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Codigo de Faltas de La Provincia de Corrientes Decreto - Ley #124
Codigo de Faltas de La Provincia de Corrientes Decreto - Ley #124
Codigo de Faltas de La Provincia de Corrientes Decreto - Ley #124
Considerando:
Que, resulta necesario mantener y mejorar
los niveles de seguridad en la Provincia como
presupuesto básico de una mejor calidad de vida para
sus habitantes;
Código de Faltas
Código de Faltas de la Provincia de Corrientes
LIBRO I
Disposiciones Generales
Título I
Régimen Contravencional
Ambito de Aplicación
Participación
Culpabilidad
Personas Ideales
Responsabilidad Funcional
Reincidencia
Asistencia Letrada
Título II
De las Penas
Capítulo Primero
Tipos de Sanción
Eximición de Pena
Capítulo Segundo
Arresto
Arresto Domiciliario
Artículo 21°: El arresto domiciliario deberá disponerse
cuando:
1) No hubiere lugar en los establecimientos
adecuados.
2) Se tratare de mujeres en estado de gravidez o
durante el período de lactancia.
3) Cuando se tratare de personas mayores de
sesenta (60) años o que padezcan alguna enfermedad o
impedimento que hiciere desaconsejable su internación
en los establecimientos mencionados en el artículo 20.
4) Por las circunstancias especiales del caso,
cuando el arresto en un establecimiento pudiere
producir perjuicios graves o irreparables para el
núcleo familiar.
El contraventor deberá permanecer en su domicilio
tantos días como le hayan sido impuesto en la condena,
bajo la inspección y vigilancia de la autoridad, que
determinará los recaudos y mecanismos de control
pertinentes para su cumplimiento efectivo. Si se
ausentare sin previa autorización e injustificadamente
la autoridad de aplicación dispondrá su inmediato
alojamiento en un establecimiento por los días que
faltaren cumplir.
Capítulo Tercero
Multa
Facilidades de Pago
Inhabilitación
Clausura
Capítulo Quinto
Las Penas Sustitutivas
Instrucciones Especiales
Título III
Acciones y Penas
Capítulo Primero
Ejercicio de la Acción
Capítulo Segundo
Extinción de la Acción y de la Pena
Interrupción de la Prescripción
Título I
Decencia Pública
Capítulo Primero
Faltas contra la Moralidad
Mendicidad y Vagancia
Título II
Seguridad y Tranquilidad Pública
Capítulo Primero
Desórdenes y Escándalos Públicos
Desórdenes Públicos
Escándalos Públicos
Capítulo Segundo
Alteraciones al Orden en Justas Deportivas
Ambito de Aplicación
Espectáculos Deportivos
Capítulo Tercero
Ebriedad y Bebidas Alcohólicas, Ebriedad o Borrachera
Química Escandalosa
Capítulo Cuarto
Seguridad Vial
Conducción Peligrosa
Agravantes
Capítulo Quinto
Seguridad Pública
Informe Falso
Patotas
Artículos Pirotécnicos
Peligro de Incendio
Capítulo Séptimo
Reuniones Públicas
Capítulo Octavo
Protección del Medio Ambiente
Título III
Defensa del Patrimonio Cultural
Título IV
Falsedad de la Denuncia o Acusación
Normas de Procedimiento
Título I
Disposiciones Generales
Capítulo Primero
Formas de Actuación
Resolución - Notificación
Instancia Judicial
Artículo 96°: Si el imputado hubiere solicitado la
apertura de la instancia judicial, la autoridad
administrativa deberá elevar de inmediato el sumario
con los detenidos que hubiere al Juez competente, sin
hacerse efectiva la condena, sin perjuicio de continuar
en el estado de detención preventiva en que se
encontrare.
Dentro del plazo de veinte (20) días a contar
desde la recepción del sumario, en caso de hallarse en
libertad, o inmediatamente, si estuviera detenido, el
juez citará al imputado para fijar la audiencia del
juicio, la que en este último caso deberá ser fijada en
un término no mayor a cinco (5) días. El imputado podrá
presentar luego de la citación a juicio y hasta el
comienzo de las audiencias las pruebas que hagan a su
defensa.
Audiencia
Resolución
Acta - Contenido
Juicio Abreviado
Recurso
Capítulo Segundo
De las Medidas Preventivas
Estado de Libertad
Detención Preventiva
Capítulo Tercero
Normas Generales
Normas Suplementarias
Normas Prácticas
Difusión
Vigencia
Corrientes, 23 de Octubre de
2.001.-
D E C R E T O - L E Y N°152.
CORRIENTES, 17 de agosto de
2.001
VISTO:
Este Expediente N°200-0939/00 por el cual se
tramita la sanción de un Decreto-Ley para la represión
de los juegos clandestinos, de azar y prohibidos; y las
facultades legislativas conferidas por la Ley Nacional
N°25.236 de la Intervención Federal en la Provincia de
Corrientes, prorrogada por su igual N°25.343, y
CONSIDERANDO:
Que, el juego clandestino, ilegal y
prohibido es un flagelo social que castiga duramente a
quienes lo padecen y a sus grupos familiares;
TITULO I
RESOLUCION J.P.N°470/01.-
CORRIENTES, 09 de mayo de
2.001.-
V I S T O:
La sugerencia formulada por la Dirección
de Asesoría Letrada de esta Jefatura de Policía,
tendiente a ordenar convenientemente la tramitación de
los sumarios administrativos, dadas las falencias de
procedimiento y la excesiva cantidad de sumarios en los
cuales se imputan faltas que no superan los veintiún
(21) días de arresto; y,
CONSIDERANDO:
Que, la propuesta tiene por finalidad proveer lo
necesario para la garantía del imputado, según lo
determinado por el art. 150 del Reglamento del Régimen
Disciplinario Policial y Normas de Procedimiento;
Por ello,
R E S U E L V E:
Corrientes, 28 de Enero de
2.002.-
En la ciudad de ..................Provincia de
Corrientes a los ..............días del
mes ...................del año ............... la
Prevención Policial actuante procede a detener al
ciudadano:.............................................
................. M.I. N°............... clase
19....., de nacionalidad..................
ocupación .................. e informarle que en este
acto se procede para con su persona de acuerdo al
articulo 85° del Código de Faltas de la Provincia de
Corrientes (Decreto Ley N°124/01) haciéndole saber que
se le imputa la falta prevista en dicho artículo que
fuera constatada por la autoridad policial actuante en
inmediaciones de las
calles: ...............................................
......................... de esta ciudad a
las ...................hs. en dicha oportunidad el
imputado se encontraba participando en una reunión de
características tumultuarias y no acató la orden de
dispersar emanada por alt voz por el funcionario
policial competente según el testimonio de los
señores;...............................................
.................M.I.N°.................Clase.........N
acionalidad.......................ocupación............
..............domicilio................................
.......................... estado
civil .........................
y; ....................................................
.............
M.I.N°.................Clase.........Nacionalidad......
.................ocupación..........................dom
icilio.................................................
............ estado civil .........................
quienes firman al pié para constancia; lo que tipifica
expresamante su conducta en la norma aplicada; luego de
lo expuesto se le notifica expresamante su situación
legal de detención y se le hace saber que tiene derecho
a la asistencia letrada de un abogado, conforme lo
dispuesto por el Articulo 13° de la norma citada supra;
la cual en este acto se le hace conocer expresamante;
en virtud de todo, el Suscripto RESUELVE; 1°) Dar
inicio a las presentes actuaciones de carácter
contravencional por infracción al articulo 85° del
Código de Faltas (Decreto Ley N°124/01) en el cual el
Señor:............................ y cuyos demás datos
obran en la presentes; se halla DETENIDO IMPUTADO 2°)
Comunica a la Superioridad del inicio de las presentes
actuaciones, a sus efectos 3°) Notificar al
Contraventor los motivos de su detención y los derechos
que le asisten 4°) Solicitar por nota estilo examen
médico del detenido 5°) Solicitar los antecedentes
Contravencionales y Judiciales del detenido y si pesa
en su contra orden de captura Judicial 6°) Recibírsele
Declaración de Imputado 7°) Continuar con los trámites
de estilo."
............................
I m p u t a d o.
................ ................
T e s t i g o T e s t i g o
Instructor
Secretario
"ACTA CONTRAVENCIONAL N°2
En la ciudad de ..................Provincia de
Corrientes a los ..............días del
mes ...................del año ................. la
Prevención Policial actuante procede a detener al
ciudadano:.............................................
.................M.I. N°..................clase
19.....,de nacionalidad.................
ocupación ..................e informarle que en este
acto se procede para con su persona de acuerdo al
articulo 84° del Código de Faltas de la Provincia de
Corrientes (Decreto Ley N°124/01) haciéndole saber que
se le imputa la falta prevista en dicho artículo que
fuera constatada por la autoridad policial actuante e
n inmediaciones de las calles:
.......................................................
.................de esta ciudad a
las ...................hs. en dicha oportunidad el
imputado se encontraba merodeando en el lugar en
actitud sospechosa sin una razón atendible y provocando
intranquilidad entre los vecinos, según el testimonio
de los
señores; ..............................................
.. M.I.N°................. Clase.......
Nacionalidad...................
ocupación ................. con
domicilio..............................................
............. estado civil............................
y; ....................... ............................
................. M.I.N°................. Clase.......
Nacionalidad...................
ocupación .................
domicilio..............................................
.......... estado civil............................;
quienes firman al pié para constancia; lo que tipifica
expresamante su conducta en la norma aplicada; luego de
lo expuesto se le notifica expresamante su situación
legal de detención y se le hace saber que tiene derecho
a la asistencia letrada de un abogado, conforme lo
dispuesto por el Articulo 13° de la norma citada supra;
la cual en este acto se le hace conocer expresamante;
en virtud de todo el Suscripto RESUELVE; 1°) Dar inicio
a las presentes actuaciones de caracter contravencional
por infracción al articulo 84° del Código de Faltas
(Decreto Ley N°124/01) en el cual el
Señor:........................ y cuyos demás datos
obran en la presente; se halla DETENIDO IMPUTADO 2°)
Comunicar a la Superioridad del inicio de las presentes
actuaciones, a sus efectos 3°) Notificar al
Contraventor los motivos de su detención y los derechos
que le asisten 4°) Solicitar por nota estilo examen
médico del detenido 5°) Solicitar los antecedentes
Contravencionales y Judiciales del detenido y si pesa
en su contra orden de captura Judicial 6°) Recibirsele
declaración de Imputado 7°)Continuar con los trámites
de estilo."
............................
I m p u t a d o.
................ ................
T e s t i g o T e s t i g o
Instructor
Secretario
Fdo.Lic.
MARIO RUBEN FLEITAS
C
omisario General
Jefe
Policía de Corrientes
DECRETO-LEY N°184.
Corrientes, 19 de
noviembre de 2001
VISTO:
El Expediente N°200-0939/00 y el Decreto-Ley
N°152/01, y
CONSIDERANDO:
Que, reunida la Comisión creada por
Resolución N°0247-I del 22 de mayo del 2001, del
Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes, ella ha
efectuado un análisis detenido del articulado del
instrumento legal, se ha determinado la existencia de
omisiones o errores con normativa que deben ser
verificada a los fines de la efectiva aplicación de la
regulación legislativa que contiene;
Que, asimismo, en el informe de la
Comisión se establece que el texto legal no requiere
reglamentación, ya que su contenido halla en si mismo
los mecanismos de aplicación, lo que determina derogar
el Art. 19° del Decreto-Ley N°152/01, y que el texto
del Art.19 menciona un "nuevo organismo creado" que no
existe en el contenido del Decreto-Ley, por lo que,
además de lo anterior, este es un motivo más para
derogar el precepto;
Que atento al informe de la Comisión
antes mencionada y en una de las atribuciones
conferidas por la Ley Nacional N°25.236 prorrogada por
Ley Nacional N°25.343;
Por ello,
VISTO:
La Ley N°5037, y
CONSIDERANDO:
Que el 4 de agosto de 2000 se llevó a
cabo en la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones. la
"XVIII Asamblea del Consejo Federal de Seguridad Vial",
organizada por el Consejo Provincial de Seguridad Vial
de la citada provincia, de la que participó la
Provincia de Corrientes;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia en Ejercicio del
Poder Legislativo en Acuerdo de Ministro,
Decreta con fuerza de Ley
T E X T O: