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Manual Organizacion Policial
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MANUAL
ORGANIZACIÓN POLICIAL
DOCENTE:
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ING. ARTEMIO FLORES ESTRADA
TEMARIO
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I. SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Mediante el Decreto 359, publicado en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de
México Gaceta de Gobierno, en fecha 19 de octubre de 2011, se reforman los artículos 19 y 21 y
se adiciona el 21 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México,
dando paso a la creación de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, como una dependencia
auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado, mediante la cual se ejercerán nuevas políticas en materia
de seguridad, a través de una nueva estructura que permita sumar esfuerzos con los tres órdenes
de gobierno y la ciudadanía.
Cuya misión es, avanzar decididamente en la consolidación de una sociedad protegida en la que
todos los ciudadanos gocen de seguridad, cuenten con las condiciones de confianza y
certidumbre en las cuales fincar el desarrollo personal y con la visión de construir una sólida
seguridad ciudadana como la forma de seguridad primordial de las personas y los grupos
sociales, que considere a la persona en el centro de la política pública misma que se fundamente
en la prevención social del delito, en la adecuada reinserción social, la protección civil de la
ciudadanía y el respeto irrestricto a los derechos humanos.
1824 La Ley Orgánica Provisional para el arreglo Interior del Estado estableció como
función del Consejo Consultivo del Ejecutivo: mantener el orden y la tranquilidad
pública.
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tranquilidad pública y el cumplimiento de las leyes.
1861 La figura del Prefecto es sustituida por la de Jefe Político, asumiendo las mismas
atribuciones en materia de seguridad pública.
1868 La Ley Orgánica para el Gobierno y Administración Interior de los Distritos
Políticos del Estado de México especificaba las atribuciones de los Jefes Políticos,
que eran de tipo gubernativo y municipal, destacando el control de la policía.
1915 Se creó la Oficina de Inspección General de Policía.
1941 Se expidió el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, que dio
origen a los departamentos de:
- Gobernación y Justicia, encargado de la seguridad pública, salubridad y
gobernación.
- Central de Tránsito, encargado de la expedición de licencias de manejo,
placas, infracciones, peritajes, altas y bajas de vehículos, entre otras actividades,
quedando adscrita a la Oficina de Inspección General de Policía.
1969 Se crea la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito, como Dependencia del Poder
Ejecutivo, integrado por los Departamentos de Gobernación y Justicia y Central de
Tránsito.
1982 La Dirección de Seguridad Pública y Tránsito fue adscrita a la Subsecretaría “A” de
Gobierno, integrándose por la Subdirección Operativa de Policía y Tránsito y la
Subdirección Técnica y de Servicios al Público.
1995 Para fortalecer la operación policial regional se desconcentró la Subdirección de
Operaciones, constituida por 3 Jefaturas Operativas con 10 regiones y la
Subdirección de Servicios al Autotransporte con 21 Delegaciones.
2006 Por acuerdo del Ejecutivo del Estado, el 2 de febrero de 2006 se crea el Organismo
Desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, denominado Agencia de
Seguridad Estatal, con autonomía técnica y operativa, coordinando las funciones de:
- Seguridad Pública y Tránsito.
- Prevención y Readaptación.
- Protección Civil.
- Pirotecnia.
2011 La Secretaría de Seguridad Ciudadana surge mediante Decreto No. 359 de la H.
LVII Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado Libre y Soberano de México Gaceta del Gobierno el 18 de
octubre de 2011, con el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones
de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México como
dependencia auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado de México.
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I.2 MARCO JURIDICO.
Constitución
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Leyes
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Ley Orgánica de la Administración Pública
Últimas Reformas del 18 de Octubre de 2011
Ley de Seguridad del Estado de México
Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado
Últimas Reformas 31 de Diciembre 2007
Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado
Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Ley que Crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Reglamentos
Últimas modificaciones al Reglamento de Tránsito del Estado de México
Reglamento de Tránsito del Estado de México
Reglamento de Tránsito Metropolitano
Reglamento de los Cuerpos de Seguridad Pública del Estado de México
Reglamento de Escalafón del Personal Operativo de la Dirección General de Seguridad
Pública y Tránsito del Estado de México
Reglamento de los Centros Preventivos y Readaptación Social del Estado de México
Reglamento de identificación de uniformes e insignias
Reglamento de la Ley de Protección Civil
Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo
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Decreto Número 359.- Por el que se reforman diversos artículos de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Estado de México
Decreto Número 360.- Por el que se expide la Ley de Seguridad del Estado de México
Códigos
Código Administrativo
Últimas Reformas 31 de Diciembre 2007
Código de Procedimientos Administrativos
Son 12 las áreas Staff y 7 Direcciones Generales que integran a la Secretaria de Seguridad
Ciudadana las cuales son:
Áreas Staff:
Secretaria Particular
Unidad de Control y Gestión
Contraloría Interna
Unidad de Análisis Criminal
Unidad de Vinculación, Comunicación Social y Relaciones Públicas
Centro de Mando y Comunicación
Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación
Unidad de Asuntos Internos
Secretaria Técnica
Coordinación de Estudios y Proyectos Especiales
Coordinación de Ayudantías
Coordinación de Grupos Tácticos
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Fig. 1: Estructura Areas Staff S.S.C.
Direcciones Generales:
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Fig. 2: Estructura Direcciones Generales S.S.C.
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Fig. 4.1: Estructura 2. D.G.S.P. y T.
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Fig. 4.3: Estructura Coordinaciones Metropolitana y Oriente.
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Fig. 6.1: Estructura 4. Dirección General de Protección Civil.
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Fig. 6.2: Estructura Dirección de Vinculación y de Programación.
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Fig. 6.3: Estructura Dirección de Operación.
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Fig. 7: Estructura 5. Dirección General de
Prevención y Readaptación Social.
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Fig. 8: Estructura 6. Dirección de Procedimientos y Defensa Jurídica y Dirección de Legislación, Consulta y Asistencia.
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Fig. 9: Estructura 7. Dirección General de Administración y Servicios.
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I.4 ATRIBUCIONES (POLICIA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL)
Policía Municipal: Destinada a que la sociedad dé cumplimiento al Bando de Policía y Buen
Gobierno. Favorece la convivencia social y el orden públicos, con base en el civismo.
Policía Estatal: Atiende los delitos del fuero común y las conductas que ponen en riesgo la
seguridad pública, ya sea a través de cuerpos preventivos, para disuadir la comisión de los ilícitos
o de la policía judicial para la investigación y persecución del delincuente.
Policía Federal: Dirigida a atender los delitos del fuero federal como terrorismo, sabotaje de
instalaciones estratégicas, ataque a las vías generales de comunicación, narcotráfico,
contrabando, los que atenten contra el patrimonio de la nación y aquellos que, con base en la Ley
de Crimen Organizado, son atraídos por la federación para su investigación y seguimiento.
II.
II.1 AGRUPAMIENTOS DE LA POLICIA ESTATAL
Dada la pluralidad de fenómenos vinculados con la inseguridad, ha sido necesario especializar la
labor del personal de policía en la D.G.S.P y Tto., dando pauta a la creación de diversos
agrupamientos quienes poseen conocimientos y funciones específicas tendientes a preservar la
seguridad pública en territorio mexiquense.
2) Control de Transito
Vigilar y controlar el tránsito en carreteras y caminos estatales así como de sancionar y velar por
la aplicación y respeto al reglamento de tránsito y disposiciones vigentes.
3) Seguridad en Carreteras
Brindar seguridad, protección y auxilio en carreteras y caminos de jurisdicción estatal y
vialidades primarias.
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Fuerza elite especializado en detención y desactivación de explosivos, así como revisión y
traslados de internos de los centros de readaptación social.
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Participa en operaciones especiales basándose en la información derivada del trabajo de
inteligencia utilizando para esto equipo táctico y aditamentos especiales.
II.3 JERARQUIZACION
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Subdirector Operativo Regional: Coordinar los servicios de seguridad, vigilancia y protección
regional, en caminos y carreteras estatales ó vías primarias, zonas rurales, áreas de recreo y
turísticas de competencia estatal, así como las instalaciones estratégicas del Gobierno de la
Entidad, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Es importante mencionar que dentro del nuevo modelo de policía federal para la policía de
proximidad social(propuesta), en orden jerárquico que se señala es el siguiente:
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Fuente: Secretaria de Seguridad Publica
Jerarquización
por Agrupamiento
Jerarquización Global
De la D.G.S.P.Y T.
Jerarquización Global
De la D.G.S.P.Y T.
Dentro de la Escala jerárquica los grados que contempla la Dirección General de Seguridad
Publica y Transito en el Estado de México de la Secretaria de Seguridad Ciudadana son los
siguientes:
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Diseño de los Niveles y/o rangos:
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R -3
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Cmte. Sec. R-2
Subdirectores Generales
Mediante el Decreto 358, publicado en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de
México Gaceta de Gobierno, en fecha 18 de octubre de 201, se crea el Instituto Mexiquense de
Seguridad y Justicia, como organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio
propios. El cual tendrá por objeto la formación y profesionalización especializada en seguridad
pública de servidores públicos y aspirantes a integrar a las Instituciones de Seguridad Publica o
Corporaciones de Seguridad Privada, con la finalidad de contribuir al perfeccionamiento de la
Seguridad Publica.
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Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública Art. 3
Ley que crea el instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia Art. 1
Son atribuciones del Director General del Instituto mexiquense de Seguridad y justicia:
Representar y administrar al Instituto Mexiquense de Seguridad Y Justicia, Ejecutar los acuerdos
de la junta de gobierno, Presidir el consejo Académico, Someter a consideración de la Junta de
Gobierno los planes, proyectos y Programas elaborados por el Consejo Académico; Proponer
ante la Junta de Gobierno, previa opinión del Consejo Académico, a los profesores e
Investigadores, acompañando los antecedentes curriculares y resultado de los concursos de
oposición y en su caso expedir los nombramientos respectivos; Designar al personal
administrativo y de confianza del Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia; Atender el buen
funcionamiento del Instituto; Acordar con los servidores públicos de las áreas respectivas, los
asuntos de su competencia; Establecer mantener y Promover las relaciones del Instituto
Mexiquense de Seguridad y Justicia con otras instituciones nacionales o internacionales; Rendir
anualmente un informa de actividades a la junta de gobierno, así como los informas periódicos
que esta le solicite; elaborar el proyecto de Estatuto Orgánico; y las demás que le atribuyen al
Estatuto Orgánico, el Reglamento y las que sean consecuencia natural de sus funciones. (Art 13
de la Ley que crea el Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia).
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III.5 REGLAS O NORMAS DISCIPLINARIAS DEL IMSJ
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III.6 FORMACION Y CAPACITACION QUE SE IMPARTE
Por lo que dentro de sus atribuciones se encuentra capacitar en materia de investigación científica
y técnica a los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública y Corporaciones de
Seguridad Privada; impartir estudios educativos de nivel técnico, medio superior y superior en
materia de Seguridad Publica; proponer y aplicar los contenidos de los planes y programas para la
formación de los servidores públicos a que se refiere el programa rector de profesionalización a
nivel nacional; proponer la celebración de convenios con instituciones educativas nacionales,
extranjeras, publicas y privadas, con el objeto de brindar formación académica a los servidores
públicos.
Por lo que la capacitación que impartirá el instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia será al
personal de:
- Policía
- Ministerio Publico
- Peritos
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