TDR Residente DE OBRA - EL ESPEJO
TDR Residente DE OBRA - EL ESPEJO
TDR Residente DE OBRA - EL ESPEJO
1. INTRODUCCION
La Municipalidad Provincial de Gran Chimú, dentro de su política de ejecución de obras, ha programado
la ejecución de la IOARR: “CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO Y GRADERIAS; EN
EL(LA) LOSA DEPORTIVA EL PIÑON, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN
CHIMÚ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”; para tal fin, se requiere del concurso de un ingeniero
civil para desempeñarse como Residente de Obra, que permita a la Dirección de Obras, cumplir con los
objetivos y metas trazadas.
2. OBJETO
La contratación de los servicios de un ingeniero Residente de Obra, es para dirigir, técnica – económica –
administrativa, la ejecución de la IOARR: “CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO Y
GRADERIAS; EN EL(LA) LOSA DEPORTIVA EL PIÑON, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA
DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”
SERVICIOS A REALIZAR
Dirigir técnica - económica – administrativa, la ejecución de la obra, de conformidad con Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del estado y su Reglamento aprobados: “Aprobación de Expediente
técnico, ejecución y liquidación de obras a ejecutarse por Administración Directa”; las funciones del
Contratado sin ser limitativas, según el siguiente detalle:
- El cuaderno de obra, legalizado por Notario Público o Juez de Paz, tendrá un (01) original y
tres (03) copias, será sellado y visado en todas sus páginas, por el Residente y por el
Inspector de Obras.
- Abrir el Cuaderno de Obra el mismo día de la recepción del terreno, registrando las
condiciones en que se recibe el terreno, empezando por el número de la anotación, el día,
la fecha y “Del Residente”, o “Del Supervisor y/o Inspector”. La numeración correlativa de
las anotaciones será única independientemente de quien efectúe la anotación.
- Solo el Residente y el Supervisor y/o Inspector están autorizados a efectuar anotaciones
en el Cuaderno de Obra.
Anotar en el Cuaderno de Obra, la fecha de inicio y término de los trabajos, las variaciones y/o
modificaciones autorizadas, los avances mensuales físicos y financieros, los controles diarios
de ingresos y salida de materiales y de personal, las horas-máquina trabajadas por los equipos
propios y alquilados, los jornales semanales insumidas en la obra por el personal obrero, así
como los problemas que pudieran afectar el cumplimiento del cronograma establecido. Del
mismo modo deberá registrar en el Cuaderno de Obra, después de cada valorización de
avance:
- El porcentaje y monto del avance (físico) de la obra, parcial
- El porcentaje y monto del avance financiero de la obra, parcial y acumulado.
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Para mejor comprensión de la información que se requiere consignar en el cuaderno de obra, el
Residente puede utilizar formatos especiales para cada insumo los mismo que se constituirán
como documentos vinculantes válidos para el control técnico – administrativo de la obra.
De los Informes:
Efectuar los trazos parciales y totales de la obra, los mismos que deberán contar con la
aprobación del Inspector o Supervisor.
Ejecutar la obra dentro del plazo oficial, actualizado y vigente (con las ampliaciones de plazo
autorizadas, es decir aprobadas oficialmente por la máxima autoridad administrativa de la
Entidad).
- Todos los insumos, materiales, servicios, etc., necesarios para la ejecución de la obra
deben ser formulados por el Residente y presentados al Supervisor y/o Inspector de Obra.
- Todos los requerimientos deben hacerse con la debida anticipación.
Disponer la recepción de los insumos (materiales, equipos y demás recursos) que remita a obra
la Entidad, verificando previamente su cantidad, calidad y que cumplan con las especificaciones
técnicas respectivas.
Rechazar los recursos que no cumplan con la calidad y especificaciones técnicas requeridas, ni
con la provisión oportuna de los mismos, anotando en la guía de remisión las observaciones.
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Elaborar, conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector, las planillas de los metrados realmente
ejecutados, que respalden a las correspondientes valorizaciones.
La valorización periódica de avance. Se adjuntarán las planillas que sustenten los metrados.
Ser ajeno a la variación y/o modificación unilateral del expediente técnico, por NO tener
autoridad alguna para hacerlo.
Elaborar conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector el borrador del proyecto de declaratoria
y/o memoria descriptiva valorizada para entregar al Comité de Recepción y Liquidación en su
oportunidad.
Monto:
EL PROYECTO abonará al "EL CONTRATADO", como contraprestación del servicio, la suma de S/.
4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Nuevos soles), el cual será desagregado de la siguiente manera:
La participación de dicho profesional será al 100% durante la ejecución de la obra, la cual incluye todos
los impuestos y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio.
Forma de pago:
El pago durante la ejecución se realizará según valorizaciones presentadas, previa presentación del
informe correspondiente, aprobada por el supervisor y/o inspector, asi mismo que deberá será aprobado
por la División de Obras.
El pago por concepto de liquidación se realizará posterior a la presentación del informe correspondiente,
aprobada por el supervisor y/o inspector, así mismo será aprobado por la División de Obras.
Los Recibos por Honorarios se emitirán en moneda nacional a nombre de la Municipalidad Provincial de
Gran Chimú, con todos los requisitos exigidos por la SUNAT. En caso de que "EL CONTRATADO" cuente
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con autorización de suspensión del Impuesto a la Renta, debe adjuntar en cada pago el formulario emitido
por la SUNAT.
Financiamiento:
El financiamiento será con la Fte. Fto. CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y
PARTICIPACIONES
4. PENALIDADES
Si “EL CONTRATADO” incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de
acuerdo a la siguiente fórmula:
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera
necesario.
Estos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato vigente.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
7. REQUISITOS
Título Profesional de Ingeniero Civil colegiado (mínimo un año).
Requisitos generales: Poseer experiencia profesional mínima de 12 meses, como Residente de obra
y/o Asistente de Residente de obra y/o Supervisor de obra y/o Asistente de supervisión en obras en
general.
Declaración Jurada de no estar impedido para contratar con el estado.
RNP vigente como SERVICIOS.
Estar autorizado por la SUNAT a emitir comprobantes de pago si fuera el caso.