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Estudio de Cota Familiar

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AYNA

PROVINCIA DE LA MAR – AYACUCHO.

ESTUDIO DE CUOTA FAMILIAR, UNIDAD


DE GESTIÓN MUNICIPAL (UGM) DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AYNA

Proyecto: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS LOCALIDADES DE SANTA CRUZ DE MACHENTE
Y TRISOLINE EN EL DISTRITO DE AYNA, PROVINCIA DE LA MAR - AYACUCHO"
CUI N° 2291785

DEPARTAMENTO : AYACUCHO
PROVINCIA : LA MAR
DISTRITO : AYNA
COMUNIDAD : SANTA CRUZ DE
MACHENTE Y TRISOLINE

Ayna, noviembre del 2020.


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AYNA
PROVINCIA DE LA MAR - AYACUCHO

INTRODUCCIÓN

Por medio del presente estudio se determinará la cota familiar de pago por el servicio de agua potable
y saneamiento básico, en referencia al proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS LOCALIDADES DE SANTA CRUZ DE
MACHENTE Y TRISOLINE EN EL DISTRITO DE AYNA , PROVINCIA DE LA MAR - AYACUCHO” con código
CUI N° 2291785, con la finalidad de implementar, y mejorar el servicio de saneamiento básico de la Unidad
de Gestión Municipal (UGM) de la Municipalidad Distrital de Ayna, en ámbito rural.

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1. GENERALIDADES:

1.1 ANTECEDENTES:
Mediante Decreto Legislativo N° 1280 se aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los
Servicios de Saneamiento (en adelante, Ley Marco), en la cual se establecen las normas que rigen la
prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, tanto en el ámbito urbano como rural, así
como los roles y funciones de las entidades de la administración pública con competencias reconocidas
en dicha materia.
De la información proporcionada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS),
recopilada mediante la "Encuesta de diagnóstico sobre abastecimiento de agua y saneamiento en el
ámbito rural", se advierte que el mayor número de prestadores en el ámbito rural son las organizaciones
comunales.
Se han establecidos criterios que orientarán la aplicación de la metodología y que deben ser observadas
por el prestador. Uno de estos está vinculado a la relación que debe existir entre la cuota familiar y las
condiciones en las cuales se brindan los servicios de saneamiento. Es por ello que se precisa que el
cálculo de la cuota familiar debe considerar las actividades que permitan que las organizaciones
comunales presten dichos servicios en condiciones de calidad, eficiencia y sostenibilidad.

Otro aspecto a considerar es la capacidad de pago de los asociados, respecto a lo cual se señala que el
valor de la cuota familiar no debe exceder el 5% del promedio mensual de los ingresos de los asociados
en caso se brinden conjuntamente dos servicios y en caso la organización comunal brinde sólo un
servicio, no debe exceder del 3%. Ésta disposición va en la línea de lo establecido para la formulación de
proyectos de saneamiento en el ámbito rural por el MVCS, en la cual desde la etapa de pre inversión se
realiza una evaluación de la capacidad de pago de los usuarios y de la cuota familiar, con la posibilidad
de determinar si se requiere de algún tipo de subsidio con el fin de dar sostenibilidad a los servicios.

1.2 OBJETIVOS:
 Determinar la cota familiar para la sostenibilidad del servicio de saneamiento básico, para cubrir los
costos de administración operación y mantenimiento de los sistemas, así como la reposición de los
equipos y rehabilitación de la infraestructura.
 Fortalecer la Gestión Eficiente del Saneamiento Básico.

1.3 BASE LEGAL Y NORMATIVIDAD:

Base legal
 D.L. N° 1280 Ley Marco de la gestión y prestación de los servicios de saneamiento.
 D.S. N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento y demás pertinentes.
 R.M. N° 205-2010-VIVIENDA, Modelo de estatuto para el funcionamiento de organizaciones
comunales.
 R.M. N° 207-2010-VIVIENDA, Lineamientos para la regulación de los servicios de saneamiento en los
centros poblados rurales, elaboración de POA, procedimiento de elaboración de cota familiar.
 Ley 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento
 D.S. N° 019- 2017 VIVIENDA, Reglamento de la Ley Marco de la gestión y prestación de los servicios
de saneamiento, RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 028-2018-SUNASS-CD, presenta la

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metodología para la fijación del valor de la cuota familiar por la prestación de los servicios de
saneamiento brindados por organizaciones comunales.
 Resolución Ministerial N° 063-2017 VIVIENDA.- Aprueban documento “Instrumentos Técnicos que
permiten Obtener Información de los Servicios de Saneamiento en el Ámbito Rural” y el Aplicativo
Informático “Sistema de Diagnóstico sobre Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Ámbito
Rural”.
 Ley 27867 Ley General de Gobiernos Regionales
 Ley 27863 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
 Ley 27972, Ley Orgánica de municipalidades

Normatividad.
 La normatividad vigente sobre la gestión de los servicios de agua y saneamiento en zonas rurales ha
avanzado significativamente en los últimos años. El marco General de la Ley que rige el sector está
determinado por la Ley N° 263387, denominada Ley General de Servicios de Saneamiento, la cual
establece las normas que rigen la prestación regular de servicios de agua potable, alcantarillado y
disposición sanitaria de excretas en el ámbito urbano y rural. Desde entonces se han promulgado, 3
decretos supremos y 3 resoluciones ministeriales, que en conjunto determinan las normas legales en
agua y saneamiento vinculado al sector en su conjunto.

 En el 2010 se publicó la Resolución Ministerial Nº 205-2010-Vivienda, en la que se presentan las


definiciones básicas que deben ser usadas en el sector, modelo de estatuto y el reglamento de las
organizaciones comunales (llámese JASS, Comités, etc.), el mismo que regula y formaliza la relación
entre los usuarios y las organizaciones comunales. Por otro lado, esta norma establece que los
municipios asuman las funciones de supervisión y fiscalización del trabajo que desarrollan las
organizaciones comunales, para lo cual deben estar registradas obligatoriamente.

 Posteriormente se promulgó la Resolución Ministerial Nº 207-2010-Vivienda, que estableció los


lineamientos para la regulación de los servicios de saneamiento en los centros poblados rurales, así
como el procedimiento a seguir para el cálculo de la cuota familiar. En cuanto a los lineamientos, se
especifica las funciones de los diferentes niveles de gobierno en la prestación de los servicios de
saneamiento. También establece los instrumentos necesarios para la regulación de los servicios de
saneamiento, así como la guía para que las organizaciones comunales elaboren el plan operativo
anual y el presupuesto anual.

 Finalmente, la Resolución Ministerial Nº 108 -2011-Vivienda, promulgada en abril del 2011, norma las
condiciones generales para la formulación de programas o proyectos sostenibles de agua y
saneamiento en el ámbito rural, los cuales deben contribuir a mejorar la salud de la población, su
bienestar y la calidad de vida. Así como generar oportunidades de desarrollo económico. Según esta
resolución el modelo integral de intervención, deberá tener los siguientes componentes: a)
construcción del sistema de agua y saneamiento. b) Educación sanitaria y promoción de la salud, c)
Institucionalización del subsector saneamiento, d) Enfoque de género y la interculturalidad, e)
Participación de la comunidad. Esta resolución también norma acerca de la focalización de la
intervención, estableciendo criterios mínimos para aliviar los problemas que conlleva la tasa de
incidencia de enfermedades diarreicas, los niveles de pobreza y la cobertura, Así como el uso de
tecnologías apropiadas, para que se brinde a nivel intradomiciliario, tanto para el suministro de agua
potable como para la disposición sanitaria de excretas.

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Marco Regulatorio Relacionado con la Política tarifaria y la cuota familiar

 El artículo 44 de la Ley General de Servicios de Saneamiento Nº 26338, manifiesta en términos


generales que la tarifas o cuotas a cobrarse por los servicios de abastecimiento de agua potable y
alcantarillado en el ámbito rural, deben, cubrir como mínimo, los costos de operación y mantenimiento
de dichos servicios, prestados por las organizaciones comunales.

Once años después, recién en el 2005, se aprueba el Texto Único Ordenado en el Decreto Supremo
Nº 023-2005-Vivienda. En el cual se menciona la diferencia, entre “cuota” y “cuota familiar”, definiendo
la primera como la retribución que hacen los usuarios de los servicios de saneamiento en las pequeñas
ciudades, mientras que la cuota familiar es la retribución que hacen por el servicio en el ámbito rural.
En ambos casos lo recaudado por este concepto debe cubrir los costos de administración
operación y mantenimiento, la reposición de los equipos y la rehabilitación de la
infraestructura. El artículo 184 de este decreto, establece el cálculo de la cuota familiar, así como el
otorgamiento de funciones para que la organización comunal aplique medidas correctivas a los
usuarios en caso de incumplimiento, en el marco de la prestación de los servicios de saneamiento.
Mientras que la supervisión y fiscalización del servicio, corresponde a las municipalidades locales.

Específicamente respecto a la cuota familiar, mediante la Resolución Ministerial N° 207-2010-


VIVIENDA, se dieron los lineamientos sobre el procedimiento que deben de seguir las
organizaciones comunales para el cálculo de la cuota familiar. En una primera parte se menciona
los rubros que deben cubrir la cuota familiar, como son los costos de Administración, Operación y
Mantenimiento de los servicios de saneamiento, de reposición de equipos, así como de rehabilitación
y/o ampliación de la infraestructura.
sanitaria. En este sentido se especifica, que lo primero que debe hacer el órgano de gestión, es un
presupuesto anual, tomando en cuenta el costo de todos los insumos y actividades requeridas en la
gestión de los servicios de agua y saneamiento. Una vez determinado este monto, se divide entre 12
para estimar el presupuesto mensual y finalmente se obtiene el monto de la cuota familiar, dividiendo
el presupuesto mensual entre el número de asociados.

1.4 UBICACIÓN DEL AREA DE ESTUDIO

Ayna San Francisco es un distrito correspondiente a la provincia de La Mar, región Ayacucho se encuentra
ubicada en la margen izquierda del Río Apurímac, el mismo es parte del Valle Río Apurimac y Ene –
VRAE:

Ubicación política
Región y/o Departamento : Ayacucho
Provincia : La Mar
Distrito : Ayna
Localidades : Santa Cruz de Machente y Trisoline
Código Ubigeo : 333218
Región natural : Quechua

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Ubicación geográfica de las Localidades.

ITEM LOCALIDAD ESTE NORTE COTA


1 Santa Cruz de Machente 620,987.65 8’593,450.89 1,299.00
2 Trisoline 621,073.64 8’594,026.90 1,270.00

Mapa Nº 1: Localización del Proyecto, comunidad de Santa Cruz de Machente y Trisoline.

MAPA REGIONAL
AYACUCHO

MAPA DE LA MAPA DEL


PROV. LA MAR DISTRITO DE
SANTA ROSA

Fuente: Google Earth

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Mapa Nº 2: Localización del Proyecto, comunidad de Machente.

1.5 VÍAS DE ACCESO


Para llegar al distrito de Ayna y al área de influencia del proyecto desde la ciudad de Lima se puede optar
por vía aérea, desde el aeropuerto internacional Jorge Chávez hasta el aeropuerto Alfredo Mendivil duarte
de la ciudad de Huamanga, capital de la región de Ayacucho, con un tiempo aproximado de viaje de 45
minutos; también se puede llegar por vía terrestre a través de la carretera panamericana sur y la carretera
los Libertadores, totalmente asfaltada, en un tiempo promedio de 8 horas.
A continuación, se da conocer las distancias y tiempo de recorrido vía terrestre desde la ciudad de
Ayacucho a la zona de intervención.

CUADRO N° 1: Vías de acceso.

Longitud km
Nº Tramo Tipo de vía
1 Ayacucho – Quinua 34 Asfaltado
2 Quinua – Tambo 45 Asfaltado
3 Tambo – Santa Cruz de Machente 77 Trabajos de Asfaltado

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2. DIAGNOSTICO DE JASS:

El diagnostico se realizó de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 063-2017.- Aprueban documento


“Instrumentos Técnicos que permiten Obtener Información de los Servicios de Saneamiento en el
Ámbito Rural” y el Aplicativo Informático “Sistema de Diagnóstico sobre Abastecimiento de Agua y
Saneamiento en el Ámbito Rural”.

2.1 ORGANIZACIÓN

La Organización Comunal se denomina: Junta administradora del servicio de Saneamiento (JASS)


de Centro Poblado de Santa Cruz de Machente y Trisoline, organización comunal responsable de la
administración, operación y mantenimiento de los Servicios de Agua y Saneamiento.
La Organización Comunal, reconocido mediante Resolución de alcaldía N° 233-2019-MDASF/A, de
fecha 27 de setiembre del 2019.

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2.1.1 Miembros de consejo Directivo

Las comunidades de San José de Villocc, Ayna y Chuyayacu son las áreas de estudio para la cota familiar,
que están organizados bajo una organización comunal.

Cargo Nombre DNI N°


Presidente Justiniano Huamán Hio 28292377
Vicepresidente Moises Leche Garay 46520386
Secretario Sergio Lapa Velsaque 80170204
Tesorero Celia Inga Aucatoma 70865890
Vocal Máximo Sanchez Fernández 28235679

2.1.1 Padrón de asociados

N° DE VIVIENDAS N° DE HABITANTES
LOCALIDAD(ES) N° HAB./VIVIENDAS
HABITADAS TOTAL
Santa Cruz de Machente 194 677/194 677
Trisoline 70 217/70 217
TOTAL 264 894/264 894

LOCALIDAD(ES) INSTITUCIONES Y/O LOCALES DE SERVICIOS COMUNALES

Santa Cruz de Machente 14


Trisoline 2
TOTAL 16

2.2 DIAGNOSTICO DE LA PRESTACION DE SERVICIO

2.2.1 Documentos administrativos del JASS

Documentos administrativos de la Organización Comunal:


a. Cuenta con estatutos la Organización comunal/JASS.
b. Padrón de ASOCIADOS desactualizado.
c. No presenta libro de control de recaudos.
d. No presenta recibos de ingresos y egresos.
e. Presenta libro de Actas de la Asamblea de la JASS.
f. No presenta registro de cloro residual.
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g. No presenta cuaderno de inventario de herramientas.


h. No presenta manual de Operación y Mantenimiento.
i. No presenta Plan Operativo Anual.
j. No presenta Informe económico anual (rendición de cuentas).
k. No Posee cuenta bancaría.
l. No presenta libro de ingresos y egresos.

2.2.2 Fondos del JASS


a. Gastos del JASS

Descripcion Gasto anual


a. Administración S/. 300.00
b. Operación S/. 0.00
c. Mantenimiento S/. 0.00
d. Servicios ambientales S/. 0.00
e. Otros……………………………………………. S/. 0.00

b. Tiene fondo disponible la suma de cien soles (S/. 300.00)


c. El 50% de operación y mantenimiento son cubiertas por el JASS.
d. No tiene herramientas básicas de para O&M.
e. Se realiza el cobro de S/. 3.00 soles cada fin de mes.
f. Asociados atrasados en pago, no se registra por no tener corte de servivio.
g. Asociado atrasado en pago, no se le aplica multa.
h. El JASS no presenta POA.

2.2.3 Cultura de pago.

Realizado el diagnóstico sobre cultura de pago la población no tiene los hábitos de pago por el servicio
de agua potable y saneamiento básico, la JASS presenta un bajo nivel de ingreso para la operación y
mantenimiento de dicho servicio.
La cultura del pago, consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos, que llevan a cumplir
oportunamente con la obligación de dar suma de dinero o equivalente.
Para el caso de la cultura de pago de los servicios de agua, en el contexto rural, de servicios administrados
por los propios usuarios organizados en Juntas (JASS), la cultura de pago tiene que ver con factores de
ingreso económico, grado de instrucción etc. De los usuarios.
“Una condición relevante para la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento es la
cultura de pago.
El acto periódico de pagar la factura lleva al reconocimiento por parte de los usuarios de los costos
económicos existentes de la prestación, los cuales deben ser financiados por ellos por ser los
beneficiarios del servicio. Asimismo, la población comprende o debería hacerlo que la falta de pago
implica mayor riesgo de deterioro de la prestación y postergar el acceso a la red de las personas carentes
del servicio”.

2.2.4 Morosidad

La morosidad en el ámbito de estudio, es alta a consecuencia de falta de hábito de pago del usuario por
el servicio brindado.

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“Se denomina morosidad a aquella práctica en la que un deudor, persona física o jurídica, no cumple con
el pago al vencimiento de una obligación”.
“La tasa de morosidad es un indicador, que determina cual es el nivel de incumplimiento en el pago de la
cuota familiar por parte de los usuarios. Específicamente la tasa de morosidad está definida como el
número de usuarios que no cumple con el pago de la cuota familiar entre el número total de usuarios del
sistema.

2.2.5 Nivel de ingreso familiar

El nivel de ingreso familiar es de (S/. 1500.00) mil quinientos soles, producto de diferentes actividades
propios del campo, trabajos de agricultura, ganadería, comercial, construcción y otras actividades
complementarias, que de alguna manera cubre los costos de telefonía móvil que pagan un promedio de
30 soles mensuales, pago de electricidad y televisión cable, sin embargo por el servicio de saneamiento
solo pagan la suma de (S/. 3.00) tres soles siendo una necesidad básica.

3. METODOLOGÍA PARA LA FIJACIÓN DEL VALOR DE LA CUOTA FAMILIAR

La metodología para la fijación del valor de la cuota familiar por la prestación de los servicios de
saneamiento brindados por organizaciones comunales, es de acuerdo a la RESOLUCIÓN DE CONSEJO
DIRECTIVO Nº 028-2018-SUNASS-CD, de fecha 11 de julio de 2018.
La presente metodología tiene por objetivo establecer los criterios, instrumentos, procedimientos y plazos
para fijar anualmente el valor de la cuota familiar que permita cubrir los costos de la prestación de los
servicios de saneamiento en el ámbito rural.
La presente metodología es de aplicación obligatoria para las organizaciones comunales constituidas en
centros poblados rurales que no superan los dos mil (2000) habitantes.

3.1. DEFINICIONES
Para efectos de la aplicación de la presente metodología se tiene en cuenta las definiciones siguientes:
a) Asociado: Es la persona que representa a los usuarios de una propiedad o predio y que se encuentra
inscrito en el libro Padrón de Asociados de la organización comunal. Por cada conexión de agua
debe haber un asociado responsable de ésta.
b) Asociado Exonerado: Es el asociado que excepcionalmente y por acuerdo de la Asamblea General
no está obligado a pagar la cuota familiar.
c) Asociado Atrasado: Es el asociado que ha incumplido con el pago de la cuota familiar por dos o
más veces consecutivas durante el año.
d) Factor por Incumplimiento de Pago (FIP): Es el componente de las fórmulas establecidas en la
presente metodología que permite calcular el porcentaje de incumplimiento del pago de la cuota
familiar.

3.2. CRITERIOS DE APLICACIÓN


a) El cálculo de la cuota familiar debe considerar las actividades que permitan que las organizaciones
comunales brinden los servicios de saneamiento que tienen a su cargo en condiciones de calidad,
eficiencia y sostenibilidad.
b) Los recursos recaudados por el concepto de cuota familiar deben cubrir los costos que se generan
por la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito de responsabilidad de una
organización comunal.

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c) La cuota familiar debe ser aprobada por la Asamblea General de la organización comunal a más
tardar el 31 de enero de cada año.
d) Por acuerdo de la Asamblea General, las organizaciones comunales que no cuentan con micro
medición pueden aplicar cuotas diferenciadas por tipos de asociados en función al uso que realizan
del servicio.
e) En el caso de organizaciones comunales que cuentan con micro medición la cuota familiar se
determina tomando en cuenta el nivel de consumo de los asociados, conforme a lo establecido en la
presente metodología.
f) Excepcionalmente, por acuerdo de la Asamblea General uno o más asociados pueden ser
exonerados del pago de la cuota familiar. La exoneración obedece esencialmente a la falta de
recursos para asumir el pago de la cuota familiar. Los asociados exonerados no son incluidos en el
cálculo de la cuota familiar.
g) El valor de la cuota familiar debe considerar la capacidad de pago de los asociados, no debiendo
exceder el 5 % del promedio mensual de sus ingresos en caso la organización comunal brinde más
de un servicio de saneamiento, o el 3 % en caso solo brinde un servicio.
h) La cuota familiar puede ser revisada durante el año como consecuencia de la ampliación o
mejoramiento de la infraestructura existente que implique mayores gastos a los previstos para la
prestación de los servicios de saneamiento.

3.3. PASOS A SEGUIR PARA CALCULAR LA CUOTA FAMILIAR


a) La cuota familiar se calcula siguiendo los siguientes pasos:

b) El POA, el PA y la cuota familiar son propuestos por el Consejo Directivo y evaluados y aprobados
por la Asamblea General de la organización comunal.
c) Paso 1: Elaboración del POA

El POA está compuesto por el conjunto de actividades de administración, operación y mantenimiento,


reposición de equipos y rehabilitaciones menores, que deben realizar las organizaciones comunales
para la prestación de los servicios de saneamiento. Se clasifican en:
a. Operación: Son las actividades necesarias para el adecuado funcionamiento de la infraestructura
y equipos que forman parte de los procesos que comprenden los servicios de saneamiento.
b. Mantenimiento: Son las actividades que contribuyan a mantener el buen estado de las
instalaciones, infraestructura y equipos que forman parte de los procesos que comprenden los
servicios de saneamiento.
c. Administración: Son las actividades relacionadas al desarrollo de labores administrativas
asociadas a la gestión y prestación de los servicios de saneamiento.
d. Reposición de equipos: Es la renovación de equipos, partes y piezas menores de la
infraestructura sanitaria, entre otros.
e. Rehabilitaciones menores: Es la reparación de la infraestructura del sistema de agua potable de
los servicios de saneamiento en el ámbito rural. Es realizada directamente por la organización comunal
y destinada a evitar las pérdidas de agua potable, la cual es cubierta por los ingresos obtenidos por el
cobro de la cuota familiar. La reparación no debe generar la suspensión por más de veinticuatro (24)
horas continuas del servicio de abastecimiento de agua potable.
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Las actividades a considerar en el POA dependen del tipo de sistema que se utilice y de los servicios
de saneamiento que brinde la organización comunal. En el POA debe indicarse la frecuencia con la
que deben realizarse las actividades programadas para un periodo de doce (12) meses.

d) Paso 2: ESTIMACIÓN DE RESERVA ANUAL PARA REHABILITACIONES MENORES

la reserva anual para rehabilitaciones menores se halla con la siguiente formula:

RR = 0.10 X (CO + CM + CA + CR)

Donde:
RR = Reserva anual para rehabilitaciones menores.
CO = Costo anual de las actividades de operación.
CM = Costo anual de las actividades de mantenimiento.
CA = Costo anual de las actividades de administración.
CR = Costo anual de reposición de equipos.

e) Paso 3: Estimación del PA

En el PA se identifican los componentes de cada una de las actividades de operación, mantenimiento


y administración programadas en el POA, los equipos a reponer y se constituye una reserva para las
rehabilitaciones menores. Según corresponda, debe indicarse el número de veces en las que se
requiere efectuar el gasto, así como el costo unitario y el costo total anual, considerando las
características de la organización comunal.
Durante la formulación del PA se debe evaluar para su inclusión lo siguiente:
a. Los gastos señalados en el Anexo N° 1 de la presente metodología en tanto deban ser realizados
por la organización comunal. La organización comunal puede incorporar nuevos gastos de acuerdo a
sus características.
b. Los aportes monetarios, distintos a la cuota familiar, o no monetarios otorgados a la organización
comunal para actividades de operación, mantenimiento, administración de los servicios de
saneamiento, y reposición y rehabilitación de equipos.
c. Ingresos provenientes de multas u otros conceptos distintos a la cuota familiar percibidos por la
organización comunal, siempre que se cuente con la aprobación de la Asamblea General.

d. El saldo a favor de lo recaudado por el concepto de cuota familiar el año anterior.


En caso existan componentes de las actividades programadas en el POA cuya ejecución dependa de
los recursos señalados en los literales b), c) y d), deben ser registrados a costo total anual de cero (0)
en el PA para efectos del cálculo de la cuota familiar, indicando la respectiva fuente.
El PA se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

PA = CO + CM + CA + CR + RR

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Donde:
PA = Presupuesto Anual.
CO = Costo anual de las actividades de operación.
CM = Costo anual de las actividades de mantenimiento.
CA = Costo anual de las actividades de administración.
CR = Costo anual por reposición de equipos.
RR = Reserva anual para rehabilitaciones menores.
La reserva anual para rehabilitaciones menores (RR) se obtiene aplicando la siguiente
fórmula:

f) Paso 4: APLICACIÓN DE LAS FÓRMULAS DE CÁLCULO DE LA CUOTA FAMILIAR

Elaborados el POA y el PA, se calcula el valor de la cuota familiar que debe aportar cada asociado
aplicando una de las siguientes fórmulas según las características de la organización comunal:
El valor de la cuota familiar en organizaciones comunales que no aplican cuota diferencias por
categoría de asociado y no cuentan con micro medición se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

𝑷𝑨
𝑪𝑭 =
𝟏𝟐 ∗ (𝟏 − 𝑭𝑰𝑷) ∗ (𝑵𝑨 − 𝑵𝑬)

Donde:
CF = Cuota familiar mensual.
PA = Presupuesto Anual.
FIP = Factor por incumplimiento de pago (a).
NA = Número total de asociados.
NE = Número total de asociados exonerados.
A fin de informar a la Asamblea General sobre el impacto del incumplimiento del pago de cuota familiar
por parte de los asociados, el Consejo Directivo puede presentar dos (2) valores de cuota familiar, uno
aplicando la fórmula del Factor de Incumplimiento de Pago y otro asignándole a éste el valor de cero (0).
Sólo en caso se compruebe que la organización comunal no cuenta con la información necesaria para
calcular el FIP, se le asignará a dicho factor el valor de cero (0).

(a) Factor por Incumplimiento de Pago (morosos)


El Factor por Incumplimiento de Pago (FIP) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

𝑷𝑪𝑨 𝑨𝑨
𝑭𝑰𝑷 = ∗
𝟏𝟐 𝑵𝑨

Donde:
FIP = Factor por Incumplimiento de pago.
PCA = Promedio de cuotas atrasadas (b).
AA = Número total de asociados atrasados.
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NA = Número total de asociados.

(b) Promedio de cuotas atrasadas


El promedio de cuotas atrasadas (PCA) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

𝑪𝑨𝟏 + 𝑪𝑨𝟐 + 𝑪𝑨𝟑 + ⋯ + 𝑪𝑨𝑨𝑨


𝑷𝑪𝑨 =
𝑨𝑨

Donde:
CA1 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 1.
CA2 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 2
CA3 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 3.
CAAA = Número de cuotas atrasadas del último asociado atrasado.
AA = Número total de asociados atrasados.
El PCA se calcula en base a la información de los doce (12) meses previos al cálculo de la cuota familiar.
Si la organización comunal no cuenta con la información correspondiente, éste adopta el valor de cero
(0).

4. CALCULO DE COTA FAMILIAR.

Datos técnicos para el cálculo de la cota familiar

Detalle de conexiones

N° DE VIVIENDAS N° DE HABITANTES
LOCALIDAD(ES) N° HAB./VIVIENDAS
HABITADAS TOTAL
Santa Cruz de Machente 194 677/194 677
Trisoline 70 217/70 217
TOTAL 264 894/264 894

LOCALIDAD(ES) INSTITUCIONES Y/O LOCALES DE SERVICIOS COMUNALES

Santa Cruz de Machente 14


Trisoline 2
TOTAL 16

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LOTES SEGÚN ACTA DE ENTREGA 2020


1.- Del estudio de Campo de lotizacion se obtuvo
siguiente.
CUADRO DE USO DE LOTES
CP. MACHENTE
USO DESCRPCION LOTE
DOMESTICO
Santa Cruz de Machente 194
Trisoline 70
NO DOMESTICO INSTITUCIONES
Santa Cruz de Machente 14
Trisoline 3
TOTAL CONEXIONES 281

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PASO Nº 1: Elaboración del POA (Relación de gastos para la elaboración del Presupuesto Anual de las organizaciones comunales).
MESES Nº DE
UNID. PRECIO COSTO
COMPONENTES DESCRIPCION DE LA UNIDAD DE MEDIDA DETALLLE CANT. MATERIALES Y REQUERIMIENTO VECES CANT.
E F M A M J J A S O N D MEDIDA UNIT. TOTAL
/PERIODO
I. COSTOS DE OPERACIÓN DEL SISTEMA (CO) 8,940.00

Es el costo que representa la compra del cloro, ya sea de forma líquida, pastillas, en polvo o como Número de veces X X X X X X X X X X X X Insumo para cloración del agua 2 Kg 30 14.00 840.00
1 Compra de cloro 1 Insumo para desinfección de la
corresponda, de acuerdo con el tipo de sistema de cloración que tiene la tecnología al mes X X 1 Kit 1 20.00 20.00
infraestructura
1 X Transporte de tubos 1 Flete 1 40.00 40.00
Es el gasto que se genera por el transporte de insumos, el cual varía de acuerdo con el tipo de
insumo que se transporta. Por ejemplo, tubos para el mantenimiento de redes o bolsas de cemento Número de veces
4 Transporte de insumos
que tienen una tarifa distinta al transporte de insumos de dimensión menor, como por ejemplo el al mes
1 X Transporte de cemento 1 Flete 1 40.00 40.00
caso del pegamento

Pago mensual o
Pago al operario que se encarga del manejo del sistema de cloración, funcionamiento y
7 Retribución al operador pago pactado por 1 X X X X X X X X X X X X Pago de personal operario 1 Mes 12 600.00 7200.00
mantenimiento del sistema
servicios
Análisis de la calidad del Es el gasto que se efectúa por el concepto de análisis de laboratorio. Se considera de 3 tipos:
8 Una vez al año 1 X Análisis de la calidad del agua 1 unidad 1 800.00 800.00
agua Fisico - Quimicos, Inorganicos y Microbiologicos y Parasitarios

II. COSTOS DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA (CM) 8,119.00


X Cemento 2 bolsas 12 26.00 624.00
X Arena 2 m3 1 75.00 150.00
Es el pago que se hace por la compra de los siguientes materiales: cemento, fierro, arena, pintura,
10 Materiales Monto total al mes 1 X Escobilla 2 unidad 1 2.50 5.00
escobilla, escoba, mayólica, porcelana, alambres de desague, etc.
X Escoba 2 unidad 1 5.00 10.00
X Pintura esmalte reservorio 1 galon 1 30.00 30.00
X Válvulas 2 unidad 2 25.00 100.00
X Comparador de cloro 2 unidad 2 250.00 1000.00
X Tuercas 2 global 1 10.00 20.00
Monto total por
Tuberías, válvulas y Es el pago que se hace por los siguientes conceptos: válvulas, comparador de cloro, tuercas, X Tubos SAP 2 unidad 4 70.00 560.00
11 compra de 1
accesorios tubos, codos, mangueras, baldes, etc. X Tubos SAL 3 unidad 4 280.00 3360.00
accesorios al mes
X Accesorios 2 global 1 40.00 80.00
X Balde de 20 L 2 unidad 1 15.00 30.00
X Balde de 5L 2 unidad 1 8.00 16.00
X Lampa 2 unidad 2 35.00 140.00
X Brocha N° 16 2 unidad 2 4.00 16.00
Monto total por X Brocha N° 20 2 unidad 2 7.00 28.00
X X Lija N° 40 2 unidad 2 2.50 10.00
Es el pago que se hace por la compmra de picos, lampas, llaves, arcos de sierra, alicates, compra de
12 Herramientas 1 X Pico 2 unidad 2 25.00 100.00
desarmadores, martillos, etc. herramientas al
X Arco de sierra 2 unidad 2 35.00 140.00
mes
X X Hoja de sierra 2 unidad 2 5.00 20.00
X Llave francesa de 14" 2 unidad 2 20.00 80.00
X Llave inglesa de 14" 2 unidad 2 20.00 80.00
Monto total por X Botas 2 pares 2 15.00 60.00
X Lentes de seguridad 2 unidad 2 7.00 28.00
Equipo de Protección Es el pago que se hace por la compra de botas, protectores de gas, gafas, guantes, mamelucos, equipo de
13 1 X X Guantes 2 pares 2 8.00 32.00
Personal (EPP) casco, etc. cuidado personal
X Mamelucos 2 unidad 2 35.00 140.00
al mes
X Casco 2 unidad 2 15.00 60.00
Faenas para limpieza y Al menos 2 veces
14 Aporte comunal valorizado según el valor del jornal diario (S/ 40.00 promedio en el ámbito rural) 1 X X Pago a personal de faena 2 unidad 2 300.00 1200.00
desinfección del sistema al año
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III. COSTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA (CA) 1,847.40


Pago por derecho de uso de agua con cargo a excedentes que transitoriamente pudieran
1 Pago ANA ‐ ALA Pago 1 X Pago ANA 1 global 1 124.00 124.00
presentarse durante determinadas épocas del año que se realiza a la ANA
X Libro de actas (Asamble General) 1 unidad 1 15.00 15.00
X Legalización de libro de actas AG 1 unidad 1 10.00 10.00
X Libro de actas (Consejo Directivo) 1 unidad 1 15.00 15.00
X Libro de caja 1 unidad 1 15.00 15.00
X Legalización de libro de caja 1 unidad 1 10.00 10.00
X Cuaderno para control de recaudos 1 unidad 1 15.00 15.00
X Legalización del control de recaudos 1 unidad 1 10.00 10.00
X Libro de inventario 1 unidad 1 15.00 15.00
X Legalización del libro de inventario 1 unidad 1 10.00 10.00
X Cuaderno para Padrón de Asociados 1 unidad 1 15.00 15.00
X Legalización del Padrón de Asociados 1 unidad 1 10.00 10.00
X Recibo de ingresos y egresos 1 ciento 1 35.00 35.00
Impresiones y gastos en Es el gasto que realiza la Organización Comunal por concepto de impresiones, fotocopia, recibos, X X Lapiceros (azúl, rojo y negro) 2 unidad 1 0.50 1.00
2 Unidades 1 X Papelotes 2 ciento 0.25 50.00 25.00
materiales de oficina libros de ingreso y gastos, archivadores, impresión de recibos, etc.
X X Plumones gruesos (azúl, rojo y negro) 2 unidad 1 4.00 8.00
X X Plumones delgados (azúl, rojo y 2 unidad 1 2.00 4.00
X X Cinta Maskintape 2 unidad 1 5.00 10.00
X Sello 2 unidad 1 15.00 30.00
X Tampón 2 unidad 1 4.00 8.00
X Archivadores 2 unidad 1 5.00 10.00
X X X X X X X X X X X X Fotocopias 2 unidad 1 0.10 0.20
X X X X X X X X X X X X Impresiones 2 unidad 1 0.10 0.20
X Calculadora 2 unidad 1 8.00 16.00
X X Pilas 2 pqte x4 und 1 4.00 8.00
X Regla de plástico 30 cm 2 unidad 1 3.00 6.00
X Goma grande 2 unidad 1 5.00 10.00
X Tijera grande 2 unidad 1 6.00 12.00

Pago que se realiza por la capacitación de los miembros de la Organización Comunal en temas
3 Capacitación relacionados con la administración, operación y mantenimiento de los sistemas. Se considera el Unidades al mes 1 X Capacitación operador 2 global 1 700.00 1400.00
pago al capacitador, alimentación y otros conceptos de viático, materiales de capacitación

IV. COSTOS DE REPOSICIÓN DE COMPONENTES DEL SISTEMA (CR) 1,890.64


Fondo anual para el financiamiento de las actividades de reposición de equipos, rehabilitación y
Fondo para Actividades
13 ampliación de la infraestructura. Dicho fondo corresponderá al 10 % de la suma de los costos de Anual 1 X Fondo de reposición 1 Mes 1 1,890.64 1,890.64
de Reposición
administración, operación y mantenimiento que forman parte del presupuesto anual

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PASO Nº 2: ESTIMACIÓN DE RESERVA ANUAL PARA REHABILITACIONES MENORES
La reserva anual para rehabilitaciones menores (RR) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

RR = 0.10 X (CO + CM + CA + CR)

RR = Reserva anual para rehabilitaciones menores


CO = Costo anual de las actividades de operación.
CM = Costo anual de las actividades de mantenimiento.
CA = Costo anual de las actividades de administración.
CR = Costo anual de reposición de equipos.

Hallando RR

CO = 8940.00
CM = 8119.00
CA = 1847.40
CR = 1890.64 = RR

Valore de RR es lo siguiente:

RR = 1,890.64

PASO Nº 3: EL PRESUPUESTO ANUAL (PA) SE OBTIENE APLICANDO LA SIGUIENTE FORMULA:

El presupuesto anual (PA) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

PA = CO + CM + CA + CR + RR

ACTIVIDADES DE POA SUB TOTAL %


I. COSTOS DE OPERACIÓN DEL SISTEMA (CO) 8,940.00 42.99%
II. COSTOS DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA (CM) 8,119.00 39.04%
III. COSTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA (CA) 1,847.40 8.88%
IV. COSTOS DE REPOSICIÓN DE COMPONENTES DEL SISTEMA (CR) 1,890.64 9.09%
PRESUPUESTO ANUAL (PA) = 20,797.04 100.00%
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PASO Nº 04: APLICACIÓN DE LAS FÓRMULAS DE CÁLCULO DE LA CUOTA FAMILIAR

El presupuesto anual (PA) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

𝑷𝑨
𝑪𝑭 =
𝟏𝟐 ∗ 𝟏 − 𝑭𝑰𝑷 ∗ (𝑵𝑨 − 𝑵𝑬)

DONDE:
CF = Cuota familiar mensual.
PA = Presupuesto Anual PA = 20,797.04
FIP = Factor por incumplimiento de pago (a) FIP = 0.0006
NA = Número total de asociados. NA = 280
NE = Número total de asociados exonerados. NE = 0

CF= 20,797.04
3358.110714

CF = 6.19307753 CF = 6

Fuente: Aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, publicado el


26 de junio de 2017 en el diario oficia El Peruano.

PASO Nº 04 -A: Factor por Incumplimiento de Pago (morosos)


La reserva anual para rehabilitaciones menores (RR) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

DONDE
FIP = Factor por Incumplimiento de pago. 𝑷𝑪𝑨 𝑨𝑨
𝑭𝑰𝑷 = ∗
PCA = Promedio de cuotas atrasadas (b). 𝟏𝟐 𝑵𝑨
AA = Número total de asociados atrasados.
NA = Número total de asociados.

DANDO VALORES
PCA = 0.08
AA = 23 FIP = 0.0006
NA = 280
FIP = 0.06 %

PASO Nº 04 -B: Promedio de cuotas atrasadas


El promedio de cuotas atrasadas (PCA) se obtiene aplicando la siguiente fórmula:

𝑪𝑨𝟏 + 𝑪𝑨𝟐 + 𝑪𝑨𝟑 + ⋯ + 𝑪𝑨𝑨𝑨


𝑷𝑪𝑨 =
𝑨𝑨

DONDE VALORES
CA1 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 1. CA1 = 10
CA2 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 2 CA1 = 5
CA3 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 3. CA1 = 4
CAAA = Número de cuotas atrasadas del último asociado atrasado. CAAA = 4

PCA = 0.08

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Verificación de la Capacidad de Pago

Pago por Límite de Capacidad de Está Dentro de la


Categoría Ingreso Promedio* (S/.)
Conex./mes (S/.) Pago al 5% (S/.) Capacidad de Pago ?

Doméstico S/. 6.00 1500.00 75.00 SI


(*) Información extraida del estudio del perfil aprobado y viable.

Conclusión

El monto calculado como pago mensual por conexión domiciliaria asciende a S/ 6 que es menor al
límite de la capacidad de pago de S/75

La cuota familiar aprobada bajo acta de compromiso es de S/ 6 , el cual posee un % de morosidad de


0.06

El monto calculado como pago mensual por conexión domiciliaria asciende a (S/ 6) seis soles que es menor al
límite de la capacidad de pago de S/75

La cuota familiar aprobada bajo acta de compromiso es de S/ 6, el cual posee un % de morosidad de 0.06%

5. CONCLUSIONES.

a. Estudio de cota familiar de la Unidad de Gestión Municipal (UGM) de La Municipalidad Distrital


de Ayna, de las comunidades de Santa Cruz de Machente y Trisoline, del servicio de agua
potable y saneamiento básico, para cubrir los costos de administración operación y
mantenimiento de los sistemas, así como la reposición de los equipos y rehabilitación de la
infraestructura es la suma de seis soles (S/ 6.00) por conexión domiciliaria que es menor al
límite de la capacidad de pago de S/75.

b. Los usuarios tomados para el presente estudio de cota familiar en referencia para el proyecto:
MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS LOCALIDADES DE SANTA CRUZ DE MACHENTE Y
TRISOLINE EN EL DISTRITO DE AYNA, PROVINCIA DE LA MAR - AYACUCHO, es lo
siguiente:

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N° DE VIVIENDAS N° N° DE HABITANTES
LOCALIDAD(ES)
HABITADAS HAB./VIVIENDAS TOTAL
Santa Cruz de Machente 194 677/194 677
Trisoline 70 217/70 217
TOTAL 264 894/264 894

LOCALIDAD(ES) INSTITUCIONES Y/O LOCALES DE SERVICIOS COMUNALES

Santa Cruz de Machente 14


Trisoline 2
TOTAL 16

c. El estudio de cota familiar se realizó en coordinación ATM de la municipalidad distrital de Ayna,


y autoridades locales.

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6. RECOMENDACIONES
 La cota familiar de la suma de seis soles (S/ 6.00) por conexión domiciliaria, se debe aprobar bajo
acta en una asamblea convocado por el JASS, y remitirlo a ATM para su trámite de aprobación bajo
acto Resolutivo de Alcaldía.
 Los documentos generados remitir al MVCS para su conocimiento en referencia al proyecto:
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE
SANEAMIENTO BÁSICO EN LAS LOCALIDADES DE SAN JOSE DE VILLOCC (VILLOC), AYNA Y
CHUYAYACU DEL DISTRITO DE AYNA - PROVINCIA DE LA MAR - DEPARTAMENTO DE
AYACUCHO.

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7. PANEL FOTOGRAFICO

Foto N° 01: Captación

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Foto N° 02: Reservorio.

Foto N° 03: Línea de Conducción.

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Foto N° 03: PTAP Machente.

Foto N° 03: PTAR de la comunidad de Machente.

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