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Reglamento General de Grados y Titulos Modificado de La UNHEVALRes. CU #1893 2021
Reglamento General de Grados y Titulos Modificado de La UNHEVALRes. CU #1893 2021
Reglamento General de Grados y Titulos Modificado de La UNHEVALRes. CU #1893 2021
CONSIDERANDO:
Que, con la Resolución Consejo Universitario Nº 1538-2020-UNHEVAL. del 14.SET.2020, se aprobó el
REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMIL/0 VALDIZAN
DE HUANUCO, que consta de 77 artículos, 18 disposiciones complementarias, 4 disposiciones finales y 11
anexos;
Que, mediante la Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, del 17.AG0.2021, se
aprobó Reglamento General de Grados y Titules Modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de
Huánuco, conforme al ejemplar adjunto, conteniendo seis (06) Títulos, setenta y seis (76) Artículos, diecinueve
(19) Disposiciones Complementarias, cuatro (4) Disposiciones Finales. y doce (12) Anexos;
Que, con el Oficio Nº 0251-2021-UNHEVAL/SG, del 26.AG0.2021, la Secretaria General, manifiesta que
el Reglamento aprobado con la Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, sustituye en su
integridad al Reglamento aprobado con la Resolución Consejo Universitario Nº 1538-2020-UNHEVAL; sin
embargo, a efectos de evitar confusiones en su aplicación, resulta necesario ampliar los alcances de la Resolución
Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, del 17 de agosto de 2021, de acuerdo al siguiente texto: "Ampliar
los alcances de la Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL del 17 de agosto de 2021, que
aprobó el Reglamento General de Grados y Títulos Modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de
Huánuco, cuyo ejemplar sustituye en su integridad al Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad
Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, aprobado con la Resolución Consejo Universitario Nº 1538-2020-
UNHEVAL. ";
Que, dado cuenta en la sesión ordinaria Nº 56 de Consejo Universitario, del 27.AG0.2021, ante lo
solicitado por la Secretaria General; y a efectos de evitar confusiones en la aplicación del actual Reglamento
General de Grados y Títulos Modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el pleno acordó
ampliar los alcances de la Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, del 17.AG0.2021, que
aprobó el Reglamento General de Grados y Títulos Modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de
Huánuco, precisando que el ejemplar adjunto en dicha resolución sustituye en su integridad al Reglamento
General de Grados y Títulos de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, aprobado con la
Resolución Consejo Universitario Nº 1538-2020-UNHEVAL. del 14.SET.2020;
Que el Rector remite el caso a Secretaría General, con el Proveído Nº 0569-2021-UNHEVAL-CUIR, para
que se emita la resolución correspondiente;
Estando a lo acordado y a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria N° 30220; por el
Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución Nº 050-2016-UNHEVAL-CEU, del
26.AG0.2016, del Comité Electoral Universitario, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2016 hasta el
01.SET.2021, a los representantes de la Alta Dirección; por la Resolución Nº 2780-2016-SUNEDU-02-15.02, del
14.0CT.2016, que resolvió proceder a la inscripción de las firmas de las autoridades de la UNHEVAL en el
Registro de Firma de Autoridades Universitarias, Instituciones y Escuelas de Educación Superior de la SUNEDU;
SE RESUELVE:
1° AMPLIAR los alcances de la Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, del 17.AG0.2021,
que aprobó el Reglamento General de Grados y Tftulos Modificado de la Universidad Nacional Hermilio
Valdizán de Huánuco, precisando que el ejemplar adjunto en dicha resolución sustituye en su integridad al
Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, aprobado
con la Resolución Consejo Universitario Nº 1538-2020-UNHEVAL, del 14.SET.2020; por lo expuesto en los
considerandos precedentes.
2° DISPONER que los órganos internos competentes adopten las acciones complementarias de acuerdo a sus
atribuciones.
~~11'.~~0NOCER la presente Resolución a los órganos competentes.
Regístrese, comuníquese y archívese~=~
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Dependencias Académicas
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"A1io del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
VISTOS, los documentos que se acompañan en sesenta y siete (67) folios y un ejemplar del
Reglamento;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Consejo Universitario Nº 1095-2021-UNHEVAL, del 03.JUN.2021, se
conformó la Comisión Especial encargada de revisar y proponer las modificaciones al Reglamento General
de Grados y Títulos de la UNHEVAL, quedando integrado por los siguientes profesionales: Dra. Mary Maque
Ponce, Presidente; Dr. Víctor Pedro Cuadros Ojeda, Miembro; Dr. Andrés Cámara Acero, Miembro; Dra. Maria
del Carmen Villavicencio Guardia, Miembro; Dr. Amancio Ricardo Rojas Cetrina, Miembro; Dra. Verónica Tomasa
Cajas Bravo, Miembro; Abog. Yersely Karin Figueroa Quiñonez, Miembro; Lic. Celestina Albornos Leiva, Miembro;
Lic. Ninfa Yolanda Torres Munguía, Miembro;
Que, con el Oficio Nº 001-2021-UNHEVAUCEERyPMRGYT, del 25.JUN.2021, la Presidente de la
Comisión Especial encargada de revisar y proponer las modificaciones al Reglamento General de Grados y Títulos
de la UNHEVAL, comunica que dicha comisión ha concluido con las funciones encomendadas, teniendo en cuenta
las solicitudes de modificatoria de los considerandos de la Resolución Consejo Universitario Nº 1095-2021-
UNHEVAL, remitiendo la propuesta correspondiente;
Que, dado cuenta en la sesión ordinaria Nº 54 de Consejo Universitario, del 25.JUN.2021, luego de
la deliberación, el pleno acordó aprobar el Reglamento General de Grados y Títulos Modificado de la UNHEVAL;
y previa a la emisión de la resolución derivar a los consejeros para que emitan opinión otorgándose un plazo de
cinco días hábiles; cumplido el plazo derivar a la Oficina de Secretaría General para la emisión de la resolución,
teniendo en consideración las mejoras a considerarse. Habiéndose cumplido el plazo de 05 días hábiles, otorgado
a los miembros de Consejo Universitario, y no habiéndose recibido sugerencias de mejoras, se remite a Secretaría
General para la emisión de la resolución aprobando el Reglamento General de Grados y Títulos Modificado de la
Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, conforme al ejemplar adjunto, conteniendo seis (06) Títulos.
setenta y seis (76) Artículos, diecinueve (19) Disposiciones Complementarias, cuatro (04) Disposiciones Finales,
y doce (12) Anexos; disponiendo que el Vicerrectorado Académico, la Unidad de Grados y Títulos, los decanatos
de las facultades, la Escuela de Posgrado y demás órganos internos adopten las acciones complementarias;
Que el Rector remite el caso a Secretaría General, con el Proveído Nº 0452-2021-UNHEVALCU/R, para
que se emita la resolución correspondiente;
Estando a lo acordado y a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria Nº 30220; por el
Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución Nº 050-2016-UNHEVAL-CEU, del
26.AG0.2016, del Comité Electoral Universitario, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2016 hasta el
01.SET.2021, a los representantes de la Alta Dirección; por la Resolución Nº 2780-2016-SUNEDU-02-15.02, del
14.0CT.2016, que resolvió proceder a la inscripción de las firmas de las autoridades de la UNHEVAL en el
Registro de Firma de Autoridades Universitarias, Instituciones y Escuelas de Educación Superior de la SUNEDU;
SE RESUELVE:
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RECTOR
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DIGA-UGT-Facultades (14)
DAySA-UOM-UPA-URCyAA
EPG-DEG-Direcciones Académicas-Archivo
REGLAMENTO GENERAL
,
DE
GRADOS Y TITULOS
MODIFICADO DE LA UNHEVAL
(Resolución Consejo Universitario Nº 1893-2021-UNHEVAL, del
17.AGOS.2021)
HUÁNUCO - PERÚ
2021
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
INDICE
DISPOSICIONES GENERALES 3
CAPITULO 1 3
GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER 3
CAPÍTULO 11 5
DEL TÍTULO PROFESIONAL 5
CAPÍTULO 111 7
TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL 7
CAPÍTULO IV 8
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TÍTULO 11 9
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN 9
TÍTULO 111 11
TESIS 11
CAPÍTULO l. 13
DEL ASESOR DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, TESIS, TRABAJO DE
SUFICIENCIA PROFESIONAL Y TRABAJO ACADÉMICO 13
TÍTULO IV 14
TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL 14
TÍTULO V 16
TRABAJO ACADÉMICO 16
TÍTULO VI 16
PROCEDIMIENTO DE LA SUSTENTACIÓN Y OBTENCIÓN DEL GRADO O TÍTULO
........................ ............................................................................................................. 16
CAPÍTULO 1 17
DE LA SUSTENTACIÓN DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, TESIS, TRABAJO
DE SUFICIENCIA PROFESIONAL, TRABAJO ACADÉMICO EN ACTO PÚBLICO. 17
CAPÍTULO 11 19
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO O TÍTULO 19
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 20
DISPOSICIONES FINALES 23
ANEXOS 24
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
Art. 4° Los requisitos para obtener el Grado Académico de Bachiller son los siguientes:
a) Haber aprobado y concluido satisfactoriamente las asignaturas del plan de
estudios de pregrado.
b) Haber realizado las prácticas preprofesionales (en aquellas carreras profesionales
que lo exigen).
c) Haber aprobado un trabajo de investigación.
d) Conocimiento de un idioma extranjero de nivel básico, de preferencia inglés o
lengua nativa.
e) Haber cumplido con el trámite de publicación del trabajo de investigación en el
repositorio de la UNHEVAL, previsto en el Art. 72°.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍ
Art. 5°
documentación, previo haber cumplido con el pago por derecho del grado de
bachiller y de no adeudar a la UNHEVAL por ningún concepto; asimismo, deberá
precisar en su solicitud si cumple con el requisito de haber aprobado dentro de su plan
de estudios el conocimiento de un idioma extranjero de nivel básico, de preferencia
inglés o lengua nativa, o ha obtenido la validación o certificación por el Centro de
Idiomas de la UNHEVAL, del conocimiento de un idioma extranjero de nivel básico-
inglés o lengua nativa cursado en una institución educativa autorizada; como sigue:
1. DE PARTE DEL EX ALUMNO:
a) Tres (3) fotografías (opcional) actualizadas de frente, tamaño pasaporte, a
colores, en fondo blanco, con terno, sin lentes. De no adjuntar las 3
fotografías, el diploma del bachil er será entregado sin fotografía, siendo este
su carácter original, quedando prohibido que el administrado pueda introducir
la fotografía. Cualquier enmendadura invalidará el diploma otorgado.
b) Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales.
c) Un (1) CD del Trabajo de Investigación de acuerdo con las características
establecidas en el Art. 72° del presente Reglamento y aquellas establecidas
por la Facultad correspondiente.
d) Constancia de matrícula con fecha exacta de la Universidad de Origen, para
egresados que ingresaron por la modalidad de traslado externo.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍT
Art. 7° El Trabajo de Investigación podrá ser realizado durante el desarrollo de los cursos de
investigación considerados dentro del Plan de Estudios, cumpliendo con las
formalidades que se precisan en el presente Reglamento, quedando pendiente la
sustentación del Trabajo de Investigación (en aquellas facultades que así lo
determinen) cuando el estudiante cumpla la condición de egresado.
CAPÍTULO II
Art. 8° El Título Profesional es el reconocimiento que se obtiene luego de haber aprobado una
tesis o trabajo de suficiencia profesional. Requiere previamente haber obtenido el
grado académico de bachiller.
Art. 9° Los requisitos para obtener el Título Profesional son los siguientes:
a) Tener el Grado Académico de Bachiller
b) Haber aprobado una Tesis o Trabajo de Suficiencia Profesional.
c) Haber cumplido con el trámite de publicación de la Tesis o Trabajo de Suficiencia
Profesional en el repositorio de la UNHEVAL, previsto en el Art. 72°
Art. 10º Para la obtención del Título Profesional el interesado deberá adjuntar en la solicitud
presentada en el artículo 65º (solicitud del interesado pidiendo se fije lugar, fecha y
hora para el acto de sustentación), en la que debe consignar la modalidad elegida
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍT
Art. 11° Los alumnos del Programa de Licenciatura en Educación se sujetarán a lo normado en
el presente Reglamento para la obtención del título profesional.
Art. 12° El Decano deberá proceder conforme lo establece los Arts. 74° y 75° del presente
Reglamento.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
CAPÍTULO 111
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
Art. 15° El Decano deberá proceder conforme lo establece los Arts. 74° y 75°º del presente
Reglamento.
CAPÍTULOIV
Art. 16° Para obtener el Grado de Maestro se requiere haber obtenido el Grado Académico de
Bachiller, la elaboración de una Tesis o Trabajo de Investigación en la especialidad
respectiva, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos (2) semestres
académicos con un contenido mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos y el dominio de
un idioma extranjero o lengua nativa; y otros requisitos establecidos en el Reglamento
Específico de Grados de la Escuela de Posgrado.
Art. 17° Para obtener el grado de Doctor se requiere haber obtenido el grado de Maestro, la
aprobación de los estudios respectivos con una duración mínima de seis (6) semestres
académicos, con un contenido mínimo de sesenta y cuatro (64) créditos y de una tesis
de máxima rigurosidad académica y de carácter original, así como el dominio de dos
idiomas extranjeros, uno de los cuales puede ser sustituido por una lengua nativa; y
otros requisitos establecidos en el Reglamento Específico de Grados de la Escuela de
Posgrado.
Art. 18° El procedimiento para la sustentación y la documentación que deben presentar los
interesados para la obtención de los grados de maestro y doctor de los programas que
dicta la Escuela de Posgrado y las Unidades de Posgrado de las Facultades, se
regirán por el Reglamento Específico de Grados de la Escuela de Posgrado,
debidamente aprobada por el Consejo Directivo de la EPG y ratificado por el Consejo
Universitario, en el que se debe regular el control antiplagio.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y
TÍTULO 11
TRABAJODE INVESTIGACIÓN
Art. 19° El Trabajo de Investigación es una modalidad de obtención del Grado Académico de
Bachiller que implica el proceso de generación de conocimiento en un determinado
campo de estudio. Puede ser individual o colectivo, y supone rigurosidad y objetividad.
En el marco de la Ley Universitaria, el Trabajo de Investigación es la única modalidad
para la obtención del Grado de Bachiller.
Art. 20º El Trabajo de Investigación puede incluir uno o varios componentes de la investigación
científica, que pueden ser profundizados en la tesis según las competencias
adquiridas en su formación.
Art. 21° El Trabajo de Investigación puede presentarse según los tipos de investigación:
Investigación teórica, básica o fundamental e Investigación aplicada; asimismo,
pueden presentar variantes en su Esquema, de acuerdo con lo establecido en el
RENATI, según la naturaleza de las carreras profesionales de cada Facultad,
conservando la denominación de Plan del Trabajo de Investigación y de Trabajo de
investigación hasta su publicación.
Art. 22º El Trabajo de Investigación puede desarrollarse según las asignaturas de
investigación, de acuerdo al esquema que será determinado por cada facultad en su
reglamento específico.
Art. 23° La sustentación del trabajo de investigación es opcional, la que será determinada en
el Reglamento específico de cada facultad. La presentación y aprobación del Trabajo
de Investigación se realiza una vez que el estudiante tenga la condición de egresado.
Art. 24° El Trabajo de investigación debe ser asesorado por un docente de la Universidad,
excepcionalmente puede ser un profesional externo de reconocida trayectoria
refrendado por su curricu/um vitae, que tenga la condición de docente universitario y
ostente el grado de maestro, elegido por el estudiante, según la línea de Investigación
de la carrera profesional y, para cuyo efecto el interesado deberá solicitar a la Facultad
la constancia de exclusividad del tema, y la designación de un Asesor, debiendo ser
designado mediante resolución. La constancia de exclusividad del tema será expedida
por la Unidad de Investigación de la Facultad.
Art. 25° El Trabajo de Investigación podrá ser elaborado en forma individual o colectiva, en
este último caso con un máximo de tres (3) estudiantes, y deberá garantizar la
responsabilidad individual en la elaboración y participación activa en el trabajo de
investigación.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS
Art. 27° El Decano de la Facultad, en el lapso de tres (3) días hábiles, considerando la
propuesta del Director de la Unidad de Investigación de la Facultad de dos (2)
docentes especialistas, designará al Jurado Evaluador de Trabajo de Investigación.
El Jurado Evaluador será designado considerando el récord de participación de los
docentes de cada Escuela Profesional. El Jurado Evaluador estará integrado por tres
(3) docentes ordinarios como titulares y un (1) docente ordinario como accesitario, dos
docentes titulares deben ser de la especialidad. El Jurado emitirá un informe colegiado
al Decano, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, acerca del Trabajo de
Investigación. Con el informe favorable del Jurado Evaluador, el Decano emitirá la
resolución de su aprobación, autorizando su inscripción en la Base de Datos de la
Unidad de Investigación de la Facultad. En caso de que el informe sea desfavorable el
Decano remitirá al interesado para el levantamiento de las observaciones en un plazo
no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha del Informe del
Jurado. En ambos casos, los informes serán trasladados a los interesados.
Art. 28° Son requisitos para la sustentación (sólo para el caso que las Facultades lo
determinen) y para la aprobación del Trabajo de Investigación presentar los siguientes
documentos a la Facultad:
a. Solicitud pidiendo lugar, fecha y hora para la sustentación del Trabajo de
Investigación, devolviendo los informes de conformidad de los miembros del Jurado
Evaluador para proceder a la sustentación.
b. Solicitud pidiendo aprobación del Trabajo de Trabajo de Investigación, devolviendo
los informes de conformidad de los miembros del Jurado Evaluador para proceder a
su aprobación.
c. Tres ejemplares simples del Trabajo de Investigación (impresas en ambas caras).
Art. 29° El Decano de la Facultad emitirá la resolución fijando el lugar, fecha y hora para la
sustentación del Trabajo de Investigación, resolución que deberá ser publicada en un
lugar visible de la Facultad. (sólo para el caso que las Facultades lo determinen)
Art. 30° Los miembros del Jurado Evaluador pueden formular observaciones durante el acto de
la sustentación del Trabajo de Investigación, que no impliquen cambios de estructura
del informe, debiendo el egresado levantar dichas observaciones; de no existir
observaciones, firmarán el Acta por cuadruplicado y por cada integrante (asesor,
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍ
Art. 31º Para la redacción del Trabajo de Investigación el interesado deberá orientarse por la
estructura establecida en el Anexo para el Trabajo de Investigación. Cada Facultad
determinará la orientación en el área correspondiente del Trabajo de Investigación
según la carrera profesional.
TÍTULO 111
TESIS
Art. 32º La Tesis es una modalidad de obtención del título profesional y del título de segunda
especialidad profesional, mediante un documento que contiene un trabajo científico en
torno a un área académica determinada; implica el desarrollo del diseño y su
implementación. Dicho documento debe ser original e inédito, y supone además una
sustentación pública ante la comunidad académica en general y la aprobación de un
Jurado que lo evalúa. Por tanto, la fecha del acto público de sustentación debe ser lo
suficientemente difundido para promover la transparencia y la participación de la
comunidad académica en general.
Art. 33º La Tesis es un trabajo original, fruto de la investigación, que se orienta por el Esquema
establecido en el Anexo del presente Reglamento. La Tesis versará, preferentemente,
sobre un tema de interés regional o nacional, concordante con el perfil profesional y
las líneas de investigación de la Escuela Profesional en sus aspectos teóricos,
metodológicos, aplicativos o formativos.
Art. 34° La Tesis utiliza el método científico para generar conocimientos, la manera de su
aplicación por cada disciplina permite la utilización de cualquier enfoque, cuantitativo,
cualitativo o mixto.
Art. 35° La titulación por esta modalidad exige:
Primero: Elaboración y aprobación de un Proyecto de Tesis cualitativa, cuantitativa o
mixto.
Segundo: Presentación, aprobación y sustentación del Borrador de la Tesis.
Tercero: Presentación de la Tesis debidamente encuadernada
Art. 36° El interesado que va a obtener el título profesional o el profesional que va a obtener el
título de segunda especialidad profesional, por la modalidad de tesis, debe solicitar al
Decano de la Facultad, mediante solicitud, en el último año de estudios, la designación
de un Asesor de Tesis, adjuntando un (1) ejemplar del Proyecto de Tesis cuantitativa,
11
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
CAPÍTULO I
Art. 46° El Asesor de Tesis debe ser docente ordinario de la UNHEVAL, con el grado de
maestro o doctor, tener experiencia en el tema de investigación y estar registrado en
DINA o REGINA en forma actualizada. Excepcionalmente puede ser Asesor de Tesis:
• Un docente contratado a tiempo completo con una permanencia en la Escuela
Profesional no menor de un año y estar registrado en DINA o REGINA en forma
actualizada;
• Un docente universitario extraordinario reconocido por la UNHEVAL: eméritos,
honorarios o similares dignidades conforme su reglamento, previa aprobación del
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y
TÍTULO IV
TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
Art. 50° El Trabajo de Suficiencia Profesional es una modalidad de titulación que implica que el
bachiller está en la capacidad de demostrar y documentar el dominio y la
aplicaciónde competencias profesionales adquiridasa lo largo de la carrera. En
el marco de la Ley Universitaria es una modalidad que se aplica únicamente para la
obtención del título profesional.
Art. 51° Las características de un Trabajo de Suficiencia Profesional es demostrar adquisición
de competencias, documentar las competencias, con ello los egresados deben tener la
capacidad en actitud y aptitud de cumplir a satisfacción el perfil requerido por la
carrera que ejercerán. El Trabajo de Suficiencia Profesional debe ser técnicamente
fundamentados (asociación de la teoría y la aplicación práctica).
Art. 52° Para acceder al título profesional por esta modalidad, la Facultad deberá regular a
través de su Reglamento Específico el plazo mínimo de la experiencia preprofesional o
profesional del Trabajo de Suficiencia Profesional en temas de su especialidad,
teniendo en consideración la naturaleza de cada carrera profesional.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y
TÍTULO V
TRABAJO ACADÉMICO
Art. 61° El Trabajo Académico es una modalidad de titulación para la Segunda Especialidad
Profesional, que se desarrolla en el marco de un campo de estudio o área de
conocimiento y que hace uso de, por io menos, una herramienta metodológica para su
elaboración, puede tener distintos formatos, según en el RENATI (proyecto de
investigación, tesina, disertación, ensayo, monografía u otro que se desarrolle en el
marco de su especialidad), puede tener diversos niveles de rigurosidad científica y
desarrollarse bajo estándares de calidad variables. Su desarrollo en cualquiera de los
formatos deberá conservar la denominación de Trabajo Académico hasta su
publicación.
Art. 62° Las características del Trabajo Académico son las siguientes: Es aquella que resulta
del uso de alguna herramienta metodológica; se enmarca solo en el programa de
Segunda Especialidad Profesional; un Trabajo Académico puede ser un trabajo de
investigación, difiere de este por el nivel de exigencia acorde con la especialización
obtenida.
Art. 63° El Trabajo Académico se regula en lo que corresponda al procedimiento de un
Trabajo de Investigación, que requiere la designación de un Asesor, del Jurado
de Trabajo Académico y de la sustentación en acto público. Asimismo, la Facultad
puede normar respecto al Trabajo Académico, teniendo en consideración lo dispuesto
en el presente Reglamento y de acuerdo con las características singulares de cada
Segunda Especialidad Profesional.
TÍTULO VI
PROCEDIMIENTODE LA SUSTENTACIÓN Y
OBTENCIÓN DEL GRADO O TÍTULO
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y
CAPÍTULO I
Art. 64º El Decano emitirá la resolución fijando el lugar, fecha y hora para la sustentación del
Trabajo de Investigación, la Tesis, Trabajo de Suficiencia Profesional o Trabajo
Académico, según corresponda en acto público, dando a conocer este hecho en un
lugar visible a la comunidad valdizana en general, y a la comunidad de la Facultad en
particular.
Art. 65º La sustentación se efectuará en acto público, en el lugar, fecha y hora previamente
señalados en la correspondiente resolución. Las actas de sustentación deberán ser
llenadas y firmadas por los miembros del Jurado y entregadas por el Secretario del
Jurado a la Secretaría del Decanato, juntamente con los ejemplares del trabajo de
investigación, tesis, trabajo de suficiencia profesional o trabajo académico, según
corresponda
Art. 66º Para el caso del Trabajo de Investigación y la Tesis es obligatoria la participación del
Asesor de Tesis, con derecho a voz; el (los) sustentante(s) deberá(n) exponer
oralmente el contenido del trabajo de investigación o tesis y absolver las preguntas
que les formulen los miembros del Jurado. Asimismo, independientemente que el
trabajo de investigación o la tesis fuera de elaboración individual o colectiva, el Jurado
evaluará y calificará a cada tesista por separado, considerando los promedios
mediante el criterio de redondeo por aproximación a número enteros.
Art. 67° Para que el Trabajo de Investigación, Tesis, Trabajo de Suficiencia Profesional o
Trabajo Académico, según corresponda, sea aprobado, el sustentante deberá tener
nota aprobatoria mínima de catorce (14) del promedio de los miembros del Jurado. Los
promedios menores a catorce se consideran DESAPROBADO con el calificativo
DEFICIENTE. De Catorce hasta Dieciséis, APROBADO con el calificativo de BUENO.
Las notas promedio de Diecisiete y Dieciocho se califica MUY BUENO; y con las notas
promedio de Diecinueve y Veinte, con el calificativo de EXCELENTE y la
recomendación de publicarse. En caso de no ser aprobado, el sustentante podrá
presentarse solo a una nueva sustentación en el plazo no menor de un ( 1) mes ni
mayor de cuatro (4) meses, desde la fecha de la primera sustentación. Si volviera a
desaprobar, el interesado tendrá que optar por un nuevo Trabajo de Investigación,
Tesis, Trabajo de Suficiencia Profesional o Trabajo Académico, conforme
corresponda.
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UNIVERSIDAD NACIONAi:. HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO
TÍTULO
Art. 71º Concluido con todo el proceso de sustentación del Trabajo de Investigación, Tesis,
Trabajo de Suficiencia Profesional o Trabajo Académico, según corresponda, el
interesado, previo a solicitar la expedición del grado o título, debe realizar el
trámite de publicación en el repositorio de la UNHEVAL, para ello debe presentar una
solicitud dirigida al Decano de la Facultad adjuntando el Formato de Autorización para
publicación del trabajo de investigación, de tesis, del trabajo de suficiencia profesional
o del trabajo académico, según corresponda, debidamente firmada; un (1) ejemplar del
EMPASTADO de acuerdo a la Estructura establecida en el Anexo correspondiente de
este Reglamento, y dos (2) CDs (PDF editable). de acuerdo a las características
establecidas por la Facultad correspondiente, cuya portada debe contener el nombre
de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, nombre de la Facultad, título del Trabajo
de Investigación, Tesis, Trabajo de Suficiencia Profesional o Trabajo Académico;
nombre del autor(es), nombre del Asesor. El archivo que contiene el CD debe
identificarse únicamente con los códigos siguientes, según sea el caso:
Para Bachiller: T023_ Nº DNI. .._B).
Para Título: T023_ Nº DNI. .._T).
Para Segunda Especialidad Profesional: T023_ Nº DNI ..._S).
Art. 72° El Decano de la Facultad, en un plazo máximo de tres (3) días, tramitará a las áreas
correspondientes el Empastado y los CDs, a fin de que se cumpla con la inscripción en
el repositorio de la UNHEVAL.
Art. 73º Concluido con los trámites anteriores, el interesado presentará al Decano de la
Facultad los requisitos para optar el Grado Académico de Bachiller, el Título
Profesional o el Título de Segunda Especialidad Profesional, según corresponda;
expediente que será remitida a la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad, para
que en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, emita su pronunciamiento si el
interesado cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5°, 10° y 14°, según
corresponde; siendo la Comisión la responsable de hacer la verificación minuciosa de
los requisitos de cada expediente; de existir observaciones, deberá comunicar al
interesado para la subsanación de las mismas. No se continuará con el trámite de los
expedientes que contengan observaciones.
Art. 74º Con el informe favorable de la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad, el Decano
deriva el expediente al Consejo de Facultad para su aprobación mediante resolución;
luego será derivada, con un plazo mínimo de cinco (5) días, a la Unidad de Grados y
19
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍ
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA: La obtención del grado de bachiller de modo automático, proseguirá para todos los
ingresantes que han iniciado sus estudios universitarios hasta antes del 31 de diciembre de
2015; no siendo exigible los requisitos establecidos en los inciso e), d) y e), del Art 4º, e incisos
a) y d) del numeral 1, del Art. 5°; asimismo, la Facultad no verificará los incisos b) y d), del
numeral 2, del Art. 5° del presente Reglamento; ello en concordancia de lo que establece la
primera disposición complementaria, transitoria, modificatoria, final y derogatoria del Estatuto
de la UNHEVAL.
SEGUNDA: Las facultades, en coordinación con sus comisiones de Grados y Títulos, deberán
implementar mecanismos necesarios para la organización de los expedientes de grados y
títulos (verificación e impresión), y de todo lo regulado en el presente Reglamento, conforme
corresponda; para cuyo efecto deberán contar con la asistencia técnica de la Unidad de
Informática u otras áreas competentes, para el acceso de la información que posee la
UNHEVAL.
TERCERA: Los trabajos de investigación y tesis del pre grado deberán tener una similitud
máxima de 30% y de posgrado y segundas especialidades una similitud de 20%. Una vez
aplicado el software del Turnitin, la certificación o constancia de conformidad, para los
programas de pre grado, segunda especialidad y posgrado de cada Facultad estará a cargo del
Director de la Unidad de Investigación de la Facultad. Para el posgrado estará a cargo del
Director de la Escuela de Posgrado.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍT
del Jurado de Tesis, del Jurado de Trabajo de Suficiencia Profesional o del Jurado del Trabajo
Académico, el docente que tenga parentesco con el graduando o titulando hasta el cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Tampoco podrán ser designados miembros
del Jurado los docentes que se encuentran con licencia por estudios, año sabático, licencia
sindical y otros.
QUINTA: La excelencia demostrada en el Trabajo de Investigación, en un Trabajo de
Suficiencia Profesional, en un Trabajo Académico, o en una Tesis de excepcional calidad,
además de los destacados antecedentes académicos del interesado, el Jurado hará la
propuesta para otorgar al optante una Mención de Honor que justificará por escrito ante el
Decano de la Facultad, quien a su vez la someterá a consideración del Consejo de Facultad
para su aprobación.
SEXTA: En cualquiera de las modalidades de titulación profesional, de título de segunda
especialidad profesional, y modalidad de obtención del grado de bachiller, el Decano,
conformará el Jurado cuyos miembros tendrán la condición de Presidente, Secretario y Vocal, y
dos Accesitarios, quienes completarán el respectivo Jurado cuando no asiste alguno de sus
miembros titulares, debiendo emitirse en el momento la Resolución correspondiente. Por
ninguna razón el acto fijado para el examen o el Acto Público será suspendido por la falta de
miembros del Jurado. La inasistencia injustificada de los miembros del Jurado será comunicada
a las instancias correspondientes para las acciones que corresponde. El horario de clases no
justifica la inasistencia de los miembros del Jurado.
SÉPTIMA: El interesado que fue desaprobado y que optara por un nuevo Trabajo de
Investigación, Tesis, Trabajo de Suficiencia Profesional o Trabajo Académico, deberá realizar
nuevos pagos según la modalidad.
OCTAVA: El uso de fuentes, trabajos y publicaciones, incluidos los propios o los efectuados en
colaboración con otros autores, en el Trabajo de Investigación, en la Tesis, en el Trabajo de
Suficiencia Profesional, y en el Trabajo Académico, requieren necesariamente de cita expresa,
de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual.
NOVENA: Toda evidencia de fraude en perjuicio de la dignidad de la UNHEVAL será
sancionada con la inhabilitación del autor o los autores para obtener el grado de bachiller o
título profesional o título de segunda especialidad en la UNHEVAL, sin perjuicio de las demás
acciones que pudieran emprenderse en estos casos.
DÉCIMA: El trabajo de investigación, la tesis, el trabajo de suficiencia profesional y el trabajo
académico son copropiedad de la UNHEVAL y de sus respectivos autores, a partir del
momento de su primera presentación. Toda publicación total o parcial deberá contar con la
autorización conjunta de los coautores y se deberá hacer constar que ha sido presentada a la
UNHEVAL para obtener el bachiller, el título profesional o el título de segunda especialidad.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
22
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
DÉCIMA NOVENA:
De manera excepcional, los alumnos del Programa del Ciclo de Estudios Complementarios en
Educación, ingresantes hasta el año 2019, podrán anexar copia del Título Pedagógico
autenticado por notario público, mientras dure la emergencia sanitaria u otra situación de
~::;:::::::::~
excepcionalidad, referido a lo dispuesto en el Art 6º del presente reglamento.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: El presente Reglamento entrará en vigencia a los quince días de su aprobación
mediante resolución de Consejo Universitario. Las personas que hayan iniciado su trámite de
obtención de grado y título antes de la vigencia del presente Reglamento se regirán con los
alcances del reglamento vigente a la fecha de inicio de su trámite.
SEGUNDA: Los aspectos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el
Decano de la Facultad en el marco de sus atribuciones señaladas en el presente Reglamento,
en el Estatuto de la UNHEVAL y en la Ley Universitaria 30220 y otros dispositivos. En su
defecto, serán resueltos por el Vicerrector Académico y, según fuera el caso, por el Consejo
Universitario.
TERCERA: Deróguese el Reglamento General de Grados y Títulos, aprobado mediante
Resolución Consejo Universitario Nº 2846-2017-UNHEVAL, del 03 de agosto de 2017, y sus
modificatorias; las Directivas de Cumplimiento de Requisito para Obtener el Grado Académico
de Bachiller según Ley Universitaria 30220: Idioma Extranjero o Lengua Nativa, y Trabajo de
Investigación, aprobadas con la Resolución Consejo Universitario Nº 0580-2019-UNHEVAL; así
como toda aquella resolución que se oponga al presente Reglamento.
CUARTA: El presente Reglamento General de Grados y Títulos de la UNHEVAL sustituye a
cualquier norma o directiva interna sobre la materia, a partir del día siguiente de su aprobación
mediante resolución, por acuerdo del Consejo Universitario. Cualquier modificación de su
articulado requiere acuerdo expreso del Consejo Universitario.
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
ANEXOS
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
ANEXO Nº 01
ESQUEMA DEL PLAN DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
(TEÓRICA O BÁSICA)
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cada
Escuela Profesional)
Páginas preliminares
Portada
Índice
l. EL PROBLEMA
1.1 Formulación del problema
1.2 Objetivos de la investigación
1.3 Justificación
1.4 Limitaciones
11. MARCO DE REFERENCIA
2.1 Fundamentos teóricos
2.2 Antecedentes del problema
2.3 Identificación de las variables
111. MATERIALES Y MÉTODOS
3.1 Método de investigación
3.2 Técnicas e instrumentos de recolección de información
3.3 Población y muestra
3.4 Plan de análisis de datos
3.5 Guía de trabajo de campo
IV. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
4.1 Recursos humanos
4.2 Presupuesto
4.3 Cronograma
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por
la propia Facultad)
ANEXOS
Matriz de consistencia
25
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTUL
ANEXO Nº 02
ESQUEMA DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
(TEÓRICA O BÁSICA)
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cada
Escuela Profesional)
Páginas preliminares
Portada
Dedicatoria
Agradecimiento
Resumen
Traducción del Resumen en idioma extranjero o lengua nativa
Índice
l. INTRODUCCIÓN (aborda aspectos del problema, las preguntas y los objetivos)
!!. MARCO DE REFERENCIA
2.1 Fundamentos teóricos
2.2 Antecedentes del problema
2.3 Identificación de las variables
111. MATERIALES Y MÉTODOS
3.1 Método de investigación
3.2 Técnicas e instrumentos de recolección de información
3.3 Población y muestra
3.4 Plan de análisis de datos
3.5 Guía de trabajo de campo
IV. ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS
4.1 Presentación e interpretación de los resultados
4.2 Comparación y discusión de resultados
CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por la
propia Facultad)
ANEXOS
Matriz de consistencia
Instrumento
Otros
Nota biográfica
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
r
ANEXO Nº 03
ESQUEMA DEL PROYECTO DE TESIS CUALITATIVA
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cada
Escuela Profesional)
CARÁTULA
l. ASPECTOS BÁSICOS DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1 Fundamentación del problema de investigación
1.2 Formulación del problema de investigación general y específicos.
1.3 Formulación del objetivo general y específicos
1.4 Justificación
1.5 Limitaciones
11. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL
2.1 Marco contextual e institucional
2.2 Antecedentes de la investigación
2.3 Bases teóricas
2.4 Bases conceptuales o Definición de términos básicos
2.5 Bases epistemológicas, bases filosóficas y/o bases antropológicas
111. METODOLOGIA
3.1 Ámbito
3. 2 Población
3.3 Caracterización de los sujetos a investigar: Muestra teórica
3.4 Categorías (que correspondan)
3.5 Diseño de estudio
3.6 Situación del fenómeno de investigación
3. 7 Método, técnicas e instrumentos
3.8 Procedimiento
3.9 Plan de categorización y análisis de datos
3.1 O Consideraciones éticas
IV. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
4.1 Recursos humanos
4.2 Recursos materiales/equipos
4.3 Presupuesto
4.4 Fuente de financiamiento
4.5 Cronograma de actividades
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por la
propia Facultad)
ANEXOS
• Matriz de consistencia, Consentimiento informado, Instrumentos de recolección de datos
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍT
ANEXO Nº 04
ESQUEMA DE TESIS CUALITATIVA
CARÁTULA
CONTENIDO INTERIOR
Dedicatoria
Agradecimiento
Resumen
Traducción del Resumen en idioma extranjero o lengua nativa
Índice
Introducción
CAPÍTULO l. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1 Fundamentación del problema de investigación
1.2 Formulación del problema de investigación general y específicos.
1.3 Formulación de objetivos generales y específicos
1.4 Justificación
1.5 Limitaciones
CAPÍTULO 11. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL
2.1 Marco contextual e institucional
2.2 Antecedentes de la Investigación
2.3 Bases teóricas
2.4 Bases Conceptuales
2.5. Bases epistemológicas o Bases filosóficas o Bases antropológicas
CAPÍTULO 111. MARCO METODOLOGICO
3.1 Ámbito
3.2 Población
3.3 Diseño de estudio
3.4 Matriz de categorías
3.5 Métodos, Técnicas e instrumentos
3.6 Análisis de Datos
3. 7 Consideraciones éticas
CAPÍTULO IV. RESULTADOS Y DISCUSION (según corresponde)
4.1 Análisis de discurso o contenido
4.2 Análisis de familias o categorías
4.3 Análisis de Topologías
4.4 Teorías Implícitas
CAPÍTULO V. APROXIMACION CONCEPTUAL DEL FENOMENO DE ESTUDIO (opcional)
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES O SUGERENCIAS
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por la
propia Facultad)
ANEXOS (Numerados correlativamente: Anexo 01, Anexo 02, Anexo 03, etc.)
• Fotos, documentos
• Matriz de Discurso
• Consentimiento informado
• Instrumentos
NOTA BIOGRÁFICA
ACTA DE DEFENSA DE TESIS
AUTORIZACIÓN PARA PUBLICACIÓN DE TESIS ELECTRÓNICA
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
ANEXO Nº 05
ESQUEMA DEL PROYECTO DE TESIS CUANTITATIVA
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cada
Escuela Profesional)
CARÁTULA
l. ASPECTOS BÁSICOS DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1 Fundamentación o situación del problema de investigación
1.2 Formulación del problema de investigación general y específicos.
1. 3 Formulación del objetivo general y específicos
1.4 Justificación
1.5 Limitaciones
11. ASPECTOS OPERACIONALES
2.1 Formulación de hipótesis general y específica
2.2 Variables
2.3 Definición teórica y operacionalización de variables
111. MARCO TEÓRICO
3.1 Antecedentes de la Investigación
3.2 Bases teóricas
3.3 Bases conceptuales o Definición de términos básicos
3.4 Bases epistemológicas, bases filosóficas y/o bases antropológicas
IV. METODOLOGIA
4.1 Ámbito
4.2 Población y selección de la muestra
4.3 Nivel, tipo y diseño de estudio
4.4 Métodos, Técnicas e instrumentos (incluye la validación y confiabilidad del
instrumento)
4.5 Procedimiento
4.6 Plan de tabulación y análisis de datos estadísticos
4. 7 Consideraciones éticas
V. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
5.1 Recursos humanos
5.2 Recursos materiales/equipos
5.3 Presupuesto
5.4 Fuente de financiamiento
5.5 Cronograma de actividades
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por
la propia Facultad)
ANEXOS
•Consentimiento Informado
•Instrumentos de recolección de datos
•Matriz de consistencia
•Operacionalización de variables
29
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
ANEXO Nº 06
ESQUEMA DE TESIS CUANTITATIVA
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cad
Escuela Profesional)
CARÁTULA
CONTENIDO INTERIOR
Dedicatoria
Agradecimiento
Resumen
Traducción del Resumen en idioma extranjero o lengua nativa
Índice
Introducción
CAPÍTULO l. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1 Fundamentación del problema de investigación
1.2 Formulación del problema de investigación general y específicos.
1.3 Formulación de objetivos generales y específicos
1.4 Justificación
1.5 1 imit::i~ÍQnA~
1.6 Formulación de hipótesis generales y específicas
1. 7 Variables
1.8 Definición teórica y operacionalización de variables
CAPÍTULO 11. MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes
2.2 Bases teóricas
2.3 Bases conceptuales
2.4 Bases epistemológicas o bases filosóficas o bases antropológicas
CAPÍTULO 111. METODOLOGÍA
3.1 Ámbito
3.2 Población
3.3 Muestra
3.4 Nivel y tipo de estudio
3. 5 Diseño de investigación
3.6 Métodos, Técnicas e instrumentos
3.7 Validación y confiabilidad del instrumento
3.8 Procedimiento
3.9 Tabulación y análisis de datos
3.1 O consideraciones éticas
CAPITULO IV. RESULTADOS
CAPÍTULO V. DISCUSIÓN
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES O SUGERENCIAS
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA o Vancouver y otras que pueden ser definidas por la
propia Facultad)
ANEXOS (Numerados correlativamente: Anexo 01, Anexo 02, Anexo 03, etc.)
• Matriz de consistencia
• Consentimiento informado
• Instrumentos
• Validación del (de los) instrumento (s) por jueces
NOTA BIOGRÁFICA
ACTA DE DEFENSA DE TESIS
AUTORIZACIÓN PARA PUBLICACIÓN DE TESIS ELECTRÓNICA
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
r:
ANEXO Nº 07
ESQUEMA PARA EL TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
(Propuesta que puede ser adoptada o mejorada de acuerdo a la característica singular de cada
Escuela Profesional)
PÁGINAS PRELIMINARES:
Portada
Dedicatoria
Agradecimiento
Resumen
Traducción del Resumen en idioma extranjero o lengua nativa
Introducción
Índice
CAPITULO 1: DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ÁREA DE TRABAJO
1.1 Referencia histórica de la entidad.
1.2 Explicación del cargo o puesto de trabajo.
1.3 Propósitos del puesto (objetivos, retos)
1.4 Limitaciones u obstáculos
1.5 Resultados concretos que ha alcanzado en este periodo de tiempo.
CAPITULO 11: MARCO SITUACIONAL DEL PROBLEMA
2.1 Diagnóstico del problema
2.2 Descripción de la realidad problemática identificada
CAPITULO 111: FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y PRÁCTICOS
3.1 Antecedentes conceptuales.
3.2 Teorías
3.3 Implicaciones prácticas
CAPITULO IV: COMPETENCIAS PROFESIONALES
4.1 Plan de acción
4.2 Aportes en la solución del problema
4.2 Resultados
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
REFERENCIAS
ANEXOS Y APÉNDICE
NOTA BIOGRÁFICA
31
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
ANEXO Nº 08
LINEAMIENTOS PARA ELABORAR EL ESQUEMA DEL TRABAJO
ACADÉMICO
Las unidades académicas son las encargadas de proponer los esquemas de trabajos
académicos, para este propósito deben tener en consideración los siguientes
elementos básicos:
32
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
,
ANEXO Nº 09
ESTRUCTURA DE LA CARÁTULA DE LA TESIS
FACULTAD DE _
El logotipo de la UNHEVAL
TÍTULO DE LA TESIS
TESISTA:
(nombres y apellidos)
ASESOR:
(nombres y apellidos)
HUÁNUCO - PERÚ
(año de la sustentación)
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UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADO
ANEXO Nº 10
FACULTAO DE---------
CARRERA PROFESIONAL DE
---------
Ei iogotipo de ia UNHEVAL
EGRESADO:
(nombres y apellidos)
ASESOR:
(nombres y apellidos)
HUANUCO - PERÚ
(año de la sustentación)
34
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS
ANEXO Nº 11
ESTRUCTURA DE LA CARÁTULA DEL TRABAJO DE SUFICIENCIA
PROFESIONAL
FACULTAD DE _
El logotipo de la UNHEVAL
NOMBRES Y APELLIDOS
ASESOR:
(nombres y apellidos)
HUÁNUCO - PERÚ
(año de la sustentación)
35
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍ
ANEXO Nº 12
El logotipo de la UNHEVAL
TÍTULO DE LA TESIS
TESISTA:
(nombres y apellidos)
ASESOR:
(nombres y apellidos)
HUANUCO - PERÚ
(año de la sustentación)
36