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Informe 0033 - Sg-Idur Requerimiento 02 Ayudante de de Cuadrilla Lurawi Peru

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUYUCAN

SANTA CRUZ - CAJAMARCA


R.U.C 20186864906
SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO RURAL

INFORME Nº0033-2022/MDY/SG-IDUR/JMHY

A : ING. LEUMAN ENEQUE SOLANO


Gerente Municipal MDY
DE : ING. JOSE MANUEL HIDALGO YARLAQUE
Sub Gerente De Infraestructura Desarrollo Urbano Y
Rural
ASUNTO : REQUERIMIENTOS DE 02 AYUDANTES DE CUADRILLA PARA LA AII
“LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE
HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE
YAUYUCAN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE
CAJAMARCA”
FECHA : YAUYUCAN, 04 DE OCTUBRE DEL 2022

Por medio del presente me dirijo a usted para hacerle llegar mi cordial saludo y al mismo tiempo
informarle lo siguiente:

1. ANTECEDENTES
Mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°269-2022-TR, de fecha 26 de septiembre del 2022, se
APRUEBA la Transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de
organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de
trescientos sesenta y seis convenios (366) convenios suscritos con el fin de ejecutar actividades
de intervención inmediata AII-33, en el marco de la Cuarta Convocatoria 2022- Primer Grupo, por
el importe total de S/ 35 583 672,00 (Treinta y Cinco Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil
Seiscientos Setenta y Dos y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la
presente Resolución Ministerial.

Mediante CONVENIO N°06-0029-AII-33 de fecha 20 de septiembre del 2022 se aprueba para la


AII “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE HERRADURA TRAMO:
PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ,
DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA” por un monto de S/ 92 113.00 (Noventa y Dos Mil Ciento Trece
con 00/100 SOLES), a ejecutarse bajo la modalidad de Administración Directa y con un plazo de
ejecución de veinte y uno (21) días hábiles.

Con Nota de Incorporación 0000000047, de fecha 03 de octubre del 2022, y de acuerdo a las
incorporaciones autorizadas en la LEY N°31365 (ART. 3.B. DS LIMITES-GASTO CORRIENTE y la
Transferencia Financiera autorizado mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°269-2022-TR Y
CONVENIO 06-0029-AII-33 SUSCRITO CON LARAWI PERÚ, se tiene el presupuesto total transferido
de S/ 92 113.00 (Noventa y Dos Mil Ciento Trece con 00/100 SOLES) para la ejecución de la AII
“LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE HERRADURA TRAMO:
PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ,
DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”; Código Actividad del Programa “Lurawi Perú” 0600001906

2. ANÁLISIS
Como proceso de seguimiento para antes, durante y después de la ejecución de la Actividad de
Intervención Inmediata (AII), y correspondiente a la R.D. N°028-2022-TP/DE – que aprueba la
Guía Técnica para el desarrollo de actividades de Intervención Inmediata (AII), donde se
describe la obligatoriedad de que el OE debe contar con AYUDANTES DE CUADRILLA para un
apoyo en el monitoreo del cumplimiento de las actividades, asignación de las actividades de
trabajo y organización conjunto con el Jefe de Cuadrilla y Responsable Técnico (RT) durante la
ejecución de la actividad.
3. CONCLUSIONES
Para el desarrollo de la AII “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO
DE HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN,
PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA” , se es necesario contar con
dos (02) personas naturales que se desempeñen como AYUDANTES DE CUADRILLA.

4. RECOMENDACIONES
Como recomendación se precisa contratar a dos (02) Personas Naturales para ocupar
los cargos técnicos de AYUDANTES DE CUADRILLA para la ejecución de la AII “LIMPIEZA,
MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE HERRADURA TRAMO: PUCARA –
YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ,
DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”, de acuerdo a los TDR que se adjuntan.

Adjunto;
Términos de referencia.

Es todo cuanto tengo que solicitar e informar, para su conocimiento y demás fines.

Atentamente
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE UN AYUDANTE DE CUADRILLA PARA LA
EJECUCION DE LA AII: “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE
HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN, PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”; Código Actividad del Programa “Lurawi Perú”
0600001906.
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante D.U. Nº 070 – 2020, “Decreto de Urgencia para la reactivación económica y
atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la
Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19”, publicado en el diario oficial “El
Peruano” el 19 de junio de 2020, siendo uno de sus considerandos: “el riesgo de alta
propagación del COVID-19 en el territorio nacional viene afectando las perspectivas de
crecimiento de la economía global y de la economía nacional, y siendo la inversión pública
un aspecto importante para generar condiciones de desarrollo económico, resulta
necesario dictar medidas para la reactivación económica y atención a la población a través
de la inversión pública y otras actividades para la generación de empleo, dado el contexto
atípico y de emergencia en el que se encuentra el país”. Así mismos, el artículo 13° del
mencionado Decreto de Urgencia, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, a través del Programa “Trabaja Perú”, realice el seguimiento a la ejecución física y
financiera de las actividades de intervención inmediata y al seguimiento de los participantes
de dichas actividades, realizadas por 930 (novecientos treinta) Gobiernos Locales incluidos
en el Anexo 8, priorizados a propuesta por el Programa “Trabaja Perú”; los cuales deben
cumplir con las obligaciones contenidas en el Anexo 10 “Disposiciones complementarias para la
ejecución de actividades de intervención inmediata”. Asimismo, el Programa “Trabaja Perú”
efectuará el monitoreo respecto a los empleos temporales generados a través de las
actividades de intervención inmediata, que se financian con cargo a los recursos transferidos en
el marco del citado Decreto de Urgencia.

1.2 Mediante DECRETO SUPREMO N° 002-2022-TR, de fecha 25 de marzo del 2022, el


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO decreta el cambio de denominación
del Programa para la Generación de Empleo Social inclusivo “TRABAJA PERÚ” por la de
Programa de Empleo Temporal “LURAWI PERÚ”

1.3 Mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°269-2022-TR, de fecha 26 de septiembre del 2022, se


APRUEBA la Transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de
organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de trescientos
sesenta y seis convenios (366) convenios suscritos con el fin de ejecutar actividades de intervención
inmediata AII-33, en el marco de la Cuarta Convocatoria 2022- Primer Grupo, por el importe total de
S/ 35 583 672,00 (Treinta y Cinco Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil Seiscientos Setenta y Dos y
00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

1.4 Mediante CONVENIO N°06-0029-AII-33 de fecha 20 de septiembre del 2022 se aprueba para
la AII “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE
HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN,
PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”, por un monto de S/ 92
113.00 (Noventa y Dos Mil Ciento Trece con 00/100 SOLES), a ejecutarse bajo la modalidad
de Administración Directa y con un plazo de ejecución de veinte y uno (21) días hábiles .

1.5 Con Nota de Incorporación 0000000047, de fecha 03 de octubre del 2022, y de acuerdo a
las incorporaciones autorizadas en la LEY N°31365 (ART. 3.B. DS LIMITES-GASTO CORRIENTE
y la Transferencia Financiera autorizado mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°269-2022-
TR Y CONVENIO 06-0029-AII-33 SUSCRITO CON LARAWI PERÚ, se tiene el presupuesto total
transferido de de S/ 92 113.00 (Noventa y Dos Mil Ciento Trece con 00/100 SOLES), para la
ejecución de la AII “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO
DE HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE YAUYUCAN,
PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”; Código Actividad del
Programa “Lurawi Perú” 0600001906.

II. NORMATIVIDAD LEGAL


II.1. Decreto Supremo N° 012-2011-TR, que crea el Programa para la Generación de Empleo
Social Inclusivo “Trabaja Perú”, modificado por los Decretos Supremos Nros 004-2012-TR,
006-2017-TR, 004-2020- TR, y la Ley N° 31153.
II.2. Decreto Supremo N° 002-2022-TR, que modifica la denominación del Programa para la
Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por la Programa de Empleo
Temporal “Lurawi Perú”.
II.3. Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas
Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones-RNE, comprendidas en el Índice
aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, y sus modificatorias.
II.4. Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, que aprueba el Manual de Operaciones del
Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, modificado, entre
otras, por Resolución Ministerial N° 182-2020-TR.
II.5. Resolución Directoral N° 053-2022-TP/DE, que aprueba la “Directiva sobre el
Procedimiento a seguir para el financiamiento de Actividades de Intervención Inmediata,
en el marco de la Modalidad de Intervención 2 - Por emergencias o desastres naturales -
Tercera Convocatoria 2022” y sus modificatorias.
II.6. Decreto de Urgencia Nº 070-2020
II.7. Ley Nº 28411, "Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto".
II.8. Ley Nº 30518 “Ley de Presupuesto del Sector Público 2020".
II.9. Ley de Contrataciones del Estado Ley N° 30225, vigente.
II.10. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Vigente.
II.11. Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (aprobado mediante Ley N° 29783) y en su
Reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR).
II.12. Resolución de Contraloría N° 195-88-CG, sobre obras por Administración Directa.
II.13. Resolución de Contraloría N° 320-2006-CC Normas de Control Interno para Obras Públicas.
II.14. Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General".
II.15. Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
II.16. Decreto Supremo Nº 125-2021-EF.
II.17. Resolución de Contraloría N° 196-2010-CG, Directiva N° 002-2010-CG/OEA.
II.18. Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública".
II.19. Código Civil.

III. ENTIDAD CONTRATANTE


Municipalidad Distrital de Yauyucan.
Órgano de línea: Sub Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural.

IV. OBJETO DEL SERVICIO


Contratación de dos personas natural que se desempeñará como AYUDANTES DE CUADRILLA
para la ejecución de la AII: “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL
CAMINO DE HERRADURA TRAMO: PUCARA – YAUYUCAN – SIGUES, DEL DISTRITO DE
YAUYUCAN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”; Código Actividad
del Programa “Lurawi Perú” 0600001906.

V. REQUISITOS Y APTITUDES
Los requisitos mínimos exigidos son:
 Tener como mínimo secundaria completa.
 Tener experiencia 06 meses en la prestación de servicios similares o en general como
operario o asistente de cuadrilla, asistente de campo; para la suscripción del contrato u
O/S, acreditará su experiencia con copia simple de certificados de trabajo, o contratos,
O/S y sus respectivas conformidades, constancias o comprobantes de pago y otros
 No estar inhabilitado para contratar con el Estado.
 Contar con Registro Único de Contribuyente (RUC) activo.
Aptitudes requeridas del Prestador:
 Capacidad de Interrelacionarse con los trabajadores de la obra.
 Facilidad de trabajo y coordinación en equipo.
 Disponibilidad inmediata
 Iniciativa y creatividad.
 Responsabilidad y seriedad en las labores

VI. ACTIVIDADES DEL AYUDANTE DE CUADRILLA


Las 02 personas naturaesl a contratar, será el responsable de conducir la ejecución física de la AII en apoyo al Jefe de
Cuadrilla desde el inicio hasta el término de la misma de acuerdo a las disposiciones e indicaciones de este, ciñéndose a las
siguientes funciones:

 La permanencia del Ayudante de Cuadrilla en obra será tiempo completa.


 Participar del inicio de la ejecución de la AII en la fecha programada por el Programa,
según cronograma de actividades aprobado.
 Apoyo en el monitoreo del cumplimiento de las actividades realizadas por el equipo de
trabajo.
 Apoyo en la asignación de actividades de trabajo al personal en campo.
 Apoyo en la elaboración de la solicitud de materiales según el cronograma de trabajo.
 Apoyo en el control de los materiales utilizados en la ejecución de actividades.
 Apoyo en el cumplimiento del plan de trabajo semanal aplicando los procedimientos de
seguridad.
 Apoyo para el cumplimiento estricto de los protocolos sanitarios durante la ejecución de
la AII.

VII. MONTO Y FORMA DE PAGO DEL SERVICIO
El monto Total del servicio es de:
ITEM DESCRIPCIÓN CANT. P. UNIT P. PARCIAL
01 AYUDANTE DE CUADRILLA 02 S/.1,500.00 S/.3,000.00
, el cual incluye los Requisitos Previos, Ejecución y Rendición de Cuentas de la AII, así también se debe de realizar
ORDEN DE SERVICIO o CONTRATO de manera individual.

La forma de pago se efectuará de la siguiente manera: El pago se ejecutará por avance de actividad y a la culminación
de la actividad, previa presentación del informe (informe del responsable técnico), la cual será revisada y aprobada
por el OE para el trámite de pago. Además para su pago, el prestador de servicios deberá adjuntar la copia del
contrato y/o orden de servicio, comprobante de pago (factura, recibos por honorarios, otros), CCI.

VIII. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO


El Plazo de ejecución del Servicio será de Veinte y uno (21) Días hábiles + el plazo necesario para la presentación del
Informe de Rendición de Cuentas de la AII y Aprobación por parte del Programa Trabaja Perú, y se computa a partir
del inicio de ejecución de la AII.

Nota: La participación del AYUDANTE de Cuadrilla será a tiempo completo.


IX. PENALIDADES
Se tendrá en cuenta el Artículo 161° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Vigente.
X. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN
Otorgada la conformidad de la prestación, el órgano de administración o el funcionario designado expresamente por
la Entidad es el único autorizado para otorgar al prestador, de oficio o a pedido de parte, una constancia que debe
precisar, como mínimo, la identificación del contrato, objeto del contrato, el monto del contrato vigente, el plazo
contractual y las penalidades en que hubiera incurrido el prestador. Solo se puede diferir la entrega de la constancia
en los casos que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.

XI. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS


Se tendrá en cuenta de manera supletoria lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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