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Uso Del Suelo. Planeación

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USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION

KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
P
l deCAMBIO DE PATRON
TRATAMIENTO: CONSOLIDACION
ri
MODALIDAD:
ta CON FICHA: 1

s t LOCALIDAD: 2 CHAPINERO

Di
AREA DE ACTIVIDAD: COMERCIO Y SERVICIOS ZONA: ZONA DE COMERCIO CUALIFICADO

DECRETOS:
t a
a
rí 1021/2005
468-20/11/2006 (Gaceta 447/2006) Mod.=Res
Y
UPZ: 99
1
CHAPINERO

CHAPINERO

Se
c re
V O SECTOR:

T I Sector de Demanda: B

LOCALIZACION DEL PREDIO SELECCIONADO:

M A
O R
N F O
I I T
T O T U
N A
ME GR 13
605

CU
KR

D O

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 Página 1 de 13
contenidos en este reporte son netamente informativos y su aplicación debe ser corroborada con los Decretos Reglamentarios de los KR 13 60 5
diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
USOS
l dPERMITIDOS
r i ta
ist
SUB SECTOR USO: II

Categoría: Principal

arí
a D
Y
ret
VO
CONDICIONES GENERALES PARQUEADEROS
c
Se
Uso- Subuso Uso Específico Descripción Escala Condiciones Privados Visitantes

COMERCIO -
COMERCIO
ALMACENES POR
DEPARTAMENTOS Y
VENTA DE BIENES Y metropolitano

T I 1 x 200 m2 1 x 25 m2

METROPOLITANO CENTROS
COMERCIALES E
HIPERMERCADOS
SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS:

M
Productos alimenticios, bebidas, A
CON MAS DE 6.000
M2 DE AREA DE
VENTAS.
O R
equipos profesionales,
fotografía, calzado, productos en
cuero, ropa, artículos deportivos,

N F
productos eléctricos,
cacharrerías, ópticas, lámparas,
muebles, medicinas,

O
I
cosméticos, estéticos, metales y

T
piedras preciosas, cristalería,

I
juguetería, anticuarios,

O
producción y venta de

U
artesanías, artículos para el

T T
hogar, acabados y decoración,

E N
artículos y comestibles de

R A
primera necesidad: fruterías,
panaderías, lácteos, carnes,
05

U M salsamentaria, rancho, licores,

G
bebidas, droguerías,
perfumerías, papelerías,
KR
13
6

O C librerías, lencería, viveros, telas,


cortinas, discos, pinturas,
mascotas, ferreterías

D autopartes, repuestos, lujos y


bocelería para automotores,
artículos para la construcción al
detal en establecimientos de
escala metropolitana con
servicio de transporte para
atender al cliente a domicilio.
COMERCIO - ALMACENES VENTA DE BIENES Y urbano 1 x 200 m2 1 x 30 m2
COMERCIO SUPERMERCADOS Y SERVICIOS
URBANO CENTROS COMPLEMENTARIOS:
COMERCIALES DE Productos alimenticios, bebidas,
MÁS DE 2.000 M2 equipos profesionales,
HASTA 6.000 M2 DE fotografía, calzado, productos en
AREAS DE VENTA. cuero, ropa, artículos deportivos,
productos eléctricos, ferreterías,
cacharrerías, ópticas, lámparas,
muebles, medicinas,
cosméticos, estéticos, metales y
piedras preciosas, cristalería,
juguetería, anticuarios,

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 Página 2 de 13
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diferentes sectores normativos de la ciudad.
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KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
ri tal
s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret O
Se
c
producción y venta de
artesanías, artículos para el
hogar, acabados y decoración,
I V
artículos y comestibles de
primera necesidad: fruterías,
panaderías, lácteos, carnes,
A T
salsamentaria, rancho, licores,
bebidas, droguerías,

R
perfumerías, papelerías, M
O
librerías, lencería, viveros, telas,
cortinas, discos, pinturas,

F
mascotas, ferreterías,,

N O
autopartes, repuestos, lujos y
bocelería para automotores,

I T
Juegos localizados de suerte y

O U I
azar (Bingos, videobingos,
esferodromos y maquinas
tragamonedas y casinos)
COMERCIO -
COMERCIO
LOCALES, CON AREA
DE VENTAS DE
N T A T
ACTIVIDAD ECONÓMICA
LIMITADA EN COMERCIO.
vecinal 1 x 250 m2 1 x 40 m2

ME GR
VECINAL A HASTA 500 M2 Artículos y comestibles de
primera necesidad: fruterías,
panaderías, confitería, lácteos, 605
13

CU
carnes, salsamentaria, rancho,
licores, bebidas, droguerías, KR
perfumerías, papelerías y

DO
misceláneas, ferreterías.
COMERCIO - TIENDAS DE BARRIO ACTIVIDAD ECONÓMICA Vecinal B No se exige No se exige
COMERCIO Y LOCALES CON LIMITADA EN COMERCIO:
VECINAL B ÁREA NO MAYOR DE Artículos y comestibles de
60 M2 primera necesidad: fruterías,
panaderías, confitería, lácteos,
carnes, salsamentaria, rancho,
licores, bebidas, droguerías,
perfumerías, papelerías y
misceláneas.
COMERCIO - ALMACENES, VENTA DE BIENES Y zonal 1 x 250 m2 1 x 30 m2
COMERCIO ZONAL SUPERMERCADOS, Y SERVICIOS
CENTROS COMPLEMENTARIOS:
COMERCIALES HASTA Productos alimenticios, bebidas,
2.000 M2 DE AREA DE equipos profesionales,
VENTAS. fotografía, calzado, productos en
cuero, ropa, artículos deportivos,
productos eléctricos, ferreterías,
cacharrerías, ópticas, lámparas,
muebles, medicinas,

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 Página 3 de 13
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KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) ció
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ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
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d
ri tal
s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret O
Se
c
cosméticos, estéticos, metales y
piedras preciosas, cristalería,
juguetería, anticuarios,
I V
producción y venta de
artesanías, artículos para el
hogar, acabados y decoración,
A T
artículos y comestibles de
primera necesidad: fruterías,

R
panaderías, lácteos, carnes, M
O
salsamentaria, rancho, licores,
bebidas, droguerías,

F
perfumerías, papelerías,

N O
librerías, lencería, viveros, telas,
cortinas, discos, pinturas,

I
mascotas, autopartes,
T
O U I
repuestos, lujos y bocelería para
automotores, Juegos localizados
de suerte y azar, (Bingos,

N T T
videobingos, esferodromos y
maquinas tragamonedas y

A
casinos). Compraventas o

ME GR
casas de empeño.
Categoría: Complementario 605
13

CU
K R
CONDICIONES GENERALES PARQUEADEROS

DO
Uso- Subuso Uso Específico Descripción Escala Condiciones Privados Visitantes

DOTACIONAL - SALUD Nivel 2. Hospitales, clínicas, urbano 1 x 80 m2 1 x 180 m2


EQUIPAMIENTOS empresas sociales de salud del
COLECTIVOS estado e Instituciones privadas
del régimen de salud
equivalentes al segundo nivel de
atención, centros de
rehabilitación y reposo, centros
geriátricos. Incluye servicios de
salud de otros niveles
desarrollados en predios hasta
5000 M2.
SALUD Nivel 1. Centro de atención zonal 1 x 80 m2 1 x 250 m2
médica inmediata CAMI, unidad
básica de atención en salud
UBA, unidad primaria de
atención en salud UPA, centro
de atención ambulatoria CAA,
empresas sociales de salud del
estado e Instituciones privadas

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KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
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ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
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s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret O
CULTO
c
de salud equivalentes al nivel 1

Se
de atención..
Edificaciones para el culto y urbano
I V 1 x 300 m2 1 x 80 m2
servicios parroquiales o
complementarios entre 350 y
750 personas y /o 1500 m2 de
A T
construcción como máximo.
M
OR
CULTO Edificaciones para el culto, entre zonal 1 x 150 m2 1 x 80 m2
100 a 350 personas y /o 700 m2
de construcción como máximo.

NF
CULTO Edificaciones para el culto, hasta vecinal No se exige No se exige

EDUCATIVO
100 personas y/o 200 m2 de
construcción como máximo.
Centros de capacitación
I
zonal
T O 1 x 120 m2 1 x 200 m2
especial de ocupación, artísticos

O
y de adultos. Planteles
educación preescolar, básica y
U I
N T
media, hasta 1.500 alumnos.
Centros tecnológicos y técnicos
y educación no formal hasta
A T
ME GR
1000 alumnos.
EDUCATIVO Planteles educación preescolar, vecinal
605 1 x 120 m2 1 x 200 m2
básica y media, hasta 850 13

CU
alumnos. Planteles de
educación preescolar hasta 120
KR
alumnos. Escuelas de formación

DO
artística hasta 50 alumnos
CULTURAL Bibliotecas superiores a 250 urbano 1 x 60 m2 1 x 80 m2
puestos de lectura. Galerías y
salas de exposición, centros
cívicos, culturales, científicos y
artísticos, museos. Salas de
exposición, teatros, en predios
hasta 10.000m2
CULTURAL Bibliotecas hasta 250 puestos zonal 1 x 60 m2 1 x 80 m2
de lectura. Galerías y salas de
exposición, centros cívicos,
culturales, científicos, artísticos,
museos, teatros, casas de
cultura, en predios hasta 5.000
m2. Casas juveniles
CULTURAL Salones comunales. Casas de la vecinal 1 x 120 m2 1 x 200 m2
cultura hasta 200 m2.
BIENESTAR SOCIAL Centros locales de atención a zonal 1 x 60 m2 1 x 250 m2
grupos vulnerables: la familia, la
mujer, la infancia, la tercera
edad y la juventud, centros
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(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
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DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
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i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret O
BIENESTAR SOCIAL
c
Integrados comunitarios,

Se
hogares de bienestar.
Salacunas, jardines infantiles, vecinal
I V 1 x 60 m2 No se exige
guarderías, casas vecinales,
hogares de bienestar hasta 20
niños, residencias para la
A T
tercera edad hasta 20 personas.
M
OR
EDUCATIVO Planteles de educación urbano 1 x 60 m2 1 x 100 m2
preescolar, básica y media, de
más de 1500 alumnos. Centros

F
de formación religiosa

N
(Seminarios y conventos).

O
Centros tecnológicos y técnicos

I T
y educación no formal hasta
1500 alumnos.

I
DOTACIONAL -
EQUIPAMIENTOS
DEPORTIVOS Y
DEPORTIVOS Y
RECREATIVOS
O
deportivas

T T U
Canchas múltiples y dotaciones vecinal 1 x 300 m2 1 x 150 m2

RECREATIVOS
DOTACIONAL -
SERVICIOS
CEMENTERIOS Y

E N R A
Funerarias y Salas de Velación zonal
5
1 x 250 m2 1 x 35 m2
SERVICIOS
URBANOS BÁSICOS FUNERARIOS
SEGURIDAD
U M G
Subestaciones de policía. zonal
KR
136
0
1 x 100 m2 1 x 250 m2
CIUDADANA

O C Estaciones de Bomberos.
Unidad Operativa Cruz Roja.
Unidad Operativa Defensa Civil.

D
DEFENSA Y JUSTICIA
Comando de atención Inmediata
C.A.I..
Comisarías de familia. Unidad zonal
de Mediación y Conciliación.
1 x 60 m2 1 x 100 m2

SERVICIOS DE LA Veedurías, Notarías, zonal 1 x 80 m2 1 x 200 m2


ADMINISTRACIÓN Curadurías. Sede de la Alcaldía
PÚBLICA Local, Juntas Administradoras
Locales.
SERVICIOS - SERVICIOS CASAS MATRICES DE: metropolitano 1 x 40 m2 1 x 50 m2
SERVICIOS FINANCIEROS Bancos, Corporaciones, Bolsa,
EMPRESARIALES Fiducia, Crédito, Seguros,
Cooperativas.
SERVICIOS SUCURSALES DE: Bancos, urbano 1 x 40 m2 1 x 50 m2
FINANCIEROS Corporaciones, Bolsa, Crédito,
Seguros, Cooperativas, Casas
de cambio.
SERVICIOS Cajeros automáticos zonal No se exige No se exige
FINANCIEROS

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(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
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DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
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ri tal
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i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret
SERVICIOS A
EMPRESAS E
INMOBILIARIOS Se
c
OFICINAS ESPECIALIZADAS
DE: Finca raíz, arrendamientos,
Informática, consultoría,
urbano

I VO 1 x 40 m2 1 x 50 m2

publicidad, mercadeo,
asesorías, auditoría,
contabilidad, bolsas y agencias
A T
SERVICIOS DE
revelado y copias.

R M
de empleo, laboratorios de

OFICINAS Y AGENCIAS DE urbano 1 x 40 m2 1 x 50 m2


LOGISTICA

F O
ATENCIÓN AL CLIENTE.
Correo, Embalaje,
Almacenamiento,

I N T O
mantenimiento, reparación,
celaduría, limpieza, fumigación.
SERVICIOS -
SERVICIOS
PERSONALES
SERVICIOS DE
PARQUEADERO

O U I
Estacionamientos en
edificaciones especializadas en
altura (dos o más pisos) o
urbano No se exige No se exige

SERVICIOS
ALIMENTARIOS
T
subterráneas

N A T
Restaurantes, comidas rápidas, zonal 1 x 40 m2 1 x 50 m2

SERVICIOS
PROFESIONALES,
M ECasas de Banquetes.

G R
OFICINAS Y CONSULTORIOS
DE: Agencias de viajes,
zonal

13
605
1 x 40 m2 1 x 50 m2

TÉCNICOS
ESPECIALIZADOS

C U sindicatos, asociaciones
gremiales, profesionales,
políticas y laborales, estudios y
KR

D O laboratorios fotográficos,
consultorios médicos y estéticos,
centros estéticos, veterinarios,
venta de mascotas, gimnasios y
centros de acondicionamiento
cardiovascular, laboratorios
médicos y odontológicos
(mecánica dental), servicios de
ambulancia, venta de telefonía
celular, viveros.
SERVICIOS DE ESTABLECIMIENTOS metropolitano 1 x 150 m2 1 x 20 m2
COMUNICACIÓN Y ESPECIALIZADOS: Centros de
ENTRETENIMIENTO convenciones, salas de
MASIVOS concierto.Edificaciones de
estudios de Televisión,
estaciones de emisión y
estudios de grabación de las
empresas de comunicaciones
masivas y de entretenimiento
con más de 600m²
SERVICIOS DE Chance, lotería en línea, Juegos vecinal No se exige No se exige
COMUNICACIÓN Y electrónicos de habilidad y
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(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
ri tal
s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones Y PARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret O
ENTRETENIMIENTO
MASIVOS
SERVICIOS
c
destreza de pequeño formato

Se
ALOJAMIENTO Y HOSPEDAJE metropolitano
I V No se exige No se exige
TURÍSTICOS TEMPORAL EN: Hoteles y
Apartahoteles de más 50
habitaciones y/o servicios
A T
SERVICIOS
TURÍSTICOS
complementarios

R
Hoteles y Apartahoteles hasta
50 habitaciones con servicios
urbano M 1 x 100 m2 1 x 50 m2

F O
básicos Residencias
estudiantiles, religiosas y de la
tercera edad.
SERVICIOS
PROFESIONALES,
TÉCNICOS
I N
ACTIVIDAD ECONÓMICA
LIMITADA EN SERVICIOS:

T O vecinal No se exige No se exige

ESPECIALIZADOS
I
Peluquería, salas de belleza,
sastrería, agencias de

O U
lavandería y tintorerías,

T T
reparación de artículos
eléctricos, fotocopias,

N A
remontadora de calzado,

ME GR
marqueterías, vidrierías,

05
floristerías, confecciones,
cafeterías, heladerías, 6
13

CU
elaboración de artesanías.
SERVICIOS DE Salas de concierto y urbano KR 1 x 150 m2 1 x 20 m2
COMUNICACIÓN Y exposiciones, cines, salas de

DO
ENTRETENIMIENTO audiovisuales, clubes sociales,
MASIVOS estaciones de emisión y
estudios de grabación de las
empresas de comunicaciones
masivas y de entretenimiento,
hasta 600 m2. Casinos
SERVICIOS DE Alquiler de videos, servicios de zonal 1 x 60 m2 1 x 150 m2
COMUNICACIÓN Y Internet. Servicios de telefonía.
ENTRETENIMIENTO Escuelas de baile. Billares,
MASIVOS boleras, Juegos de habilidad y
destreza y electrónicos de
habilidad y destreza Juegos
localizados de suerte y azar
(Bingos, videobingos,
esferodromos y maquinas
tragamonedas)
VIVIENDA - VIVIENDA VIVIENDA UNIFAMILIAR Y En zonas resid 1 x vivienda 1 x 5 viviendas
VIVIENDA UNIFAMILIAR Y BIFAMILIAR
BIFAMILIAR
VIVIENDA VIVIENDA MULTIFAMILIAR En zonas resid 1 x vivienda 1 x 5 viviendas
MULTIFAMILIAR
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diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
Categoría: Restringido
ri tal
s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret
DOTACIONAL -
EQUIPAMIENTOS
COLECTIVOS
SALUD

Se
c
Nivel 3 Hospitales, clínicas,
empresas sociales de salud del
estado e Instituciones privadas
metropolitano

I VO 1 x 80 m2 1 x 180 m2

del régimen de salud


equivalentes al tercer nivel,
Sanatorios, centros de
A T
M
rehabilitación y reposo, centros
geriátricos. Incluye servicios de

R
salud de otros niveles

CULTO O
desarrollados en predios
mayores de 5000 M2.

F
Edificaciones para el culto, de metropolitano 1 x 300 m2 1 x 80 m2

CULTURAL
N O
más de 750 personas y/o mas

I T
de 1500 m2 de construcción.
Museos, centros culturales y metropolitano 1 x 60 m2 1 x 80 m2

O U I
artísticos, centro de
Investigación e innovación,

T
hemerotecas, cinemateca,

T
auditorios, planetarios, archivos

N A
generales científicos y artísticos,

EDUCATIVO

M Esalas de exposición, teatros.

G R
Instituciones de educación
superior. Centros de
metropolitano

13
605
1 x 60 m2 1 x 60 m2

U investigación. Educación no
formal. KR
DOTACIONAL -
SERVICIOS
URBANOS BÁSICOS
DEFENSA Y JUSTICIA

D OC Juzgados y Tribunales. Cortes


de justicia. Unidad de Fiscalías.
Unidad de Defensorías.
Contralorías, Personerías.
Consejos, consejos superiores.
metropolitano 1 x 40 m2 1 x 60 m2

Defensorías del pueblo.


DEFENSA Y JUSTICIA Unidad Permanente de Justicia urbano 1 x 40 m2 1 x 100 m2
UPJ. Casas de Justicia.
SERVICIOS DE LA Sedes principales de entidades metropolitano 1 x 25 m2 1 x 100 m2
ADMINISTRACIÓN públicas y sedes administrativas
PÚBLICA de servicios públicos, centros
Administrativos Nacionales,
Departamentales y Distritales.
Sedes Administrativas Militares
y Policívas.Representaciones
Diplomáticas, Organismos de
Cooperación Internacional y
Organismos Multilaterales con
atención al público, Veeduría
Distrital, Sedes Administrativas
Principales en salud EPS y ARS.

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diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
ri tal
s t
i CONDICIONES GENERALES
Uso- Subuso Uso Específico Descripción
arí
a D
Escala Condiciones YPARQUEADEROS
Privados Visitantes

ret
SERVICIOS DE LA
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA Se
c
Sedes de la administración
pública para la desconcentración
de la atención al ciudadano,
urbano

I VO 1 x 25 m2 1 x 100 m2

SERVICIOS - SERVICIOS DE
Inspecciones de Policía.

EXPENDIO Y CONSUMO DE urbano


A T 1 x 100 m2 1 x 20 m2
SERVICIOS DE ALTO DIVERSIÓN Y
IMPACTO ESPARCIMIENTO HORARIO NOCTURNO:

R M
BEBIDAS ALCOHÓLICAS y /o

Discotecas, tabernas y bares.


SERVICIOS DE
DIVERSIÓN Y
ESPARCIMIENTO
F O
Alojamiento por horas. urbano 1 x 350 m2 1 x 100 m2

Nota No.: 1 "NOTAS GENERALES:


I N T O
Decreto 190 de 2004.

U I
A. DOTACIONALES: Los predios con uso dotacional existente de escala metropolitana, urbana o zonal tienen la condición de permanencia otorgada por el Articulo 344 del POT

O
Los predios con uso dotacional se regulan por el POT, normas reglamentarias y Decreto común reglamentoria de UPZ (Decreto 159 de 2004) y están supeditados a las condiciones

N T A T
y prevalencia del respectivo plan maestro. Dichos dotacionales serán susceptibles de aumentar su cobertura, de acuerdo con las disposiciones atinentes al uso dotacional. En los
eventos en que los Planes de Regularización y Manejo requieran incorporar predios al uso dotacional existente, este se considera permitido dentro del área que demarque el Plan
con este propósito.

E G R
B. ACCESOS VEHICULARES: Los accesos vehiculares de los predios que tengan frente sobre las vias de la malla vial arterial (Avenida Alberto Lleras Camargo-Carrera 7a,

M
Avenida José Celestino Mutis-Calles 63 y 64, Avenida Pablo VI-Calle 53, Avenida Francisco Miranda-Calle
Decreto 190 de 2004 (Recopilación POT). 1 3
5
60 45 y Avenida Caracas-Carrera 14) se rigen por el Articulo 182 del

C U
C. TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA: En el sector normativo 2, reglamentado por el R
K Tratamiento de Renovación Urbana en la modalidad de reactivación, el Plan Parcial
podrá definir nuevos usos, adicionales a los que aparecen en la presente ficha. El Plan Parcial se establecerá en un área minima de 5000 metros cuadrados, su área de estudio se
definirá al inicio del proceso del Plan Parcial en la consulta preliminar.

D O D. CUADRO DE CONSOLIDACIÓN URBANISTICA: En el marco de la UPZ, se relacionan las urbanizaciones, agrupaciones o conjuntos que mantienen su norma original, las
cuales son demarcadas en los respectivos planos. Las omisiones o impresiciones en los números y fechas de los actos administrativos citados no invalidan la decisión de mantener
la norma original.
E. PARQUES URBANOS: Los Parques Nacional Enrique Olaya Herrera (PM-2-A) y Zonal Sucre o Hippies (PZ-64), se ubican en los Sectores 7 y 8 respectivamente , su
definición, clasificación e identificación se definen por el POT artículos 70,242,243 y 244 del decreto Distrital 190 de 2004 (Compilación POT) y se regulan por los artículos
252,253,254 y 255 del mismo.
F. Todas las actividades permitidas se encuentran sujetas a las disposiciones generales del Código de Policía, en especial las referidas a contaminación auditiva y sonora,los
residuos sólidos y desechos,las rifas, los juegos, los concursos y los espectáculos públicos, bebidas embriagantes, espacio público, entre otras."

SUBSECTOR EDIFICABILIDAD: A

EDIFICABILIDAD
Variable Condiciones

TIPO FRENTE: Mayor a 15 mts

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 PáginaKR1013de 13
contenidos en este reporte son netamente informativos y su aplicación debe ser corroborada con los Decretos Reglamentarios de los 60 5
diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
r i tal
ist
Aislamiento Lateral (Metros) 0 No se exige
arí
a D
Y
ret O
Aislamiento Posterior (Metros) 0
Se
c
Se exige

I V
Altura Máxima (Pisos) 6

A T
Antejardín (Metros) 0 Se exige

R M
O
La determinación de la exigencia y dimensión de los antejardines se regula por el artículo séptimo

F
Indice de Construcción 4.0

I N T O
Indice de Ocupación 0.7

O U I
Subdivisión Mínima (Metros) 0

N T A T
Se permite

No se permiten predios con frente menor a 15 mt, ni área menor a 300 m2.

Tipología CONTINUA
ME GR 13
605

CU
KR
TIPO FRENTE: Mayor a 25 mts

DO
Aislamiento Lateral (Metros) 0 No se exige

Aislamiento Posterior (Metros) 0 Se exige

Altura Máxima (Pisos) 8

Antejardín (Metros) 0 Se exige

La determinación de la exigencia y dimensión de los antejardines se regula por el artículo séptimo

Indice de Construcción 5.0

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 PáginaKR1113de 13
contenidos en este reporte son netamente informativos y su aplicación debe ser corroborada con los Decretos Reglamentarios de los 60 5
diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
r i tal
ist
Indice de Ocupación 0.7
arí
a D
Y
ret O
Subdivisión Mínima (Metros) 0
Se
c
Se permite

I V
T
No se permiten predios con frente menor a 15 mt, ni área menor a 300 m2.

A
Tipología CONTINUA

R M
TIPO FRENTE: Menor o igual a 15 mts

F O
Aislamiento Lateral (Metros) 0

I N O
No se exige

T
Aislamiento Posterior (Metros) 0

O I
Se exige

U
Altura Máxima (Pisos) 4

N T A T
ME GR 05
Antejardín (Metros) 0 Se exige
6
13

CU
La determinación de la exigencia y dimensión de los antejardinesR
se regula por el artículo séptimo
K

DO
Indice de Construcción 2.5

Indice de Ocupación 0.7

Subdivisión Mínima (Metros) 0 Se permite

No se permiten predios con frente menor a 15 mt, ni área menor a 300 m2.

Tipología CONTINUA

Nota No.: 1 "NOTAS GENERALES:


* AISLAMIENTO POSTERIOR: Aplica Decreto común reglamentario de las UPZ (Decreto 159 de 2004).
* VOLADIZOS: Aplica Decreto común reglamentario de las UPZ (Decreto 159 de 2004).
* SÓTANOS Y SEMISÓTANOS: Aplica Decreto común reglamentario de las UPZ (Decreto 159 de 2004).
* ANTEJARDINES: Artículo 260 del Decreto 190 de 2004 (compilación POT) y Decreto común reglamentario de las UPZ (Decreto 159 de 2004)
* DOTACIONALES: Los dotacionales tienen la condición de permanencia otorgada por el artículo 344 del Decreto Distrital
190 de 2004 (compilación POT), se regulan por el POT, normas reglamentarias y Decreto común reglamentario de las UPZ (Decreto 159 de 2004).
Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 PáginaKR1213de 13
contenidos en este reporte son netamente informativos y su aplicación debe ser corroborada con los Decretos Reglamentarios de los 60 5
diferentes sectores normativos de la ciudad.
USOS PERMITIDOS PARA LA DIRECCION
KR 13 60 5 n
(CL 60 13 28,CL 60 13 26,CL 60 13 24,CL 60 13 22,CL) c ió
ea
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D. C.
Secretaría Distrital de
PLANEACIÓN l a n
e P
d
r i tal
ist
Igualmente se encuentran supeditados a las condiciones y prevalencía del respectivo plan maestro.
* CUADRO DE CONSOLIDACIÓN URBANÍSTICA : En el marco de la UPZ, se relacionan las urbanizaciones, agrupaciones o conjuntos que mantienen su norma original, las

la norma original.

arí
a D
Y
cuales son demarcadas en los respectivos planos. Las omisiones o imprecisiones en los números y fechas de los actos administrativos citados no invalidan la decisión de mantener

* TRATAMIENTO DE RENOVACIÒN URBANA : En el sector normativo 2, reglamentado por el Tratamiento de Renovacion Urbana en la modalidad de reactivación, el Plan Parcial

ret O
podrá definir nuevos usos, adicionales a los que aparecen en la presente ficha. El Plan Parcial establecerá en un área minima de 1.000 M2, su área de estudio se definirá al inicio

Nota No.: 2
del proceso del Plan Parcial en la consulta preliminar. "

Se
c
I V
Los predios con frente a la Avenida Caracas, Carreras 7, 9, 13 y Calles 67, 60, 57, 55, y 53, son receptores de transferencias de derechos de edificabilidad provenientes de

Nota No.: 3 T
Inmuebles de Interés Cultural, de conformidad con el artículo 317 del decreto 190 de 2004 (Compilación POT). Para tal efecto, una vez se

A
Lotes con frente Mayor a 25 Metros, ubicados sobre la Avenida Caracas, Carreras 13, 9, 7 y Calles 67, 60, 57, 55 y 53.

R M
F O
I N T O
O U I
N T A T
ME GR 13
605

CU
KR

DO

Para desarrollar usos dotacionales permitidos, se deberá consultar el respectivo Plan Maestro. Actualmente la Secretaría Distrital de
Planeación esta realizando el proceso de revisión, validación y ajuste de la información de norma urbana; en consecuencia los datos Fecha 2013 08 21 PáginaKR1313de 13
contenidos en este reporte son netamente informativos y su aplicación debe ser corroborada con los Decretos Reglamentarios de los 60 5
diferentes sectores normativos de la ciudad.

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