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I. Antecedentes Históricos Del Derecho Mercantil
I. Antecedentes Históricos Del Derecho Mercantil
I. Antecedentes Históricos Del Derecho Mercantil
ASIGNATURA
DERECHO MERCANTIL I
LIC. ZAIRA TINAJERO CALIANO
TEMA I
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO MERCANTIL
EJES
HAGA CLIC TEMÁTICOS
PARA MODIFICAR EL ESTILO DE TÍTULO DEL PATRÓN
TEMA I
1.1.Epoca precodificadora 1.2. Época Codificadora
DIVISIÓN DE TRABAJO
No obstante, la importancia del comercio durante la Edad Antigua, dicha actividad no fue
regulada por normas especializadas.
Las actividades comerciales estuvieron reguladas por las
mismas normas que regían a todos los contratos civiles.
HAGA CLIC PARA MODIFICAR EL ESTILO
ROMA DE TÍTULO DEL PATRÓN
En Roma, a pesar de que es posible identificar algunas normas que regulan ciertos
aspectos muy específicos del comercio, se trataba de normas de derecho civil. Este
sistema de normas regulaba a las relaciones jurídicas entre ciudadanos sin hacer una
distinción de los actos basados en el comercio.
Algunos de los aspectos del comercio regulados por el derecho romano fueron:
A. Echazón por avería, regulado por la Lex Rhodia de Iactu. Consistía en repartir entre
todas aquellas personas que tenían un interés en una embarcación que había sufrido
un percance, la pérdida sufrida por los propietarios de las mercancías que habían
sido arrojadas al mar para salvarlo; esta repartición se hacía en proporción a su
interés.
B. Phoenus nauticum o préstamo a la gruesa. Consistía en un contrato por el cual una de las
HAGAseCLIC
partes PARAa entregar
obligaba MODIFICAR EL ESTILO
una suma DE aTÍTULO
de dinero DEL
otra, ésta PATRÓN
última se obligaba a devolver al
principal más intereses al finalizar el viaje, sólo si su regreso era exitoso. Si la embarcación
sufriera alguna catástrofe, entonces la obligación de regresar el principal de la suma prestada
más intereses quedaba extinguida.
D. Actio institutoria. Era una acción en contra del administrador que actuaba en nombre del
propietario de un negocio.
E. Actio excersitoria. Era una acción en contra de actos del capitán que actuaba en nombre del
propietario del barco.
➢ En Roma, el comercio no fue bien visto, por lo que se dictó la ley Flaminea, que
HAGA CLIC PARA
prohibía MODIFICAR
su ejercicio EL ESTILO
a los Patricios, al DE TÍTULO DEL
no admitirse PATRÓN las ganancias que
el comercio,
producía no le correspondían a la clase dictadora, pero esta obtenía sus riquezas del
botín de las guerras.
➢ En Europa, la plata era el metal que más abundaba, mientras que en Así era el oro, de
ahí que en Asía, la plata tuviese gran valor, debido a su escasez y en Europa sucedía lo
contrario.
El feudalismo surgió como una alternativa, un sistema político en el que el señor feudal
garantizaba la seguridad de sus siervos al interior del feudo pues los monarcas eran
incapaces de proteger a sus súbditos.
El feudalismo también implicó una forma de organización social dividida en nobleza, clero
y el pueblo llano. Se constituyó como un sistema económico caracterizado por la
producción para el autoconsumo.
➢ Resaltando el surgimiento de la institución del mercado como lugar público para realizar
las transacciones.
Durante la Baja Edad Media:
➢ HAGA
Campañas
CLIC militares (las cruzadas)
PARA MODIFICAR ELorganizadas
ESTILO DE principalmente por el Papa, con el objetivo
TÍTULO DEL PATRÓN
de recuperar del dominio musulmán la Tierra Santa. Las cruzadas, tuvieron un efecto
determinante en el comercio, provocaron el movimiento de personas de occidente a
oriente y la movilización de la riqueza de un lugar a otro.
➢ En los siglos XII y XIII con la introducción de la brújula, la navegación tuvo un enorme
impulso. Aparecen los primeros mercaderes itálicos (ejercen comercio internacional en el
MEDITERRANEO)
HAGA CLIC PARA MODIFICAR EL ESTILO DE TÍTULO DEL PATRÓN
➢ El auge del comercio de las grandes ciudades mediterráneas donde se intercambiaban
HAGA CLIC
objetos PARA MODIFICAR
y especies provenientesEL de
ESTILO DE Estos
oriente. TÍTULO DEL PATRÓN
sucesos dieron origen a una nueva
clase social integrada por los comerciantes.
➢ El comercio rebasó al derecho romano que era formalista y regulaba actos aislados,
siendo insuficiente para dar solución a los problemas que surgieron en el comercio
medieval, en un mismo día se llegaban a realizar múltiples operaciones entre personas
provenientes de distintos lugares.
GREMIOS
➢ Ante la falta de legislación aplicable para resolver los conflictos, los comerciantes
medievales se organizaron en gremios de acuerdo a su industria.
➢ Los gremios dictaban sus estatutos teniendo como base los usos que regían su actividad.
Para la solución de conflictos se instituyeron tribunales que aplicaron dichos estatutos.
Los estatutos de los gremios en un principio sólo eran aplicables a sus miembros.
➢ Conforme evoluciona y crece el comercio, se amplió su marco de aplicación
HAGA CLIC PARA
“jurisdicción”, de MODIFICAR EL regulaba
tal manera que ESTILO DElasTÍTULO DELcomerciales
relaciones PATRÓN de comerciantes
de diferentes gremios. E incluso aplicaba para los comerciales y no comerciantes, es
decir, personas que no ejercían profesionalmente el comercio pero que habían
entrado en una relación jurídica con el comerciante.
➢ Para finales de la Edad Media, conforme se fortaleció el poder del rey, se estableció
como requisito la aprobación real para otorgarle validez a los estatutos de los gremios.
El derecho mercantil surgió precisamente en este momento histórico, pues las normas
consuetudinarias de los gremios fueron un sistema de normas diferenciadas que
regularon específicamente la actividad de los comerciantes, por ejemplo: El Consulado del
Mar del siglo XIII.
Se crea la institución de los Cónsules, que tenían la misión de juzgar y decidir sobre los
HAGA CLICsuscitados
conflictos PARA MODIFICAR EL ESTILOdel
entre los miembros DEgremio.
TÍTULO DEL PATRÓN
• En Francia se creó el “Consulado del Mar” surgió con la colección de Derecho Marino,
redactada probablemente en los siglos XI a XIV, y aplicaba en los puertos del
Mediterráneo.
• “Los juicios de Oleron” reglas consuetudinarias que aplicaba en los puertos del Atlántico.
▪ “El Guión del Mar” escrito por Rouen siglo XV, que contenía reglas del contrato de
seguro marítimo.
▪ En Inglaterra la Carta Magna de JUAN SIN TIERRA DE 1215, y carta mercatoria, así como
el edicto de los comerciantes de 1285, fueron muy importantes para la formación de
asociaciones comerciales, característica importante de la edad media.
EDAD MODERNA
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Grandes expediciones marítimas de españoles, portugueses y holandeses principalmente, a
partir del siglo XV.
Se consolida el Estado-Nación, los estatutos fueron reemplazados por leyes expedidas por
los soberanos, pues estos eran los que tenían las facultades de expedir leyes MONARCA, por
esa razón la costumbre pierde fuerza, pero siguió dando contenido a las normas jurídicas
llamadas ORDENANZAS.
▪Las ordenanzas de Sevilla 1510 y las de Bilboa de 1737, fueron leyes expedidas por los
monarcas, pero su contenido se basaba en las reglas expedidas por los gremios.
➢ Se abandona la idea de que el Derecho Mercantil rige a una clase social, se replantea
como normas que regulan una actividad (acto de comercio) sin tomar en consideración
la profesión de los sujetos que lo realiza. Se regula de manera objetiva los actos de
comercio.
Esta tendencia unificadora fue interrumpida por las conmociones políticas, económicas y
sociales sufridas en todo el mundo a finales del siglo XIX.
Por esta razón, la unificación del derecho privado sólo fue adoptada en unas cuantas
naciones. Como ejemplo podemos mencionar al Código Federal de las Obligaciones Suizo de
1881, el cual se dejó a un lado la división entre derecho civil y mercantil.
SIGLO XX
HAGA CLIC PARA MODIFICAR EL ESTILO DE TÍTULO DEL PATRÓN
En la segunda mitad del siglo XX cayó el comunismo dando pie a una tendencia
privatizadora. Surgieron nuevas formas de financiamiento y se fortaleció el mercado de
valores como un instrumento de obtención de crédito.
El derecho de este periodo es poco conocido debido a que la conquista (en el año 1521)
llevó consigo la desaparición de todo lo anterior al sistema colonial.
La vigencia de este código, fue corta en ese mismo año los liberales proclamaron el Plan de
Ayutla desconociendo a López de Santa Anna como presidente y al sistema centralista; en
1855 Santa Anna fue derrocado por los liberales y el Código Lares perdió su vigencia.
La Constitución de 1857, permitió legislar a los congresos locales sobre materia de comercio.
En el artículo 24 se establecía el principio de que la Federación sólo estaba autorizada para
actuar respecto de aquello que la Constitución expresamente le permitía y, por lo tanto, lo
que no estaba expresamente concedido a la Federación, le correspondía a los estados. Lo
que significo facultar a las Legislaturas locales en materia mercantil; no obstante, la mayoría
de los estados prefirió regresar a las Ordenanzas de Bilbao.
Código de Comercio 1884
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Debido a los problemas que causaba la falta de una legislación uniforme en materia de
comercio, en 1883 la Constitución de 1857 fue reformada para otorgar al Poder Legislativo
Federal la facultad expresa de legislar en materia de comercio. Para dar cumplimiento a
dicha reforma, en 1884, bajo el gobierno de Manuel González, fue expedido el segundo
Código de Comercio.
Sin embargo, una vez más, debido a la inestabilidad prevaleciente en el país, éste Código
fue de muy corta duración, pues en 1889, bajo el gobierno de Porfirio Díaz, se expidió el
tercer Código de Comercio, con vigencia a partir del 1o. de enero 1890.
Situación actual
ElHAGA
CódigoCLIC PARA MODIFICAR
de Comercio de 1890 es EL ESTILOvigente
el código DE TÍTULO DEL PATRÓN
hasta nuestros días. En principio, como
su nombre lo dice, intentó reunir en un solo cuerpo normativo la regulación del comercio.
Sin embargo, a través del tiempo, el Código de Comercio ha sido derogado en múltiples
disposiciones debido a que ha sido necesario ampliar la regulación de algunos aspectos
que ya contenía el Código. Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus
disposiciones podemos mencionar a:
Por otro lado, han surgido múltiples áreas que antes no estaban reguladas por nuestro
Código de tal forma que actualmente existen nuevas leyes mercantiles que no tienen su
base en el Código de Comercio, tales como la Ley Federal de Protección al Consumidor, la
Ley del Mercado de Valores y la Ley Federal de Competencia Económica.
REFERENCIA
HAGA CLIC BIBLIOGRÁFICA
PARA MODIFICAR EL ESTILO DE TÍTULO DEL PATRÓN