Test (Assessment)">
Ac2 - Marroquin - Flores - Jennifer
Ac2 - Marroquin - Flores - Jennifer
Ac2 - Marroquin - Flores - Jennifer
Alumnos:
Octubre 2021.
Índice
Índice.
Introducción
ÍNDICE
Introducción.
Por tal motivo, surge la necesidad de ofrecer a la juventud de la región, una oportunidad
para continuar con una formación integral, que posibilite la adquisición de conocimientos,
habilidades, aptitudes y actitudes para desarrollarlas adecuadamente en un entorno laboral y
social. Por ende, la Licenciatura en Desarrollo Educativo Y Comunicación promueva en
los estudiantes la adquisición y el manejo de herramientas digitales, educativas y de
comunicación de índole vanguardista, necesarias hoy en día.
Otro de los aspectos importantes a tomar en cuenta dentro de las consecuencias originadas
por la pandemia, recae en el rezago y deserción escolar de alumnos universitarios, derivado
de una educación a distancia poco funcional: A nivel nacional, según el Instituto Mexicano
para la Competitividad (IMCO. 2020). la pandemia del COVID-19 dejó un rezago de dos
años educativos para casi 10 millones de estudiantes tras el cierre de todas las escuelas en el
país. No obstante, independientemente del rezago existente, también surgieron otro tipo de
complicaciones, que se abocan más que nada a la deserción escolar. Para ello, se contempla
que, de 2.65 millones de alumnos que no se inscribieron al ciclo escolar 2020-2021, el
26.6% no lo hizo por considerar que las clases a distancia son poco funcionales para el
aprendizaje. Estos datos fueron revelados por la encuesta de ECOVID-ED (INEGI, 2021)
Las desigualdades económicas ante las nuevas modalidades educativas, son una realidad
para los estudiantes universitarios, porque cuando se desató la pandemia, las escuelas
estaban mal preparadas para impartir educación a distancia a todos los estudiantes de
manera igualitaria. Esto se debió a la incapacidad de los gobiernos, a largo plazo, de
remediar la discriminación y las desigualdades en sus sistemas educativos, o de garantizar
los servicios gubernamentales fundamentales, como una electricidad asequible y fiable en
los hogares, o de facilitar un acceso asequible a Internet. Las escuelas con recursos
históricamente insuficientes, y con alumnos que ya se enfrentaban a mayores obstáculos en
su aprendizaje, tuvieron que esforzarse especialmente para llegar a sus alumnos a pesar de
las brechas digitales. Y claro está, que los sistemas educativos no han proporcionado
formación en materia de alfabetización digital a docentes para garantizar que puedan
utilizar estas tecnologías con seguridad y confianza. Durante el cierre de las escuelas, en la
mayoría de los países, la educación se trasladó a Internet o se impartió de otra manera a
distancia, pero con grandes diferencias en cuanto a acogida y calidad. Cuestiones como el
acceso a Internet, la conectividad, la accesibilidad, la preparación del material, la situación
en el hogar y principalmente la formación del cuerpo docente, han influido e influirán
mucho en la viabilidad de la enseñanza a distancia, así como en la recuperación de los
rezagos escolares.
Ante este nuevo contexto que la sociedad enfrenta actualmente, la integración del
desarrollo educativo y la comunicación, vienen a representar un nuevo campo de estudio
que brinda conocimientos teóricos y prácticos para la generación de estrategias
comunicativas en pro de aprendizajes significativos, que van más allá de una educación que
se ha visto interferida por la pandemia del COVID-19.
Aunado a las nuevas modalidades vanguardistas que surgen día con día, la licenciatura de
desarrollo educativo y comunicación, resulta una carrera única en cuanto a la originalidad
de sus contenidos y su multidisciplinariedad, visionaria al considerar que, derivado de la
pandemia por el COVID-19, tanto instituciones públicas como privadas de todos los
sectores educativos y de cualquier zona geográfica del país, requerirán profesionales que
coadyuven al logro del ideario institucional a través de propuestas formativas que se
encaminen al diagnóstico, la gestión y la formulación de proyectos sustentados en bases
sólidas. Fomentando en todo momento, el desarrollo de estilos de liderazgo que funjan un
rol de eficiencia y calidad educativa. en la formación y capacitación del capital humano.
● 3. Mercado ocupacional.
Universidades Región
Universidad del Golfo de México Ciencias de la comunicación
Sistemas computacionales e
informática
Pedagogía
Universidad del Valle de Orizaba Ciencias de la Educación
Educación
Estado
Universidad Veracruzana Ciencias de la comunicación
Docencia mediada por tecnologías
Universidad Cristóbal Colón Ciencias de la educación
Comunicación y entornos digitales
Universidad Mexicana Ciencias de la educación
Comunicación
Universidad del Valle de México Educación
Comunicación y medios digitales
Nación
Universidad Autónoma de México Ciencias de la comunicación
Universidad La Salle Ciencias de la comunicación
Educación preescolar
Educación primaria
Universidad Autónoma de Tlaxcala Licenciatura en comunicación e
innovación educativa
Benemérita Universidad Autónoma de Ciencias de la comunicación
Puebla
Sabemos que las profesiones están sometidas a la transformación continua que ocasionan
los tiempos en los que vivimos y las circunstancias a las que nos enfrentamos, por lo tanto,
la carrera en educación no es la excepción y es necesaria su evolución al mezclar la
educación con la tecnología. De esta forma obtendremos docentes más capacitados para
enfrentar los retos venideros y competentes para ayudar a otros a no quedar en el rezago
tecnológico- educativo.
5. Marco legal que rige la creación de la carrera.
Derecho a la educación:
Ciencia y tecnología
La constitución política de los estados unidos mexicanos nos muestra lo siguiente dentro
del artículo tercero y las fracciones que mencionan sobre la educación superior:
Artículo 3° Constitucional
La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un
enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar
armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la
Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la
solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los
valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.
VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley
otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas;
realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios
de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y
discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de
ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su
patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del
administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los
términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las
características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía,
la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se
refiere.
Artículo 25. Los planes y programas de estudio de las escuelas normales deben responder,
tanto a la necesidad de contar con profesionales para lograr la excelencia en educación,
como a las condiciones de su entorno para preparar maestras y maestros comprometidos
con su comunidad.
Dichos planes y programas serán revisados y evaluados para su actualización, considerando
el debate académico que surge de la experiencia práctica de las maestras y maestros, así
como de la visión integral e innovadora de la pedagogía y la didáctica; además, se
impulsará la colaboración y vinculación entre las escuelas normales y las instituciones de
educación superior para su elaboración.
Las revisiones a las que se refiere este artículo considerarán los planes y programas de
estudio de la educación básica, con la finalidad de que, en su caso, las actualizaciones a
realizarse contribuyan al logro del aprendizaje de los educandos.
Capítulo IV
Del tipo de educación superior
Artículo 47. La educación superior, como parte del Sistema Educativo Nacional y último
esquema de la prestación de los servicios educativos para la cobertura universal prevista en
el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el servicio
que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por
la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales
previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos
sus niveles y especialidades.
Artículo 49. Las autoridades educativas respetarán el régimen jurídico de las universidades
a las que la ley les otorga autonomía, en los términos establecidos en la fracción VII del
artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que implica,
entre otros, reconocer su facultad para ejercer la libertad de cátedra e investigación, crear su
propio marco normativo, la libertad para elegir sus autoridades, gobernarse a sí mismas, y
administrar su patrimonio y recursos.
La Secretaría propondrá directrices generales para la educación superior y acordará los
mecanismos de coordinación pertinentes con las instituciones públicas de educación
superior, incluyendo a aquellas que la ley les otorga autonomía, conforme a lo previsto en
esta Ley y lo establecido en la Ley General de Educación Superior.
Es importante mencionar que de igual manera la máxima casa de estudios superiores del
estado de Veracruz, tiene lineamientos para la creación y acreditación de una carrera
profesional de ahí la importancia de estas pautas para que el diseño curricular de esta
carrera sus sustente con todas las normas y reglamentaciones que rigen esta arena, por lo
cual se retoma lo siguiente:
Artículo 6. Cada asignatura tendrá un valor en créditos, por semestre, igual al número de
horas-clase por semana.
Capítulo II
De los planes y programas de estudio
Artículo 12. En los planes y programas de estudio se establecerá la afinidad de las
asignaturas que contengan y se agruparán conforme al modelo de diseño curricular elegido.
Con el ACUERDO número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos
relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior,
fundamentado en los artículos siguientes:
Artículo 2°
Artículo 4°
Artículo 13°
Especifica conforme a las Políticas de la APA las referencias que se utilizan para elaborar
este reporte de análisis.