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Bolo 1 Penal
Bolo 1 Penal
Bolo 1 Penal
BOLO 1
1. DEFINICIÓN
El derecho penal es un mecanismo de control social dirigido a que los hombres actúen
de una determinada manera.
En resumen, definiremos al derecho penal como "El conjunto de normas jurídico
positivas, reguladoras del poder punitivo del Estado y que definen como delitos o
estados peligrosos determinados presupuestos a los que asignan ciertas consecuencias
jurídicas denominadas penas o medidas de seguridad"
2. CLASIFICACIÓN
3. DENOMINACIÓN
El derecho penal al transcurso de los antepasados fue recibiendo nombres de distintas
maneras, actualmente se conoce como derecho penal. Algunas denominaciones son:
Derecho Criminal: Para denotar que el interés principal es el autor del delito
Derecho De Prevención: Para denotar que este derecho tiene normas jurídicas de
conducta prohibidas.
Derecho Protector De La Sociedad: Para designar que el delito constituye una afrenta
a la sociedad y que este derecho lo protege.
Derecho De Lucha Contra El Crimen: Para nombrar que es en base a este derecho
que se sanciona el delito.
Derecho De La Defensa Social: Nombre que se le dio por utilizar junto a la pena otras
medidas para defender la sociedad, esta denominación tiene origen en la escuela
positivista. En centro y sur américa se le llamó derecho del código social, bajo influencia
de la escuela positiva. Sociología o antropología criminal, llamado así por los positivistas
porque dan una mayor importancia a la sociedad como medio, en relación con el delito.
Derecho Penal: Utilizado por primera vez en 1756 por Regnerus Engelhard para
resaltar su carácter punitivo. Unos dicen que la denominación de derecho penal es muy
angosta, no abarca las medidas de seguridad.
4. FUNCIÓN
La función del derecho penal, en concreto, busca proteger la paz social, por medio de
la regulación de las actividades del ser humano en sociedad. Su misión es mantener las
buenas relaciones entre la sociedad mediante la aplicación de normas impuestas por la
autoridad.
Otra función radica en promover o desarrollar el respeto a los bienes jurídicos.
Los bienes jurídicos hacen referencia a todo bien que sea vital para la comunidad o para
el individuo por medio de la prohibición de conductos que busquen poner en peligro a
todo bien jurídico; no obstante, si las normas mencionadas anteriormente no son
obedecidas, el Estado puede hacer uso de las medidas de seguridad (prevención) o de
las penas (castigo).