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Clasificacion de Las Constituciones

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CLASIFICACION DE

LAS
CONSTITUCIONES
CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES ALLENDE

4TO SEMESTRE LIENCIATURA EN DERECHO

DERECHO CONSTITUCIONAL

18/MARZO/2023

LIC. JUAN ANTONIO PEREZ SOLIS

JAZMIN CERVANTES SOTO


Una Constitución es la Ley fundamental que le da una estructura política y social a
un país.

Y según Rafael de Pina, una constitución es un “orden jurídico que constituye el


Estado, determinando su estructura política, sus funciones características, los
poderes encargados de cumplirlas, los derechos y obligaciones de los ciudadanos y
el sistema de garantías necesarias para el mantenimiento de la legalidad.”

Y debido a los diferentes ordenes jurídicos que existen en el mundo las


comstituci9ones se pueden clasificar:

SEGUN SU FORMULACION JURIDICA


La constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico y la validez de todos
los actos y normas que los poderes públicos emiten y que van sometidos a los
principios y valores consagrados. En el sistema jurídico podemos decir que es el
conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas que determinan el ordenamiento
jurídico de un estado, especialmente la organización de los poderes públicos y sus
competencias, los fundamentos de la vida económica y social, los deberes y
derechos de los ciudadanos.

Y según su formulación jurídica se pueden clasificar en: a) constituciones


codificadas; b) constituciones dispersas.

CONSTITUCOINES CODIFICADAS: las constituciones codificadas son las se


encuentran escritas en un documento y que consagra las reglas más importantes,
responsabilidades y poderes otorgadas a las diferentes instituciones del estado;
además de los derechos y libertades que tienen las personas y que nadie les puede
quitar. además, solo el derecho escrito puede ofrecer garantías de racionalidad, y un
orden objetivo y permanente. Ejemplo: la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos.

CONSTITUCIONES DISPERSAS: estas en cambio debido a su orden político


jurídico de los países que cuentan con este tipo de constitución, son aquellas que no
se originan en un momento determinado del tiempo si no que más bien son producto
de una modificación continua de una modificación continúa derivado de la evolución
social y política del país. Por lo que no se están plasmadas en un ningún código,
sino que son una variedad de estatutos y decisiones jurídicas. Ejemplo: la
constitución inglesa y algunos de los países anglosajones.
SEGUN SUS REFORMAS
Las reformas son aquellas modificaciones que se realizan y tienen por objeto una
revisión parcial o total de una constitución. y derivado de sus características pueden
ser rígidas flexibles.

CONSTITUCION RIGIDAS: Este tipo de constituciones ha previsto un mecanismo


de reforma propio, pero de carácter agravado o especialmente dificultoso en
comparación con el procedimiento de modificación o creación de las leyes para el
poder constituido (ya sea para el legislativo o el ejecutivo). Y son las que exigen un
procedimiento especial y se requiere de un órgano especifico (poder constituyente)
quien está facultado por la misma constitución para poder realizar las reformas
correspondientes.

CONSTITUCION FLEXIBLE: a diferencia de las constituciones rígidas, la


constitución flexible no se requiere de un órgano es especifico que desarrolle las
reformas, sino que el poder legislativo general o común puede desarrollar dichas
modificaciones, es sencillo de seguir, es flexible al procedimiento de creación,
modificación o derogación de las leyes.

SEGUN SU NACIMIENTO
Las constituciones, pueden así clasificarse dependiendo de la fuente que legitima la
existencia de la constitución en el ordenamiento jurídico. Las constituciones según
su nacimiento son de acuerdo a las situaciones históricas, políticas y sociales, el
nacimiento de una constitución puede ser otorgada, impuesta o pactada.

CONSTITUCION OTORGADA: Las constituciones otorgadas son aquellas que


surgen de la voluntad del gobernante como una forma de crear reglas básicas de
interacción entre el gobierno y los gobernados.

Corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano


es quien precisamente las otorga; es decir, son aquellas en las cuales el monarca,
en su carácter de titular de la soberanía, las otorga al pueblo. Ejemplo: un Monarca
en la carta constitucional de Luis XVIII.
CONSTITUCION IMPUESTA: Las constituciones impuestas son aquellas surgidas
de un proceso de emancipación social, por lo que se imponen a un gobernante, a un
régimen o a una clase social.

Estas constituciones suelen incluir dentro de su bloque de constitucionalidad textos


o declaraciones adicionales producto del proceso emancipador. Incluso, las
constituciones posteriores a una constitución impuesta, puede seguir utilizando
fragmentos del proceso emancipador para legitimar o integrar normas en su
ordenamiento jurídico.

Su fuerza la garantiza la legitimidad del proceso emancipador, y su interpretación


depende del contexto histórico que generó el proceso emancipador, por lo que
suelen ser más extensas que el texto formal que las establece. Es decir, es el propio
pueblo quien impone las leyes al titulas del poder soberano. Ejemplo: constitución
de Cádiz.

CONSTITUCION PACTADA: Las constituciones pactadas son aquel producto del


consenso social.

Este tipo de constituciones es la más común y se distinguen porque crean todo el


ordenamiento jurídico alrededor del texto constitucional.

El primer ejemplo moderno de constituciones pactadas es la Constitución de los


Estados Unidos de América, que fue elaborada tras un proceso de pactos políticos,
asambleas y debates. Son producidas por luchas sociales, donde se aportan ideas y
principios que moldean una constitución pro sociedad.

BIBLIOGRAFIA.

URL: https://academia-lab.com/2013/07/21/las-constituciones-segun-su-origen/.

URL: https://tareasjuridicas.com/2017/01/08/como-se-clasifican-las-constituciones/

URL:https://es.scribd.com/document/598011688/CONSTITUCIONES-
CODIFICADAS-Y-DISPERSAS#:~:text=En%20cambio%2C%20las
%20constituciones%20dispersas%20son%20aquellas%20cuyos,que%20responden
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