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Mc-18-2007-Cep - Mdea-Contrato U Orden de Compra o de Servicio
Mc-18-2007-Cep - Mdea-Contrato U Orden de Compra o de Servicio
Mc-18-2007-Cep - Mdea-Contrato U Orden de Compra o de Servicio
EL AGUSTINO
El pago se efectuará en moneda nacional dentro de los diez días calendario, posteriores
a la prestación objeto del presente contrato, para lo cual la Subgerencia de Seguridad
Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal emitirá la conformidad de servicio
correspondiente, en el plazo máximo de tres días del mes siguiente a la prestación.
El ARRENDADOR se obligan a:
Entregar el bien objeto de la prestación a su cargo, saneado, en buen estado de
conservación, sin deudas ni juicios pendientes.
A no efectuar ningún acto directo o indirecto que perturbe la posesión que tiene el
ARRENDATARIO.
A no ingresar al local sin previa autorización.
El ARRENDATARIO se obliga a:
No subarrendar, ceder ni traspasar en todo o en parte el bien materia del presente
contrato.
Cuidar el inmueble objeto del presente contrato en forma diligente, no pudiendo
destinarlo para otro uso que el señalado en la Cláusula Tercera.
Dar aviso inmediato a los EL ARRENDADOR de cualquier usurpación, perturbación o
imposición de servidumbre que se intente contra el inmueble.
Devolver el bien al ARRENDADOR al vencimiento del plazo estipulado en el presente
contrato sin más deterioro que el producido por el uso normal.
El pago del importe de los servicios públicos de agua, energía eléctrica, arbitrios
municipales que en su calidad de inquilino le corresponda.
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con la
ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelto mediante conciliación. Si se
concluyera con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deben someterse
obligatoriamente a un arbitraje para que se pronuncie definitivamente sobre las diferencias
no resueltas dentro del plazo de quince (15) días siguientes de la suscripción del acta
respectiva, conforme se indica en el en el Título V, Capítulo IV del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ambas partes señalan como domicilio legal el consignado en la parte introductoria del
presente Contrato, cualquier modificación se realizará previo aviso a la otra parte con una
anticipación de ocho días útiles.
ARRENDATARIO ARRENDADOR