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Exposicion Reglamento 258-93

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DIAPOSITIVA 1 CONCEPTUALIZACION

El Reglamento No. 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo, dictado


por el Poder Ejecutivo en fecha 12 de octubre de 1993, es el fruto del consenso
entre el Estado, los empleadores y los trabajadores.

DIAPOSITIVA 2 ORIGEN

El 19 de octubre de 1993, el presidente de la Republica doctor Joaquín


Balaguer, dictó el Decreto No. 258-93, que puso en vigor el Reglamento para la
aplicación del Código de Trabajo, con el cual se completa el proceso de
reforma laboral iniciando en octubre de 1990, con la designación de los ju
laboralistas encargados de redactar el anteproyecto de Código de Trabajo,
convertido en Ley No. 16-92, de fecha 29 de mayo de 1992.

A CONTINUACION LOS SIGUIENTES REGLAMENTOS:

DIAPOSITIVA 3 DEL CONTRATO DE TRABAJO.


Este cuenta con 14 artículos. Constituye falta grave del trabajador su negativa
a observar las medidas preventivas e higiénicas, establecen la forma de
determinar el salario a los efectos de la indemnización, de la omisión del
preaviso, del período de vacaciones, del pago de las horas extras, de la
participación en los beneficios de la empresa, etc.

DIAPOSITIVA 4 DE LA REGULACION OFICIAL DE LAS CONDICIONES


ORDINARIAS DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Este cuenta con 35 artículos. Constituye la jornada semanal de los trabajadores


que ejecutan una labor intermitente o que requieran su sola presencia no
puede exceder de 60 horas, el empleador debe notificar al Departamento de
Trabajo las horas extraordinarias efectuadas, contienen diversas disposiciones
sobre la propina (distribución, forma de pago, etc.).
DIAPOSITIVA 5 DE LA REGULACION OFICIAL DE LAS CONDICIONES DE
ALGUNOS CONTRATOS DE TRABAJO.
Este cuenta con 31 artículos. Constituye que el trabajador menor de edad que
pretenda realizar labores en empresas de cualquier naturaleza acreditará su
aptitud física mediante la presentación de un certificado médico, los
trabajadores del campo se beneficiarán de los derechos consagrados en el
Código del Trabajo.
DIAPOSITIVA 6 DE LOS SINDICATOS.
Esta contiene 7 artículos. Establecen los requisitos formales que deben llenar
los sindicatos para poder funcionar regularmente, cómo debe solicitarse
autorización para despedir a un trabajador protegido por el fuero sindical y el
procedimiento ante la Corte de Trabajo para resolver dicho pedido, etc.

DIAPOSITIVA 7 DE LA APLICACIÓN DE LA LEY.


Esta contiene 10 artículos. Constituye que los empleadores deberán llevar un
libro de visitas para la inspección del trabajo. El Secretario de Estado de
Trabajo dictara las providencias que considere procedentes para la mejor
aplicación de las leyes y reglamentos, manteniendo la vigilancia necesaria para
que los empleados de su dependencia cumplan las obligaciones que les
corresponden.

DIAPOSITIVA 8 DISPOSICIONES GENERALES.


Este contiene 2 artículos. Constituye las violaciones al presente Reglamento
serán sancionadas con las penas establecidas en el artículo 721 del Código de
Trabajo, Estas sanciones serán aplicables a empleadores y trabajadores.

DIAPOSITIVA 9 DISPOSICIONES TRANSITORIAS.


Este contiene 3 artículos. Constituye que los Juzgados de primera instancia y
las cortes de apelación actuarán como tribunales de trabajo, tal como lo
dispone el segundo párrafo del artículo 737 del Código de Trabajo, hasta que
se creen por la ley y funcionen los juzgados y cortes de trabajo en el distrito y
departamento judicial correspondientes.

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