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Resumen de Unidad 1
Resumen de Unidad 1
Resumen de Unidad 1
A continuación, se presentan las definiciones que estarán presentes a lo largo del texto.
Ética. Parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del ser humano.
Es considerada una teoría del carácter y de las costumbres. Asimismo, constituye una
rama de la axiología que aborda asuntos relacionados con lo bueno o lo malo desde el
punto de vista de la moral.
Moral. Perteneciente o relativo a las acciones de las personas, desde el punto de vista
de su obrar en relación con el bien o el mal y en función de su vida individual y, sobre
todo, colectiva.
Juicio moral. Acto mental que permite diferenciar entre lo correcto y lo incorrecto.
Valoración de una acción que realiza una persona al juzgar si es buena o mala.
Cada persona es un ser único, indivisible e irrepetible. Tiene identidad propia, posee
cuerpo, alma, sentimientos, conciencia, capacidad creadora, inteligencia y voluntad.
Con estas capacidades el ser humano puede transformarse a sí mismo y al mundo que
lo rodea. En otras palabras, tiene la capacidad de trascender.
Definición de ética
La ética ha estado presente siempre en los individuos como reguladora de los actos
humanos, exhortando a cada persona a pensar sobre lo que es bueno y malo, y de esa
manera guiar sus acciones, las cuales determinarán su desarrollo en la sociedad. Para
Velásquez (2000), la ética es la actividad de examinar los estándares morales de uno
mismo o de la sociedad y de preguntarse cómo se aplican a nuestras vidas y si son
razonables o no. Por consiguiente, uno empieza a hacer ética cuando toma los
estándares morales asimilados de la familia, la iglesia y los amigos, y se pregunta:
¿Tienen sentido para mí? ¿Por qué continuar creyendo en ellos? ¿Son razonables sus
implicaciones en una situación determinada? ¿Se justifica que los aceptemos y
apliquemos a las elecciones que rigen nuestras vidas?
La palabra ética proviene del griego ethikós, que a su vez se deriva de otro vocablo,
ethos, que significa costumbre o hábito.
En latín, la palabra costumbre se designa con el término mos, moris, el cual también se
traduce como moral. Debido a dicha derivación etimológica es común llamar moral a la
ética.
Costumbre (ethos)
Ésta hace alusión a la repetición de actos no mecánicos, como los de una máquina (por
más automática que ésta parezca); no se refiere a los actos de los animales, los cuales
son impulsados por el mero instinto. En la costumbre (ethos), los actos se repiten de
manera consciente, de acuerdo con la razón, la voluntad y las consecuencias que
acarrearía actuar de determinada manera; sin tales características, la costumbre no
sería diferente del obrar de los animales o del movimiento de las cosas.
El significado del concepto costumbre (ethos) se distingue del uso común de la palabra
en que ethos conlleva un carácter moral, mientras que el significado común alude a una
mera repetición, quizá mecánica, de ciertos hechos. El carácter moral consiste en el
modo de ser del hombre mediante el cual conoce, juzga y actúa de acuerdo con el bien
y el mal. La costumbre representa la condición humana; es como una marca y, por
tanto, se convierte en su carácter propio, en su modo de ser, en su naturaleza.
La ética es una rama de la filosofía que estudia el sentido de los actos humanos y su
relación con el bien. Proviene del griego ethos, que significa carácter, costumbre, y
tiene las siguientes características:
La ética se divide en ética teórica o general, y ética práctica o especial. La ética teórica
o general investiga los principios generales que rigen al acto moral, a la naturaleza de
la voluntad, de la libertad y de la conciencia; se pregunta por la posible existencia de un
fin último del hombre, por la obligatoriedad moral y sus fundamentos.
Por su parte, la ética práctica o especial se cuestiona sobre el qué hacer para que el
individuo logre una vida honesta, feliz y placentera. Procura descubrir también los
derechos del hombre tanto en lo individual como en lo social.
Al conocer el significado de la ética podría pensarse que tiene relación de estudio con
todas las demás ciencias conocidas, sobre todo porque involucra al hombre y su
comportamiento de la misma forma en que las demás ciencias involucran al hombre y
sus diferentes facetas y aspectos. Lo importante es que la ética, al igual que otras
ciencias, busca una verdad que integra al ser humano, sus conocimientos y
comportamientos dentro de una sociedad que se ve beneficiada. Otro aspecto de la
ética que se debe analizar es la tendencia de ésta por justificar, analizar y fundamentar
la forma de vida, los principios y las bases morales.
Cabe resaltar que la ética tiene como objeto de estudio a la moral, la cual se puede
definir como un conjunto de reglas que regulan la conducta del hombre frente a
situaciones y miembros de la sociedad a la que pertenece. Por tanto, puede decirse
que la moral es básica para la vida humana.
Según Escobar (1990), al afirmar la importancia de los valores morales, los cuales
están circunscritos a la moral, se concluye que la moral es el objeto o tema de estudio
de la ética. Pero como la moral tiene un carácter humano y social, es posible ampliar
Sentido sociocultural
A lo largo de la vida, las personas enfrentamos numerosos juicios éticos. Por ejemplo,
en la escuela nos preparan para hacer juicios éticos en relación con aquellas acciones
que convengan mejor a nuestro propósito de ser personas honradas y honestas, de ahí
que toda acción relacionada con el mundo del crimen o del narcotráfico implica una
reflexión sobre las consecuencias que acarrea su ejecución. En este sentido, un juicio
ético establecería que el crimen tiene consecuencias atroces en nuestras vidas y en las
de los demás, incluyendo a nuestros seres queridos, y en consecuencia, por nuestro
bien y el de los nuestros, no debemos contemplar esa opción.
Es en el hogar en donde se enseñan primero cuáles son los valores morales. Luego,
las instituciones educativas los refuerzan, ejerciendo influencia el medio ambiente que
nos rodea. Asimismo, el juicio moral se va formando con base en las experiencias
vividas de cada persona, quien evalúa lo que es correcto dentro de una sociedad. Por
medio del juicio moral se establece si una acción carece de principios éticos o a los
mismos.
Cabe destacar que en muchas ocasiones lo que es moral para una persona puede ser
un acto inmoral para otro sujeto; por ejemplo, tirar productos agrícolas alimenticios
cuando hay demasiada producción podría ser inmoral para una persona, ya que hay
gente que los necesita y por razones económicas no los puede adquirir, pero para otros
podría resultar un acto moral ya que cada quien tiene derecho a elegir qué hacer con
sus recursos.
La moral en filosofía intenta formular una teoría del comportamiento humano y analizar
las razones que se tienen al actuar; es decir, busca elaborar un sistema comprensivo
de principios que guíe las acciones del hombre, de lo bueno y lo malo, lo justo y lo
injusto, de lo correcto o incorrecto. La moral filosófica la posee quien actúa de manera
acorde con ciertos principios filosóficos y no quien habla de una forma y actúa de otra.
Diferencias entre juicio ético y juicio moral
El juicio ético y el juicio moral son cosas diferentes. El juicio ético supone la
consideración razonada de las consecuencias éticas de una acción, determinación
conducta, en relación con el sistema de valores y reglas que una sociedad comparte,
mientras que el juicio moral se refiere más concretamente a la facultad de juzgar y
valorar una acción, determinación o conducta, en función de si es correcta o incorrecta
y de si sus consecuencias son buenas o malas. En este sentido, el juicio nético se
enfoca en el raciocinio, en la capacidad para reconocer un dilema ético y para
determinar cuál es la manera más correcta de actuar de acuerdo con nuestro sistema
de valores y con las alternativas que poseemos. Por su parte, el juicio moral se limita a
hacer valoraciones positivas o negativas en torno a acciones o conductas.
Concepto de valor
Siempre se han hecho estudios acerca de los valores, aunque no con el nombre nicon
la sistematicidad con que en la actualidad se realizan. La rama de la filosofía que
estudia la teoría de los valores se llama axiología. Pero, ¿a qué llamamos valor?
Polaridad. Significa que tienen tanto polo positivo como negativo. Para cada valor
siempre existirá un antivalor. A cada término valorativo se le ha creado un término
opuesto (por ejemplo, bueno-malo, generoso-egoísta).
En relación con el ser de los valores, hay una discusión que parece nunca terminará en
cuanto al carácter objetivo o subjetivo de éstos. Al respecto, son dos las posiciones
principales:
Valores éticos. Son los que se relacionan con la moral y sirven para vivir sin afectar a
los demás. Éstos pueden ser instrumentales y trascendentales.
Trascendentales. Son los que conceden sentido a la vida del ser humano.
c) Jerarquía de valores
Para Max Scheler, uno de los más destacados tratadistas de la axiología, los valores se
clasifican de acuerdo con su jerarquía o importancia en:
La justicia
Uno de los criterios básicos de la ética social es la justicia, el otro es el bien común. A
lo largo de la historia de la humanidad, de manera constante se ha presentado la lucha
por la justicia.
Por lo que respecta a las virtudes que regulan las relaciones del hombre con sus
semejantes, Aristóteles menciona varias, entre las cuales la justicia ocupa un lugar
preponderante. La justicia presenta diversas connotaciones, de modo que puede
hablarse de distintas formas de justicia. Sin embargo, toda justicia por principio hace
vivir conforme a las leyes y a la equidad; es un valor que se da en relación con otra
persona. El hecho de ser persona implica tener conciencia de sí mismo, tener dignidad
y honor al ejercer acciones con responsabilidad, por lo que merece que se le den
oportunidades y pueda moverse dentro de un cierto orden.
Velásquez (2000) explica con bastante claridad el concepto de justicia social y las
categorías en que se dividen los conceptos de justicia y equidad:
El objetivo de la justicia es el bien común, porque todos los actos humanos pertenecen
al dominio de la justicia, ya que guardan una estrecha relación con el bien común por la
relación que tienen con el hombre en cuanto a lo social.
¿Quiénes son los responsables de la justicia social? En primer lugar, los gobernantes,
y luego todos los que tienen capacidad de decisión en las organizaciones de la
sociedad: gobierno, empresas y demás instituciones sociales.
Las cuestiones en las que intervienen los conceptos de justicia y equidad suelen
dividirse en tres categorías. La justicia distributiva, que es la primera categoría y la más
básica, se ocupa de la distribución equitativa de los beneficios y cargas de la sociedad.
◆ Justicia distributiva
El principio fundamental de la justicia distributiva es que los iguales deben ser tratados
con igualdad y los desiguales con desigualdad. En términos más precisos, el principio
fundamental de la justicia distributiva se puede expresar de la siguiente manera:
Los individuos que son similares en todos los sentidos pertinentes al tipo de tratamiento
en cuestión deberán recibir beneficios y cargas similares, incluso si difieren en otros
aspectos no pertinentes, y los individuos que son distintos en algún sentido pertinente
deben recibir un tratamiento distinto, en proporción a su falta de similitud.
Por ejemplo, si dos empleados están efectuando el mismo trabajo para su patrón y no
existen diferencias pertinentes entre ellos ni entre los trabajos que realizan, es justo
que reciban el mismo salario. Por el contrario, si uno está trabajando el doble de horas
y si la duración de la jornada es una base pertinente para determinar el salario según el
tipo de labor que está realizando, en aras de la justicia se le debe pagar el doble.
Citemos otro ejemplo. Si en un salón de clases existe alguien que padece de cierta
disminución visual, se le puede dar preferencia (tratamiento diferente) para que ocupe
los asientos de la primera fila, pero debe entregar las tareas en las mismas fechas y
condiciones que el resto del grupo (tratamiento igual), ya que todos tienen las mismas
capacidades.
◆ Justicia retributiva
La justicia retributiva se ocupa de qué tan justo es culpar o castigar a las personas por
cometer faltas. Los filósofos han debatido desde hace mucho tiempo la justificación de
la culpa y el castigo, pero no es el objetivo librar un debate sino exponer las
condiciones en las que es justo castigar a una persona por actuar de manera
incorrecta.
Un segundo tipo de condición para los castigos justos es la certeza de que la persona a
quien se está castigando en realidad actuó mal. Por ejemplo, muchas empresas
emplean sistemas más o menos complejos de “proceso ideal” cuyo propósito es
verificar si la conducta de los empleados fue tal que realmente merezca el despido o
algún otro castigo. Castigar a un empleado con base en pruebas débiles o incompletas
se considera una injusticia.
Un tercer tipo de condición para un castigo justo es que éste debe ser congruente con
la falta y proporcional a ella. El castigo solo es congruente cuando todo el mundo recibe
el mismo castigo por la misma infracción; el castigo es proporcional a la falta cuando no
es mayor en magnitud que el daño producido por el infractor.
Por ejemplo, es injusto que un gerente imponga castigos severos por infracciones
menores de las reglas, o que sea indulgente con sus favoritos, pero severo con todos
los demás. Si el propósito de un castigo es desalentar que otros cometan la misma falta
o evitar que el infractor la repita, el castigo no debe ser mayor que lo que es en
congruencia necesaria para lograr esos objetivos.
◆ Justicia compensatoria
No existen reglas fijas para determinar qué tanta compensación debe el infractor a la
víctima. Lo natural es que la justicia exija que restituya en la medida de lo posible lo
que tomó indebidamente y, en general, esto implica que el monto de la restitución debe
ser igual al de la pérdida que esta persona causó a sabiendas a la víctima. Sin
embargo, algunas pérdidas son imposibles de medir. Si se lesiona con toda intención la
reputación de alguien, ¿qué tanto se le debe restituir? Asimismo, algunas pérdidas no
pueden restituirse. ¿Cómo puede compensarse la pérdida de la vida o la de la vista?
En casos —como el del Ford Pinto— en los que la lesión es tal que es imposible
restituir cabalmente la pérdida, la opinión general es que el causante pague, al menos,
los daños materiales que la pérdida inflige en la persona lesionada y su familia
inmediata.
Los moralistas tradicionales han argumentado que una persona tiene la obligación
moral de compensar a una parte lesionada solo si se cumplen tres condiciones:
1. La acción que infligió la lesión fue incorrecta o negligente. Por ejemplo, si por dirigir
de manera eficiente una compañía se ofrecen precios más bajos que la competencia y
ésta se va a la quiebra, no existe la obligación moral de compensarla porque tal
competencia no es incorrecta ni negligente; pero si un empleado roba a otra persona o
a la empresa, entonces sí debe pagar una compensación. Del mismo modo, si se
ocasiona un accidente a pesar de conducir el automóvil con el debido cuidado, se debe
compensar a los lesionados.
Sin duda, las formas más controvertidas de compensación son los programas de
“tratamiento preferencial” que intentan remediar injusticias del pasado contra grupos.
La libertad
El ser humano es libre. Como ser moral debe poder decidir y actuar de forma razonable
y responsable. Quien exige libertad para sí mismo tiene que reconocer la libertad de
sus semejantes. La libertad de los demás determina y limita su propia libertad. La
libertad abarca derechos y deberes. La tarea política consiste en garantizar al hombre
el espacio libre necesario.
El hombre tiene que aprender a vivir en comunidad con otros para poder desarrollarse
libremente. El derecho garantiza la libertad, ya que protege la dignidad personal del
hombre y reglamenta la convivencia ordenada y pacífica del ser humano en libertad.
La realización de la libertad presupone la existencia de la justicia so cial. La libertad no
debe ser obstaculizada por las condiciones en las cuales vive el ser humano. Por ello,
el camino de la política consiste en realizar la tarea de eliminar la miseria, hacer frente
a las dependencias inadmisibles y garantizar las condiciones materiales de la libertad.
El desenvolvimiento libre de la persona prospera si las oportunidades y los bienes
están repartidos de la manera más justa posible. La propiedad privada aumenta el
espacio de la libertad de cada individuo para una formación de la vida personal y de la
responsabilidad propia.
Esto se puede comprobar cada vez que se elige libremente algo que en realidad podría
no haberse querido.
La verdad
La palabra verdad se usa mucho para referirse a una persona honesta, sincera y de
buena fe, una persona en la que se puede confiar. La verdad es lo que define lo real de
lo falso, y algo verdadero es algo que es posible comprobar. El ser honesto es cumplir
con lo que se ofrece. “La verdad los hará libres” es una frase que encaja a la
perfección, ya que solo con la verdad es posible distinguir el bien del mal y ser mejor
persona.
La verdad como valor responde a lo que cada realidad es en sí misma. Una verdad sin
realidad es una mera abstracción. Y una verdad no asimilada por la sabiduría humana
tampoco es una verdad humanamente interpretada, sino una caricatura de verdad. Así,
una persona tiene su propia talla, forma de reaccionar, estructura biológica y
psicológica, entre otras características. La verdad consiste en decir siempre lo que es
cierto, lo que es auténtico y conforme a lo que sucede, como son las cosas sin
aumentos ni disminuciones; la verdad implica ser sincero, real; hablar con la verdad
garantiza a los seres humanos la credibilidad y confianza de los demás, lo que permite
ser respetados y reconocidos como personas en quienes se puede confiar. La
importancia que tiene este concepto es que está arraigado en el corazón de cualquier
supuesto personal, social y cultural, de ahí su complejidad.
La responsabilidad
La instancia ante quien el sujeto debe responder es la autoridad que respalda la norma.
Existen diferentes tipos de responsabilidad según las distintas clases de normas.
Habrá, por ejemplo, responsabilidad social y responsabilidad jurídica si la norma
incumplida es del trato social o del orden jurídico, respectivamente.
La responsabilidad jurídica tiene muchas variantes: mercantil, laboral, etc. Cuando los
agentes de seguros promueven su servicio ante el automovilista, ofrecen a éste
protección por responsabilidad civil y responsabilidad penal para que en caso de
accidente, no se presente a responder ante la autoridad civil o penal.
Para nuestro estudio solo nos interesa la responsabilidad moral. Ésta existe para la
persona únicamente respecto a los actos que son suyos; es decir, de los que ejecuta
bajo su completo control. Para que haya este dominio o control es necesaria la
presencia de las tres circunstancias: conocimiento, querer libre y poder hacer o evitar lo
que se pide.
Querer libre. Hay querer libre cuando, además de una intención de ejecutar el
acto, no existen elementos que puedan anular o disminuir tal intención (por
ejemplo, un miedo intenso o una pasión que antecede).
Un querer con intención virtual es suficiente para que el sujeto sea responsable. No es
indispensable que en el momento de la acción el sujeto piense que la ejecuta para
obtener determinados fines. Basta con que, de algún modo, influya la intención que con
anterioridad fue formulada.
De igual manera, el individuo será responsable de los actos que ejecuten otras
personas cuando éstas, de algún modo, actúen bajo su influencia.
La voluntad para querer hacer o evitar algo necesita valerse de las otras circunstancias.
Si en éstas no hay capacidad para hacer o evitar lo que se prescribe, no habrá acto
voluntario, porque la voluntad no podrá ordenar que se haga algo que no se pueda
lograr.
1.1.4 Derechos humanos
Una de las tareas más importantes del Estado es salvaguardar el respeto a los
derechos universales. La doctrina de los derechos humanos se sustenta en un orden
social que se fundamenta en la razón y el respeto a las personas. La Declaración
Universal de los Derechos Humanos fue adoptada el 10 de diciembre de 1948 por la
Organización de las Naciones Unidas. Consta de 30 artículos en los que se detallan las
prerrogativas a las que todo ser humano tiene derecho (a la vida, la libertad, la
seguridad, la educación, el bienestar y la felicidad, sin importar sexo, edad, condición y
nacionalidad).
Todos los miembros de la sociedad están obligados a respetar los derechos de las
demás personas. En las sociedades democráticas las autoridades gubernamentales
tienen la función de proveer y mantener las condiciones necesarias para que las
personas puedan ejercer todos sus derechos en un ambiente de libertad y justicia.
Derechos de la persona. Este derecho fue plasmado por primera vez en 1789
en Francia con la Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano.
Establece que todos los seres humanos somos iguales, tenemos los mismos derechos
y merecemos un trato digno, sin importar nacionalidad, sexo, edad, religión ni color de
piel.
En este sentido, el término minoría se refiere a los grupos más necesitados. Una de las
características de la democracia se refiere a que los derechos de las mayorías son
iguales a los de las minorías. El gobierno o poder de la mayoría solo adquiere
legitimidad democrática cuando reconoce e incluye los derechos y la participación de
las minorías.
Esta declaración señala como ideal común que todos los pueblos y naciones deben
esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose
constantemente en ella, promuevan el respeto a estos derechos y libertades mediante
la enseñanza y la educación, y aseguren, con medidas progresivas de carácter
nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos tanto
entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios bajo su
jurisdicción (véase figura 1.5).
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,
dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos
con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política
o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición
política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una
persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo
administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de
soberanía.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual
protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación
que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales
nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos
fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída
públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la
determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier
acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia,
su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda
persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar
a su país.
Artículo 14.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada
por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones
Unidas.
Artículo 15.
Artículo 16.
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción
alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y
disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en
caso de disolución del matrimonio.
2. Solo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse
el matrimonio.
Artículo 17.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este
derecho incluye, el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y
recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por
cualquier medio de expresión.
Artículo 20.
Artículo 21.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se
expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente,
por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que
garantice la libertad del voto.
Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad
social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional,
habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre
desarrollo de su personalidad.
Artículo 23.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo
igual.
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una
limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a
su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda,
la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los
seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de
pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su
voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos
los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual
protección social.
Artículo 26.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de
darse a sus hijos.
Artículo 27.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e
internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se
hagan plenamente efectivos.
Artículo 29.
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que solo en ella puede
desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere
derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar
actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y
libertades proclamados en esta Declaración.
Quien sienta que puede decidir, pensar y actuar como un sujeto racional será dueño de
su libertad y con la voluntad de hacer lo que se proponga. Tendrá la sensación de
equilibrio, de armonía, en una palabra, sensación de humanidad.
La ética empieza con uno mismo. Al actuar con madurez y responsabilidad se elige
cómo conducir los propios actos.
Por ejemplo, una persona recibe una fuerte ofensa por parte de otro individuo. Puede
responder con sensatez y reclamar al agresor, defendiéndose, pero sin agredirlo ni
lastimarlo; o puede reaccionar guiado por impulsos y golpearlo. La reacción depende
de la salud psicológica y de la fuerza moral de la persona agredida. Ser sensato sin
responder de manera violenta a la agresión preserva la dignidad y el autorrespeto. Es
una expresión de la razón y de la fortaleza del yo, del ser interno, del espíritu.
Entonces la persona, como ser individual, opta por acciones correctamente realizadas,
o por acciones incorrectas; pero en ambos casos tiene la posibilidad de elegir.
La ética en el ámbito social estudia las normas y los principios morales de la vida
colectiva.
En la escuela, que es el ámbito más conocido hasta el momento, existen personas muy
diferentes. Los miembros de una familia guardan un estilo de vida que resulta
precisamente “familiar”; además, está garantizado por un mínimo de aceptación y
reconocimiento entre sus integrantes. Por lo contrario, en la escuela conviven personas
con distintas costumbres y creencias, con diferentes estilos de vida, y la aceptación
entre la comunidad académica no está garantizada.
Todos tienen que aprender a conocer y reconocer las diferencias, construir relaciones y
tratar a los demás con respeto y tolerancia. También debe haber respeto a la autoridad,
sin que ésta sea irracional o arbitraria.
El trato de respeto entre profesor y alumno es esencial para la relación que estos dos
seres compartirán. No es otra cosa más que realizar actos deseados en lo que
respecta al ámbito escolar. Citemos ahora algunos contraejemplos que se dan en el
ámbito académico.
Un profesor que fuma en el salón o que exige llegar temprano a los alumnos cuando él
acostumbra llegar tarde; tal vez pide a los alumnos que se sienten bien en sus pupitres,
pero él mismo se sienta en la mesa que le han asignado para poner sus instrumentos
de trabajo.
Otro ejemplo de falta de ética se da en los alumnos cuando no responden con sus
tareas académicas y solo se excusan en pretextos para tratar de remediar su falta de
responsabilidad.
Si existe alguna conducta indebida, es preciso cambiar los hábitos para bien a fin de
tener una vida mejor y que en un futuro las siguientes generaciones puedan vivir sin
tener que lidiar o, mejor aún, sin tener que mencionar la palabra corrupción.
Requiere un vínculo con la humanidad en general, respetar a todas las personas del
mundo, así como la naturaleza y el medio ambiente.