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Contrato de Arrendamiento - Lluen

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente documento privado, el contrato de arrendamiento que


celebran, de una parte, don DOLORES GREGORIO LLUEN LLONTOP,
identificado con DNI N° 16559042, Casado con doña MARGARITA TULLUME
DE LLUEN, con DNI 16558113, ambos con domicilio en calle M. sucre 615, en
el distrito de Monsefú, provincia de Chiclayo a quienes en adelante se le
denominará EL ARRENDADOR; y de la otra parte, el inquilino, don ,
identificado con DNI N° ******, domiciliado en ******, a quien en adelante se le
denominará EL ARRENDATARIO; en los términos y condiciones señaladas en
las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LEGITIMIDAD PARA ARRENDAR EL LOCAL COMERCIAL
1.1 EL arrendador tiene derecho y legitimidad para arrendar el inmueble en
mérito a la calidad de propietario de conformidad a la Partida Registral N°
******* del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de *******.
SEGUNDA: IDENTIFICACIÓN, INDIVIDUALIZACIÓN Y REFERENCIA
PRECISA DE UBICACIÓN DEL INMUEBLE
2.1 El inmueble se encuentra ubicado en el jr./calle/Av. ****** N° ***** (si no se
encuentra la numeración al momento de constatar el predio no enerva su
identificación) distrito de ********, provincia de *******, departamento de ********,
el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Registral N° ******* del
Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de ***********.
2.2 La parte frontal del inmueble se identifica por las siguientes características:
(describir la cantidad de puertas, material de las puertas, ventanas y otras que
lo hagan inconfundible, así como el color de la fachada).
2.3 El arrendatario declara bajo juramento que conoce perfectamente la
ubicación, individualización e identificación del inmueble por lo que renuncia
expresamente a cualquier argumento sobre la falta de individualización o
ubicación del mismo.
2.4 El arrendador deja constancia que el inmueble se encuentra en buen
estado de conservación y habitabilidad y sin mayor desgaste que el producido
por el uso normal y ordinario.
TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
3.1. El arrendador da en alquiler a el arrendatario el inmueble mencionado en la
cláusula precedente, para destinarlo a vivienda por el plazo y renta indicados
en las cláusulas siguientes del presente documento.
3.2 El arrendatario se obliga a destinar el inmueble bajo este contrato exclusivo
a casa – habitación (puede ser local comercial).
CUARTA: DURACIÓN DEL CONTRATO
4.1 El plazo de duración del arrendamiento será por un (01) año, y comenzará
a partir del ****** de ******* del año ***** y terminará el **** de ******** del *******,
fecha en la que el arrendatario se obliga a desocupar y devolver el inmueble al
arrendador, sin más deterioro que el producido por el uso diligente del mismo.
4.2 El contrato podrá renovarse a su vencimiento, si ambas partes están de
acuerdo, para lo cual el arrendatario deberá informar al arrendador de su deseo
de renovar el contrato, por documento escrito con una anticipación no menor
de treinta (30) días calendarios a la fecha prevista para la renovación.
4.3 Queda prohibido el subarrendamiento, cesión o traspaso del inmueble.
QUINTA: DE LA RENTA Y CUENTA DE ABONO
5.1 La renta mensual se fija en la suma de ****** (indicar la cantidad en
números y letras ya sea soles o dólares) que será pagada por el arrendatario
en forma adelantada, sin necesidad de requerimiento ni cobranza previa.
5.2 La cuenta de abono del arrendador es la cuenta (Número, tipo de cuenta y
moneda) ****-****-*****, de la entidad financiera ****** (empresa del sistema
financiero supervisada por la SBS), en la que el arrendatario debe abonar, al
inicio del contrato, la garantía; y, mensualmente, la renta convenida conforme a
lo indicado en el numeral 5.1.
5.3 Es responsabilidad del arrendador mantener la cuenta habilitada con las
características y para los fines indicados en el presente contrato. La cuenta de
abono debe mantenerse abierta, en tanto el presente contrato se mantenga
vigente, salvo en aquellos supuestos previstos en la normatividad vigente, en
los que deba efectuarse el cierre de la cuenta.
5.4 En el supuesto que se cierre la cuenta de abono, el arrendador deberá
comunicar mediante al arrendatario, la información de la nueva cuenta de
abono, con una anticipación no menor de tres (03) días calendario al
vencimiento de la siguiente renta mensual.
SEXTA: DEL PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
6.1 Será de cuenta obligatoria del arrendatario pagar puntualmente los recibos
y gastos que se generen a partir de la fecha del inicio del arrendamiento del
inmueble materia del presente contrato, comprometiéndose al pago de los
arbitrios municipales, así como al consumo de energía eléctrica, agua,
desagüe, teléfono, gas, televisión por cable, internet.

6.2 Será de cuenta del arrendador el pago del impuesto predial, y cualquier otro
impuesto, tributo creado o por crearse, que graven directamente la propiedad.
6.3 Los montos de los servicios complementarios indicados en el numeral
precedente están sujetos a variaciones según los acuerdos con sus
acreedores, los que deberán ser informados al arrendador.

SÉPTIMA: DEL PAGO DE LAS GARANTÍAS

7.1 A la suscripción del presente contrato se hará entrega al arrendador la


cantidad de ********* (***** y **/**** soles), en calidad de depósito, el mismo que
servirá para garantizar el absoluto cumplimiento de todas y cada una de las
obligaciones asumidas en virtud del presente contrato, así como el pago de las
reparaciones necesarias a la devolución del inmueble de acuerdo al buen
estado en el que lo recibió.

7.2 Dicha suma no podrá ser imputada al pago de la renta y/o penalidades,
mientras el arrendatario se encuentre en uso de los bienes arrendados y será
devuelta sin intereses al vencimiento del plazo del contrato, una vez que el
arrendatario hayan acreditado el pago de todas sus obligaciones y dejado el
inmueble y muebles arrendados, y el arrendador haya comprobado el estado
de estos, los cuales deberán encontrarse en las mismas condiciones en las que
les fueron entregados, salvo el deterioro del uso normal y cuidadoso.

OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES O MEJORAS AL INMUEBLE

8.1 El arrendatario no podrán modificar o alterar los bienes arrendados, ni


afectar la estructura o los acabados. Cualquier mejora o cambio que desee
realizar deberá tener la autorización escrita del arrendamiento, quedando, de
ser realizada, como parte del bien, sin desembolso posterior del arrendador.

8.2 El arrendatario se compromete a conservar el inmueble materia del


presente contrato en perfectas condiciones, devolverlo en el mismo estado que
lo recibió salvo el deterioro proveniente del uso normal.

NOVENA: CAUSALES DE RESOLUCIÓN Y CLÁUSULA RESOLUTORIA


EXPRESA

9.1 Son causales de resolución del contrato el incumplimiento las causales


establecidas en el artículo 1697° del Código Civil siempre que no se
encuentren comprendidas su tratamiento especial en el presente contrato.
DÉCIMA: CLÁUSULA DE ALLANAMIENTO FUTURO

10.1 De conformidad al art. 5° de la Ley 30201 que modifica el art. 594° del
Código Procesal Civil, el arrendatario declara expresamente que, mediante la
presente cláusula, se allana por anticipado, de manera pura y simple y bajo los
alcances de lo dispuesto por el artículo, para desocupar el inmueble y a las
eventuales pretensiones, interpuestas por el arrendatario, destinadas a obtener
(i) la restitución del inmueble por conclusión del arrendamiento o (ii) la
restitución del inmueble por resolución por falta de pago de la renta.

UNDÉCIMA: SOMETIMIENTO EXPRESO A LA LEY 30933

11.1 El arrendador y el arrendatario declaran expresamente y de manera


indubitable, que se someten a los efectos que contiene de la Ley 30933. En
ese sentido, se si produce el vencimiento del plazo del presente contrato de
arrendamiento; o, el incumplimiento del pago de la renta por el plazo de dos
meses, se faculta al notario para constatar las causales de vencimiento del
plazo de contrato o la resolución por falta de pago de la renta y al juez de paz
letrado ordene y ejecute el desalojo.

DUODÉCIMO: DE LAS DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS

12.1 Todas las controversias que se susciten entre las partes, como
consecuencia de la interpretación, ejecución y demás actos que se deriven del
presente contrato, que no se solucionen de común acuerdo, quedan sometidas
a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial de *****.

Los abajo firmantes damos fe de haber leído íntegramente el presente


documento y estar enterados y de acuerdo de su contenido, así como su
objeto, validez y efectos legales; y en señal de conformidad lo firmamos este
documento por duplicado, cada uno de los cuales se considera como original,
en la ciudad de ****, a los***** días del mes de ***** del ****.

(Firmas legalizadas notarialmente o por juez de paz en lugares donde no haya


notaría)
———————— ————————— EL
ARRENDADOR EL ARRENDATARIO

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