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Modelo de Divorcio

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DIANA MILENA ARDILA

ABOGADA

SEÑOR
NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE BARRANCABERMEJA
E.S.D
REFERENCIA: DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL POR MUTUO ACUERDO

ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ, identificada con la cedula de ciudadanía número


1.143. 239.032 Barranquilla, mayor de edad, vecina y residente de la ciudad de
Barrancabermeja y JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS, igualmente mayor de edad,
domiciliado en esta ciudad e identificado con la cedula de ciudadanía No 72. 246.711 de
Barranquilla, cónyuges entre sí y de estado civil casados, con ultimo domicilio la ciudad de
Barrancabermeja, obrando en nuestros propios nombres, por medio del presente escrito
manifestamos respetuosamente a usted señor notario que conferimos PODER especial,
amplio y suficiente a la abogada DIANA MILENA ARDILA, titular de la tarjeta profesional
número 296.958 del Consejo superior de la Judicatura, identificada con la cedula de
ciudadanía No. 63.534.098 de Bucaramanga , para que en nuestro nombre y
representación inicie, tramita y lleve hasta su terminación ante esta notaria EL TRAMITE
NOTARIAL CORRESPONDIENTE AL DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL DE
COMUN ACUERDO ENTRE SI contraído el día día 19 de mayo de 2012 en la notaria
primera del Circulo de Barrancabermeja – Santander - Colombia, de igual manera nuestra
apoderada queda expresamente facultada para firmar la correspondiente escritura pública.

Mi apoderada queda investida de las facultades establecidas en el artículo 77 del Código


General del Proceso y en especial para presentar la solicitud correspondiente, corregirla,
adicionarla, recibir notificaciones, solicitar, aportar pruebas, recibir, transigir, desistir,
allanarse, renunciar, sustituir, reasumir, conciliar judicial o extrajudicialmente con o sin mi
presencia, interponer tachas de falsedad, suscribir acuerdos en mi nombre, firmar la
correspondiente escritura pública que acoja la declaratoria de divorcio de matrimonio civil,
la disolución y liquidación de la sociedad conyugal y todas aquellas que tiendan al buen y
fiel cumplimiento de la labor encomendada.

Sírvase señor notario, reconocer personería a nuestra apoderada en los términos y para
los efectos del presente poder.

Atentamente,

ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ


c.c.1.143.239.032 de Barranquilla

JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS


C.c. 72.246.711de Barranquilla

Acepto,

DIANA MILENA ARDILA


C.C. N° 63.534.098
T.P.N° 296.958 DEL C.S. DE LA J.
DIANA MILENA ARDILA

ABOGADA

SEÑOR
NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE BARRANCABERMEJA
E.S.D

Referencia: DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL ENTRE ELIANA TERESA


ROMERO MARTINEZ, y JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS.

ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ, identificada con la cedula de ciudadanía


número 1.143. 239.032 Barranquilla, mayor de edad, vecina y residente de la ciudad de
Barrancabermeja y JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS, igualmente mayor de edad,
domiciliado en esta ciudad e identificado con la cedula de ciudadanía No 72. 246.711., por
medio del presente documento nos permitimos manifestar a su despacho que hemos
convenido lo siguiente:

1. Respecto de los cónyuges :

a) Han decidido de mutuo acuerdo realizar EL DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL.


b) Que mediante el presente acuerdo y como consecuencia del Divorcio de Matrimonio
Civil, su Consecuente Disolución y Posterior liquidación de Sociedad Conyugal
Vigente, cada uno podrá establecer su propio domicilio y su residencia sin
interferencia del otro y tendrá derecho a su completa privacidad; así como a
rehacer su vida sentimental sin intervención de la otra parte.
c) Que, dentro del matrimonio antes enunciado, los cónyuges tuvieron una hija, quien
responden al nombre de EVELYN DANIELA NIÑO ROMERO, la cual nació el día 07
de diciembre de 2015, registrada en la notaria primera de Sincelejo - Sucre-
Colombia, en fecha de 09 de diciembre de 2015 bajo indicativo serial 55971962 y
NUIP 1103515996; siendo a la fecha menor de edad, conforme al registro civil de
nacimiento.
d) No habrá obligación alimentaria entre los esposos habida cuenta que cada uno
posee medios económicos suficientes.

2. Respecto de los hijos :

a) Patria Potestad: Queda a cabeza de su madre ELIANA TERESA ROMERO


MARTINEZ.
b) Custodia: Que el cuidado de la menor queda a cabeza de su madre ELIANA
TERESA ROMERO MARTINEZ.
c) Cuota alimentaria: Para el cumplimiento de sus obligaciones como padre para
la alimentación, vivienda, salud, educación, vestuario, recreación, etc, de la
menor: EVELYN DANIELA NIÑO ROMERO. El señor JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS
se compromete a pasar una cuota mensual de UN MILLON DE PESOS
($1.000.000) M/C, los primeros cinco (05) días de cada mes, los cuales serán
consignados a nombre de la señora ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ, a la
cuenta de ahorro 306-000520-60 Bancolombia , suma que será reajustada
anualmente, en la misma proporción en que aumente el salario mínimo legal
mensual vigente.

Igualmente dará una muda de ropa en junio y diciembre de cada año por un valor
de doscientos mil pesos mcte ($200.000) cada una.
d) Visitas a los menores: Los podrá visitar todos los días en horarios acordados
previamente con la madre sin que perjudique sus horarios de clases, ni en altas
horas de la noche.
DIANA MILENA ARDILA

ABOGADA

3. Sociedad Conyugal:

a) Se liquidara por aparte.

Atentamente,

ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS


C.C.1.143.239.032 C.C. 72..246.711
DIANA MILENA ARDILA

ABOGADA

Doctor
NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE BARRANCABERMEJA
E.S.D.

DIANA MILENA ARDILA, mayor de edad, vecina de esta ciudad, domiciliada en la calle
34 número 36-121, barrio los pinos, identificada con la cedula de ciudadanía No
63.534.098 de Bucaramanga, portadora de la tarjeta profesional No 296.958 del C. S. de
la J. actuando en calidad de apoderada de los señores ELIANA TERESA ROMERO
MARTINEZ, identificada con la cedula de ciudadanía número 1.143. 239.032 Barranquilla,
mayor de edad, vecina y residente de la ciudad de Barrancabermeja y JOSE JACOB
NIÑO OLIVEROS, igualmente mayor de edad, domiciliado en esta ciudad e identificado
con la cedula de ciudadanía No 72. 246.711., cónyuges entre sí y de estado civil casados,
con ultimo domicilio la ciudad de Barrancabermeja, por medio del presente escrito solicito
ante su despacho se adelante el TRAMITE NOTARIAL CORRESPONDIENTE AL
DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL DE MUTUO ACUERDO, con ocasión del
matrimonio celebrado entre mis poderdantes con fecha del 19 de mayo de 2012 en la
notaria notaria primera de Barrancabermeja – Santander - Colombia, basado en los
siguientes :

HECHOS

PRIMERO: Mis poderdantes ELIANA TERESA ROMERO MARTINEZ, identificada con la


cedula de ciudadanía número 1.143. 239.032 Barranquilla, y JOSE JACOB NIÑO
OLIVEROS, identificado con la cedula de ciudadanía No 72. 246.711 contrajeron
matrimonio civil, en la notaria primera de Barrancabermeja – Santander - Colombia, de
fecha 19 de mayo de 2012 tal y como consta en el registro civil de matrimonio 6228227
de fecha 17 de septiembre de 2013.

SEGUNDO: Que el último domicilio de mis poderdantes fue la ciudad de Barrancabermeja


y de esta unión del matrimonio se procreó una hija.

TERCERO: Que las partes de mutuo acuerdo han decidido disolver el vínculo matrimonial
y para tal efecto han allegado dicho acuerdo.

CUARTO: Que las partes de mutuo acuerdo han acordado las obligaciones como padres
para la alimentación, vivienda, salud, educación, vestuario, recreación, etc, de sus hijos y
para tal efecto han allegado dicho acuerdo.

QUINTO: Que mis poderdantes no han decidido disolver y liquidar la sociedad conyugal
por tanto esta se realizara por aparte

SEXTO: Que en el acuerdo suscrito entre mis representados, se determinó que no habrá
obligaciones alimentarias entre los esposos, habida cuenta que cada uno posee medios
económicos suficientes.

SEPTIMO: Así mismo, mis poderdantes acuerdan conservar sus residencias separadas sin
que en el futuro alguno infiera en la privacidad del otro.

OCTAVO: El decreto 4436 del 28 de noviembre del 2005 en su artículo primero establece:
“el Divorcio ante notario, o la cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso .el
divorcio del matrimonio civil, o la cesación de los efectos civiles de los matrimonios
religiosos por mutuo acuerdo de los conyugues podrá tramitarse ante notario del circulo
que escojan los interesados y se formalizara mediante escritura pública”
DIANA MILENA ARDILA

ABOGADA

NOVENO: Que bajo estos términos legales, es usted señor notario competente para la
presente solicitud dentro del plazo establecido normativamente.

DECIMO: es de aclarar señor notario que estoy ampliamente facultada para efectuar la
correspondiente firma de las escrituras de DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL POR MUTUO
ACUERDO según poder conferido en mi favor.

PETICION

PRIMERO: Con base a los hechos narrados, solicito a su despacho que mediante
escritura reconozca el consentimiento expresado por mis poderdantes y se declare el
DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL POR MUTUO ACUERDO entre ELIANA TERESA
ROMERO MARTINEZ, identificada con la cedula de ciudadanía número 1.143.
239.032 Barranquilla, mayor de edad, vecina y residente de la ciudad de
Barrancabermeja y JOSE JACOB NIÑO OLIVEROS, igualmente mayor de edad,
domiciliado en esta ciudad e identificado con la cedula de ciudadanía No 72.
246.711

SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior no se ordene la disolución con su


consecuente liquidación de la sociedad conyugal creada entre mis prohijados con ocasión
del matrimonio celebrado el 19 de mayo de 2012.

TERCERO: Que se disponga la inscripción de la escritura de divorcio en los respectivos


folios del registro civil de nacimiento de mis prohijados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Invoco como fundamentos de derechos la ley 962 de 2005 articulo 34 y el decreto 4436
de 2005.
PRUEBAS

1. Registro civil de matrimonio de mis poderdantes


2. Registro civil de nacimiento de la menor
3. Fotocopia de cedula de mis representados
4. Poder y acuerdo firmado por mis poderdantes

Del señor notario,

DIANA MILENA ARDILA


CC.63.534.098 De Bucaramanga
T.P: 296.958 C.S.de la J.

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