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Audiencia Incidente Levantamiento MP

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AUDIENCIA INCIDENTE LEVANTAMIENTO
MEDIDA DE PROTECCIÓN

AUDIENCIA DE INCIDENTE DE LEVANTAMIENTOS DE LA MEDIDA DE PROTECIÓN No.


_________________

Ciudad y fecha, (día) (00) de (mes) de dos mil (año) (20__)

Siendo las _________ (00:00) de la mañana/tarde, se declara abierta la audiencia con presencia
de la Comisaria de Familia, con el fin de agotar el procedimiento legal dispuesto en la Artículo 18
de la Ley 294 de 1996, modificada por el Artículo 12 de la Ley 575 de 2000, de acuerdo con el
incidente de cesación de efectos promovido por la o el señor(a)
__________________________________, en relación con la medida de protección adoptada por
este Despacho el día ( ) de (mes) de (año) en su contra y a favor de la niña
_________________________________ de (edad) años de edad.

A la hora indicada comparece la señora ____________________________________ en calidad


de incidentante, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No.
__________________expedida en _____________________, refiere estar domiciliada en esta
ciudad y reporta como dirección de residencia y notificación la
_______________________________________, teléfono__________________, correo
electrónico ______________________________ y autorizo que por este medio me sean enviadas
comunicaciones y/o notificaciones, y aporta la siguiente información: edad: (años) años, estado
civil: _______________; nivel de estudios: __________________________________; ocupación:
______________________________ y devengo un salario mensual de (valor ingresos);
discapacidad:_________________; afiliación a salud: en E.P.S. __________________ cómo
(cotizante/beneficiario); convive con: ________________________________.

Así mismo, asiste el/la señor(a)_____________________________________________, en


calidad de progenitor(a) de la niña, niño o adolescente
___________________________________________, identificado con la cédula de ciudadanía
No. ________________ expedida en ______________, refiere estar domiciliado en el municipio
de ________________________ y reporta como dirección de residencia y notificación la:
___________________________________, teléfono: _________________, correo electrónico:
_____________________________ y autorizo que por este medio me sean enviadas
comunicaciones y/o notificaciones, y aporta la siguiente información: edad: ______ años, estado
civil: _____________; nivel de estudios: ______________; ocupación: __________________ y
devengo un salario de $_____________mensuales; discapacidad: _____________; afiliación a
salud: en E.P.S. ____________ cómo (cotizante/beneficiario); convive con:
_____________________________.

Se deja constancia que, pese a que no obra en el plenario constancia de notificación realizada
al/la señor(a) __________________________________, por haberse enviado la misma a través
de correo certificado atendiendo al lugar de domicilio de aquél, se cuenta con la radicación de la
documentación en la oficina de correspondencia y el/la señor(a)
________________________________comparece en la presente fecha y refiere expresamente
tener conocimiento del presente trámite, por lo que se entiende notificado por conducta
concluyente.

En virtud del artículo 52 de la Ley de Infancia y Adolescencia, pasa el Despacho a verificar el


estado de cumplimiento actual de derechos de __________________________________de
______ años de edad, encontrando que, según la información suministrada por los
comparecientes (no aportan documentación), la niña está bajo la custodia del/la señor(a)
___________________________________ por disposición de este Despacho, empero, está bajo
la custodia de hecho de la progenitora _________________________________; se encuentra
reconocida por el padre, el señor _______________________________ tal como obra en su
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MEDIDA DE PROTECCIÓN

Registro Civil de Nacimiento con NUIP No. ___________________, registrada en la notaría ____
de esta ciudad. Así mismo se verifica que se encuentra completo el esquema de vacunación de la
niña para su edad y que se encuentra afiliada a la E.P.S. _______________ por parte de la
progenitora. Según lo manifestado por los comparecientes, las actuales condiciones de salud
física y emocional de la niña son buenas y se encuentra vinculada al sistema educativo en el
colegio ______________________________, grado ___________ jornada _______________.
Conforme a las exigencias de Ley, se ilustra a las comparecientes sobre el objeto de la audiencia,
en especial el previsto por el artículo 18 de la Ley 294 de 1996, esto es lo relacionado con la
terminación o modificación de los efectos de las medidas de protección adoptadas a favor de la
niña ______________________ el día ___ de ___________ de 20___.

En primer lugar, se pone en conocimiento de los comparecientes el informe de servicio de


Atención Psicológica de fecha _________ de __________ de 20___ enviado por la psicóloga
___________________________________, así como el informe de la entrevista psicológica
practicada a la niña ____________________ el día ______ de noviembre de 20__.

Acto seguido, se le concede el uso de la palabra a al/la señor(a)


__________________________________ a efectos de que dé a conocer al Despacho si su deseo
es ampliar, adicionar o enmendar algo a la solicitud elevada ante este Despacho los días ____ de
____________ y ____ de ______ de 20__, y al respecto refiere:

“______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________”

Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al/la señor(a)


________________________________________ a efectos que dé a conocer al Despacho su
versión acerca de las pretensiones del/la señor(a) ___________________________________,
respecto de la cesación de los efectos de la medida de protección existente a favor del niño, niña y
adolescente, y al respecto manifiesta:

“______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
________________.”

Ahora bien, para efectos de establecer la viabilidad de lo pretendido por el/la señor(a)
_____________________________________, el Despacho deberá entrar a decretar pruebas
tendientes a establecer si se han superado o no las circunstancias que dieron origen a las
medidas de protección adoptadas a favor del niño, niña o adolescente
_________________________________________ mediante proveído calendado (día)_____ de
(mes)_________ de (año)______.

Así las cosas, el Despacho considera útil y pertinente decretar las siguientes pruebas:
a. A petición del/la señor(a) __________________________________________:

- Téngase como prueba el informe de servicio de Atención Psicológica de fecha (día) __________
de (mes)___________ de (año) ______ enviado por la psicóloga ________________________.

b. A petición del/la señor(a) _________________________________________:

- Téngase como prueba el Informe de entrevista psicológica practicada al niño, niña o adolescente
____________________________________ el día ____ de (mes) __________ de 20___.

c. De oficio:
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MEDIDA DE PROTECCIÓN

- Téngase como prueba el informe de seguimiento a la Medida de Protección No.


- Téngase en cuenta lo manifestado por el/la señor(a) ____________________________
mediante memorial radicado en este Despacho el pasado (día) ____ de (mes) ________ de
20___.

- Téngase como prueba lo manifestado por el/la señor(a)


_________________________________ en la presente audiencia.

El decreto de pruebas queda notificado en estrados.

VALORACION DE LAS PRUEBAS

Según lo manifestado por la señora _________________________________________________

Por su parte, el señor ____________________________________________________________

Obra en el plenario el informe de servicio de Atención Psicológica de fecha (día) de (mes) de (año)
enviado por la psicóloga _____________________________ en el que la profesional conceptúa:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________

En virtud de que en el expediente obran suficientes elementos de convicción, que permiten a esta
instancia resolver la situación litigiosa, tal como lo señala el artículo 22 del Decreto 2591 de 1991,
es del caso entrar a emitir decisión, sin necesidad de practicar más pruebas o insistir en otras que
pudiesen practicarse.

Estando el asunto para decisión y no habiéndose encontrado vicio de nulidad que afecte hasta
ahora lo actuado, se procederá a ello, previas las siguientes:

CONSIDERACIONES:

El artículo 4 de la Ley 294 de 1996, modificado por el artículo 1 de la Ley 575 de 2000, otorgó
competencia a los Comisarios de Familia, para conocer de los asuntos relacionados con la
protección de las víctimas de violencia intrafamiliar. Esta disposición legal es reglamentaria del
artículo 42 de la Constitución Política, el cual prevé una especial protección a la Familia.

Las medidas de protección, previstas a favor de los miembros de una familia, se constituyen en un
mecanismo encaminado a obtener la protección inmediata de los derechos constitucionales
fundamentales que puedan llegar a ser afectados, vulnerados o amenazados por situaciones de
maltrato infantil y violencia en el contexto familiar, cualesquiera sean las circunstancias en que
estas se den.

La protección de raigambre constitucional brindada a los menores de edad, encuentra su


desarrollo en la Ley de Infancia y adolescencia, asignando no solo a las autoridades el deber de
protección, sino a la sociedad y a la familia, esta última como la primera respondiente de la
garantía de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El artículo 39 de la Ley de Infancia y Adolescencia, señala como una obligación de la familia, la de


promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus
integrantes, señalando que cualquier forma de violencia que los afecte, se considerará destructiva
de su armonía y unidad y por lo tanto será sancionada conforme a derecho.
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MEDIDA DE PROTECCIÓN

El artículo 18 de la Ley 294 de 1996, modificado por el artículo 12 de la Ley 575 de 2000, señaló
que en cualquier momento, las partes, el Ministerio Público, el Defensor de Familia, demostrando
plenamente que se han superado las circunstancias que dieron origen a las medidas de
protección interpuestas, podrán pedir al funcionario que expidió la orden la terminación de los
efectos de las declaraciones hechas y la terminación de las medias ordenadas.

En el presente asunto, el/la señor(a) ____________________________ solicitó al Despacho que


se dejaran sin efectos las medidas de protección adoptadas a favor de su hijo(a)
_________________________________________________ mediante proveido de fecha (día) de
(mes) de 20XX por considerar que es garante de los derechos de la niña y que no existe riesgo
alguno para la integridad de ésta al convivir con ella, sumado a que se vinculó a proceso
terapéutico y ha tenido cambios evidentes en la forma de relacionarse con su hija y manejar sus
emociones.

Frente a tal solicitud y a lo manifestado por el/la niño(a)


__________________________________, el/la señor(a)
____________________________________, en calidad de progenitor de ésta refiere la
importancia de respetar la opinión y el deseo de su hija, quien expresó su deseo de permanecer
bajo el cuidado de la progenitora; al tiempo, acota que no ha tenido conocimiento de nuevos
hechos de maltrato hacia el/la niño(a) por parte del/la señor(a)
_________________________________.

Corroborando lo anterior, obra documentación en el plenario, que da cuenta de la vinculación y


asistencia del/la señor(a) ____________________________________ al proceso al que fue
remitida, y los resultados favorables del mismo en el mejoramiento de las relaciones familiares y el
fortalecimiento de la relación materno-filial.

Así las cosas, del examen individual y en conjunto de las declaraciones y pruebas allegadas al
proceso, se logra establecer que la accionada ha acatado las órdenes del Despacho en pro del
restablecimiento de los derechos de su hijo(a) _________________________________________.

Sumado a ello, es menester señalar que no obra reporte alguno en el plenario, que señale que por
parte del/la señor(a) __________________________________ se hayan vuelto a presentar
situaciones que comporten vulneración de derechos de su hijo(a), o que permita inferir que al
estar bajo su custodia se encuentra en riesgo; sino por el contrario, de lo manifestado por el/la
niño(a) y por la profesional de psicología que lidera su proceso terapéutico, se infiere que la
relación, trato y comunicación entre ____________________________________ y su progenitora
son asertivas, que existe un vínculo afectivo estrecho y que aquella brinda elementos protectores
al niño(a).

En consecuencia, y como quiera que se ha demostrado la superación de las circunstancias que


dieron origen a la imposición de medidas de protección a favor del niño(a)
________________________________ y en contra de su progenitora
______________________________, se accederá a la petición de ésta y, en consecuencia, se
dejarán sin efectos las medidas de protección adoptadas en proveído de fecha (día) de (mes) de
20XX, respecto del niño(a).

Es de anotar, que la medida de protección a favor de


_____________________________________ y en contra de
____________________________________ continúa vigente, toda vez que respecto de la misma
no se hizo solicitud de cesación.
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Ahora bien, como quiera que en los informes allegados por las profesionales en psicología, éstas
mencionan las referencias realizadas por ________________________________ frente al
involucramiento del niño(a) por parte del señor(a) ________________________________ en
conflictos que presenta con la señor(a) ________________________________________, se
procederá a hacer un llamado de atención a aquél para que dirima sus diferencias con la
progenitora de su hijo(a) en términos asertivos, absteniéndose de involucrar al niño(a) en los
mismos, así como de realizarle comentarios encaminados a desdibujar la imagen de la
progenitora, debiendo en su lugar, garantizarle un ambiente sano, ejemplar y respetuoso de sus
derechos. Así mismo, se le exhortará para que se vincule a proceso terapéutico orientado a
adquirir herramientas para la comunicación asertiva, la crianza positiva y el fortalecimiento de la
relación paterno- filial.

En relación con los presuntos golpes ocasionados por el señor(a)


____________________________________ al niño(a), se solicitará a la psicóloga
_____________________________________ una ampliación de su informe, a efectos de que
informe al Despacho si _____________________________ hizo referencia a circunstancias de
tiempo, modo y lugar que rodearon los mismos. Una vez se cuente con ello, se dará el trámite que
en derecho corresponda.

En mérito de lo expuesto, la COMISARIA DE FAMILIA

RESUELVE:
PRIMERO: DEJAR SIN EFECTOS LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN ADOPTADAS por este
Despacho el día ____de _____ de 20XX a favor del niño(a) ______________________________
y en contra de ________________________________, por lo expuesto en los considerandos.

SEGUNDO: INFORMAR a las partes que las medidas de protección adoptadas en providencia de
fecha ______________________ a favor del señor(a) _____________________________y en
contra del señor_______________________________ continúan vigentes.

TERCERO: EXHORTAR al señor(a) __________________________________ para que dirima


sus diferencias con el señor(a) _____________________________________ en términos
asertivos, absteniéndose de involucrar a su hijo(a) _________________________________ en
sus conflictos, así como de realizarle comentarios encaminados a desdibujar la imagen de la
progenitora, debiendo en su lugar, garantizarle a la niña un ambiente sano, ejemplar y respetuoso
de sus derechos.

CUARTO: EXHORTAR al señor(a) ___________________________________ para que se


vincule a proceso terapéutico orientado a adquirir herramientas para la comunicación asertiva, la
crianza positiva y el fortalecimiento de la relación paterno- filial.

QUINTO: SOLICITAR a la psicóloga ___________________________________ una ampliación


del informe de fecha _________________________, a efectos de que informe al Despacho si el
niño(a) _______________________________ hizo referencia a circunstancias de tiempo, modo y
lugar en que al parecer su progenitor ___________________________ la golpeó. Una vez se
cuente con lo anterior, se dará el trámite que en derecho corresponda. Ofíciese.

SEXTO: NOTIFICAR a los señores ______________________________________ la presente


decisión en los términos del artículo 16 de la Ley 294 de 1996, modificado por el artículo 10 de la
Ley 575 de 2000. Los comparecientes quedan notificados en estrados.

SEPTIMO: contra la presente decisión procede el recurso de apelación en efecto devolutivo el cual
debe ser interpuesto en la presente diligencia so pena de declararse extemporáneo.

SÉPTIMO: por secretaría expídase copia de la presente decisión y hágase entrega de la misma a
las partes.
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OCTAVO: ADVERTIR a las partes que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del
artículo 7 del Decreto 4799 de 2011, cualquier cambio de residencia o lugar donde recibirán
notificaciones deberá ser informado a este Despacho, toda vez que en caso de no hacerlo se
tendrá como tal, la última aportada para todos los efectos legales.

En este estado de la diligencia, una vez se dio lectura por los comparecientes, manifiestan estar
de acuerdo con el contenido de la decisión y no interponen recurso.

Por lo anterior, queda en firme la providencia, siendo las (hora) de la mañana/tarde.

La/ El Comisaria(o),

Las partes

_______________________ ______________________________

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