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1-Presentación La Sentencia
1-Presentación La Sentencia
1-Presentación La Sentencia
CONSTITUCIÓN
La Constitución es la ley suprema de un Estado que establece su
organización, su funcionamiento, su estructura política y los
derechos y garantías de los habitantes de ese estado.
Diferencias:
Las sentencias son definitivas, terminan procesos y adquieren la autoridad
de la cosa juzgada, los autos y resoluciones se pueden solicitar varias
veces ya que no adquieren dicha autoridad.
Los autos y resoluciones son puramente administrativos, mientras que las
sentencias son dictadas de forma contradictoras.
Las resoluciones resuelven problemas individuales que no conllevan
conflictos. E.J. Corrección de errores materiales.
Sentencias Definitivas
Concepto:
son las que en su dispositivo resuelven todo o parte
de lo principal, una excepción de procedimiento, un
fin de inadmisión o todo otro incidente, que
desapodere al Juez.
Efecto
a) Desapodera al Juez.
b) Abre el Plazo para los recursos.
Sentencias de antes de hacer derecho
o de instrucción.
Concepto: Son aquellas que se limitan en su dispositivo a
ordenar una medida preparatoria, interlocutoria o
provisional. Son rendidas antes de decidir el fondo y se
dictan en el curso del proceso
Características.
a) En cuanto a lo principal, no tienen autoridad de cosa
Juzgada.
b) No desapodera al Juez.
c) No se puede atacar por el recurso (preparatorias).
Sentencias de antes de hacer derecho.
http://www.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/
sentencias_destacadas/SD_sentencia_civil_del_10_
de_septiembre_de_2014.pdf
Efectos Sentencia Interlocutorias.
El Juez debe verificar la medida de instrucción antes
de fallar el fondo, excepto cuando las partes
renuncian a las medidas o la ejecución de la
sentencia interlocutoria resulta imposible. (muere un
testigo).
La Sentencia interlocutorias, aunque prejuzga el
fondo, no liga al Juez. No es motivo de inhibición.
Sentencias Mixtas
Concepto: Son las que resuelven una parte de lo
principal y a la vez ordenan una medida de
instrucción o una provisional. Contiene dos
disposiciones distintas. Ej. Sentencia de Partición.
Daños y perjuicios que ordena la liquidación por
Estado.
Sentencias Contradictorias
Concepto: Son aquellas que se dictan cuando
ambas partes han comparecido en persona o a
través de constitución de abogado.
Efectos.
a) Plazos para notificación. (6 meses desde su
pronunciamiento).
b) Plazo para el recurso. (art 443 ley 845).
c) Forma de notificación.
Sentencias Ordinarias
Efectos.
A) Nulidad de la Sentencia
B) Revocación de la Sentencia
Reglas de la Sentencia.
Art. 141.- La redacción de las sentencias contendrá los nombres de los
jueces, del fiscal y de los abogados; los nombres, profesiones y domicilio
de las partes; sus conclusiones, la exposición sumaria de los puntos de
hecho y de derecho, los fundamentos y el dispositivo.
Art. 142.- La redacción se hará por las cualidades notificadas entre las
partes: de consiguiente, la parte que quisiere obtener copia de una
sentencia contradictoria, estará obligada a notificar al abogado de su
adversario; las cualidades que contengan los nombres, profesiones y
domicilios de las partes, las conclusiones y los puntos de hecho y de
derecho.
Hora: deben ejecutarse desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) hasta las
seis de la tarde (6:00 p.m).
Condiciones:
A) debe ser compatible con la naturaleza del asunto.
B) Debe existir necesidad de la ejecución.
Suspensión.
A) cuando este prohibida por la Ley.
B) Si hay riesgos que entrañen consecuencias manifiestamente excesivas.
Condiciones:
A) No debe contener conclusiones nuevas.
B) No puede estar acompañada de pruebas nuevas.
C) Debe ser preciso en cuanto a los puntos a tocar.
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