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Normatividad

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Servicios independientes:Es aquel que es prestado a través de establecimientos farmacéuticos.

Artículo 2.5.3.10.5.
Formas de prestación
del servicio
farmacéutico. Servicios dependiente:Es la encargada asistencial de una Institución Prestadora de Servicios de
Salud

Promover y propiciar estilos de vida saludableS

Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos y
Articulo 2.5.3.10.6. promover su uso adecuado
Objetivos del
servicio
Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado
farmacéutico

Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud, todas las intervenciones
relacionadas con los medicamentos y dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad.

Planificar, organizar , dirigir cordinar controlar y controlar los servicios relacionados con medicamentos y
dispositivos medicos ofrecidosa los pacientes y a la comunidad en general.

Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos medicos.

Seleccionar , adquirir, reccepcionar y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos


médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad.

Realizar preparaciones , mezclas , adecuación y ajuste de concentración de dosis de medicamentos, ,


sujeto al cumplimiento de las buenas practicas de manofactura Exigidas Para tal fin.
Articulo 2.5.3.10.7
Funciones del
Ofrecer la ateción farmaceutica a los pacientes que la requieran
servicio Framaceutico

Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos y dispositivos


médicos, especialmente los progrmas de framacovigililancia, uso de antibioticos y uso adecuado de
medicamento.

Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos, que conlleven el
desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos relacionados con la farmacia clínica.

Obtener y difundir información sobre medicamentos y dispositivos médicos, especialmente, informar y educar a
los miembros del grupo de salud, el paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de los mismos.

Desarrollar y aplicar mecanismos para asegurar la conservación de los bienes de la organización y del Estado,
así como, el Sistema de Gestión de la Calidad de los procesos, procedimientos y servicios ofrecidos.

Participar en los Comités de Farmacia y Terapéutica, de Infecciones y de Bioética, de la institución.

Física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos


Infraestructura
que se realicen y personas que laboren.

Articulo 2.5.3.10.8. Constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el
Requisitos del servicio Dotación cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en
farmacéutico cada una de sus áreas

Recurso humano Idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice

1. El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad estará dirigido


Estará bajo la dirección por el QuímicoFarmacéutico.
Artículo 2.5.3.10.9. de un Químico
Recurso humano del Farmacéutico o de un
servicio farmacéutico Tecnólogo en Regencia
dependiente. de Farmacia 2.El servicio farmacéutico de baja complejidad estará dirigido por el
Químico Farmacéutico o el Tecnólogo en Regencia de Farmacia.

Artículo 2.5.3.10.10. Baja complejidad: Selección de medicamentos y dispositivos


Grados de El servicio farmacéutico médicos. Adquisición de medicamentos y dispositivos médicos.
complejidad del será de baja, mediana y
servicio farmacéutico. alta complejidad

Mediana y alta complejidad: se basan el los procesos especiales


del servicio farmacéutico

Mayoristas los Laboratorios Farmacéuticos, las Agencias de Estaran a cargo del Quimico Farmaceutico y tecnólogo de regencia de
Articulo 2.5.3.10.11. Especialidades Farmacéuticas y Depósitos de Drogas farmacia y se someteran a procesos recepción, almacenamiento, reenvase
Establecimientos
farmacéuticos
Estaran a cargo del Quimico Farmaceutico y tecnólogo de regencia de
Minoristas Las Farmacias-Droguerías y las Droguerías. farmacia y se someteran a procesos Recepción y almacenamiento Dispensación,
Preparaciones magistrales.

Artículo 2.5.3.10.12. Todo servicio farmacéutico, establecimiento farmacéutico o persona autorizada, tendrá la responsabilidad de desarrollar,
Sistema de Gestión de implementar, mantener, revisar y perfeccionar un Sistema de Gestión de la Calidad Institucional, de conformidad con las
la Calidad leyes y demás normas sobre la materia.

Artículo 2.5.3.10.13. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales,
Sistema de Gestión de técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientos para cada uno de los procesos del
la Calidad servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas. Según la normatividad.

1. Selección
2. Adquisicion
3. Recepcion
4. Almacenamiento
Generales 5. Distribucion
6. Dispensacion de medicamentos y dispositivos medicos
7. Participacion en grupo interdisciplinarios
8. Informacion al paciente
9. Destruccion y desnaturalizacion

Los procesos del 1. Atencion farmaceutica


Artículo 2.5.3.10.14. servicio
2. Farmacovigilancia
Procesos del servicio farmacéutico se 3. Preparaciones magistrales
farmceutico clasifican en: 4. Mezclas de nutricion parental
5. Mezcla de medicamentos oncologicos
6. Adecuacion y ajuste de concentraciones para cumplir con la dosis preescritas.
7. Reempaque
8. Reenvase
9. Participación en programas relacionados con medicamentos y dispositivos médico
10. Realización o participación en estudios sobre el uso de medicamentos y dispositivos médicos
Especiales 11. Demanda insatisfecha
12. Farmacoepidemiologia
13. Farmacoeconomia
14. uso de antibioticos
15. farmacia clínica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente
15 El servicio farmaceutico
15. Las autoridades y la comunidad
16. Monitorizacion de medicamentos
17. Preparaciones extemporaneas
18. Control, dispensación y distribución de radio-fármacos.
19.Investifación Clinica preparación de Guías.

Según la normatividad Dice que las prescripciones deben hacerse por escrito según la evaluación del paciente, son
DECRETO 780 DE de se registrenlas condiciones y diagnostico que esta en la historia clínica, donde este el nombre genérico y
Características de denominación internacionales, con parámetros lógicos, claros y legibles, en idioma español, sin enmendaduras
2016 tachones, errores, abreviaturas, símbolos químicos, se debe expresaren el sistema métrico decimal y en casos
la prescripción especiales en unidades internacionales cuando se requiera.Cuando se trate de preparaciones magistrales, además
de los requisitos de prescripción, se debe especificar claramente cada uno de los componentes con su respectiva
cantidad.
Artículo 2.5.3.10.15
Procesos del servicio
farmceutico 1. Nombre, dirección y número o dirección electronica del prestador de servicios de salud o profesional.
Capitulo. 10 Articulo 2.5.3.10.16. 2. Lugar y fecha de la prescripción.
Contenido de la 3. Nombre del paciente y documento de identificación.
4. Número de la historia clínica.
prescripción
5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).
6. Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico).
Servicio Farmacéutico: Contenido de la 7. Concentración y forma farmacéutica.
prescripción 8. Vía de administración.
responsable de las actividades,
9. Dosis y frecuencia de administración.
procedimientos e intervenciones
10. Período de duración del tratamiento.
de carácter técnico, científico y
11. Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras.
administrativo
12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.
13. Vigencia de la prescripción.
14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional

Regulada por las normas técnicas que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. El embalaje y/o trasporte de productos
farmacéuticos forman parte de la distribución intra-hospitalaria o física y deberán ser tenidos en cuenta en el desarrollo del
modelo de gestión del servicio farmacéutico.

Artículo 2.5.3.10.17
sistemas de distribución intrahospitalaria de medicamentos y dispositivos médicos que deban implementarse en la Institución
Distribución de Prestadora de Servicios de Salud, para garantizar la oportunidad, seguridad, eficiencia y calidad de los medicamentos.
medicamentos.

Las instituciones de segundo y tercer nivel de complejidad deberán implementar el Sistema de Distribución de Medicamentos
en Dosis Unitaria, de acuerdo con las condiciones, criterios y procedimientos establecidos en la normatividad vigente y los que
se establezcan en el modelo de gestión del servicio farmacéutico

1. Verificar que la prescripción que cumpla con las características en mención.


2. Verificar que las preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutrición parenteral; y, mezclas de
medicamentos oncológicos, contengan en el rótulo o etiquetas la información sobre el paciente
3. Exigir la prescripción para aquellos medicamentos en los que aparezca en la etiqueta la leyenda "Venta Bajo Fórmula
Médica".
4. No dispensar y consultar al prescriptor cuando identifique en una prescripción posibles errores, con el fin de no incurrir
Artículo 2.5.3.10.18 en falta contra la ética profesional.
Obligaciones del 5. Verificar y controlar que los medicamentos dispensados correspondan a los prescritos.
dispensador. 6. Informar al usuario sobre los aspectos indispensables que garanticen el efecto terapéutico y promuevan el uso
adecuado de los medicamentos. Como lo dice la norma.
7. Brindar a los usuarios pautas sobre el uso adecuado de los medicamentos de venta sin prescripción facultativa o de
venta libre.
8. Recibir la capacitación ofrecida por las entidades oficiales o de otros actores del Sector Salud y/o capacitarse
continuamente en los conocimientos teóricos y destrezas necesarias en el ejercicio del cargo u oficio, a fin de ir
aumentando progresivamente las competencias laborales.

1. Adulterar o modificar en cualquier forma la prescripción.


2. Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de
administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita.
3. Dispensar medicamentos alterados o fraudulentos.
Articulo 2.5.3.10.19 4. Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña.
5. Recomendar a los usuarios la utilización de medicamentos.
Prohibiciones del 6. Tener muestras médicas de medicamentos.
dispensador. 7. Tener envases y empaques vacíos, en el servicio farmacéutico, o en aquellos
establecimientos farmacéuticos que no estén autorizados para realizar los
procesos de reenvase o reempaque de medicamentos.
8. Inducir al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que
reemplace o sustituya al prescrito o al solicitado.

Artículo 2.5.3.10.20 Son aquellos medicamentos que por su mayor potencial de causar dependencia y
Medicamentos de abus, el estado tiene el monopolio exclusivo soobre todas las presentaciones, n la
control especial. cual

Inyectología: Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la privacidad y comodidad
para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio
cercano; Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar;Contar con jeringas desechables, recipiente
algodonero y cubetas;Tener toallas desechables;Contar con los demás materiales y dotación necesaria
Infraestructura para el procedimiento de inyectología.
y Dotación: Glicemia: contar con un equipo con resgistro sanitario invima para el monitoreo de glicemia,contar con
tiras reactivas con registro sanitario, Conservar la fecha de vencimiento vigente de las tiras reactivas y
las condiciones de almacenamiento previstas por el fabricante, tener toallas desechables y recipiente
Para tener el servicio de algodonero, Entregar los resultados al paciente en forma escrita con el nombre de la persona que realizó
Artículo 2.5.3.10.21. el procedimiento, mantener los registros en archivo.
intectología se debe tener las
Procedimiento de
siguientes disposiciones:
inyectología en
Farmacias- Recurso El encargado de administrar el medicamento inyectable o tomar el monitoreo de glicemia
Humano por pulsión debe contar con formación académica y entrenamiento que lo autorice para
Droguerias y
ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. bioseguridad, aseo
Droguerias. personal, asepsia del sitio y manejo de residuos.
Articulo 2.5.3.10.22. Cuando se ofrece el
Normas de Se Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad,
Procedimiento de procedimiento de inyectología,
procedimiento manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos.
también podrán ofrecer al
monitoreo de glicemia
público el procedimiento de
con equipo por monitoreo de glicemia con Se deben realizar estos preceso bajo la norma no se pueden hacer prubas tigurosas, ni
punción equipo por punción Prohibiociones procedimientos,, no se realiza pruebas de laboratorio. solo se podran administrar medicamentos
de forma intramuscular.

Solicitudes de Se debe solicitar la prescripcion para realizar la administración del


precripción medicamento vian intramuscular.
médico.

Artículo 2.5.3.10.23 Presente decreto, corresponderán a las entidades territoriales de salud que hayan autorizado a dichos establecimientos
Vigilancia y control. farmacéuticos a la práctica de los mencionados procedimientos, se encontrara en el articulo 2.5.3.10.21. y en el articulo
2.5.3.10.22.

En el artículo presente Todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberán colocar en funcionamiento el Comité de Farmacia y
Artículo 2.5.3.10.24 Terapéutica, el cual este grupo tendrá el Rol de brindar asesoría Este Comité estará integrado por:
El director (a) o Gerente de la institución o su delegado, El subdirector (a) del área científica médica o quien haga sus veces, El director (a) del servicio
Comité de Farmacia y farmacéutico, Director (a) del departamento de enfermería o quien haga sus veces, Un representante de la especialidad médica respectiva, cuando el
Terapéutica. tema a desarrollar o discutir lo requiera, Un representante del área administrativa y financiera cuando el tema a desarrollar o discutir lo requiera.
Todos aquellos deben contra con la certificación De profesionales de la salud.

1.Formular las políticas sobre medicamentos y dispositivos médicos en la Institución Prestadora de Servicios de
Salud en relación con la prescripción, dispensación, administración, sistemas de distribución, uso y contro

Artículo 2.5.3.10.25 El Comité de Farmacia y


Funciones del Comité Terapéutica deberá 2. Recomendar la solicitud de inclusión y/o exclusión de medicamentos en el Plan Obligatorio de Salud ante la
de Farmacia y desarrollar, como mínimo, Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y condiciones.
Terapéutica. las siguientes funciones:
3. Conceptuar sobre las guías de manejo para el tratamiento de las patologías más frecuentes en la Institución.

4.Realizar un seguimiento y evaluación de los perfiles epidemiológicos institucionales y la eficacia de la terapia


farmacológica instaurada en los casos especiales.

Información: En el presente articulo no habla sobre que el servicio farmacéutico debe Brindar información a toda la comunidad
información oportuna, completa, veraz, independiente, de calidad y sustentada en evidencia científica sobre medicamentos y dispositivos
Artículo 2.5.3.10.26 médicos, por la cual debe ser suministrada por el director del servicio farmacéutico.
Información.
Artículo 2.5.3.10.27
Fuentes de
información. Fuentes de información: El servicio farmacéutico debe contar con fuentes científicas de información y establecer canales ágiles de
comunicación con los demás servicios de la institución y centros de información de medicamentos.

Las entidades
territoriales de salud

Articulo 2.5.3.10.28. Estas instituciones adoptarán las acciones de prevención y seguimiento para garantizar el cumplimiento
Inspección, vigilancia La Superintendencia de lo dispuesto en el presente Capítulo. Además, adelantarán las investigaciones y aplicarán las
Nacional de Salud sanciones o medidas correctivas a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en las normas
y control vigentes.

Invima
CuadroCompar ativo
RESOLUCIÓN 3100 DE 2019 RESOLUCIÓN 2003 DEL 2014
DESCRIPCIÓN : Es el servicio de atención en salud que poya las Medicina Alternativa
actividade procedimientos e interaciones de carácter técnico, cientifíco
Nos dice que es la resolución ?Por la cual se definen los procedimientos y
y administrativo relacionados con los medicamentos y dispositivos condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de
médicos utilizados en la promoción de la salud y prevención, habilitación de servicios de salud?
dianóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y paliación, con Dentro de ellos nos describe las medicinas alternativas como un conjunto de
caracteres que se dividen en lo siguiente:
fin de contribuir de forma armónica e integral al mejoramiento de la Grupo Consulta externa
calidad de vida individual y colectiva Servicio de medicinas alternativas
Existe varios servicios como lo son:
ESTRUCTURA DEL SERVICIO: esta conformado por complejidad: - Homeopatía: Se basa en la medicina, tratamientos curativos de forma natural
Baja, Mediana y Alta consta de procesos generales y especiales con plantas medicinales.
- Medicina Tradicional China: se basa en la filosofía de que la enfermedad es
dependiendo su complejidad. consecuencia del flujo inadecuado de la fuerza vital (qi). Se restablece la
circulación de qi mediante el equilibrio de las fuerzas opuestas del yin y el yang,
MODALIDAD DE que se manifiestan en el cuerpo como frío y calor, interno y externo, y
deficiencia y exceso.
PRESTACIÓN: Intramural - Naturopatía:es un sistema médico que hace énfasis en la prevención y los
Extramural domiciliaria procesos de autosanación, a través del uso de terapias naturales
Telemedicina- Categorías - Ayurveda:sistema médico complejo originario de la India, que enfoca su
diagnóstico en la individualidad del paciente, categorizándolo en un tipo
Interactivas -prestador de referencia constitucional mental y físico. Derivado de este proceso, se establece un
No interactiva -prestador de referencia enfoque
Telexpesticia sincrónico-prestador - Neuralterapia:método que fundamenta su acción terapéutica en la
remisor-prestador de referencia estabilización de las membranas celulares mediante la utilización de microdosis
de anestésicos locales de vida media corta, aplicados en sitios específicos del
Entre dos profecionales organismo.
Exigencias para habilitación de medicinas alternativas:
- Infraestructura:Aplica lo exigido en consulta externa general.
ESTÁNDAR DE TALENTO HUMANO: Existen dos categorias, - Dotación:Aplica lo exigido en consulta externa general.
modalidaes intramural y estramural domiciliaria.1. cumple con los Para Ayurveda:
criterios que le sean apliables de todos los servicios y adicinales:cumple Adicional a lo exigido en todos los servicios, cuenta con camilla
para los dharas con desagüe, la cual debe ser de fácil limpieza.
con los requisistos del decreto 2200 del y el decreto 780 de Para Neuralterapia:
2016.Modalidad Telemedicina:existen dos categorias y son las 1. Jeringas y agujas desechables para terapia neural, anestésico
siguientes: interactiva y no interactiva,telexperticia.2.cumplen las local sin vasoconstrictor.
2. Contenedor especial para desechar las agujas.
aplicaciones del servicio y adicinalmente cuenta con un servicio Equipo básico de urgencias con los medicamentos, soluciones y
farmaceutico.3.El talento humano brinda en esta modalidad lo elementos médicos, que garanticen el manejo y control de una
relacionado con la atencion farmaceitica a traves de telemedicina. Equipo básico de urgencias con los medicamentos, soluciones y
elementos médicos, que garanticen el manejo y control de una
reacción anafiláctica.
- Medicamentos, Dispositivos Médicos e insumos:El empleo de
ESTÁNDAR DE TALENTO HUMANO: Existen dos categorias, medicamentos utilizados en medicinas alternativas, deberá estar acorde al
modalidaes intramural y estramural domiciliaria.1. cumple con los marco legal específico para cada uno de ellos.
Para acupuntura:
criterios que le sean apliables de todos los servicios y adicinales:cumple 1.Agujas para acupuntura. Estas deben cumplir los parámetros de calidad
con los requisistos del decreto 2200 del y el decreto 780 de establecidos para este tipo de productos, ser desechables y se cuenta con
2016.Modalidad Telemedicina:existen dos categorias y son las contenedor especial para desechar las agujas.
2. Moxas y ventosas.
siguientes: interactiva y no interactiva,telexperticia.2.cumplen las 3. Electroacupuntor, en caso que el profesional de la salud lo ofrezca como
aplicaciones del servicio y adicinalmente cuenta con un servicio método terapéutico.
farmaceutico.3.El talento humano brinda en esta modalidad lo - Procesos Prioritarios:Se debe comunicar sobre las contraindicaciones e
relacionado con la atencion farmaceitica a traves de telemedicina. indicaciones sobre el procedimiento o medicamento alternativo.
- Historia Clínica y Registros: Se debe revisar y validar la información que sea
lógica y veraz
- No tiene interdependencia
ESTANDAR DE INFRAESTRUCTURA: Complejidad baja, mediana y
alta modalidad intramural, extramural domiciliaria, telemedicina DESCRIPCIÓN
categoría telexpeticia-prestador remisaor.
Cuenta con: Ambiente o áreas administrativas, recepción de SERVICIO FARMACÉUTICO BAJA COMPLEJIDAD
medicamentos y dispositivos medicos,, dispensación de medicamentos
y entrega de dispositivos medicos, almacenamiento que garantice las Es el servicio de atención en salud que apoya las actividades ,
condiciones de temperatura y humedad, área independiente para procedimientos e intertvenciones de caracter tecnico , científico y
medicamentos de control especial, área de almacenemiento de administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos
productos rechazados devueltos y retirados, alamcenamiento para médicos utilizados en la promoción de la salud y la prevención,
productos drestruidos o desnaturalizados por vencimiento o deterioro y diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, con el fin de
área de cuarentena de medicamentos. contribuir en forma armónica e integral al mejoramiento de la calidad de
vida individual y colectiva.
ESTÁNDAR DE DONACIÓN: complejidad de alta ediana y baja:
modalidad intramural,extramural domiciliaria, telemena telexperticia , SERVICIO FARMACÉUTICO MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD
prestados remisosr. cumplen con ls or requisitos que sean aplicables de
todos los servicios farmaceuticos y adicionalmente cuente con :d1. En este servicio adicional a los procedimientos generales que se
otacion y mobiliario exclusivos y necesarios .2. instrumnetos para medir realizan en el servicio farmacéutico de baja complejidad, se ejecutan
la humedad relaativa y la temperatura donde se almacene los todos o algunos de los siguientes procedimientos especiales: atención
farmacéutica; farmacovigilancia; preparaciones, sean éstas magistrales,
dispositivos y medicamentos. extemporáneas o estériles; nutriciones parenterales, mezcla de
medicamentos oncológicos, adecuación y ajuste de concentraciones
ESTÁNDAR DE MEDICAMENTOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS E para cumplir con las dosis prescritas, o reempaque o reenvase;
INSUMOS: complejidad baja: 1.cumplen con los creterios que le sean participación en programas relacionados con medicamentos y
aplicables de todos los servicios.2.complejidad de mediana y alta dispositivos médicos; realización o participación en estudios sobre uso
:cumplen con los crieterios que le sean aplicables los servicios. baja adecuado, demanda insatisfecha, farmacoepidemiología,
complejidad y adicinal cuenta con:buenas practivcas de elacion vigente, farmacoeconomía, uso de antibióticos, farmacia clínica y cualquier tema
expedida por el invima para los procesos especiales que se realicen en relacionado de interés para el paciente, el servicio farmacéutico, las
mezcla que sea propia o contratada. autoridades y la comunidad; monitorización de medicamentos; control,
dispensación y distribución de radio-fármacos; investigación clínica; y,
preparación de guías para la entrega o aceptación de donaciones de
ESTANDAR DE PROCESOS PRIORITARIOS: Baja complejidad, medicamentos y dispositivos médicos.
modalidad intramural,, extramural domiciliaria, telemedicina-categoría
telexperticia prestador-remisor
Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios
adicionalmente cuenta con la siguiente información documentada. ESTRUCTURA DEL SERVICIO: Esta conformado por complejidad Baja,
procesos generales que realice, elaborado por el responsable del Mediana y alta. Consta de procesos generales y especiales
servicio. dependiendo del servicio donde se encuentre.
información viable al usario que prohíba la asesoría farmacológica por
parte del personal diferente al quimico farmacéutico o profecional de
medicina tratante. TALENTO HUMANO : Aplica lo definido en el Decreto 2200 de 2005 y la
manejo de medicamentos de control especial cuando lo realice Resolución 1403 de 2007, o las normas que los modifiquen, adicionen o
seguimiento a condiciones ambientales de temperatura y humedad sustituyan.
MEDIANA Y ALTA : modalidad intramural , extramural domiciliaria,
INFRAESTRUCTURA: Las condiciones de temperatura y humedad
telemedicina-categoría telexperticia prestador-remisor
relativa, son acordes a las recomendaciones dadas por los fabricantes
cumple con los criterios definidos para el servicio farmacéutico en baja
de medicamentos y dispositivos médicos.
complejidad y adicionalmente, cuenta con información documentada de
En caso que se realice reenvase, reempaque, preparaciones
cada uno delos procesos especiales que se realice en el servicio.
magistrales, preparación de soluciones inyectables en dosis unitarias,
nutrición parenteral o medicamentos citostáticos; las áreas y/o
ambientes cuentan con lo exigido para las buenas prácticas de
ESTÁNTAR DE HISTORIA CLÍNICA Y REGISTROS: complejidad baja, elaboración, previstas en la normatividad vigente.
mediana y alta. cumple con los requisitos de telemedicina,interactiva y Cuenta con área de almacenamiento de medicamentos de control
no interctiva, telexperticia.2. cumple con los criterios que le sean especial, con las medidas de seguridad exigidas en las normas
aplicables de tdos los servicios. vigentes. Dispone de ambientes necesarios para los procedimientos que
se realicen, de conformidad con la normatividad aplicable a cada uno de
ellos.
ESTÁNDAR DE INTERDEPENCIA:complejidad baja, mediana y alta: no Si se trata de servicios ambulatorios pueden ser independientes o
aplica ; modalidad telemedicinal, categoría interactiva y no interactiv- pertenecer a una IPS.
prestador de referencia, catego´ra telexpertica- prestador de referencia_
DOTACION:
BAJA COMPLEJIDAD: Cuenta con la dotación y muebles exclusivos y
necesarios para la selección, adquisición, recepción, almacenamiento,
conservación (como manejo de cadena de frio, medicamentos
fotosensibles, higroscópicos entre otros) y dispensación de los
medicamentos y DM , de acuerdo con las recomendaciones dadas por
los fabricantes. equipos necesarios para cumplir con el plan de
contingencia, en caso de falla eléctrica para mantener la cadena de frío.
Cuenta con termómetros y termohigrómetros para realizar seguimiento a
las condiciones ambientales de temperatura y humedad relativa, en
donde se almacenen medicamentos y dispositivos médicos, proceso
que debe estar debidamente documentado y gestionado.
MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD: Adicional a lo exigido en la baja
complejidad Si elabora preparaciones, sean estas magistrales,
extemporáneas, estériles, nutriciones parenterales, mezcla de
medicamentos oncológicos, adecuación y ajuste de concentraciones
para cumplir con las dosis prescritas; o reempaque o reenvase, cuenta
con la dotación requerida para cumplir con la certificación de Buenas
Prácticas de Elaboración.

PROCESOS PRIORITARIOS

BAJA COMPLEJIDAD: Manual de procesos y procedimientos, Normas


explícitas sobre restricciones, Información visible al usuario, Procedimiento
para el manejo de medicamentos de control especial. Procedimientos para
el control de fechas de vencimiento y mecanismos para la disposición final
y destrucción de medicamentos y dispositivos médicos.

MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD : Ademas de lo exigido para baja


complejidad cuenta con un manual de procedimientos para el sistema de
distribución de medicamentos en dosis unitaria.

INTERDEPENDENCIA: No aplica
·Ley 485 del 21 de diciembre de 1998

La presente ley tiene ajustar la profesión del tecnólogo de regencia de farmacia que pertenece al profesional de la salud
también no dice que ellos se encargan del mejoramiento en el sistema de salud , teniendo en cuenta también por medio de
algunos artículos noshablan de cuya formación lo capacita para desarrollar tareas de apoyo y colaboración en la
prestación del servicio farmacéutico: y en la gestión administrativa de los establecimientos distribuidores mayoristas y
minoristas, conforme se establece en la presente ley, y en los reglamentos que dicte el Gobierno Nacional.
En consecuencia, podrá ejercer como Tecnólogo en Regencia de Farmacia:
a) Quienes obtengan el título de Tecnólogo en Regencia de Farmacia o su equivalente, de conformidad con lo previsto en
el artículo9o. de la presente ley;
b) Los nacionales o extranjeros que obtengan el título de Tecnólogo en Regencia de Farmacia o su equivalente, de
conformidad con los convenios sobre, equivalencia de títulos en los respectivos tratados o convenios.
Debe y pue desempeñar actividades como lo son
a) Dirigir los establecimientos distribuidores minoristas de las Instituciones que integran el Sistema de Seguridad Social en
Salud, que ofrezcan la distribución y dispensación de los medicamentos y demás insumos de la salud en el primer nivel de
atención o baja complejidad, bien sea ambulatoria u hospitalaria;
b) Dirigir el servicio farmacéutico de instituciones prestadoras de servicios de salud de baja complejidad o que se
encuentren en el primer nivel de atención, bien sea ambulatoria u hospitalaria;
c) Dirigir establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas de productos alopáticos, homeopáticos, veterinarios,
preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales, cosméticos preparados magistrales e insumos para salud;
d) Dar apoyo, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, al desarrollo de las actividades básicas del sistema de
suministro de medicamentos y demás insumos de la salud, orientados a la producción en las instituciones prestadoras de
servicios de salud de segundo y tercer nivel;
e) Colaborar, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, en el desarrollo de las actividades básicas de la prestación del
servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad;
f) Los entes territoriales que tienen a su cargo las funciones de inspección y vigilancia de los establecimientos
farmacéuticos distribuidores mayoristas y minoristas, desarrollarán dichas actividades con personal que ostente el título de
Regente de Farmacia;
g) Participar en actividades de mercadeo y venta de productos farmacéuticos.
ARTICULO 4o. DOCENCIA.El Tecnólogo en Regencia de Farmacia podrá ejercer actividades docentes y de capacitación
formal y no formal, en el campo de su especialidad, así como en las labores orientadas a la promoción y uso racional de
los medicamentos.
ARTICULO 5o. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL.Para ejercer la profesión de Tecnólogo en Regencia
de Farmacia se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Presentar título de Tecnólogo en Regencia de Farmacia, debidamente expedido por una institución de educación
superior, de conformidad con la ley;
b) Estar registrado en el Consejo Nacional de Tecnólogo en Regencia de Farmacia o en la institución que haga sus veces;
c) No estar sancionado por la autoridad competente.
ARTICULO 6o. VIGILANCIA Y CONTROL.
la vigilancia y control del ejercicio de la profesión de Tecnólogo en Regencia de Farmacia, le corresponde al Ministerio de
Salud.

Ley 47 de 1967

Articulo 1°. El articulo 10 de Ley 23 de 1962 quedará así: Para los efectos de la Ley 23 de 1962, los
establecimientos que se dedican a la venta de droga oficiales, de especialidades farmacéuticas, al
despacho de formulas magistrales, cuidado y venta de barbitúricos y estupefacientes, cosméticos y
similares, se ajustaran a la siguiente clasificación

a) Farmacia-Droguería. Que es el establecimiento dedicado a la elaboración y despacho de


formulas magistrales? a la venta de estupefacientes, alcaloides, barbitúricos, oxitócicos, corticoides
y psicofármacos. A la venta de drogas oficinales, drogas genéricas, sustancias químicas,
especiales farmacéuticas, higiénicas, alimenticias y dietéticas?preparados farmacéuticos de venta
libre: insecticidas, rodencidad y similares? cosméticos y productos de tocador?drogas de uso
veterinario?materiales de curación útiles, enseres y aparatos auxiliares de la Medicina Veterinaria y
de la Química Farmacéutica?
b) Botica. Que es el establecimiento dedicado a la venta al detal de los elementos y drogas
enunciadas en el numeral a) del primer articulo, a excepción de elaboración despacho,
almacenamiento y/o venta de formulas magistrales, estupefacientes, alcaloides, barbitúricos?
oxitocicos, corticoides, anestésicos generales, psicofármacos, y los demás que el Ministerio de Salud
Pública vaya señalando por intermedio de la Oficina de Control de Drogas Productos Biológicos?
c) Botica asistencial. Que es el establecimiento que funciona como anexo a los organismos locales
de salubridad asistenciales, bajo la dirección y responsabilidad de México Director del respectivo
establecimiento.

Articulo 2°. En atención a la clasificación establecida en presente Ley, se obligará a cada


establecimiento fijar lugar visible para el público la respectiva categoría el ministerio de Salud
Pública por intermedio de sus organismos auxiliares, vigilará el estricto cumplimiento de dicha
clasificación.

Articulo 3°. A partir de la sanción de la presente Ley, el Ministerio de Salud Pública se abstendrá
definitivamente admitir nuevas solicitudes de licencia. En consecuencia procederá a devolver a los
interesados las que fueren presentadas, mediante comunicación, que proferirá la Oficina del grupo
de Profesiones Médicas y auxiliares del Ministerio de Salud Pública.

Articulo 4°. Las farmacias-droguerías y botica que no cumplan con la totalidad de los requisitos
exigidos en la presente Ley, una vez resueltas las solicitudes actualmente existentes, serán
clausuradas de inmediato por las autoridades competentes.

Articulo 5°. Facultase al gobierno nacional para crear de común acuerdo con la Asociación nacional
de universidades de carreras intermedia por medio de la cual se optará al titulo de Regente de
farmacia, la cual será auxiliar de la Química farmacéutica.

·Resolución 4143 de 2012 ·Decreto 3616 de 2005

En el contexto nos dice que se establece el reglamento por medio del cual se estrablecen las
técnico, a través del cual se señalan los requisitos sanitarios denominaciones de los auxiliares en las areas de la
que deben cumplir los materiales, objetos, envases y salud, se adoptan sus perfiles ocupacionales y de
equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, formación, los requisitos básicos de calidad de sus
destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para programas y se dictan otras disposiciones.
consumo humano, con el fin de proteger la vida, la salud y
prevenir las prácticas que puedan inducir a error o engaño a
los consumidores Articulo 1. el decreto tiene por onjetivo establecer las
Nos hablan de todas las disposiciones según lo insumo s que denominaciones del sonal auxiliar en las áreas de la
se necesitan en diferentes establecimientos, pero salud, y asi garantizando la calidad en la formacion.
exactamente en el titulo III ? capitulo 1 - Inspección, Vigilancia
y Control Artículo 2. las siguientes definiciones del decreto:
Artículo 17. El presente articulo nos habla sobre Inspección, 1. certificado de aptitud ocupaconal: Es un
vigilancia y control. Corresponde al Instituto Nacional de documento otrogado por una institucion educativa
Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y a las autorizada para ofrecer educacon non foral,
direcciones territoriales de salud, en el ámbito de sus
competencias, ejercer las funciones de inspección, vigilancia duracion de 1.000 hora y maxima 1.800 horas.
y control 2. competencia laboral: Es la combinancion integral
Artículo 18. El presente articulo nos dice que se realizan de conocimiento, habilidades y actitudes.
visitas de inspección. Para observar los riegos y poder 3. perfil profesional: es un conjunto de normas de
realizar mejoras en su establecimiento, contando con lo competencia laboral que responden al desempeño
establecido en las normas, para mitigar los riegos, peligros y óptimo del auxiliar en las áreas de salud.
problemáticas. 4. personal en las áreas de salud:
Artículo 19. Esta revisiones y actualizaciones son importante 5. 1. Auxiliar en la salud oral.
para llevar a cabolas Disposiciones de las políticas del
Ministerio de Salud y Protección Social de acuerdo con los 6. 1.Auxiliar en la saud pública.
avances científicos o tecnológicos nacionales e 7. 1. Auxiliar en enfermería.
internacionales. 8. 1.Auxiliar en servicio Farmacéuticos.
Referencia 9. 1.Auxiliar administrativo en la salud.
Bibliografica; Referencia Bibliografíca.
https://www.minsalud.g https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_
ov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RID Nuevo/DECRETO%203616%20DE%202005.
E/DE/DIJ/resolucion-4143-de-2012.pdf PDF

Decreto 033 de 1969


·Artículo 279 de la ley 100
Artículo primero.los establecimientos a que se refiere el
En el Articulo 279 de la ley 100, nos hablan exactamente de las
artículo 1.°de la Ley 47 de 1967, deberán tener, en lugar execciones Habla sobre las excepciones que tienen las fuerzas
visible para el público, en la parte exterior de los mismos, un militares y de la policía nacional
aviso que indique la categoría del respectivo establecimiento. Se exceptúan también, los trabajadores de las empresas que,
al empezar a regir la presente Ley, estén en concordato
preventivo y obligatorio en el cual se hayan pactado sistemas o
Artículo segundo.Tendrán derecho a obtener la credencial o procedimientos especiales de protección de las pensiones, y
certificado de expendedores de drogas de que trata el mientras dure el respectivo concordato. Igualmente, el presente
régimen de Seguridad Social, no se aplica a los servidores
parágrafo 2.°del artículo 1.°de la Ley 47 de 1967, las públicos de la Empresa Colombiana de Petróleos, ni a los
personas que reúnan los siguientes requisitos: pensionados de la misma. Quienes, con posterioridad a la
a) Ser mayor de treinta (30) años; vigencia de la presente Ley, ingresen a la Empresa Colombiana
b) Tener un mínimo de diez (10) años de práctica en de Petróleos-Ecopetrol, por vencimiento del término de
farmacias-droguerías; contratos de concesión o de asociación, podrán beneficiarse
del régimen de Seguridad Social de la misma, mediante la
c) Haber presentado, con anterioridad al 5 de diciembre de celebración de un acuerdo individual o colectivo, en término de
1967, y con sujeción a las formalidades exigidas en el costos, forma de pago y tiempo de servicio, que conduzca a la
Decreto legislativo 124 de 1954, a los aspirantes a equivalencia entre el sistema que los ampara en la fecha de su
farmacéuticos permitidos, una solicitud dirigida al Grupo de ingreso y el existente en Ecopetrol.
Las entidades empleadoras referidas en el presente artículo
Profesiones Médicas y Auxiliares del Ministerio de Salud quedan facultadas para recibir y expedir los bonos
Pública, dependencia de la Oficina Jurídica, acompañada de correspondientes a los períodos de vinculación o cotización a
la documentación correspondiente, y que hubiere lugar, de conformidad con la reglamentación que
d) Haber asistido y aprobado el curso de capacitación de que para tal efecto se expida.
trata el artículo 7.°del presente Decreto. La pensión gracia para los educadores de que trata las Leyes
Artículo tercero.Las personas a que se refiere el artículo 114 de 1913, 116 de 1928 y 37 de 1933, continuará a cargo de
anterior, deberán manifestar por escrito a la Oficina Jurídica, la Caja Nacional de Previsión y del Fondo de Pensiones
en el término de dos (2) meses, contados a partir de la Públicas del Nivel Nacional, cuando éste sustituya a la Caja en
vigencia del presente Decreto. el pago de sus obligaciones pensionales.
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1007791
Referencia Bibliografica; https://vlex.com.co/vid/ley-sistema-
seguridad-integral-dictan-59814950

Ley 8 de 1971 Decreto 282 de 1975

Articulo 1. Droguería: que es el establecimiento Articulo 1. asimilase la credencial de director de


dedicado a la venta aldetalde los elementos y drogas droguería expedida con base en la ley 8 de 1971, a
enunciados en el numeral a) de dicho artículo, a ala credencial de expendedor de drogas de que
excepción de: ?Elaboración, despacho, almacenamiento tratan la ley 17 de 1974, y la presente reglamento,
y / o venta de fórmulas magistrales, previo el lleno de los por lo cual una y otro son equivalentes
requisitos de control que a partir de la vigencia de la
presente Ley exigirá el Ministerio de Salud Pública?. Articulo 2. Tendrán derecho a obtener credencial
de expendedor de drogas las personas que reúna
Toda Droguería deberá ser dirigida por un Químico los requisitos:
farmacéutico o por un Farmacéutico licenciado, o por 1. partda civil de naciemiento o partida de bautismo.
una persona que ostente la credencial de expendedor de 2. Cédula de ciudadania.
drogas 3. Libreta militar si fuere el caso.
. 4. certificado e salud expedido por un médico
El Gobierno, a través del Ministerio de Salud Pública, inscrito, en donde conste que la persona no
expedirá la credencial de expendedor de drogas a padece de enfermedad que le impida vivir en
quienes cumplieren las formalidades señaladas por el comunidad.
Decreto 124 de 1954, sin necesidad de exámenes de 5. Certificado expedido por el jefe de servicio
admisión ni de cursos de capacitación. seccional de salud, del lugar donde haya ejercicio
como farmacéutico en el que cosntaque no sido
Artículo 2. Las Farmacias-Droguerías y Droguerías que sancionado por comercio legal de estufacientes ni
no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos en por infracciones a la dispocison sobre medicina.
la presente Ley, una vez resueltas todas las solicitudes .
actualmente existentes, serán clausuradas de inmediato
por las autoridades competentes.

https://www.leyex.info/leyes/Ley8de1971.htm

Decreto 1297 de 1972


Ley 47 de 1974
Artículo primero. Las
Farmacias-droguerías y Droguerías, a que Artículo 1. El parágrafo 1 del artículo 1 de la
se refieren en el literal a) del artículo 1° de Ley 8 de 1971 quedará así:Toda Droguería
la Ley 47 de 1967 y el artículo 1º de la Ley deberá ser dirigida por un Químico
8ª de 1971 respectivamente, deberán tener farmacéutico o por un Farmacéutico
en lugar visible para el público y en la parte licenciado, o por una persona que ostente la
exterior de las mismas, un aviso que credencial de expendedor de drogas.
indique la categoría del respectivo
establecimiento. Artículo 2. Los profesionales
químico-farmacéuticos pueden dirigir una o
Artículo trece.Las Droguerías, en todo lo varias droguerías hasta un tope de capitales
que no se oponga a las disposiciones del de éstas, tope que será señalado por el
presente Decreto, quedan sujetas a la Gobierno Nacional en el decreto o decretos
reglamentación vigente para Farmacias, reglamentarios de la presente Ley
Droguerías, señalada en el Decreto 1880
de 1964 y normas que lo modifiquen y
adicionan.

Acuerdo 266 del 24 julio 2009

Mediante este acuerdo se


reconoce el programa de tecnico
laboral en servicios
farmacéuticos, fue reconocido
por los ministerios de la
proteccion social y educacion.
La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios administrativos y
Articulo 2º.- Campo de
Aplicación técnicos generales del Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y adoptar el
Manual de condiciones esenciales y procedimientos del Servicio Farmacéutico.

Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de


medicamentos y dispositivos médicos.

Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos


Articulo 3 y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
Objetivos Primordiales del
servicio Farmaceutico
Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes
sobre su uso adecuado.

Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren,


realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita
por el facultativo.

Accesibilidad: Es garantizar a sus usuarios, beneficiarios, destinados y a la Imparcialidad: Garantizar un trato justo y sin ningun tipo de discriminacion a
comunidad, los medicamentos y dispositivos medicos haciendo asesoria al sus usuarios, beneficiarios y destinatarios.
Articulo 4. buen uso de medicamentos.
Principios:Tendrá como
guia permanente de sus Conservación de la calidad: Dispondra de mecanismos y realizara las acciones que Integridad: El farmaceutico se desarrollara integralmente, y de manera
actividades los principios permitan conservar la calidad de los medicamentos y dispositivos medicos. interrelacionada, en procura del logro de su mision.
fijados en la constitucion.
Continuidad: Garantizara a sus usurios, que ofrezcan en una secuencia logica y racinal, Investigacion y desarrollo: Propendera por la creacion de un ambiente de
de conformidad con la preinscripcion medica y las necesidades de informacion y acesoria investigacion y desarrollo en el servicio que favorezca una mejor insercion en
a los pacientes. el dominio de la tecnologia sectorial.

Eficacia: Dando cumplimiento a las respectivas noras sobre control, informacion y gestion Promocion y seguridad:1. promocionara en sus actividades el uso adecuado
de calidad.igualmente el cumplimiento del proposito de la farmacoteraia ordenada por el y prevendra el uso inadecuado relacionado con los medicamentos y los
facultativo. dispositivos medicos. 2. contara con elementos estructurales, process
procedimientos, instrumentos y metodologia, basados en evidencias
Humanizacion: centrara su interes en el ser humano, sin desconocer su papel importante cientificas probadas en la cual minimicen el riesgo en los pacientes.
del medicamento y el dispositivo medico en farmacoterapia.

Administrativa. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y Atención farmacéutica. Ofrecerla a los pacientes que la
controlar los servicios relacionados con los M y DM requieran.
ofrecidos a los pacientes y a la comunidad en general.
Participación en programas . programas relacionados con los
medicamentos, especialmente los de fármacovigilancia, uso de
antibióticos y uso adecuado de M y DM
Promoción. Impulsar estilos de vida saludables y el uso
adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.
programas relacionados con los medicamentos,
especialmente los de fármacovigilancia, uso de antibióticos y
uso adecuado de M y DM
Articulo 5. Funciones Prevención. Prever factores de riesgo derivados del uso
inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos,
De conformidad con lo
así como los problemas relacionados con su uso. Información. informar y educar a los miembros del grupo
previsto en el artículo 7° de salud, el paciente y la comunidad sobre el uso
del Decreto 2200 de 2005 adecuado de los M y DM
Suministro. médicosSeleccionar, adquirir, recibir y
almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y Vigilancia de recursos y verificación de cumplimiento de
dispositivos . actividades. Desarrollar y aplicar mecanismos para asegurar la
conservación de los bienes de la organización y del Estado
Elaboración y adecuación. preparaciones magistrales
y/o adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de
Participación en comités. Formar parte de los Comités de
medicamentos oncológicos y demás medicamentos para
Farmacia y Terapéutica, Infecciones y Bioética de la institución,
cumplir con las dosis prescritas,
entre otros .

Servicio farmacéutico Es el prestado por una IPS de salud a pacientes


dependiente. hospitalizados y ambulatorios. Este servicio puede
ser propio o contratado.
Articulo 6º. Clasificación

Servicio farmacéutico Es el que prestan los establecimientos farmacéuticos


independiente. autorizados.

Selección , Adquisición, Recepción y almacenamiento, Distribución,


Servicio farmacéutico de baja complejidad. Dispensación de medicamentos, Participación en grupos interdisciplinarios,
Realizará básicamente los procesos generales Información y educación al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado
de medicamentos y dispositivos médicos, Destrucción o desnaturalización de
Articulo 7°. Grados de medicamentos.
Complejidad
Atención farmacéutica. Preparaciones magistrales. Mezclas de nutrición parenteral. Mezclas y/o adecuación y ajuste de
Servicio farmacéutico de mediana y alta concentraciones de medicamentos oncológicos. Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas.
Reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, para
complejidad. Además de las actividades y/o pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales. Preparaciones extemporáneas. Control, dispensación y distribución de
procesos generales, realizará los procesos especiales radiofármacos. Investigación clínica. Realización o participación en estudios sobre farmacoepidemiología, uso de antibióticos, farmacia
clínica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente, el servicio farmacéutico, las autoridades del sector y la comunidad.

Laboratorios farmacéuticos. Deberán cumplir con las disposiciones que regulan


las actividades y/o procesos de transporte, distribución y la entrega física en la
cadena de los medicamentos y dispositivos médicos.
Servicio farmacéutico de las instituciones prestadoras de servicios de salud:
Este servicio adoptara políticas como la que se estipula en la 2200 con las condiciones
esenciales y procedimientos para las actividades y/o procesos que ofrezcan a sus usuarios,
beneficiarios o destinatarios. Depósitos de Drogas. Deberán cumplir con las disposiciones que regulan las
actividades y/o procesos de recepción y almacenamiento, embalaje,
distribución física y transporte de medicamentos y dispositivos médicos.
Cuando realicen el reempaque de materias primas se someterán a las
Establecimientos farmacéuticos mayorista: Cumplirán con las disposiciones que disposiciones que regulan dicho proceso.
regulan las actividades, procesos y procedimientos previstos en el Decreto 2200 de
2005
Articulo 8° Agencias de especialidades farmacéuticas. Deberán cumplir con las
Servicios farmaceuticos de disposiciones que regulan las actividades y/o procesos de recepción y
las instituciones prestadiras almacenamiento, embalaje, distribución física y transporte de medicamentos y
dispositivos médicos, cuya representación tengan y/o que sean de su propiedad.
de servicios de salud y
Establecimientos farmacéuticos minoristas. Cumplirán con las disposiciones que
establecimientos regulan las actividades, procesos y procedimientos establecidos en los Decretos 2200
Framaceuticos. de 2005 y 2330 de 2006
Farmacia-Droguería. Deberán cumplir con las disposiciones que regulan las actividades y/o procesos de
preparaciones magistrales con las limitaciones introducidas en la presente reglamentación, recepción y
almacenamiento, distribución física, transporte, dispensación de medicamentos y dispositivos médicos y los
Establecimientos farmacéuticos a que hace referencia el parágrafo 5º del procedimientos de inyectología y monitoreo de glicemia con equipo por punción.
artículo 11 del Decreto 2200 de 2005: La presente resolución y el manual que
adopta, contiene las Buenas Prácticas de Abastecimiento a que se hace
Droguería. Deberán cumplir con las disposiciones que regulan las actividades y/o procesos de recepción
referencia en diferentes normas nacionales. La mención que se hace en distintas y almacenamiento, distribución física, transporte, dispensación de medicamentos y dispositivos médicos y
normas nacionales sobre Buenas Prácticas de Manufactura, en relación con los los procedimientos de inyectología y monitoreo de glicemia con equipo por punción.
procesos del servicio RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2007

y personas autorizadas que realizan actividades y/o procesos del servicio


Articulo 9º. Buenas farmacéutico contarán con un conjunto de normas, procesos, procedimientos,
Prácticas del Servicio
recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o
Farmacéutico. administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto d Interpretación de la orden médica y cálculo de cantidades, Limpieza y desinfección de áreas, Desinfección personal,
Ingreso las áreas, Estabilidad de los medicamentos sometidos a adecuación y mezcla, Elaboración de preparaciones
magistrales. Contaminación accidental. Control físico-químico y microbiano, Uso, calibración, desinfección y
Articulo 10. - Protocolos mantenimiento de equipos, Recepción y almacenamiento, reempaque, distribución de materias primas y material
para las preparaciones La farmaciadroguería, establecimientos farmacéuticos autorizados y servicios de acondicionamiento, Manejo de residuos.
magistrales y otras farmacéuticos de las IPS, para poder realizar los procesos especiales deberán
actividades del servicio contar como mínimo, con protocolos para las actividades siguientes. Los servicios farmacéuticos de las IPS y los establecimientos farmacéuticos autorizados elaborarán de manera
farmacéutico. escrita el procedimiento para la prestación de la atención farmacéutica. El procedimiento contendrá las disposiciones
del manual que adopta la presente resolución, las técnicas y criterios aceptados en la comunidad farmacéutica
nacional e internacional, según el caso.
Los protocolos a que se refiere el artículo 10 de la presente resolución, se elaborarán
de acuerdo con la literatura científica disponible y aceptada internacionalmente, bajo
lineamientos generales de las farmacopeas oficialmente adoptadas en Colombia y
teniendo en cuenta la normatividad nacional cuando resulte aplicable.
Articulo 11. Elaboración y
Contenido de los
Protocolos. En las IPS, el Comité de Farmacia y Terapéutica en colaboración con el Comité de Infecciones,
cuando sea del caso, elaborará o sugerirá la adopción de los protocolos determinados en el artículo
10 de la presente resolución y los presentará para la aprobación del director, gerente o quien haga
sus veces en dichas instituciones. En los establecimientos farmacéuticos, los protocolos serán
elaborados o adoptados de conformidad con los procedimientos establecidos

Capitulo III: Articulo 12. Se aplicara las disposiciones contenidas en el manual que adopta la presente
Distribucion fisica de resolucon que regula las actividades y procesos de adquisicion, embalaje, transporte,
medicamentos y recepcion y almacenamiento, en lo pertinente.En la dispensacion deben empacarse
dispositivos medicos. adecuadamente los medicamentos y dispositivos medicos que van a ser transportados
por los pacientes hasta el lugar de almacenamiento final.

Articulo 13.
RESOLUCIÓN 1403 Implemetanción obligatoria En la resolución 2200 de 2007 -Articulo 18, establece parametros
DE 2007 para la implemetanción obligatoria del sistema de distribución de
del sistema de distribución
medicamentos en Dosis Unitaria, se sigue teniendo en cuenta en
de medicamentos en dosis
este proceso
Unitaria.

Articulo 14. Protocolo Contendrá básicamente los siguientes aspectos:recepción de la


La presente resolución tiene para la distribución de orden,elaboración del perfil farmacoterapeutica, detección, identificación y
por objeto determinar los medicamentos mediante el resolución de problemas relacionados con medicamentos
criterios administrativos y sistema de dosis unitaria. PRM,preparación,transporte de la medicación y devoluciones.
técnicos generales del Modelo
de Gestión del Servicio
Farmacéutico y adoptar el Actividades previas. Comprensión de las especificaciones técnicas y
Manual de condiciones condiciones de almacenamiento de los medicamentos, verificación de
esenciales y procedimientos condiciones del área y material a utilizar
del Servicio Farmacéutico. Articulo 15. Protocolo
para el Reempaque y Actividades propias. Cada procedimiento contendrá de manera
Reenvase de sucesiva los distintos pasos que deben realizarse hasta llegar al
Medicamentos a través del resultado final, incluyendo los mecanismos de control y resolución de
Sistema de Dosis problemas que se presenten durante su desarrollo.
Uunitaria

Actividades posteriores. Deberán cumplir con criterios técnicos para el


retiro de materiales, limpieza, revisión de equipos y almacenamiento
de los medicamentos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 2200 de 2005, las IPS de baja
Artículo 16. Aplicacion complejidad podrán adoptar el Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria,
en cuyo caso, deberán someterse al cumplimiento pleno de las disposiciones que lo
discrecional
regulan. Estas instituciones, a través del Comité de Farmacia y Terapéutica, determinarán
los servicios, medicamentos y pacientes a los que debe aplicarse este Sistema.

Todo servicio farmacéutico, establecimiento


farmacéutico o persona autorizada, tendrá la
responsabilidad de desarrollar, implementar, 1. Estructura interna y las principales funciones.
Capitulo IV - Articulo Es una herramienta de gestión sistemática y transparente mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de 2. Usuarios, destinatarios o beneficiarios de los servicios que presta y el nivel de satisfacción acerca
17 Sistema de gestión que permite dirigir y evaluar el desempeño del servicio Gestión de la Calidad de conformidad con los de las funciones a cargo del servicio y la calidad del mismo.
de la calidad. farmacéutico, Decretos 2200 de 2005 y 1011 de 2006 3. Proveedores de materias primas, medicamentos y dispositivos médicos.
4. Procesos propios del servicio farmacéutico que se efectúen de acuerdo con los procedimientos
documentados, realizando el seguimiento, análisis y la medición de estos procesos.
Requisitos minimos: 5. Procesos estratégicos y críticos del servicio que resulten determinantes de la calidad, su secuencia
Dispondrá de mecanismos que permitan establecer la calidad e interacción, con base en criterios técnicos previamente definidos.
de las prestaciones brindadas a los usuarios, examinando los 6. Criterios y métodos necesarios para asegurar que estos procesos sean eficaces tanto en su
valores que tomen los indicadores de gestión contra las operación como en su control.
Articulo 18. Evalución necesidades de los usuarios.
7. Puntos de control sobre los riesgos de mayor probabilidad de ocurrencia o que generen un
del servicio impacto considerable en la satisfacción de las necesidades y expectativas de calidad de los
El servicio farmacéutico evaluará como mínimo los siguientes usuarios, beneficiarios o destinatarios. 8. Acciones
aspectos:1. Eficiencia, si el servicio se realizó de acuerdo a la necesarias para alcanzar los resultados planificados y la mejora continua de estos procesos.
mejor relación costo-resultados.2.Eficacia:si los resultados
previstos fueron alcanzados en términos de cantidad y
calidad.3. Efectividad: si los resultados fueron congruentes con
las demandas, apoyos y necesidades de los usuarios.

El servicio farmacéutico aplicará en forma efectiva los criterios,


Artículo 19. Mecanismos procedimientos y recursos necesarios para corregir los problemas que
de ajuste al servicio afecten cualquiera de los procesos. Cada servicio farmacéutico o
farmaceutico establecimiento farmacéutico escogerá el método que más se ajuste a
sus condiciones con el fin de resolverlos.

Las iIPS, construirán e implementarán el Sistema Institucional de Información,


en lo posible computarizado, sobre medicamentos y dispositivos médicos,
integrado al Sistema Institucional de Salud, Sistema Integral de Información
en Salud y Sistema General de Información Administrativa.

Articulo 20. Sistema de El Sistema de Información Institucional


Iinformación Institucional La información debe ser oportuna, completa, veraz y de calidad, sustentada
en evidencia científica comprobable, obtenida de sus propias fuentes o de del Servicio Farmacéutico estará bajo
sobre Medicamentos y la responsabilidad del director de dicho
Dispositivos Médicos fuentes científicas reconocidas
servicio.

La información puede ser solicitada por escrito, telefónicamente, por Internet


y demás medios técnica y legalmente viables. El servicio farmacéutico
ofrecerá la información generalmente por escrito y con la firma del responsable
de la misma

Este Sistema contendrá datos sobre los aspectos siguientes: Misión, visión, objetivos y
funciones del servicio farmacéutico. La organización del servicio farmacéutico,
ARTÍCULO 21. Contenido Existencia, conformación, funciones y manera de acceder a los comités, Representación
del sistema institucional de del Ministerio de la Protección Social, Desempeño del servicio farmacéutico ,
informacion sobre Prestaciones ofrecidas por el servicio farmacéutico institucional y la manera de acceder
medicamentos y DM a ellas. Mecanismos para verificación de ordenes médicas, Información sobre adquisición de
medicamentos, Estadísticas sobre eventos adversos, Manual de Medicamentos y Terapéutica
del SGSSS, Mecanismos de atención al usuario, Normatividad vigente para M y DM.

1.Superitendencia nacional de salud:Le correponde ejercer las funciones de inspeccion,


vigelancia y control, respecto al cumplimiento de las obligaciones legales del servcio
farmaceutico y las instituciones prestadras de servicios.
Capitulo VI: Ariticulo 22.
inspección, vigilancia y 2.Entidades territoriales de salud:Ejerce las funciones de inspeccion , vigilancia y control de
control. los servicios farmaceuticos de las instituciones prestadoras de servicios de salud, por lo cual
los aspectos son los siguientes:a. Servicios farmaceutico:Las instituciones prestadoras de
servicios de salud, verificando el cumplimiento de las condiciones esenciales, requisitos y
procedimientos establecidos.establecimiento farmaceutico,servicio farmaceutico,instituto
nacinal de vigilancia de medicamentos y alimentos invima, establecimiento farmaceutico.

La habilitación de servicios farmacéuticos. La habilitación que hagan las


entidades territoriales de salud del servicio farmacéutico de una IPS le autoriza
para la realización de todos los procesos propios de dicho servicio, con excepción
a cuya certificación corresponda al INVIMA.

Autorización a agencias de especialidades farmacéuticas, depósitos de


drogas, farmacia-droguería y droguería. La autorización que hagan las entidades
Articulo 23. Alcance de territoriales de salud a estos establecimientos farmacéuticos les permitirá realizar
las Autorizaciones. los procesos expresamente señalados para cada caso, de conformidad con lo servicio farmacéutico los faculta para realizar procesos especialmente autorizado. Las
previsto en el artículo 11 del Decreto 2200 de 2005, el Decreto 2330 de 2006, la preparaciones magistrales ajuste de concentración de medicamentos oncológicos y
presente resolución y el manual que adopta. demás medicamentos para cumplir con las dosis prescritas y para el proceso de
reempaque y reenvase de medicamentos para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios
en casos especiales, requieren de Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de
Elaboración otorgado por el INVIMA y el producto final no requiere de registro sanitario.
Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración. La expedición
del Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración expedido por
Los establecimientos farmacéuticos que se encarguen de realizar una o más actividades
el produce los efectos siguientes.
y/o procesos propios del servicio farmacéutico por cuenta de otra persona requieren del
Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración, expedido por el
INVIMA, para poder realizar las actividades y/o procesos específicos para los cuales
CAPITULO VII solicita la autorización. Estos establecimientos quedarán sometidos a la inspección,
Disposiciones Varias Las instituciones que prestan los servicios, deben planar el modo y manejo vigilancia y control del INVIMA.
Articulo 24 de las herramientas y los servicios que prestan por lo tanto, llevan a cabo el
Planeación proceso de planificación.

Los aspectos, actividades, procesos y procedimientos del servicio farmacéutico que La destrucción y desnaturalización de
Artículo 25. Aspectos y no se encuentren específicamente reglamentados, se regirán por los estándares medicamentos se regirán por el manual
actividades no aceptados por la ciencia farmacéutica en el ámbito de organizaciones de la salud adoptado mediante la Resolución No. 1164
reglamentados. reconocidas internacionalmente, el Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de 2002 del Ministerio de Medio Ambiente
o en farmacopeas oficialmente adoptadas en Colombia. o las normas que la modifiquen, adicionen o
sustituyan.

La persona autorizada realiza el inorme del retiro.

Se debe tener cuidado con este proceso , es El proceo se


Articulo 26.Retiro de importante e indispensable, este proceso se realiza realiza de la La persona autorizada informara a los clientes, la
productos del mercado hunto con el INVIMA- instituto nacional de vigilancia de siguiente decisión que se ha tomado con el producto
mediamentos y Aimentos. Manera:

El producto se colocara en aislamiento , se retira de


Las IPS que al momento de entrar en vigencia la presente resolución y el lugares de exhibición, motradores etc
manual que adopta cuenten con servicios farmacéuticos habilitados donde
se realicen Procesos especiales, a partir del 1 de enero de 2009 requieren del
Artículo 27. Transitoriedad Certificado de Cumplimiento de BPM otorgado por el INVIMA para poder
seguir realizándolas. Quien no cuente con este certificado serán objeto de la Se realizara respectivo informe del proceso, donde se debe
aplicación del régimen de control y vigilancia sanitaria y de las sanciones colocar la cantidad de productos entregadas al distribuidor,
correspondientes. que cantidad se retiro, entregarla a la entidad sanitaria
respectiva.

Adoptase el manual de condicones esenciales y procedimientos para


Artículo 28. Adopción del el servicio farmaceutico que se anexa a la presente resolucion, el
manual Periodicamente se debe realizar revisión y evaluación del
cual forma parte integral de la misma.
sitema de retiro de medicamentos y dispositivos medicos,
que no cumplan con las normas de calidad.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y


Artículo 29. Vigencia
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Titulo 1: Esenciales del a. Determinar las condiciones esenciales para la
servicio farmaceutico: El prensete manual prestacion de las actividades y/o procesos
Objeto del tiene como
Capitulo I, Dispositivos propias del servicio farmaceutico en colombia.b.
manual: objetivos: Establecer los procedimientos para cada uno de a. Disponer de una infraestructura fisica de
generales:
los procesos del servcio farmaceutico. acuerdo con su grado de complejidad,
numero de actividades y/o procesos que se
realicen y personas que laboren.
El servicio farmaceutico contara con una estructura que permita el Todos servicio
Estructura del servicio cumplimiento efectivo de sus objetivos, desarrollando los criterios de farmaceutico debera Contar con una dotacion, constituida por
farmaceutico: responsabilidad por los resultados de los procesos y colaboracion cumplir, como minimo, con euipos, instrumentos, biblografia y
entre los miembros. los siguientes requisitos. materiales.

El servicio farmacéutico puede ser prestado por las IPSa sus pacientes Disponer de un recuerso humano idoneo y
Servicio farmaceutico internos, denominándose ?servicio farmacéutico hospitalario?, o puede suficiente para el cumplimineto de las
hospitalario y ambulatorio ser prestado por las IPS o establecimientos farmacéuticos a pacientes no actividades y/o procesos que realice.
internos, denominándose en este caso ?servicio farmacéutico
ambulatorio?.

Las IPS ofrecerán a sus pacientes internos (hospitalizados), los El contratista prestará Las autoridades que habiliten o certifiquen una actividad y/o
servicios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos servicios desde el proceso verificarán la legalidad de la documentación y el
que requieran y deberán declararlo. La prestación puede ser interior de la Institución cumplimiento permanente de las condiciones esenciales,
propia o contratada. requisitos y procedimientos obligatorios por parte del contratista

La habilitación que hagan las entidades territoriales de salud del En casos especiales, Las preparaciones magistrales y los medicamentos reempacados y/o
SF de una Institución Prestadora de Servicios de Salud le autoriza requieren del Certificado de reenvasados para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en
Capitulo II Servicio
para la realización de todos los procesos propios de dicho Cumplimiento de Buenas casos especiales que se elaboren en el servicio farmacéutico de
Farmacéutico Hospitalario
servicio, incluida la prestación de la atención farmacéutica para Prácticas de Elaboración, una IPS, podrán ser comercializadas con otras Instituciones
los pacientes o grupos de pacientes que la requieran. expedido por el INVIMA Prestadoras de Servicios de Salud.

El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención


de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud
impone la obligación de contar con un servicio farmacéutico a
ciertos servicios clínicos.
Los pisos paredes y techos deben contar con drenaje que permita su fácil limpieza y sanitización. resistentes a
Los locales deben contar con área física factores ambientales como humedad y temperatura. La iluminación debe ser natural o artificial que permita la
Condiciones exclusiva, independiente, de circulación adecuada identificación de M Y DM, instalaciones eléctricas seguras, Debe tener un sistema de ventilación natural
locativas y/o artificial que garantice la conservación adecuada de los M y DM, para condiciones de control de humedad y
restringida, segura y permanecer limpios y temperatura se utilizan termómetros, higrómetros u otros instrumentos, el almacenamiento de M y DM se hará
1. Infraestructura fisica. El ordenados. siempre garantizando el orden, minimizando los eventos de confusión, perdida o vencimiento y el lote más próximo a
servicio en la IPS estara vencer sea el primero en salir.
ubicado en una area de
Las áreas para el almacenamiento de Administrativa, recepcion de M y DM, cuarentena de M, almacenamiento,
facil acceso
medicamentos y dispositivos médicos almacenamieento de medicamentos de control especial, dispensacion, Área
Áreas deben ser independientes, diferenciadas y baja debidamente identificada para M que deben ser destruidos o desnaturalizados,
señalizadas, con condiciones ambientales, El servicio complejidad por vencimiento o deterioro. almacenamiento de productos rechazados, devueltos y
farmacéutico retirados del mercado.Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con
temperatura y humedad relativa controladas. hospitalario cuenta la reglamentación vigente.
con areas
determinadas
De acuerdo con su grado de complejidad, estara dotado de los dependiendo de su
complejidad A demás de las áreas determinadas para el servicio farmacéutico hospitalario de baja
euipos;instrumentos;materiales;literatura cientifica disponibles
2. Dotación del servicio complejidad: Área independiente y diferenciada para la elaboración de una o
aceptada internacinalmente, lo cual es necesaria para el mediana y alta
farmaceutico hospitalario. varias preparaciones magistrales, Varias preparaciones magistrales pueden
cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos complejidad elaborarse en una misma área, siempre que tengan similar naturaleza y se cuente con
realizados.
la dotación necesaria. La elaboración y/o adecuación de productos estériles requiere
de área exclusiva.
Invitacion a reuniones.El comote deberia invitar a un
Calidad del recurso humano: contara con personal de las calidades señaladas representante de los usuarios del servico farmacutico,
en la normatividad vigente para el ejercicio de sus fuentes y en numero que en el que debera tener la condicion profesional titulado
3. Recursos humano del del area de la salud.
garantice el cumplimiento de los procesos. Da direccion del servicio farmaceutico
servicio farmaceutico
hospitalario se ejerce: a. alta y mediana :estara dirigido por el quimico
hospitalario. Periodicidad de reuniones:El comite de farmacia y
farmaceutico.b. baja :estara dirigido por el regente de farmacia y el quimico
farmaceutico. terapeutica definira la frecuencia con que debe
reunirse, pero en todo caso, esto debera ocurrir por lo
Integración: a. el director o gerente de la institucion o su menos una vez al mes.
Todas las instituciones prestadoras de servicio de salud deberan poner en delegado.b.El subdirector del area cientificamente medica o quien
4.Comite de farmacia y fuencionamiento el comite de farmacia y teraéutica, entendiendose como tal el haga sus veces.c. El director del servicio farmaceutico. e. Un
terapeutica. Funciones del comite de farmacia y terapeutica:a.
grupo de caracter permanente. representante de la especialidad medica respectiva. f. Un formular las politicas sobre medicamentos y
representante del area administrativa y fianciara dispositivos medicos, con la prescripcion, dispensacion,
administración, sistemas de distribución uso y control
Cuando las necesidades del servicio lo exijan, se etc.
El Servicio Farmacéutico Hospitalario funcionará prestará el servicio farmacéutico hospitalario nocturno,
No podra ser
diariamente en un horario adecuado para debiendo contarse con la presencia permanente del Conceptuar sobre las guias de manejo, para el
inferior a 8
satisfacer la demanda de servicios de los usuarios, director del servicio, o de una persona debidamente tratamiento patologias. Coordinar con el comite de
horas diarias
beneficiarios o destinatarios. entrenada encargada por éste, bajo su infecciones de la institucion prestadora de servicios de
5. Horarios de atención del
responsabilidad. salud el impacto. recolectar y analizar los datos
Servicio Farmacéutico
enviados por el servicio farmaceutico sobre la
Hospitalario
En todo caso, se garantizará el acceso a sospecha de la existencia de eventos adversos o
El horario de atención al público cualquier otro problema.
medicamentos y dispositivos médicos mediante
debe estar visible en la parte
reservas controladas, las que quedarán bajo la
externa del servicio.
responsabilidad del servicio de enfermería.

Cuando el servicio farmacéutico ambulatorio opere en instalaciones separadas


del servicio farmacéutico hospitalario, cumplirá básicamente con las En ningún caso las IPS suministrarán a sus pacientes
condiciones establecidas en el numeral 1, Capítulo II, Título I, del presente ambulatorios medicamentos y dispositivos médicos en
Manual y las áreas serán las señaladas en el numeral 1.2, de los mismos, lugares distantes del consultorio donde se realizó la
Capítulo III Servicio pudiendo vender al detal medicamentos y dispositivos médicos al público en consulta ni de difícil acceso ni peligrosos.
Farmacéutico Ambulatorio general.
1. Servicio Farmacéutico
Ambulatorio de las IPS .La instalaciones separadas estará a cargo del director del servicio farmacéutico Las IPS que contraten el suministro de medicamentos y dispositivos médicos a sus pacientes
hospitalario o del recurso humano autorizado por la normatividad, según el ambulatorios, deberán tener en cuenta las disposiciones contenidas en los numerales 1.4 y 2.3 del
grado de complejidad de las actividades y/o procesos que se realicen. Cada uno Capítulo V y 2 del Capítulo VI, Título I, del presente Manual, respectivamente. No se podrán
de estos servicios será declarado por la IPS a la entidad territorial de salud al vender al público en general medicamentos y dispositivos médicos cuando el servicio se
momento de la habilitación o como novedad. preste en local ubicado en el interior de la institución de salud.

Los servicios relacionados con los medicamentos que se ofrezcan en la El director del servicio farmacéutico de la IPS, o la persona que actúe bajo su
atención domiciliaria estarán a cargo del director del servicio farmacéutico de la dirección, será el responsable de proporcionar al paciente y sus familiares la
institución oferente, debiendo cumplir con las condiciones y requisitos información referente a condiciones de almacenamiento, posibles riesgos de
establecidos para cada una de las actividades y/o procesos que se presten contaminación y manejo de residuos, entre otros aspectos de los medicamentos y
dispositivos médicos.
1.1 Atención domiciliaria
las preparaciones magistrales, concentraciones, dosis unitarias, entre otros Cuando la prestación de la atención domiciliaria esté a cargo de un
deberán ser elaboradas y/o adecuadas en el servicio farmacéutico, o en el establecimiento farmacéutico autorizado específicamente para tal fin, por la
establecimiento farmacéutico autorizado, y trasportados al domicilio del entidad territorial de salud correspondiente, la dirección estará a cargo de un
paciente. Estas actividades y/o procesos se someterán a las disposiciones Químico Farmacéutico o Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
que regulan a cada una de ellos.

1.2 Dirección de la red de Un Químico Farmacéutico podrá coordinar dentro de la red de su IPS un Cada uno de los cinco servicios estará dirigido por un
servicios farmacéuticos número máximo de cinco (5) servicios farmacéuticos ambulatorios donde
Tecnólogo en Regencia de Farmacia
ambulatorios haya dispensación de medicamentos

1.3 Comercialización de
medicamentos y Las IPS podrán vender al detal medicamentos y dispositivos médicos a sus También podrán vender al detal a sus pacientes ambulatorios, sin necesidad
dispositivos médicos en pacientes ambulatorios, sin perjuicio del servicio prestado a sus pacientes de Certificado de Capacidad de Almacenamiento y Acondicionamiento, los
instituciones prestadoras hospitalizados y a los pacientes de IPS y afiliados a las Empresas dispositivos médicos que comercialicen. La capacidad para almacenarlos
de servicios de salud Administradoras de Planes de Beneficios con las que hayan suscrito contratos. será verificada por la entidad territorial de salud al momento de la autorización

Se considera establecimiento farmacéutico a todo establecimiento dedicado Establecimiento son los laboratorios farmacéuticos, Agencias
a la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, farmaceutico mayorista de Especialidades Farmacéuticas y los
control o aseguramiento de la calidad de los medicamentos, dispositivos Depósitos de Drogas.
médicos o de las materias primas necesarias para su elaboración y demás
productos autorizados por ley para la comercialización en dicho Establecimiento son la Farmacia-Droguería y la
establecimiento. farmaceutico minorista Droguería.
2. Establecimientos
farmaceuticos para la apertura o traslado de establecimientos farmacéuticos minoristas se debera contar
Todo establecimiento farmacéutico deberá contar con una infraestructura con los sigueintes criterios: Medición, Presentación de certificación.
física, de acuerdo con el grado de complejidad, número de actividades y/o
procesos que se realicen y personas que laboren?con una dotación, Para Cambios y/o modificaciones de algunos aspectos, La adquisición, venta y
Manual de Condiciones constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios cambio de nombre o dirección de los establecimientos farmacéuticos, se debera
1403. para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se informar a la entidad territorial durante los 15 dias habiles siguientes.
realizan en cada una de sus áreas? y, disponer de un recurso humano
idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice. Los establecimientos farmacéuticos se someterán a normas específicas de acuerdo con
las actividades y/o procesos que se realicen

Condiciones de infraestructura fisica:Contaran basicamente con una


Objetivo del manual de Agentes de especialidades farmaceutica:Son infraestructura fisica con las condiciones locativas.Direccion ténica:Estaran
condiciones: Capitulo IV: los establecimiento comerciales dedicados dirigidas por el quimico farmaceutico, son responsables directa o
Determinar las Estableciemiento exclusivamente a la venta al por mayor de indirectamente de todo el proceso de registro sanitario y/o que tengan
condiciones esenciales farmaceuticos mayoristas. medicamentos, dispositivos medicos y secciones de acondicionamiento, primario y/o secundario que tengan
para prestación de las productos autorizados. secciones nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA.
actividades
Los Depósitos de Drogas contarán básicamente con una infraestructura
2.1 Condiciones de
física de acuerdo con las condiciones establecidas en el Numeral 1.1,
infraestructura física
Capítulo II, Título I, del presente Manual.

Los Depósitos de Drogas deberán contar básicamente con las siguientes áreas: Área
administrativa debidamente delimitada; Área de recepción; Área de cuarentena de
medicamentos; Área adecuada para almacenamiento para medicamentos,
Los Depósitos de Drogas son los medicamentos de control especial, materias primas y medicamentos que requieran
establecimientos comerciales dedicados 2.2 Áreas cadena de frío para su conservación; Área debidamente identificada para el
exclusivamente a la venta al por mayor de almacenamiento de medicamentos que deben ser destruidos o desnaturalizados; Área
medicamentos, dispositivos médicos y destinada para el almacenamiento de productos rechazados; Área de alistamiento y
2. Depósito de Drogas productos autorizados y deberán cumplir con despacho; Área independiente de reenvase de materia prima en caso de realizarlo; Área
las disposiciones establecidas en el artículo 11 para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la reglamentación vigente.
del Decreto 2200 de 2005, el presente Manual y
la resolución que lo adopta y demás normas 2.3 Dirección Los Depósitos de Drogas estarán dirigidos por un Químico Farmacéutico o un
que los modifiquen Técnica Tecnólogo en Regencia de Farmacia, sin embargo, aquel donde se realice el re- envase
de materias primas estará bajo la dirección exclusiva de un Químico Farmacéutico.

Los Depósitos de Drogas que tengan sección de reenvase de materias primas


2.4 Protocolos. contarán con los protocolos señalados en el artículo 10° de la presente resolución, con
excepción de los indicados en los numerales 1, 5, 6 y 10 del citado artículo

Los Depósitos de Drogas no podrán elaborar, transformar o reenvasar ningún


2.5 Prohibiciones de
medicamento, ni vender al detal medicamentos, dispositivos médicos ni los productos que
ciertas actividades
comercializa, tampoco podrá dispensarlos a los pacientes afiliados a un Empresa
relacionadas con los
Administradora de Planes de Beneficios o atendidos por IPS, en desarrollo de
medicamentos
contratos de suministros.

Medicamentos, alopáticos, homeopáticos, fitoterapéuticos incluidas las


es el establecimiento farmacéutico dedicado a
preparaciones magistrales de estos. Suplementos dietarios.Cosméticos y
la elaboración de preparaciones magistrales y Productos
similares. Productos no contaminantes. Productos no riesgosos para la
a la venta al detal de medicamentos alopáticos, Este establecimiento farmacéutico vida de los usuarios.
homeopáticos, fitoterapéuticos, dispositivos puede vender al detal los productos
médicos, suplementos dietarios, cosméticos, y realizar los procedimientos que se
productos de tocador, higiénicos y productos señalan a continuación Este establecimiento sólo puede prestar los servicios inherentes a los
que no produzcan contaminación o pongan en Procedimientos procesos del servicio farmacéutico que según la normatividad vigente
riesgo la salud de los usuarios pueden realizar. Por razones de salud pública 1 . Inyectología.
2. Monitoreo de glicemia con equipo por punción.
CAPÍTULO V 1.1.2. Áreas: la farmacia dogeria debe contar las
Establecimientos siguinete áreas: a) Área administrativa, debidamente delimitada.
farmaceuticos minoristas b) Área especial para la elaboración de preparaciones magistrales, que garantice las buenas prácticas
1. Farmacia - Drogueria del proceso.
Infraestructura física
c) Área de recepción y almacenamiento provisional de medicamentes, dispositivos médicos, productos
de la
Farmacia-Droguería autorizados y materia prima.
1.1.3.Undad Sanitaria: La unidad sanitaria debe tener d) Área para el almacenamiento de las materias primas.
por cada 15 personas que labore en el sitio. e) Área para el almacenamiento de medicamentes y dispositivos médicos.
f) Área para el almacenamiento de productos autorizados, independiente y separada del área de
almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
g) Área independiente y segura para el almacenamiento de medicamentos de control especial.
Process
h) Área especial, debidamente identificada, para el almacenamiento transitorio de los medicamentos
1.2 Metodos de registro y referenciasbibliograficas: se recomienrdan medio preferiblemente computarizados, vencidos o deteriorados, que deban ser técnicamente destruidos o desnaturalizados.
registra : registrar la comercialización de medicamentos y dispositivos médicos? los medicamentos de control i) Área para el almacenamiento de medicamentos fitoterapéuticos, cuando éstos se vendan al detal al
especial, de acuerdo con la normatividad sobre la materia?registrar los componentes de las fórmulas público. Process
prescritas por el médico cuando se elaboren preparaciones magistrales?registrar los demás productos quelo j) Área de dispensación de medicamentos y entrega de dispositivos médicos y productos autorizados.
requieran. Dispondrá de literatura científica disponible y aceptada internacionalmente? referencias k) Área de cuarentena de medicamentos, en ella también se podrán almacenar de manera transitoria
bibliográficas actualizadas y confiables sobre farmacología y farmacoterapia y la(s) farmacopea(s) que los productos retirados del mercado.
sirva(n) de base a los procedimientos sobre preparaciones magistrales. l) Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la normatividad vigente.

1.3. información de medicamentos: Deberá ofrecer a los pacientes y a la comunidad información oportuna,
completa, veraz, independiente y de calidad, sustentada en evidencia científica, sobre el uso adecuado de
medicamentos y dispositivos médicos. 1.6.4. Prohibiciones:
En ningún caso reemplazan las pruebas que se realizan en el
laboratorio clínico y tampoco servirá para cambio de tratamiento sin
Estipulaciones:
previa autorización del médico tratante.
Dirrección técnica: Sera ejercidad por el Qupimico farmaceutico, cuando est en el primer nivel de atención puede estar a cargo
del Tecnologo en regencia de Farmacia.
Procesos permitidos:preparaciones magistrales con las limitaciones establecidas en el presente Manual y los generales de
selección, adquisición, recepción técnica y almacenamiento, distribución y/o dispensación de dispositivos médicos y
medicamentos del Plan Obligatorio de Salud (POS) o de los medicamentos no POS autorizados por el Comité Técnico
Científico de la Empresa Administradora de Planes de Beneficio a sus afiliados. 1.5.1 Infraestructura y dotación Estos establecimientos cumplirán
Ofrecimiento de información: la obligación de ofrecer información sobre uso adecuado de los medicamentos y con las siguientes condiciones esenciales:
dispositivos médicos a los usuarios, beneficiario, destinatario, autoridades y comunidad en general. a) Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la
Participación en progrmas: El programa de uso adecuado de medicamentos, fármaco- vigilancia, uso de privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, que
cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio cercano.
antibióticos, promoción en salud, prevención de enfermedades
b) Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar.
c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas.
d) Tener toallas desechables.
1.5 Procedimiento de inyectología en Farmacia-Droguería: La Farmacia-droguería podrá ofrecer al e) Contar con los demás materiales y dotación necesaria para el
público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes: procedimiento de inyectología.

1.6. Procedimientos de monitoreo de glecemia con equipo punción:La farmacia-drogueria que ofrezca de inyectología, tambien
podrá ofrecer al público el procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción siempre y cuando el director técnico sea
1.5.2 Recurso humano quimico farmaceutico o técnologo de regencia de farmacia. 1.6.1 Infraestructura y dotación:Estos establecimientos cumplirán con las
El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y siguientes condiciones esenciales: a)Contar con una área especial e independiente, debidamente doatada que ofrezca la privacidad y
entrenamiento que lo autorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. comodidad para el paciente y para que quien aplique la prueba. b) Contar con un equipo con registro sanitario del instituto nacional de
1.5.3 Normas de procedimientos vigilancia y control.d)Conservar la fecha de vencimiento vigente de las tiiras reactivas y las condiciones de almacenamiento.e) Contar
con un lavamanos, en el mismo sitio o en sitio cercano. f) Tener toallas desechables y recipiente algodonero. g) Contar con materiales y
Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bio- seguridad, manejo de demás dotáción necesaria para el procedimiento. h) Contar con un libro de registro diario de pacientes.I) Entregar los resultados al
residuos y manual de procedimientos técnicos. pacientes en forma escrita con el nombre de la persona que realizo el proceso. J) Mantener los registro en en archivos, durante el tiempo
1.5.4 Prohibiciones contemplado en la normatividad vigente.
No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.
1.5.5 Solicitud de la prescripción médica 1.6.2.Recurso humano:Tanto el director técnico del establecimiento farmaceutico, como la persona encargada de realizar el
La Farmacia-Droguería solicitará la prescripción médica indispensable para la administración de procedimientos de monitoreo deberán estar suficiente entrenados y haber recibido claras instrucciones por parte del fabricante o
distribuidor.
cualquier medicamento por vía intramuscular.
1.6.3. Normas de procedimientos:Deberán contar y cumplir con las normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad,
1.7 Horarios de atención de la Farmacia-Droguería manejo dde residuos y manual de procedimientos técnicos.
Estos Establecimientos debrean cumplir 8 horas no podran ser menos de 8 horas, Sin embargo, podrán prestar
servicio nocturno, debiendo contar con la presencia permanente de su director técnico o de un trabajador de la
misma, debidamente capacitado y entrenado.El horario al publico debera estar en la parte externa del
establecimiento.

DROGUERIA La droguería es el establecimiento farmacéutico dedicado a la venta al detal de productos enunciados


y con los mismos requisitos contemplados para la Farmacia-Droguería, a excepción de la elaboración
de preparaciones magistrales
Productos:
Inyectología 1. Los medicamentos alopáticos, homeopáticos, fitoterapéuticos, excluidas las preparaciones magistrales.
2. Dispositivos médicos.
Procedimientos:
3. Suplementos dietarios. Los productos que tengan estas características de acuerdo con la normatividad nacional
Monitoreo de glicemia con equipo por punción. vigente.
4. Cosméticos y similares. Cosméticos, productos de tocador e higiénicos.
5. Productos no contaminantes. Productos que no produzcan contaminación al medio ambiente, a las personas
2.1.Infraestructura: La dogueria tendra las que laboran o los usuarios o los demás productos que se comercializan en el establecimiento.
mismas disposiciones del establecimiento atenrior. 6. Productos no riesgosos para la vida de los usuarios.

2.2 Cumplimiento de otras condiciones:


a) Medios de registro y bibliografía, con excepción de aquellos relacionados
directamente con las preparaciones magistrales.
b) Información sobre medicamentos
c) Procedimientos de inyectología y de monitoreo de glicemia con equipo por punción.
d) Horarios de atención.

Dirreción técnica: Sera por el Químico Frmaceutico segun el nivel de complejidad del establecimiento o en
conjunto con el regente en farmacia o si es de baja complejidad por el tecnologo en rgencia de farmacia.
Procesos permitidos:Realiza preocesos generales estblecidos en la norma, junto con inyectología si cuenta
con los requisistos que exige la norma para habiliatra el servicio.
Ofrecimiento de información: Debera brindar información veraz, sobre los medicanmetos a dispensar y
dispositivos medicos.
Participación de programas:En capacitaciones y programas realcionados con la prestación del servicio.

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