Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Solicitud de Conciliación

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 4

Bucaramanga 26 de marzo de 2014

Señor(es)
Centro de conciliación de la Cámara de Comercio
Bucaramanga

Ref. Poder especial

Margy María Manasse mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Bucaramanga


(santander) identificada con cedula de ciudadanía No. 63349253 de
Bucaramanga, Santander otorgo poder especial, amplio y suficiente a la
abogada Jennifer Suarez Ochoa mayor de edad, domiciliada en la carrera 36#35-
10 Bucaramanga identificada con cedula de ciudadanía No. 1098748500 de
Bucaramanga y portadora de la tarjeta profesional No. 2110815 del consejo
superior de la judicatura, para que en mi nombre y representación allegue solicitud
conciliación extrajudicial con el fin de llegar a un acuerdo sobre el pago de los
perjuicios ocasionados por:

 *La empresa ALQUERIA S.A (“Pequeña Granja”.) representada legalmente


por ANGIE MANUELA DURAN JAIMES identificado con cedula de ciudadanía
1098734300 de Bucaramanga, Santander, o quien haga sus veces

El apoderado está facultado para conciliar, sustituir, desistir, solicitar e intervenir


en las pruebas que se surtan y demás facultades necesarias para la plena defensa
de mis derechos.

Margy María Manasse


C.C 63349253

Acepto

Jennifer Suarez Ochoa


C.C 1098748500
T.P 2110815

Bucaramanga 5 de marzo de 2014

Señor(es)
Centro de conciliación de la Cámara de Comercio
Bucaramanga

Ref. Solicitud de Conciliación

Jennifer Alexandra Suarez Ochoa mayor de edad, identificada con cedula de


ciudadanía No. 1098748500 de Bucaramanga y portadora de la tarjeta profesional
No. 2110815 del consejo superior de la judicatura, actuando en nombre y
representación de Margy María Manasse Vargas mayor de edad, identificado con
cedula de ciudadanía No. 63349253 de Bucaramanga, Santander.

Comedidamente solicito a ustedes fijar fecha, hora y lugar para llevar acabo
audiencia de conciliación con el fin de llegar a un acuerdo sobre los daños
materiales y morales causados a mi apoderado y solucionar el conflicto con:

 La empresa ALQUERIA S.A (“Pequeña Granja”.) representada legalmente


por ANGIE MANUELA DURAN JAIMES identificado con cedula de
ciudadanía 1098734300 de Bucaramanga, Santander, o quien haga sus
veces

La controversia que se pretende solucionar tiene los siguientes hechos:

1. El 31 de agosto de 2012, la actora como de costumbre, a través de su


hijo Jesús Antonio adquirió en la tienda del conjunto donde residía una
bolsa de leche “larga vida”

2. Se procedió a abrir la bolsa y parte de su contenido fue ingerido por la


señora Margy María, inmediatamente “sintió que la boca, la garganta y
el estómago se le quemaban, sentía la lengua y la garganta como
anestesiados, igual que las extremidades conjuntamente con un
hormigueo”. Sostuvo que la leche le supo amargo, que tanto la boca
como la garganta se le resecaron y su visión era borrosa; aseguro que
no pudo vomitar y tuvo que ser trasladada al hospital San Ignacio.

3. En esta entidad y luego de la respectiva valoración se le sometió a


tratamiento por intoxicación exógena, también se tomaron muestras para
los correspondientes exámenes de toxicología. El medico de turno dejo
constancia de que la paciente presentaba “dolor abdominal, sequedad en la
boca, escalofrió, visión borrosa, disuria de ardor, conjuntivas hipercronicas,
midriasis pupilar bilateral, dolor a la palpación profunda en meso e
hipocondrio izquierdo. En conclusión, que la ingesta de la leche en
condiciones no aptas para el consumo humano le genero la sintomatología
descrita.

4. A la señor Margy Maria Manasse Vargas se le ordenaron exámenes


con miras a establecer el consumo de sustancias prohibidas con resultado
negativo. Ella no es diabética, su cuadro de tensión arterial siempre es
normal y no evidencia enfermedad conjuntival o periodo menstrual. La única
patología que hasta entonces, presentaba era una gastritis crónica que se
le estaba tratando con omeprazol.

5. La actora fue sometida a una resonancia magnética y las conclusiones


obtenidas fueron: “pequeñas lesiones inespecíficas localizadas en los
lóbulos parietales y en el lóbulo frontal derecho. Pueden corresponder a
áreas de desmielinizacion, infartos lacunares y cambios por vasculitis,
debiendo correlacionarse con hallazgos clínicos (…)” La Medico radiólogo
María Isabel Mantilla sugiere algunas posibilidades de patologías que
complementadas o corroboradas sobre la desmielinizacion de fibras
nerviosas bilaterales conducen a creer que ese es realmente el origen del
daño sufrido por la recurrente.

PRUEBAS

Los hechos relacionados anteriormente se sustentan en las siguientes pruebas

Exámenes toxicológicos

1. Historia clínica
 Dictamen de los exámenes realizados a la señora Margy María el día 1
de septiembre de 2012 en radicado No. 2578.
 Examen de campimetría realizado el 17 de septiembre de 2012, y del 11
de octubre de 2012.

ANEXOS

 Poder especial
 Documentos de pruebas

NOTIFICACIONES

Las comunicaciones se pueden dirigir a:

Jennifer Suarez Ochoa c.c 1098748500


Dirección: Carrera 35 coon calle 36 apto 502, Bucaramanga S/der
Número de teléfono: 6321176
Celular: 3112345870
Correo electrónico: jennifercita_1109@hotmail.com

Jennifer Suarez Ochoa


C.C 1098748500
T.P 2110815

También podría gustarte