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pc3 Juridico
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PRINCIPALES Y ACCESORIOS?
Son aquellos donde el acto jurídico existe
de manera autónoma e independiente y,
por esta misma circunstancia no se
encuentra en relación de dependencia de
ningún otro acto jurídico o situación
existente.
principales
El texto nos dice que los actos jurídicos
pueden ser de dos clases:
o accesorios
Si se extingue el acto
principal, el accesorio
PRINCIPALES ACCESORIOS también se extingue,
pero no al contrario.
Por ejemplo, en un mutuo
existen por sí solos, tienen son aquellos cuya existencia hipotecario, la nulidad del
vida propia, su existencia no depende de la existencia de mutuo (acto principal)
depende de la existencia de otros actos a los cuales conlleva la ineficacia de la
otros actos,. acceden. hipoteca (acto accesorio),
el matrimonio la fianza porque la hipoteca no puede
la compraventa la garantía mobiliaria existir sin un acto principal
el depósito la hipoteca al cual accede como
el mutuo. el pacto de retroventa. garantía, pero la nulidad de
la hipoteca no afecta al
mutuo.
ACTOS PUROS ACTOS MODALES
Actos puros y simples son los que son los que además de reunir los
reúnen solamente los elementos o requisitos esenciales para su
requisitos esenciales comunes a validez, presentan además ciertos
todo acto jurídico (capacidad del elementos accidentales que
agente, objeto, forma) y los postergan o ponen fin a la eficacia
elementos esenciales específicos del acto (plazo), o que inciden en la
del acto jurídico de que se trata existencia de los efectos del acto
(ejemplo, la transferencia de la (condición), o que imponen una
propiedad y el pago del precio en obligación a cargo del beneficiario
dinero, si es una compraventa) con un acto de liberalidad (cargo).