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Amparo Indirecto Jose Luis

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AMPARO INDIRECTO. NO.

___________

QUEJOSO: JORGE LUIS GARCIA FIGUEROA


AUTORIDAD RESP.: Ministerio Publico Investigador de la Fiscalía de la U. I. de I
de V. F. y D. S. de la Fiscalía de Distrito Fronterizo Costa.

C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN TAPACHULA, CHIAPAS.


CIUDAD.

JORGE LUIS GARCIA FIGUEROA, mexicano, señalando para oír y


recibir notificaciones en el número 15-bis de la Primera Calle Oriente, Centro de
ésta Ciudad autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a los C.
LIC. JUAN FRANCISCO BECERRA GALLEGOS, con Cedula Profesional número
1615002 y LIC. EZEQUIEL CANCINO GALVEZ con cedula profesional 4988549
registradas en el Sistema de Informática del Poder Judicial de la Federación, ante
usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Por medio del presente y de conformidad con lo dispuesto por el artículo


103 y 107 Constitucionales reglamentarios del Juicio de Garantías así como 1, 2,
5, 11, 12, 108 y demás relativos de la Ley de Amparo, vengoo a DEMANDAR EL
AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL contra actos y autoridad
que más adelante dejo señalados y que considero violan mis garantías
individuales, para lo cual y en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 1 08 de la
Ley de Amparo manifiesto a usted lo siguiente:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: JORGE LUIS GARCIA


FIGUEROA, con domicilio particular en 1ª Calle Oriente 15 de esta Ciudad.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: Como Autoridades responsables


Ordenadora señalo; a la Ministerio Publico Investigador de la Fiscalía de la
Unidad Integral de Investigaciones de Violencia Familiar y Delitos Sexuales
de la Fiscalía de Distrito Fronterizo Costa, Tapachula; y como autoridad
responsable ejecutora; al C. Comandante de la Policía Especializada en
Investigación de Tapachula, Chiapas dependiente de la Fiscalía de Distrito Zona
Altos de la Procuraduría General de Justicia del Estado con domicilio en Edificio
de Boulevard Príncipe Akishino s/n de ésa Ciudad.

IV.- ACTO RECLAMADO: De la responsable Ordenadora: Ministerio


Publico Investigador de la Fiscalía de la Unidad Integral de Investigaciones
de Violencia Familiar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Distrito Fronterizo
Costa, Tapachula, reclamo la Inconstitucional Orden de Aprehensión y
detención girada en mi contra; De la Responsable Ejecutora; C. Comandante
de la Policía Especializada en Investigación de San Cristóbal de Tapachula,
Chiapas, reclamo la ejecución que pretende dar de la inconstitucional orden
girada en mi contra por la ordenadora.

V.- BAJO PROTESTA LEGAL DE DECIR VERDAD MANIFIESTO A SU


SEÑORÍA QUE LOS HECHOS Y ABSTENCIONES QUE CONFORMAN LOS
ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO QUE A CONTINUACIÓN SE
TRANSCRIBEN SON CIERTOS Y CONSTITUYEN FUNDAMENTOS A MIS
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.

ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO

I.- Con fecha 12 de Septiembre del presente año me entere por


informes de familiares que hasta mi domicilio, se habían presentado un grupo de
personas que se identificaban como elementos de la Policía Especializada en
Investigación de la Ciudad de Tapachula, Chiapas, preguntando por mi persona
aduciendo traer consigo orden de Detención y Aprehensión por comparecencia
girada por autoridad competente Ministerio Publico Investigador de la Fiscalía de
la Unidad Integral de Investigaciones de Violencia Familiar y Delitos Sexuales de
la Fiscalía de Distrito Fronterizo Costa, Tapachula a quien señalo como Autoridad
responsable en el cuerpo de la presente, con el objeto de aprehenderme y
llevarme a disposición de la ordenadora, tratando asimismo de internarse al
domicilio para efectuar mi detención, desconociendo los ilegales fundamentos en
que se apoyen para emitir en mi contra una orden restrictiva de la Libertad sin que
exista en mi contra querella robustecida con otros elementos de prueba suficientes
que ameriten mi detención arbitraria así como privación de mi persona para
prefabricarme delito mediante la creación de pruebas falsas por los medios
prohibidos por la ley, teniendo temor fundado de que en ultimas horas puedan aun
en lugar público en razón de mi necesidad de trabajo lograr su cometido o en su
caso en forma arbitraria puedan penetrar a mi domicilio para lograr su cometido,
haciendo irreparable la garantía de seguridad jurídica contemplada en la Carta
Magna razón por la cual solicito la Protección interponiendo en esta Vía demanda
de Amparo Indirecto, basándome en los siguientes;

CONCEPTOS DE VIOLACION.
II.- Las responsables violan en mi perjuicio con su proceder mis garantías individuales
de seguridad jurídica contenida en los artículos 14 y 16 Constitucionales al girar en mi
contra orden de aprehensión y detención por delito que no he cometido así como la
ejecutora al tratar de efectuar mi detención y aprisionamiento por una orden que no reúne
los requisitos del artículo 16 Constitucional que derive de autoridad competente y con las
facultades constitucionales suficientes para ser privado de mi libertad y ponerme a
disposición y control de la ordenadora para sujetarme a proceso o crearme delitos
mediante la tradicional y consabida aportación de pruebas falsas por los medios vejatorios
de incomunicación prohibidos por la ley Constitucional y que al efecto en protección a la
garantía la Carta Magna establece en sus artículos 14 y 16:

14.- Segundo párrafo “Nadie podrá ser privada de la vida, de la libertad o de sus
propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los Tribunales
previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del
procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”
16.-“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde
y motive la causa legal del procedimiento.”… desconociendo hasta el momento los
fundamentos legales en que se apoye el inconstitucional mandamiento, reservándome por
ello ampliar mis conceptos de violación una vez que sea conocedor de las constancias
que apoyen el informe con justificación que rinda las autoridades responsables.

VI.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LOS DERECHOS


HUMANOS COMO GARANTIA INDIVIDUAL VIOLADA: Artículo 14 y 16 Constitucionales

CAPITULO DE SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.


CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 122, 123,
124 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE AMPARO SOLICITO LA
SUSPENSION PROVISIONAL ASI COMO DEFINITIVA DEL ACTO
RECLAMADO BAJO LAS PRERROGATIVAS DE LEY PARA EL EFECTO DE
QUE NO SEA PRIVADO DE LA LIBERTAD NI DE LIBRE TRANSITO HASTA EN
TANTO SE RESUELVE EL FONDO DEL PRESENTE JUICIO SOLICITANDO SE
ME EXPIDA COPIA CERTIFICADA DEL AUTO QUE LA CONCEDE Y
COMUNICÁNDOLO DE INMEDIATO A LAS RESPONSABLES.

Por lo anteriormente expuesto a Ud. C. Juez de Distrito atentamente ruego:

Primero: Tenerme por presentado con este escrito solicitando el Amparo y


Protección de la Justicia Federal contra actos y autoridad que dejo precisados.

Segundo. Admitir mi demanda requiriendo a las responsables sus informes previo


y con justificación, señalando fecha para la audiencia Constitucional concediéndome la
Suspensión definitiva de los actos reclamados.

Protesto a Ud. mis respetos.


Tapachula, Chiapas, en la fecha de su presentación.
JORGE LUIS GARCIA FIGUEROA

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