El documento es una solicitud para realizar una donación de propiedad. Un hombre llamado Luis Fernando Sanmartín Calderón desea donar el 50% de su propiedad a su esposa Narcisa de Jesús Cabrera Pinza. La propiedad en cuestión fue adquirida originalmente por ambos cónyuges en 1998 y se libró de una hipoteca en 1997. Narcisa acepta la donación de la mitad de la propiedad de su esposo.
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El documento es una solicitud para realizar una donación de propiedad. Un hombre llamado Luis Fernando Sanmartín Calderón desea donar el 50% de su propiedad a su esposa Narcisa de Jesús Cabrera Pinza. La propiedad en cuestión fue adquirida originalmente por ambos cónyuges en 1998 y se libró de una hipoteca en 1997. Narcisa acepta la donación de la mitad de la propiedad de su esposo.
El documento es una solicitud para realizar una donación de propiedad. Un hombre llamado Luis Fernando Sanmartín Calderón desea donar el 50% de su propiedad a su esposa Narcisa de Jesús Cabrera Pinza. La propiedad en cuestión fue adquirida originalmente por ambos cónyuges en 1998 y se libró de una hipoteca en 1997. Narcisa acepta la donación de la mitad de la propiedad de su esposo.
El documento es una solicitud para realizar una donación de propiedad. Un hombre llamado Luis Fernando Sanmartín Calderón desea donar el 50% de su propiedad a su esposa Narcisa de Jesús Cabrera Pinza. La propiedad en cuestión fue adquirida originalmente por ambos cónyuges en 1998 y se libró de una hipoteca en 1997. Narcisa acepta la donación de la mitad de la propiedad de su esposo.
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Señor Notario:
En el correspondiente protocolo de Escrituras Públicas a su cargo
sírvase insertar una de la que conste la siguiente DONACIÓN de un inmueble, contenida al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración
de la siguiente escritura pública el señor LUIS FERNANDO SANMARTIN CALDERON, a quien se le denominará el DONANTE, por una parte; y, por otra la señora NARCISA DE JESUS CABRERA PINZA, a quien y para efectos del presente contrato se le denominará DONATARIO. Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, legalmente capaces para contratar y obligarse, quienes libres y voluntariamente convienen en celebrar el presente contrato de compraventa.
SEGUNDA.- ANTECEDENTES: DOS PUNTO UNO.- Mediante
escritura pública celebrada el diez y siete de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, ante el Notario trigésimo primero del Cantón Quito, doctora Mariela Pozo Acosta, legalmente inscrita en el Registro de la Propiedad el cuatro de enero de mil novecientos noventa y nueve, el señor Luís Fernando Sanmartín Calderón y señora Narcisa de Jesús Cabrera Pinza, adquirieron un bien inmueble a los cónyuges Mario Gilberto Quilambaqui Nugra y Livia Mariana de Jesús Prado Dávila, signado con el número uno, sector de Puengasi, parroquia San Sebastián, del cantón Quito, provincia de Pichincha, con una superficie de ciento cincuenta y tres metros cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: NORTE, lotes siento ocho y ciento nueve; SUR, avenida Miguel Ángel Zambrano; ESTE, lote ciento siete; y OESTE, lote ciento cinco. Inmueble que ha sido adquirido en la forma como indica el certificado del Registro de Propiedad y sobre el que no pesa ningún gravamen de embargo, hipoteca prohibición de enajenar. DOS PUNTO DOS.- Mediante escritura pública otorgada ante el Notario decimotercero del Cantón Quito Dr. Miguel Angel Altamirano el 20 de mayo de mil novecientos noventa y siete e inscrita en el Registro de la Propiedad el 3 de Junio de mil novecientos noventa y siete se procede a la cancelación de hipoteca que pesa sobre el inmueble.
TERCERA.- DONACION: Con los antecedentes antes expuestos
que forman parte integrante del presente instrumento, el señor Luís Fernando Sanmartín Calderón, en la calidad antes indicada, da en DONACIÓN GRATUITA E IRREVOCABLE ENTRE VIVOS a favor de su esposa la señora Narcisa de Jesús Cabrera Pinza el 50% que le corresponde por Ley del inmueble signado con el número uno, sector de Puengasi, parroquia San Sebastián, del cantón Quito, provincia de Pichincha, con una superficie de ciento cincuenta y tres metros cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: NORTE, lotes siento ocho y ciento nueve; SUR, avenida Miguel Ángel Zambrano; ESTE, lote ciento siete; y OESTE, lote ciento cinco. Inmueble que ha sido adquirido en la forma como indica el certificado del Registro de Propiedad y sobre el que no pesa ningún gravamen de embargo, hipoteca prohibición de enajenar. CUARTA.- PRECIO.- El valor de la presente Donación es de OCHO MIL SETECIENTOS TRECE DÓLARES CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 8.713,35).
QUINTA.- GRAVÁMENES Y PROHIBICIONES - El Donante
declara que a la presente fecha no pesa ningún gravamen ni impedimento sobre el inmueble de su propiedad que se dona, conforme consta del Certificado del Sr. Registrador de la Propiedad de este Cantón el mismo que se agrega como documento habilitante.
SEXTA.- GASTOS E INSCRIPCIÓN.- Todos los gastos, impuestos
y honorarios que se ocasionen por la celebración del presente contrato serán de cuenta del DONATARIO. El Donante faculta al Donatario para que pueda inscribir la presente escritura de DONACIÓN en el Registro de la Propiedad del cantón Quito.
SÉPTIMA.-ACEPTACION.- El Donatario Narcisa de Jesús
Cabrera Pinza acepta en todas sus partes la donación realizada por su esposo Luís Fernando Sanmartín Calderón, quien a su vez se da por notificado de la presente Donación. El Donatario ve en su esposo el esfuerzo de trabajo y honestidad en todos sus actos, agradeciendo por la presente Donación. Usted señor notario, se dignará cumplir con los requisitos, formalidades y más documentos exigidos por la ley para la completa validez del presente instrumento.