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Exencion y Exoneraciones.

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República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio del Poder Popular Para La Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.

Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui”.

Anaco, Estado. Anzoátegui.

EXENCION Y EXONERACIONES.

Profesora: Integrante.

Marielys Carrasquel. Astrid Jiménez.

Administración An -01.

Anaco, 01 de Diciembre del 2020.


ANÁLISIS DE EXENCIONES Y EXONERACIONES.
COT Artículo 74. La ley que autorice al Poder Ejecutivo para conceder exoneraciones
especificará los tributos que comprenda, los presupuestos necesarios para que proceda, y las
condiciones a las cuales está sometido el beneficio. La ley podrá facultar al Poder Ejecutivo
para someter la exoneración a determinadas condiciones y requisitos.
Las exenciones vienen en muchas formas, pero un denominador común es que reducen o
eliminan por completo su obligación de pagar el impuesto. La mayoría de los
contribuyentes tienen derecho a una exención en su declaración de impuestos que reduce su
factura de impuestos de la misma manera que lo hace la deducción hace. También están
exentas de impuestos las organizaciones benéficas y fundaciones.
La exención de impuestos generalmente se refiere a una excepción legal a una regla
general y no la mera ausencia de imposición en circunstancias particulares, también
conocido como una exclusión. La exención de impuestos también se refiere a la
eliminación de los impuestos de un artículo en particular y no un resultado.
Tanto las exoneraciones como las exenciones pueden ser modificadas o derogadas por
ley Sin embargo, cuando tuvieren cierto plazo de duración, los beneficios en curso se
mantendrán por el resto de dicho término, el cual no podrá ser superior a cinco (5) años
contados a partir de la derogatoria o modificación.
Las exoneraciones son otorgadas a favor de todos los que se encuentren en los supuestos
establecidos en la ley.
Otra diferencia entre las exoneraciones y las exenciones es que las primeras
(exoneraciones) tienen un plazo máximo de duración, que es de cinco (5) años. Las
exenciones no tienen esta limitante. Sin embargo, las exoneraciones otorgadas a
instituciones sin fines de lucro podrán ser por tiempo indefinido.

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