% a 35% según el nivel de
ingresos marcado en la ley de ISR, Articulo También la empresa o tu patrón no puede
152. obligarte a presentar la declaración anual si
estás obligado a presentarla, y si no ganas
En suma no es lo mismo presentar menos de esa cantidad, del Articulo150 LISR),
voluntariamente tu declaración anual, que Ya es voluntaria al presentar la declaración si
estar obligado a ella; o que no estás obligado te conviene o no.
a presentar la declaración pero te conviene
presentarla porque tienes deducciones En este caso consulta a tu contador Público
personales; un ejemplo una persona que gana Titulado de confianza.
el salario mínimo mensual, no está obligado a
presentarla puesto que no rebasa el límite
marcado en la Ley Articulo 150, pero si esa C.P. y M.I. Fernando Xicoténcatl Hernández
persona tiene dos patrones o más, todas con Osorio
el salario mínimo, sin importar el salario, Instagram: CPXicotencatl.com9
entonces sí está obligado a presentar la Facebook: CPXicotencatlCntadoresPublicos
declaración anual por el hecho de tener más Web: www.cpxicotencatl.com.mx
de dos patrones; pero si gana solo un salario Web: www.cpxicotencatl.com
mínimo y tiene deducciones personales, Móvil: 55-4036-7045.
entonces es voluntaria del contribuyente
realizar su declaración anual.
EL INCONSTITUCIONAL COBRO Lo anterior se sostiene en base a lo siguiente:
DEL “DERECHO DE ALUMBRADO
Por un lado, el Congreso del Estado no es
PÚBLICO”.
competente para legislar ni mucho menos para
Mtro. Carlos Marx Barbosa Guzmán.
bufete_barbosa@hotmail.com aprobar el tema de la energía eléctrica, porque
atendiendo lo dispuesto por el artículo 73,
Cada mes de diciembre, cada legislatura fracción XXIX, inciso a) de la Constitución
estatal aprueba las respectivas leyes de Política de los Estados Unidos Mexicanos,
ingresos para el ejercicio fiscal del siguiente solamente es competencia del Congreso de la
año, en donde se establecen los rubros por lo Unión, y aún cuando algún Ayuntamiento le
que cada Municipio y Entidad federativa haya remitido su Ley de ingresos, eso NO LO
percibirá ingresos a través de los impuestos, CONVALIDA ni justifica su
actuando bajo el cobijo de lo establecido en la inconstitucionalidad, porque un Congreso local
fracción IV, del artículo 31 de la Constitución está legalmente impedido para aprobar
Federal. cualquier normatividad o precepto legal que
NO tenga competencia para tal efecto.
Sin embargo, no es ilimitado el cobro que
deben hacer para lograr que el ciudadano Así es, porque una legislatura estatal, al
pague el tributo, sino que deben sujetarse a aprobar la ley de ingresos de cualquier
ciertas reglas, una de ellas es que cumplan Municipios, para establecer la obligación de
con los principios de equidad y pago de este servicio al ciudadano, bajo la
proporcionalidad, y la otra es que no deben fachada de un derecho, al final, en el fondo es
invadir la esfera de competencia de los otros un impuesto a pagar, sin tomar en cuenta que
órdenes de gobierno. el tema de la energía eléctrica, el usuario al
cubrir el consumo individual indistintamente la
Es decir, un Municipio carece de competencia tarifa que sea, se paga el 16% de IVA, dinero
para realizar el cobro de un impuesto que la Secretaría de Hacienda recaba y
relacionado a la certificación de firmas de un regresa a las entidades federativas y a los
título universitario, cuando es facultad Municipios, traducidos en obras o servicios y
exclusiva de la Entidad federativa recaudar tal bajo el rubro de Seguridad Pública; luego
derecho. Y lo mismo acontece para el cobro entonces, al imponer ese tributo a favor del
del predial, el cual es un ingreso propio que le Municipio, se traduce en una doble tributación.
corresponde al Municipio, y tanto el Estado
como la federación están impedidos para Además de que, es importante destacar que
recaudar dicho tributo. en esas leyes se han establecido fórmulas
para tratar de justificar ese doble cobro, pero
Sin embargo, en la realidad hay ciertos tenemos que la Comisión Federal de
Municipios que con el afán de castigar el electricidad, no tiene instalados medidores
bolsillo del contribuyente, han optado por en avenidas, calles, manzanas, colonias,
establecer algunos conceptos en sus leyes de jardines o parques de uso común, luego
ingresos, para imponer ciertos tributos, entonces, ¿cómo sabe el consumo total de
aunque no sean de su competencia, tal es el alumbrado público en el Municipio?, y por ende
caso del controvertido Derecho de Alumbrado ¿cómo sabe el monto total a pagar?
Público, que aún cuando lo disfrazan con otro
nombre, sucede que su naturaleza es la de un Por ello es que, la única opción que les queda,
impuesto, debido a que parte la base de la es basarse sobre el monto de consumo del
energía eléctrica para el cobro al ciudadano, fluido en forma individual y sobre esa base, es
pero que con dolosa argucia la cobran a través como hacen el cobro, lo que lo hace
de los recibos que expide la Comisión Federal inconstitucional, porque la regla general en el
de Electricidad, y ese acto arbitrario es lo que caso del cobro de un tributo, es que se debe
lo vuelve inconstitucional. conocer con exactitud la fórmula empleada
para el cobro, porque los elementos de la
base, tasa, tarifa y época del pago son En efecto, el hecho de que la base imponible
esenciales y de observancia obligatoria para la establezca como magnitud o valor denotativo
autoridad exactora. de capacidad contributiva el consumo de
energía eléctrica, implica que se encuentra
Pero lo que supuestamente hace la C.F.E., es relacionada con un hecho imponible que no
que obtiene el total de consumo el fluido responde a una actividad del ente público por
eléctrico gastado en alumbrado público, y éste concepto del servicio de alumbrado público,
número lo divide por el total de usuarios y lo sino a un hecho, acto, situación o actividad
multiplica por el concepto de una supuesta denotativos de capacidad contributiva ajenos a
proporcionalidad, arrojando con ello, el monto la actividad del ente público del valor de la
a pagar por cada usuario, así que al ser la prestación del servicio público en áreas
base del cobro, lo relativo al consumo de diversas a las privadas; es decir, de uso
energía eléctrica, es claro que el principio de común.
proporcionalidad y equidad previsto en el
artículo 31 constitucional, en el caso del Por lo tanto, al quedar plenamente identificado
alumbrado público, no es un impuesto local, el hecho imponible real que se encuentra en la
sino un derecho constitucional reservado a la base, es dable concluir que se trata de un
federación. impuesto, dada la naturaleza de su estructura
y no a partir del nombre con el que el
Además de que el concepto de alumbrado legislador la denomine.
público, se ha considerado como un elemento
de Seguridad Pública, en el sentido de que, sí Es aplicable el criterio sustentando por la
tenemos iluminadas durante la noche, Suprema Corte de Justicia de la Nación, que
avenidas, calles, andadores, callejones, es tenor siguiente:
jardines y parque de uso común, se estuviera
en la posibilidad de inhibir conductas Época: Séptima Época, Registro:
delictivas, porque la obligación de procurar 232852, Instancia: Pleno, Tipo de
seguridad pública recae en la autoridad. Tesis: Aislada, Fuente: Semanario
Judicial de la Federación, Volumen
Por lo tanto, la búsqueda del recurso para el 79, Primera Parte, Materia(s):
pago del servicio de alumbrado público, se Administrativa, Página: 28
debe enfocar a las partidas presupuestales
asignadas a la Secretarías de Seguridad “TRIBUTOS. SU ESTUDIO DEBE
Pública y no en el bolsillo de los gobernados, REALIZARSE DE ACUERDO CON
pues eso traduce en una doble tributación. SU VERDADERA NATURALEZA
JURIDICA,
Por otro lado, y aun cuando se carezca del INDEPENDIENTEMENTE DE LA
alumbrado público, el recibo de luz está DENOMINACION QUE LE DEN LAS
puntual cada bimestre, con fecha límite de PARTES O INCLUSO LA LEY.- Aun
pago y fecha de corte de dicho servicio, lo que cuando la ley atacada de
constituye una amenaza al usuario, debido a inconstitucionalidad llame al tributo
que no debería estar vinculado el servicio de controvertido "derecho"; y las
energía eléctrica individual, con el servicio de autoridades responsables lo
alumbrado público, porque son diferentes conceptúen como "derecho de
ambos, por lo que lo correcto para estar en cooperación", y el quejoso se
libertad de pagar el consumo individual o empeñe en sostener que es un
alumbrado público, pues en el primer caso el "impuesto especial", lo cierto es que
ciudadano firmó contrato, mientras que en el este Supremo Tribunal debe analizar
segundo le fue impuesto por la Multicitada Ley el gravamen de acuerdo con su
de ingresos Municipal, lo que es ventajosa y verdadera naturaleza jurídica
desproporcional, porque de no pagar habrá independientemente de la
corte del servicio. denominación que le den las partes.”
En el caso del Estado de Guerrero, para Época: Décima Época, Registro:
justificar el cobro de ese impuesto, se les 2020503, Instancia: Plenos de
denominó de diferentes formas: DAP (Derecho Circuito, Tipo de Tesis:
de Alumbrado Público), MOSAP Jurisprudencia, Fuente: Gaceta del
(Mantenimiento y Operación del Servicio de Semanario Judicial de la Federación,
Alumbrado Público) y DOMAP (Derecho de Libro 69, Agosto de 2019, Tomo IV,
Operación y Mantenimiento del Alumbrado Materia(s): Común, Administrativa,
Público) Tesis: PC.XVIII.P.A. J/6 A (10a.),
Página: 3499.
Pero al final, la base para el cobro del
alumbrado público de todos esos conceptos, “ALUMBRADO PÚBLICO. LOS
partió de la energía eléctrica. ACTOS RELACIONADOS CON EL
COBRO, EJECUCIÓN Y
Por esa razón es que, cuando la Comisión RECAUDACIÓN DEL DERECHO
Federal de electricidad realiza el cobro, ante la RELATIVO BASADOS EN EL
invasión de competencia de la legislatura, lo AVISO-RECIBO DE ENERGÍA
que está provocando en consecuencia es la ELÉCTRICA DONDE
aplicación por vicios propios de la Ley tildada ÚNICAMENTE SE LEEN LAS
de inconstitucional. SIGLAS "DAP" O CUALQUIER
SIMILAR, ACTUALIZAN UNA
Debido a eso, es que en ninguna de las Leyes EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE
de Ingresos se desprende la existencia del DEFINITIVIDAD Y, POR ENDE,
derecho del citado tributo, que se impone con SON IMPUGNABLES A TRAVÉS
base en el monto total del consumo de energía DEL JUICIO DE AMPARO
eléctrica que se obliga a pagar a los usuarios, INDIRECTO, SIN NECESIDAD DE
lo cual permite colegir que ese acto viola en AGOTAR EL JUICIO DE NULIDAD.-
perjuicio del contribuyente las garantías de De conformidad con el artículo 61,
igualdad, legalidad y seguridad jurídica fracción XX, de la Ley de Amparo,
contenidas en los artículos 1º, 14 y 16 de la por regla general, el juicio de amparo
Constitución Federal, ya que se sustenta en es improcedente contra actos
una ley que no establece nada sobre el respecto de los cuales las leyes
particular, pues regularmente en las citadas prevean medios de impugnación por
legislaciones de ingresos, se establece que el los que sea posible anularlos,
Ayuntamiento percibirá ingresos revocarlos o modificarlos. Sin
mensualmente por el servicio de alumbrado embargo, existen diversas
público, de acuerdo con la clasificación y excepciones a esa regla, entre otras,
cuotas que ahí se establecen, pero al final, en la relativa a que el juicio de amparo
los recibos de luz, no se hace tal procede sin tener que agotar el juicio
especificación, lo que lo deja en total o recurso ordinario si el acto
incertidumbre al gobernado, violando en su reclamado carece de
perjuicio el principio de legalidad tributaria. fundamentación. En consecuencia,
procede el juicio de amparo indirecto,
Por lo tanto, el medio idóneo para combatir el al actualizarse una de las hipótesis
cobro de dicho tributo, por excepción, es de excepción al principio de
mediante el juicio de Amparo Indirecto, y no a definitividad que lo rige, cuando se
través del Juicio mercantil ni con el juicio de reclamen actos relacionados con el
nulidad ante el Tribunal de Justicia cobro, ejecución y recaudación por
Administrativa, tal como se desprende de la concepto de derecho de alumbrado
Jurisprudencia que a continuación se público, carentes de
transcribe: fundamentación, basados en el
aviso-recibo de energía eléctrica
donde únicamente se leen las siglas
"DAP" o cualquier similar, pues de Mtro. Carlos Marx Barbosa Guzmán
conformidad con el artículo 16 de la Licenciado en Derecho, cuenta con una
Constitución Política de los Estados Especialidad en Comunicación, es Maestro en
Unidos Mexicanos, todo acto de Derecho Procesal Laboral, egresado con
autoridad debe estar adecuada y Mención Honorífica, es Maestro en Derechos
suficientemente fundado y motivado, Humanos y libertad religiosa, es Maestro en
entendiéndose por lo primero que ha Derecho Fiscal, es Doctor Honoris Causa por
de expresarse con precisión el la Universidad de España y México,
precepto legal aplicable al caso y, por Actualmente cursa el Doctorado en
lo segundo, que deben señalarse, Anticorrupción y Sistema de Justicia. Es
con precisión, las circunstancias Agente Capacitador aprobado por la
especiales, razones particulares o Secretaría del Trabajo y Previsión Social
causas inmediatas que se hayan Federal. Fue galardonado con el Premio
tenido en consideración para la Estatal al Mérito Jurídico 2018. También fue
emisión del acto; de ahí que, al no galardonado con la medalla nacional “Legión
tener debido conocimiento el de Honor 2019”. De igual forma, en el año
gobernado sobre la norma legal que 2020 recibió el Galardón por 25 años de
se le aplica por parte de la autoridad trayectoria como articulista.
que emite el acto que se tilda de
inconstitucional, es claro que su Correo: bufete_barbosa@hotmail.com
imposición le afecta en su esfera Facebook: carlos marx fnadegro
jurídica y lo deja en completo estado
de indefensión, circunstancia que lo
exime de agotar el principio de
definitividad.”

Por eso es que se propone que el tributo por


el concepto del alumbrado público,
independientemente del nombre que le den,
debe ser eliminado de las mencionadas leyes
de ingresos, y en caso contrario, la Fiscalía
General de la República, debe promover de
oficio, una controversia constitucional, ante la
mencionada invasión de competencia.

Es cuánto.
NUEVOS SUPUESTOS DE g) Identidad en las marcas, patentes, derechos
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN de autor o avisos comerciales bajo los cuales
fabrican o prestan servicios.
LA ADQUISICIÓN DE NEGOCIOS.
h) Identidad en los derechos de propiedad
LCP, LD y MEFI Carlos Manuel Lamadrid Márquez
lamadridcarlos@hotmail.com industrial que les permiten llevar a cabo su
actividad.
Como parte de las reformas fiscales para el i) Identidad parcial o total de los activos fijos,
ejercicio 2022 que se publicó en el Diario instalaciones o infraestructura que utilizan
Oficial de la Federación el pasado 12 de para llevar a cabo el desarrollo de sus
noviembre, se adicionan en el artículo 26 del actividades.”
código tributario nuevos supuestos de
responsabilidad solidaria como es el caso de Al estudiar la fracción IV del numeral 26 del
la fracción IV, a la que se añaden ocasiones Código Fiscal, encuentro inconsistencias
que permitirán la facultad presuntiva de la como son los siguientes:
autoridad para presumir la adquisición de
negocios. Tal parece que las autoridades a. Si bien no forma parte del texto
fiscales tienen dificultades para localizar a los adicionado, me parece importante
causantes de las contribuciones, por eso señalar que existe la falta de certeza
buscan delegar en quienes reciben los jurídica en la determinación del monto
negocios la carga fiscal que se generó antes que constituye la responsabilidad
de que ellos fueran los responsables de las solidaria, el artículo en comento señala
actividades económicas y sus consecuencias como límite que: “…, sin que la
legales. responsabilidad exceda del valor de
la misma.” Pero no se precisa la forma
Los supuestos que se adicionan para el en que habrá de determinarse el valor
próximo ejercicio 2022 al segundo párrafo de de la negociación o si procederá una
la fracción IV, son los siguientes: mecánica mediante la opinión de un
perito, o en base a la información
“a) Transmisión parcial o total, mediante registrada en la contabilidad del
cualquier acto jurídico, de activos o pasivos negocio, considero que debería el valor
entre dichas personas. debe ser el acordado entre las partes
b) Identidad parcial o total de las personas que para transmitir el negocio, por lo que
conforman su órgano de dirección, así como habrá de establecerlo con puntualidad
de sus socios o accionistas con control en el contrato que suscriban amén de
efectivo. Para tales efectos, se considerará darle publicidad y fe pública. Ahora
que dichos socios o accionistas cuentan con bien, es raro que un empresario
control efectivo cuando pueden llevar a cabo pretenda desprenderse de un negocio
cualquiera de los actos señalados en la que genera rendimientos adecuados,
fracción X, cuarto párrafo, incisos a), b) o c) de es decir, la venta de una negociación,
este artículo. ocurre en los puntos más bajos de su
c) Identidad parcial o total de sus rendimiento, por lo que su valor
representantes legales. económico será mínimo o
d) Identidad parcial o total de sus proveedores. prácticamente nulo, lo que
e) Identidad de su domicilio fiscal; de la seguramente no será del agrado de la
ubicación de sus sucursales, instalaciones, autoridad fiscal.
fábricas o bodegas, o bien, de los lugares de
entrega o recepción de la mercancía que b. Las causales que se agregan para el
enajenan. próximo ejercicio 2022 no definen, entre
f) Identidad parcial o total de los trabajadores otros, los conceptos de activo, pasivo o
afiliados en el Instituto Mexicano del Seguro activos fijos, por lo que tendríamos que
Social. auxiliarnos de lo dispuesto en las
Normas de Información Financiera
considerando que en septiembre de momento se puedan convertir en
2011 los Tribunales Colegiados de créditos fiscales, además de no
Circuito emitieron la Tesis aislada I. corresponderle, no tiene los elementos
4º.A.799 A. en la que se afirma que: para confirmarlo, considero que si
“Las Normas de Información puede solicitar que se exhiban como
Financiera constituyen una parte del contrato, las declaraciones del
herramienta útil en los casos en que último ejercicio o del ejercicio en turno
se debe evaluar y resolver un que acrediten que el negocio está al
problema que involucre no sólo corriente en las obligaciones fiscales
temas jurídicos, sino también ante los tres niveles de gobierno, pero
contables y financieros,…” sin no pueden exigirse mayores requisitos
embargo, ni los activos, pasivos o por no ser propios al acto de la
activos fijos por si mismos constituyen adquisición.
un negocio, deberán tener la
característica de ser capaces de operar Por último, me parece necesario recordar que
y generar ganancias con independencia las obligaciones fiscales son personales y no
de la persona que administra o es se generan por parte de los negocios, además
propietario, pero no todos los bienes que no pueden trasmitirse por la voluntad de
cuentan con esta condición, por lo que las partes, por lo que las autoridades fiscales
no pueden ser considerados como deberán buscar los medios que permitan
negociación. realizar el cobro incluso coactivo, primero con
el deudor que en su momento realizó la
c. En otros supuestos, me parece que se actividad gravada y solamente en caso de no
trata más bien, de transformación de poderlo realizar, podrán trasladar la carga a los
sociedades o cambios de nombre, nuevos inversionistas, pero el texto legal
recordemos que las personas jurídicas vigente, además de generar incertidumbre
pueden mutar de tipo de sociedad, o como ha sido expuesto, desmotiva a la
bien fusionarse o escindirse, de ahí que inversión y generación de nuevos
exista coincidencia o identidad en empresarios, no es fácil crear negocios y
domicilio fiscal, los representantes menos en una época como la actual en que la
legales, ubicación de sucursales, economía se ve afectada por la pandemia y
proveedores, etc., pero no existirá una opción para muchas personas es adquirir
contraprestación por los activos netos y un negocio ya establecido y conocido por la
derechos que se reciban porque no se gente, que si bien, requiere un impulso en su
trata de una adquisición como supone desarrollo, no requiere del tiempo, inversión y
el legislador, en estos casos me parece trámites necesarios para establecer una
que tendrá que actualizarse la empresa por primera vez.
inseguridad del primer comentario,
porque seguramente la autoridad El estado debería recordar con mayor
pretenderá darle un valor económico a frecuencia que debe motivar la inversión como
la operación sin que existe un parte de su función rectora de la economía
procedimiento para ello legalmente nacional, no me refiero a que desaparezca la
establecido. responsabilidad solidaria, pero si a que se
legisle en forma precisa para evitar abusos en
d. No existe plazo que determine la su ejercicio que impidan el cobro del crédito
vigencia de la responsabilidad solidaria, fiscal y provoquen el cierre de más negocios.
lo que implica abundar a la fata de
certeza de jurídica, no es posible que el Igual que en ocasiones anteriores, la finalidad
adquirente del negocio se vea obligado de estas líneas es motivar el análisis y estudio
a fiscalizar al propietario anterior para constante de las disposiciones legales,
determinar si a la fecha de la operación evadiendo el conformismo en el quehacer
existen diferencias que en algún diario de los asesores fiscales, espero me
puedan retroalimentar sus comentarios a los
medios de contacto.

LCP, LD y MEFI Carlos Manuel Lamadrid


Márquez
Correo: lamadridcarlos@hotmail.com
Correo: cpclamadrid@gmail.com
Twitter: @CMLAMADRID
Facebook: Carlos Lamadrid Márquez
LA SEGURIDAD PUBLICA, EL y otros bienes jurídicos estén exentos de todo
DERECHO PENAL Y LA POLÍTICA peligro.
CRIMINAL EN NUESTROS DÍAS.
Bajo el entendido anterior recordemos que,
Dr. José Alejandro Andrade Páez.
abogados.juridicos01@gmail.com desde los orígenes de la historia del hombre,
siempre ha buscado mantener la
La Seguridad Publica, el Derecho Penal y la supervivencia, el control, la armonía entre
Política Criminal, en México como en todo País grupos, con el único propósito de preservar la
que presume un estado de Derecho por especie; es entonces cuando nace la
esencia, debería ir de la mano, pero en nuestra necesidad de establecer leyes que rijan la
sociedad, en la práctica ¿Así será? conducta del ser humano.

La funcionalidad de nuestro Sistema Social en La Seguridad Pública entre sus objetivos


cuestión de Seguridad Pública, sin duda primordiales encontramos los siguientes que
alguna es necesario su estricto conocimiento cada objetivo debe estar vinculado y
por parte de todo ciudadano, así como los organizado en los tres niveles de gobierno y
impactos que causan, pero sobre todo el con otras áreas que se relacionen al fomento
aporte de un análisis crítico actual. Se de una Sociedad estable.
considera un tema de relevancia, pues son
muchas las poblaciones que actualmente El primer objetivo de nuestra Seguridad
están atravesando una crisis social, en donde Pública es garantizar o salvaguardar la vida y
el caos, la violencia, la inseguridad es la noticia la integridad de la persona, basado en que la
del día, conocer, realizar un bosquejo de los vida es el valor supremo de una persona y
objetivos y principios que organiza a nuestra fundamentado en las garantías individuales de
Seguridad Pública puede darnos la pauta nuestra carta magna, de igual forma
como Sociedad para encausar el rumbo, para encontramos que busca mantener el orden y
partir de nuevos métodos, formas de la paz pública, estos con la intención de que el
organizarnos, con el único fin que es preservar mismo estado subsista, y se mantenga una
la paz y la armonía entre uno y otros. cohesión social sin afectar el derecho de uno
u otro individuo.
El Estado está facultado, por un lado, por el
Poder Punitivo (Derecho Penal - Seguridad En cuanto a Procuración de justicia se refiere,
Publica), y por el otro por la Política Criminal la Seguridad Publica opera a través, de la
(Ciencias Penales), por ende, se encuentra Federación, Estados y Municipios que se
constituido por normas, parámetros, coordinan y fundamentan en el artículo 21 de
reglamentos o leyes, pero sobre todo por el nuestra Constitución para no caer en
Bloque Constitucional. arbitrariedades, impunidad o corrupción.

La Seguridad Pública es definida como el Es responsable también atacar a la


conjunto de políticas y acciones coherentes y delincuencia no solo con castigos penales,
articuladas que tienden a garantizar la paz sino también con el método de la prevención,
pública a través de la persecución de los estimulando y fortaleciendo los valores
delitos y de las faltas contra el orden público, sociales, a través de programas culturales,
mediante el sistema de control penal y el de deportivos, brigadas, (Política Criminal).
policía administrativa.
Existe también la Procuración de Justicia y
La Seguridad Publica forma parte esencial del Administración de Justicia, la cual se encarga
bienestar de una sociedad. Un Estado de de hacer respetar las leyes, aplicar la sanción
Derecho genera las condiciones, que permiten al que infringe la ley y sobre todo hacer valer
al individuo realizar sus actividades cotidianas el derecho de los demás, esto se hace por
con la confianza de que su vida, su patrimonio medio de las Procuradurías de Justicias,
Ministerios Públicos, finalmente se encuentra
la Reinserción Social que es la parte en donde investigación e inteligencia, la Seguridad
no solo se ejerce la acción penal sino que se Publica, en relación al Derecho Penal de
pretende que el individuo infractor o delictivo ninguna manera debe de estar a prueba,
encuentre esa readaptación social para poder siempre debe ser preciso, puntual y específico
ser un ser humano estable. sobre todo para la aplicación en la Política
Criminal.
De todo lo anterior podemos hacer un análisis
profundo de la situación actual de nuestra Necesitamos más que un organismo y cuerpos
Seguridad Pública, ya que si se siguieran los de Seguridad Pública como sociedad, el
objetivos, principios básicos y leyes sobre los avance y el progreso, social, económico y
que se fundamenta, las estadísticas las moral, no depende de una estructura, una
veríamos en números positivos, y el reflejo de funcionalidad, sino de regresar al ser que
la sociedad mexicana en general tendría un somos, al humano que cada día es más
giro de 365 °, de cómo la observamos en el día humano, y es allí donde las reglas, leyes,
a día. sistemas ayudaran a una sociedad.

Nuestra Sociedad, como las demás en el Consideró que debemos empezar de lo


mundo entero, deberán ir de la mano; los dos pequeño a lo global, con bases sólidas; y esto
temas inherentes a la Ius Puniendi: que son la es hablando tanto de la vida cotidiana de cada
Política Criminal y por consiguiente la individuo, así como de los cuerpos de
Seguridad Publica, para dar el marco seguridad, en mi opinión es benéfica la
conceptual actual del Derecho Penal. descentralización de la seguridad pública,
para trabajar desde el interior, del pueblo, la
Como dato preciso es necesario denotar el ciudad, a la que vigila y salvaguarda.
articulo 20 y 21 Constitucional del cual el
primero da vida al actual Derecho Penal y el Dr. José Alejandro Andrade Páez.
segundo a la Seguridad Publica, mismos que Legal Corporation Andrade & Asocial.
curiosamente han estado sometidos a 7 Correo: abogados.juridicos01@gmail.com
reformas, de las cuales solo las del año 2008, Página web: www.abogadosadre.com
demuestra una sólida vinculación, respecto a Facebook: Corporativo Juridico Andrade y
la delincuencia organizada, bajo la Asociados
preocupación de un control férreo, acaso será Instagram: corp.andrade
necesario regresar al “¿milagro Mexicano?”, Twitter:@corp_andrade
porqué recordemos que gracias a la defensa Teléfono de contacto:
de los Derechos Humanos, guste o no, nuestro 55-5340-8662 Oficinas WTC
Sistema de Justicia en México a cambiando. 55-1847-2436
55-3036-0040
Para combatir contra la delincuencia, hace 55-3415-2017
falta que la Seguridad Pública actual, combata
la corrupción que emerge desde la misma
organización. Hoy en día la sociedad tiene
miedo y temor tanto del delincuente como de
la misma Seguridad Publica, ya que, en redes
sociales, noticieros y por donde haya una
forma de informar, la sociedad se entera de
casos y acciones delictivas que comenten los
cuerpos policíacos, que no se pueden ocultar
dejan y ponen de manifiesto la corrupción de
nuestras autoridades.

Las atribuciones de nuestra actual Guardia


Nacional llevan consigo la necesidad, de
El Aborto: ¿Derecho de Decisión VS violaciones a Derechos Humanos ni delitos en
Derecho a la Vida? contra de estos como lo es el Derecho a la
Dra. Rosa Esther Salazar Monroy. Vida. Así pues, escribo este artículo para
rodul29@hotmail.com sacarlos de este gran error fundamentando las
razones por las que el feto tiene vida humana,
Introducción. y, por lo tanto, Derechos Humanos que se le
deben respetar y hacer valer respetando su
En este artículo comparto con todos ustedes Dignidad Humana.
un tema que me pareció muy interesante y al
mismo tiempo lleno de crueles paradojas en El hombre, a través de los adelantos de la
donde doy a conocer el concepto y marco ciencia, ha logrado estudiar a fondo la biología
jurídico de las causas, por las cuales, desde de la reproducción humana. Ha descubierto
cualquier óptica, no es una correcta decisión los cromosomas masculinos y femeninos, el
legalizar el aborto, además de que no hay un genoma humano, el ADN y el plan genético de
Derecho de Decisión ni un respeto a la los seres vivos.
Dignidad Humana, sino todo lo contrario, tanto
para la mujer, el hombre y el feto al violar el En un acto sexual, el hombre aporta 23
Derecho a la Vida de este. cromosomas y la mujer otros 23 para
complementar en el momento de la
La existencia de la Vida Humana en el Feto. concepción los 46 necesarios para comenzar
una vida precisa y únicamente humana. La
Erróneamente hay muchas personas que al no madre no concibe a un ser indeterminado sino
conocer este tema creen que el feto no tiene necesariamente a un ser humano al que solo
vida humana, y, por lo tanto, no tiene Derechos le falta alimentarse y crecer hasta llegar a la
Humanos y siendo así no están cometiendo adultez.
Esa nueva célula es por lo tanto ya un hombre decisión de uno ya que no hubo una auto
o una mujer único que contiene un código reproducción, sino que se necesitó de la unión
genético que lo llevará a ser una persona de las células de ambos y ambos padres
irrepetible. La célula resultada de la tienen Derechos de Paternidad, y aun así el
concepción, ese óvulo fecundado (cigoto), nuevo ser ya es un ser humano y, como lo dice
tiene ya una vida propia independiente de la nuestra Constitución en su Artículo 1°: “Tiene
vida de la madre. Derecho a la Vida desde el primer instante de
su existencia y a los demás Derechos
Toma a partir de entonces el mando del Humanos en base a su Dignidad Humana” y el
proceso de la gestación y controla el cuerpo de Artículo 3 de la Declaración Universal de
la madre enviando señales a las demás Derechos Humanos: “Todo individuo tiene
glándulas de la madre, independientemente derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
de la voluntad materna y se prepara el nido de su persona”, entre otras Leyes, Pactos y
que ocupará en la matriz, se implanta él solo y Tratados Internacionales. Lo correcto sería
comienza a alimentarse de la sangre materna respetar esos Derechos Humanos de la
sin que ella se dé cuenta. Es todo un ser manera correcta: El Ser Humano tiene
humano en febril actividad, que solamente Derechos Humanos y en el momento de
necesita alimentación, al igual que un bebé violarlos se limitan, ya que no son absolutos,
recién nacido y cualquier ser humano. los derechos del ser humano que viole estos
derechos humanos y no se debe sancionar al
Tanto los espermatozoides como los óvulos que sancione este incumplimiento sino
son incapaces de auto reproducirse por sí sancionar al que incumpla o entre en
solos pues sin unirse a su tiempo morirán, en contradicción con el respeto a los Derechos
cambio cuando esas células individuales se Humanos como lo dice nuestra Constitución
unen, forman una nueva célula totalmente en su Artículo 1°.
diferente al óvulo y al espermatozoide de los
cuales proviene. Es sin duda, una nueva vida El Aborto.
humana en el mundo.
El aborto es la interrupción de un embarazo en
Si miras un ultrasonido para observar lo que cualquiera de sus etapas de desarrollo desde
sucede en el vientre de la madre durante la el momento de la unión del espermatozoide
gestación y/o el aborto te darás cuenta, como con el óvulo hasta la etapa del nacimiento.
otros lo han hecho, de que en el feto existe
Vida Humana: come, duerme, bebe, sueña, se Existen 2 tipos de Aborto:
chupa el dedo igual que un recién nacido, es
como todos nosotros un ser humano; en un • Espontáneo y/o Involuntario: Éste
aborto filmado con un ultrasonido se puede sucede por causas naturales o por un
apreciar al bebé defenderse accidente por diversos motivos dando
desesperadamente del curetaje hasta perder lugar a partos prematuros. Puede
la vida como todo ser humano lo haría para suceder que el bebé muera debido a
sobrevivir. El que lo observa ya no cree que es alguna anormalidad y el útero se
un ser humano, sabe y conoce que lo es y que contrae automáticamente. Es evidente
la vida humana comienza desde el momento en estos casos que ni la madre, ni el
de la concepción. Es tan impresionante que los padre, ni nadie tienen ninguna
que miran en un ultrasonido al bebé mientras culpabilidad.
abortan no vuelven a practicar abortos.
• Provocado y/o Culpable: Éstos se
Así pues, es injusto e inaudito que no se le llevan a cabo de maneras intencional y
valoren sus Derechos Humanos voluntaria provocando la expulsión del
principalmente al nuevo ser humano, además feto y/o bebé del vientre materno.
de que si uno de los padres decide abortar y el
otro se opone solamente se tome en cuenta la Existen 5 tipos:
1. Dilatación y Curetaje: El 4. Parto Parcial: Para aparentar
médico paraliza el músculo este vil asesinato, lo cual con la
cervical (entrada del útero) y legalización del aborto ya no es
después lo dilata lentamente muy necesario, se extrae de la
procurando que se abra lo madre solamente el cuerpo del
suficiente; a continuación, niño y se destroza su cabecita
introduce un curete que destroza dentro del vientre
el cuerpo del bebé y la placenta; considerándolo muerto,
se hace después un raspado o burlando así las Leyes.
legrado del útero para sacar
todos los fragmentos que 5. Quirúrgico o Histerectomía:
quedaron y luego tira todo a una Cuando el bebé ya está
cubeta. El sangrado siempre es totalmente formado y tendría el
muy abundante. Se usa en 100% de probabilidades de
embarazos de menos de 12 nacer y vivir normalmente, el
semanas, causando casi médico aplica una cesárea,
siempre heridas en los extrae al pequeño y lo deja a un
conductos y en la matriz. lado hasta que muere
naturalmente y/o lo ahoga con la
2. Succión: Similar al de Dilatación misma placenta para apresurar
para poder introducir un tubo de su muerte.
plástico conectado a una
aspiradora 29 veces más Así pues, para proteger supuestamente a la
potente que las caseras, la cual mujer (el niño no cuenta, él es solo la víctima
succiona al bebé y a la placenta y nada más) la despenalización del aborto
reduciéndolos a pequeños (aborto clandestino o legal) supuestamente
pedazos y los expulsa a una procura que en los hospitales las mujeres
cubeta. Se usa en embarazos de tengan médicos titulados, instrumentos
menos de 12 semanas, adecuados y asepsia total para lograr que todo
causando casi siempre heridas supuestamente “salga bien”.
en los conductos y en la matriz.
Sin embargo, no todo, sino es que nada, sale
3. Salino: Usado después de la 16° bien a menudo, ya que, a pesar de los
semana. Se introduce una larga cuidados, muchas mujeres han quedado
aguja a través del abdomen de la estériles o han muerto (ocultando las
madre inyectando en la bolsa estadísticas), además de otras fatales
amniótica una solución muy consecuencias en la mujer:
concentrada de sal que el bebé
respira y traga y naturalmente es ➢ En el aborto mismo, perforación del
envenenado, luchando con útero, desgarramientos en el cérvix,
tremendas convulsiones que la peligrosas hemorragias en y después
madre siente para después de 1 del aborto, retención de parte de la
hora o 2 morir. Un día después la placenta, anemia, necesidad de
madre lo da a luz muerto, pero operaciones posteriores, etc.
aún puede ser peor, ya que no
siempre muere y lo da a luz ➢ Por daños causados en el cérvix,
horriblemente quemado y herido suceden después nacimientos
permaneciendo vivo y sufriendo; prematuros provocando la muerte de un
siendo este método el más cruel nuevo bebé.
por los dolores causados en el
feto.
➢ Aumento de embarazos extrauterinos En el aspecto espiritual, al estar embarazada,
por el debilitamiento del músculo tu parte más interna e íntima, tu alma, tu
cervical. espíritu, se involucraron con otro ser, con otro
espíritu, un espíritu encarnado dentro de ti y
➢ Riesgo de retraso mental (Síndrome de que además es tu hijo, tuvo vida y por
Down) en los niños siguientes. En consiguiente formaba parte de tu mismo
algunos países se están evitando los espíritu. Al abortar, se rompió ese vínculo, te
abortos, sobre todo en el primer mutilaste, ya no hay nadie ahí adentro.
embarazo a causa de las
complicaciones de los siguientes. Por lo tanto, pensabas que era un problema y
que lo ibas a superar, pero no puedes seguir
➢ Infecciones en el cérvix y en el útero. adelante, y aunque Dios y la iglesia ya te
hayan perdonado, tú no te puedes perdonar y
➢ Irregularidades en la menstruación, sientes que el más afectado, tu hijo, no te ha
fuertes jaquecas, mareos y dolores perdonado. ¡Ya no puedes hacer ni remediar
abdominales, etc. nada! ¡Por eso te duele tanto esta pérdida!

El Síndrome Postaborto. Es posible que erróneamente se piense que el


aborto solamente afecta a las mujeres, ya que,
El Síndrome Postaborto (SPA) es la terrible aunque el hombre no tuvo esos daños físicos
repercusión que el aborto causa en la mente y ni lo sintió en sus entrañas, era parte de él, era
en el alma de la mujer y/o hombre que han su hijo, iba a tener sus rasgos faciales, su color
abortado. Cabe mencionar que suele causar de piel, sus ojos, etc.; iba a aprender a decir
más daño en la mujer, pero también afecta al “papá”.
hombre.
Aunque el hombre y la mujer creyeron que la
Por un momento creyeron haber escapado de única solución para el embarazo no deseado
un problema, que se habían liberado de un era el aborto, cuando no es así, el SPA tarde
error, pero ahora están más hundidos que o temprano termina por revelarse tanto al
nunca; su problema es más grande y padre como a la madre. El hombre y la mujer
complejo. Han cambiado una historia de vida intentan olvidar buscando tener un bebé
por una de muerte. deseado que supla al asesinado para encubrir
la culpa y/o sumergiéndose en el activismo
Así pues, después del aborto se sienten vacíos para no pensar. Pero la conciencia encuentra
y les duele; su hijo era parte de ustedes, una el resquicio para inquietarlos en momentos de
extensión de su ser. Se han mutilado física, soledad, además de que al guardarlo dentro
psicológica y espiritualmente. de su ser el cuerpo se enferma física y
mentalmente, incluso se auto juzgan y muchos
El complejo de culpa, remordimiento, tristeza, llegan a caer en el autocastigo.
depresión, enojo, son aspectos que, de no ser
resueltos a tiempo, pueden llevar a problemas Es así como, al estar arrepentidos y con este
psiquiátricos, como son las depresiones Síndrome, es necesario buscar la sanación.
mayores, bulimia, anorexia, suicidios, que Cada persona es diferente y encuentra por
requerirán hospitalización. Se padece caminos variados esta sanación y gracia,
entonces el SPA. Hay personas, sobre todo dependiendo única y exclusivamente de la
mujeres, que se siguen lamentando después persona, y aunque otras personas le
de haber vivido un aborto provocado hace 35 acompañarán y ayudarán, depende de la
años. persona que busca sanarse. Es por eso por lo
que debe tener auto contacto, es decir,
Además, no nos podemos engañar. No somos consigo mismo(a) e ir reconociendo sus
nada más cuerpo y muerte, también somos sentimientos reales, sin defensas, sin
espirituales. negación, sin excusas, sin justificaciones. Es
difícil salir solos, ya que el recorrido puede ser Es por eso por lo que no debemos encubrir o
muy doloroso, riesgoso y existe la posibilidad permitir un delito con una legalización, mejor
de fallar. sancionar y detenerlo o disminuirlo.

Gracias a Dios existen para su ayuda Evitémonos daños a nosotras mismas o


organizaciones como los Institutos para la mismos, a nuestro hijo que está a punto de
Rehabilitación de la Mujer y la Familia (IRMA) nacer, a nuestros hijos posteriores y a los
en donde se les auxilia, tanto a la mujer como demás seres humanos de la sociedad;
al hombre, biológica, psicológica, social y pongamos límites y empecemos, tanto con
espiritualmente de una manera totalmente nosotros mismos como con los demás a no
confidencial. Estas están presentes en la apoyar, a ser responsables de nuestros actos,
Ciudad de México (Tel. 52603178 / a no ejercerlo, empezando a detener el aborto.
52608859), Ciudad Nezahualcóyotl (Tel.
0445539077747 / 0445528643400), Toluca Referencias.
(Tel. 017223184575) y Guadalajara (Tel.
0443334853171). • Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, México, 2020.
Conclusión. • “¡Abortaste! Al recate de tí misma”,
Editorial EVC, 4° Ed., México, 2018.
Es importante mencionar lo importante que es • “El Aborto”, Editorial EVC, 2° Ed.,
conocer este tema, además del fuerte interés México, 2019.
que tiene, ya que, al conocerlo nos damos • Declaraci_n_Universal_SPREAD_.pdf
cuenta del concepto del aborto, los tipos de (www.gob.mx) Declaración Universal
aborto que hay y las horribles maneras de de Derechos Humanos, 2016.
llevarlo a cabo, así como las consecuencias
físicas, psicológicas y espirituales, dadas tanto
en hombres como en mujeres, después de Quedo atenta a sus comentarios y muchas
formar parte de un aborto, violando, a pesar de gracias por su amable atención. ¡Nos leemos
una legalidad, los Derechos del ser humano pronto!
que aún no ha nacido violando sobre todo su
Derecho a la Vida y su Dignidad Humana. Dra. Rosa Esther Salazar Monroy.
Correo: rodul_29@hotmail.com
Además, se da a conocer el terrible error en el Facebook: Rosa Esther Salazar Monroy.
que las personas, con tal ignorancia, están al
negar que el embrión desde el momento de su
concepción ya es un ser humano y, aún
legalizado, se comete una vil transgresión
hacia éste, además de un vil asesinato y los
fundamentos que avalan que ya hay Vida
Humana en él.

Por lo tanto, es una aberración y una violación


a estos Derechos Humanos y un delito
legalizar y destruir a un feto en la matriz antes
de su nacimiento sea por la causa que sea, ya
que él es inocente en todo caso; delitos de los
cuales, al ser un grave error, tarde o temprano
te vas a arrepentir y vas a necesitar una
sanación física, mental y espiritual.
Entrevista al LCP, LD y MEFI Carlos Manuel La actividad de asesor independiente en
Lamadrid Márquez, articulista de la “Revista materia contable, mercantil, empresarial y
Jurídica y Contable”. fiscal la inicié al terminar mi desempeño en la
administración pública federal, hace ya varios
años, con el tiempo he logrado encabezar un
grupo que busca prestar un servicio
profesional, actualizado y responsable

Los servicios que se proporcionan consisten


principalmente en asesoría financiera,
empresarial y fiscal. Busco que el servicio sea
personalizado para identificar áreas de
oportunidad en el desarrollo de las actividades
de los clientes. Se busca que siempre sea un
servicio integral que permita planificar la
organización de los clientes, el desarrollo de
su actividad y que se generen los elementos
que abonen a los procesos jurisdiccionales
que resultan en diferentes campos de su
actividad.

Estamos a sus órdenes en la ciudad de


Oaxaca de Juárez en la Unidad Modelo que se
¿Díganos cuál es su ultimo grado de localiza cerca del centro de la ciudad, pero
estudios y donde se desempeña pueden localizarnos por los medios de
actualmente? contacto que se presentan en la revista.

Soy contador público egresado en 1991 de la ¿Hablemos de su participación en la


Facultad de Contaduría dependiente de la revista?
Universidad Autónoma Benito Juárez de
Oaxaca, también soy un constante aprendiz Estoy agradecido con la oportunidad de poder
del Derecho, licenciatura de la que egresé en aportar a los lectores de la revista, cada mes
2008 también en la UABJO, cursé la busco analizar algún aspecto relacionado con
Especialidad en Fiscal y la maestría en la temas fiscales para motivar el análisis por
misma materia, terminé la Maestría en parte del gremio, me parece que con
Estrategias Fiscales e Impositivas en el frecuencia, el ritmo de la profesión nos impone
Instituto de Estudios Universitarios. una práctica dominada por la rutina y
distanciada de un punto de vista analítico y
Constantemente busco estar actualizado en crítico, por eso, pretendo desarrollar aspectos
los temas de las dos profesiones que vínculo de la legislación que han sido aceptados como
en el aspecto fiscal, por lo mismo participo en dogmas a pesar de la evidente violación a los
varias agrupaciones de profesionistas como derechos de los contribuyentes por
son: Anafinet, la Barra Nacional de Abogados inconstitucionales o ilegales.
Fiscalistas de México, La Barra Mexicana
Colegio de Abogados y el Colegio Nacional de Siempre invito al constante estudio, entendido
Contaduría Púbica. como la formación de un razonamiento crítico
y no como una recopilación de información,
Háblenos de su despacho contable. espero que lo comentado por su servidor en
cada número de la revista esté alcanzado este
objetivo, y es que me parece que de esta
forma podemos fortalecer los servicios que se Háblenos de su despacho contable.
prestan y se proporciona seguridad a los
clientes. Me gusta ser independiente y formar “Redes”
con diferentes Contadores Públicos para una
mejor Profesión, pero si tengo una marca, un
**************************************************** nombre, un logotipo, “SLOGAN” que me
reconoce. Me apasiona ser Independiente de
Entrevista al CP y MI Fernando Xicoténcatl Contador Público - Agente de seguros,
Hernández Osorio, articulista de la “Revista asesorando a las personas en un mano a
Jurídica y Contable”. mano (ese es mi slogan) en estas ramas de
mis carreras, llevándoles paso a paso en la
protección de su patrimonio, contable,
financiero, control y cuidando de ellos, y de lo
que más aman.

Los servicios que proporciono consisten


principalmente en asesoría contable, fiscal,
Auditoría y Control Interno, Asesoría
personalizada en protección y cuidado de su
patrimonio, Les ayudo como Ahorrar y
aterrizar económicamente sus sueños y
proyectos. Busco que mis servicios que brindo
sean mano a mano, contador- cliente (en
ningún momento atreves de auxiliares o
despachos, intermediarios, no burocratizarme
atreves de un despacho, sino como se dice
salir a buscar el cliente, y que el contribuyente
le regrese la confianza al contador, buscamos
un servicio personalizado, que permita
ganarnos la confianza, el mejor desarrollo de
la actividad de la profesión, buscamos ser
¿Díganos cuál es su ultimo grado de honestos y éticos.
estudios y donde se desempeña
actualmente? Atendemos personalmente en la Ciudad de
México y Ciudad de Cuernavaca Morelos,
Soy Contador Público egresado en 2010 de la Municipio de Atlatlahucan, lugar donde se
Facultad de Contaduría en la Universidad del encuentra nuestro domicilio fiscal. contamos
Valle de México “Campus” CDMX, Además con varios clientes satisfechos en estas dos
tengo la carrera de Agente de Seguros a partir ciudades.
del año 2017, cuento con cedula activa A1-
Riesgos Personales, avalada por la C.N.S.F. ¿Hablemos de su participación en la
en las ramas de Vida Ahorro; además cuento revista?
con Maestría en Impuestos por el Instituto de
Estudios Universitarios. Agradezco primero a Dios, creo firmemente
que estamos en un país Laico, soberano y libre
Me apasiona estudiar mis carreras en sus de expresar la religión que uno más le agrade,
diferentes ramas y temas, estoy en proceso de y con orgullo comento que soy católico.
afiliarme al Colegio Nacional de Contaduría
Pública, y estoy afiliado del Instituto Mexicano Además, agradezco a Dios que me da la
de Auditores Internos (IMAI). oportunidad de haber conocido a este gran
equipo de trabajo de la Revista J.C. y de la
Barra de Juristas de México que participa en
ella, Edder, Juan Carlos, Mtro. Gaudencio y
por supuesto a todos los lectores, agradezco
el darme la oportunidad de escribir y redactar
mis opiniones y fundamentos mes con mes.

Mes a mes busco analizar temas de mis dos


carreras que me apasionan, compartir mis
conocimientos con los lectores y de temas que
en el momento causen o motiven a las
personas a ser mejores día a día.
Las Criptomonedas y su Hashcash, Bit Gold, Digi-Cash, entre otras, sin
que en algún caso prosperaran en el mercado.
Fiscalización.
L.C. Angélica Mejía Albarrán
La idea de la criptomoneda es que se registren
joe642@hotmail.com transacciones en un libro diario digital por
persona de manera anónima; por ejemplo, en
Una Criptomoneda es un registro digital único una compraventa, en la que el comprador
que solo puede ser transferido en forma paga el precio del bien con criptomonedas, se
electrónica y que se utiliza como medio de registraría en el haber del vendedor el
pago, su estructura está basada normalmente incremento en criptomonedas recibidas del
en la llamada tecnología de cadena de bloques comprador, y por su parte, el comprador
Blockchain la cual utiliza códigos encriptados registraría en decremento correspondiente.
(razón por la cual también se le llama
criptomonedas). Una criptomoneda no es otra cosa más que un
programa de computadora que registra, de
Por sus características, se asume que las manera encriptada, transacciones de una
criptomonedas son incorruptibles en su persona. La idea del libro diario antes
estructura y por lo tanto son altamente mencionado fue tomada en el 2008 por
seguras. Satoshi Nakamoto y fue él, quien, además,
logró encriptarlo. Cabe destacar que Satoshi
Antecedentes. Nakamoto es un pseudónimo, por lo que se
desconoce si se trata de una persona, un
Los antecedentes de las criptomonedas se grupo de personas o de una empresa.
remontan a principios de los años noventa, Así se crea la primera criptomoneda con base
cuando expertos en sistemas intentaron crear en el libro diario encriptado denominada
una moneda encriptada para hacer Bitcoin, cuyo protocolo fue publicado en un
transacciones anónimas. En esos años, se artículo del denominado “Cryptograph Mailing
crearon monedas como las denominadas List” en noviembre de 2008 y fue lanzada al
mercado en enero de 2009.
Generalidades. personas que aceptan comerciar con ellas, lo
que implica que exista alta volatilidad en el
Uno de los conceptos más reconocidos de las precio de las criptomonedas, y riesgo para las
criptomonedas es el que publicó en junio de transacciones que se pagan con este tipo de
2017 la revista Forbes México que activos virtuales.
corresponde a “Bitlicense, la primera licencia
para monedas digitales en Estados Unidos de Naturaleza jurídica.
América”: “Cualquier tipo de unidad digital,
creada u obtenida mediante el cálculo En los términos del artículo 1o de la Ley
matemático, cuyo sistema está basado en Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos,
Internet y que se utiliza como un medio de la unidad del sistema monetario de nuestro
cambio o forma de valor digitalmente país es el “peso”. Además, el artículo 2o de
almacenado.” dicha ley establece que las únicas monedas
circulantes en nuestro país son: Los billetes
Desde un punto de vista legal, en México no del Banco de México, S.A. Las monedas
existe una definición de criptomoneda; sin metálicas de denominaciones específicas
embargo, la Ley para Regular las Instituciones señaladas en la propia ley. Las monedas
de Tecnología Financiera, que comúnmente metálicas conmemorativas de
conocemos como Ley Fintech, contiene una acontecimientos de importancia nacional. Por
definición de activo virtual que abarca a las su parte, el artículo 7o de la Ley Monetaria de
criptomonedas. El artículo 30 de la Ley Fintech los Estados Unidos Mexicanos prevé que las
señala que se considera activo virtual la obligaciones de pago de cualquier suma en
representación de valor registrada moneda mexicana se denominarán
electrónicamente y utilizada entre el público invariablemente en pesos y, en su caso, sus
como medio de pago para todo tipo de actos fracciones. Siendo que dichas obligaciones se
jurídicos y cuya transferencia únicamente solventarán mediante la entrega, por su valor
puede llevarse a cabo a través de medios nominal, de billetes del Banco de México o
electrónicos. monedas metálicas antes señaladas. Por su
parte, cuando la Ley Monetaria de los Estados
También señala, dicho artículo, que en ningún Unidos Mexicanos se refiere a la moneda
caso se entenderá como activo virtual la extranjera, su artículo 8o señala que ésta no
moneda de curso legal en territorio nacional, tendrá curso legal en México, salvo ciertos
las divisas ni cualquier otro activo denominado casos previstos por las leyes, por lo que las
en moneda de curso legal o en divisas. obligaciones de pago en moneda extranjera se
solventarán entregando el equivalente en
Las criptomonedas se ubican en esa moneda nacional, al tipo de cambio que rija en
definición, ya que sirven como medios de pago el lugar y en la fecha en que se haga el pago.
y su trasferencia se realiza en medios
electrónicos. No obstante, que se trate de un De las disposiciones anteriores se desprende
medio de pago, debe tenerse en cuenta que que la única moneda de curso legal en nuestro
un activo virtual, incluyendo a las país es el peso y que cuando se desee realizar
criptomonedas, no pueden considerarse como algún pago de obligaciones con monedas
una moneda de curso legal, ni como una extranjeras se deberán realizar entregando el
divisa. Dichos activos virtuales no se equivalente en moneda nacional, salvo ciertos
encuentran respaldados por el Banco de casos previstos por las propias leyes. El
México, ni por alguna autoridad monetaria Gobierno Mexicano no emite y, por lo tanto, no
extranjera, por lo que su función como medio respalda las criptomonedas, por lo que éstas
de pago no está garantizada, lo que implica no pueden considerarse como monedas de
que quien acepte las criptomonedas como curso legal en nuestro país, y al no ser
medios de pago lo hacen bajo su propio riesgo. emitidas o respaldadas por un gobierno
Incluso, el valor en pesos de las extranjero, tampoco pueden ser consideradas
criptomonedas está determinado por las divisas.
El hecho de que una criptomoneda pueda ser acuerdo con el Código Civil Federal (CCF) un
utilizada como un medio de pago, no las hace bien mueble, puede ser considerado como tal
monedas para efectos legales mexicanos, sino por su naturaleza o por disposición de ley; por
que atendiendo a lo previsto por la Ley Fintech su naturaleza, son los cuerpos que pueden
son activos virtuales con las siguientes trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan
características: Su representación de valor es por sí mismos, ya por efecto de una fuerza
registrada electrónicamente. Se utiliza como exterior. Por disposición de ley, son bienes
medio de pago para todo tipo de actos muebles las obligaciones y los derechos o
jurídicos. Se transfiere a través de medios acciones que tienen por objeto cosas muebles
electrónicos. No son divisas. o cantidades exigibles en virtud de acción
personal. Dicho código en general señala que
Una medida que vino a reforzar la son bienes muebles todos los demás no
implementación de la Ley Fintech es la considerados por la ley como inmuebles. Por
Reforma a la Ley Federal para la Prevención e lo tanto, en los términos del propio CCF las
Identificación de Operaciones con Recursos criptomonedas no son consideradas como un
de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado), bien inmueble, por lo cual, con base en lo
específicamente en su artículo 17 referente a anterior, son considerados como bienes
las actividades vulnerables, al cual se le muebles.
adiciona la fracción XVI respecto a los
llamados activos virtuales, que a la letra Aspectos fiscales.
menciona:
Una criptomoneda no es una moneda de curso
Artículo 17. Para efectos de esta Ley legal ni una divisa y se considera un bien
se entenderán Actividades mueble para efectos legales. Por lo anterior,
Vulnerables y, por tanto, objeto de cuando pagamos el precio de un bien o de un
identificación en términos del artículo servicio con una criptomoneda, lo que
siguiente, las que a continuación se realmente estamos haciendo es un pago en
enlistan: …. especie, dicho en otras palabras, el adquirente
del bien o del servicio pagará con un bien, es
XVI. El ofrecimiento habitual y decir, el precio acordado con su contraparte.
profesional de intercambio de activos
virtuales por parte de sujetos distintos Desde un punto de vista fiscal, quien paga en
a las Entidades Financieras, que se especie está transfiriendo la propiedad del
lleven a cabo a través de plataformas bien que se entrega como pago a su
electrónicas, digitales o similares, que contraparte, por lo que en los términos del
administren u operen, facilitando o artículo 14 del Código Fiscal de la Federación,
realizando operaciones de compra o se trata de una enajenación de bienes, caso
venta de dichos activos propiedad de en el que se deberán reconocer los efectos
sus clientes o bien, provean medios fiscales de una transacción de ese tipo. Una
para custodiar, almacenar, o transferir vez concluido lo anterior, es necesario revisar
activos virtuales distintos a los las consecuencias fiscales que genera dicha
reconocidos por el Banco de México enajenación en materia del Impuesto Sobre la
en términos de la Ley para Regular las Renta.
Instituciones de Tecnología
Financiera. 6 (artículo 17, Ley Federal Impuesto Sobre la Renta.
para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de De acuerdo con el artículo 18 de la Ley del
Procedencia Ilícita). Impuesto Sobre la Renta, se consideran
ingresos acumulables, entre otros, la ganancia
Ahora bien, resulta necesario analizar si las derivada de la transmisión de propiedad de
criptomonedas pueden calificarse como bienes por pago en especie. Para tales
bienes para efectos legales mexicanos. De efectos, dicho artículo prevé que para
determinar la ganancia antes señalada se En términos de la LIVA, las enajenaciones de
considera como ingreso el valor que conforme bienes se encuentran gravadas para efectos
al avalúo practicado por persona autorizada de dicho impuesto, salvo que se encuentren en
por las autoridades fiscales tenga el bien de alguno de los supuestos previstos en su
que se trata en la fecha en la que se transfiera artículo 9o. En efecto, la enajenación de
su propiedad por pago en especie, pudiendo ciertos bienes se encuentra exenta del pago
disminuir de tal ingreso las deducciones, que del IVA, siendo algunos de ellos, la moneda
para el caso de enajenación permite dicha ley, nacional y la moneda extranjera y los
siempre que se cumplan los requisitos documentos pendientes de cobro y títulos de
correspondientes. crédito. No obstante, se ha señalado que las
criptomonedas no califican como alguno de
Cuando se realiza un pago con esos bienes, ni como los demás señalados en
criptomonedas, es necesario determinar si por el citado artículo 9o, por lo que la enajenación
esa transacción, quien paga, genera una que se realice de este tipo de bienes con
utilidad fiscal en la enajenación de la motivo del pago en especie se encontrará
criptomoneda (pago en especie), gravada para efectos del IVA, también. Cabe
considerando el valor de mercado destacar que, para efectos de este impuesto,
(determinado por persona autorizada) de la el monto sobre el cual se deberá determinar es
criptomoneda como ingreso, menos las el valor de mercado que tenga el bien al
deducciones aplicables, que en este caso momento de llevar a cabo la enajenación que
sería el monto de la compra de la es, precisamente, el monto que se cubre como
criptomoneda. Será necesario verificar si la pago en especie.
adquisición de la criptomoneda cumple los
requisitos para ser considerada como una Normas de Información Financiera.
deducción para efectos fiscales. En principio
debería verificarse si se cuenta con algún Dentro de las Normas de Información
comprobante por la adquisición de la Financiera, la Norma C-22 establece la
criptomoneda y más aún, si existe un valuación, presentación y revelación para
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) reconocer contablemente en los estados
que avale su compra, con el fin de soportar la financieros de una entidad:
deducción del costo fiscal de la criptomoneda.
En caso de no cumplir con los requisitos • Las criptomonedas
fiscales, la enajenación de la criptomoneda • Los gastos de minería de
(pago en especie) provocaría que el criptomonedas
comprador (quien paga en especie) deba • Las criptomonedas que no son de su
acumular a sus ingresos el monto total del propiedad, pero que mantiene bajo su
precio pagado con una criptomoneda; incluso custodia.
para efectos de pagos provisionales.
De igual forma, se establecen normas para
Impuesto al Valor Agregado. determinar el valor razonable de las
criptomonedas en que se denominan los
En materia de Impuesto al Valor Agregado, es instrumentos financieros por cobrar o por
necesario analizar lo que sucede si se realiza pagar (NIF C-3 Cuentas por cobrar),
un pago en especie mediante la entrega de Instrumentos financieros para cobrar principal
una criptomoneda. Tal y como se señaló, e interés (NIF C-20) o Instrumentos financieros
cuando existe un pago en especie se por pagar (NIF C-19), según corresponda.
considera que existe una enajenación
respecto del bien que se entrega para realizar Esta NIF (C-22) fue aprobada en noviembre de
el pago, puesto que para efectos de la Ley del 2019 para su inicio de vigencia el 1º de enero
Impuesto al Valor Agregado (LIVA) es de 2021, aunque se permitió su aplicación
necesario analizar si dicha enajenación se anticipada para 2020.
encuentra gravada para sus efectos.
Referencias
L.C. Angélica Mejía Albarrán
Ley Monetaria de los Estados Unidos Tel. (55) 4947-8566
Mexicanos. Correo: joe642@hotmail.com
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/l Página Web: ServiciosContables
meum.htm Facebook: Angélica Mejía Albarrán
Ley para Regular las Instituciones de Fanpage: ServiciosContables
Tecnología Financiera (Ley Fintech). Twitter: @defjoemx
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/l
ritf.htm
Código Fiscal de la Federación.
http://www.infodf.org.mx/nueva_ley/14/1/doct
os/CFF.pdf
Ley del Impuesto sobre la Renta.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/li
sr.htm
Normas de Información Financiera 2021.
Ley Federal Para La Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/
LFPIORPI_200521.pdf
Los hábitos de las personas Hábito 1. – Ser proactivo, implica comportarse
altamente efectiva. en la medida de lo posible, guiado por sus
Lic. David Villamar. decisiones conscientes y con base en sus
psicologiatotal@hotmail.com valores; luchando en contra o evitando según
sea el caso, los siguiente: La forma en que fue
INTRODUCCION. criado, las condiciones en las que se
encuentra o su carga genética.
En esta ocasión escribiré sobre el famoso libro
que lleva el título “Los 7 hábitos de la gente Algunos elementos para tomas decisiones
altamente efectiva” del Doctor Stephen R. correctas, son:
Covey, texto en donde se desarrolla un
método muy interesante para que las - Auto-conciencia de su estado de ánimo,
personas eliminen la inercia de los malos sentimientos y pensamientos.
hábitos y adquieran otros, en específico los 7 - Imaginación para crear ideas diferentes
del Dr. Covey, que expondré brevemente. o superiores a su actual realidad.
- Conciencia moral y
Con base en este libro se han impartido - Deseo de independencia.
infinidad de cursos de capacitación para el
desarrollo personal y organizacional, motivo Una persona proactiva se guía por sus valores
por el cual vale la pena que más personas y una reactiva tiene poco control sobres sus
conozcan la existencia de ésta obra y su impulsos y emociones, además, las opiniones
contenido, destacando los 7 hábitos y el de los demás influyen en sus decisiones. Por
método paradigmático que plantea el autor, en eso se dice que: Nadie te puede hacer sentir
beneficio de quien se apropie de éste mal a menos que tú lo permitas.
conocimiento.
Para mejorar su proactividad, ponga atención
DESARROLLO a las frases que utiliza, pregúntese por ejemplo
¿Con qué frecuencia uso expresiones como
El Doctor Covey define un hábito como la “tengo que o debo de…” en lugar de “quiero o
intersección de tres elementos básicos: el me gustaría o deseo que…”?
conocimiento, las habilidades y el deseo o
actitud. En lo personal, prefiero el término de Hábito 2 – Comience con un fin en mente. Este
competencia en lugar de hábito para esta es el hábito del liderazgo personal. Todas las
definición, por varias razones, pero no me cosas se crean dos veces, la primera en la
detendré en esto y respetaré el vocablo mente y la segunda en el mundo real. Éste
utilizado por el autor de hábito. hábito propone vivir con base en objetivos y
planes de acción estratégicos.
Los elementos de los hábitos o competencias
no tienen un orden, pero si tienen su contenido Cuando se carece de objetivos y planes a
específico, en el caso del Conocimiento indica largo, mediano y corto plazo podemos ser
qué hacer y por qué; en cuanto a las víctimas de una efectividad equivocada, esto
Habilidades, éstas permiten el desarrollo de se refiere cuando se trabaja duro para subir la
cómo hacer las cosas, de cómo ejecutarlas y, escalera de la vida, pero desde el inicio la
el Deseo es la motivación, es decir, las ganas escalera se encuentra recargada en la pared
de hacer o de ejecutar. equivocada, por falta de un proyecto de vida.
Este hábito necesita de valores firmes y
Los hábitos que desarrolla el Dr. Covey podría arraigados en la mente, que faciliten la toma
calificarlos como competencias rectoras, al ser de decisiones. Por lo que se sugiere elaborar
aplicables para cualquier persona que desee la lista de sus principios y/o valores por los que
que sean parte de ella. El orden en que se se vive y trabaja, los cuales es común que
presentan tiene sentido en el método del autor, puedan estar centrados en poseer o tener
lo que lo hace interesante. cosas materiales; en el cónyuge o familia, en
el dinero o en el mismo trabajo; entre otros Las actividades del cuadrante 4 son aquellas
centros o ejes de vida. que no son urgentes y tampoco importantes,
es decir, son las que nos mantienen ocupado
Lo ideal, dice el Dr. Covey, es que nuestro sin lograr nada de provecho.
centro o eje de vida esté basado en principios,
porque es la mejor forma de sentirnos La gente efectiva evita los cuadrantes 3 y 4,
cómodos con nuestras decisiones, cualquiera minimizan las del 1 para tratar de mantenerse
que éstas sean: la mayor parte del tiempo en el cuadrante 2.

- De esta manera decidimos sin Para mantenerse en el cuadrante 2 ayuda


prejuicios, minimizamos las emociones preguntarse ¿qué actividad me gustaría
y los impulsos. realizar en forma regular que mejore mi vida
- Decidimos proactivamente, basado en laboral? alguna respuesta puede ser: cultivar
la razón y no porque alguien nos las relaciones con mis compañeros de trabajo
empuje a una dirección. y capacitarme. No es la única pregunta que
- Nuestras decisiones contribuyen a podemos hacernos, es un ejemplo del sentido
reforzar nuestros valores. que debemos formularnos las preguntas para
- Podemos comunicarnos honestamente vincular su contenido con el cuadrante 2.
con las personas involucradas.
Ejemplo para organizar su tiempo con base en
Hábito 3 – Poner primero lo primero, implica el cuadrante 2.
organización, priorizar y manejar el tiempo.
1. Haga una lista de roles de vida: Esposo,
Esta matriz grafica muy bien este hábito. padre, empleado, deportista, lector, etc.
2. Escriba 1 o 2 objetivos para la siguiente
Urgente No urgente semana de cada uno de sus roles que
Importante 1. Crisis, 2. Prevención,
proyectos Relaciones,
se ubiquen en el cuadrante 2 y que
con fecha Planificación, estén ligados con sus objetivos a largo
límite Recreación
No 3. Interrupcione 4. Ciertas
plazo.
importante s, llamadas, llamadas, 3. Organice su tiempo para trabajar en
actividades cierto correo, cada objetivo y verbigracia, haga citas
populares actividades
placenteras concretas con otras personas.

Toda actividad en el cuadrante 1 es importante Hábito 4 – Piense Ganar/Ganar, en toda


y urgente, como el manejo de una crisis, una negociación o acuerdo, ambas partes deben
enfermedad grabe, una reunión clave de salir beneficiadas.
trabajo o familiar, entre otras.
Si no puede alcanzar un trato ganar/ganar, es
Las actividades del cuadrante 2 son preferible de momento no hacerlo, ya que al
importantes, pero no urgentes, pueden ser las menos se mantendrá la relación humana,
de mantenimiento, capacitación, planificación conservando la posibilidad de un acuerdo
estratégica, construcción de relaciones, entre ganar/ganar en el futuro.
otras. Los acuerdos surgen a partir de las relaciones
humanas, donde se sugiere dejar claras las
En el cuadrante 3 se ubican las actividades expectativas, es decir:
que son urgentes, pero no importantes y que - Los resultados deseados,
no están conectadas directamente con - Los parámetros dentro de las cuales se
nuestras prioridades, más bien, son obtendrán estos resultados,
importantes para otros y nos dejamos - Los recursos disponibles para lograrlos,
presionar. - Las formas e indicadores para
evaluarlos y
- Las consecuencias esperadas en caso - Dimensión espiritual: renovar su
de alcanzarlos. compromiso con sus valores mediante
la revisión de su misión personal o
Es recomendable utilizar el siguiente propósito de vida.
procedimiento en las negociaciones: - Dimensión mental, a través de la
1. Trate de ver la situación desde la lectura, escritura y planificación,
perspectiva del otro, aplicando los hábitos 2 y 3, de no
2. Identifique los aspectos y hacerlo, la mente se vuelve mecánica.
preocupaciones clave, - Dimensión social/emocional: se
3. Haga una lista de resultados de la propone aplicar los hábitos 4,5 y 6 para
principal solución a negociar y, lograr relaciones humanas valiosas.
4. Busque otras opciones para obtener
esos mismos resultados. CONCLUSIÓN.

Hábito 5 – Busque primero entender, luego ser Adquirir un nivel aceptable de los 7 hábitos o
entendido. Este es el hábito de la competencias rectoras de las personas
comunicación efectiva. altamente efectivas, toma mucho tiempo y
esfuerzo, el camino nunca termina, se debe
Escuchar con empatía, es saber identificar la continuar afilando y mejorando los hábitos por
manera de cómo la otra persona entiende el el resto de la vida. Le sugiero empezar lo más
problema a resolver, permite obtener pronto posible.
información valiosa con la cual trabajar.
Albert Einstein dijo: “Una locura es hacer la
Según Covey, una de las principales misma cosa una y otra vez esperando obtener
necesidades de las personas es la de ser resultados diferentes. Si buscas resultados
entendidas y apreciadas, una vez satisfecha distintos, no hagas siempre lo mismo” y “Trata
esta necesidad, es posible que bajen las de no ser un hombre de éxito, en lugar de eso
defensas psicológicas del otro y sea posible trata de ser un hombre de valor”
trabajar en una solución ganar/ganar.
REFERENCIA.
Hábito 6 – Sinergia, significa que el todo es
más que la suma de sus partes, implica Covey S, (2003) Los 7 hábitos de la
cooperar y trabajo en equipo, donde las gente altamente efectiva, 1ª Ed. Paidós,
diferencias puedan ser aprovechadas para Buenos Aires - Barcelona – México.
generar opciones creativas con el propósito de
lograr objetivos diversos y consensados.
Lic. David Villamar.
Donde se reúnen perspectivas distintas, en un Correo: psicologiatotal@hotmail.com
ambiente de respeto mutuo, con frecuencia los
participantes sienten libertad de buscar
mejores alternativas para lograr propuestas
diferentes y excelentes.

Hábito 7 – Afilar la sierra o auto-renovación,


incluye varias dimensiones:
- Dimensión física: abarca el ejercicio
físico, nutrición y manejo del Stress. Al
comer adecuadamente y ejercitarse 30
minutos al día, se logrará mejorar la
fuerza y resistencia; de no hacerlo, el
cuerpo se debilitará.
SUSTITUIR LAS TARIFAS obtenidos de la aplicación de las Tarifas
ACUMULATIVAS DEL ISR Acumulativas con el uso de la Tarifa Mensual,
determinándose diferencias de sólo unos
Anexo 8 punto B.6 de la Resolución
centavos que no afectan el fin.
Miscelánea Fiscal
para 2021 INGRESOS OBTENIDOS POR
C.P.C. César Calvo Langarica CARLOS SALAS DURANTE 2021
calvolang@yahoo.com MES INGRESOS ÷ BASE TAR
MENSUAL
En la intervención anterior propuse la
E $ 21,700.00
aplicación de la Tarifa Mensual para
F 45,600.00
determinar a través de ciertos factores el ISR
Suma 67.300.00 2 $ 33.650.00
que debe retenerse a las personas físicas en
M 30,450.00
forma semanal, decenal, quincenal o por
trabajo desarrollado, también se trató en los Suma 97,750.00 3 32,583.33
casos que el ISR es Bimestral, Trimestral o A 12,160.00
Semestral quedando pendiente ver la Suma 109,910.00 4 27,477.50
aplicación de dicha tarifa mensual en los casos M 140,000.00
en los cuales aparecen Tarifas acumulativas Suma 249,910.00 5 49,982.00
de enero a diciembre en el punto B.6 del J 100,000.00
Anexo 8 de la Miscelánea Fiscal para 2021. Suma 349,910.00 6 58.318.33
J 21,700.00
En mi opinión podemos hacer algunas Suma 71,610.00 7 53,227.05
operaciones extra en lugar de la aplicación A 45,600.00
directa de las tarifas acumulativas las cuales Suma 417,210.00 8 52,151.25
toman como base para el cálculo del impuesto S 30,450.00
la suma de los ingresos de acuerdo con los Suma 447,660.00 9 49,740.00
meses transcurridos, acumulación que se O 12,160.00
puede observar en el cuadro que a Suma 459.820.00 10 45,982.00
continuación aparece con los ingresos N 140,000.00
mensuales y la suma mes tras mes, montos Suma 599,820-00 11 54,529.00
que son la base para la aplicación de las D 120,000.00
mencionadas tarifas acumulativas. Suma 719,820.00 12 59,985.00

Ahora bien, en dicho cuadro aparece una Tomando como Base Gravable el resultado de
columna, que divide la suma de ingresos de la suma de cada uno de los meses del año,
acuerdo al mes de que se trate, es decir, si el aplicaremos las Tarifas Acumulativas, como
monto es de enero a febrero, se dividirá entre pueden apreciar en los cuadros siguientes, en
2; si el monto de ingresos es el de enero a los cuales se le ha agregado en color azul el
marzo, se dividirá entre tres y así resultado de hacer uso de la Tarifa Mensual,
sucesivamente hasta llegar al monto con cifras que varían en sólo algunos centavos
correspondiente de enero a diciembre, que se
dividirá entre 12. TARIFAS ACUMULATIVAS
Dichas cantidades resultantes de la división de Enero
color azul será la base gravable aplicable por Anexo 8 B.6
la Tarifa del Artículo 96, que también está $13,381.47 $1,417.12
contemplada en el punto B.5 del Anexo 8 de la 8,318.52 x 21.36% 1,776.84
Miscelánea Fiscal para 2021, el resultado será $21,700.00 $3,193.96
el ISR del mes después de multiplicarlo por 2; $3,193.96
3; 4;…12, de acuerdo al mes que corresponda
y entonces se podrán comparar los resultados
Febrero $350,000 $86,918.65
Anexo 8 B.6 $86.918.64
$53,977.01 $8,647.16
13,322.19 x 23.52% 3,133.57 Septiembre
$67.300.00 $11,780.73 Anexo 8 B.6
$11,780.73 $382,838,2
$71,826.57
3
Marzo 64,821,77 x 30% 19,946.53
Anexo 8 B.6 $447,660.0
$91,273.10
$80,965.51 $12,970.74 0
16,784.49 x 23.52% 3,947.71 $91,273.05
$350,000 $16,918.45
$16,918.44 Octubre
Anexo 8 B.6
Abril $425,375,8
$79,807.30
Anexo 8 B.6 1
$107,954.0 34,444.19 x 30% 10,333.26
$17,294.32 $459,820.0
1 $90,140.56
1,955.99 x 23.52% 460.05 0
$109,910.0 $90,140,50
$17,754.37
0
$17,754.36 Noviembre
Anexo 8 B.6
Mayo $467,913.3
$87,788.03
Anexo 8 B.6 9
$212,687.9 131,906.61 x 30% 39,571.98
$39,903.65 $559,820.0
1 $127,360.01
37,222.09 x 30% 11,166.62 0
$249,910.0 $127,359.98
$51,070.27
0
$51,070.25 Diciembre
Anexo 8 B.6
Junio $510,451,0
$95,768.74
Anexo 8 B.6 1
$255,225.4 209,368.99 x 30% 62,810.70
$47,884.38 $719,820.0
9 $158,579.44
94,684.51 x 30% 28,405.35 0
$349,910.0 $158,579.52
$76,289,73
0
$76,289.70 Los cuadros siguientes se observa la forma de
aplicar la Tarifa Mensual del Artículo 96,
Julio misma que aparece en el punto B.5 del Anexo
Anexo 8 B.6 8 de la Miscelánea Fiscal para 2021,
$277,763.6 observando lo siguiente:
$55,865.11
7
73,846.33 x 30% 22,154,98 1. El ISR del mes de enero coincide en
$371,600.0 forma directa con las Tarifas
$78,019.09
0
Acumulativas.
$78.019,20
2. A partir de febrero el resultado del ISR,
se multiplicará por el número de mes
Agosto
que corresponda.
Anexo 8 B.6
$340,300.6 3. La comparación de resultados es de
$83,845.84 color negro por provenir del uso de las
5
76,909.35 x 30% 23,072.81 Tarifas Acumulativas.
4. En todos los casos con excepción del Mayo
mes de enero, el ISR a retener será el Artículo 96
resultado de restar el ISR obtenido $42,537.59 $7,980.73
menos el ISR pagado anteriormente. 7,444.41 x 30% 2,233.32
5. En este ejemplo encontramos que en el $49,982.00 $10,214.05
mes de octubre el ISR determinado es $51,070.25
inferior al ISR pagado anteriormente $51,070.27
por lo que no se cubrirá ninguna
cantidad. Junio
Artículo 96
6. En el mes de noviembre ya resulta una
$42,537.59 $7,980.73
cantidad superior y hasta ese momento
15,780.84 x 30% 4,734.22
se cubrirá el ISR correspondiente. $58,318.33 $12,714.95
7. La Tarifa del mes de diciembre coincide $76,289.70.
con la Tarifa Anual, o sea tendríamos el $76,289.73.
mismo resultado aplicando una u otra.
8. En el supuesto que en diciembre Julio
tuviéramos una cantidad inferior, como Artículo 96
en Octubre, nos daría un saldo a favor, $42,537.59 $7,980.73
que podría solicitarse su devolución. 10,549.55 x 30%% 3,164.87
$350,000 $11,145.60
TARIFA MENSUAL ART. 96 $78,019.20
$78,019.19
Enero
Artículo 96 Agosto
$13,381.48 $1,417.12 Artículo 96
8,318.52 x 21.36% 1,776.84 $42,537.59 $7,980.73
$21,700.00 $3,193.96 9,6T3.66 x 30%% 2,884.10
$3,193.96 $52,151,25 $10,864.83
$86,918,63
Febrero $86,918,65
Artículo 96
$26,988.51 $4,323.58 Septiembre
6,661.49 x 23.52% 1,566.78 Artículo 96
$33,650.00 $5,890.36 $42,537.59 $7,980.73
$11,780.73 7,202.41 x 30%% 2,160.72
$11,780.73 $49,740.00 $10,141.45
$91,273.05
Marzo $91,273.10
Artículo 96
$26,988.51 $4,323.58 Octubre
5,594.82 x 23.52% 1,315.90
$32,583.33 $5,639.48 Artículo 96
$16,918.44 $42,537.59 $7,980.73
$16,918.45 3,444.41 x 30%% 1,.033.32
$45,982.00 $9,014,05
Abril $90.140.50
Artículo 96 $90.140.55
$26,988.51 $4,323.58
488,99 x 23.52% 115.03 Noviembre
$27,477.59 $4,438.59 Artículo 96
$17,754,36 $42,537.59 $7,980.73
$17,754,37 11,991.50 x 30% 3,597.45
$54,529.09 $11,578.18
$127,359.9
8
$127,360.0
1

Diciembre
Artículo 96
$42,537.59 $7,980.73
17,447.42 x 30% 5,234.23
$59,985.00 $13,214.96
$158,579.5
2
$158,579.4
4

Espero haya sido de interés y pronto nos


volvamos a encontrar,
Muchas Gracias por el aprecio que tengan por
mi intervención en esta ocasión.

C.P.C. César Calvo Langarica


Correo: calvolang@yahoo.com
Móvil: 55-1290-1699
Discrepancia fiscal y las cartas Artículo 33-B. Se faculta al Servicio de
Administración Tributaria para que lleve a cabo la
invitación ante la fiscalización. celebración de sorteos de lotería fiscal, en los que
L.C. & M.D.F. Juan Carlos Gómez Barrón.
participen las personas que determine dicho
juancarlos@fiscalycontable.com
órgano, tomando en cuenta los siguientes
lineamientos:
En muchas ocasiones los contribuyentes e “…..
incluso personas físicas que no están ….
registradas ante el registro federal de II. Cuando en algún sorteo el premio ofrecido se
contribuyentes, involuntariamente y en otras pague por terceros por cuenta del Gobierno
voluntariamente sin medir el riesgo que les Federal, el monto entregado por los pagadores
implica, en ocasiones se pueden colocar en la podrá ser acreditable contra los impuestos
hipótesis de cometer un delito fiscal, aun y federales que el Servicio de Administración
cuando la persona o personas implicadas no Tributaria determine en las bases del sorteo, sin
tienen dolo en la conducta. que dé lugar a la devolución.
….”
Ante este panorama es importante tener en
Y ejercer así cualquier acto de molestia que
cuenta que para ser un contribuyente cumplido
ejerce ante las facultades que le confiere la ley
y con buena conducta a la luz de las leyes y
como lo señala el artículo 38 del código fiscal
que la autoridad, no encuadre a una persona
de la federación, esto puede ser a la antigüita
como aquella que no está declarando todos los
o sea de manera personal en cualquiera de las
ingresos y por ende no paga los impuestos
establecidas formas establecidas en el
correspondientes a los actos o actividades
artículo 134 del código fiscal de la federación
incluyendo los accidentales por los que deba
o por medio de buzón tributario “Lo Actual”, sin
pagar el tributo. Al respecto hay normas que
necesidad de constituirse personalmente en el
precisan como debe ser el contribuyente
domicilio fiscal, esto sin perder la eficacia de la
desde el nacimiento de la obligación fiscal.
notificación legal o a través de cartas invitación
Artículo 31 fracción IV de nuestra carta magna
parecería que de conformidad con el artículo
que dice a la letra lo siguiente:
33 del citado código, más no existe un
Es obligación de los mexicanos contribuir a los
procedimiento para atender, mismas que
gastos públicos, así de la Federación, como del pueden llegar a todas las personas estén o no
Distrito Federal o del Estado y Municipio en que registradas en el registro federal de
residan, de la manera proporcional y equitativa contribuyentes, todas con el motivo de aclarar
que dispongan las leyes. o pagar, recordemos que en hace años la
autoridad enviaba por correos inclusive la
Primeramente partimos de al menos estas dos carta invitación que llevaba en el cuerpo del
premisas: “Lo que no está prohibido, está documento las líneas de capturas para pagar
permitido”, y “la ignorancia de las leyes no te en una exhibición o en tres parcialidades.
exime de cumplimiento de las obligaciones”, Hubo muchas personas que, si pagaron sin
por esto las personas físicas y las personas asesorarse y otras que no lo hicieron, dicho
morales deben estar bien asesorados, hago documento apercibía a la persona que la
énfasis en que la obligación real cae en las autoridad podría ejercer sus facultades de
personas físicas y es en lo individual y comprobación, por supuesto que, aunque no
analizaremos a esta persona física quien es la lo enunciará queda claro que puede ejercerlas
que percibe ingresos muchas veces, sin que en el momento que quiera. Es decir que en una
este registrada en el padrón de carta invitación no se trata de un acto formal
contribuyentes, es evidente que el SAT tiene de fiscalización, ni del ejercicio formal de
todos los mecanismos electrónicos para facultades de comprobación por parte de las
cruzar información, una muestra es el pasado autoridades.
sorteo “¡El buen fin!” para poder revisar a
través matrices. En los casos más graves, la persona física que
incurrió en la falta puede ser acusada de
defraudación fiscal, delito tipificado en el físicas que no estén inscritas en el Registro
Artículo 109 del Código fiscal de la Federación Federal de Contribuyentes, o bien, que estándolo,
y el cual tiene pena corporal que puede no presenten las declaraciones a las que están
condenarse hasta 9 años de prisión. obligadas, o que aun presentándolas, declaren
ingresos menores a las erogaciones referidas.
Artículo 109.- Será sancionado con las mismas
penas del delito de defraudación fiscal, quien: PRESUNCION:
I. Consigne en las declaraciones que presente
para los efectos fiscales, deducciones falsas o La autoridad presume ingresos las
ingresos acumulables menores a los realmente erogaciones. Parte del razonamiento: Como
obtenidos o valor de actos o actividades menores gastas sino me declaras ingresos. Y es
a los realmente obtenidos o realizados o elemental hacer que los ingresos sean iguales
determinados conforme a las leyes. En la misma a los gastos o bien si tienes préstamos o pagas
forma será sancionada aquella persona física que con tarjeta hacer lo conducente contablemente
perciba ingresos acumulables, cuando realice en para no caer en esta hipótesis.
un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los
ingresos declarados en el propio ejercicio y no
compruebe a la autoridad fiscal el origen de la Para lo cual la autoridad en base con la
discrepancia en los plazos y conforme al información con que cuenta, y te preguntarás
procedimiento establecido en la Ley del Impuesto ¿Cual esa información? TODA LA
sobre la Renta RECABADA.

Ahora bien ¿Qué es la discrepancia fiscal? De Bancos fundamentalmente, Artículo 32-B.


Es la diferencia entre el monto de las - Las entidades financieras y sociedades
erogaciones y los ingresos declarados por una cooperativas de ahorro y préstamo tendrán las
persona física ante al SAT “Servicio de obligaciones siguientes:
administración tributaria” y sino declaro nada o
más aun, sino está inscrito además de cometer …”
una infracción al no inscribirse, todos los IV. Proporcionar directamente o por conducto de la
gastos, inversiones, compras con tarjeta de Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el
crédito o débito las tiene detectadas el SAT,
Retiro o de la Comisión Nacional de Seguros y
sabe dónde vacacionas, donde comes, donde Fianzas, según corresponda, la información de las
te hospedas, porque el dinero electrónico deja cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos,
huella, y máxime si solicitas un CFDI. créditos o préstamos otorgados a personas físicas
y morales, o cualquier tipo de operaciones, en los
El fundamento de la discrepancia se encuentra términos que soliciten las autoridades fiscales a
en el artículo 91 de la ley de impuesto sobre la través del mismo conducto.
renta, que reza lo siguiente: …”

La autoridad al observar que la persona física La ley de impuesto sobre la renta cita que la
realiza operaciones, las va sumando y información se reporta anual, no lo han
evidentemente entramos al tema de Presunción de reformado, sigue diciendo que es anual.
Ingresos, la autoridad dice que todo lo gastado
tuvo que haber entrado antes a tu cuenta o bien Artículo 55 fracción IV.- Proporcionar anualmente
como es una presunción Iuris tantum, admite a más tardar el 15 de febrero, la información de los
prueba en contrario, si bien es cierto te otorgan un depósitos en efectivo que se realicen en las
plazo para desvirtuar muchas ocasiones se pasan cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes
los términos, y son fatales con lo cual entra otra en las instituciones del sistema financiero….”
facultad del fisco, la facultad liquidadora que a
posteriori lleva incluso embargo de bienes hasta En el Reglamento de la ley de impuesto sobre
cubrir el llamado crédito fiscal a tu cargo.
la renta, la información que proporcionan los
Las erogaciones referidas en el párrafo anterior se bancos es mensual.
presumirán ingresos, cuando se trate de personas
Artículo 94.- Para efectos del artículo 55, fracción
IV de la Ley, se tendrá por cumplida tal obligación
cuando las instituciones del sistema financiero
opten por presentar de manera mensual la
información correspondiente, en los términos que
establezca el SAT mediante reglas de carácter
general.

Artículo 95.- Para efectos del artículo 55, fracción


IV de la Ley, también se entenderán como
depósitos en efectivo, las cantidades en efectivo
destinadas al pago de un crédito, préstamo o
financiamiento otorgado por una institución del
sistema financiero a una persona física o moral,
que excedan del monto adeudado por tales
conceptos.

De los notarios por medio de Declaranot


cuando hay enajenaciones de terrenos y
casas habitación y derivado de la ley anti
lavado proporcionando información las
agencias de autos, las joyerías, etc., también
hay cruce de información.

Artículo 42-A.- Las autoridades fiscales podrán


solicitar de los contribuyentes, responsables
Solidarios o terceros, datos, informes o
documentos, para planear y programar actos de
fiscalización, sin que se cumpla con lo dispuesto
por las fracciones IV a IX del artículo 48 de este
Código.

No se considerará que las autoridades fiscales


inician el ejercicio de sus facultades de
comprobación, cuando únicamente soliciten los
datos, informes y documentos a que se refiere este
artículo, pudiendo ejercerlas en cualquier
momento.

Y notificarán al contribuyente, el monto de las


erogaciones detectadas, la información que se Ahora bien, hay una regla interesante en torno
utilizó para conocerlas, el medio por el cual se a la discrepancia debemos declarar en la
obtuvo y la discrepancia resultante declaración anual, los préstamos, donativos y
premios, estando obligados a partir de los
600,000.00 (seiscientos mil pesos 00/100
M.N.)

3.11.1. Para los efectos de los artículos 90,


segundo y tercer párrafos, así como 138, último
párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas
residentes en México que únicamente obtuvieron
ingresos en el ejercicio fiscal por concepto de
préstamos, donativos y premios, que en lo
individual o en su conjunto excedan de
$600,000.00 (seiscientos mil pesos 00/100 M.N.),
deberán informar en la declaración del ejercicio L.C. & M.D.F. Juan Carlos Gómez Barrón.
fiscal, dichos ingresos. Correo: juancarlos@fiscalycontable.com
Teléfono: 791-916-0935.
Asimismo, las personas físicas que obtengan Whatsapp: 55-7282-4330.
ingresos por los que deban presentar declaración Facebook: Fiscalycontable
anual, además de los ingresos mencionados en el
Twitter: @fiscalycontable
párrafo anterior, quedarán relevados de presentar
el aviso de actualización de actividades Instagram: Fiscalycontable
económicas y obligaciones ante el RFC por los
ingresos exentos, siempre que se encuentren
inscritos en el RFC por los demás ingresos.

En la declaración anual es muy importante


reportar los datos informativos, de no hacerlo
se convierten en ingresos omitidos.

Recomiendo no mezclar las cuentas fiscales


con las tarjetas de crédito personales para
efectuar gastos y si lo haces, registrar bien el
movimiento y hacer el pago de ese gasto,
directo a la tarjeta para amarrar la erogación
y el pago, que hacemos usualmente, un
cheque a tu persona lo cobras en efectivo,
después lo gastas en efectivo, y es un error
común porque debes llevar un buen control,
jamás volver a depositar a las cuentas de
débito o crédito en efectivo porque nos lleva a
otra presuntiva de ingresos.

Realizar las deducciones y de tus ganancias,


gastar en lo que tu estilo de vida declarado en
el SAT te permita, y si lo rebasas justificar que
fue… Un ingreso por donativo, préstamo,
premio, entre otros, ya que la autoridad
siempre presumirá que se trata de un ingreso
presunto dando origen en su caso a un ingreso
omitido.

Conclusión: Los invito a revisar todos los


estados de cuenta bancarias tanto fiscales
como no fiscales, porque todas son
fiscalizables que estén a nombre de la persona
física para evitar contingencias con la
Autoridad hacendaria y declarar lo que sea
necesario, así como conservar la
documentación vinculada a fin de que si la
autoridad solicita a profundidad la tengamos a
la mano, de conformidad con el articulo 30 y
67 del multicitado código.
LA PARTICIPACIÓN DE LAS competente de la Federación, las Entidades
EMPRESAS DE SEGURIDAD Federativas y los Municipios, resulta ineludible
la necesidad de que la autoridad competente
PRIVADA EN LOS CASOS DE
reconozca y decrete una u otra de las
URGENCIA Y DESASTRE, EN situaciones que motivarán la actuación de las
AUXILIO A LA 89º2 ‘p8p’ PÚBLICA. prestadoras de servicios de seguridad privada.
Lic. Jorge Sánchez Yllanez.
jjsanchezyllanez@yahoo.com.mx Esta participación deberá basarse en
Protocolos de Actuación que especifiquen las
Recordemos que, en términos de la actividades a que deberá sujetarse la
Constitución Política de los Estados Unidos participación como auxiliares de la seguridad
Mexicanos, la Seguridad Pública es una pública, la forma en la que han de realizarse,
función del Estado a cargo de la Federación, los modelos y documentos estandarizados a
las entidades federativas y los Municipios; esto utilizar, así como las medidas concretas
es, es una responsabilidad ineludible e necesarias para verificar y evaluar la labor
indelegable de las autoridades realizada.
gubernamentales de los tres poderes del
gobierno. Dichos cuerpos normativos mediante criterios
generales de actuación asegurarán el
En específico señala la norma que, esta desempeño homogéneo de los particulares
función se constriñe a la salvaguarda de la prestadores de los multicitados servicios de
vida, las libertades, la integridad y el protección.
patrimonio de las personas, así como
contribuir a la generación y preservación del En todo momento, habrá de considerarse
orden público y la paz social. como empatarán los programas y acciones
que deben desempeñar las instituciones
Así, el conjunto de principios de orden gubernamentales integrantes del Sistema
superior, políticos, económicos, morales y Nacional de Seguridad Pública que
algunas veces religiosos, a los cuales una correspondan, durante la emergencia o
sociedad considera estrechamente vinculados desastre, con los correspondientes a las
a su existencia y a la conservación social personas del sector privado prestadoras de
establecida constituyen el Orden Público. servicios de seguridad privada.
Por otra parte, la Paz Social es el bienestar de En efecto, los mencionados protocolos de
la sociedad, en el que se desarrollan objetivos actuación habrán de considerar cada una de
y metas para la prosperidad de sus las modalidades consignadas en las
integrantes, dentro de un Estado organizado autorizaciones y revalidaciones expedidas por
jurídica y políticamente. la autoridad competente.
En este esquema, además, la precitada De esta forma, la participación de las
seguridad pública incluye (por mandato autorizadas para desempeñar la función de
Constitucional), la prevención, investigación y seguridad privada en casos de urgencias o
persecución de los delitos, así como la sanción desastres tendrá que ser enmarcada por el
de las infracciones administrativas, a cargo de servicio registrado. Es decir, tendrán tareas
la Federación, las Entidades Federativas y los diferentes según las características del
Municipios en sus respectivas competencias. servicio autorizado, de conformidad con los
servicios siguientes:
Ahora bien, al establecer la normativa de la
materia que, los servicios de seguridad
• Seguridad privada a personas.
privada son auxiliares en la función de
Consiste en la protección, custodia,
Seguridad Pública en situaciones de urgencia,
salvaguarda, defensa de la vida y de la
desastre o cuando así lo solicite la autoridad
integridad corporal del prestatario;
• Seguridad privada en los bienes. Se recursos humanos, procedimientos, equipos
refiere al cuidado y protección de destinados al desempeño de sus funciones
bienes muebles e inmuebles; relatadas, con los fines públicos de
• Seguridad privada en el traslado de salvaguardar de la vida, las libertades, la
bienes o valores. Consiste en la integridad y el patrimonio de las personas, la
custodia, vigilancia, cuidado y generación y preservación del orden público y
protección de bienes muebles o la paz social, así como a la prevención,
valores, incluyendo su traslado; investigación y persecución de los delitos,
• Servicios de alarmas y de monitoreo propios de la Seguridad Pública.
electrónico. La instalación de sistemas
de alarma en vehículos, casas, oficinas, En estos términos la participación de las
empresas y en todo tipo de lugares que personas prestadoras de servicios de
se quiera proteger y vigilar, a partir del seguridad privada, no colma los
aviso de los prestatarios, así como requerimientos de ser auxiliar de la Seguridad
recibir y administrar las señales Pública con la información que habitualmente
enviadas a la central de monitoreo por que presentan.
los sistemas, y dar aviso de las mismas,
tanto a las autoridades Es entonces que, para cumplir eficientemente
correspondientes como a los usuarios con el mandato de la porción normativa
de los sistemas y equipos, así como a materia de este ensayo, se torna
los prestatarios, en forma inmediata; indispensable contar con personal idóneo;
• Seguridad de la información. Consiste para lo cual, es importante atender además de
en la preservación, integridad y los objetivos y protocolos de actuación, a los
disponibilidad de la información del perfiles y formación de quienes participarán en
prestatario, a través de sistemas de la labor de seguridad pública y de los
administración de seguridad, de bases correspondientes a la seguridad privada, para
de datos, redes locales, corporativas y hacer eficaz y eficiente la tarea de auxilio a
globales, sistemas de cómputo, estudio.
transacciones electrónicas, así como
respaldo y recuperación de dicha Bajo estas condicionantes destaca, como
información, sea ésta documental, muestra, el hecho que es requisito de ingreso
electrónica o multimedia; al Servicio de Protección Federal, el contar con
• Sistemas de prevención y Certificado Oficial de nivel medio superior; de
responsabilidades. Se refieren a similar forma para incorporarse a la Policía
obtener informes de antecedentes, Bancaria e Industrial de la Ciudad de México
solvencia, localización o actividades de es necesario contar con Certificado Oficial de
personas, y nivel medio superior, con la posibilidad de
• Actividad vinculada con servicios de iniciar con secundaria, comprometiéndose a
seguridad privada. Se refiere a la concluir su educación media superior, en un
actividad relacionada directa o plazo máximo de veinticuatro meses a partir de
indirectamente con la instalación o la fecha de alta en la Corporación.
comercialización de sistemas de
blindaje en todo tipo de vehículos Para el caso de las personas que proporcionan
automotores, y de los equipos, servicios de seguridad privada en la Ciudad de
dispositivos, aparatos, sistemas o México, los elementos que deseen obtener la
procedimientos técnicos licencia correspondiente deben acreditar
especializados. mediante certificado correspondiente haber
recibido al menos enseñanza secundaria.
Como se observa, las consideraciones
referidas en los párrafos anteriores reflejan la La diferencia de escolaridad requerida, marca
relevancia de hacer compatibles los objetivos, diferencia de formación educativa. Al respecto,
la Ley General de Educación Pública,
diferencia los grados de educación al señalar escenarios de urgencia, desastre o cuando así
que la educación básica está compuesta por el lo solicite la autoridad competente, deberá ser
nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria, profesional, responsable; con los elementos,
así como la educación media superior tecnología, equipo, y experiencia propios de la
comprende los niveles de bachillerato, de actividad que les fue autorizada.
profesional técnico bachiller y los equivalentes
a éste, así como la educación profesional que Lic. Jorge Sánchez Yllanez.
no requiere bachillerato o sus equivalentes. Correo: jjsanchezyllanez@yahoo.com.mx
Móvil: 55-3415-2017
Ahora bien, bajo esta realidad, resalta como
área de oportunidad, “la capacitación" dentro
de la coordinación entre las instituciones del
Sistema Nacional de Seguridad Pública y las
empresas prestadoras de servicios de
seguridad privada, estas últimas bajo la
característica de auxiliares, en situaciones de
urgencia, desastre o cuando así lo solicite la
autoridad competente de la Federación.

No colma este requerimiento el que la


normativa de la materia disponga “La
capacitación que se imparta será acorde a las
modalidades en que se autorice el servicio, y
tendrá como fin que los elementos se
conduzcan bajo los principios de legalidad,
eficiencia, profesionalismo y honradez
señalados en la Ley General que Establece las
Bases de Coordinación del Sistema Nacional
de Seguridad Pública”.

Tampoco que “El Prestador de Servicios debe


proporcionar a su personal operativo, cursos
acordes con la modalidad autorizada y en
materia de derechos humanos por lo menos
una vez al año, para cumplir con la
actualización permanente”.

En estos términos, los planes y programas de


capacitación y adiestramiento, acordes a cada
modalidad en que se presta el servicio,
deberán privilegiar, en específico, la
adquisición o reforzamiento de conocimientos
teóricos y prácticos que ayuden al personal
aludido, a mantenerse actualizados y a
fortalecer su capacidad de respuesta ante los
cambios que se producen en su entorno como
emergencias o desastres conforme la
definición referida al inicio del presente
artículo.

Así la participación de la Seguridad Privada en


apoyo a la Seguridad Pública en los
Conectando con tú Radio&TV Iustitiae.

Solución Legal y Contable - 43. Solución Legal y Contable - 45.


La Defensa frente a la Reforma que impone la La Defensa Legal Contra Embargos de Cuentas a
responsabilidad penal a los dictaminadores y a través del Buzón Tributario.
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