Government">
Grupo 7 Analisis Del Expediente
Grupo 7 Analisis Del Expediente
Grupo 7 Analisis Del Expediente
Trabajo de Grupo
formación académica que nos brindaron, personas de gran sabiduría quienes se han
esforzado por ayudarnos a llegar al punto en el que nos encontramos. A nuestros padres,
gracias por sus enseñanzas, por los mensajes de aliento y su excelente manera de
instruirnos para afrontar las verdades de esta vida A nuestra familia por ser la razón de que
nos levantemos cada día para esforzarnos por el presente y el mañana, son nuestra
principal motivación A las personas de gran corazón que forjaron en nosotros deseos de
superación humildad y sacrificio, gracias por inculcarnos buenos valores y enseñarnos que
al proceso penal desarrollado en la práctica del análisis de los actos procesales necesarios
en cada etapa procesal aplicadas en un caso real como es el caso del “análisis del
como parte del lenguaje del derecho penal. También se desarrolla el análisis y vinculación
con nuestro expediente de la Casación N° 1422 – 2018 – Junín; referido a los principios de
investigar, es que nos motivó a realizar una investigación de nivel descriptivo, donde se
violación sexual de menor de edad, y otros aspectos de interés dentro la dogmática penal
y procesal penal.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 6
5. BIBLIOGRAFÍA................................................................................................. 25
ANEXOS.................................................................................................................... 26
INTRODUCCIÓN
violación de la libertad sexual de menor de edad, el motivo para la realización del presente
de derecho penal y de otras escuelas profesionales, todos requerimos conocer las nociones
y fundamentos elementales del derecho penal, puesto que los aspectos tratados en este
estudio, en algún momento puede tener repercusión sobre nuestro entorno, también puede
Profesional de Derecho Penal y Procesal Penal II, se efectúe un contacto efectivo con los
internet, se abordarán los temas desde la óptica del derecho penal sustantivo, marco legal
tema.
Para lograr nuestros objetivos habremos de analizar los conceptos; luego daremos algunos
Se trata de un análisis exhaustivo que realiza el juez de garantías del caso, respecto de las pruebas
y los hechos presentados por el fiscal en su acusación
Lo que la Sala evaluará es la pertinencia de los elementos que ha presentado la fiscalía como pruebas
y si la acusación está dentro de los marcos que delimitan el delito de lavado de activos
En términos del citado Acuerdo Plenario, como estrategia de defensa, corresponde al Defensor
Público, analizar la acusación fiscal, desde la misma óptica del órgano jurisdiccional, teniendo en
cuenta los siguientes aspectos:
b) La relación clara y precisa del hecho que se atribuye al imputado, con sus circunstancias
precedentes, concomitantes y posteriores. En caso de contener varios hechos
independientes, la separación y el detalle de cada uno de ellos
Circunstancias Precedentes
La menor agraviada de iniciales J.C.T.D., es hijastra del imputado Emiliano Lagos Huamán,
quien es conviviente de Aydee Donaires Márquez, madre de la menor y vivían juntos en la
comunidad de Chalhuaní – Pichirhua.
Circunstancias Concomitantes
La menor de iniciales J.C.T.D. (13 años), ha señalado que desde el año 2013, cuando tenía
10 años y se encontraba en quinto grado de primaria fue violada por su padrastro el
imputado Emiliano Lagos Huamán, indicando la menor que la primera vez ocurrió en su casa
1
https://canaln.pe/actualidad/humala-heredia-que-control-acusacion-y-cual-su-importancia-n382765
de Chalhuaní – Pichirhua, cuando terminó de bañarse y estaba secando su cuerpo, entró el
imputado la echó en la cama, él se bajó el pantalón, se sacó el pene y la violó, señala que
otra vez que el imputado la violó fue a comienzos del año escolar 2015 a las 13:00 horas
aproximadamente, cuando el imputado le cogió de la cintura, la tiró a la cama y la violó,
asimismo señala que el imputado la violó en varias oportunidades cuando su mamá Aydee
Donaires Márquez se iba a la chacra, a la tienda o se iba a Abancay a vender fruta, que todos
los actos de violación sucedían en la casa de la menor en Chalhuaní, cuando sus hermanitos
se encontraban jugando, señala que la última vez que el imputado la violó fue el 27 de
diciembre del 2015 en horas de la tarde, en circunstancias en que el imputado la agarró de
la mano, la llevó a la cocina le sacó la ropa y la violó, luego le dijo que se ponga su ropa,
agrega que cada vez que la violaba duraba unos 05 minutos, que para violarla le agarraba
de las manos y la menor no tenía fuerza para votarlo, además que el imputado la amenazaba
de que no cuente nada porque algo malo le podía suceder, indicando que para violarla el
imputado no utilizaba preservativo, pero eyaculaba fuera de la menor, que luego el
imputado limpiaba el líquido con la escoba o sus pies y la menor se iba a lavar su vagina.
Circunstancias posteriores
Que, luego de recibir la denuncia por parte de la menor agraviada, a la misma se le practicó
un reconocimiento médico legal de integridad sexual, habiéndose acreditado los actos de
violación sexual contra la menor agraviada con el Certificado Médico Legal N° 00488-E-IS,
en el que concluye que la menor agraviada J.C.T.D. presenta himen con desfloración
antigua.
1. Fotocopia de DNI de la menor agraviada J.C.D.T. (folios 18), que acredita que al
momento de ocurrido los hechos tenía 13 años
2. Copia certificada del Certificado Médico Legal (folios 74) practicado a la menor
agraviada presenta himen con desfloración antigua, no signos de actos y/o coito
contranatura reciente o antiguos, no lesiones traumáticas recientes
paragenitales o anales
3. Protocolo de pericia psicológica practicada a la menor agraviada (folios 75 a 77)
4. Acta de entrevista única de la menor (folios 93 a 94), quien narra la forma y
circunstancias de que como fue ultrajada sexualmente por el imputado
Emiliano Lagos.
5. Declaración de Kristel Milagros Loayza Torres (folios 133 a 135), perito psicóloga
del Instituto de medicina legal de Apurímac, quien señala que durante la
entrevista se ha evidenciado que la menor al relatar los hechos denunciados su
conducta no verbal tiene relación con los hechos verbales narrados, en la
tercera sesión vino con los ojos hinchados y con un estado de ánimo decaído,
al preguntarle qué había pasado, dijo que su mamá le ordenó “Tienes que decir
que es mentira, no le metas a él, aunque sea méteme a mí”
d) La participación que se atribuya al imputado;
f) El artículo de la Ley penal que tipifique el hecho, así como la cuantía de la pena
que se solicite;
DECLARACIONES TESTIMONIALES
Condición: Agraviada
Domicilio: Aldea Infantil Virgen del Rosario – Av. Sinchi Roca s/n Patibamba Alta –
Abancay
Extremo de la declaración: Para que narre con quien vivía la menor agraviada de
iniciales J.C.T.D. y con qué frecuencia dejaba a la menor con el imputado Emiliano
Lagos Huamán.
Condición: Perito
Condición: Perito
Condición: Perito
DOCUMENTOS:
1. Fotocopia del DNI de la menor Fernanda Celeste Lagos Donaires (folios 17), que
acredita que el padre de la menor es Emiliano Lagos Huamán y su madre Aydee
Donaires Márquez.
2. Fotocopia de DNI de la menor agraviada J.C.D.T. (folios 18), que acredita que al
momento de ocurrido los hechos tenía 13 años
3. Copia certificada del Certificado Médico Legal (folios 74) practicado a la menor
agraviada presenta himen con desfloración antigua, no signos de actos y/o coito
contranatura reciente o antiguos, no lesiones traumáticas recientes
paragenitales o anales
4. Protocolo de pericia psicológica practicada a la menor agraviada (folios 75 a 77),
practicado a la menor de iniciales J.C.T.D., en donde la menor relata a detalle
los hechos materia de investigación, y el mismo que concluye que la menor
presenta indicadores de afectación emocional a nivel psicosexual, abandono
emocional.
5. Oficio N° 1295-2016-REDIJU-CSJAP/PJ (folios 79), remitido por el Registro
Distrital de Condenas de Apurímac, que informa que Emiliano Lagos Huamán
no registra antecedentes penales.
6. Examen del perfil Psicosexual N° 001705-2016-P-PP (folios 100 a 101),
practicado al imputado Emiliano Lagos Huamán el cual concluye que tiene
conciencia de la realidad, en el que no se evidencian indicadores de
psicopatología mental, no se evidencia indicadores de desarrollo inadecuado
MEDIDAS DE COERCIÓN
Al amparo del artículo 349 numeral 1 del Código Procesal Penal, procedo a formular
ACUSACIÓN en contra de EMILIANO LAGOS HUAMÁN por el delito contra la libertad en la
modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, previsto en el primer párrafo
numeral 2) y último párrafo artículo 173 Código Penal, en agravio de la menor de iniciales
J.C.T.D.
Para determinar la pena privativa de libertad, que solicita el Ministerio Público para el
acusado se debe tener en cuenta:
a) Pena Básica. – el primer párrafo numeral 2) y último párrafo artículo 173 Código
Penal, prevé para el delito de violación sexual de menor de edad, una pena de
cadena perpetua
El Juez Penal o el presidente del Juzgado Colegiado, según sea el caso, dirige
el juicio y ordena los actos necesarios para su desarrollo, correspondiéndole
garantizar el ejercicio pleno de la acusación y defensa de las partes.
1. Bramont Arias Torres, L. A. (2009). Manual de Derecho Penal parte especial. Lima: San
Marcos.
5. Cortés Gonzáles, J., & Álvarez Cisneros, S. d. (2017). Manual de Redacción de Tesis Jurídicas.
México: Amate.
8. Peña Cabrera Freyre, A. R. (2018). Derecho Penal parte especial. Lima: IDEMSA.