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Clases de Trabajo Domicilio

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Universidad de San Carlos de Guatemala

Centro Universitario del Norte -CUNOR-

Ingeniería Industrial

Legislación 2

Lic. Victor Manuel Tot

CLASES DE DOMICILIO DE TRABAJO

Jackeline Gricela Cuevas Caal 201941766 Industrial

14/07/2022
CLASES DE DOMICILIO DE TRABAJO
El trabajo a domicilio es aquel que tiene dos variantes, o bien se desarrolla en el propio
domicilio del trabajador, o bien ejerce su labor en otro lugar sin la constante vigilancia de la
empresa que lo ha contratado para dicha gestión.
En cuanto a las ventajas para el trabajador habría que destacar la mayor autonomía, menos
estrés, más flexibilidad horaria, una mayor productividad, ahorro de tiempo y dinero en
cuanto a la realización de desplazamientos ya que en este caso o bien la persona desarrolla
su trabajo desde casa, o en todo caso debe ir al lugar directamente, sin pasar por la oficina,
mejor conciliación laboral y personal.
La empresa también tiene ventajas en este tipo de contratos y es que se ahorra el alquiler de
oficinas, no existen problemas de convivencia, o relaciones entre los trabajadores que
conforman la empresa, mayor flexibilidad y disponibilidad a la hora de contratar a cualquier
persona sin importar el lugar donde esté.
En cuanto a las desventajas para los trabajadores: La soledad que se puede generar a la hora
de desarrollar el trabajo, la poca separación que puede existir entre el ámbito privado, y
laboral si se desarrolla la labor en el mismo sitio, la dificultad para crear unos hábitos y una
organización eficaz sin la supervisión de nadie.
En cuanto a la empresa, se puede perder una comunicación y supervisión más directa hacia
el trabajador, el mensaje de trabajo en equipo puede quedar difuminado.
En cuanto al marco legal guatemalteco
Artículo 156. Trabajadores a domicilio son los que elaboran artículos en su hogar o en otro
sitio elegido libremente por ellos, sin la vigilancia o la dirección inmediata del patrono o del
representante de éste.
La venta que haga el patrono al trabajador de materiales con el objeto de que éste los
transforme en artículos determinados y a su vez se los venda a aquél, o cualquier otro caso
análogo de simulación, constituye contrato de trabajo a domicilio y da lugar a la aplicación
del presente Código.
Dichas simulaciones son prohibidas.
Artículo 157. Todo patrono que ocupe los servicios de uno o más trabajadores a domicilio
debe llevar un libro sellado y autorizado por la Dirección General de Trabajo, en el que se
debe anotar:
a) los nombres y apellidos de dichos trabajadores;
b) la dirección del lugar donde viven;
c) la cantidad y naturaleza de la obra u obras encomendadas;
d) la cantidad, calidad y precio de las materias primas que suministre;
e) la fecha de la entrega de esas materias a cada uno de los trabajadores y la fecha en que
éstos deben devolver los respectivos artículos ya elaborados; y
f) el monto de las correspondientes remuneraciones.
Además, debe hacer imprimir comprobantes por duplicado, que el trabajador ha de firmar
cada vez que reciba los materiales que deban entregársele o el salario que le corresponda; y
que el patrono debe firmar y dar al trabajador cada vez que éste le entregue la obra ejecutada.
En todos estos casos debe de hacerse la especificación o individualización que proceda.
Si una de las partes no sabe firmar debe imprimir su respectiva huella digital.
Artículo 158. Los trabajos defectuosos o el evidente deterioro de materiales autorizan al
patrono para retener hasta la décima parte del salario que perciban los trabajadores a
domicilio, mientras se discuten y declaran las responsabilidades consiguientes.
Artículo 159. Las retribuciones de los trabajadores a domicilio deben ser canceladas por
entregas de labor o por períodos no mayores de una semana y en ningún caso pueden ser
inferiores a las que se paguen por iguales obras en la localidad o a los salarios que les
corresponderían a aquéllos si trabajaran dentro del taller o fábrica de un patrono.
El patrono que infrinja esta disposición debe ser sentenciado a pagar una indemnización a
cada uno de los trabajadores, equivalente al doble de los salarios que haya dejado de percibir.
Artículo 160. Las autoridades sanitarias o de trabajo deben prohibir la ejecución de labores
a domicilio, mediante notificación formal que deben hacer al patrono y al trabajador cuando
en el lugar de trabajo imperen condiciones marcadamente antihigiénicas, o se presente un
caso de tuberculosis o de enfermedad infecto-contagiosa. A la cesación comprobada de estas
circunstancias, o a la salida o restablecimiento del enfermo y debida desinfección del lugar,
se debe otorgar permiso de reanudar el trabajo.
El patrono o quien diez o más trabajadores a domicilio le soliciten local para sus labores, está
obligado a proporcionárselos, quedando en este caso dichos trabajadores como laborantes de
empresa.
¿Cuáles son los diferentes tipos de trabajadores a domicilio?
Hay dos tipos principales de trabajadores a domicilio. Los trabajadores a destajo son los que
trabajan para un empleador y un intermediario, mientras que trabajadoras por cuenta propia
son los que trabajan por su cuenta y hacer su propio marketing.
1.Trabajadores a destajo
Estos trabajadores reciben el trabajo de los subcontratistas o intermediarios y se les paga a
destajo, de acuerdo con el número de artículos producidos. Ellos no tienen ningún contacto
directo con los mercados de los bienes que producen. También tienen que disponer de
materias primas y otras herramientas relacionadas y asumir todos los costos de la
infraestructura para producir bienes. Estos trabajadores están comprometidos tanto con las
cadenas de producción locales (prendas de vestir, textiles) e internacionales (prendas de
vestir, el calzado, la electrónica y el fútbol).
2. Trabajadores por cuenta propia
Estos trabajadores están por lo general en contacto directo con el mercado y compran su
propia materia prima. Se enfrentan a la competencia directa de las grandes empresas y no
tienen fácil acceso al crédito. Sus economías de escala son más bajas y su coste de producción
suele ser mayor.
¿Cuál es la diferencia entre trabajadores a domicilio y trabajadores en casa?
El término trabajadores a domicilio es mucho más amplio e incluye a todos aquellos que
trabajan desde casa o en lugares / áreas cercanas, ya sea a destajo, por cuenta propia o
autoempleados.
Por otro lado, los trabajadores en casa son sólo un subconjunto de los trabajadores a domicilio
que se refiere, en realidad a los “trabajadores a destajo”, también conocidos como
trabajadores industriales a domicilio que llevan a cabo un trabajo remunerado para negocios
o intermediarios desde casa y se basan en el pago por pieza.
Tipos de trabajo a domicilio
La OIT indica en su informe que existen tres tipos generales de trabajadores a domicilio:
Trabajo Industrial a domicilio
Este tipo de trabajo de realiza por personas que se dedican a la producción de bienes
manufacturados o de producción artesanal, especialmente en la etapa final de su producción,
como por ejemplo, la elaboración de artesanías.
Teletrabajo
Se refiere a los trabajadores asalariados que utilizan las TIC para trabajar en remoto, En este
tipo de trabajo solo se incluyen a los teletrabajadores que realizan su actividad laboral desde
sus casas o en otro lugar de su elección, de manera regular o permanente.
Trabajo de plataforma digital basado en domicilio
Se refieren a la actividades laborales del sector de servicios que se realizan en plataformas
digitales.

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