Análisis de Los Estatutos de Un Instituto de Vida Consagrada
Análisis de Los Estatutos de Un Instituto de Vida Consagrada
Análisis de Los Estatutos de Un Instituto de Vida Consagrada
ESTRUCTURA LEGISLATIVA
El difícil camino de la fundación iniciado en 1720 tiene un momento de respiro
cuando el Papa Benedicto XIII aprobó el 15 de mayo de 1741 las Reglas y
Constituciones de la Congregación, haciendo pasar la pequeña comunidad de “Pía
Unión de Sacerdotes que viven en común, bajo la dirección del Ordinario a
Congregación de “Derecho Pontificio” aunque no fuera explícitamente reconocida
como Persona Jurídica. El 11 de junio, San Pablo de la Cruz, con otros cinco
religiosos emitió los Votos públicos. La consecuencia es que la Congregación
existe de hecho y jurídicamente pero solo por “Rescripto”. El fundador esperaba
conseguir con esta aprobación la estabilidad jurídica de la Congregación, su
exención de la jurisdicción del Ordinario del lugar, la facultad de ordenar clérigos a
“título de pobreza” o “mesa común”, sin cartas dimisorias de los obispos de origen
y también poder fundar, finalmente, las Monjas Pasionistas, en las que pensaba.
El 23 de marzo de 1746 el Papa Benedicto XIV puso su firma a la minuta del
Breve “Ad pastoralis dignitatis fastigium” que fue publicada el 18 de abril que
aprueba las Reglas y las Constituciones de los Clérigos Descalzos de la Pasión de
Nuestro Señor Jesucristo, pero no la Congregación como Persona moral. No se
concedían por lo mismo ni los votos solemnes, ni la facultad de ordenar clérigos
sin las dimisorias del obispo, mientras que la exención de la jurisdicción episcopal
se concedía sólo a las comunidades con doce religiosos profesos. Para el 16 de
septiembre fue aprobado el Ritual propio de la Congregación para la vestición y
profesión de novicios. Con la nueva aprobación de la Regla y contando ya con tres
comunidades y sus respectivos Superiores, se hacía necesaria la elección oficial
del Superior General, que según la Regla, sería llamado Prepósito. Tuvo lugar
esta elección en cada una de las comunidades, votando los religiosos profesos
reunidos en “Capítulo conventual”. Luego, reunidos los tres miembros del Capítulo
conventual, se leyeron las actas de los Capítulos se procedió a la elección del
Prepósito General para este tiempo intermedio hasta el Capítulo General y fue
elegido unánimemente el P. Pablo de la Cruz, fundador de la Congregación, y esto
como consecuencia del Breve expedido en Roma. En 1747 terminaba el trienio
previsto por las Reglas para los Superiores locales elegidos en 1744 y también
para los miembros del Capítulo General, así pues el 07 de marzo, San Pablo
convocó al Capítulo General para el 10 de abril. Además de las elecciones, se
precisaron también algunos puntos de la vida comunitaria necesarios para el
desarrollo de la Congregación y a causa de que carecía aún de reglamentos
comunes. El 23 de noviembre de 1760, Clemente XIII publicó un Rescripto por el
que se aprobaban las Reglas de 1746 juntamente con las adiciones presentadas
por el fundador.
Por el Breve Apostólico “Salvatoris et Domini Nostri” del 15 de noviembre de 1769,
se aprobaban solemnemente las Reglas y se concedía a los Capítulos Generales
plenos poderes para interpretarlas. Así quedaron coronados los innumerables
trabajos de Pablo de la Cruz a lo largo de 48 años. Al día siguiente, la Bula
“Supremi Apostolatus” aprobaba oficialmente la Congregación Pasionista como de
Derecho Pontificio con Votos simples. San Pablo de la Cruz se dio a la tarea de
una nueva revisión, después de sólo seis años, para sistematizar el texto. Se hizo
la revisión con los miembros de los Capítulos Provinciales y General y el 15 de
septiembre de 1775, Pío VI publica la Bula “Praeclara virtutum exampla”. Con ella
aprobó de nuevo las Reglas con las propuestas añadidas y confirmó a la
Congregación los privilegios que le había concedido su predecesor.
Pero entre el ingente trabajo de San Pablo de la Cruz y seguido por sus hijos
espirituales en el gobierno de la Congregación Pasionista para afianzar su futuro,
se han dado cambios desde la Curia Romana para perfilar los institutos religiosos,
que han movido la puesta en marcha y el caminar de su experiencia
congregacional, el sacerdote Pasionista haciendo un análisis de la época
contemporánea expresa que:
A lo largo del último siglo de historia de la vida religiosa las Constituciones tuvieron
que someterse a múltiples condiciones o restricciones impuestas por las
normativas de la Curia Romana. En 1901 la Congregación de los Obispos y
Regulares formula unas normas conforme a las cuales habían de ser redactadas o
revisadas las Constituciones de los Institutos Religiosos modernos. Normas que
fueron acogidas por el Código de Derecho Canónico promulgado en 1917. Como
consecuencia, las Constituciones se convierten en un mero código disciplinar,
carente de elementos espirituales y carismáticos que identifican a un instituto con
relación a los demás. (Valbuena B., 1993, p.70a)
SÍNTESIS
La Congregación de la Pasión de Jesucristo es un Instituto Religioso Internacional
de Derecho Pontificio, fundado el 22 de noviembre de 1720 en Italia por los
hermanos Paolo Giovanni (San Pablo de la Cruz) y Giovanni Battista Danei
Massari (Venerable Juan Bautista de San Miguel Arcángel). Sus miembros,
llamados comúnmente como Pasionistas (sacerdotes, hermanos, hermanas de
clausura, monjas y laicos) hacen voto de propagar y proclamar el amor de Dios
por el mundo, revelado a través de la Pasión de Jesucristo desde hace casi tres
siglos, continuando a llevar todavía hoy un mensaje de compasión y de esperanza
en 61 países del mundo (Cfr. Capítulo VI, 99-100)
Las Constituciones de la Congregación están conformada por 178 puntos, donde
se recogen los diversos aspectos de la vida religiosa Pasionista. Se dividen en
ocho capítulos, a saber:
1) Los fundamentos de nuestra vida: Abarcan la vocación, su consagración
a la Pasión de Jesucristo, los consejos evangélicos (pobreza, castidad,
obediencia y el propio de propagar la contemplación y devoción por la
Pasión)
2) La vida comunitaria: del número 26 al 36, se tiene en cuenta los diversos
aspectos que inciden en la vida de comunidad.
3) La comunidad orante: Enriquece la vida espiritual de cada religioso y de la
comunidad en general, los diversos actos y celebraciones que tienen como
centro la Eucaristía y la Liturgia de las Horas. Abarca del 37 al 61.
4) La comunidad apostólica: Campos de apostolado. Va desde 72 al 76.
5) La formación para la vida Pasionista: Se refiere a las etapas, candidatos
y todo lo que tiene que ver con el proceso formativo, desde que se inicia el
candidato y su continuación en la formación permanente (Numerales 77 al
98)
6) Constitución de la Congregación: Del 99 al 107.
7) Gobierno de la Congregación: Estos dos Capítulos presentan los
aspectos más sobresalientes que se refieren al gobierno de las Provincias,
Viceprovincias, Vicariatos Regionales, Comunidades locales y Casas de las
mismas. De lo relacionado a las asambleas, congresos, sínodos, y demás
reuniones que tienen que ver con la buena marcha de la Congregación.
Abarca del 108 al 167.
8) Bienes temporales: Expone sobre como la Congregación, las Provincias y
Viceprovincias, los Vicariatos Regionales y las Casas con personalidad
jurídica, tienen el derecho de adquirir y poseer, de enajenar y administrar
bienes temporales, según el derecho común y particular. De los numerales
168 al 177) y el número 178 –Conclusión- de las Constituciones dice:
“Éstas son las CONSTITUCIONES DE LA CONGREGACIÓN DE LA PASIÓN
DE JESUCRISTO. Interpretan la Regla de San Pablo de la Cruz, y han sido
preparadas conforme al espíritu del Concilio Vaticano II. Aprobadas por la
Autoridad de la Iglesia, son norma y guía para nuestra vida consagrada en la
Congregación Pasionista. Al final de las mismas recordamos lo que Nuestro
Santo Fundador nos encomendó en su lecho de muerte; es decir, la caridad
fraterna por encima de todo, el espíritu de oración, de soledad y de pobreza, y
un amor filial a la Santa Madre Iglesia, a fin de que la Congregación brille como
el sol a los ojos de Dios y de todos los hombres”
OBSERVACIONES:
El XLVI Capítulo General realizado en el del 09 de septiembre al 07 de octubre de
2012 donde se eligió al nuevo Superior General y al Consejo, trataba de “recoger”
cuanto estaba viviendo toda la familia Pasionista y tomar conciencia de los
RETOS que llegaban a las diversas comunidades, a su vez les animaba también
dar una REESTRUCTURACIÓN de la Congregación, con el fin de seguir
aportando su Carisma, HOY Y AQUÍ.
Si algo se puede notar en la vida de este Instituto, es la mirada agradecida a su
pasado que busca concretizar en el presente y así renovarse leyendo los “Signos
de los tiempos” como lo propone el Concilio Vaticano II.
REFERENCIAS:
Estatutos Generales de la Congregación de la Pasión (2006)
Valbuena B., J.A. (1993). Carisma y legislación de los religiosos Pasionistas.
Quirama.
Giorgini, F. (2008). San Pablo de la Cruz. Cartas, Vol. I. Pasionario.
Díez S., B. (1993). Los religiosos en Colombia: 500 años sembrando luz y amor.
Calidad.