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Contestacion de Demanda Del Derecho de Propiedad Privada
Contestacion de Demanda Del Derecho de Propiedad Privada
Contestacion de Demanda Del Derecho de Propiedad Privada
224/2023-04,
promovido por el C. Arturo Quintanilla Hayek, en su carácter de parte
actora en el juicio principal, en contra de la sentencia dictada por el
Juzgado Sexto de Primera Instancia, con sede en la ciudad de
Coatzacoalcos, Veracruz, el dieciséis de Abril de dos mil veintitrés en
el juicio, relativo al conflicto por límites y restitución; y
R E S U L T A N D O:
PRIMERO.- Por escrito presentado ante el Juzgado Sexto de Primera
Instancia, el dieciséis de abril de dos mil veintitrés, el C. Arturo
Quintanilla Hayek, demandó del ejido al C. Antonio Rafael Dodero
Gómez, por conducto del Presidente de su Comisariado Ejidal, las
siguientes prestaciones:
“a) Que soy legítimo propietario de un Predio Rustico ubicado en la
Comunidad de “Las Canticas, perteneciente al Municipio de
Coatzacoalcos, con una superficie de 20.00 hectáreas, con las
siguientes medidas y colindancias: Al Norte.- ochenta y tres metros,
linda con el oeste en ochenta y nueve metros; Al Sur.- Cinco metros;
Al Oriente.- Seis metros. b) Que el predio antes referido no se
encuentra sujeto a ningún régimen de propiedad ejidal o comunal y en
particular, no se encuentra comprendido, dentro de la superficie que le
fuera otorgada por dotación o ampliación al C. Arturo Quintanilla
Hayek, perteneciente al Municipio de Coatzacoalcos, Veracruz. C).
Que actualmente y sin derecho alguno el inmueble de mi propiedad se
encuentra en posesión, uso y dominio del C. Antonio Rafael, antes
mencionado. d) Que me corresponde el uso y disfrute del predio de mi
propiedad y que por ello, el C. Antonio Rafael, perteneciente al
Municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, o cualquiera de sus miembros,
tienen la obligación de devolvérmelo jurídica y materialmente, así
como a restituirme los eventuales frutos o rendimientos que el predio
haya producido en beneficio del referido Ejido, entregándome
judicialmente la posesión y dominio del inmueble. e) Que me
corresponde el pago de una indemnización en dinero, en caso de que
resulte material o jurídicamente imposible la restitución material de
alguna parte o fracción del terreno, o en caso de que éste haya sufrido
daños o menoscabos que reduzcan su valor original, a la fecha en que
fue adquirido por mi persona. f) Que el C. Antonio Rafael,
perteneciente al Municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, o cualquiera
de sus integrantes, deben abstenerse de cualquier acto de intromisión
o molestia en el predio de mi propiedad.”
HECHOS:
“1. Soy legítimo propietario del siguiente bien inmueble: Predio Rustico
ubicado en la Comunidad de “La canticas”, perteneciente al Municipio
de Coatzacoalcos, Veracruz, con una superficie de 20.00 hectáreas,
con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte.- Ochenta y tres
metros, Al Sur.- Cinco metros; Al Oriente.- Seis Metros. El inmueble lo
adquirí por COMPRAVENTA celebrada con el C. Tubilla Tabche José
el día 05 de diciembre de dos mil cinco, como consta en la COPIA
CERTIFICADA de la escritura pública numero Treinta y Seis Mil
otorgada por el LIC. PABLO DANIEL SALAS LIAÑO, Notario Público
Numero 3 en ejercicio en el MUNICIPIO de Coatzacoalcos, documento
que se adjunta a la presente demanda, en la inteligencia de que la
operación quedó inscrita el día 16 de diciembre del 2005 bajo el
Número 21, folios 127 a 129, del Volumen 2334 de la Sección Primera
del Registro Público de la Propiedad y el Comercio del Municipio de
Coatzacoalcos y como también se acredita con la certificación anexa.
2.- Por razones que desconozco, ajenas a mi voluntad, el predio de mi
propiedad se encuentra actualmente invadido y ocupado por el Ejido
C. Antonio Rafael (quien es mi colindante en el punto cardinal oriente,
en un tramo de cinco grados 0 metros lineales) argumentando que el
predio les pertenece y en razón de ello lo usan y lo aprovechas para
alimentar ganado, impidiéndome además el acceso al inmueble o el
desarrollo de actividades agropecuarias dentro del mismo, sin que les
asista ninguna razón o derecho, pues, hasta donde tengo
conocimiento, el C. Antonio Rafael fue dotado de 5 HECTÁREAS, en
el año de 1945 y mi predio no se encuentra ubicado dentro de su
superficie, como pericialmente se acreditará en el momento procesal
oportuno, pero como se ilustra con el levantamiento topográfico
adjunto emitido por el INGENIERO José Vidal Rasgado Ramos
(Cedula Profesional 96785) a quien anticipadamente ofrezco como
PERITO EN MATERIA TOPOGRAFICA E INMOBILIARIA para
acreditar la existencia de la invasión territorial de mi predio. 3.- Es
estas condiciones, toda vez que el predio del que acredito la propiedad
no pertenece al C. Antonio Rafael, y si por el contrario, con las
documentales anexas se prueba que tengo la calidad de pequeño
propietario colindante del referido Ejido, sin que exista motivo legal
para que el Ejido se encuentre actualmente en posesión de mi predio,
es que resulta conducente la acción intentada, pues los demandados
carecen de título legal que justifique la ocupación y/o uso de mi predio,
de suerte que tiene la obligación de devolvérmelo material y
jurídicamente, en las mismas condiciones en las que se encontraba en
la fecha en la que me convertí en propietario.”