Justice">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Derechos de Mujeres en Estado de Gestación

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 18

INDICE

INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................ii

Derechos de la mujer en estado de gestación............................................................................1

Derechos de la mujer en estado de gestación en la legislación de Guatemala.....................1

Legislación y mujeres en estado de gestación de diferentes edades y sus consecuencias.1

Los empleos y discriminación en mujeres en estado de gestación..........................................2

Maternidad y su significado............................................................................................................2

Leyes laborales en beneficio de las mujeres en estado de gestación.....................................3

La Constitución Política de la República de Guatemala y sus normas acerca del trabajo en

mujeres en estado de gestación...................................................................................................6

Mortandad por falta de atención a mujeres en estado de gestación........................................8

Derecho comparado en otros países acerca de las mujeres en estado de gestación..........9

CONCLUSIÓN...............................................................................................................................13

RECOMENDACIÓN......................................................................................................................14

BIBLIOGRAFÍA..............................................................................................................................15

EGRAFÍA........................................................................................................................................16

i
INTRODUCCIÓN

La mujer en estado de gestación en Guatemala cuenta con muchos beneficios a su favor entre

ellos existe la dicha de que esos derechos se ven reflejados desde la Constitución Política de la

República de Guatemala desde el inició de ella en los artículos 1, 2, 3 donde establecen que El

Estado de Guatemala protege no solo a la persona pero también a la familia y dentro de sus

deberes en el artículo 2 garantizar a sus habitantes esa seguridad, la vida la justicia que parte

desde la madre en este tema hasta la vida que se encuentra en su vientre, y El Estado de

Guatemala protege la vida humana desde su concepción según el artículo 3 de la Constitución

Política de la República de Guatemala y recalca nuevamente en la seguridad de la persona. Es

importante establecer como estos derechos a la mujer en estado de gestación se derivan desde la

Constitución Política de la República de Guatemala, hasta leyes específicas como en el Código de

Trabajo –Decreto 14-41 y se puede llegar hasta la penalización por algún delito cometido si no se

respetan esos derechos. La mujer en estado de gestación tiene iguales derechos como otro ser

humano, tiene derecho a la vida, seguridad, justicia, tiene derecho de poder trabajar y la protege la

Constitución y las leyes específicas; sin embargo hay personas que ignoran sobre ello o

simplemente no le dan cumplimiento a esas normas y se ve afectada la salud y el bienestar de la

madre como la de la vida en su vientre, abordaremos esos temas y como los derechos de la mujer

en estado de gestación son casi igualitarios en otros países tanto países cercanos como los de Sur

América que cumplen con estas normas y se derivan derechos no solo para la madre pero para el

padre de la criatura en el vientre; y como nosotros podríamos aplicar diferentes normas partiendo

por el derecho comparado.

ii
Derechos de la mujer en estado de gestación

Derechos de la mujer en estado de gestación en la legislación de Guatemala

Los derechos de la mujer en estado de gestación son de importancia en nuestro país Guatemala

como en todo el mundo. La Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus

artículos tres y cuatro la importancia que El Estado les da a las personas y como protege su

integridad, su seguridad, y recalca lo importante que son los humanos en Guatemala siendo estos

libres e iguales en dignidad y derechos. “Artículo 3.- Derecho a la vida. El Estado garantiza y

protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.”

“Artículo 4.- Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en

dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales

oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra

condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre

sí.”1

Legislación y mujeres en estado de gestación de diferentes edades y sus consecuencias

Debemos enfatizar que gracias a las nuevas creaciones de leyes en Guatemala, existe aún más

protección para las mujeres en estado de gestación; en Guatemala existe un alto nivel de mujeres

embarazadas en todos los departamentos y en las áreas rurales hay aún más mujeres

embarazadas, tanto mujeres mayores de edad como un gran porcentaje de mujeres menores de

edad, podemos establecer que muchos de esos embarazos en mujeres menores de edad han sido

embarazos no deseados debido a la falta de educación sexual que se puede enseñar en las

escuelas de esos lugares, pero desafortunadamente no se ha logrado la enseñanza de la

educación sexual del todo o en un gran porcentaje en lo que corresponde en las áreas rurales de

Guatemala, estos embarazos no deseados son hechos desafortunados como mujeres víctimas de

violaciones sexuales, otras por desconocimiento de los métodos anticonceptivos así como la

decisión de no usar esos métodos anticonceptivos por decisión propia aun sabiendo de la

existencia de ellos, también como niñas desinformadas sobre los cuidados que deben de tener

1
Articulo 3 y 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

1
refiriéndose a las relaciones sexuales por la falta de educación sexual que sus padres les pueden

brindar o dar a conocer sanamente sobre cómo cuidar su cuerpo, como cuidarse de un embarazo

no deseado o bien de alguna transmisión de enfermedad sexual. Sin embargo, a pesar de estos

embarazos no deseados y los demás embarazos planeados tanto en mujeres mayores o menores

de edad El Estado seguirá protegiendo a estas mujeres porque así lo ha establecido desde la

Constitución Política de la República de Guatemala, hasta diversas leyes que existen en

Guatemala.

Los empleos y discriminación en mujeres en estado de gestación

Una de las mayores leyes o el área donde más se protege a la mujer en estado de gestación en

Guatemala es en el área laboral, dado que existe mucha discriminación en los empleos sobre las

mujeres embarazadas; llegando al punto donde ciertos trabajos llegan a pedir una prueba de orina

a las mujeres no solo para poder descartar cualquier tipo de consumo de alguna droga, pero dentro

del mayor porcentaje de importancia que le dan a esa prueba es la averiguación sobre si la mujer

que solicita ese empleo está o no en estado de gestación, las empresas y empleos diversos que

hay en Guatemala ven como desventaja contratar a una mujer en estado de gestación por todo lo

que se deriva al contratarla, todas las leyes creadas para su protección, todos los días que le darán

de alta por su embarazo y luego de su embarazo, desafortunadamente algunos sino muchas

empresas, lugares donde buscan empleados ya no consideran que es un humano, con

necesidades, con una vida que se debe respetar como lo establece la Constitución Política de la

República de Guatemala que debemos tratarnos con una conducta fraternal entre nosotros como lo

establece el artículo 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala “…Los seres

humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.” 2 Y no solo como un empleado o un número

más para la empresa o lugar de trabajo. Por lo que podemos establecer que en efecto existe cierta

discriminación en las mujeres en estado de gestación aquí en Guatemala.

Maternidad y su significado

2
Artículo 4 Constitución Política de la República de Guatemala.

2
La maternidad según la Real Academia Española significa “Estado o cualidad de madre”3 y en el

Diccionario Jurídico Elemental significa: “Condición de madre, estado natural o jurídico de la

madre, casa de maternidad”.4 La maternidad surge desde el momento de la concepción y El Estado

de Guatemala protege a la vida humana desde la concepción como lo establece en su artículo tres

de la Constitución Política de la República de Guatemala “ Derecho a la vida. El Estado garantiza y

protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.”

Quiere decir que desde que la mujer se encuentra embarazada El Estado de Guatemala velará por

protección de esa vida humana, proporcionando a la madre y al embrión derechos y protección

desde la concepción. l embarazo según el Diccionario Jurídico Elemental significa: “Estado de la

mujer que se encuentra en cinta. Lapso entre la concepción y el parto o el aborto”. 5

El artículo 52 de la Constitución Política de la República de Guatemala recalca la importancia de la

maternidad en Guatemala y como El Estado protege en forma especial y vela por el estricto

cumplimiento de los derechos y obligaciones que de la maternidad se deriven, establece lo

siguiente: “Artículo 52.- Maternidad. La maternidad tiene la protección de El Estado, el que velará

en forma especial por el estricto cumplimiento de los derechos y obligaciones que de ella se

deriven.”6

Leyes laborales en beneficio de las mujeres en estado de gestación

En Guatemala debido a la importancia que se le da a la mujer desde que se encuentra en estado

de gestación iniciando desde la concepción de la nueva vida humana que lleva en su vientre la

mujer se han creado nuevas leyes que la protegen y le proporcionan derechos a ella y a su hijo(a)s

y también muchos derechos de los cuales podemos mencionar varios de ellos, por ejemplo:

descanso pre y pos-parto, licencia por aborto no intencional, periodo de lactancia. “La ley

establece, además, que los patronos deben garantizar un área laboral segura y no deben exigir

3
“MATERNIDAD” Diccionario de la Real Academia Española.
4
“MATERNIDAD” Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas de Torres. Actualizado,
corregido y aumentado por Guillermo Cabanellas de las Cuevas.
5
“Embarazo” Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas de Torres. Actualizado,
corregido y aumentado por Guillermo Cabanellas de las cuevas.
6
Artículo 52. De la Constitución Política de la República de Guatemala.

3
que las mujeres embarazadas realicen trabajos que requieren esfuerzo físico tres meses antes de

dar a luz. Además, no pueden despedir a una empleada en estado de gestación o período de

lactancia, salvo por causa justificada, como faltas graves contempladas en el contrato. De darse

este caso, el patrono puede solicitar el despido ante los tribunales de trabajo, donde se deberán

comprobar las faltas. Si una mujer sufre un aborto no intencional o parto prematuro, el período de

licencia con goce de sueldo se reduce a la mitad de lo estipulado, es decir, 42 días. Los días de

asueto, descanso semanal y vacaciones no se incluyen en la licencia.” 7 Derechos de la madre

trabajadora Artículo 152 del Código de Trabajo: “La madre trabajadora gozará de un descanso

retribuido con el ciento por ciento (100%) de su salario durante los treinta (30) días que precedan al

parto y los 54 días siguientes; los días que no pueda disfrutar antes del parto, se le acumularán

para ser disfrutados en la etapa post-parto, de tal manera que la madre trabajadora goce de

ochenta y cuatro (84) días efectivos de descanso durante ese período… c) Si se trata de aborto no

intencional o de parto prematuro no viable, los descansos remunerados que indica el inciso a) de

este artículo se deben reducir a la mitad. En el caso de que la interesada permanezca ausente de

su trabajo un tiempo mayor del concedido a consecuencia de enfermedad que según certificado

médico deba su origen al embarazo o al parto, y que la incapacite para trabajar, ella conserva

derecho a las prestaciones que determina el inciso b) anterior, durante todo el lapso que exija su

restablecimiento, siempre que éste no exceda de tres meses contados a partir del momento en que

dejó sus labores…”8 Estas leyes se han extendido hasta el punto de llegar a instituciones

guatemaltecas que velen por el cumplimiento del ordenamiento jurídico de la Constitución Política

de la República de Guatemala como lo es el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y lo

establece en su propia ley “LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD

SOCIAL DECRETO 295” específicamente en el Artículo 30. “La protección relativa a maternidad

comprende los siguientes beneficios para la afiliada: a) Servicios médicos, quirúrgicos, terapéuticos

y hospitalarios, durante el embarazo, el parto y el período postnatal, de acuerdo con lo que

determine el reglamento: Estos beneficios pueden concederse a la esposa del afiliado que

7
https://agn.gt/derechos-mujer-trabajadora-en-periodo-de-embarazo/ AGENCIA GUATEMALTECA DE
NOTICIAS.
8
Artículo 152 del Código de Trabajo Decreto 14-41

4
dependa económicamente de él; b) Indemnización en dinero durante los períodos inmediatamente

anteriores y posteriores al parto, fijada proporcionalmente a los ingresos de la afiliada; c) Ayuda

para la lactancia, en especie o en dinero; y, d) Siempre que el riesgo de maternidad se transforme

en enfermedad común o cause la muerte, se deben dar las prestaciones que indica el artículo 31,

en lo que sean aplicables.”9

Comprendemos entonces que existen varios derechos para las mujeres en estado de gestación

dentro de nuestra legislación comenzando desde la Constitución Política de la República de

Guatemala hasta leyes específicas siendo este parte de un derecho positivo pero muchas veces

desafortunadamente positivo no vigente por la mucha discriminación y poco interés sobre este

tema en nuestro país así como la desinformación que existe sobre como exigir todos y cada uno de

estos derechos que han sido otorgados a través del tiempo y cada vez siendo mejorados dentro de

nuestra legislación guatemalteca. Dentro de las leyes más importantes sobre la maternidad y lo

que conllevan los derechos de las mujeres en estado de gestación existe la ley especifica llamada

“LEY PARA LA MATERNIDAD SALUDABLE” que es el decreto número 32-2010 esta ley abarca

todo lo relativo a los derechos de las mujeres en su estado de gestación, como las instituciones se

deben hacer cargo de ellas, los cuidados y obligaciones que conlleva una mujer embarazada tanto

dentro como fuera de un empleo porque el estado de gestación es importante en cualquier lugar en

el que la mujer se encuentre, tanta es su importancia que llega a ser motivo de penalización por la

legislación guatemalteca alguna causa que llegue a ser riesgosa o imprudente para la atención de

estas mujeres en estado de gestación lo podemos observar en la Ley para la Maternidad

Saludable, decreto 32-2010 en su artículo 28 y donde recalca lo importante que es este estado en

una mujer y como puede llegar a ser penalizado algún incumplimiento de alguna de estas

disposiciones. Artículo 28 de la Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010 “Penalización.

El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, será sancionado de acuerdo

a lo establecido en el Código Penal y leyes penales especiales. A los funcionarios y empleados

públicos, profesionales, técnicos y personas proveedoras de servicios de salud materna-neonatal

9
Artículo 30 LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL DECRETO 295

5
que cometan hechos constitutivos de delito, conjuntamente con la pena principal, se les impondrá

la de inhabilitación para ejercer su profesión.” 10 Se puede establecer la importancia de lo anterior

mente mencionado que es de mucha preocupación que no haya la suficiente enseñanza sobre

estos temas a las para la población Guatemalteca ya que no solo son derechos que tiene la mujer

en estado de gestación sino que también abarcaran obligaciones para terceros que sin el

cumplimiento de esas obligaciones que en muchos del caso desconocen o ignoran llegan hasta el

punto de cometer delitos por atentar por la buena salud y calidad de vida de las mujeres que estén

en ese proceso de gestación ya que El Estado de Guatemala protege, y garantiza un futuro

prometedor con todos los derechos posibles que existen en nuestra legislación al humano desde

su gestación,. Tal es el caso que un patrono puede llegar a cometer un despido injustificado si

ignora todos estos derechos y obligaciones que posee una mujer en estado de gestación y lo

establece el artículo 151 del Código de Trabajo donde se le prohíbe despedir a una mujer en

estado de embarazo o periodo de lactancia. Artículo 151 literal “C” del Código de Trabajo. “Se

prohíbe a los patronos: … c) Despedir a las trabajadoras que estuvieren en estado de embarazo o

período de lactancia, quienes gozan de inamovilidad. Salvo que por causa justificada originada en

falta grave a los deberes derivados del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177

de este Código. En este caso, el patrono debe gestionar el despido ante los tribunales de trabajo

para lo cual deberá comprobar la falta y no podrá hacer efectivo el mismo hasta no tener la

autorización expresa y por escrito del tribunal. En caso el patrono no cumpliera con la disposición

anterior, la trabajadora podrá concurrir a los tribunales a ejercitar su derecho de reinstalación en el

trabajo que venía desempeñando y tendrá derecho a que se le paguen los salarios dejados…” 11

La Constitución Política de la República de Guatemala y sus normas acerca del trabajo en


mujeres en estado de gestación.

Las mujeres en estado de gestación también tienen el derecho de trabajo, lo establece el artículo

101 y también el artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala en este

último artículo mencionado no solo menciona a la mujer y su protección durante la maternidad, sino
10
Artículo 28 de la Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010
11
Artículo 28 de la Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010

6
que también establece que no se le debe exigir trabajos que requieran esfuerzos que puedan llegar

a ser riesgosos para su gravidez. También establece los días de descanso forzosos retribuidos y

sobre su salario. Artículo 101 de la Constitución Política de la República de Guatemala. “- Derecho

al trabajo. El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del

país debe organizarse conforme a principios de justicia social.” 12 Y el artículo 102 literal “k” de la

Constitución Política de la República de Guatemala “-Protección a la mujer trabajadora y regulación

de las condiciones en que debe prestar sus servicios. No deben establecerse diferencias entre

casadas y solteras en materia de trabajo. La ley regulará la protección a la maternidad de la mujer

trabajadora, a quien no se le debe exigir ningún trabajo que requiera esfuerzo que ponga en peligro

su gravidez. La madre trabajadora gozará de un descanso forzoso retribuido con el cinto por ciento

de su salario, durante los treinta días que precedan al parto y los cuarenta y cinco días siguientes.

En la época de la lactancia tendrá derecho a dos períodos de descanso extraordinarios, dentro de

la jornada. Los descansos pre y postnatal serán ampliados según sus condiciones físicas, por

prescripción médica…”13

Recordando que todas las mujeres de cualquier edad en estado de gestación cuentan con mismos

derechos y también obligaciones y estando al tanto el estado de que muchas de las mujeres en

estado de gestación principalmente son mujeres menores de edad, El Estado se ha pronunciado a

no solo ofrecer esos derechos y beneficios para su salud y en la etapa de gestación, sino que de

igual manera en crear una ley de acceso universal y gratuito y anticonceptivos para los

adolescentes. “Después de un difícil inicio, que incluyó un veto presidencial, una anulación del

Congreso y un fallo de la Corte de Constitucionalidad, la Ley de Acceso Universal y Equitativo a los

Servicios de Planificación Familiar fue finalmente aprobada por el Congreso en abril de 2006” 14

“Esta ley establece por primera vez el acceso universal y gratuito a la anticoncepción, y asegura un

rubro específico para los anticonceptivos dentro del presupuesto del MSPAS. Además de

12
Artículo 101 de la Constitución Política de la República de Guatemala
13
Artículo 102 literal “k” de la Constitución Política de la República de Guatemala
14
Congreso de la República de Guatemala, Ley de Desarrollo Social, Decreto Número 42-2001.

7
mencionar a los adolescentes como uno de varios grupos objetivo de mayor necesidad, la ley

contiene dos artículos completamente dedicados a los y las adolescentes: el artículo 9 convoca a

una coordinación de estrategias entre los ministerios para proveer servicios especializados, y el

artículo 10 especifica que, iniciando en los dos últimos años de la escuela primaria, los planes de

estudio de educación sexual de las escuelas deberán incluir contenidos adaptados a la edad sobre

los “derechos y responsabilidades para la promoción y auto cuidado de la salud, sexualidad y el

embarazo precoz y no deseado, como factores de riesgo que contribuyen y afectan la

morbimortalidad materno infantil.”15

Mortandad por falta de atención a mujeres en estado de gestación

Pero a pesar de estas nuevas leyes creadas y todos los derechos que tienen las mujeres en

estado de gestación es de suma importancia que también se tome en cuenta la salud reproductiva

de las mujeres en estado de gestación existiendo así grandes tazas de mortalidad maternal. “Las

bajas tasas de atención prenatal y del parto y el precario estado general de salud de las mujeres

pobres contribuyen a la razón de mortalidad materna de 153 muertes maternas por cada 100.000

nacidos vivos, una de las más altas en la región. Sin embargo, aproximadamente 27.000 mujeres

son hospitalizadas cada año para ser tratadas por complicaciones” 16 Así que no es solamente

informar a las mujeres de sus derechos y a los patronos y demás personas de las obligaciones y

responsabilidades que conlleva una mujer en estado de gestación pero sino que también fomentar

nuevos métodos o nuevas leyes, organizaciones y demás para poder tener un mejor control en

Guatemala de las mujeres en estado de gestación, su salud durante y después de la gestación

proporcionándole a estas medicamentos, revisiones gratuitas y especializadas para el proceso que

se vive durante el embarazo, también fomentar y proponer que en casos de extrema pobreza o de

casos especiales de mujeres embarazadas se pueda de alguna manera proporcionar alguna ayuda

15
Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso Universal y Equitativo de Servicios de Planificación
Familiar y su Integración en el Programa Nacional de Salud Reproductiva, Decreto Número 87-2005.

16
Center for Reproductive Rights, The World’s Abortion Laws, 2005.Prada E et al., Aborto y atención
postaborto en Guatemala: informe de profesionales de la salud e instituciones de salud, Informe Ocasional,
Nueva York: AGI, 2005, No. 18.

8
alimenticia para el buen desarrollo del feto y para el cuidado de la madre durante la fase de

gestación y asi mismo luego de haber de dar a luz al bebé. Es importante que haya un mejor

control en todos los centros hospitalarios tanto públicos como privados acerca de las razones por

las cuales varias mujeres tienen problemas durante la gestación, tomando en cuenta la edad, salud

de su cuerpo, alguna enfermedad, y todos los caracteres que sean importantes para poder buscar

soluciones prontas y reducir ese nivel de mortandad en las mujeres en estado de gestación y no

solo reducirlo pero al mismo tiempo crear, o modificar leyes a favor de los derechos y protección de

las mujeres en estado de gestación, para ellas y el feto que este en desarrollo en su vientre y

nazca sin complicaciones.

Derecho comparado en otros países acerca de las mujeres en estado de gestación

Se puede notar que en varios países se respeta a la mujer en estado de gestación y se le brinda un

especial apoyo y derechos por ejemplo en México existen leyes que se asemejan con la protección

que nuestra legislación guatemalteca proporciona a estas mujeres, tanto en el ámbito laboral como

en la protección e importancia debida que se les debe dar desde la constitución.

Y así lo establece la CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: “Artículo

123. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados5 deberán expedir leyes sobre el

trabajo, fundadas en las necesidades de cada región, sin contravenir a las bases siguientes, las

cuales regirán el trabajo de los obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, y de una

manera general todo contrato de trabajo: ... V.- Las mujeres durante los tres meses anteriores al

parto, no desempeñarán trabajos físicos que exijan esfuerzo material considerable. En el mes

siguiente al parto disfrutarán forzosamente de descanso debiendo percibir su salario íntegro y

conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por su contrato. En el periodo de la

lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para amamantar

a sus hijos. se publicaron reformas a la fracción V del apartado A, del artículo 123, con el propósito

de incrementar la protección de la maternidad. Por otro lado, también se observan reformas a la

fracción XV del mismo apartado, con el objeto de obligar a los patrones a mantener las

instalaciones del lugar de trabajo con las mayores condiciones de higiene y seguridad, de modo tal

9
que, resulte la mayor garantía para la salud y la vida del producto de la concepción, cuando se

trate de mujeres embarazadas. Respecto al apartado B, se presentaron reformas al inciso c) de la

fracción XI, para incorporar los siguientes derechos vigentes hasta la fecha: Evitar trabajos que

exijan esfuerzo y signifiquen peligro para la salud de la mujer y su hijo. Derecho a percibir su
17
salario íntegro. Garantizar la conservación del empleo y los derechos adquiridos.”

De la misma forma la mujer consta de derechos en su estado de gestación no solamente en Centro

América pero también en Sur América tal es el caso de Colombia donde su legislación desde su

Constitución protege a la mujer en ese estado. Constitución Política de Colombia, en su “Artículo

53º.- El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo

menos los siguientes principios mínimos fundamentales: … protección especial a la mujer, a la

maternidad y al trabajador menor de edad. Artículo 134 Modificado por el A.L. 01 de 2009, art 6. -…

No habrá faltas temporales, salvo cuando las mujeres, por razón de licencia de maternidad deban

ausentarse del cargo.” 18

Nuestro país vecino El Salvador en su Constitución al igual que en la nuestra protege a la vida

humana desde su concepción esto lo establece en su artículo 1 donde establece los fines de El

Estado, Constitución Política de la Republica de El Salvador “Artículo 1.- El Salvador reconoce a la

persona humana como el origen y el fin de la actividad de El Estado, que está organizado para la

consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común. Asimismo, reconoce como

persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción. En consecuencia, es

obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la

cultura, el bienestar económico y la justicia social.” 19

17
DERECHOS DE LA MATERNIDAD” Estudio Teórico Conceptual, de Iniciativas presentadas, y de Derecho
Comparado. Mtra. Claudia Gamboa Montejano Investigadora Parlamentaria. Mayo, 2008 Congreso de la
Unión Núm. 66; Col. El Parque; México, DF; C.P. 15969 http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-
12-08.pdf
18
Constitución Política de Colombia. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0219.pdf

19
Constitución Política de la Republica de El Salvador.
https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_de_la_republica_del_salvador_1983.pdf

10
Y como podremos darnos cuenta no solo en Guatemala, pero a nivel mundial desde países

cercanos a nuestro país de Guatemala como países lejanos que se sitúan en Sur América, la mujer

en estado de gestación gozará de derechos en su estado de gestación lo cual es importante para

la propia salud de la madre y del nuevo ser humano que nacerá. Existe en Sur América una “LEY

DE PROTECCION LABORAL DE LA MADRE EN GESTACIÓN” Existen muchos puntos

importantes dentro de la creación de esta ley, pero uno de ellos es la ayuda al progenitor del bebé

que lleva en el vientre la madre, esta ley no solo protege y resalta los derechos de la mujer

embarazada como lo hemos establecido hasta ahora, sino que le da importancia al progenitor y al

recién nacido. Puntos importantes que deberíamos considerar como propuestas en la legislación

de Guatemala.

“La ley de Protección a la maternidad otorga derechos de descansos, subsidios y fueros a todas

las trabajadoras embarazadas, otorga a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del

hijo, y derechos y subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor,

entre otros. Entrega a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del hijo, y derechos y

subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor, entre otros. El padre

también tiene derechos cuando nace un hijo, los cuales son: Permiso pagado de cinco días en

caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en

días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. - Permiso pagado

de cinco días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la sentencia

definitiva que le otorgó el derecho. -Permiso postnatal parental: si es que la madre decide

traspasarle semanas, pudiendo traspasar un máximo de 6 semanas a jornada completa. Pero si la

madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas

en media jornada. En ambos casos, las semanas utilizadas deben ser las semanas finales del

período de descanso y habrá derecho a un subsidio en base a sus remuneraciones con un tope de

66 UF. Derecho a sala cuna mantenida o financiada por la empresa en que trabaja, si es que ya es

exigible al empleador (es decir, si en la empresa ya hay 20 ó más trabajadoras mujeres) y si, por

sentencia judicial, se le ha confiado el cuidado personal de un menor de dos años. En caso de

muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el

11
permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo, el fuero maternal y el subsidio

correspondiente.”20 La anterior referencia de esa ley nos da la oportunidad de adquirir nuevos

nuevas maneras de poder mejorar nuestra legislación apoyando de una mejor manera a las

mujeres en estado de gestación proporcionándoles la seguridad y tranquilidad física y psicológica

que en el momento de dar a luz no estarían solas.

CONCLUSIÓN

Actualmente en la legislación de Guatemala existen muchos beneficios para la mujer en estado de

gestación, afortunadamente logramos encontrar desde la Constitución Política de la República de

20
¿En qué consiste la Ley de Protección a la maternidad?, Juan José Rentería,
https://www.misabogados.com/blog/es/proteccion-ala-maternidad

12
Guatemala, normas vigentes que se establecen con ese propósito. De igual manera logramos

relacionar como se deriva desde la Constitución Política de la República de Guatemala diversas

normas que llevan a leyes específicas como el Código de Trabajo, iniciativas para la protección de

la mujer en estado de gestación y demás normas que se le otorgan a la mujer en ese estado.

Es importante recalcar que aunque existen varias normativas que ayudan a la mujer en El Estado

de gestación hay mucha controversia refiriéndonos al poco interés que los terceros le dan a ello o

bien ignoran de la importancia que es cumplir con estas normas, la falta de educación desde el

punto de vista educativo hasta el punto de llegar a buscar un empleo y que no se respete a la

mujer por su estado de gestación es admirable, por lo que debemos luchar por el cumplimiento de

estas normas tan importantes de la mujer en estado de gestación ya que no solo se beneficia a la

mujer pero también al nuevo humano que nacerá y a la sociedad. Cumpliendo así con la normativa

desde nuestra Constitución Política de la República de Guatemala y la parte que al Estado de

Guatemala le corresponde como lo establece en el artículo 1 de nuestra Constitución.

RECOMENDACIÓN

13
1) Que El Estado de Guatemala vele por un adecuado control por medio de las entidades

correspondientes sobre que se cumplan los derechos de las mujeres en estado de

gestación, que mejoré la legislación en el sentido penal para las personas que no cumplan

con las obligaciones que establece la ley acerca del trato y los derechos de las mujeres

embarazadas. De igual forma que por medio del importante derecho comparado logre

reformar nuestra legislación tomando en cuenta nuevas maneras de hacer valer esos

derechos, como proporcionando más de ellos y que lleguen hasta el padre del bebé que

nacerá, esto beneficiaría a la madre tanto psicológicamente o como su seguridad en salud

como lo busca El Estado, teniendo el apoyo del progenitor al menos los primeros días de

haber dado a luz.

BIBLIOGRAFÍA

TEXTOS:

14
- Center for Reproductive Rights, The World’s Abortion Laws, 2005. Prada E et al., Aborto y

atención postaborto en Guatemala: informe de profesionales de la salud e instituciones de

salud, Informe Ocasional, Nueva York: AGI, 2005, No. 18.

DICCIONARIO:

- Diccionario de la Real Academia Española.

- Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas de Torres. Actualizado, corregido y

aumentado por Guillermo Cabanellas de las Cuevas.

LEGISLACIÓN:

- Código de Trabajo Decreto 14-41

- Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso Universal y Equitativo de

Servicios de Planificación Familiar y su Integración en el Programa Nacional de Salud

Reproductiva, Decreto Número 87-2005

- Congreso de la República de Guatemala, Ley de Desarrollo Social, Decreto Número 42-

2001.

- Constitución Política de Colombia.

- Constitución Política de la Republica de El Salvador.

- Constitución Política de la República de Guatemala.

- CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

- LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO 295

- Ley para la Maternidad Saludable, decreto 32-2010

EGRAFÍA

15
- https://agn.gt/derechos-mujer-trabajadora-en-periodo-de-embarazo/AGENCIA

GUATEMALTECA DE NOTICIAS.

- https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0219.pdf

- https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_de_la_republica_del_salvador_1983.pdf

- https://www.misabogados.com/blog/es/proteccion-ala-maternidad

- http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-12-08.pdf

16

También podría gustarte