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SUGEF

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Autorización de la persona física para entregar

información crediticia a una entidad supervisada

Fecha (formato dd/mm/aaaa):


Hora (formato hh:mm):
Nombre del usuario autorizado (Nombre y apellidos):
Identificación del usuario autorizado (documento de
identidad);
Nombre de la entidad que tramita (Nombre entidad):
Identificación de la entidad que tramita (Cédula jurídica de la
entidad):

Yo, _________________________, identificación número ______________, autorizo a la Superintendencia General de


Entidades Financieras para que proporcione, durante el periodo en que mantenga relación crediticia con la entidad, la
información crediticia que sobre mi persona se encuentre registrada en la SUGEF, de conformidad con los artículos 133
de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley N° 7558, así como la información relacionada con los Grupos de
Interés Económico, de conformidad con el Artículo 135 de la misma Ley, a las partes involucradas.

Asimismo, con el fin de facilitar mi identificación en el sistema financiero, declaro que en el pasado también he utilizado
en Costa Rica las siguientes identificaciones:

Nombre y apellidos No. identificación Documento(*)

(*) Según los siguientes códigos:

Código Documento de identificación


CIC Cédula de identidad costarricense (TIM en caso de menores de edad)
IEX Documento de radicados en el país (identificador único para extranjeros
que será emitido por Migración a partir de setiembre 2005).
CRP Cédula de residencia permanente
CRR Carné de residente rentista
Cédula de residencia permanente libre de condición (Régimen de
RE
Excepción)
APO Documento de residencia de asilado político
CRT Carné de residencia temporal
CRE Carné de refugiado
PEX Pasaporte extranjero

______________________________________
Firma de la persona que autoriza

Nota: Se informa que de conformidad con los derechos que le asisten, esta autorización puede ser revocada en el
momento y por las razones que estime pertinentes. No obstante lo anterior, se advierte que la revocatoria de esta
autorización, de existir cláusulas punitivas en los contratos de crédito vigentes, podría provocar su aplicación de
conformidad con los términos que se hayan pactado en el contrato suscrito entre las partes.

c. Persona que autoriza


Código: 144-AD / Versión 4 rige a partir del: 17-9-20 / Vigencia: 16-01-2012 / página 1 de 1 / Ref.B-08-12, B-42-07

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