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Celeridad Procesal - Solicita Pasen Los Autos A Despacho para Sentenciar y Otros.

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Expediente : 00231-2021-0-2001-JP-FC-03

Especialista : Ingrid Vanessa Saavedra Valdivieso


Escrito Nro. : -2021.
Cuaderno : Principal.
Sumilla CELERIDAD PROCESAL - SOLICITA
PASEN LOS AUTOS A DESPACHO
PARA SENTENCIAR Y OTROS.

SEÑORA JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE


SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA – SEDE EL CHIPE.

EVELYN JANETH ALMESTAR MIRANDA, en el


proceso de alimentos seguido contra ALFONSO MARINO
TEJADA TEJADA; ante la judicatura de su digno despacho
me permito impetar lo siguiente como mejor proceda en
derecho:

I. CELERIDAD PROCESAL.

Que, con fecha 28 de junio de 2021, a horas Diez de la Mañana (10:00 AM) se realizo
Audiencia Única, desarrollada las estepas procesales; se procede concedérsele a la defensa de
las partes procesales su derecho para presentar sus alegatos de forma oral; sin embargo,
teniendo en cuenta lo avanzado de la hora, y que existen diligencias pendientes, se les concede
el plazo para presentarlos por escrito en el plazo de ley. Habiendo cumplido las partes con
presentar los alegatos que obran en autos, es por ello y estando a la fecha han transcurrido en
exceso el plazo razonable por lo que recurro a vuestro despacho a fin de solicitarle tenga a bien
IMPULSAR EL PRESENTE PROCESO, pedido que realizo al amparo del Principio de
Impulso Procesal, Celeridad Procesal, establecidos en los Art. II y Art. V del Título Preliminar,
Art 124° del Código Procesal Civil y el Art. 156° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Finalmente considerando la urgencia de lo peticionado, solicito respetuosamente, que LOS
AUTOS PASEN A DESPACHO PARA QUE SE EMITA LA SENTENCIA RESPECTIVA.

II. NOMBRO NUEVO ABOGADO DEFENSOR.

Que, al amparo de los Artículos 284° y 285° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y en concordancia con el Art. 132° del Código Procesal Civil. Por convenir
a mi derecho nombro como nuevo Abogado al Letrado; JAIME CESAR SOLANO
ARREATEGUI, con Registro CALL: Nro. 12087, del Colegio de Abogados de La Libertad,
Solicito se tenga por designado, delegándole las facultades de representación que señala el
Art. 80º del Código Procesal Civil, como también otorgándole facultades generales de
representación contenidas en el Art. 74° del Código Adjetivo, manifestando el suscrito de estar
instruido de dicha representación y de sus alcances.

III. SEÑALO NUEVO DOMICILIO PROCESAL.

Que, con la finalidad de ser válidamente notificados con los actuados tenga por señalado
nuevo domicilio procesal en CASILLA JUDICIAL Nro. 1738, de la Central de
Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura y como domicilio procesal electrónico
en CASILLA JUDICIAL ELECTRÓNICA Nro. 131429, y que en lo sucesivo sírvase
notificar las futuras notificaciones que recaigan en el presente proceso.

IV. ANEXOS.
1.A. Copia simple de mí DNI.

POR LO EXPUESTO:
Pido a Usted Señora Juez admitir el
presente escrito y en su oportunidad acceder a lo peticionado. Conforme a nuestro derecho y de
acuerdo a Ley.

Piura 27 de septiembre de 2021.

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EVELYN JANETH ALMESTAR MIRANDA
DNI N° 46816478

ANEXO 1-A

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