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Consejería de Salud y Consumo

Servicio Andaluz de Salud

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DEL SERVICIO


ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE APRUEBA, A PROPUESTA DE LAS
COMISIONES DE VALORACIÓN, EL LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAS
CANDIDATAS DE VARIAS CATEGORÍAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL,
CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS DE 31 DE
OCTUBRE DE 2021.

De conformidad con lo establecido en Artículo 23, Baremación de aspirantes y listado de


personas candidatas de la Resolución de 22 de septiembre de 2017 (BOJA núm. 192, de 5
de octubre), por la que se dispone la aprobación y publicación del texto refundido y
actualizaciones del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad, suscrito entre la Administración
Sanitaria de Andalucía-SAS y las Organizaciones Sindicales que se citan, el 26 de junio de
2017, sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en
el Servicio Andaluz de Salud; y en la Resolución de 20 de octubre de 2017 (BOJA núm.
215, de 9 de noviembre) por la que se convoca proceso de selección de personal estatutario
temporal para la cobertura de plazas básicas de determinadas categorías de personal
sanitario y de gestión y servicios dependientes del Servicio Andaluz de Salud; resueltas por
las Comisiones de Valoración las alegaciones presentadas contra la actualización del
listado único de aspirantes admitidos, correspondientes al periodo de 31 de octubre de
2021; en cumplimiento de lo establecido en el citado Texto refundido del Pacto, y en uso de
las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Consumo, esta Dirección General de Personal.

RESUELVE

Primero.- Aprobar, a propuesta de las Comisiones de Valoración, el listado definitivo de


personas candidatas de las categorías de la Bolsa de Empleo Temporal que se citan en el
Anexo I de la presente Resolución, correspondiente al periodo de valoración de méritos de
31 de octubre de 2021.

Segundo.- Anunciar la publicación de la citada lista de personas candidatas en la página


web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), con
indicación de la experiencia en el Servicio Andaluz de Salud, la puntuación consignada por
los aspirantes en el autobaremo de méritos alegados por los mismos y de la puntuación
definitiva obtenida en cada apartado del baremo (Experiencia No SAS, Formación y Otros
méritos) tras la validación y resolución de las alegaciones efectuada por cada Comisión de
Valoración.

Tercero.- Anunciar la publicación de la lista definitiva de personas excluidas, con indicación


de la causa de exclusión, en la página web citada en el punto anterior.

Cuarto.- Publicar, como Anexo II a la presente Resolución, la relación de causas de


exclusión.

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Servicio Andaluz de Salud

Quinto.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General de Personal en el
plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de dicho
orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la
citada Resolución en la página Web del Servicio Andaluz de Salud.

La presente Resolución será efectiva al día siguiente de su publicación en la página Web del
Servicio Andaluz de Salud.

LA DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL

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ANEXO I

PERSONAL SANITARIO

- FEA BIOQUIMICA CLINICA


- FEA CIRUGIA PEDIATRICA
- FEA FARMACOLOGIA CLINICA
- FEA NEFROLOGIA
- FEA NEUROCIRUGIA
- MÉDICO FAMILIA CTS
- MÉDICO FAMILIA EBAP
* ÁREA MÉDICO FAMILIA EN FUNCIONES DE PEDIATRÍA

PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS


- MONITOR
- PELUQUERO
- TEC. SALUD ESP. SANIDAD AMBIENTAL
- TÉCNICO SUPERIOR EN ALOJAMIENTO

ANEXO II
CAUSAS DE EXCLUSIÓN
1. No acreditar documento identificativo (DNI, NIE, Pasaporte)
2. No acreditar requisito nacionalidad.
3. No tener cumplidos dieciocho años.
4. Exceder la edad de 65 años.
5. No acreditar discapacidad (sólo para los que alegaron y registraron porcentaje igual o
superior al 33%)
6. No acreditar estar en posesión de la titulación exigida para la categoría y/o especialidad.
7. No acreditar experiencia profesional en Área específica solicitada ni formación teórico-
práctica en la misma.
8. No acreditar certificación para operar equipos Rayos X expedida por el Consejo Seguridad
Nuclear.
9. No acreditar permiso de conducir de clase B.
10. No acreditar permiso de conducir de clase D.
11. No aportar documentación, durante el plazo habilitado al efecto, acreditativa de requisitos y
méritos inscritos y registrados en el autobaremo.
12. Tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría y/o especialidad a la que opta.
13. Fallecimiento.
14. No acreditar permiso de conducir de clase C1.

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Servicio Andaluz de Salud

15. No acreditar experiencia durante cinco años en funciones de la categoría a la que opta
(Técnico Especialista en Informática y Técnico superior en Alojamiento).
16. No acreditar certificación de habilitación de trabajadoras y trabajadores experimentados
para la conducción de ambulancias asistenciales (B y C)
17. No acreditar licencia de operador de instalaciones radiactivas expedida por el CSN.

Código: 6hWMS863PFIRMAX1r8l6b9wxiZi2tW Fecha 13/12/2022


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