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Costo Base de La Mano de Obra

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COSTO BASE DE LA MANO DE

OBRA.
Junio 3 2019
Parámetros que definen el costo.

 El costo de un obrero de la
construcción por hora o
también llamado
generalmente costo-hora-
hombre.
 El rendimiento de un obrero
o cuadrilla de obreros para
ejecutar determinado
trabajo.
El rendimiento
Permite determinar el aporte unitario de mano de obra.

• La industria de la construcción, emplea poco personal


altamente calificado, y un gran % de sus obreros
pertenecen al grupo de salario mínimo, por tanto, con el
objeto de precisar conceptos; tomamos :

• El código del trabajo.

• La legislación complementaria actualizada.


El Salario
Art. 81. Se considera salario, la retribución que paga el empleador al trabajador en
virtud del contrato de trabajo o relación laboral.
El Salario.
Art. 83 las formas principales de estipular
el salario son: Art. 82 El salario se estipulará
libremente por las partes, pero nunca
✓ Por unidad de tiempo. podrá ser menor que el mínimo legal.
“Salario mínimo es la cantidad menor
✓ Por unidad de obra, por pieza o a que debe recibir en efectivo el
trabajador por los servicios prestados
destajo. en una jornada de trabajo.

✓ Por tarea. Cuando el trabajador se


obliga a un rendimiento determinado
dentro de un tiempo convenido.
Lista a Raya o Tarea
 Facilidad de Control.
 Asegura la percepción del trabajador.

Desventajas
 Necesidad de sobre vigilancia.
 Dificultad de valuación unitaria
 Propicia tiempos perdidos
 Hace dificil la valuación del trabajo
personal.
Destajo
Ventajas
 Suprime parcialmente la sobrevigilancia.
 Facilita la valuación unitaria.
 Evita tiempos perdidos.
 Selecciona el personal apto para cada
actividad.
 Permite que “a mayor trabajo, mayor
percepción”
Desventajas
 Representa dificultades para su control
 Puede reducir la calidad
Costo Diario Total
Costo Diario Total
 Salario diario total = Salario Diario Base + Prestaciones * Factor de
Salario Real
 l Salario Diario Total (SDT) en Nicaragua para la industria de la
construcción está reglamentado según el Ministerio del Trabajo (MITRAB)
y la aplicación del Convenio Colectivo del Sector Construcción conforme
acuerdo Ministerial N° ALTB-03-11-2017 emitido el 3 de noviembre del
2017, aplicable para los Oficiales. En este sentido, Correspondiendo el
salario por hora de los carpinteros, albañiles y armadores a C$42.59
El salario por hora para ayudantes se sujeta a lo dispuesto en la
Comisión Nacional de Salario mínimo y se contempla en acuerdo
ministerial ALTB-01-03-18 del 1 de marzo del 2018 C$ 38.94; y estará
vigente hasta 28 de febrero 2019.
Prestaciones Sociales
 Prestaciones Sociales: son todos los derechos de los trabajadores
cuantificables en forma patrimonial.
 Por tanto son prestaciones sociales entonces:
 Horas extras
 Séptimo día
 Días feriados y de asueto
 Vacaciones
 Treceavo mes
 La indemnización (antigüedad o cargo de confianza)
 Las contenidas en el contrato individual de trabajo y el convenio colectivo.
Prestaciones Sociales
 Lo anterior, se hace necesario para cumplir
adecuadamente considerarlas en la determinación de
nuestro costo.
Prestaciones acumuladas al tiempo de trabajo.
 Vacaciones

 Treceavo mes

 Indemnización por antigüedad

 Indemnización por cargo de confianza


Prestaciones Sociales
 El salario con que deben pagarse las prestaciones
sociales, es el salario ordinario. En este se incluyen
comisiones, servicios, incentivos y cualquier otra suma que
los trabajadores perciban de manera fija, periódica y sin
estar sujeta a rendición de cuentas (subsidio alimentario).
Vacaciones
 El código del trabajo en su art. 76 señala: “Todo trabajador tiene derecho a
disfruta de quince días de descanso continuo y remunerado en concepto de
vacaciones, por cada seis meses de trabajo ininterrumpido al servicio de un
mismo empleador”…
 Art. 78 Las vacaciones se pagarán calculándolas en base al último salario
ordinario devengado por el trabajador; en caso de salarios variables, se
calculará en base al salario ordinario promedio de los últimos seis meses.
 Para efectos de acumulación para goce de vacaciones, se computarán los
días en que el trabajador falte por causa justa (subsidio, permisos,
vacaciones).
 Se pagan proporcionalmente al tiempo transcurrido independientemente del
contrato (fijo o temporal).
Treceavo mes (Aguinaldo)
 Art. 93. “Todo trabajador tiene derecho a que su empleador le pague un mes de salario adicional
después de un año de trabajo continuo, o la parte proporcional que corresponda al período de tiempo
trabajado, mayor de un mes y menor de un año”.
 Se entiende por salario adicional o decimo-tercer mes la remuneración en dinero recibido por el
trabajador en concepto de salario ordinario conforme el código del trabajo y se rige por lo siguiente:
 Se paga después de transcurrido un año continuo de trabajo, contado desde el 1° de Diciembre del año
anterior, al 30 de Noviembre del año en que se deba pagar.
 Se paga en base al último salario cuando este es por unidad de tiempo o con el más alto de los últimos 6
meses, cuando el salario es variable.
 Debe pagarse en los primeros 10 días de diciembre o en los 10 días siguientes a la terminación laboral;
el no pago en el tiempo señalado, obliga al empleador a pagar un día de salario por cada día de
retraso.
 No está sujeto a ningún tipo de deducción, salvo obligaciones de familia.
 Para efectos de cómputo del tiempo, se cuentan los subsidios, permisos, ausencias justificadas.
Cálculo para vacaciones y 13vo. Mes.
 Tiempo trabajado x salario x factor constante (0.083)
 Dónde:
 El factor constante es el resultado de dividir 1/12 ó 30/360; el primero
obedece a que cada mes el trabajador acumula la 12va. Parte del pago de
vacaciones.
 Veamos un ejemplo.
 Sin un empleado recibe un salario mensual de 7,492.50 y trabajó 150 días.
Calcule la base de indemnización para vacaciones y treceavo mes.
 Aplicando la formula tendremos:
 150 días x 249.75 x 0.083 = C$3,109.38.
 Vacaciones = C$ 3,109.38 + 13vo. Mes = C$ 3,109.38

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