11.00 Informe de Conformidad de Val 05 - Ubs Shinua
11.00 Informe de Conformidad de Val 05 - Ubs Shinua
11.00 Informe de Conformidad de Val 05 - Ubs Shinua
INFORME Nº 11–2023–MDT/ODUR/UEPyO/J-ACCJ
REFERENCIA :
a) CARTA N° 002-2023-CHYHI/SO
b) OBRA: “CREACION DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO
BASICO RURAL CON UNIDADES BASICAS DE
SANEAMIENTO (UBS) Y BIODIGESTORES EN EL
CASERIO DE SHINUA, DEL DISTRITO DE TARICA –
PROVINCIA DE HUARAZ – DEPARTAMENTO DE
ANCASH” CUI:2474089.
I. BASE LEGAL:
187.1. La Entidad controla los trabajos efectuados por el contratista a través del inspector o
supervisor, según corresponda, quien es el responsable de velar directa y permanentemente por la
correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato,
además de la debida y oportuna administración de riesgos durante todo el plazo de la obra,
debiendo absolver las consultas que formule el contratista según lo previsto en los artículos
siguientes. En una misma obra el supervisor no puede ser ejecutor ni integrante de su plantel
técnico.
187.2. El inspector o el supervisor, según corresponda, está facultado para ordenar el retiro de
cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que, a su juicio, perjudiquen
la buena marcha de la obra; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala
calidad o por el incumplimiento de las especificaciones técnicas y para disponer cualquier medida
generada por una emergencia. No obstante lo señalado, su actuación se ajusta al contrato, no
teniendo autoridad para modificarlo.
187.3. El contratista brinda al inspector o supervisor las facilidades necesarias para el
cumplimiento de su función, las cuales están estrictamente relacionadas con esta
194.1. Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y son elaboradas el último día de
cada período previsto en las Bases, por el inspector o supervisor y el contratista.
194.3. En las obras contratadas bajo el sistema a precios unitarios se valoriza hasta el total de los
metrados realmente ejecutados, mientras que en el caso de las obras bajo el sistema de suma
alzada se valoriza hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.
194.5. Los metrados de obra ejecutados se formulan y valorizan conjuntamente por el contratista y
el inspector o supervisor, y son presentados a la Entidad dentro de los plazos que establezca el
contrato. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el
contratista, este la efectúa. El inspector o supervisor revisa los metrados durante el periodo de
aprobación de la valorización.
194.6. El plazo máximo de aprobación por el inspector o el supervisor de las valorizaciones y su
remisión a la Entidad para periodos mensuales es de cinco (5) días, contados a partir del primer día
hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva, y es cancelada por la Entidad en fecha no
posterior al último día de tal mes.
III. ANTECEDENTES:
Mediante CARTA N° 002-2023-CHYHI/SO, de fecha 13 de Febrero del 2023, el Supervisor remite la
Conformidad de la valorización N° 05 – Noviembre 2022.
La Obra tiene un avance mensual de 2.41% y un avance acumulado del 56.39%. Versus el avance
programado que es de 23.99% y el avance programado acumulado de 88.22%.
La obra se encuentra ATRASADO en un 31.83% con respecto a lo programado.
RETENCION, por garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato
original, conforme lo establece el Art. 149 de la Ley de Contrataciones del Estado, según informa EL
SUPERVISOR DE OBRA, se realizó en las primeras valorizaciones.
IV. REVISIÓN:
V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:
Es todo cuanto informo a usted y aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi
especial estima y consideración personal.
Atentamente.
c.c Archivo.
File Arch. ODUR/UEPyO_MDT
File Personal