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Rio 1992

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Cumbre de la Tierra – Río de Janeiro


1992
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Ambiente y el
Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, constituyó un momento
importante en la aspiración de lograr un equilibrio justo entre las
necesidades económicas, sociales y ambientales. Esta reunión,
conocida como la “Cumbre de la Tierra”, fue inaugurada oficialmente
el 2 de junio de 1992, en el Complejo Río Centro, en Jacarepagua, a
unos 40 kilómetros del centro de la ciudad sede.

La Cumbre de Río fue una reunión fundamental de la agenda climática


internacional; allí se sentaron las bases para afrontar las amenazas que
se ciernen sobre la vida en la Tierra, con miras a las décadas
siguientes. En Río se estableció la Convención Marco de las Naciones
Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) y se acordó la creación
de la Conferencia de las Partes (COP), como su órgano supremo.

La reunión de Río fue organizada por la ONU, con Maurice Strong


como su secretario general. Contó con la asistencia de 172 países,
incluidos 108 Jefes de Estado y de Gobierno, además de 400
representantes de organizaciones no gubernamentales. Por otro lado,
unas 17.000 personas asistieron al Foro de las ONG, celebrado
paralelamente a la Cumbre.

La Conferencia fue la oportunidad de adoptar un programa de acción


para el siglo XXI, llamado “Programa 21” (o Agenda 21) que enumera
algunas de las 2500 recomendaciones relativas a la aplicación de los
principios de la declaración.
Reafirmando la Declaración de la
Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Humano, aprobada en
Estocolmo el 16 de junio de 1972, y
tratando de basarse en ella, con el
objetivo de establecer una alianza
mundial nueva y equitativa mediante
la creación de nuevos niveles de
cooperación entre los Estados, los
sectores claves de las sociedades y las
personas. A su vez, procurando
alcanzar acuerdos internacionales en
los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad
del sistema ambiental y de desarrollo mundial y reconociendo la
naturaleza integral e interdependiente de Planeta Tierra.
La Declaración de dicha cumbre consta de 27 principios, los cuales
tienen en cuenta cuestiones relacionadas con la salud, la vivienda, la
contaminación del aire, la gestión de los mares, bosques y montañas,
la desertificación, la gestión de los recursos hídricos y el saneamiento,
la gestión de la agricultura, la gestión de residuos. Incluso hoy, el
Programa 21 es la referencia para la aplicación del desarrollo
sostenible.
La sección III del informe de la Conferencia de Río, destacó el papel
de los diferentes actores en la aplicación del desarrollo sostenible:
mujeres, jóvenes y niños, los pueblos indígenas, las organizaciones no

2
gubernamentales, autoridades locales, sindicatos, empresas,
investigadores y agricultores.

La Conferencia de Río fue también testigo de la aprobación de la


Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático,
que afirma la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto
invernadero que condujo a la firma en 1997 del Protocolo de Kioto.
También fueron ratificados en la Cumbre, la Declaración de Principios
relativos a los Bosques y el Convenio sobre la Diversidad Biológica,
que supedita el uso de la herencia genética mundial a una serie de
condiciones y presenta un primer nivel en este ámbito.
Sin dudas, Río fue la madre de las conferencias, convenciones y
declaraciones climáticas; desde donde se propuso una nueva forma
de cooperación entre los Estados, los sectores y las personas, sobre
temas relativos a la protección del ambiente y un desarrollo
económico sostenible en armonía con el medioambiente y la
cooperación entre los países para proteger, preservar y restablecer las
condiciones de la Tierra.

Sin embargo, también hay que decirlo: la mayoría de estos convenios


no tuvieron carácter vinculante, o sea, no se creó un marco legal que
obligara a los países o partes a cumplirlos. No obstante, puede
afirmarse que la “Cumbre de la Tierra” resultó una excelente vidriera

3
para darle visibilidad a la potencial solución de algunos de los grandes
problemas planteados del Medio Ambiente, a pesar de que el propio
presidente de la delegación norteamericana, George Bush, se negó a
firmar los protocolos que fueron acordados por una abrumadora
mayoría.
En la Cumbre de Río se aprobaron las siguientes iniciativas:

1. La Declaración de Río sobre el Medio


Ambiente y el Desarrollo
Se compone de 27 principios. Básicamente es una reafirmación de los
26 Principios de la Declaración de Estocolmo, equiparable con la
Declaración de los Derechos Humanos, orientada hacia la
normalización de las relaciones de los seres humanos con el medio
ambiente. Fue establecida en la Primera Cumbre de la Tierra, también
conocida como «Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio
Humano», organizada en 1972 por iniciativa de Suecia, en conjunto
con la ONU.

2. La Convención Marco de las Naciones Unidas


sobre el Cambio Climático
Uno de los logros más destacados de la Cumbre de Río fue el
establecimiento de la Convención Marco de las Naciones Unidas para
el Cambio Climático (CMNUCC), que consta de veintiséis (26) artículos
y dos (2) Anexos, y entró en vigor en marzo de 1994, con la premisa
de reforzar la conciencia pública a escala mundial sobre los problemas
relativos al cambio climático. Entre los objetivos de la CMNUCC se
destaca la necesidad de estabilizar las concentraciones de gases de
efecto invernadero (GEI) en la atmósfera para impedir riesgos en el
sistema climático. En Argentina fue aprobada mediante la Ley Nº
24.295, promulgada el 30 de diciembre de 1993.

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3. La creación de las COP, conferencias
climáticas anuales
Se acordó la creación de la COP, Conferencia de las Partes, como el
órgano supremo de la CMNUCC y la asociación de todos los países y
partes que la conforman. Ya no habría que esperar diez o veinte años
para la siguiente reunión climática, puesto que se decidió que la
realización de la COP sería anual, lo cual se ha cumplido al pie de la
letra. En las COP intervienen expertos en medioambiente, ministros,
jefes de estado y organizaciones no gubernamentales.

4. Declaración de principios relativos a los


bosques.
La Declaración de principios para la ordenación sostenible de los
bosques, aunque no tiene fuerza jurídica vinculante, dispone: «Todos
los países, en especial los países desarrollados, deberían esforzarse
por reverdecer la Tierra mediante la reforestación y la conservación
forestal; que los Estados tienen derecho a desarrollar sus bosques
conforme a sus necesidades socioeconómicas, y que deben aportarse
a los países en desarrollo recursos financieros destinados
concretamente a establecer programas de conservación forestal con
miras a promover una política económica y social de sustitución».

5. Convención de la lucha contra la


desertificación.
En la Cumbre de Río se trató el problema de la desertificación, que
desde hace tiempo viene tomando características alarmantes. En Río
se adelantó acerca de cómo hacer frente al problema y se apoyó un
nuevo enfoque integrado sobre el mismo. Entró en vigor el 26 de
diciembre de 1996”. El extenso documento de la ONU, “Convención
de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países
afectados por la sequía grave o la desertificación, en particular en

5
África”, consta de 6 partes, 40 artículos y decenas de secciones y
numerales.

6. Convenio sobre la Diversidad Biológica.


El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) es un tratado
internacional jurídicamente vinculante con tres objetivos principales:
«la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible
de sus componentes y la participación justa y equitativa en los
beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos.
Su objetivo general es promover medidas que conduzcan a un futuro
sostenible».

7. El Programa 21. Plan de acción mundial para


promover el desarrollo sostenible.
El Programa 21, también conocido como Agenda 21, contiene más de
2.500 recomendaciones prácticas. En él se abordan los problemas más
urgentes. “Su objetivo es preparar al mundo para los retos del
próximo siglo. Incluye propuestas concretas en cuestiones sociales y
económicas, como la lucha contra la pobreza, la evolución de los
modelos de producción y consumo, la dinámica demográfica, la
conservación y ordenación de nuestros recursos naturales, la
protección de la atmósfera, los océanos y la diversidad biológica, la
prevención de la deforestación y el fomento de la agricultura
sostenible”.

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Convención Marco de las Naciones


Unidas sobre el Cambio Climático
La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Hoy en día, tiene
una membresía casi universal. Los 197 países que han ratificado la
Convención se denominan Partes en la Convención.
La CMNUCC es una "Convención de Río", una de las dos abiertas a la
firma en la "Cumbre de la Tierra de Río" en 1992. Las otras dos
convenciones que salieron de Río son el Convenio de las Naciones
Unidas sobre la Diversidad Biológica y la Convención de Lucha contra
la Desertificación. Los tres están intrínsecamente vinculados. En este
contexto se creó el Grupo de Enlace Mixto para impulsar la
cooperación entre las tres Convenciones, con el objetivo último de
desarrollar sinergias en sus actividades sobre cuestiones de interés
mutuo. Ahora también incorpora la “Convención de Ramsar” sobre los
Humedales.

La Convención reconoce la vulnerabilidad de todos los países a los


efectos del cambio climático y pide que se hagan esfuerzos especiales
para mitigar las consecuencias, especialmente en los países en

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desarrollo que carecen de recursos para hacerlo por sí mismos. En los
primeros años de la Convención, se prestó menos atención a la
adaptación que a la mitigación, ya que las Partes querían tener más
certeza sobre los efectos del cambio climático y la vulnerabilidad a
éste. Cuando se publicó el Tercer Informe de Evaluación del IPCC, la
adaptación cobró impulso y las Partes acordaron un proceso para
hacer frente a los efectos adversos y establecer arreglos de
financiación para la adaptación. Actualmente, la labor sobre la
adaptación se lleva a cabo en el marco de diferentes órganos de la
Convención.

Con respecto a la incorporación de la “Convención de Ramsar” a la


Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático,
el tema merece, al menos, un breve comentario por la trascendencia
que iría adquiriendo para la conservación y el uso racional de todos
los humedales.

La Convención de Ramsar sobre los humedales


La “Convención Relativa a los humedales de Importancia
Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas”, se
conoce en forma abreviada como Convenio de Ramsar, por la ciudad
de Irán, situada a orillas del mar Caspio, donde la Convención sobre
los Humedales se firmó el martes 2 de febrero de 1971 y que entró
en vigor el 21 de diciembre de 1975. Su principal objetivo es “la

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conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones
locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación
internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible
en todo el mundo”.
En el año 2011, 160 estados miembros de todo el mundo se habían
sumado a dicho acuerdo, protegiendo 1950 humedales, con una
superficie total de 190 millones de hectáreas, designados para ser
incluidos en la lista Ramsar de humedales de importancia
internacional. Cada tres años los países miembros se reúnen para
evaluar los progresos y compartir conocimientos y experiencias.
La filosofía de Ramsar gira en torno al concepto de “uso racional”. El
uso racional de los humedales se define como "el mantenimiento de
sus características ecológicas, logrado mediante la implementación
de enfoques por ecosistemas, dentro del contexto del desarrollo
sostenible". Por consiguiente, la conservación de los humedales, así
como su uso sostenible y el de sus recursos, se hallan en el centro del
"uso racional" en beneficio de la humanidad.
El objetivo final de la Convención es estabilizar las concentraciones de
gases de efecto invernadero "a un nivel que impida interferencias
antropógenas (inducidas por el hombre) peligrosas en el sistema
climático". Establece que "ese nivel debería alcanzarse en un plazo
suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente
al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se
vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de
manera sostenible".
La República Argentina es integrante del Convenio de Ramsar y
cuenta en su territorio con humedales de importancia internacional,
reconocidos como sitios Ramsar. Esto significa que se intenta
conservar el ecosistema promoviendo el desarrollo sustentable de
estas áreas. Nuestro país tiene registrados 23 sitios Ramsar, que
abarcan un total de 5.625.407 ha.

9
Dijo Martha Rojas Urrego, Secretaria General de la Convención sobre
los Humedales: “A pesar de los valores y beneficios cruciales que
ofrecen los humedales, se están perdiendo a una velocidad mayor que
otros ecosistemas. El 35 % de los humedales del mundo ha
desaparecido en los últimos 50 años. La intensificación de las medidas
de conservación y restauración de los humedales es más urgente que
nunca”.
Las principales presiones sobre los humedales se relacionan con
cambios en el uso del suelo (urbanización, deforestación, rellenos,
etc.), alteraciones en la dinámica del agua (por extracción,
intercepción, desvíos, etc.), extracciones (pesca, maderas, pasturas,
etc.), contaminación (agrícola, industrial y doméstica), introducción de
especies exóticas invasoras y el cambio climático1.

1
Fuente:
https://www.argentina.gob.ar/ambiente/agua/humedales#:~:text=Las%20principales%20presion
es%20sobre%20los,agr%C3%ADcola%2C%20industrial%20y%20dom%C3%A9stica)%2C

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Declaración de Marrakech de 15 de
abril de 1994 (Creación de la OMC)
Representando a los 124 Gobiernos, y las Comunidades Europeas,
participantes en la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales
Multilaterales, con ocasión de la reunión final del Comité de
Negociaciones Comerciales a nivel ministerial, que se celebrara en
Marrakech, Marruecos, del 12 al 15 de abril de 1994.
Desde 1948 hasta 1994, el Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio (GATT) estableció las reglas aplicables a una
gran parte del comercio mundial, y en este espacio de tiempo hubo
períodos en los que se registraron algunas de las tasas más altas de
crecimiento del comercio internacional. A pesar de su apariencia de
solidez, el GATT fue durante esos 47 años un acuerdo y una
organización de carácter provisional.

A comienzos del decenio de 1980 era evidente que el Acuerdo


General no respondía ya a las realidades del comercio mundial como
lo había hecho en el decenio de 1940. Incluso la estructura

11
institucional del GATT y su sistema de solución de diferencias
causaban preocupación.

Estos y otros complejos factores, persuadieron a los miembros del


GATT de que debía hacerse un nuevo esfuerzo por reforzar el sistema
multilateral; y así fue que en 1986, convocaron a una reunión en Punta
del Este (Uruguay), en donde se aprobó una declaración en que se
dispuso la iniciación de una ronda de negociaciones comerciales
multilaterales, que habría de conocerse como "Ronda Uruguay”,
destinada a sustituir y ampliar el conjunto de acuerdos, entonces en
vigor, sobre diversos temas de comercio internacional. La Ronda se
prolongó más de lo esperado y luego de varios encuentros, culminó
en una reunión celebrada en abril de 1994 en Marrakech (Marruecos).

La Ronda Uruguay
Duró siete años y medio, el doble del plazo previsto. Hacia el final
participaban en ella 123 países. “Abarcó la casi totalidad del comercio,
desde los cepillos de dientes hasta las embarcaciones de recreo,
desde los servicios bancarios hasta las telecomunicaciones, desde los
genes del arroz silvestre hasta los tratamientos contra el SIDA.
Simplemente, fue la mayor negociación comercial que haya existido
jamás y, muy probablemente, la negociación de mayor envergadura,
de cualquier género en la historia de la humanidad”.2
En algunos momentos pareció condenada al fracaso, pero finalmente
la Ronda Uruguay dio origen a la mayor reforma del sistema mundial
de comercio desde la creación del GATT al final de la segunda guerra
mundial. A pesar de sus avances dificultosos, la Ronda Uruguay
produjo ya inicialmente algunos resultados. En sólo dos años los
participantes se pusieron de acuerdo sobre un conjunto de
reducciones de los derechos de importación aplicables a los
productos tropicales (que son exportados sobre todo por países en
desarrollo). También revisaron las normas para la solución de

2
https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/fact5_s.htm

12
diferencias, y algunas medidas se aplicaron de inmediato. Y
establecieron además la presentación de informes periódicos sobre
las políticas comerciales de los miembros del GATT, medida que se
consideró importante para lograr que los regímenes comerciales
fueran transparentes en todo el mundo.
Durante los años siguientes, las negociaciones oscilaron
continuamente entre la amenaza de fracaso y las previsiones de éxito
inminente. En varias ocasiones se fijaron plazos que expiraron sin que
se hubiera llegado a una solución. Surgieron nuevas cuestiones muy
conflictivas que vinieron a añadirse a las que se venían discutiendo,
como por ejemplo: los servicios, el acceso a los mercados, las normas
antidumping y el proyecto de creación de una nueva institución. Las
diferencias entre los Estados Unidos y la Unión Europea adquirieron
capital importancia para las esperanzas de llegar finalmente a una
conclusión satisfactoria.

Hubo que llegar al 15 de diciembre de 1993 para que quedaran


finalmente resueltas todas las cuestiones y concluidas las
negociaciones sobre el acceso a los mercados de bienes y servicios
(aunque los toques finales se dieron en las conversaciones sobre
acceso a los mercados celebradas algunas semanas después). El 15 de
abril de 1994 los Ministros de la mayoría de los 123 gobiernos
participantes firmaron el Acuerdo en una reunión celebrada en
Marrakech (Marruecos), mediante el cual se creó la Organización
Mundial de Comercio (OMC).

El desarrollo sostenible y la protección del


medio ambiente, objetivos de la OMC.
Permitir la utilización óptima de los recursos mundiales de
conformidad con el objetivo de un desarrollo sostenible y procurar
proteger y preservar el medio ambiente son cuestiones que revisten
una importancia fundamental para la OMC. Estos objetivos,
consagrados en el Preámbulo del Acuerdo de Marrakech, van unidos

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al objetivo de la Organización de reducir los obstáculos al comercio y
eliminar el trato discriminatorio en las relaciones comerciales
internacionales. Para los Miembros de la OMC, los objetivos
consistentes, por un lado, en respaldar y salvaguardar un sistema
multilateral de comercio abierto y no discriminatorio y, por otro, en
actuar para la protección del medio ambiente y la promoción del
desarrollo sostenible pueden y deben apoyarse mutuamente.
El compromiso de los Miembros de la OMC con el objetivo del
desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente también se
ha plasmado en las normas de la OMC. En términos generales, las
normas, y los principios fundamentales subyacentes de la no
discriminación, la transparencia y la previsibilidad, han ayudado a
establecer el marco que permite a los Miembros elaborar y aplicar
medidas para atender las preocupaciones relativas al medio
ambiente. Además, las normas de la OMC, y en particular los Acuerdos
especializados como el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al
Comercio (que se refiere a los reglamentos relativos a los productos),
y el Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias (que aborda la
inocuidad de los alimentos, la salud de los animales y la preservación
de los vegetales), dan margen a los Miembros para procurar lograr
sus objetivos ambientales y adoptar las medidas relacionadas con el
comercio necesarias. Las normas de la OMC establecen el equilibrio
justo entre el derecho de los Miembros a adoptar medidas de
reglamentación, incluidas restricciones al comercio, para lograr
objetivos de política legítimos (como pueden ser la protección de la
salud y la vida de las personas y los animales o la preservación de los
vegetales, y la protección de los recursos naturales) y los derechos
que corresponden a los demás Miembros, en virtud de las disciplinas
básicas del comercio3.

3
Fuente: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/envir_s/envt_intro_s.htm

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Conferencia de las Partes - (COP)


Berlín 1995
La COP es el órgano supremo de toma de decisiones de la Convención
de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC). Todos
los Estados que son Partes de la Convención están representados en
la COP, en la que revisan la implementación de la Convención y
cualquier otro instrumento legal que la COP adopte y toman las
decisiones necesarias para promover la implementación efectiva de la
Convención, incluidos los arreglos institucionales y administrativos. .
La COP se reúne todos los años, a menos que las Partes decidan lo
contrario. La primera reunión de la COP se llevó a cabo en Berlín,
Alemania, en marzo de 1995. La COP se reúne en Bonn, la sede de la
secretaría, a menos que una Parte se ofrezca como anfitriona de la
sesión. Así como la presidencia de la COP rota entre las cinco regiones
reconocidas de la ONU, es decir, África, Asia, América Latina y el
Caribe, Europa central y oriental y Europa occidental y otros, existe
una tendencia a que la sede de la COP también cambie entre estos
grupos.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático de
2021 fue la 26ª conferencia de las partes de la Convención Marco de
las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP26), y se celebró

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entre el 31 de octubre y el 12 de noviembre en la ciudad de Glasgow,
Escocia. En un principio la reunión estaba prevista para noviembre de
2020, pero la pandemia de COVID-19 ocasionó que se aplazara.1 La
conferencia también incluyó la 16ª reunión de las partes del Protocolo
de Kioto (CMP16) y la tercera reunión de las partes del Acuerdo de
París (CMA3).
La 27ª sesión de la Conferencia de las Partes (COP 27) de la CMNUCC
tendrá lugar en Sharm El-Sheikh, Egipto.

Originalmente, se esperaba que la COP 27 tuviera lugar del 8 al 20 de


noviembre de 2021. Debido a la pandemia, se reprogramó y tendrá
lugar del 7 al 18 de noviembre de 2022.

Estas conferencias han sido el resultado de un proceso iniciado por


las Naciones Unidas en 1992 después de la Cumbre de Río para tratar
el cambio climático. La primera se celebró en 1995 en Berlín y luego
se han ido organizando cada año:

1995: COP1, Berlín, Alemania


1996: COP2, Ginebra, Suiza
1997: COP3, Kioto, Japón

1998: COP4, Buenos Aires, Argentina


1999: COP5, Bonn, Alemania

2000: COP6, La Haya, Holanda

2001: COP6, Bonn, Alemania


2001: COP7, Marrakech, Marruecos

2002: COP8, Nueva Delhi, India


2003: COP9, Milán, Italia

2004: COP10, Buenos Aires, Argentina

2005: COP11 / CMP1, Montreal, Canadá

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2006: COP12 / CMP2, Nairobi, Kenia

2007: COP13 / CMP3, Bali, Indonesia


2008: COP14 /CMP4, Poznan, Polonia

2009: COP15 / CMP5, Copenhague, Dinamarca

2010: COP16 / CMP6, Cancún, México

2011: COP 17 / CMP7, Durban, Sudáfrica

2012: COP18 / CMP8, Doha, Catar

2013: COP 19 / CMP 9, Varsovia, Polonia


2014: COP 20 / CMP 10, Lima, Perú

2015: COP 21 / CMP 11, París, Francia

2016: COP 22 / CMP 12 / CMA 1, Marrakech, Marruecos


2017: COP 23 / CMP 13 / CMA 1-2, Bonn, Alemania

2018: COP 24 / CMP 14 / CMA 1-3, Katowice, Polonia

2019: OS50, Bonn, Alemania


2019: COP 25 / CMP 15 / CMA 2, Madrid, España
2021: COP 26 / CMP 16 /CMA 3, Glasgow, Escocia, Reino Unido

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