ORDENANZA SOBRE CONDECORACIÓN MUNICIPAL 26 Diciembre
ORDENANZA SOBRE CONDECORACIÓN MUNICIPAL 26 Diciembre
ORDENANZA SOBRE CONDECORACIÓN MUNICIPAL 26 Diciembre
ESQUEMA DE LA ORDENANZA
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO l
Del Objeto, De la Condecoración, Del Jurado Calificador, Del Jurado
Calificador
CAPÍTULO II:
Del Procedimiento
CAPÍTULO lll
Imposición de la Condecoración
De la Placa, Medallas y Diplomas
CAPÍTULO IV
De La Revocatoria de la Condecoración
Orden “DR. JACINTO CONVIT GARCÍA”,
CAPITULO V
Disposiciones Finales
Del Presupuesto de la Condecoración
Vigencia de la Ordenanza
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Cada mes de marzo se conmemora, el día del Médico venezolano, esta fecha fue
aprobada por la Asamblea Extraordinaria de la Federación Médica Venezolana, el
10 de marzo de 1955. Este glorioso día aplaudimos la mística, abnegación,
altruismo y vocación de servicio de estos dignos profesionales.
Con la intención de enaltecer y compensar su entrega, se propone esta Ordenanza,
a fin de Condecorar a nuestros Médicos y Médicas quienes dedican su vida al
estudio, a la docencia y al trabajo todo con un solo fin: cuidar la salud y la vida.
Asimismo, esta Condecoración no podía llevar otro nombre que el del Ilustre Dr.
Jacinto Convit García, Médico Venezolano, investigador y científico cuyos aportes
contribuyeron al mundo entero, su dedicación fue reconocida recibiendo infinidades
de premios por su arduo trabajo en la prevención y el tratamiento de la lepra, la
leishmaniasis, la oncocercosis y la micosis, entre otras enfermedades tropicales en
la Región. El Dr. Jacinto Convit García fue es y será un héroe de la Salud Pública
Venezolana, el renombre de sus investigaciones, la intensa actividad docente y
asistencial traspasan las fronteras, así mismo Convit García fue un luchador social
a favor de la salud del pueblo y siempre pensó que la medicina preventiva y la
educación eran Las mejores herramientas para combatir las enfermedades
endémicas que aquejaban al país.
Esta Condecoración Municipal denominada “Orden "Dr. JACINTO CONVIT
GARCIA"., que se desarrolla y expone a lo largo de esta ordenanza, pretende,
corresponder, agradecer y retribuir a los Médicos y Médicas de nuestro País con
especial ahínco en el Municipio Sucre del Estado Miranda, por su ética y entrega a
este maravilloso pueblo.
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II:
DEL PROCEDIMIENTO
Condición de los Postulados
ARTÍCULO 14: Las Medallas, tendrán un motivo central y principal con la efigie del
“Dr. JACINTO CONVIT GARCÍA”, el cual estará estampado en alto relieve en el
adverso de la misma, así mismo llevará la inscripción condecoración Orden “Dr.
JACINTO CONVIT GARCÍA”, en el reverso de la medalla llevara como motivo
principal en el centro, el Escudo de Armas del Municipio Sucre y la inscripción del
Concejo Municipal del Municipio Sucre y año en el cual se otorga.
CAPÍTULO IV
DE LA REVOCATORIA DE LA CONDECORACIÓN
“Dr. JACINTO CONVIT GARCÍA”,
ARTÍCULO 16: A propósito del Jurado Calificador, previa la sustanciación del
expediente respectivo y con la aprobación de la Cámara Municipal, perderán la
Condecoración Orden “Dr. JACINTO CONVIT GARCÍA”, los médicos y las
médicas que se encuentren incursos en los siguientes hechos: