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Introducción Al Ámbito de La Administración Bancaria

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INTRODUCCIÓN AL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN BANCARIA

La administración bancaria se refiere a los recursos que manejan y


disponen las instituciones bancarias, los servicios que ofrecen, así
como los beneficios de éstos mismos, el conocimiento real de los
costos, de las rentabilidades referentes a los diferentes productos y
servicios que suele desarrollar cualquier entidad bancaria y el
control de las variables fundamentales.

Las instituciones bancarias cuentan con diversos instrumentos que


pueden ayudar a las personas físicas o morales a contar con
liquidez, financiación, ayuda para agilizar ciertas operaciones,
diseñar planes financieros encaminados a aprovechar
oportunidades de inversión, identificar tendencias del
comportamiento de los mercados financieros.
La historia de la banca se puede analizar como una serie de cambios en las prácticas comerciales,
la cultura, la tecnología y, últimamente, la introducción de normativas y reglamentos del
gobierno. A través de los siglos, estos factores en conjunto han determinado el desarrollo
general de los servicios bancarios.

Podemos situar el inicio de la actividad bancaria hace casi 2000 años a. C. en las ciudades de
Fenicia, Asiria y Babilonia con las llamadas “casas de comerciantes”. Estas casas, que constituyen
el primer prototipo de banco de comerciantes del mundo antiguo, hacían préstamos de granos y
bienes básicos a los agricultores y negociantes que transportaban bienes entre las ciudades.

Con la expansión del comercio, surge la necesidad de la creación de centros donde pudiesen
intercambiarse las monedas adquiridas a través del intercambio comercial con otras regiones por
moneda local. De esta forma, los griegos establecen las primeras “casas de la moneda”, las cuales
ofrecían, en mercados o festivales municipales, cambiar la moneda de los comerciantes
extranjeros; es decir, estas casas realizaban las operaciones que hoy días hacen los casas
cambistas. El Imperio Romano, siglos más tarde, heredó estas prácticas.

Las operaciones de cambio trajeron consigo la necesidad de ofrecer los servicios de guarda de
depósitos de los ahorristas y/o comerciantes. Durante la época del Imperio, los depósitos dejaron
de conservarse en los templos, y en su lugar se colocaron en entidades privadas. Estos primeros
banqueros de la antigua Roma eran conocidos como argentarius. Los argentarius, quienes
desempeñaron la labor de extender el modelo bancario de los griegos, eran personas que llevaban
sus negocios bajo su propia responsabilidad, y no estaban al servicio de la república o del imperio.
Ofrecían operaciones financieras tales como depósitos, cambio de divisas, validación de la
moneda, y préstamos.

El uso de metales como dinero representaba una problemática para los comerciantes. El oro era
muy pesado para ser transportado y llamaba mucho la atención por ser difícil de ocultar. Por esto,
los orfebres comenzaron la práctica de recibir oro de los depositantes y a emitir certificados por el
oro depositado, naciendo así los primeros Certificados de Depósitos. Los recibos comenzaron a ser
utilizados como moneda de cambio porque la gente los aceptaba como medio de pago, ya que
sentían la seguridad que en cualquier momento podrían ir al orfebre a hacer reclamo por el oro
guardado.

Después de darse cuenta de que sólo un pequeño número de personas que reclamaba el oro que
avalaba sus certificados, los orfebres comenzaron a hacer préstamos con los certificados.
Posteriormente comenzaron a hacer más préstamos de lo que poseían en oro físico. Este fue el
comienzo de la banca basada en la reserva fraccionaria—esto es, ¡el orfebre descubrió que podía
crear dinero!

La banca de reserva fraccional aumentó los beneficios, pero también aumentó los riesgos. Porque
si algún orfebre fallaba para redimir sus certificados en oro, los agentes perderían la confianza
causando que esos certificados pierdan el valor como dinero y que cada titular intentara redimir
su certificado.

Los orfebres, convirtiéndose en banqueros más o menos reconocibles, luego se dieron cuenta que
una mayor cantidad de depósitos implicaba un mayor beneficio. Así que empezaron a pagar a los
clientes por los depósitos de oro y plata en lugar de cobrar por su almacenamiento, inventando así
la cuenta remunerada con intereses, la cual ha perdurado hasta nuestros días.
Luego de la Edad Media y a principios del Renacimiento se vio el surgimiento de los estados
nacionales y, cada vez más, las guerras entre ellos. Para financiar estas guerras, así como para
proporcionar bienes públicos, los estados comenzaron a pedir prestado, lo cual motivó a algunos
gobiernos a crear bancos públicos que se encarguen de manejar sus obligaciones. La creación de
los primeros bancos públicos fueron los primeros pasos para el surgimiento de los bancos
centrales, de lo cual discutiremos en un próximo artículo.

Finalmente, la banca privada surge a partir de la expansión del comercio y la visión de


emprendedores de resolver algunos problemas de la actividad comercial, como el uso de metales
preciosos para el intercambio. La banca se ha desarrollado y reinventado a través de la historia
con los avances tecnológicos, cumpliendo el rol de facilitar las transacciones y el intercambio
comercial entre las personas. Con el surgimiento reciente de la banca on-line aún está por verse
como este sector seguirá innovando y desarrollándose en el futuro.

BANCA EN LA RD

Origen y surgimiento de la banca en la República Dominicana

Las actividades bancarias de manera formal en la República Dominicana se ubican a partir del año
1908 con la presencia de una sucursal del Royal Bank of Canada y del National Bank of New York.
Posteriormente se instalaron el Banco National de Jorvis, en 1912, el National City Bank, en 1917,
y el Bank of Nova Scotia, en 1920. En un tiempo récord el mercado financiero dominicano
registraba una expansión impresionante, ya que para 1917 también se instala una sucursal del
International Banking Corporation.

El origen del capital financiero naciente no era doméstico sino foráneo, pero a finales del siglo
XIX se realizaron operaciones de banca de capital local por un tiempo muy corto. A raíz de la
presencia significativa de los primeros bancos en la República Dominicana, se creó para 1909 la
primera legislación bancaria bajo la Secretaría de Hacienda y Comercio y cuya finalidad era el
control de las operaciones bancarias y autorización de sucursales a través de interventores (o
inspectores). Esto significa que el Estado asumió la responsabilidad de vigilar el negocio bancario
desde que este entró en auge Hay que poner de relieve que desde el inicio de la década de los
40 el Estado dominicano incursionó en las actividades bancarias cuando adquirió la sucursal del
National City Bank para convertirlo en el Banco de Reservas de la República Dominicana, 1941, y
luego surge el Banco Agrícola e Hipotecario, en 1945. Ambas entidades se constituyeron en las
únicas de capital criollo de carácter estatal.

Desde 1947 la banca dominicana ha transitado por tres momentos importantes que han
transformado el circuito de financiación local, la expansión del sistema financiero y la
transformación institucional de la dinámica bancaria, y el Modus Operandis de las instituciones de
Intermediación Financiera. El año 1947 marcó la transformación del sistema financiero
dominicano; se crea la Unidad Monetaria Dominicana, el Banco Central y la Superintendencia de
Bancos, esta última bajo la Ley No. 1530 del 9 de octubre del 1947, ley que crea los cimientos para
la supervisión y regulación del Sistema Financiero Dominicano.

Con la creación de la Ley No. 183–02 Monetaria y Financiera, se le da a la Superintendencia de


Bancos el marco jurídico de actuación que tiene en la actualidad, otorgándole la responsabilidad
de supervisar, con plena autonomía, a las instituciones de intermediación financiera, con el
propósito de proteger los fondos de los ahorrantes y los derechos de los usuarios de los servicios
financieros. Así mismo, con la promulgación de esta ley, el Superintendente de Bancos se
incorpora como miembro ex oficio de la Junta Monetaria

La República Dominicana surgió a la vida independiente (1844) en medio de una situación


económica desastrosa.

El monto total de dinero en efectivo dejado por los haitianos en las cajas de Santo Domingo y
Puerto Plata, ascendía a $ 6,068.64 pesos fuertes a $ 5,093.77 pesos de moneda nacional. La
situación monetaria intentó resolverse mediante el sistema de emisiones de papel moneda.

Durante primer gobierno del general Pedro Santana la situación monetaria continuó
empeorándose Cuando asumió Buenaventura Báez en 1849 proclamó como parte de su programa
de gobierno resolver el problema monetario. Pero al final se vio envuelto en la misma situación
que los gobiernos anteriores.

El presidente Ignacio María González otorgó concesiones parecidas a George O’ Gladis para crear
otro banco con el nombre de Banco Nacional de Santo Domingo. La diferencia con los anteriores
residía en que el Estado Dominicano participaría como accionista con un aporte en bonos de $
400,000 pesos. Este proyecto fue anulado en 1876.
El ascenso a la presidencia de Ulises Francisco Espaillat, dio paso a la formación, por parte del
gobierno de una entidad oficial, en asociación con el sector oficial. Esta entidad fue bautizada con
el nombre de Banco de Anticipo y Recaudación.

El presidente Ulises Heureaux patrocinó la formación del Banco de Santo Domingo, mediante
concesiones a la empresa francesa, crédito moviliar. Una compañía norteamericana tomó el
control del Banco.

Al inicio de 1941 la banca comercial de la República Dominicana era totalmente extranjera. En


efecto , los bancos dominantes eran tres: el Nacional City Bank of New York; The Royal Bank of
Canada y The Bank of Nova Scotia.

En 1941 se compró a los norteamericanos el National City Bank, se procedió a la creación del
Banco de Reservas de la República Dominicana. Luego, en el primero de julio de 1945 se creó el
Banco Agrícola e Hipotecario actualmente denominado Banco Agrícola.

La única entidad bancaria creada antes del derrumbamiento del régimen trujillista fue el Banco de
Crédito y Ahorros, surgido en virtud de las legislaciones monetarias y financieras de 1947. En este
año surge el Banco Central de la República Dominicana.

El 3 de mayo de 1962 fue aprobada una resolución que autorizaba la instalación de una sucursal
del Chase Manhattan Bank en República Dominicana. Para el mismo año de 1962 otro banco
norteamericano, el First Nacional City Bank, también obtuvo concesiones para establecerse en el
país.

La tercera sucursal de bancos comerciales durante este período (1948-1970) corresponde al Bank
of American Nacional Trust and Savings Asociation de los Estados Unidos de América.

En el plano bancario, es el Banco Popular Dominicano, fundado en 1963 el que abre las puertas del
sector privado.

La evolución de la banca en el país continúa con la fundación del Banco de Santo Domingo, el 17
de septiembre de 1973. Anteriormente, en el mismo año se funda el Banco Condal Dominicano de
capitalistas españoles vinculados a la viuda de Trujillo y a la Banca Catalana.

El 6 de octubre de 1974 se organizó el Banco Metropolitano, y el 1º de abril del mismo año


comenzó a operar el Banco de los Trabajadores. En el período comprendido de 1972 y 1976 se
funda el Banco Comercial Hipotecario y varias pequeñas empresas financieras.

En 1972, inició sus operaciones el Banco Hipotecario Dominicano (BHD).


El Banco del Progreso se inició en el 1974, luego de la adquisición de los activos fijos del Bank of
Boston pero es en 1984 cuando el consejo de accionistas decide cambiar al nombre de Banco
Dominicano del Progreso S. A.

También debemos señalar entre otros ya desaparecidos el Banco del Comercio, el Banco
Universal, el Banco Intercontinental “Baninter”, adquirido por el Scotiabank, que además adquirió
el Citibank.

Primeros Bancos privados en la República Dominicana

El primer Banco Privado que existió en la República Dominicana fue el Banco Comercial de Santo
Domingo en 1886. Isidro Méndez, de origen francés, fue su fundador junto a David Come, Julián de
la Rocha y Eugenio de Marchena.

En el Período en que renacía la influencia Francesa fue que el Presidente Heureaux otorgó una
concepción de fecha 26 de julio de 1889, por un período de 560 años, a la sociedad de Crédito
Mobiliar (CreditMobilia de Francia), con cede en París, para establecerse segundo Banco
Dominicano, que se denominó también Banco Nacional de Santo Domingo. Esta importante
institución, con una capital inicial de US$2,000,000.00, funcionó con regularidad desde sus inicios
de operaciones en noviembre de 1889 hasta 1893. Más luego se produjeron incidentes que
motivaron la desaparición del Banco Francés el cual fue reemplazado por un Banco Americano.

El Banco de Santo Domingo fue poco a poco declinando y ya para el año 1914 el señor Santiago
Michelena quedo asignado depositario de los fondos del Estado.

Luego comenzaron sus operaciones en el país las agencias de Bancos extranjeras, las cuales
ejercieron toda las actividades propias de la Banca Comercial, fue el 5 de febrero de 1917 la
Internacional BankinCorporation, subsidiaria del Nacional City Bank y posteriormente en 1920 The
Bank of Nova Scotia. El primero de enero de 1926 el Nacional City Bank que mediante su
subsidiaria en el país la International Bank Corporation había estado manejando los fondos del
Estado desde su instalación en el país, suplantando de esta manera al señor Santiago Michelena,
quedó definitivamente establecido e al República Dominicana, hasta el 24 de octubre del 1941,
cuando esta entidad Bancaria fue vendida al Gobierno Dominicano para convertirse en lo que es
hoy el Banco de Reservas de la República Dominicana.
Cuatro años más tarde en virtud de la ley No. 9087 de fecha primero de Junio de 1945, se creó el
Banco Agrícola e Hipotecario actualmente denominado Banco Agrícola de la República Dominicana
que vino a constituir la primera experiencia en materia de instituciones especializadas para
promover el desarrollo económico.

Otro banco desaparecido fue el Banco nacional de Crédito, de la familia Pellerano, adquirido por la
familia León Jiménez, el cual pasó a llamarse Banco León.

En la región del Cibao nace el Banco Santa Cruz, en noviembre de 1999.

Leyes que organizan la banca en la R. D. octubre de 1947.

Las principales leyes con sus modificaciones que regulan las operaciones de la banca en la R. D.
son las siguientes:

• Ley 1528 de 9 de octubre de 1947, Ley Monetaria y sus modificaciones.

• Ley de cheques No. 2859 de fecha 30 de abril de 1951 (modificada por la ley 108 de enero
1980).

• Ley 4290 del 25 de Septiembre de 1955 sobre Casas de Préstamos de Menor Cuantía.

• Ley 5894 de 12 de mayo de 1962. Ley Orgánica de Banco Nacional de la Vivienda


(modificada por la 06 del 11 de enero del 2006)

• Ley 5897 de 14 de mayo de 1962 sobre Asociaciones de Ahorros y Préstamos para la


Vivienda.

• Ley 6142 de 29 de diciembre de 1962, Ley Orgánica del Banco Central y sus
modificaciones.

• Ley 6186 del 12 de febrero de 1963, Ley de Fomento Agrícola que regula en otros aspectos
regula los Almacenes Generales de Depósito.

• Ley 483 del 9 de noviembre de 1964, sobre ventas condicionales de inmuebles.

• Ley 251 de 11 de mayo de 1964 que regula la Transferencia Internacionales de Fondo y sus
modificaciones.

• Ley 708 de 14 de abril de 1965, Ley General de Bancos.

• Ley 292 de 30 de junio de 1966 sobre Sociedades Financieras de Empresas que Promueven
el Desarrollo Económico y sus modificaciones.
• Ley 171 del 7 de junio de 1971 sobre Bancos Hipotecarios de la Construcción.

• Ley 16-95 de fecha 20 de noviembre de 1995 de Inversión Extranjera.

• Ley No. 18-2000 de fecha 8 de mayo del año 2000, relativa al Mercado de Valores.

• Ley No. 72-00 sobre lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas y
sustancias controladas y otras infracciones graves del 7 de junio del 2000.

• Ley Monetaria y Financiera (ley No. 183-01 del 21 de noviembre del 2002.)

• Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o usuario No. 358-06.

• Ley No. 288-06 de fecha 30 de junio de 2006.

• Modificación Reglamento sanciones de fecha 30 de junio 2006.

Ley 92-04 del Programa excepcional de prevención del riesgo para las entidades de intermediación
financiera.

Marco jurídico del sistema bancario dominicano

Los primeros indicios de regulación bancaria en R. D., aparecen en 1869 con el surgimiento del
Banco Nacional de Santo Domingo, S. A. En 1909 el Estado Dominicano promulga la primera Ley
General de Bancos.

En el año 1947 se produce en el país una verdadera transformación del sistema financiero; se
crea la Unidad Monetaria Dominicana, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, esta
última bajo la Ley No. 1530 del 9 de octubre, sustituida por la Ley General de Bancos No. 708,
del 14 de abril del 1965.
Sistema Monetario y Financiero de la Republica Dominicana

El sistema monetario y financiero de la República Dominicana está regulado principalmente por la


Constitución, la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 y sus normativas complementarias.

Los entes reguladores del sistema son: la Junta Monetaria, el Banco Central de la República
Dominicana y la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana. Estas instituciones
conforman la Administración Monetaria y Financiera (AMF), la cual tiene la autoridad para fijar
políticas, formular e implementar regulaciones y aplicar sanciones.

Junta Monetaria

La Junta Monetaria es el órgano superior del Banco Central. Le corresponde la regulación del
sistema monetario y financiero de la Nación. La Junta Monetaria, tiene a su cargo la dirección y
adecuada aplicación de las políticas monetarias, cambiarias y financieras de la Nación y la
coordinación de los entes reguladores del sistema y del mercado financiero. La Junta está
presidida por el Gobernador del Banco Central y tiene entre sus funciones:
• Determinar la política monetaria, cambiaria y financiera de la República Dominicana.

• Aprobar el programa monetario del país.

• Dictar los reglamentos monetarios y financieros.

• Aprobar los reglamentos internos y presupuestos del Banco Central de la República


Dominicana

• Otorgar y revocar la autorización para funcionar como entidad de intermediación


financiera o cambiaria, así como autorizar las fusiones, adquisiciones y escisiones.

• Conocer y fallar los recursos jerárquicos interpuestos contra los actos dictados por el
Banco Central de la República Dominicana y la Superintendencia de Bancos de la República
Dominicana.

Banco Central de la República Dominicana

El Banco Central tiene por objeto velar por la estabilidad de precios. También tiene por función
ejecutar las políticas monetaria, cambiaria y financiera, de acuerdo con el Programa Monetario
aprobado por la Junta Monetaria. Además es responsable de la supervisión y liquidación final de
los sistemas de pago, así como del mercado interbancario. El Banco Central de la República
Dominicana es el único emisor de los billetes y monedas de circulación nacional. La moneda de la
República Dominicana es el Peso Dominicano (DOP). Corresponde también al Banco Central
compilar y elaborar las estadísticas de balanza de pagos del sector monetario y financiero, y otras
que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Superintendencia de Bancos de la República Dominicana

La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana es la institución responsable de la


supervisión institucional y preventiva del sector financiero, de las operaciones de bancos,
asociaciones de ahorros y préstamos y otras instituciones de intermediación financiera que operan
en el país. También le corresponde proponer las autorizaciones o revocaciones de entidades
financieras que deba evaluar la Junta Monetaria.

Clasificación de los bancos

De acuerdo a su evolución histórica que han experimentado el surgimiento de los bancos, a la


naturaleza de sus actividades, a la índole del crédito que otorgan, a la forma de constituir su
capital y administración, y la autorización para su constitución.
Esta tiene tres principales categorías:

1. Bancos de emisión

2. Bancos comerciales

3. Bancos especializados

Dentro de esa clasificación decimos que:

* Banco de emisión, llamados también bancos centrales, tienen la capacidad exclusiva de emitir
billetes de banco, de curso legal o de curso forzoso, operan en régimen de monopolio legal y
realizan además otras funciones, tales como: regular el crédito, mantener la estabilidad
monetaria, establecer un sistema de redescuento y la de promover el buen funcionamiento de las
instituciones bancarias.

* Bancos Comerciales, llamados bancos de créditos ordinarios, que otorgan y realizan sus
operaciones de crédito a un término muy breve en régimen de libre competencia.

Sus operaciones principales son las de depósitos y créditos que concentran el ahorro y el dinero
disponible en el mercado para distribuirlo en actividades económicas de rápida actividades.

Estas son las únicas instituciones bancarias que se les permite recibir depósitos a la vista retirables
en el mercado para distribuirlo mediante cheques y son las únicas instituciones privadas que
suministran el sistema económico, un medio de cambio distinto a las monedas y a los billetes. *
Bancos especializados: estos bancos tienen similitudes con los bancos que ya hemos mencionado,
de una forma breve podemos decir que, los bancos especializados tienen una finalidad crediticia
específica, incluyendo banca de fomento, banco hipotecario, banco de segundo piso entre otros.

* Bancos especiales: se caracterizan por las índoles de créditos que otorgan sus préstamos.

Criterio empleado para clasificar los bancos

Atendiendo a la forma de constituir su capital y administración puede clasificarse:

• Bancos Estatales: son aquellos cuyo capital es aportado por el Estado.


• Bancos Privados: son aquellos cuyo capital es aportado por accionistas particulares.

• Bancos Mixtos: sus aportes o capital se forma como aportes privados y oficiales.

Según los tipos de operaciones que realizan:

• Banca comercial: Los bancos comerciales son los más abundantes. Su actividad se centra
en la captación de depósitos de personas físicas y jurídicas, la prestación de servicios de pagos y
cobros, la concesión de créditos y la financiación del comercio nacional e internacional.

• Cajas de ahorro: Las cajas de ahorros en Europa empezaron como entidades sin fines de
lucro y con marcado carácter social.

• Banca de inversión: Esta actividad la desarrollan Sociedades de Valores y Bolsa en los


mercados más desarrollados y se define con el término banca de inversión por asimilación con el
inglés "investmentbanking". Estas tradición en inglés se le llama tradicionalmente
"investmentbanks" están especializadas en colocar emisiones de deuda o de acciones entre el
público, adquiriéndolas en firme al emisor a un precio de mayoría y distribuyéndolas después a
precios de minoría o minorista.

• Bancos corrientes: Aquellos que operan con el público en general y ganan a través de la
intermediación financiera y el crédito de consumo principalmente.

• Bancos centrales: Son las casas bancarias de categoría superior que autorizan el
funcionamiento de entidades crediticias, las supervisan y controlan.

• El Banco Central: Es la autoridad monetaria por excelencia en cualquier país que tenga
desarrollado su sistema financiera.

Los bancos especializados:

Son los bancos que realizan una finalidad crediticia específica, es decir, que sus
operadores cambiarios fronterizos y naturalmente ellos bancos de emisión.

Bancos de emisión:

Estos se preservan como bancos oficiales, tienen la capacidad exclusiva de emitir billetes de banco
de curso legal o de curso forzoso, operan en régimen de monopolio legal y realizan además otras
funciones tales como: Regular el Crédito, Mantener la estabilidad monetaria, establecer un
sistema de redescuento y la de promover el buen funcionamiento de las instituciones bancarias.

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