Government">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Acta de Suspension

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PERENE

“Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional”

ACTA DE SUSPENSION DE PLAZO DE EJECUCION N° 01

OBRA: “CREACIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN


EL ANEXO SAN JUAN DE KIMARINI, DISTRITO DE PERENE –CHANCHAMAYO –
JUNÍN” – I ETAPA

Conste por el presente documento, el Acta de Suspensión del Plazo de Ejecución de


la Obra: “CREACIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN
EL ANEXO SAN JUAN DE KIMARINI, DISTRITO DE PERENE –CHANCHAMAYO –
JUNÍN” – I ETAPA, reunidos de una parte, en representación de la Municipalidad
Distrital de Perene, el Ing. Gennadio Orihuela Mercado, como Supervisor de Obra, y
de la otra parte, la empresa ejecutora de obra CONSORCIO SANTA ANA,
debidamente representado por el Ing. Cesar Manuel Ponce Avellaneda, Residente de
Obra, según facultad establecida en el Contrato de ejecución de Obra N°
018-2022/MDP

A EL CONTRATISTA y EL REPRESENTANTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL


DE PERENE, se les denominara conjuntamente las “Partes”. Las partes celebran la
presente acta de suspensión bajo las condiciones siguientes:

I. PRIMERO: ANTECEDENTES
1. Que, con fecha 13 de mayo del 2022 la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PERENE y el CONSORCIO SANTA ANA suscribieron el Contrato Ejecución de
Obra N° 018-2022/MDP para ejecutar la obra: “CREACIÓN DE SERVICIO DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ANEXO SAN JUAN DE
KIMARINI, DISTRITO DE PERENE –CHANCHAMAYO – JUNÍN” – I ETAPA,
por el monto de S/. 376,109.18 Soles y por un plazo de 60 días calendarios.

2. Con CARTA N° 002-2022-CSA, de fecha 01/07/2022, el representante común


del Consorcio, Sr. Jesus Perales Pazce, presenta el INFORME DE REVISION
DEL EXPEDIENTE TECNICO, para su evaluación y absolución de
observaciones ante las áreas correspondientes, esperando la atención
inmediata, toda vez que el retraso de las mismas podría generar la paralización
y/o suspension de la obra.

3. Según ASIENTO N° 058-DEL RESIDENTE DE OBRA, de fecha 19/07/2022, el


Ing. Cesar Manuel Ponce Avellaneda, Residente de Obra, solicita a la
Supervisión la autorización de ejecución de 12 conexiones domiciliarias y 9 cajas
de válvulas de control los cuales serán considerados como mayores metrados,
así mismo es necesario la construcción de un cruce aéreo de 20 ml y 15 ml en la
línea de conducción debido a una debido a que se tiene una falla geológica
siendo esto un ADICIONAL DE OBRA.

4. Mediante CARTA N° 006-2022-CSA, de fecha 03/08/2022, el representante


común del Consorcio, Sr. Jesus Perales Pazce, hace la entrega del
EXPEDIENTE TECNICO ADICIONAL DEDUCTIVO VINCULANTE N° 01 al
Supervisor de Obra, para su revisión y aprobación correspondiente.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PERENE
“Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional”

II. SEGUNDO: MARCO LEGAL


2.1 La presente Acta de Suspensión del Plazo de Ejecución de Obra se encuentra
bajo los alcances de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado y sus
modificatorias aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1444 (en adelante la Ley)
y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 250-2020-EF (en
adelante el Reglamento), Art. 178 y todos sus extremos, cualquier modificación
que se requiera bajo la misma normativa hasta la culminación de la citada obra.

III. TERCERO: OBJETO DEL ACTA DE SUSPENSION


3.1 De acuerdo a lo descrito en los antecedentes, el Residente de Obra, dentro del
Informe de Revisión del Expediente Técnico, presenta las observaciones
encontradas dentro del E.T, donde además se detalla las partidas que no fueron
consideradas, sin embargo, nunca se tuvo pronunciamiento alguno por parte del
proyectista ni de la Entidad.

A la fecha no se cuenta con más frentes de trabajo, al tener partidas vinculantes a


los adicionales solicitados, por lo que la empresa ejecutora de la obra no puede
seguir trabajando; las partes contratantes acuerdan SUSPENDER el Plazo de
Ejecución, por eventos no atribuibles a las partes que originan la paralización de la
Obra, de acuerdo a lo establecido en el Art. 142.7. La suspensión del Plazo de
Ejecución de la Obra empezará a regir desde el 10 de agosto del 2022, hasta
contar con el pronunciamiento por parte de la Entidad.

IV. CUARTO: DEL CARÁCTER VOLUNTARIO


4.1 Las partes acuerdan que la presente suspensión del Plazo de Ejecución de
Obra se realiza a libre voluntad de los intervinientes, de acuerdo a lo regulado en
el Artículo 178°.- SUSPENSION DEL PLAZO DE EJECUCION, del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado y, al Amparo del principio de EFICACIA,
EFICIENCIA Y EQUIDAD que resultan aplicables a las contrataciones Públicas,
habiéndose evaluado los hechos extremos que afectan la programación de obra
vigente, con la única finalidad de evitar mayores gastos que perjudiquen a las
partes contratantes.

V. QUINTA: RATIFICACION
5.1 Las partes ratifican y mantienen plena vigencia y efecto legal de toda la
información y pactos contractuales contenidos en el Contrato Ejecución de Obra
N° 018-2022/MDP (de EL CONTRATISTA), salvo las modificaciones acordados en
la presente Acta.
5.2 Las partes declaran que sus representantes legales se encuentran
debidamente facultados para suscribir la presente Acta.
5.3 Asimismo, declaran que han leído, conocen y aceptan todos los términos
establecidos en la presente Acta.

El presente documento se suscribe en señal de conformidad en cinco (05) ejemplares


de idéntico tenor y efecto legal, a los 10 días del mes de agosto del año 2022.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PERENE
“Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional”

También podría gustarte