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Contrato Trabajo Periodo A Prueba

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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO CON PERIODO A PRUEBA QUE CELEBRAN

POR UNA PARTE COMO PATRÓN LA EMPRESA _____________, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU
REPRESENTANTE LEGAL _____________, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA EMPRESA”, Y POR LA OTRA EL
(LA) C. ______, POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ COMO "EL TRABAJADOR" DE
CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- DECLARA LA EMPRESA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
a) Ser una sociedad mexicana constituida conforme a las Leyes del país.
b) Tener su domicilio en las calles de _______________.
c) Estar dedicada conforme a su objeto social: a la __________.
d) Desea utilizar los servicios del trabajador para que desempeñe el puesto de _____ .
II.- DECLARA EL TRABAJADOR:
a) Ser de nacionalidad mexicana, tener _____años de edad, estado civil _____, con domicilio en _____; domicilio que El
Trabajador proporciona a la empresa para todos los efectos legales a que haya lugar y específicamente para el
señalado en la parte final del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, señalándolo para recibir notificaciones o
avisos por parte de la Empresa, obligándose el propio trabajador a dar aviso de cualquier cambio del mismo a la
compañía en tanto no se comunique a la empresa un nuevo domicilio, éste que ahora proporciona tendrá el carácter
de tal para los efectos ya mencionados.
b) Que su número de CURP es: _____.
c) Que su número de RFC es: _____.
d) Tener los conocimientos y experiencia necesaria para prestar sus servicios a la empresa, en el puesto mencionado
en el inciso d) de la declaración primera anterior, y en los términos de ese mismo inciso.
e) Que a esta fecha no tiene ningún otro empleo remunerado en ninguna negociación, ni tiene percepción alguna en
otra empresa, así como tampoco percibe honorarios por ningún concepto.
f) Que no tiene enfermedad o incapacidad que lo imposibilite para desempeñar el trabajo mencionado.
Con vistas en las anteriores Declaraciones, las partes otorgan las siguientes:
C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- El presente contrato lo celebran las partes por tiempo indeterminado con periodo de prueba.
SEGUNDA.- El presente contrato por tiempo indeterminado contiene un periodo de prueba de TREINTA DÍAS, el cual no
se encuentra en el supuesto de extensión del mismo, el Trabajador deberá acreditar que satisface los requisitos y que
cuenta con los conocimientos necesarios para desarrollar las labores para las cuales será contratado, de lo contrario a juicio
de la Empresa, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento (de
conformidad en lo dispuesto por el artículo 153- E de la Ley Federal del Trabajo), así como la categoría o el puesto, se dará
por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón (el periodo de prueba podrá extenderse hasta 180
días, solo cuando se trate de trabajadores que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o
establecimiento de carácter general o para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas), lo anterior en
términos del artículo 39-A de la Ley Federal del Trabajo.
TERCERA.- El Trabajador declara que ha recibido una completa explicación del periodo de prueba del trabajo que va a
desarrollar y que tiene los conocimientos y aptitudes necesarios para el desarrollo del mismo, por lo que está conforme en
prestar los servicios a prueba para la Empresa durante el término de 30 días.
CUARTA.- El Trabajador se obliga a prestar a la Empresa, bajo su dirección y vigilancia, sus servicios personales como
_____, consistentes en: _____.
QUINTA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato, los desempeñará el Trabajador en el domicilio
de la Empresa o en cualquier lugar de la República Mexicana que le designe la Empresa.
SEXTA.- El Trabajador desempeñará sus servicios bajo la dirección y dependencia de la Empresa, quedando obligado a
observar todas las instrucciones que de ésta reciba en relación con el trabajo contratado.
SÉPTIMA.- Durante la vigencia del presente contrato, el Trabajador recibirá por sus servicios un sueldo diario de $_____
(_____ pesos 00/100 M.N.), sometiéndose a los descuentos que deban hacerse por orden expresa de la Ley del Seguro
Social y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; pago semanal que ya incluye la proporción correspondiente a los séptimos
días y días de descanso obligatorio.
Dicho salario se le pagará al Trabajador los días _____ de cada semana.
OCTAVA.- Previa a la celebración de este contrato el Trabajador ha otorgado su consentimiento, el cual lo ratifica a la
firma del presente, para que el salario diario a que se refiere la cláusula séptima le sea pagado por la empresa mediante
transferencia electrónica que se realice a la cuenta bancaria que dicho Trabajador abra a su nombre para tal efecto, quien

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se obliga a entregar a la empresa, a más tardar tres días después de la firma del presente contrato de trabajo, toda la
información necesaria de dicha cuenta así como una fotocopia legible del contrato firmado con la Institución Bancaria
respectiva.
NOVENA.- La Empresa inscribirá al Trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social, pagando cada una de las partes
las cuotas que les correspondan en los términos establecidos por la Ley del Seguro Social.
DÉCIMA.- Con apoyo en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo y del criterio que ha sustentado el Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito en la Tesis: III.T. J/27, de la Octava Epoca, visible en la Gaceta del Semanario
Judicial de la Federación Núm. 55, Julio de 1992, con el rubro “JORNADA DIARIA. PUEDE EXCEDER DE OCHO HORAS, SIN
QUE DE LUGAR AL PAGO DE HORAS EXTRAS.”, las partes convienen en que la duración de la jornada diaria de trabajo será
la máxima legal establecida por la Ley Federal del Trabajo y por tanto la jornada de trabajo será de seis días, de lunes a
sábado, disponiendo a la mitad de la jornada diaria, un descanso de 30 minutos para tomar alimentos, quedando los
horarios sujetos a disponibilidad y necesidades de la Empresa. El total de tiempo será de 48 horas a la semana si se trata de
horarios diurnos, 45 horas por semana si es horario mixto y 42 horas por semana en caso de horario nocturno.
DÉCIMA PRIMERA.- El día de descanso semanal para el trabajador será el domingo de cada semana y causará salario de
acuerdo con el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo.
DÉCIMA SEGUNDA.- El Trabajador se obliga a registrar diariamente las horas de entrada y salida de sus labores en la
tarjeta de control de asistencia o en la forma que para tal efecto designe la Empresa, en el entendido de que la omisión de
lo anterior, se tomará como falta injustificada a su trabajo, dejando de percibir el Trabajador el sueldo correspondiente a
ese día.
DÉCIMA TERCERA.- El Trabajador no podrá laborar tiempo extraordinario de trabajo, sin previa autorización por escrito
que la Empresa le otorgue por conducto de sus representantes.
DÉCIMA CUARTA.- Durante la vigencia del presente contrato el Trabajador observará estrictamente el Reglamento
Interior de Trabajo que rige en la Empresa, así como los usos, las costumbres, sistemas de funcionamiento, etc., que rigen
en la misma. Por lo que el Trabajador se da por recibido de un ejemplar del citado documento.
DÉCIMA QUINTA.- El Trabajador queda obligado a sujetarse a los reconocimientos médicos que ordene la Empresa, de
acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en el entendido de que el médico que los practique será designado y retribuido por
la Empresa.
DÉCIMA SEXTA.- El Trabajador queda obligado a realizar todo el esfuerzo necesario que esté de su parte, a fin de facilitar
todas las operaciones de producción, las que nunca estarán sujetas al uso o vigilancia de determinada máquina o útiles de
trabajo.
DÉCIMA SÉPTIMA.- El Trabajador percibirá como aguinaldo la cantidad de quince días de salario anuales o la parte
proporcional que le corresponda si no hubiese trabajado todo el año al servicio de la Empresa.
DÉCIMA OCTAVA.- El Trabajador disfrutará de 6 días hábiles de vacaciones al cumplir su primer año de labores en la
Empresa y ésta podrá otorgárselos dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de la antigüedad. Dichos días
aumentarán de acuerdo con lo establecido con el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, gozando de una prima
vacacional en los términos del artículo 80 de la citada Ley.
DÉCIMA NOVENA.- Los días de descanso obligatorio que marca la Ley Federal del Trabajo, no los laborará el Trabajador.
VIGÉSIMA.- El presente contrato podrá terminar por cualesquiera de las causas previstas y establecidas en la Ley Federal
del Trabajo y en el Reglamento Interior de Trabajo que rige en la Empresa.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Queda prohibido al Trabajador divulgar los secretos de la empresa, ya sea durante la vigencia del
presente contrato o después de terminado éste sin el consentimiento previo y por escrito de la Empresa.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- El Trabajador será capacitado o adiestrado conforme a los programas que estén establecidos en la
empresa, conforme a lo establecido en el artículo 25 fracción VIII de la Ley Federal del Trabajo.
VIGÉSIMA TERCERA.-Empresa y Trabajadores en cumplimiento a los artículos del 153-a al 153-w de la ley federal del
trabajo, establecerán de común acuerdo los planes y programas de Capacitación y Adiestramiento que serán registrados
en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social para ser aplicados a todo el personal.
VIGÉSIMA CUARTA.- En caso de fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial, el Trabajador desde este
momento designa los beneficiarios a los que se refiere el artículo 501 de la Ley Federal de Trabajo, para el pago de los
salarios y prestaciones devengadas no cobradas. Los cuales se nombran a continuación con el siguiente porcentaje: _____

VIGÉSIMA QUINTA.- Ambas partes están de acuerdo en que la Empresa enviará a la dirección de correo electrónico del
Trabajador un Comprobante Fiscal Digital por Internet también llamado CFDI, por concepto del sueldo que dicho
Trabajador devengue y referido en la cláusula séptima, en el cual se incluirán todas las percepciones legales a que el
Trabajador tenga derecho, así como las retenciones que sobre el salario haya efectuado la Empresa, ya sea impuestos,
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cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, anticipos, préstamos, etc., conforme lo dispuesto por el artículo 99, fracción
lll, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. El Trabajador se compromete a firmar como recibo justificativo del pago
efectuado, la copia del Comprobante Fiscal Digital por Internet también llamado CFDI que semanalmente la Empresa le
llegue a expedir.
VIGÉSIMA SEXTA.- El presente contrato se suspenderá, rescindirá o dará por terminado en los casos a que se refieren los
capítulos III, IV y V del Título Segundo de la Ley Federal del Trabajo.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- De conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los
Particulares, se informa al Trabajador que todos los datos personales por el proporcionados a través de su currículum vitae,
solicitud de empleo, formularios de ingreso y los obtenidos como consecuencia de la relación laboral con la Empresa,
forman parte de ficheros de datos de carácter personal de estricta confidencialidad. El responsable del tratamiento de esos
ficheros es la Empresa, su uso será la gestión de procesos de pago, trámites ante las instancias que por disposición de las
leyes mexicanas deba hacerse a través de la Empresa, aspectos de recursos humanos internos y servicios generales. Al
otorgar el Trabajador esta información a la Empresa y signar el presente Contrato, acepta y está de acuerdo con los
anotados tratamientos. Asimismo el Trabajador, acepta conocer la facultad y ejercicio de sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido a la Empresa.
VIGÉSIMA OCTAVA.- Las partes convienen en que para todo lo no previsto en el presente contrato, regirán las
disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y para todo lo que se refiere a la interpretación, ejecución y cumplimiento del
mismo, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los junta y tribunales competentes de esta ciudad
de México.
Este contrato se extiende por duplicado en la Ciudad de México, el día_____ de _____ del dos mil veinti_____, firmándolo
las partes celebrantes, previa lectura del mismo y perfectamente enteradas de su alcance y contenido.

LA EMPRESA EL TRABAJADOR

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