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MODELO Contrato Prestamo
MODELO Contrato Prestamo
MODELO Contrato Prestamo
Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRÉSTAMO, que suscriben de una parte la
empresa, ….. con RUC Nº 2…… inscrita en la Partida Electrónica Nº 12902980 del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, en adelante EL PRESTAMISTA, cuyo
funcionario suscribe al final del presente contrato; y de la otra parte La …………….., identificada con
DNI N° ……………. en adelante La Prestataria, quien muestra su debido consentimiento sobre los
términos y condiciones que se estipulan en el presente contrato y en la HOJA RESUMEN, el cual
forma parte integrante del mismo.
La Prestataria deberá efectuar el pago de las referidas cuotas, en efectivo, deposito o trasferencia
bancaria, en la misma moneda del crédito; los días del mes señalados en el CRONOGRAMA DE
PAGOS, y en caso de resultar día no hábil, podrá efectuar el pago el día hábil inmediato posterior a
éste, por el importe que EL PRESTAMISTA indique conforme al CRONOGRAMA DE PAGOS a que
se refiere esta cláusula.
La Prestataria, podrá realizar pagos anticipados de las cuotas o saldos del crédito a que se refiere
el presente Contrato, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses,
comisiones y gastos al día de pago.
Los pagos anticipados disminuirán el monto de las cuotas o el plazo del pago, a elección de La
Prestataria, debiendo realizar dicha indicación al momento de comunicar su intención de realizar el
pago anticipado, la cual constara en documento proporcionado por EL PRESTAMISTA. Si el pago
anticipado fuere realizado por una tercera persona, La Prestataria autoriza, por esta cláusula, la
disminución de la cuota, manteniéndose el plazo. EL PRESTAMISTA procederá a emitir nuevo
cronograma de pagos con el saldo remanente del crédito el cual será entregado en el mismo acto o
ser remitido vía correo electrónico o al domicilio de La Prestataria, dentro de los 45 días posteriores
de haber ocurrido el hecho.
Las partes acuerdan que La Prestataria sólo podrá realizar los pagos anticipados descritos en la
presente cláusula, a través de la entrega del importe en efectivo o mediante un cheque de gerencia.
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Asimismo las partes entenderán por TCEA a la tasa de costo efectivo anual que permite igualar el
valor actual de todas las cuotas con el monto que efectivamente haya sido recibido en préstamo.
Para este cálculo se incluirán las cuotas que involucran el principal, intereses, comisiones y gastos,
que de acuerdo a lo pactado serán trasladados al cliente, incluidos los seguros.
Queda expresamente convenido entre las partes que EL PRESTAMISTA podrá variar
unilateralmente las comisiones y gastos. En caso de modificaciones que requieran notificación
previa, EL PRESTAMISTA procederá a notificar al cliente conforme a los medios de comunicación
directos establecidos en la cláusula sexta, con 45 días de anticipación.
Cuando se trate de modificaciones contractuales que impliquen condiciones más favorables para La
Prestataria, se aplicarán de manera inmediata y se comunicaran posteriormente, a elección de EL
PRESTAMISTA, por uno o más de cualquiera de los siguientes medidos: página web, avisos en las
agencias y locales, avisos en medios de comunicación masiva, cartas dirigidas al domicilio de La
Prestataria, vía correos electrónicos, redes sociales o anotaciones en comprobantes de pagos.
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la recepción de la comunicación de EL PRESTAMISTA informándole de las modificaciones
contractuales.
b. La Prestataria deberá cancelar el íntegro de su obligación de forma previa a la resolución del
presente contrato.
c. El pago deberá ser efectuado en la moneda del préstamo pactada en el presente contrato. No
obstante, La Prestataria podrá pagar en moneda distinta a la moneda del préstamo, en cuyo
caso se aplicará el tipo de cambio compra o venta, según corresponda, que se encuentre vigente
en EL PRESTAMISTA en la fecha en que se efectúe el cargo respectivo.
El plazo concedido por EL PRESTAMISTA a favor de La Prestataria para que pueda encontrar
otros mecanismos de financiamiento es de cuarenticinco días calendarios, los cuales se computaran
desde la fecha de recepción de la solicitud de La Prestataria y su otorgamiento no impedirá a EL
PRESTAMISTA, de considerarlo aplicable, a efectuar el cobro correspondiente al cargo producto de
la modificación contractual, una vez cumplido el plazo del pre aviso señalado en la cláusula quinta
de este contrato.
EL PRESTAMISTA podrá modificar el presente contrato en aspectos distintos a las tasas de interés,
comisiones o gastos sin necesidad de cursar el aviso previo a que se refiere la cláusula quinta; o
incluso podrá resolverlo sin comunicación previa; en los siguientes casos:
EL PRESTAMISTA deberá sustentar la(s) causal(es) que justifican las modificaciones contractuales
o la resolución del contrato, conforme a lo indicado en esta cláusula.
El préstamo que otorga EL PRESTAMISTA está destinado al fin previsto en la Hoja de Resumen
La Prestataria que no cancele los importes en las oportunidades que correspondan de acuerdo al
CRONOGRAMA DE PAGOS, incurrirá en mora automática de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 1333º del Código Civil y, como consecuencia de ello, EL PRESTAMISTA queda autorizada
a cobrar a La Prestataria, además del interés compensatorio, los intereses moratorios o penalidad,
comisiones y gastos, los conceptos establecidos para los procesos de cobranza judicial.
Asimismo, EL PRESTAMISTA tiene derecho a iniciar acciones legales y/o ejecutar las garantías en
caso se incurra en mora en una o más cuotas del crédito, sean estas consecutivas o no. En este
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caso, EL PRESTAMISTA podrá resolver el contrato y dar por vencidas todas las cuotas pendientes
de vencimiento de La Prestataria y exigir por la vía que considere más adecuada el pago del saldo
de crédito adeudado más los intereses, penalidades, comisiones y gastos, para lo cual previamente
enviara una comunicación de requerimiento de pago otorgando un plazo mínimo de 48 hora. Los
gastos de la cobranza judicial de la deuda serán de cargo de La Prestataria.
Para los fines del presente contrato de préstamo, las partes establecen como domicilio de La
Prestataria el indicado al final del presente contrato y en la HOJA RESUMEN. El cambio de
domicilio será comunicado por cualquier medio escrito.
Para el caso que EL PRESTAMISTA recurra a la vía judicial con el objeto de hacer efectivo el
importe del préstamo, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales del lugar de
celebración del presente contrato, a cuyo efecto La Prestataria renuncia al fuero de su domicilio.
La Prestataria firma el presente contrato con pleno conocimiento del mismo, en la plenitud de sus
capacidades de ejercicio y de goce, consciente de la obligación que asume y libre de vicio de
voluntad. Declara, además, aceptar la totalidad de Términos y Condiciones del presente contrato y
de haber leído, suscrito y recibido copia del presente contrato, del CRONOGRAMA DE PAGOS,
HOJA RESUMEN.
POR EL PRESTAMISTA:
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POR LA PRESTATARIA:
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