Este documento presenta conceptos fundamentales de derecho constitucional como el poder, el estado, la soberanía y las funciones y fines del estado. Explica diferentes teorías sobre la naturaleza del derecho como el iusnaturalismo y positivismo jurídico. También describe elementos clave de una constitución política como la forma de gobierno, los derechos políticos y las instituciones de la democracia.
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Este documento presenta conceptos fundamentales de derecho constitucional como el poder, el estado, la soberanía y las funciones y fines del estado. Explica diferentes teorías sobre la naturaleza del derecho como el iusnaturalismo y positivismo jurídico. También describe elementos clave de una constitución política como la forma de gobierno, los derechos políticos y las instituciones de la democracia.
Este documento presenta conceptos fundamentales de derecho constitucional como el poder, el estado, la soberanía y las funciones y fines del estado. Explica diferentes teorías sobre la naturaleza del derecho como el iusnaturalismo y positivismo jurídico. También describe elementos clave de una constitución política como la forma de gobierno, los derechos políticos y las instituciones de la democracia.
Este documento presenta conceptos fundamentales de derecho constitucional como el poder, el estado, la soberanía y las funciones y fines del estado. Explica diferentes teorías sobre la naturaleza del derecho como el iusnaturalismo y positivismo jurídico. También describe elementos clave de una constitución política como la forma de gobierno, los derechos políticos y las instituciones de la democracia.
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DERECHO CONSTITUCIONAL I
PRIMERA FASE: EL PODER, EL DERECHO, EL ESTADO, LA NACIÓN,
SOBERANÍA, FUNCIONES Y FINES DEL ESTADO Conceptos de derecho: El derecho desde un punto de vista coercitivo, conjunto de normas donde se describe un límite determinado lo cual concluye en una sanción. Ante el incumplimiento de una norma, recae una sanción. Conjunto de normas hechas para regular el comportamiento social; función orientadora.
UNIDAD 1: El Poder – Elementos – Características - Clases.
La existencia humana está marcada por la presencia del hombre, en situación de permanente convivencia con sus semejantes, en toda su vida el hombre interactúa, en la vida privada, profesional, religiosa. Lo que implica un constante intercambio de ideas, de manifestaciones de cultura, de relaciones laborales, de negocios; incluso, antes de nacer el hombre desafía la injerencia de los actos de otros hombres, y después de su muerte hay actos que necesitan continuidad, o Antes del nacimiento: en nuestra constitución y código civil, al concebido se le considera sujeto de derecho para todo aquello que le favorece. o Después de morir: si bien ese cuerpo inerte al que ya se lo llevo el señor, por diferentes motivos haya muerto. Esos despojos se convierten en una cosa, tienen cierto tipo de connotación social. Además de ello, pudo haber dejado un testamento en el que señale la distribución de sus propiedades. En las relaciones de personas se van a establecer reglas de convivencia, un mínimo orden que es un requisito necesario, para preservar a la sociedad, tal establecimiento necesita reglas por alguien capaz de llevar el poder. El derecho es un sistema de disciplina social fundado en la naturaleza humana que establece en las relaciones de los hombres con reciprocidad, regula las condiciones existenciales de los individuos y de los grupos sociales, en consecuencia, de la sociedad, mediante normas puestas por el orden público. No se puede concebir la vida social como un grupo de seres humanos, sin la presencia de los derechos. Cada sociedad tiene sus derechos. La importancia del derecho social, es que se convierta en aquel elemento para volver esta sociedad justa y armonios con la finalidad de hacer justicia. 1. Autoriza hacer lo que la norma no prohíba o lo que la norma deje hacer, o sea exige limitar o agrandar acciones. 2. Prerrogativa, que alguien debe exigir de otros la practica o prevención de ciertos actos. 3. Ciencia de norma coercitivamente impuesta. Frente a una infracción de recaer una sanción. 4. Conjunto de conocimientos coercibles. 5. Conjunto de conocimientos englobantes que se ocupa de una serie de JURISPRUDENCIA: aquella que se orienta por la ley o por los casos ya decisivos. Existe una dificultad de definir ontológicamente (parte de la filosofía que trata del ser en cuanto su propia naturaleza). El derecho es algo que supera la mera ciencia normativa, la justicia es una de las aspiraciones eternas de la humanidad la cual es buscada también a través del derecho. El entorno de seguridad que el derecho se propone crear no se limita a una estructura de un sistema normativo, un conjunto de reglas, porque el sistema normativo no conduce necesariamente a la justicia individual. El SISTEMA NORMATIVO tiene reglas injustas o consecuencias injustas, de debe ir mas allá de la justicia. Hablamos de la equidad, evitar las consecuencias injustas de la regla, en ese ejercicio de crear reglas o aplicarlas, compone periodos de teoría y práctica del derecho. Michel willech – el derecho es concebido de dos formas Positivismo, leyes escritas. Juzgamiento, la argumentación jurídica. Jeremy Bentham - iusnaturalismo grecorromano El derecho como arte: Francesco Carnelutti el derecho es una base de apoyo, el andamio del estado, lo que hace que todos estemos unidos. El ius es derecho, une a los hombres como el jugo une a los bueyes. mientras los hombres no sepan amar necesitaran de juez y policía para estar unidos. Las familias se mantienen unida por ese amor filial, mientras los hombres no sepan amar, siempre van a necesitar de justicia. El derecho es técnico, no está comprometido con valores como la justicia, cumple la finalidad de ser instrumento del poder. Un esquema lógico y bien elaborado. Racionalismo, es interesante porque nos va a permitir establecer ciertos aspectos en base a la razón. Es racional toda teoría que paso por el criterio de veracidad. TEORIAS SOBRE EL SER DEL DERECHO: a lo largo de la historia la filosofía jurídica ha desarrollado diversas teorías: 1. iusnaturalismo: escuela de pensamiento para la que por sobre el derecho positivo, es decir el derecho creado por los seres humanos que producen a través de las diversas fuentes del derecho reconocidas existe el derecho superior, compuesto por un conjunto de valores que actúan como una inspiración sobre sus contenidos y como guía en las actitudes de las personas. Los derechos consagrados en la constitución, es derecho natural. 2. iusnaturalismo grecorromano: Enrique Rommer, los problemas jurídicos no fueron extraños a los primeros pensadores, Pitágoras ve al universo como todo un orden, una justicia cósmica. parmenigues, eleática. Heráclito atribuye al logos la calidad de ley divina inspiradores de las leyes humanas. En opinión de los sofistas como tracimaco, calicles, alcidamas, existe un derecho natural por la que no coinciden los pueblos, alcidamas proclamo que la divinidad ha creado libres a los hombre libres que la naturaleza no hizo a nadie esclavo, Sócrates, el sabio es necesariamente virtuoso, la sociedad necesita leyes éticas que la sociedad debe respetar, Platón, contrapone la ley verdadera a la ley positiva, la segunda es una sombra de ella, los gobernantes deben ser filósofos y los filósofos deben ser gobernantes. Las leyes conducen a la sabiduría al bien a la felicidad y al bienestar. JUSTINIANO: el arte del derecho es el acto de lo justo y lo injusto. 3. iusnaturalismo cristiano: El hombre es sagrado para el hombre, la naturaleza nos ha hecho iguales y por lo tanto somos iguales, marco Aurelio, por el hecho de ser hombre mi patria es el mundo. San Agustín, fundamenta la ley eterna, razón suprema y voluntad de dios.
El derecho es el instrumento que permite a la sociedad establecer cierto tipo de orden.
Robert Alexi, iusfilosofo que tuvo mucha vigencia. Ronald de Workin, filósofo y catedrático del derecho constitucional, teoría del derecho contemporánea que a la fecha está de una u otra manera vigente. Su libro es “justicia para erizos” en el cual señala varios aspectos, en el cual se despega la argumentación jurídica. La justicia y equidad ante otros valores, ocuparan mayor importancia. El derecho positivo debe poner sus valores en el derecho natural. De lo contrario se considera norma ilegitima. El agente aplicador del derecho, debe tomar en cuenta los dictados contenidos en el derecho natural para aplicarlos en su vida diaria.
UNIDAD 2: Derecho y Política – Ciencia Política.
UNIDAD 3: Estado, Nación y Soberanía. UNIDAD 4: La personalidad del Estado Moderno UNIDAD 5: Las funciones del Estado Moderno UNIDAD 6: Los fines del Estado Moderno SEGUNDA FASE: LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL SISTEMA DE GOBIERNO UNIDAD 7: La Constitución Política del Estado y Supremacía de la Constitución. UNIDAD 8: Gobierno u estado – Formas. UNIDAD 9: Sistemas de Gobierno – Clases. UNIDAD 10: El régimen presidencial, parlamentario, la forma latinoamericana de Gobierno. TERCERA FASE: LAS INSTITUCIONES DE LA DEMOCRACIA DIRECTA Y LOS DERECHOS POLÍTICOS UNIDAD 11: Instituciones de la Democracia Directa UNIDAD 12: El sufragio y el voto – Derechos Políticos. UNIDAD 13: Los Partidos Políticos. UNIDAD 14: Derechos y Deberes fundamentales UNIDAD 15: Reformas Constitucionales.