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PERMISO DE DISTRIBUCIÓN POR

MEDIOS DISTINTOS A DUCTO DE PETROLÍFEROS


Núm. PL/92013/DIS/OM/2015

Este Permiso definitivo de distribución por medios distintos a ducto de petrolíferos


autoriza a MARINOIL SERVICIOS MARÍTIMOS, S.A. DE C.V., para realizar la actividad
de distribución de conformidad con la Resolución Núm. RES/814/2015 emitida por esta
Comisión Reguladora de Energía el 26 de noviembre de 2015, mismo que estará sujeto
al cumplimiento y observancia de los derechos y las obligaciones establecidos en las
siguientes:

CONDICIONES

1. Objeto de Prestación de servicio de distribución por medios distintos a ducto de


Permiso y petrolíferos, con una vigencia de 30 años contada a partir de la fecha
vigencia de su otorgamiento, y podrá darse por terminada por la actualización
de cualquiera de las causas establecidas en el artículo 54 de la LH.
2. Disposiciones La actividad autorizada se sujetará a lo previsto en la LORCME, la
Jurídicas LH, el Reglamento, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad
Aplicables Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector
Hidrocarburos y su Reglamento, a las disposiciones que emanen de
dichos ordenamientos, así como a las demás normas que por su
propia naturaleza le sean aplicables.
3. Descripción del Consiste en la prestación del servicio de distribución por medios
sistema, destinos distintos a ducto de petrolíferos para los destinos en muelles y
e inversión terminales marítimas de los puertos de Altamira y Tampico,
Tamaulipas., Tuxpan, Veracruz y Coatzacoalcos, Veracruz, Dos
Bocas, Tabasco, Ciudad del Carmen, Campeche, Progreso,
Yucatán, Salina Cruz, Oaxaca, Lázaro Cárdenas, Michoacán,
Acapulco, Guerrero, Puerto Vallarta, Jalisco, Manzanillo, Colima,
Mazatlán y Topolobampo, Sinaloa, Guaymas Sonora, así como sus
fondeaderos y zonas mar adentro de los litorales del golfo de México
y Océano Pacifico.

El servicio de distribución cuenta con cinco buque-tanques con una


capacidad de diseño total de 4,846,000 litros. El servicio de
distribución cuenta con flotilla propia para realizar la distribución. Las
especificaciones técnicas de la flotilla, así como de los buque-
tanques se muestra en el Anexo 1. Asimismo, el servicio de
distribución por medios distintos a ducto de petrolíferos considera
una inversión de $42,818,648.64 pesos.
4. Inicio de El Permisionario inicio operaciones desde el 02/07/2002.
operaciones
5. Estructura El Permisionario es una sociedad mercantil constituida de
accionaria y de conformidad con la legislación mexicana, y cuenta con una estructura
capital social accionaria y de capital como se muestra en el Anexo 2, que forma
parte integrante del Permiso como si a la letra se insertase.

6. Integración Con objeto de promover el desarrollo eficiente de mercados


vertical y control competitivos de petrolíferos, esta Comisión podrá solicitar al
corporativo Permisionario que realice, en su caso, la separación legal, funcional,

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contable u operativa entre las actividades permisionadas, y demás
acciones a que hace referencia el artículo 83 de la LH y las
disposiciones administrativas de carácter general que expida esta
Comisión.
7. Responsabilidad La operación del sistema de distribución, en su caso, será
en cuanto al responsabilidad del Permisionario, quien en todo tiempo será
operador del responsable del cumplimiento de las obligaciones inherentes a la
sistema de prestación de los servicios de distribución, así como de las
distribución condiciones técnicas y de seguridad que establezca la autoridad
competente, por lo que queda obligado, en su caso, a designar en
todo momento a los operadores que cumplan con las características
y requisitos técnicos necesarios para operar objeto del presente
permiso.
8. Obligaciones El Permisionario, además de las obligaciones señaladas en el
generales artículo 84 de la LH, deberá:
I. Contratar y mantener vigentes los seguros por daños, incluyendo
aquellos para cubrir daños a terceros, de conformidad con la
regulación que emita la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y
de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Agencia)
en materia de análisis de riesgo, para el periodo de operación y
mantenimiento.
II. Realizar la medición sobre el volumen y especificaciones de
petrolíferos recibido y entregado, de conformidad con la normatividad
vigente.
III. Realizar la actividad de distribución de petrolíferos de procedencia
lícita, para lo cual deberá marcar o trazar el producto, en su caso, de
conformidad con las disposiciones que para ello emita la Comisión.
IV. Proporcionar el auxilio que le sea requerido por las autoridades
competentes en caso de emergencia o siniestro; grave alteración del
orden público o cuando se prevea un peligro inminente para la
seguridad nacional.
V. Entregar la información que refiere el “Formato de Obligaciones”
publicado en la página electrónica www.cre.gob.mx de esta
Comisión, en los plazos ahí señalados, de conformidad con el artículo
58 del Reglamento, y
VI. Cumplir con la regulación y con las disposiciones administrativas de
carácter general que esta Comisión emita con el propósito de regular
la actividad de transporte, en su caso, de conformidad con la LH, el
Reglamento y demás disposiciones aplicables.
9. Transacciones El Permisionario, de conformidad con el artículo 84 de la LH y de los
comerciales artículos 58 y 88 del Reglamento deberá dar cumplimiento a los
procedimientos de registro de pedidos en la plataforma de Registro
de Transacciones Comerciales, que en su momento ponga a
disposición esta Comisión, con el objeto de registrar volúmenes
manejados, calidad, precios aplicados, e ingresos, para efectos de
contar con un registro estadístico de las transacciones comerciales y
supervisar las entradas y salidas de los petrolíferos en los sistemas
permisionados, así como la evolución de los mercados.
10. Domicilio para oír Los domicilios del Permisionario para oír y recibir notificaciones, así

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y recibir como para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el
documentos y presente Permiso serán los ubicados en: i) Raúl Sandoval No. 24,
notificaciones. Circuito Ingenieros, Cd. Satélite, Naucalpan de Juárez, Estado de
México, CP. 53100, ii) Carretera Tampico-Valles Km. 4.5 Col.
Moralillo, Pánuco, Veracruz, C.P. 92018, mismos que deberán estar
actualizados ante esta Comisión.
11. Entrega de i. Entregar la información que acredite la contratación y vigencia de
información a un los seguros.
mes del
otorgamiento
12. Cesiones del Las cesiones del Permiso deberán tramitarse a través de una
Permiso solicitud de modificación de Permiso, de conformidad con el artículo
53 de la LH y 49 del Reglamento.
13. Otorgamiento El presente permiso se otorga sin perjuicio del cumplimiento de las
obligaciones o la obtención de las autorizaciones o permisos
establecidos por otras autoridades federales o locales; sin embargo,
para poder realizar la actividad permisionada será necesario cumplir
con dichas obligaciones u obtener las referidas autorizaciones o
permisos.

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ANEXO

LISTADO DE UNIDADES

AUTOTANQUES SEMIRREMOLQUES O CARROTOLVA BUQUETANQUES

Permiso/registro de la Permisos y registros de la Permisos y registros de la


Número Número Listado y tipo de remolques, y Capacidad del semirremolque Número Capacidad del buquetanque Punto de partida en territorio Punto de llegada en territorio
Listado y tipo de vehículo Secretaría de Comunicaciones Número de circulación Número de matrícula Capacidad del tanque (litros) Número de serie de la unidad Secretaría de Comunicaciones Número de circulación Número de matrícula Número de serie de la unidad Listado y tipo de buquetanques Secretaría de Comunicaciones Número de matrícula
consecutivo consecutivo en su caso de tractocamiones (litros) consecutivo (litros) nacional del buquetanque nacional del buquetanque
y Transportes (SCT) y Transportes (SCT) y Transportes (SCT)
TAMPICO, TAMPS., Y ALTAMIRA, TAMPS.,
1 AUTOTANQUE 02032005280955310 0175287 635DS4 20,000.00 3GBP7H1C41M107430 1 SEMIREMOLQUE 28032008280446961 0636855 786UA6 32,000.00 3H9TA094XBR075084 1 BARCAZA TANQUE MARINOIL 01 1208 2804391222-4 1,760,000.00 COATZACOALCOS, VER. TUXPAN, VERACRUZ,
2860MSM2205201223030100 TAMPICO, TAMPS., Y ALTAMIRA, TAMPS.,
2 AUTOTANQUE 8 1247580 133AU1 20,000.00 3ALHCYDJ2CDBK2101 2 SEMIREMOLQUE 28032008280446900 0636856 787UA6 32,000.00 3R9TA0943BRO75086 2 BUQUE TANQUE MARINOIL 02 1385 2804473322-2 1,078,000.00 COATZACOALCOS, VER. TUXPAN, VERACRUZ,
TAMPICO, TAMPS., Y ALTAMIRA, TAMPS.,
3 3 SEMIREMOLQUE 29032006281153300 1114479 152VZ2 31,000.00 3T9TA32247T062275 3 BARCAZA TANQUE MARINOIL 03 1453 2804480132-8 1,680,000.00 COATZACOALCOS, VER. TUXPAN, VERACRUZ,
TAMPICO, TAMPS., Y ALTAMIRA, TAMPS.,
4 4 SEMIREMOLQUE 29032006281153300 1114478 151VZ1 31,000.00 3T9TA32227T062274 4 BUQUE REMOLCADOR KAYO 1207 2804391125-4 50,000.00 COATZACOALCOS, VER. TUXPAN, VERACRUZ,
TAMPICO, TAMPS., Y ALTAMIRA, TAMPS.,
5 5 SEMIREMOLQUE 12032008281244062 0816111 091UE1 31,000.00 3TTTA31218T000474 5 BUQUE REMOLCADOR CHAMPAYAN 1600 28044499922-2 250,000.00 COATZACOALCOS, VER. TUXPAN, VERACRUZ,

6 6 SEMIREMOLQUE 12032008281244100 0816112 092UE1 31,000.00 3TTTA312X8T000473 6

7 7 TRACTOCAMION 29032006281153300 1114287 592DS5 3HSCEAPT37N441604 7

8 8 TRACTOCAMION 28032008280446961 0636854 329DS6 3AKJA6BG68DZ46100 8


9 9 TRACTOCAMION 16032008281253626 0816138 655DS6 3AKJA6BG78DAC6037 9
ANEXO

ESTRUCTURA DE LA EMPRESA

Nombre y participación de los socios o accionistas

Nombre
% de participación

CARMEN JULIA MUÑOZ LÓPEZ

24%

OSCAR ROJAS SANCHEZ

26%

JUAN DE DIOS ANDA ORTEGA


25%

ROBERTO HERNANDEZ PEREZ


17%

HERIBERTO RITO CASAS BENAVIDEZ

5%

EDSON GARCÍA MUÑOZ


3%
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Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2015.

El presente acto administrativo se emite de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo A/037/2015 y ha sido firmado mediante el
uso de la firma electrónica avanzada del servidor público competente, amparada por un certificado vigente a la fecha de su
elaboración; y es válido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 10 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, y el
artículo 12 de su Reglamento.

Ing. Luis Alonso Marcos González de Alba


Secretario Ejecutivo

La integridad y autoría de la versión electrónica de la presente Resolución,


se podrá comprobar a través de la liga que se encuentra de bajo del QR.

De igual manera, podrá verificar el documento electrónico por medio del


código QR para lo cual, se recomienda descargar una aplicación de
lectura de éste tipo de códigos a su dispositivo móvil.

http://validacion.cre.gob.mx/ea7d6f10-f92a-43ad-b23f-dd58ba4d9951.pdf

Digitally signed by LUIS ALONSO MARCOS GONZALEZ DE ALBA


Reason: Título de Permiso PL/92013/DIS/OM/2015
Location: Blvrd. Adolfo López Mateos 172, Merced Gómez, Del. Benito Juárez, C.P. 03930, Ciudad de México

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