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Derechos de Mujeres en Estado de Gestación
Derechos de Mujeres en Estado de Gestación
Derechos de Mujeres en Estado de Gestación
INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................ii
Maternidad y su significado............................................................................................................2
CONCLUSIÓN...............................................................................................................................13
RECOMENDACIÓN......................................................................................................................14
BIBLIOGRAFÍA..............................................................................................................................15
EGRAFÍA........................................................................................................................................16
i
INTRODUCCIÓN
La mujer en estado de gestación en Guatemala cuenta con muchos beneficios a su favor entre
ellos existe la dicha de que esos derechos se ven reflejados desde la Constitución Política de la
República de Guatemala desde el inició de ella en los artículos 1, 2, 3 donde establecen que El
Estado de Guatemala protege no solo a la persona pero también a la familia y dentro de sus
deberes en el artículo 2 garantizar a sus habitantes esa seguridad, la vida la justicia que parte
desde la madre en este tema hasta la vida que se encuentra en su vientre, y El Estado de
importante establecer como estos derechos a la mujer en estado de gestación se derivan desde la
Trabajo –Decreto 14-41 y se puede llegar hasta la penalización por algún delito cometido si no se
respetan esos derechos. La mujer en estado de gestación tiene iguales derechos como otro ser
humano, tiene derecho a la vida, seguridad, justicia, tiene derecho de poder trabajar y la protege la
Constitución y las leyes específicas; sin embargo hay personas que ignoran sobre ello o
madre como la de la vida en su vientre, abordaremos esos temas y como los derechos de la mujer
en estado de gestación son casi igualitarios en otros países tanto países cercanos como los de Sur
América que cumplen con estas normas y se derivan derechos no solo para la madre pero para el
padre de la criatura en el vientre; y como nosotros podríamos aplicar diferentes normas partiendo
ii
Derechos de la mujer en estado de gestación
Los derechos de la mujer en estado de gestación son de importancia en nuestro país Guatemala
artículos tres y cuatro la importancia que El Estado les da a las personas y como protege su
integridad, su seguridad, y recalca lo importante que son los humanos en Guatemala siendo estos
libres e iguales en dignidad y derechos. “Artículo 3.- Derecho a la vida. El Estado garantiza y
protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.”
“Artículo 4.- Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en
dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales
condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre
sí.”1
Debemos enfatizar que gracias a las nuevas creaciones de leyes en Guatemala, existe aún más
protección para las mujeres en estado de gestación; en Guatemala existe un alto nivel de mujeres
embarazadas en todos los departamentos y en las áreas rurales hay aún más mujeres
embarazadas, tanto mujeres mayores de edad como un gran porcentaje de mujeres menores de
edad, podemos establecer que muchos de esos embarazos en mujeres menores de edad han sido
embarazos no deseados debido a la falta de educación sexual que se puede enseñar en las
educación sexual del todo o en un gran porcentaje en lo que corresponde en las áreas rurales de
Guatemala, estos embarazos no deseados son hechos desafortunados como mujeres víctimas de
violaciones sexuales, otras por desconocimiento de los métodos anticonceptivos así como la
decisión de no usar esos métodos anticonceptivos por decisión propia aun sabiendo de la
existencia de ellos, también como niñas desinformadas sobre los cuidados que deben de tener
1
Articulo 3 y 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
1
refiriéndose a las relaciones sexuales por la falta de educación sexual que sus padres les pueden
brindar o dar a conocer sanamente sobre cómo cuidar su cuerpo, como cuidarse de un embarazo
no deseado o bien de alguna transmisión de enfermedad sexual. Sin embargo, a pesar de estos
embarazos no deseados y los demás embarazos planeados tanto en mujeres mayores o menores
de edad El Estado seguirá protegiendo a estas mujeres porque así lo ha establecido desde la
Guatemala.
Una de las mayores leyes o el área donde más se protege a la mujer en estado de gestación en
Guatemala es en el área laboral, dado que existe mucha discriminación en los empleos sobre las
mujeres embarazadas; llegando al punto donde ciertos trabajos llegan a pedir una prueba de orina
a las mujeres no solo para poder descartar cualquier tipo de consumo de alguna droga, pero dentro
del mayor porcentaje de importancia que le dan a esa prueba es la averiguación sobre si la mujer
que solicita ese empleo está o no en estado de gestación, las empresas y empleos diversos que
hay en Guatemala ven como desventaja contratar a una mujer en estado de gestación por todo lo
que se deriva al contratarla, todas las leyes creadas para su protección, todos los días que le darán
necesidades, con una vida que se debe respetar como lo establece la Constitución Política de la
República de Guatemala que debemos tratarnos con una conducta fraternal entre nosotros como lo
humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.” 2 Y no solo como un empleado o un número
más para la empresa o lugar de trabajo. Por lo que podemos establecer que en efecto existe cierta
Maternidad y su significado
2
Artículo 4 Constitución Política de la República de Guatemala.
2
La maternidad según la Real Academia Española significa “Estado o cualidad de madre”3 y en el
de Guatemala protege a la vida humana desde la concepción como lo establece en su artículo tres
protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.”
Quiere decir que desde que la mujer se encuentra embarazada El Estado de Guatemala velará por
maternidad en Guatemala y como El Estado protege en forma especial y vela por el estricto
siguiente: “Artículo 52.- Maternidad. La maternidad tiene la protección de El Estado, el que velará
en forma especial por el estricto cumplimiento de los derechos y obligaciones que de ella se
deriven.”6
de gestación iniciando desde la concepción de la nueva vida humana que lleva en su vientre la
mujer se han creado nuevas leyes que la protegen y le proporcionan derechos a ella y a su hijo(a)s
y también muchos derechos de los cuales podemos mencionar varios de ellos, por ejemplo:
descanso pre y pos-parto, licencia por aborto no intencional, periodo de lactancia. “La ley
establece, además, que los patronos deben garantizar un área laboral segura y no deben exigir
3
“MATERNIDAD” Diccionario de la Real Academia Española.
4
“MATERNIDAD” Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas de Torres. Actualizado,
corregido y aumentado por Guillermo Cabanellas de las Cuevas.
5
“Embarazo” Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas de Torres. Actualizado,
corregido y aumentado por Guillermo Cabanellas de las cuevas.
6
Artículo 52. De la Constitución Política de la República de Guatemala.
3
que las mujeres embarazadas realicen trabajos que requieren esfuerzo físico tres meses antes de
dar a luz. Además, no pueden despedir a una empleada en estado de gestación o período de
lactancia, salvo por causa justificada, como faltas graves contempladas en el contrato. De darse
este caso, el patrono puede solicitar el despido ante los tribunales de trabajo, donde se deberán
comprobar las faltas. Si una mujer sufre un aborto no intencional o parto prematuro, el período de
licencia con goce de sueldo se reduce a la mitad de lo estipulado, es decir, 42 días. Los días de
trabajadora Artículo 152 del Código de Trabajo: “La madre trabajadora gozará de un descanso
retribuido con el ciento por ciento (100%) de su salario durante los treinta (30) días que precedan al
parto y los 54 días siguientes; los días que no pueda disfrutar antes del parto, se le acumularán
para ser disfrutados en la etapa post-parto, de tal manera que la madre trabajadora goce de
ochenta y cuatro (84) días efectivos de descanso durante ese período… c) Si se trata de aborto no
intencional o de parto prematuro no viable, los descansos remunerados que indica el inciso a) de
este artículo se deben reducir a la mitad. En el caso de que la interesada permanezca ausente de
su trabajo un tiempo mayor del concedido a consecuencia de enfermedad que según certificado
médico deba su origen al embarazo o al parto, y que la incapacite para trabajar, ella conserva
derecho a las prestaciones que determina el inciso b) anterior, durante todo el lapso que exija su
restablecimiento, siempre que éste no exceda de tres meses contados a partir del momento en que
dejó sus labores…”8 Estas leyes se han extendido hasta el punto de llegar a instituciones
guatemaltecas que velen por el cumplimiento del ordenamiento jurídico de la Constitución Política
SOCIAL DECRETO 295” específicamente en el Artículo 30. “La protección relativa a maternidad
comprende los siguientes beneficios para la afiliada: a) Servicios médicos, quirúrgicos, terapéuticos
determine el reglamento: Estos beneficios pueden concederse a la esposa del afiliado que
7
https://agn.gt/derechos-mujer-trabajadora-en-periodo-de-embarazo/ AGENCIA GUATEMALTECA DE
NOTICIAS.
8
Artículo 152 del Código de Trabajo Decreto 14-41
4
dependa económicamente de él; b) Indemnización en dinero durante los períodos inmediatamente
en enfermedad común o cause la muerte, se deben dar las prestaciones que indica el artículo 31,
Comprendemos entonces que existen varios derechos para las mujeres en estado de gestación
Guatemala hasta leyes específicas siendo este parte de un derecho positivo pero muchas veces
desafortunadamente positivo no vigente por la mucha discriminación y poco interés sobre este
tema en nuestro país así como la desinformación que existe sobre como exigir todos y cada uno de
estos derechos que han sido otorgados a través del tiempo y cada vez siendo mejorados dentro de
nuestra legislación guatemalteca. Dentro de las leyes más importantes sobre la maternidad y lo
que conllevan los derechos de las mujeres en estado de gestación existe la ley especifica llamada
“LEY PARA LA MATERNIDAD SALUDABLE” que es el decreto número 32-2010 esta ley abarca
todo lo relativo a los derechos de las mujeres en su estado de gestación, como las instituciones se
deben hacer cargo de ellas, los cuidados y obligaciones que conlleva una mujer embarazada tanto
dentro como fuera de un empleo porque el estado de gestación es importante en cualquier lugar en
el que la mujer se encuentre, tanta es su importancia que llega a ser motivo de penalización por la
legislación guatemalteca alguna causa que llegue a ser riesgosa o imprudente para la atención de
Saludable, decreto 32-2010 en su artículo 28 y donde recalca lo importante que es este estado en
una mujer y como puede llegar a ser penalizado algún incumplimiento de alguna de estas
9
Artículo 30 LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL DECRETO 295
5
que cometan hechos constitutivos de delito, conjuntamente con la pena principal, se les impondrá
mente mencionado que es de mucha preocupación que no haya la suficiente enseñanza sobre
estos temas a las para la población Guatemalteca ya que no solo son derechos que tiene la mujer
en estado de gestación sino que también abarcaran obligaciones para terceros que sin el
cumplimiento de esas obligaciones que en muchos del caso desconocen o ignoran llegan hasta el
punto de cometer delitos por atentar por la buena salud y calidad de vida de las mujeres que estén
prometedor con todos los derechos posibles que existen en nuestra legislación al humano desde
su gestación,. Tal es el caso que un patrono puede llegar a cometer un despido injustificado si
ignora todos estos derechos y obligaciones que posee una mujer en estado de gestación y lo
establece el artículo 151 del Código de Trabajo donde se le prohíbe despedir a una mujer en
estado de embarazo o periodo de lactancia. Artículo 151 literal “C” del Código de Trabajo. “Se
prohíbe a los patronos: … c) Despedir a las trabajadoras que estuvieren en estado de embarazo o
período de lactancia, quienes gozan de inamovilidad. Salvo que por causa justificada originada en
falta grave a los deberes derivados del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177
de este Código. En este caso, el patrono debe gestionar el despido ante los tribunales de trabajo
para lo cual deberá comprobar la falta y no podrá hacer efectivo el mismo hasta no tener la
autorización expresa y por escrito del tribunal. En caso el patrono no cumpliera con la disposición
trabajo que venía desempeñando y tendrá derecho a que se le paguen los salarios dejados…” 11
Las mujeres en estado de gestación también tienen el derecho de trabajo, lo establece el artículo
último artículo mencionado no solo menciona a la mujer y su protección durante la maternidad, sino
10
Artículo 28 de la Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010
11
Artículo 28 de la Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010
6
que también establece que no se le debe exigir trabajos que requieran esfuerzos que puedan llegar
a ser riesgosos para su gravidez. También establece los días de descanso forzosos retribuidos y
al trabajo. El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del
país debe organizarse conforme a principios de justicia social.” 12 Y el artículo 102 literal “k” de la
de las condiciones en que debe prestar sus servicios. No deben establecerse diferencias entre
trabajadora, a quien no se le debe exigir ningún trabajo que requiera esfuerzo que ponga en peligro
su gravidez. La madre trabajadora gozará de un descanso forzoso retribuido con el cinto por ciento
de su salario, durante los treinta días que precedan al parto y los cuarenta y cinco días siguientes.
la jornada. Los descansos pre y postnatal serán ampliados según sus condiciones físicas, por
prescripción médica…”13
Recordando que todas las mujeres de cualquier edad en estado de gestación cuentan con mismos
derechos y también obligaciones y estando al tanto el estado de que muchas de las mujeres en
no solo ofrecer esos derechos y beneficios para su salud y en la etapa de gestación, sino que de
igual manera en crear una ley de acceso universal y gratuito y anticonceptivos para los
adolescentes. “Después de un difícil inicio, que incluyó un veto presidencial, una anulación del
Servicios de Planificación Familiar fue finalmente aprobada por el Congreso en abril de 2006” 14
“Esta ley establece por primera vez el acceso universal y gratuito a la anticoncepción, y asegura un
rubro específico para los anticonceptivos dentro del presupuesto del MSPAS. Además de
12
Artículo 101 de la Constitución Política de la República de Guatemala
13
Artículo 102 literal “k” de la Constitución Política de la República de Guatemala
14
Congreso de la República de Guatemala, Ley de Desarrollo Social, Decreto Número 42-2001.
7
mencionar a los adolescentes como uno de varios grupos objetivo de mayor necesidad, la ley
contiene dos artículos completamente dedicados a los y las adolescentes: el artículo 9 convoca a
una coordinación de estrategias entre los ministerios para proveer servicios especializados, y el
artículo 10 especifica que, iniciando en los dos últimos años de la escuela primaria, los planes de
estudio de educación sexual de las escuelas deberán incluir contenidos adaptados a la edad sobre
Pero a pesar de estas nuevas leyes creadas y todos los derechos que tienen las mujeres en
estado de gestación es de suma importancia que también se tome en cuenta la salud reproductiva
de las mujeres en estado de gestación existiendo así grandes tazas de mortalidad maternal. “Las
bajas tasas de atención prenatal y del parto y el precario estado general de salud de las mujeres
pobres contribuyen a la razón de mortalidad materna de 153 muertes maternas por cada 100.000
nacidos vivos, una de las más altas en la región. Sin embargo, aproximadamente 27.000 mujeres
son hospitalizadas cada año para ser tratadas por complicaciones” 16 Así que no es solamente
informar a las mujeres de sus derechos y a los patronos y demás personas de las obligaciones y
responsabilidades que conlleva una mujer en estado de gestación pero sino que también fomentar
nuevos métodos o nuevas leyes, organizaciones y demás para poder tener un mejor control en
se vive durante el embarazo, también fomentar y proponer que en casos de extrema pobreza o de
casos especiales de mujeres embarazadas se pueda de alguna manera proporcionar alguna ayuda
15
Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso Universal y Equitativo de Servicios de Planificación
Familiar y su Integración en el Programa Nacional de Salud Reproductiva, Decreto Número 87-2005.
16
Center for Reproductive Rights, The World’s Abortion Laws, 2005.Prada E et al., Aborto y atención
postaborto en Guatemala: informe de profesionales de la salud e instituciones de salud, Informe Ocasional,
Nueva York: AGI, 2005, No. 18.
8
alimenticia para el buen desarrollo del feto y para el cuidado de la madre durante la fase de
gestación y asi mismo luego de haber de dar a luz al bebé. Es importante que haya un mejor
control en todos los centros hospitalarios tanto públicos como privados acerca de las razones por
las cuales varias mujeres tienen problemas durante la gestación, tomando en cuenta la edad, salud
de su cuerpo, alguna enfermedad, y todos los caracteres que sean importantes para poder buscar
soluciones prontas y reducir ese nivel de mortandad en las mujeres en estado de gestación y no
solo reducirlo pero al mismo tiempo crear, o modificar leyes a favor de los derechos y protección de
las mujeres en estado de gestación, para ellas y el feto que este en desarrollo en su vientre y
Se puede notar que en varios países se respeta a la mujer en estado de gestación y se le brinda un
especial apoyo y derechos por ejemplo en México existen leyes que se asemejan con la protección
que nuestra legislación guatemalteca proporciona a estas mujeres, tanto en el ámbito laboral como
123. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados5 deberán expedir leyes sobre el
trabajo, fundadas en las necesidades de cada región, sin contravenir a las bases siguientes, las
cuales regirán el trabajo de los obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, y de una
manera general todo contrato de trabajo: ... V.- Las mujeres durante los tres meses anteriores al
parto, no desempeñarán trabajos físicos que exijan esfuerzo material considerable. En el mes
conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por su contrato. En el periodo de la
lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para amamantar
a sus hijos. se publicaron reformas a la fracción V del apartado A, del artículo 123, con el propósito
fracción XV del mismo apartado, con el objeto de obligar a los patrones a mantener las
instalaciones del lugar de trabajo con las mayores condiciones de higiene y seguridad, de modo tal
9
que, resulte la mayor garantía para la salud y la vida del producto de la concepción, cuando se
fracción XI, para incorporar los siguientes derechos vigentes hasta la fecha: Evitar trabajos que
exijan esfuerzo y signifiquen peligro para la salud de la mujer y su hijo. Derecho a percibir su
17
salario íntegro. Garantizar la conservación del empleo y los derechos adquiridos.”
América pero también en Sur América tal es el caso de Colombia donde su legislación desde su
53º.- El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo
maternidad y al trabajador menor de edad. Artículo 134 Modificado por el A.L. 01 de 2009, art 6. -…
No habrá faltas temporales, salvo cuando las mujeres, por razón de licencia de maternidad deban
Nuestro país vecino El Salvador en su Constitución al igual que en la nuestra protege a la vida
humana desde su concepción esto lo establece en su artículo 1 donde establece los fines de El
persona humana como el origen y el fin de la actividad de El Estado, que está organizado para la
consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común. Asimismo, reconoce como
obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la
17
DERECHOS DE LA MATERNIDAD” Estudio Teórico Conceptual, de Iniciativas presentadas, y de Derecho
Comparado. Mtra. Claudia Gamboa Montejano Investigadora Parlamentaria. Mayo, 2008 Congreso de la
Unión Núm. 66; Col. El Parque; México, DF; C.P. 15969 http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-
12-08.pdf
18
Constitución Política de Colombia. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0219.pdf
19
Constitución Política de la Republica de El Salvador.
https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_de_la_republica_del_salvador_1983.pdf
10
Y como podremos darnos cuenta no solo en Guatemala, pero a nivel mundial desde países
cercanos a nuestro país de Guatemala como países lejanos que se sitúan en Sur América, la mujer
la propia salud de la madre y del nuevo ser humano que nacerá. Existe en Sur América una “LEY
importantes dentro de la creación de esta ley, pero uno de ellos es la ayuda al progenitor del bebé
que lleva en el vientre la madre, esta ley no solo protege y resalta los derechos de la mujer
embarazada como lo hemos establecido hasta ahora, sino que le da importancia al progenitor y al
recién nacido. Puntos importantes que deberíamos considerar como propuestas en la legislación
de Guatemala.
las trabajadoras embarazadas, otorga a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del
hijo, y derechos y subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor,
entre otros. Entrega a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del hijo, y derechos y
subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor, entre otros. El padre
también tiene derechos cuando nace un hijo, los cuales son: Permiso pagado de cinco días en
caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en
días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. - Permiso pagado
de cinco días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la sentencia
definitiva que le otorgó el derecho. -Permiso postnatal parental: si es que la madre decide
madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas
en media jornada. En ambos casos, las semanas utilizadas deben ser las semanas finales del
período de descanso y habrá derecho a un subsidio en base a sus remuneraciones con un tope de
66 UF. Derecho a sala cuna mantenida o financiada por la empresa en que trabaja, si es que ya es
exigible al empleador (es decir, si en la empresa ya hay 20 ó más trabajadoras mujeres) y si, por
muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el
11
permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo, el fuero maternal y el subsidio
nuevas maneras de poder mejorar nuestra legislación apoyando de una mejor manera a las
CONCLUSIÓN
20
¿En qué consiste la Ley de Protección a la maternidad?, Juan José Rentería,
https://www.misabogados.com/blog/es/proteccion-ala-maternidad
12
Guatemala, normas vigentes que se establecen con ese propósito. De igual manera logramos
normas que llevan a leyes específicas como el Código de Trabajo, iniciativas para la protección de
la mujer en estado de gestación y demás normas que se le otorgan a la mujer en ese estado.
Es importante recalcar que aunque existen varias normativas que ayudan a la mujer en El Estado
de gestación hay mucha controversia refiriéndonos al poco interés que los terceros le dan a ello o
bien ignoran de la importancia que es cumplir con estas normas, la falta de educación desde el
punto de vista educativo hasta el punto de llegar a buscar un empleo y que no se respete a la
mujer por su estado de gestación es admirable, por lo que debemos luchar por el cumplimiento de
estas normas tan importantes de la mujer en estado de gestación ya que no solo se beneficia a la
mujer pero también al nuevo humano que nacerá y a la sociedad. Cumpliendo así con la normativa
RECOMENDACIÓN
13
1) Que El Estado de Guatemala vele por un adecuado control por medio de las entidades
gestación, que mejoré la legislación en el sentido penal para las personas que no cumplan
con las obligaciones que establece la ley acerca del trato y los derechos de las mujeres
embarazadas. De igual forma que por medio del importante derecho comparado logre
reformar nuestra legislación tomando en cuenta nuevas maneras de hacer valer esos
derechos, como proporcionando más de ellos y que lleguen hasta el padre del bebé que
como lo busca El Estado, teniendo el apoyo del progenitor al menos los primeros días de
BIBLIOGRAFÍA
TEXTOS:
14
- Center for Reproductive Rights, The World’s Abortion Laws, 2005. Prada E et al., Aborto y
DICCIONARIO:
LEGISLACIÓN:
2001.
DECRETO 295
EGRAFÍA
15
- https://agn.gt/derechos-mujer-trabajadora-en-periodo-de-embarazo/AGENCIA
GUATEMALTECA DE NOTICIAS.
- https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0219.pdf
- https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_de_la_republica_del_salvador_1983.pdf
- https://www.misabogados.com/blog/es/proteccion-ala-maternidad
- http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-12-08.pdf
16