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Historia de La Cárcel en Santiago Del Estero. Primeros Aportes en Torno A La Investigación
Historia de La Cárcel en Santiago Del Estero. Primeros Aportes en Torno A La Investigación
Historia de La Cárcel en Santiago Del Estero. Primeros Aportes en Torno A La Investigación
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Resumen
Dentro de las investigaciones que la historia santiagueña soslaya, encontramos
aquellas respecto de la cárcel, previo a la autonomía de Santiago del Estero. El
presente abordaje pretende construir una historia de las instituciones
carcelarias locales, tomando como punto de partida categorías teóricas que
conforman las construcciones universales respecto de los contextos de
encierro. Se tomará como fuente principal bibliográfica, las Actas Capitulares
de la provincia entre 1554 y hasta 1791. Es menester destacar que se trata de
algo novedoso e inédito para las investigaciones en el contexto local y que será
necesario construir la historia teniendo en cuenta no solo la infraestructura, sino
también las cuestiones que tienen que ver con lo social y político. Desde el
punto de vista sociológico, lo fundamental será la reflexión acerca de las
construcciones sociales y la cárcel en ese momento histórico. Destacamos que,
si bien existen trabajos de investigación de diversos autores referidos a
cuestiones vinculadas con la justicia y su organización y con respecto a la
cárcel, son escasas las que abordan la temática desde la recopilación y
reflexión que se plantea en el presente trabajo.
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CEDEP – FHCSyS – UNSE.
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FHCSyS – UNSE
Abstract
Among the researches that Santiago del Estero's history overlooks, we find
those on prisons, prior to the autonomy of Santiago del Estero. The present
approach aims to build a history of local prison institutions, taking as a starting
point theoretical categories that make up the universal constructions regarding
the contexts of confinement. The main bibliographic source will be taken as the
main bibliographic source, the Chapter Acts of the province between 1554 and
1791. It is necessary to emphasize that this is something new and
unprecedented for research in the local context and that it will be necessary to
construct the history taking into account not only the infrastructure, but also the
social and political issues. From the sociological point of view, it will be essential
to reflect on the social constructions and the prison at that historical moment.
We emphasize that, although there are research works by various authors on
issues related to justice and its organization and prison, there are few that
address the issue from the compilation and reflection proposed in this paper.
Keywords: Jail, Society, History.
Introducción
El presente abordaje contiene la premisa de intentar construir la historia
de la cárcel en la provincia de Santiago del Estero, teniendo en cuenta que los
aportes realizados por los autores santiagueños, hicieron mención de la cárcel,
para abordar diversas temáticas en referencia a ella, pero donde la misma no
se tomó como objetivo central, ahondando acerca de la historia de la cárcel y
tratando temáticas como la estratificación social y la cárcel, la condiciones
edilicias y ambientales de aquella cárcel en tiempos de la colonia y otros
aspectos al respecto que sirven como un cimiento fundamental para concretar
esta parte de la historia que quedó de lado.
En primer lugar, el abordaje intentó establecer una definición conceptual
de la cárcel y abordar su historia a partir de una definición universal, trazando
un camino espacio temporal hasta llegar a la provincia de Santiago del Estero.
En segunda instancia, se trató de reconstruir la historia de la cárcel y sus
personajes. En este sentido podremos entender quienes debatían respecto a
ella, quienes integraron la misma, quienes eran autoridades y por qué.
En cuanto a los aspectos metodológicos del trabajo es menester
mencionar que se trató de dilucidar desde la sociología, aquellos aspectos
interesantes y poco abordados con antelación respecto de las relaciones o
representaciones entre la cárcel y la sociedad santiagueña de la colonia, ello se
verá reflejado en las conclusiones. En el desarrollo de la construcción histórica
de la cárcel la metodología fue netamente documental, teniendo en cuenta año,
día y mes de los hechos acaecidos, lugares y personajes.
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con las tres Ciudades Del Barco, invoca al Apóstol Santiago, y la coloca bajo su
protección a esta ciudad del "Nuevo Maestrazgo de Santiago"; luego el Capitán
Francisco de Aguirre la traslada en 1.553, la denomina Tierra de Promisión, y la
ubica en el actual Santiago del Estero”. (Díaz, 1983)
En este contexto, menciona Tenti (1997) que el Cabildo surgió con la
fundación de la ciudad. En torno a la composición del mismo, cabe mencionar
que, hasta principios del siglo XIX, el Cabildo estuvo constituido por dos
Alcaldes y tres Regidores. Cada uno de ellos ejercía distintas funciones.
Dentro de la conformación del cabildo, lo que respecta a la cárcel y las
funciones jurídicas, el alguacil mayor, era el encargado de hacer cumplir las
disposiciones de los alcaldes y el encargado del mantenimiento del orden y de
la atención de la cárcel pública y los presos. (Tenti, 1997)
Sobre el edificio, Di Lullo realizó la siguiente descripción del recinto
tratando de reconstruirlo lo más fiel posible:
“Hacia la parte de la plaza tenía dos plantas y formando ángulo recto con la
fachada se extendía una serie de aposentos pertenecientes también al edificio
principal pero que servían de viviendas a funcionarios y particulares. Este
cuerpo de aposentos era de una sola planta, techado de tejas sobre un cañizo
cubierto de barro…el edificio principal tenía dos corredores, uno alto y otro bajo
que eran sostenidos por pilares de madera de quebracho o de algarrobo. En la
planta baja, frente a la plaza, se abría el zaguán a cuya derecha se encontraba
la Sala Capitular y la escalera de acceso a los altos…a la izquierda del zaguán
se hallaba la cárcel de mujeres, el calabozo y la cárcel de españoles…Los
pisos eran de ladrillo. Las puertas y ventanas de madera de algarrobo y estas
últimas tenían hacia el exterior una reja de hierro”.
Según los aportes de Tenti (1993) dentro del entramado judicial, las
penas no se aplicaban de igual modo para blancos, mestizos, indios, mulatos o
negros. Así las penas variaban entre los que delinquían, pero teniendo en
cuenta su etnia. En este contexto la cárcel pública es mencionada como un
contexto de encierro con pena de un mes para aquellos que cometieran el
delito de robo de ganado (hoy legalmente denominado abigeato).
Cabe mencionar, siguiendo a Rossi (2006), que el disciplinamiento
social, en Santiago del estero, guardaba estrecha relación, con el objetivo
central dentro del marco de surgimiento de las casas de corrección en la
Europa del Siglo XVI. En el territorio santiagueño, “una gran masa de vagos,
mendigos, ociosos o simplemente mal-entretenidos”, bajo la consigna del
trabajo como estándar de la moralidad, eran disciplinados mediante la prisión.
Lo que sí es preciso señalar en cuanto al concepto, es que en el estado
del arte local, no se encuentran construcciones ontológicas al respecto, que
den cuenta de cómo piensan los intelectuales a los contextos de encierro, a
partir de la fundación de Santiago del estero y hasta la actualidad.
A modo de aporte y construcción, podríamos apreciar que la cárcel en
Santiago del Estero, se definiría como un espacio físico donde los reos
condenados por delitos cumplen condenas y desarrollan diversas actividades,
con el objeto de reinsertarse nuevamente dentro del entramado social.
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considera que ello es la mejor pena, pero que no funciona por las malas
condiciones que presenta el edificio y que no existe seguridad en él.
El 6 de diciembre de 1768, mediante una reunión y ante la ausencia de
varios cabildantes, de forma breve de informa que deben resolverse las causas
criminales mediante las cuales los delincuentes han escapado de la cárcel
local.
El 7 de enero de 1769, el Cabildo resuelve que no pueden usar títulos
honoríficos las personas que no los hayan obtenido por sus méritos de
autoridad competente, en este sentido es que se hace saber que existen
personas que utilizan los títulos de Maestres de Campo y Sargentos sin tener
los mencionados títulos oficiales y es por ello que los cabildantes resuelven lo
antedicho.
El 13 de febrero de 1770, Don Fernando Bravo de Zamora y Don
Antonio García de Villegas son nombrados en Cabildo Abierto a fin de que
realicen en la ciudad y Jurisdicción, un prorrateo en dinero, efectos, frutos u
otras especies, a los fines de la construcción de la Cárcel Pública.
3 - Conclusiones
La cárcel santiagueña fue un ámbito de mucho debate y reflexión dentro
del cabildo local. Los cabildantes muchas veces sostenían fervorosos
encuentros donde los roles de las autoridades y los juicios llevaron ríos de tinta
dentro de las Actas Capitulares. No era fácil disponer sobre las “condenas” o
castigos, y ello conllevó a muchas disputas.
Existe una coincidencia histórica fundamental que a perspectiva propia
resulta muy interesante, en 1552 se crea la Casa de Corrección en Europa,
justo cuando Nuñez del Prado llegaba a nuestro territorio, más tarde ya
podemos ver mencionada a la cárcel un poco más cercana al sentido que le
podríamos encontrar ahora, aunque sumida en el concepto de lugar de castigo
o para esperar el castigo.
Si hablamos de estratificación social, si bien el concepto de clases
sociales, como lo acuñó Carlos Marx en 1800 no existía, se puede apreciar que
aquellas personas que poseían vínculos o relaciones con la nobleza, no eran
confinados a la “cárcel común” que ya era nombrada de esta forma para aquel
entonces. Es el caso del esposo de la nieta de un ex gobernador, que ante
haber incurrido en delito fue “demorado” en una de las salas capitulares y
liberado días después tras fianza. Por su parte aquellos que eran mulatos,
negros o mestizos, no tenían la misma suerte de no ir presos a la cárcel
común, eran sometidos a azotes. Tampoco era el mismo el castigo para
comerciantes, la aprenda era económica, no física, y como bien lo explica Tenti
(1997) la variación en los castigos dependía de la clase social y la etnia.
Los roles de la justicia también son un tema a tratar, quienes se
encargarán de la justicia debían ser designados por el rey y mediante la misma
designación cumplir con la resolución de las causas, además de tener en
cuenta las problemáticas relacionadas con presos. Se puede observar en las
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Fuentes documentales
Actas Capitulares de Santiago del Estero. Tomo I. Edición Digital.
Actas Capitulares de Santiago del Estero. Tomo II. Edición Digital.
Actas Capitulares de Santiago del Estero. Tomo III. Edición Digital.
Actas Capitulares de Santiago del Estero. Tomo IV. Edición Digital.
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